1. ¿Qué es un régimen laboral público?
Un régimen laboral es el conjunto de funciones y actividades
esenciales y propias de la Administración Pública realizadas por
los empleados públicos.
¿Cuáles son los regímenes laborales
públicos?
En primer lugar, cabe resaltar que la Ley reconoce como “servidor
público” a todo ciudadano que presta servicios en entidades de la
administración pública con nombramiento o contrato de trabajo,
con las formalidades de la ley, en jornada legal y sujeto a
retribución en periodos regulares.
2. REGIMENES LABORALES PÚBLICOS
RÉGIMEN LABORAL
PÚBLICO 276
Es el conjunto de principios, normas y
procesos que regulan el ingreso, los
derechos y los deberes que
corresponden a los servidores
públicos que, con carácter estable
prestan servicios de naturaleza
permanente en la Administración
Pública.
RÉGIMEN LABORAL
1057 O CAS
CAS constituye una modalidad especial
de contratación laboral, privativa del
Estado. Se regula por la presente
norma, no se encuentra sujeto a la Ley
de Bases de la Carrera Administrativa, el
régimen laboral de la actividad privada
ni a otras normas que regulan carreras
administrativas especiales.
El Régimen Laboral Especial del Decreto
Legislativo 1057 tiene carácter
transitorio.
3. Diferencias
Régimen Laboral Público
276
Régimen Laboral Público
CAS
Selección
Selección: El ingreso a la carrera administrativa se realiza
obligatoriamente mediante un concurso público de méritos.
Existen normas orientadas al proceso de selección
selección y contratación; sin embargo, aún se
requiere regulación
Capacitación:
Constituye (i) un deber y un requisito previo para acceder a los
mecanismos de promoción contemplados en la LBCA, (ii) un derecho de
los servidores públicos.
Los trabajadores CAS están incluidos en el
proceso de capacitación de las entidades.
(Decreto Legislativo 1025)
Promoción: La norma que regula el ascenso dentro de la carrera administrativa
prohíbe la promoción automática y establece la realización de hasta 2
concursos anuales de mérito para ascenso.
No existe la promoción ni el ascenso.
Evaluación:
Es un proceso obligatorio que se debe realizar en forma permanente y se
califica en forma periódica.
Sólo puede ser utilizada para identificar
necesidades de capacitación.
Desplazamiento: Se reconocen distintos niveles de desplazamiento dentro y fuera de la
entidad. Para ello se debe considerar como criterios la formación,
capacitación y experiencia del servidor, según su grupo y nivel de carrera
de origen.
Designación temporal, rotación temporal,
comisión de servicios.
Remuneración e Incentivos:
Para la LBCA y el sistema único de remuneraciones, la administración
pública constituye una sola institución, siendo sus principios:
universalidad, base técnica, relación directa con la carrera administrativa
y adecuada compensación económica.
La que se pacte en el contrato.
Desvinculación:
Se reconoce el derecho a la estabilidad laboral de los servidores de
carrera, motivo por el cual ningún servidor puede ser cesado ni
destituido por causas ajenas a las previstas por ley y sin previo proceso
administrativo disciplinario.
Fallecimiento, extinción de la entidad contratante,
renuncia, mutuo disenso, invalidez absoluta
permanente sobreviniente, resolución arbitraria e
injustificada, inhabilitación administrativa, judicial
o política.
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4. RÉGIMEN LABORAL GENERAL
En el Perú, el régimen laboral general es aquel en el cual los trabajadores que son
contratados gozan de los siguientes derechos:
Es Salud. El empleador paga el 9% de la remuneración del trabajador.
Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), que es equivalente a un sueldo al año.
Gratificaciones en julio y diciembre (dos sueldos en total).
Asignación familiar de 10%de la remuneración familiar si se tiene hijos menores de 18 años.
Vacaciones de 30 días al año.
En caso el trabajador sea despedido sin causa justificada, deberá ser indemnizado, cuyo monto se
calcula en 1.5 remuneraciones por cada año trabajado, con un tope de doce remuneraciones.
5. • El trabajador solo podrá ser contratado
por recibo por honorarios (locación de
servicios) si no cumple un horario de
trabajo y no tiene una relación de
subordinación con la empresa.
• Recuerda que el periodo de prueba de un
trabajador es de solo tres meses
prorrogables por tres meses más. Desde el
primer día de prueba, el empleado ingresa a
planilla, pero puede ser despedido antes de
cumplir el periodo de prueba sin que la
empresa esté obligada a pagar
indemnización. Pasado este tiempo, el
trabajador pasa a la condición de estable.
• Una Remuneración Mínima Vital
(RMV), por lo menos.
• Afiliación al Seguro Integral de
EsSalud.
