SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 44
Downloaden Sie, um offline zu lesen
REGIMEN DE LAS PERCEPCIONES DEL IGV
EN LA VENTA INTERNA DE BIENESPreparado por: CPCC JUAN DANIEL DÁVILA
juandanieldavila@gmail.com
Junio – 2013
Exención de responsabilidad
Este documento constituye el esquema de una exposición oral de tipo académica y está incompleto fuera del contexto de la misma. Por lo tanto, ninguna información proporcionada por
el expositor, ni sus opiniones o análisis, ni los materiales distribuidos como parte de ella podrán ser utilizadas para resolver casos específicos, sin la adecuada asesoría profesional, ni podrán
ser interpretadas como un anticipo de opinión profesional.
Utilización del material por terceros
Si desea utilizar este material en una presentación o reproducirlo por cualquier medio, total o parcialmente, le agradeceré hacer referencia a los datos del autor.
Definición
 Definición
 ¿Cómo se designa a un Agente de
Percepción?
 ¿Todas las ventas están sujetas a este
régimen?
 ¿Cuál es el Monto de la percepción?
 ¿En qué momento se realiza la
Percepción?
 ¿Qué documentos debe entregar el
Agente de Percepción a sus clientes?
 El Comprobante de Pago
 El Comprobante de Pago que SI
incluye operaciones no sujetas al
régimen
 El Comprobante de Percepción – Venta
Interna
 Computarizado
 Resumen
 Modelo SUNAT
 ¿Cuáles son las operaciones que se
encuentran excluidas del Régimen de
Percepciones?
 ¿A quien se denomina Consumidor Final?
 ¿Qué hace el Cliente con las percepciones
que le efectúa el Agente de Percepción?
 Percepciones no aplicadas
 Devolución de Percepciones no
aplicadas
 Requisitos
 Excepciones a la regla de los 3
meses
 Ejemplo de cumplimiento de
Requisito
 Formulario 4949
 Segunda solicitud de devolución y
siguientes
 ¿Qué controles tributarios se deben
mantener en el Régimen de
Percepciones?
 El Agente de Percepción
 El cliente
 ¿Cómo se declara y paga las
percepciones realizadas?
 Infracciones y sanciones aplicables
GENERALIDADES
Es un mecanismo por el cual los contribuyentes
designados por la SUNAT como agentes de
percepción efectúan a sus clientes el cobro por
adelantado de una parte del IGV que éstos van a generar
al momento de realizar sus ventas gravadas con este
impuesto.
Este régimen no es aplicable a las operaciones de venta
de bienes exoneradas o inafectas.
IMPORTANTE:
El Régimen de Percepciones no es un nuevo impuesto, es
el pago adelantado del IGV que le corresponda pagar.
Generalidades
Definición
La existencia del Régimen de Percepciones tiene como
fundamento una presunción por parte de la SUNAT:
 El comprador de un determinado bien realizará operaciones
futuras de transferencia de los bienes adquiridos, respecto
de las cuales no afectará con el IGV, pese a que puede
calificar como sujeto de dicho impuesto.
El Régimen de Percepciones busca operar en sectores donde
existe alta evasión y bajo cumplimiento tributario.
La SUNAT prioriza la recaudación del IGV, y para ello cuenta
con la colaboración “obligatoria” de los agentes perceptores.
Generalidades
¿Por qué la PERCEPCIÓN?
La SUNAT detectó un al alto nivel de incumplimiento en la
declaración y pago del IGV en la comercialización minorista de
pieles, cueros, neumáticos, productos derivados del tabaco,
productos farmacéuticos, aceites, insumos químicos que se suelen
utilizar en la minería ilegal, entre otros:
 No declaran ni pagan la totalidad del IGV que reciben por sus
operaciones.
 Tienen deudas tributarias superiores a S/. 460MM, es decir, a pesar de
que declaran menos impuestos de los que perciben, tampoco los pagan
oportunamente.
Objetivo de la modificación:
 Formalizar a más de 24M contribuyentes.
Estadísticas:
 El Régimen de Percepciones ha ayudado a recaudar S/. 1,500MM cada
año.
 En la actualidad (2013), aprox. más de 100M,000 contribuyentes cumplen
con sus obligaciones gracias a este sistema.
Generalidades
¿Por qué los cambios a la PERCEPCIÓN en el 2013?
La designación de agentes de percepción, así como la
exclusión de alguno de ellos se efectuará mediante
Resolución de Superintendencia de la SUNAT.
La condición de agente de percepción se acreditará
mediante el Certificado de agente de Percepción que para
tal efecto entregará la SUNAT.
Para conocer la relación de Agentes de Percepción se
debe ingresar a la opción Padrones del Módulo de
Asistencia al Cliente de SUNAT - SOL
Generalidades
¿Cómo se designa a un Agente de Percepción?
ASPECTOS DE LA PERCEPCION
NO, solamente las comprendidas en la relación de bienes
comprendidas en el sistema, definidas mediante:
Ley 29173, publicada el 23-12-2007 y vigente desde
el 1 de enero de 2008.
Decreto Supremo 091-2013-EF y vigente desde el
miércoles 15/05/2013
¿Todas las ventas están sujetas a este régimen?
Ver lista de bienes…
Pero… Hay excepciones…
1) Cuando se cumpla en simultaneo lo siguiente:
 Se emita un comprobante de pago que otorgue
derecho a crédito fiscal.
 El cliente tenga la condición de:
 Agente de retención del IGV, o
 Figure en el "Listado de entidades que podrán
ser exceptuadas de la percepción del IGV“.
http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&
id=764:listado-de-entidades-que-podran-ser-exceptuadas-de-percepcion-igv-
a-partir-del-01072009&catid=117:regimen-de-percepciones-del-igv-
venta&Itemid=185
2) En el retiro de bienes considerado como venta.
Operaciones excluidas del Régimen de Percepciones
Listado vigente a partir del
01.07.2009 (D.S. N° 141-
2009-EF)
3) En la venta de GLP:
 A vehículos de circulación terrestre
 A través de surtidores de combustible en establecimientos
debidamente autorizados por la Dirección General de
Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas.
4) Cuando la venta se realice a través de la Bolsa de
Productos de Lima.
5) En la venta cuando opere el Sistema de
Detracciones.
6) Cuando la venta se realice a un cliente que tenga la
condición de Consumidor Final.
¿?
Operaciones excluidas del Régimen de Percepciones
Es aquella persona que adquiere un bien para su propio uso o consumo.
Requisitos:
1) Ser una persona natural.
3) No comprar con factura o ticket Factura
4) No comprar bienes a consignación
5) No comprar bienes que le sean entregados en un local comercial:
 Bodegas, restaurantes, tiendas comerciales, farmacias, grifos, etc.
6) Adquirir bienes por una suma igual o menor a (ver tabla):
 S/ 700.00
 S/. 100.00
Excepciones al limite cuantitativo:
a) Se venda no más de una unidad del mismo bien (ver bienes aplicables).
b) En el caso del GLP cuando adquiera:
 Hasta 2 cilindros (balones) por comprobante de pago.
 Hasta un importe no superior a S/. 1,500 por comprobante de pago,
en los casos que la comercialización se realice a granel.
¿A quien se denomina Consumidor Final?
El monto de la percepción es:
¿Cuál es el Monto de la percepción?
El que resulta de aplicar el
2% sobre el precio de
venta, incluido el IGV.
REGLA GENERAL
Cuando el cliente es un
agente de percepción, se
aplicará un porcentaje del
0.5%.
Requisito:
Que se trate de ventas
efectuadas con factura o
ticket que otorgue derecho
a crédito fiscal.
REGLA ESPECIAL
YA NO es aplicable el
“Listado de Clientes
sujetos al porcentaje
del 0.5%”
Cuando el Agente de Percepción realiza el cobro del:
 Total de la venta efectuada, o
 Parcial de la venta efectuada
¿En qué momento se realiza la Percepción?
El % de
percepción se
aplicará sobre el
importe de cada
cobro.Los nuevos agentes de percepción