• Jornada de trabajo de 8 horas y
pago de sobretiempo (horas extras).
• Para reducir los costos laborales del
régimen laboral general, las micro y
pequeñas empresas (Mypes) pueden
acogerse a un régimen especial, al
amparo del Decreto Supremo 013-
2013 o Ley de Impulso al Desarrollo
Productivo y Crecimiento Empresarial.
Evaluación
Beneficios
contemplado
Recibo por
honorarios
Periodo de
prueba
6. Régimen laboral privado
1. ¿Es general el régimen laboral privado?
Entendemos por régimen laboral de la actividad privada al cuerpo normativo que
establece los derechos y obligaciones de las partes del contrato de trabajo. Los
trabajadores comprendidos en el mencionado régimen tienen derecho de cumplir las
condiciones que la ley prescribe a gozar de vacaciones anuales por 30 días, a percibir
dos gratificaciones anuales equivalentes a un sueldo cada una en los meses de julio y
diciembre, a la compensación por tiempo de servicios (CTS) en un monto algo
superior a una remuneración por año y a una indemnización por despido tarifada en
un sueldo y medio por periodo anual laborado si el contrato es pactado a plazo
indefinido.
7. 2. Régimen laboral de la actividad privada en el Perú.
La legislación laboral peruana establece derechos y beneficios comunes para los
empleados en el sector privado. Sin embargo, en algunos casos, se establecen
condiciones y derechos diferentes en función de la industria (p.ej. sector agrario,
minería, textil, entre otros), la ocupación o actividad (p.ej. régimen de enfermeras) o el
número de empleados en la empresa (p.ej. microempresas y pequeñas empresas).
8. Contratos de Trabajo
Los contratos de trabajo son
acuerdos entre el empleador y el
empleado que se basan en 3
elementos esenciales:
1. El servicio debe ser personal (no
puede ser delegado),
2. Relación de subordinación entre el
trabajador y el empleador,
3. Salario que el empleado recibe por
el trabajo realizado.
Tipos de Contrato
Contratos de plazo indefinido: Constituyen la regla
general para la contratación en el Perú y no tienen
una duración expresamente definida.
Contratos de duración determinada: Para esta
modalidad de contratación, la legislación requiere
prueba de una causa objetiva que permita esta
condición, como en el caso de:
- Contratos de carácter temporal (p.ej. la puesta
en marcha de un nuevo negocio)
- Contratos de naturaleza accidental (p.ej. el
reemplazo de un empleado)
- Contratos para una obra o servicio específico
(p.ej. servicios de temporada).
9. Reglas Generales
Jornada de trabajo para los empleados: Ocho horas diarias
o cuarenta y ocho horas por semana como máximo.
Horas extraordinarias de trabajo: Se pagan con un recargo
a convenir, pero por las primeras 2 horas no podrá ser
inferior al 25% por hora (calculado sobre la remuneración
mensual del trabajador). Por las horas restantes no será
inferior al 35% por hora.
Turno de noche: De 10:00 p.m. a 6:00 a.m. El pago a los
empleados no será inferior al salario mínimo mensual más
un recargo del 35% como mínimo.
Salario mínimo vital: S/ 850 (Aproximadamente US$ 250).
Periodo de prueba: Todos los contratos antes
mencionados permiten un periodo de prueba de 3 meses.
Durante este plazo, el empleado no tiene derecho a
indemnización en caso de despido arbitrario.
Principales Beneficios de los Empleados
1. Vacaciones anuales:. El salario pagado durante vacaciones es
equivalente al salario mensual del empleado.
2.Gratificaciones: De acuerdo a la legislación peruana, el empleado tiene
derecho al pago de 2 gratificaciones por año, la primera en julio (Día de la
Independencia) y la segunda en diciembre (Navidad).
3. Seguro Social de Salud: El empleador está obligado a pagar
aportaciones al sistema de salud pública con el fin de permitir que
proporcione servicios de salud a los empleados.
4. Asignación familiar: Es un pago mensual de 10% sobre el salario mínimo
vital vigente.
5. Participación en los beneficios: Las empresas que cuentan con más de
20 empleados y que desarrollan actividades que generan ingresos
tienen la obligación de distribuir un porcentaje de sus ingresos anuales
entre sus empleados, antes de deducir impuestos.
6.Compensación por Tiempo de Servicios (CTS): Es un beneficio social que
busca cubrir las contingencias derivadas de la terminación del empleo.
7. Sistema de Pensiones: El empleado puede optar por unirse al Sistema
Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de Pensiones (SPP).
10. Terminación del Contrato de
Trabajo
Por acuerdo entre el empleador y el
empleado
Por renuncia del empleado.
Jubilación del empleado.
Invalidez permanente absoluta o
muerte del empleado.