efectuaran la percepción: :
 Desde las cobranzas que realicen a partir
de la fecha en que operan como tales
(P.e.: 01/07/2013)
 PERO SOLO de las ventas que efectúen a
partir de esa fecha (P.e: 01/07/2013), de
bienes sujetos a la percepcion.
NUEVOS AGENTES DE PERCEPCION
1. El comprobante de pago que corresponde a la venta
realizada:
1. Facturas
2. Tickets Factura
3. Boletas de venta
4. Tickets Boleta
2. Un documento independiente por la percepción
efectuada, denominado
 “COMPROBANTE DE PERCEPCIÓN – VENTA
INTERNA”
 Se emite en moneda nacional.
¿Qué documentos debe entregar el Agente de
Percepción a sus clientes?
REGLA GENERAL
El comprobante de pago que corresponde a la venta realizada:
 Facturas
 Tickets Factura
 Boletas de venta
 Tickets Boleta
¿Qué documentos debe entregar el Agente de
Percepción a sus clientes?
REGLA ESPECIAL PARA COBROS AL CONTADO
i) La frase: "Comprobante de Percepción – Venta Interna".
ii) Datos del cliente:
a) Apellidos y nombres, denominación o razón social
b) Tipo y número de documento del cliente
iii) Importe de la percepción en moneda nacional.
iv) Monto total cobrado en moneda nacional, incluida la
percepción.
Información
a incluir en
el CdP
El Comprobante de Pago
 Consignar como información no necesariamente impresa la
frase: "Operación sujeta a percepción del IGV“.
 Los comprobantes de pago que se emitan por operaciones
comprendidas en el Régimen de Percepciones:
 Pueden incluir exclusivamente operaciones sujetas, o
 Pueden incluir operaciones NO sujetas a éste.
 Cuando se emita Boleta de Venta o Ticket Boleta, se debe
consignar los siguientes datos del cliente, aún cuando el
importe de la operación no supere los S/. 700.00:
a) Apellidos y nombres.
b) Tipo y número de documento de identidad.
c) Dirección Dato no exigido en la regla general para la emisión
de las Boletas de Venta, establecida en la RS Nº
233-2008-Sunat, vigente desde el 01/03/2009.
El Comprobante de Pago
Cuando hay bienes sujetos y no sujetos al régimen
Los comprobantes de pago que se emitan por operaciones
comprendidas en el Régimen de Percepciones, SI podrán
incluir operaciones NO sujetas.
REQUISITOS:
 Se pueda identificar el precio de venta de los bienes
sujetos y de los no sujetos.
 En los cobros parciales:
 Se atribuirá el monto pagado de manera
proporcional a las operaciones sujetas y no
sujetas a la percepción.
 En los cobros al contado:
 Se pueda identificar el monto total cobrado en
moneda nacional, incluida la percepción.
EL COMPROBANTE DE PERCEPCION
 Aplicación de más de un porcentaje de percepción
respecto a un mismo cliente: Se deberá emitir un
"Comprobante de Percepción – Venta Interna" por cada
porcentaje aplicado.
 Tipo de cambio en el caso de que la venta se realice en
moneda extranjera: Se deberá emplear el tipo de
cambio promedio ponderado venta, publicado por la
SBS en la fecha en que se realice el cobro.
 Puede imprimirse:
 Por medio de una imprenta, debidamente
autorizada, o
 En forma computarizada, previa autorización de la
SUNAT.
El Comprobante de Percepción – Venta Interna
Se podrá entregar al cliente la copia que le corresponde
del "Comprobante de Percepción – Venta Interna”:
 Poniéndolo a su disposición física, o
 Poniéndolo a su disposición vía Internet, mediante
un portal.
 Enviándoselo a través el correo electrónico.
Requisitos:
 Siempre que el cliente acepte
 Se debe comunicar a la SUNAT, en forma previa a su
aplicación.
El Comprobante de Percepción – Venta Interna
Computarizado
Se podrá emitir un solo comprobante de percepción por
cada cliente respecto del conjunto de percepciones
efectuadas a lo largo de un período.
Importante:
 Se deberá consignar la fecha en que se efectuó cada
percepción.
Requisitos:
 Debe existir una aprobación por parte del Cliente.
 Su emisión y entrega se efectúe dentro del mismo mes
en que se realizaron las percepciones.
El Comprobante de Percepción RESUMEN
MODELOSUNAT
 El cliente podrá descontar del IGV, las
percepciones que le hubieran efectuado hasta el
último día del período al que corresponda la
declaración.
 El cliente deberá presentar su Declaración - Pago
mensual, utilizando el PDT IGV - Renta, Formulario
Virtual N° 621, donde consignará las percepciones que
le hubieran realizado hasta el último día del mes.
¿Qué hace el Cliente con las percepciones que le
efectúa el Agente de Percepción?
UTILIZACION DEL MONTO
PERCIBIDO POR PARTE DEL
CLIENTE
 El cliente podrá descontar del IGV, las
percepciones que le hubieran efectuado hasta el
último día del período al que corresponda la
declaración.
 El cliente deberá presentar su Declaración - Pago
mensual, utilizando el PDT IGV - Renta, Formulario
Virtual N° 621, donde consignará las percepciones
que le hubieran realizado hasta el último día del mes.
¿Qué hace el Cliente con las percepciones que le
efectúa el Agente de Percepción?
 El proveedor NO se encuentra obligado a consignar la retención en la DDJJ
pago del IGV correspondiente al período en que se hubiese efectuado la
retención
 El proveedor SI se encuentra obligado a consignar la retención en la DDJJ
pago del IGV correspondiente al período en que efectúe la deducción o
aplicación de la retención, sea éste el período en que se efectuaron las
retenciones del IGV o uno posterior. INFORME N° 017-2003-SUNAT/2B0000
¿Hastacuando?
¿Ylaprescripción?
 Arrastre: Si en un mes determinado no tuviera IGV por pagar o el
monto de este impuesto fuera menor al de las percepciones que le
hubieran efectuado, podrá deducir el saldo en los meses siguientes
hasta agotarlo.
 Devolución: En caso de mantener un monto de percepciones sin
poder aplicar, durante tres meses consecutivos, podrá solicitar su
devolución, para lo cual deberá presentar el Formulario N° 4949 en
la SUNAT.
La solicitud sólo procederá hasta por el saldo acumulado no
aplicado o compensado al ultimo periodo vencido a la fecha de
presentación de la solicitud, siempre que en la DDJJ de dicho
periodo conste el saldo cuya devolución se solicita.
 Solicitar la compensación a pedido de parte: la cual podrá
efectuarse a partir del periodo siguiente a aquel en que se
generaron las percepciones no aplicadas (presentación del
Formulario 1648 vía SOL).
Percepciones no aplicadas
Los clientes podrán solicitar devolución por el saldo de la percepción
no aplicado:
 Percepción del periodo
 (+) Percepciones de meses anteriores
 (-) Impuesto a pagar.
La solicitud sólo procederá hasta por el saldo acumulado no aplicado o
compensado al ultimo periodo vencido a la fecha de presentación de la
solicitud, siempre que en la DDJJ de dicho periodo conste el saldo cuya
devolución se solicita.
Devolución de Percepciones no aplicadas
Procede una
devolución parcial
1) Haber presentado todas las DDJJ (PDT 621) por el periodo
por el que solicita la devolución en su condición de cliente.
2) Si el contribuyente sólo tiene la condición de cliente, es decir
si se le ha percibido el IGV por sus compras, deberá tener
un saldo de percepciones no aplicadas por un plazo no menor
de 3 meses en forma consecutiva (RS N° 060-2005/SUNAT.)
3) Solicitar la devolución del saldo acumulado no aplicado que
conste en la última declaración mediante el formulario N°
4949.
Devolución de Percepciones no aplicadas
Requisitos
 En el mes en que las operaciones exoneradas del IGV del
cliente superan el 50% del total de sus operaciones
declaradas.
 Clientes ubicados en el Nuevo RUS: pueden solicitar la