Finalización del proyecto o servicio o
vencimiento del plazo acordado, en el
caso de los contratos de plazo fijo.
Despido en los términos permitidos por
la ley.
Tipos de Despido
11. Personal extranjero
Los empleados extranjeros que tengan esposa, hijos, padres o hermanos con
nacionalidad peruana,
Los empleados extranjeros cuyo país de origen tiene un acuerdo de reciprocidad
con el Perú,
Los empleados extranjeros que se dediquen a los servicios de transporte
internacional, ya sea por vía terrestre, aérea o marítima con un pabellón extranjero
y registro,
Los empleados extranjeros que tengan una inversión permanente de al menos 5
Unidades Impositivas Tributarias –UIT2, durante la vigencia de su contrato de
trabajo.
12. REGÍMENES LABORALES ESPECIALES
En nuestro país suponen la existencia de una política de promoción de un sector
económico en concreto y la consecuente necesidad de adaptar la legislación laboral
general a situaciones o contextos específicos
13. Régimen laboral pesquero
Las principales normas legales y
reglamentarias son: 1. Marco
legal
Decreto Supremo No 014-2004-TR, que
regula el régimen de beneficios
compensatorios y sociales de los trabajadores
pesqueros.
Convenio Colectivo celebrado entre La
Asociación de Armadores de Nuevas
Embarcaciones Pesqueras y el Sindicato Único
de Pescadores de Nuevas Embarcaciones del
Perú, vigente hasta marzo de 2017.
Ley 30003, que regula el Régimen Especial de
Seguridad Social para los trabajadores y
pensionistas pesqueros.
La actividad pesquera es aquella
que se desarrolla, en gran
medida, en el mar y en diversos
tipos de embarcaciones, así
como en condiciones laborales y
climáticas particulares.
14. 2. Derechos laborales
REMUNERACIÓN
• La remuneración del personal
pesquero resulta de una
participación de la pesca obtenida
para el consumo humano indirecto
y por tonelada métrica de pesca
descargada, igual al 20.5 del 8%
del precio promedio de la tonelada
métrica de harina de pescado.
CTS PARA LOS
TRABAJADORES PESQUEROS
• ¿A cuánto equivalen y cuándo
pueden retirarse? CTS =8,33% De
la remuneración que perciba el
trabajador por el tiempo
efectivamente laborado. Y puede
retirarse cuando se produzca su
cese definitivo en la actividad
pesquera. Para ello, deberá
presentar a la entidad bancaria la
constancia emitida por la Caja de
Beneficios y Seguridad Social del
Pescador-CBSSP, que certifica dicha
situación.
GRATIFICACIONES PARA LOS
TRABAJADORES PESQUEROS
• ¿A cuánto equivalen y cuándo
pueden retirarse?
GRATIFICACIONES
LEGALES=16,66% De la
remuneración que perciba el
trabajador por el tiempo
efectivamente laborado El pago de
este beneficio es mensual y
proporcional a la remuneración
computable. Podrá retirar
libremente lo depositado como
gratificaciones.
VACACIONES
¿A quiénes les corresponden
y cuál es el monto percibido
por estas?
Luego de haber cumplido un
año de servicios, el
trabajador pesquero tiene 30
días de descanso físico. Por
ser sus labores de naturaleza
intermitente, el mes de
vacaciones coincidirá con el
periodo de veda decretado
por resolución ministerial del
Ministerio de la Producción.
15. 2.1 Obligaciones de los empleadores pesqueros
OBLIGACIONES
DE LOS
EMPLEADORES
PESQUEROS
SEGURIDAD
SOCIAL
¿Los empleadores pesqueros deben
contratar una Póliza de Seguro de
Vida para sus trabajadores?
De acuerdo con la disposición de la
Asociación de Armadores de Nuevas
Embarcaciones Pesqueras (AANEP) sus
asociados deben contratar una Póliza
de Seguro de Vida.
¿En qué consiste el Régimen
Especial de Pensiones para
Trabajadores Pesqueros (REP)?
Los aportes de los trabajadores
pesqueros activos y los armadores
forman parte del Fondo
Extraordinario del Pescador, el cual
es un fondo intangible.
¿Cómo funciona la supervisión y control
del pago de los beneficios laborales?
Sin perjuicio del control, fiscalización y
sanción que imponga la SUNAFIL o la
autoridad administrativa de Trabajo
competente, corresponde a la Caja de
Beneficios y Seguridad Social del
Pescador.
¿Los trabajadores pesqueros deben
contar con un Seguro
Complementario de Trabajo de
Riesgo?
Que otorga cobertura adicional a los
afiliados regulares de seguro social de
salud que desempeñan las actividades
de alto riesgo determinadas mediante
Decreto Supremo.