devolución en cualquier mes del año.
 Personas naturales que no están dentro del ámbito de
aplicación del IGV: pueden solicitar la devolución a partir del
mismo día en que les aplican la percepción, teniendo como
plazo de devolución un plazo no mayor de 45 d/h
 En este caso, estarán obligadas a obtener RUC y luego tienen
derecho a pedir la devolución de la percepción indebidamente
cobrada.
Devolución de las percepciones no aplicadas
Excepciones a la regla de los 3 meses
Devolución de Percepciones no aplicadas
Ejemplo de cumplimiento de Requisito
NO MENOS DE 03 PERIODOS CON SALDOS NO APLICADOS
Periodo
Marzo
2013
Abril 2013
Mayo
2013
Junio
2013
Impuesto a
pagar
250 200 250 280 .
Percepción
del mes
550 400 236 190 .
Percepción
anteriores
0 300 500 486 .
Saldo de
Percepción
no aplicado
300 500 486 396 A devolver
Devolución de Percepciones no aplicadas
Formulario 4949
 Casilla 101 – Código del tipo de devolución: código 26 –
Devolución de percepciones no aplicadas
 Casilla 103 – N° de formulario: 0621
 Casilla 105 – N° de Orden: N° del último PDT 621 en el
cual se arrastra el saldo no aplicado
 Casilla 106 – Periodo tributario: El período de dicho PDT.
 Casilla 107 – Detalle del tributo: IGV
Se deberá
consignar como
"periodo tributario“
el último vencido a
la fecha de
presentación de la
solicitud y en cuya
DDJJ conste el
saldo acumulado
de percepciones no
aplicadas a ese
periodo, ello sin
perjuicio que el
monto cuya
devolución se
solicita sea menor
a dicho saldo.
R. Superintendencia Nº 126-2004
Devolución de Percepciones no aplicadas
Segunda solicitud de devolución y siguientes
El cómputo del plazo de 2 o 3 meses, según sea
el caso, para poder solicitar la devolución de las
percepciones no aplicadas, se iniciará a partir del
periodo siguiente a aquel consignado en la
última solicitud de devolución presentada, de ser
el caso, aún cuando en dicha solicitud no se
hubiera incluido la totalidad del saldo acumulado
a esa fecha.
RS N° 126-2004/SUNAT
Devolución de Percepciones no aplicadas
Aplica la Prescripción
INFORME N.° 034-2013-SUNAT/4B0000
El cómputo del término de la prescripción a efecto de
solicitar la devolución de las Percepciones del IGV no
aplicadas se inicia el uno (1) de enero del año siguiente al
momento en que se acumulen percepciones no aplicadas
por tres (3) periodos tributarios. En consecuencia, el plazo
de prescripción se computa de forma independiente
tomando como base cada periodo en que nazca la facultad
de solicitar la devolución.
No obstante ello, el plazo de prescripción se interrumpe
cuando se presenta la declaración jurada del IGV en la que
se consigna el saldo de las percepciones no aplicadas
acumuladas.
Devolución de Percepciones no aplicadas
Aplica la Prescripción
OTRAS OPINIONES
El régimen legal prevé expresamente la posibilidad de arrastrar el exceso a los
periodos siguientes hasta agotarlo e incluso solicitar su devolución sin límites, salvo
aquel referido a mantener el monto no aplicado por un plazo no menor de tres (3)
periodos consecutivos.
Debe tomarse en cuenta que la naturaleza jurídica de las percepciones es la de un
anticipo por mandato legal y no la de un crédito tributario ni un pago en exceso.
La obligación de pago anticipado se diferencia de la obligación tributaria por su
carácter accesorio y no definitivo, de tal modo que la cantidad ingresada debe ser
devuelta al sujeto pasivo si el hecho imponible no llega a realizarse.
Este razonamiento es respaldado por la propia Administración Tributaria (ver Informe
N° 125-2007-SUNAT) y el Tribunal Constitucional cuando concluyen que las
percepciones del IGV corresponden a la de pagos a cuenta o anticipos del IGV por
operaciones futuras. Entre otros, es posible mencionar el fundamento 59 de la
Sentencia recaída en el Expediente N° 6089-200-AA, que señala: “las percepciones
del IGV, evaluadas en el presente caso, tienen naturaleza de pagos a cuenta o
anticipos, esto es, son obligaciones de carácter temporal y no definitivo, como en el
caso de los tributos”.
CONTROLES TRIBUTARIOS:
 REGISTRO LEGALIZADO
 PDT 697
 Deberá abrir una cuenta en su PCGE denominada "IGV -
Percepciones por Pagar“.
En ella controlará mensualmente las percepciones que ha efectuado
a sus clientes y se contabilizarán los pagos efectuados a la SUNAT.
 Llevará un "Registro del Régimen de Percepciones" en el cual
controlará los débitos y créditos con respecto a la cuenta por
cobrar por cada cliente, es decir al detalle.
Anotación consolidada por cliente: De llevarse el registro en
forma mecanizada se podrá anotar en forma consolidada el total de
las transacciones mensuales realizadas con cada cliente, siempre
que en el sistema de enlace se mantenga la información requerida
y se pueda efectuar la verificación individual de cada transacción.
¿Qué controles tributarios se deben mantener
en el Régimen de Percepciones?
El Agente de Percepción
 Deberá abrir una subcuenta denominada "IGV
Percepciones por Aplicar" dentro de la cuenta
"Impuesto General a las Ventas“ del PCGE.
 En ella controlará las percepciones que le hubieran
efectuado los agentes de percepción , así como las
aplicaciones de dichas percepciones al IGV por pagar o
las devoluciones efectuadas por la SUNAT, de ser el
caso.
¿Qué controles tributarios se deben mantener
en el Régimen de Percepciones?
El cliente
 El Agente de Percepción declara y paga las percepciones
que ha efectuado en el mes, para lo cual deberá utilizar el
PDT 697 - Percepciones a las ventas internas.
http://www2.sunat.gob.pe/pdt/pdtdown/independientes/independientes.htm
 La declaración y el pago de las percepciones se realiza en
las fechas señaladas en el Cronograma de Obligaciones
Tributarias, aprobado por la SUNAT.
¿Cómo se declara y paga las percepciones realizadas?
¿Cómo se declara y paga las percepciones realizadas?
INFRACCIONES Y
SANCIONES
Infracciones y sanciones aplicables
Resumen del Régimen de PERCEPCION del IGV
PDT 621
Factura por la venta
Valor venta : 84
IGV : 16
-----------------------------
Total : 100
Percep. 2% : 2
-----------------------------
A pagar : 102
PDT 697
Declara y paga S/. 2
al vencimiento
Deduce S/. 2 del IGV
determinado a pagar en
la declaración pago
Agente de
percepción:
Vende un bien
gravado con IGV y
cobra al cliente un
importe adicional.
Pago de la operación
Total : 102
Comprobante
de Percepción
Importe percepción: 2
Cliente: cuando
paga, se le percibe el
IGV que debería pagar
por la venta futura del
bien adquirido.
SUNAT
Cruces informáticos: Percepciones
informadas (Agente) vs. Percepciones
declaradas (Cliente)
Fuente: SUNAT
REGIMEN DE LAS PERCEPCIONES DEL IGV
EN LA VENTA INTERNA DE BIENESPreparado por: CPCC JUAN DANIEL DÁVILA
juandanieldavila@gmail.com
Junio – 2013
Exención de responsabilidad
Este documento constituye el esquema de una exposición oral de tipo académica y está incompleto fuera del contexto de la misma. Por lo tanto, ninguna información proporcionada por
el expositor, ni sus opiniones o análisis, ni los materiales distribuidos como parte de ella podrán ser utilizadas para resolver casos específicos, sin la adecuada asesoría profesional, ni podrán
ser interpretadas como un anticipo de opinión profesional.
Utilización del material por terceros
Si desea utilizar este material en una presentación o reproducirlo por cualquier medio, total o parcialmente, le agradeceré hacer referencia a los datos del autor.
¿Preguntas?

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS JARI0806
 
Infracciones y sanciones tributarias tabla i
Infracciones y sanciones tributarias   tabla iInfracciones y sanciones tributarias   tabla i
Infracciones y sanciones tributarias tabla iROsa Maria Janampa
 
Retenciones, percepciones y detracciones
Retenciones, percepciones y detraccionesRetenciones, percepciones y detracciones
Retenciones, percepciones y detraccionesYuri Gonzales Rentería
 
Contabilización del régimen de detracciones del igv
Contabilización del régimen de detracciones del igvContabilización del régimen de detracciones del igv
Contabilización del régimen de detracciones del igvWilfredo Surichaqui Rojas
 
Fiscalización Parcial y Definitiva - Sunat
Fiscalización Parcial y Definitiva - SunatFiscalización Parcial y Definitiva - Sunat
Fiscalización Parcial y Definitiva - SunatUniversidadUCH
 
Gastos Deducibles para el Impuesto a la Renta
Gastos Deducibles para el Impuesto a la RentaGastos Deducibles para el Impuesto a la Renta
Gastos Deducibles para el Impuesto a la RentaMiguel Torres
 
Regimen De Retenciones New
Regimen De Retenciones NewRegimen De Retenciones New
Regimen De Retenciones Newguest63121b
 
Curso
 Curso Curso
Cursocefic
 
Tributación Empresarial 03 - Crédito Fiscal y principales modificaciones al IGV
Tributación Empresarial 03 - Crédito Fiscal y principales modificaciones al IGVTributación Empresarial 03 - Crédito Fiscal y principales modificaciones al IGV
Tributación Empresarial 03 - Crédito Fiscal y principales modificaciones al IGVLima Innova
 

Was ist angesagt? (20)

Inf trib art 176 y 178 del codigo tributario a
Inf trib art 176 y 178 del codigo tributario aInf trib art 176 y 178 del codigo tributario a
Inf trib art 176 y 178 del codigo tributario a
 
Niif 1 caso practico 2015
Niif 1 caso practico 2015Niif 1 caso practico 2015
Niif 1 caso practico 2015
 
Ppt exoneracion e inafectacion
Ppt exoneracion e inafectacionPpt exoneracion e inafectacion
Ppt exoneracion e inafectacion
 
Regimen especial del impuesto a la renta
Regimen especial del impuesto a la rentaRegimen especial del impuesto a la renta
Regimen especial del impuesto a la renta
 
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
 
Infracciones y sanciones tributarias tabla i
Infracciones y sanciones tributarias   tabla iInfracciones y sanciones tributarias   tabla i
Infracciones y sanciones tributarias tabla i
 
Nuevo rus
Nuevo rusNuevo rus
Nuevo rus
 
Retenciones, percepciones y detracciones
Retenciones, percepciones y detraccionesRetenciones, percepciones y detracciones
Retenciones, percepciones y detracciones
 
Contabilización del régimen de detracciones del igv
Contabilización del régimen de detracciones del igvContabilización del régimen de detracciones del igv
Contabilización del régimen de detracciones del igv
 
Detracción del IGV
Detracción del IGVDetracción del IGV
Detracción del IGV
 
Fiscalización Parcial y Definitiva - Sunat
Fiscalización Parcial y Definitiva - SunatFiscalización Parcial y Definitiva - Sunat
Fiscalización Parcial y Definitiva - Sunat
 
Impuesto selectivo-al-consumo
Impuesto selectivo-al-consumoImpuesto selectivo-al-consumo
Impuesto selectivo-al-consumo
 
Gastos Deducibles para el Impuesto a la Renta
Gastos Deducibles para el Impuesto a la RentaGastos Deducibles para el Impuesto a la Renta
Gastos Deducibles para el Impuesto a la Renta
 
El impuesto general a las ventas
El impuesto general a las ventasEl impuesto general a las ventas
El impuesto general a las ventas
 
Reg percepciones
Reg percepcionesReg percepciones
Reg percepciones
 
Prescripción de la deuda tributaria
Prescripción de la deuda tributariaPrescripción de la deuda tributaria
Prescripción de la deuda tributaria
 
Regimen De Retenciones New
Regimen De Retenciones NewRegimen De Retenciones New
Regimen De Retenciones New
 
Curso
 Curso Curso
Curso
 
Casos practicos igv
Casos practicos igvCasos practicos igv
Casos practicos igv
 
Tributación Empresarial 03 - Crédito Fiscal y principales modificaciones al IGV
Tributación Empresarial 03 - Crédito Fiscal y principales modificaciones al IGVTributación Empresarial 03 - Crédito Fiscal y principales modificaciones al IGV
Tributación Empresarial 03 - Crédito Fiscal y principales modificaciones al IGV
 

Ähnlich wie Regimen de percepciones del igv en la venta interna juan daniel davila - peru

Universidad Privada San Pedro Compuot
Universidad Privada San Pedro CompuotUniversidad Privada San Pedro Compuot
Universidad Privada San Pedro Compuotguest899049
 
U N I V E R S I D A D P R I V A D A S A N P E D R O Compuot
U N I V E R S I D A D  P R I V A D A  S A N  P E D R O CompuotU N I V E R S I D A D  P R I V A D A  S A N  P E D R O Compuot
U N I V E R S I D A D P R I V A D A S A N P E D R O Compuotguest899049
 
Régimen de retención y percepción
Régimen de retención y percepciónRégimen de retención y percepción
Régimen de retención y percepciónVernicaMendoBazn
 
PPT CLASE HUGO LARICO-INAFECTACIONES Y EXONERACIONES (1) - copia.pptx
PPT CLASE HUGO LARICO-INAFECTACIONES Y EXONERACIONES (1) - copia.pptxPPT CLASE HUGO LARICO-INAFECTACIONES Y EXONERACIONES (1) - copia.pptx
PPT CLASE HUGO LARICO-INAFECTACIONES Y EXONERACIONES (1) - copia.pptxDeboraLaricoCarbajal2
 
15. tratamiento tributario de las retenciones del igv
15. tratamiento tributario de las retenciones del igv15. tratamiento tributario de las retenciones del igv
15. tratamiento tributario de las retenciones del igvSegio Hever Huarcaya
 
Régimen+de+Retenciones+y+Régimen+de+Percepciones.pdf
Régimen+de+Retenciones+y+Régimen+de+Percepciones.pdfRégimen+de+Retenciones+y+Régimen+de+Percepciones.pdf
Régimen+de+Retenciones+y+Régimen+de+Percepciones.pdfWaldirMollinedoCarde
 
Régimen de Percepciones
Régimen de PercepcionesRégimen de Percepciones
Régimen de PercepcionesLima Innova
 
Tributación Empresarial 04 - Retenciones y Percepciones
Tributación Empresarial 04 -  Retenciones y PercepcionesTributación Empresarial 04 -  Retenciones y Percepciones
Tributación Empresarial 04 - Retenciones y PercepcionesLima Innova
 
Percepcion monografia
Percepcion monografiaPercepcion monografia
Percepcion monografianancy2994
 
reforma tributaria
reforma tributariareforma tributaria
reforma tributarialreales3
 
NORMAS ADMINISTRATIVAS DEL IGV DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERSEPCIONES.pptx
NORMAS ADMINISTRATIVAS DEL IGV DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERSEPCIONES.pptxNORMAS ADMINISTRATIVAS DEL IGV DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERSEPCIONES.pptx
NORMAS ADMINISTRATIVAS DEL IGV DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERSEPCIONES.pptxMartinZarateAzorsa
 
Diapositivas elmundodelasconfecciones catalogo
Diapositivas elmundodelasconfecciones catalogoDiapositivas elmundodelasconfecciones catalogo
Diapositivas elmundodelasconfecciones catalogoAngelika Mosquera
 
Actividades economicas. angie
Actividades economicas. angieActividades economicas. angie
Actividades economicas. angieAngelika Mosquera
 

Ähnlich wie Regimen de percepciones del igv en la venta interna juan daniel davila - peru (20)

Universidad Privada San Pedro Compuot
Universidad Privada San Pedro CompuotUniversidad Privada San Pedro Compuot
Universidad Privada San Pedro Compuot
 
U N I V E R S I D A D P R I V A D A S A N P E D R O Compuot
U N I V E R S I D A D  P R I V A D A  S A N  P E D R O CompuotU N I V E R S I D A D  P R I V A D A  S A N  P E D R O Compuot
U N I V E R S I D A D P R I V A D A S A N P E D R O Compuot
 
Régimen de retención y percepción
Régimen de retención y percepciónRégimen de retención y percepción
Régimen de retención y percepción
 
RETEN, DTRAC, PERCEP .pptx
RETEN, DTRAC, PERCEP .pptxRETEN, DTRAC, PERCEP .pptx
RETEN, DTRAC, PERCEP .pptx
 
Retencion
RetencionRetencion
Retencion
 
PPT CLASE HUGO LARICO-INAFECTACIONES Y EXONERACIONES (1) - copia.pptx
PPT CLASE HUGO LARICO-INAFECTACIONES Y EXONERACIONES (1) - copia.pptxPPT CLASE HUGO LARICO-INAFECTACIONES Y EXONERACIONES (1) - copia.pptx
PPT CLASE HUGO LARICO-INAFECTACIONES Y EXONERACIONES (1) - copia.pptx
 
9 dta percepciones
9  dta percepciones9  dta percepciones
9 dta percepciones
 
15. tratamiento tributario de las retenciones del igv
15. tratamiento tributario de las retenciones del igv15. tratamiento tributario de las retenciones del igv
15. tratamiento tributario de las retenciones del igv
 
692_percepciones_igv.pdf
692_percepciones_igv.pdf692_percepciones_igv.pdf
692_percepciones_igv.pdf
 
Régimen+de+Retenciones+y+Régimen+de+Percepciones.pdf
Régimen+de+Retenciones+y+Régimen+de+Percepciones.pdfRégimen+de+Retenciones+y+Régimen+de+Percepciones.pdf
Régimen+de+Retenciones+y+Régimen+de+Percepciones.pdf
 
Retenciones
Retenciones Retenciones
Retenciones
 
Régimen de Percepciones
Régimen de PercepcionesRégimen de Percepciones
Régimen de Percepciones
 
Tributación Empresarial 04 - Retenciones y Percepciones
Tributación Empresarial 04 -  Retenciones y PercepcionesTributación Empresarial 04 -  Retenciones y Percepciones
Tributación Empresarial 04 - Retenciones y Percepciones
 
Percepcion monografia
Percepcion monografiaPercepcion monografia
Percepcion monografia
 
reforma tributaria
reforma tributariareforma tributaria
reforma tributaria
 
Los sistemas de recaudación del igv
Los sistemas de recaudación del igvLos sistemas de recaudación del igv
Los sistemas de recaudación del igv
 
Percepciones
PercepcionesPercepciones
Percepciones
 
NORMAS ADMINISTRATIVAS DEL IGV DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERSEPCIONES.pptx
NORMAS ADMINISTRATIVAS DEL IGV DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERSEPCIONES.pptxNORMAS ADMINISTRATIVAS DEL IGV DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERSEPCIONES.pptx
NORMAS ADMINISTRATIVAS DEL IGV DETRACCIONES, RETENCIONES Y PERSEPCIONES.pptx
 
Diapositivas elmundodelasconfecciones catalogo
Diapositivas elmundodelasconfecciones catalogoDiapositivas elmundodelasconfecciones catalogo
Diapositivas elmundodelasconfecciones catalogo
 
Actividades economicas. angie
Actividades economicas. angieActividades economicas. angie
Actividades economicas. angie
 

Mehr von Juan Daniel Dávila

1 - Material - Beneficiario Final_aplica para 2022.pdf
1 - Material - Beneficiario Final_aplica para 2022.pdf1 - Material - Beneficiario Final_aplica para 2022.pdf
1 - Material - Beneficiario Final_aplica para 2022.pdfJuan Daniel Dávila
 
Medidas laborales por emergencia nacional y emergencia sanitaria covit 19 - j...
Medidas laborales por emergencia nacional y emergencia sanitaria covit 19 - j...Medidas laborales por emergencia nacional y emergencia sanitaria covit 19 - j...
Medidas laborales por emergencia nacional y emergencia sanitaria covit 19 - j...Juan Daniel Dávila
 
PCGE 2020 - Comparativo y diferencias - juan daniel davila
PCGE 2020 -  Comparativo y diferencias - juan daniel davilaPCGE 2020 -  Comparativo y diferencias - juan daniel davila
PCGE 2020 - Comparativo y diferencias - juan daniel davilaJuan Daniel Dávila
 
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...Juan Daniel Dávila
 
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...Juan Daniel Dávila
 
Beneficiario final - obligados a presentar la DJI- BF en dic 2019 - juan dani...
Beneficiario final - obligados a presentar la DJI- BF en dic 2019 - juan dani...Beneficiario final - obligados a presentar la DJI- BF en dic 2019 - juan dani...
Beneficiario final - obligados a presentar la DJI- BF en dic 2019 - juan dani...Juan Daniel Dávila
 
DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARIO FINAL
DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARIO FINALDECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARIO FINAL
DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARIO FINALJuan Daniel Dávila
 
LAMAS CONSULTORES - Brochure de servicios - contabilidad - tributación - audi...
LAMAS CONSULTORES - Brochure de servicios - contabilidad - tributación - audi...LAMAS CONSULTORES - Brochure de servicios - contabilidad - tributación - audi...
LAMAS CONSULTORES - Brochure de servicios - contabilidad - tributación - audi...Juan Daniel Dávila
 
OBLIGADOS Y OBLIGACIONES EN LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARI...
OBLIGADOS Y OBLIGACIONES EN LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARI...OBLIGADOS Y OBLIGACIONES EN LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARI...
OBLIGADOS Y OBLIGACIONES EN LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARI...Juan Daniel Dávila
 
Regimen de detracciones del IGV - Cambios a partir de 10-2018
Regimen de detracciones del IGV - Cambios a partir de 10-2018Regimen de detracciones del IGV - Cambios a partir de 10-2018
Regimen de detracciones del IGV - Cambios a partir de 10-2018Juan Daniel Dávila
 
Amnistía para infracciones por Libros Electrónicos y modificaciones al régime...
Amnistía para infracciones por Libros Electrónicos y modificaciones al régime...Amnistía para infracciones por Libros Electrónicos y modificaciones al régime...
Amnistía para infracciones por Libros Electrónicos y modificaciones al régime...Juan Daniel Dávila
 
RS 106-2018/SUNAT - Gradualidad y Amnistía de Libros Electrónicos
RS 106-2018/SUNAT - Gradualidad y Amnistía de Libros ElectrónicosRS 106-2018/SUNAT - Gradualidad y Amnistía de Libros Electrónicos
RS 106-2018/SUNAT - Gradualidad y Amnistía de Libros ElectrónicosJuan Daniel Dávila
 
El impuesto a la renta y los precios de transferencia
El impuesto a la renta y los precios de transferencia El impuesto a la renta y los precios de transferencia
El impuesto a la renta y los precios de transferencia Juan Daniel Dávila
 
Amnistía de rentas no declaradas 2017
Amnistía de rentas no declaradas 2017Amnistía de rentas no declaradas 2017
Amnistía de rentas no declaradas 2017Juan Daniel Dávila
 
Servicios intragrupo en Precios de Transferencia 2017 - Juan Daniel Davila
Servicios intragrupo en Precios de Transferencia 2017 -  Juan Daniel DavilaServicios intragrupo en Precios de Transferencia 2017 -  Juan Daniel Davila
Servicios intragrupo en Precios de Transferencia 2017 - Juan Daniel DavilaJuan Daniel Dávila
 
Ordenando la casa cierre contable tributario 2016 - juan daniel davila
Ordenando la casa   cierre contable tributario 2016 - juan daniel davilaOrdenando la casa   cierre contable tributario 2016 - juan daniel davila
Ordenando la casa cierre contable tributario 2016 - juan daniel davilaJuan Daniel Dávila
 
¿SON OBLIGATORIOS LOS FERIADOS APEC 2016?
¿SON OBLIGATORIOS LOS FERIADOS APEC 2016?¿SON OBLIGATORIOS LOS FERIADOS APEC 2016?
¿SON OBLIGATORIOS LOS FERIADOS APEC 2016?Juan Daniel Dávila
 
OFERTA LABORAL - Asistente de Contabilidad
OFERTA LABORAL - Asistente de ContabilidadOFERTA LABORAL - Asistente de Contabilidad
OFERTA LABORAL - Asistente de ContabilidadJuan Daniel Dávila
 
Resumen diario de comprobantes de retencion y percepcio en formatos impresos
Resumen diario de comprobantes de retencion y percepcio en formatos impresosResumen diario de comprobantes de retencion y percepcio en formatos impresos
Resumen diario de comprobantes de retencion y percepcio en formatos impresosJuan Daniel Dávila
 

Mehr von Juan Daniel Dávila (20)

1 - Material - Beneficiario Final_aplica para 2022.pdf
1 - Material - Beneficiario Final_aplica para 2022.pdf1 - Material - Beneficiario Final_aplica para 2022.pdf
1 - Material - Beneficiario Final_aplica para 2022.pdf
 
Medidas laborales por emergencia nacional y emergencia sanitaria covit 19 - j...
Medidas laborales por emergencia nacional y emergencia sanitaria covit 19 - j...Medidas laborales por emergencia nacional y emergencia sanitaria covit 19 - j...
Medidas laborales por emergencia nacional y emergencia sanitaria covit 19 - j...
 
PCGE 2020 - Comparativo y diferencias - juan daniel davila
PCGE 2020 -  Comparativo y diferencias - juan daniel davilaPCGE 2020 -  Comparativo y diferencias - juan daniel davila
PCGE 2020 - Comparativo y diferencias - juan daniel davila
 
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...
 
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...
 
Beneficiario final - obligados a presentar la DJI- BF en dic 2019 - juan dani...
Beneficiario final - obligados a presentar la DJI- BF en dic 2019 - juan dani...Beneficiario final - obligados a presentar la DJI- BF en dic 2019 - juan dani...
Beneficiario final - obligados a presentar la DJI- BF en dic 2019 - juan dani...
 
DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARIO FINAL
DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARIO FINALDECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARIO FINAL
DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARIO FINAL
 
LAMAS CONSULTORES - Brochure de servicios - contabilidad - tributación - audi...
LAMAS CONSULTORES - Brochure de servicios - contabilidad - tributación - audi...LAMAS CONSULTORES - Brochure de servicios - contabilidad - tributación - audi...
LAMAS CONSULTORES - Brochure de servicios - contabilidad - tributación - audi...
 
OBLIGADOS Y OBLIGACIONES EN LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARI...
OBLIGADOS Y OBLIGACIONES EN LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARI...OBLIGADOS Y OBLIGACIONES EN LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARI...
OBLIGADOS Y OBLIGACIONES EN LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARI...
 
Regimen de detracciones del IGV - Cambios a partir de 10-2018
Regimen de detracciones del IGV - Cambios a partir de 10-2018Regimen de detracciones del IGV - Cambios a partir de 10-2018
Regimen de detracciones del IGV - Cambios a partir de 10-2018
 
Amnistía para infracciones por Libros Electrónicos y modificaciones al régime...
Amnistía para infracciones por Libros Electrónicos y modificaciones al régime...Amnistía para infracciones por Libros Electrónicos y modificaciones al régime...
Amnistía para infracciones por Libros Electrónicos y modificaciones al régime...
 
RS 106-2018/SUNAT - Gradualidad y Amnistía de Libros Electrónicos
RS 106-2018/SUNAT - Gradualidad y Amnistía de Libros ElectrónicosRS 106-2018/SUNAT - Gradualidad y Amnistía de Libros Electrónicos
RS 106-2018/SUNAT - Gradualidad y Amnistía de Libros Electrónicos
 
El impuesto a la renta y los precios de transferencia
El impuesto a la renta y los precios de transferencia El impuesto a la renta y los precios de transferencia
El impuesto a la renta y los precios de transferencia
 
Amnistía de rentas no declaradas 2017
Amnistía de rentas no declaradas 2017Amnistía de rentas no declaradas 2017
Amnistía de rentas no declaradas 2017
 
Servicios intragrupo en Precios de Transferencia 2017 - Juan Daniel Davila
Servicios intragrupo en Precios de Transferencia 2017 -  Juan Daniel DavilaServicios intragrupo en Precios de Transferencia 2017 -  Juan Daniel Davila
Servicios intragrupo en Precios de Transferencia 2017 - Juan Daniel Davila
 
Ordenando la casa cierre contable tributario 2016 - juan daniel davila
Ordenando la casa   cierre contable tributario 2016 - juan daniel davilaOrdenando la casa   cierre contable tributario 2016 - juan daniel davila
Ordenando la casa cierre contable tributario 2016 - juan daniel davila
 
ANALISTA DE CONTABILIDAD
ANALISTA DE CONTABILIDADANALISTA DE CONTABILIDAD
ANALISTA DE CONTABILIDAD
 
¿SON OBLIGATORIOS LOS FERIADOS APEC 2016?
¿SON OBLIGATORIOS LOS FERIADOS APEC 2016?¿SON OBLIGATORIOS LOS FERIADOS APEC 2016?
¿SON OBLIGATORIOS LOS FERIADOS APEC 2016?
 
OFERTA LABORAL - Asistente de Contabilidad
OFERTA LABORAL - Asistente de ContabilidadOFERTA LABORAL - Asistente de Contabilidad
OFERTA LABORAL - Asistente de Contabilidad
 
Resumen diario de comprobantes de retencion y percepcio en formatos impresos
Resumen diario de comprobantes de retencion y percepcio en formatos impresosResumen diario de comprobantes de retencion y percepcio en formatos impresos
Resumen diario de comprobantes de retencion y percepcio en formatos impresos
 

Kürzlich hochgeladen

El rey que no amaba a los elefantes. Vida y caida de Juan Carlos I, el ultimo...
El rey que no amaba a los elefantes. Vida y caida de Juan Carlos I, el ultimo...El rey que no amaba a los elefantes. Vida y caida de Juan Carlos I, el ultimo...
El rey que no amaba a los elefantes. Vida y caida de Juan Carlos I, el ultimo...PEPONLU
 
Intervención del Estado en la economía y el mercado competitivo.pdf
Intervención del Estado en la economía y el mercado competitivo.pdfIntervención del Estado en la economía y el mercado competitivo.pdf
Intervención del Estado en la economía y el mercado competitivo.pdfKaliaGabriela
 
TEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
TEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxTEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
TEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxangelguillermo29
 
LAS CULTURAS HIDRAULICAS EN BOLIVIA.pptx
LAS CULTURAS HIDRAULICAS EN BOLIVIA.pptxLAS CULTURAS HIDRAULICAS EN BOLIVIA.pptx
LAS CULTURAS HIDRAULICAS EN BOLIVIA.pptxinecpv
 
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhPARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhangelorihuela4
 
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptxJOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptxWalter torres pachas
 
EL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptx
EL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptxEL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptx
EL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptxgalvezedgar
 
SIRE-RCE. REGISTRO DE COMPRAS.. Y VENTAS
SIRE-RCE. REGISTRO DE COMPRAS.. Y VENTASSIRE-RCE. REGISTRO DE COMPRAS.. Y VENTAS
SIRE-RCE. REGISTRO DE COMPRAS.. Y VENTASccastrocal
 
VALUACIÓN AL COSTO-CONTABILIDAD FINANCIERA.pdf
VALUACIÓN AL COSTO-CONTABILIDAD FINANCIERA.pdfVALUACIÓN AL COSTO-CONTABILIDAD FINANCIERA.pdf
VALUACIÓN AL COSTO-CONTABILIDAD FINANCIERA.pdfCristinaVOchoaMeza
 
Compañías aseguradoras presentacion power point
Compañías aseguradoras presentacion power pointCompañías aseguradoras presentacion power point
Compañías aseguradoras presentacion power pointAbiReyes18
 
Razon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad y
Razon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad yRazon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad y
Razon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad yAXELCESARBALDERRAMAM
 
Tema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español I
Tema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español ITema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español I
Tema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español IBorjaFernndez28
 
Marco conceptual para la información financiera.pdf
Marco conceptual para la información financiera.pdfMarco conceptual para la información financiera.pdf
Marco conceptual para la información financiera.pdfabrahamoises2001
 
Inducción Subterranea Mina Florida 2022.ppt
Inducción Subterranea Mina Florida 2022.pptInducción Subterranea Mina Florida 2022.ppt
Inducción Subterranea Mina Florida 2022.pptDaniElAlejandroAlfar2
 
Cuadro Comparativo selección proveedores
Cuadro Comparativo selección proveedoresCuadro Comparativo selección proveedores
Cuadro Comparativo selección proveedoresSofiaGutirrez19
 
Procedimiento no contencioso tributario no vinculado
Procedimiento no contencioso tributario no vinculadoProcedimiento no contencioso tributario no vinculado
Procedimiento no contencioso tributario no vinculadoMauricioRomero785824
 
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqutad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jquiceokey158
 
EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.
EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.
EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.ManfredNolte
 

Kürzlich hochgeladen (20)

Mercado Eléctrico de Ecuador y España.pdf
Mercado Eléctrico de Ecuador y España.pdfMercado Eléctrico de Ecuador y España.pdf
Mercado Eléctrico de Ecuador y España.pdf
 
El rey que no amaba a los elefantes. Vida y caida de Juan Carlos I, el ultimo...
El rey que no amaba a los elefantes. Vida y caida de Juan Carlos I, el ultimo...El rey que no amaba a los elefantes. Vida y caida de Juan Carlos I, el ultimo...
El rey que no amaba a los elefantes. Vida y caida de Juan Carlos I, el ultimo...
 
Intervención del Estado en la economía y el mercado competitivo.pdf
Intervención del Estado en la economía y el mercado competitivo.pdfIntervención del Estado en la economía y el mercado competitivo.pdf
Intervención del Estado en la economía y el mercado competitivo.pdf
 
TEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
TEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxTEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
TEORIA DEL CONSUMIDOR.pptxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
 
LAS CULTURAS HIDRAULICAS EN BOLIVIA.pptx
LAS CULTURAS HIDRAULICAS EN BOLIVIA.pptxLAS CULTURAS HIDRAULICAS EN BOLIVIA.pptx
LAS CULTURAS HIDRAULICAS EN BOLIVIA.pptx
 
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhPARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
PARADIGMA 1.docx paradicma g vmjhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh
 
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptxJOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
JOSE URBINA - Presentacion Sistema Endeudamiento.pptx
 
EL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptx
EL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptxEL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptx
EL PROCESO DE FISCALIZACION TRIBUTARIA .pptx
 
SIRE-RCE. REGISTRO DE COMPRAS.. Y VENTAS
SIRE-RCE. REGISTRO DE COMPRAS.. Y VENTASSIRE-RCE. REGISTRO DE COMPRAS.. Y VENTAS
SIRE-RCE. REGISTRO DE COMPRAS.. Y VENTAS
 
VALUACIÓN AL COSTO-CONTABILIDAD FINANCIERA.pdf
VALUACIÓN AL COSTO-CONTABILIDAD FINANCIERA.pdfVALUACIÓN AL COSTO-CONTABILIDAD FINANCIERA.pdf
VALUACIÓN AL COSTO-CONTABILIDAD FINANCIERA.pdf
 
Compañías aseguradoras presentacion power point
Compañías aseguradoras presentacion power pointCompañías aseguradoras presentacion power point
Compañías aseguradoras presentacion power point
 
Razon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad y
Razon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad yRazon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad y
Razon de liquidez, endeudamiento y rentabilidad y
 
Tema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español I
Tema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español ITema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español I
Tema 1 de la asignatura Sistema Fiscal Español I
 
Marco conceptual para la información financiera.pdf
Marco conceptual para la información financiera.pdfMarco conceptual para la información financiera.pdf
Marco conceptual para la información financiera.pdf
 
Inducción Subterranea Mina Florida 2022.ppt
Inducción Subterranea Mina Florida 2022.pptInducción Subterranea Mina Florida 2022.ppt
Inducción Subterranea Mina Florida 2022.ppt
 
Cuadro Comparativo selección proveedores
Cuadro Comparativo selección proveedoresCuadro Comparativo selección proveedores
Cuadro Comparativo selección proveedores
 
Procedimiento no contencioso tributario no vinculado
Procedimiento no contencioso tributario no vinculadoProcedimiento no contencioso tributario no vinculado
Procedimiento no contencioso tributario no vinculado
 
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqutad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
tad22.pdf sggwhqhqt1vbwju2u2u1jwy2jjqy1j2jqu
 
EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.
EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.
EL HALVING DEL BITCOIN: REDUCIR A LA MITAD EL MINADO DE LOS MINEROS.
 
el problema metodológico en la contabilidad.pdf
el problema metodológico en la contabilidad.pdfel problema metodológico en la contabilidad.pdf
el problema metodológico en la contabilidad.pdf
 

Regimen de percepciones del igv en la venta interna juan daniel davila - peru

  • 1. REGIMEN DE LAS PERCEPCIONES DEL IGV EN LA VENTA INTERNA DE BIENESPreparado por: CPCC JUAN DANIEL DÁVILA juandanieldavila@gmail.com Junio – 2013 Exención de responsabilidad Este documento constituye el esquema de una exposición oral de tipo académica y está incompleto fuera del contexto de la misma. Por lo tanto, ninguna información proporcionada por el expositor, ni sus opiniones o análisis, ni los materiales distribuidos como parte de ella podrán ser utilizadas para resolver casos específicos, sin la adecuada asesoría profesional, ni podrán ser interpretadas como un anticipo de opinión profesional. Utilización del material por terceros Si desea utilizar este material en una presentación o reproducirlo por cualquier medio, total o parcialmente, le agradeceré hacer referencia a los datos del autor.
  • 2. Definición  Definición  ¿Cómo se designa a un Agente de Percepción?  ¿Todas las ventas están sujetas a este régimen?  ¿Cuál es el Monto de la percepción?  ¿En qué momento se realiza la Percepción?  ¿Qué documentos debe entregar el Agente de Percepción a sus clientes?  El Comprobante de Pago  El Comprobante de Pago que SI incluye operaciones no sujetas al régimen  El Comprobante de Percepción – Venta Interna  Computarizado  Resumen  Modelo SUNAT  ¿Cuáles son las operaciones que se encuentran excluidas del Régimen de Percepciones?  ¿A quien se denomina Consumidor Final?  ¿Qué hace el Cliente con las percepciones que le efectúa el Agente de Percepción?  Percepciones no aplicadas  Devolución de Percepciones no aplicadas  Requisitos  Excepciones a la regla de los 3 meses  Ejemplo de cumplimiento de Requisito  Formulario 4949  Segunda solicitud de devolución y siguientes  ¿Qué controles tributarios se deben mantener en el Régimen de Percepciones?  El Agente de Percepción  El cliente  ¿Cómo se declara y paga las percepciones realizadas?  Infracciones y sanciones aplicables
  • 4. Es un mecanismo por el cual los contribuyentes designados por la SUNAT como agentes de percepción efectúan a sus clientes el cobro por adelantado de una parte del IGV que éstos van a generar al momento de realizar sus ventas gravadas con este impuesto. Este régimen no es aplicable a las operaciones de venta de bienes exoneradas o inafectas. IMPORTANTE: El Régimen de Percepciones no es un nuevo impuesto, es el pago adelantado del IGV que le corresponda pagar. Generalidades Definición
  • 5. La existencia del Régimen de Percepciones tiene como fundamento una presunción por parte de la SUNAT:  El comprador de un determinado bien realizará operaciones futuras de transferencia de los bienes adquiridos, respecto de las cuales no afectará con el IGV, pese a que puede calificar como sujeto de dicho impuesto. El Régimen de Percepciones busca operar en sectores donde existe alta evasión y bajo cumplimiento tributario. La SUNAT prioriza la recaudación del IGV, y para ello cuenta con la colaboración “obligatoria” de los agentes perceptores. Generalidades ¿Por qué la PERCEPCIÓN?
  • 6. La SUNAT detectó un al alto nivel de incumplimiento en la declaración y pago del IGV en la comercialización minorista de pieles, cueros, neumáticos, productos derivados del tabaco, productos farmacéuticos, aceites, insumos químicos que se suelen utilizar en la minería ilegal, entre otros:  No declaran ni pagan la totalidad del IGV que reciben por sus operaciones.  Tienen deudas tributarias superiores a S/. 460MM, es decir, a pesar de que declaran menos impuestos de los que perciben, tampoco los pagan oportunamente. Objetivo de la modificación:  Formalizar a más de 24M contribuyentes. Estadísticas:  El Régimen de Percepciones ha ayudado a recaudar S/. 1,500MM cada año.  En la actualidad (2013), aprox. más de 100M,000 contribuyentes cumplen con sus obligaciones gracias a este sistema. Generalidades ¿Por qué los cambios a la PERCEPCIÓN en el 2013?
  • 7. La designación de agentes de percepción, así como la exclusión de alguno de ellos se efectuará mediante Resolución de Superintendencia de la SUNAT. La condición de agente de percepción se acreditará mediante el Certificado de agente de Percepción que para tal efecto entregará la SUNAT. Para conocer la relación de Agentes de Percepción se debe ingresar a la opción Padrones del Módulo de Asistencia al Cliente de SUNAT - SOL Generalidades ¿Cómo se designa a un Agente de Percepción?
  • 8. ASPECTOS DE LA PERCEPCION
  • 9. NO, solamente las comprendidas en la relación de bienes comprendidas en el sistema, definidas mediante: Ley 29173, publicada el 23-12-2007 y vigente desde el 1 de enero de 2008. Decreto Supremo 091-2013-EF y vigente desde el miércoles 15/05/2013 ¿Todas las ventas están sujetas a este régimen? Ver lista de bienes… Pero… Hay excepciones…
  • 10. 1) Cuando se cumpla en simultaneo lo siguiente:  Se emita un comprobante de pago que otorgue derecho a crédito fiscal.  El cliente tenga la condición de:  Agente de retención del IGV, o  Figure en el "Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV“. http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article& id=764:listado-de-entidades-que-podran-ser-exceptuadas-de-percepcion-igv- a-partir-del-01072009&catid=117:regimen-de-percepciones-del-igv- venta&Itemid=185 2) En el retiro de bienes considerado como venta. Operaciones excluidas del Régimen de Percepciones Listado vigente a partir del 01.07.2009 (D.S. N° 141- 2009-EF)
  • 11. 3) En la venta de GLP:  A vehículos de circulación terrestre  A través de surtidores de combustible en establecimientos debidamente autorizados por la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas. 4) Cuando la venta se realice a través de la Bolsa de Productos de Lima. 5) En la venta cuando opere el Sistema de Detracciones. 6) Cuando la venta se realice a un cliente que tenga la condición de Consumidor Final. ¿? Operaciones excluidas del Régimen de Percepciones
  • 12. Es aquella persona que adquiere un bien para su propio uso o consumo. Requisitos: 1) Ser una persona natural. 3) No comprar con factura o ticket Factura 4) No comprar bienes a consignación 5) No comprar bienes que le sean entregados en un local comercial:  Bodegas, restaurantes, tiendas comerciales, farmacias, grifos, etc. 6) Adquirir bienes por una suma igual o menor a (ver tabla):  S/ 700.00  S/. 100.00 Excepciones al limite cuantitativo: a) Se venda no más de una unidad del mismo bien (ver bienes aplicables). b) En el caso del GLP cuando adquiera:  Hasta 2 cilindros (balones) por comprobante de pago.  Hasta un importe no superior a S/. 1,500 por comprobante de pago, en los casos que la comercialización se realice a granel. ¿A quien se denomina Consumidor Final?
  • 13. El monto de la percepción es: ¿Cuál es el Monto de la percepción? El que resulta de aplicar el 2% sobre el precio de venta, incluido el IGV. REGLA GENERAL Cuando el cliente es un agente de percepción, se aplicará un porcentaje del 0.5%. Requisito: Que se trate de ventas efectuadas con factura o ticket que otorgue derecho a crédito fiscal. REGLA ESPECIAL YA NO es aplicable el “Listado de Clientes sujetos al porcentaje del 0.5%”
  • 14. Cuando el Agente de Percepción realiza el cobro del:  Total de la venta efectuada, o  Parcial de la venta efectuada ¿En qué momento se realiza la Percepción? El % de percepción se aplicará sobre el importe de cada cobro.Los nuevos agentes de percepción efectuaran la percepción: :  Desde las cobranzas que realicen a partir de la fecha en que operan como tales (P.e.: 01/07/2013)  PERO SOLO de las ventas que efectúen a partir de esa fecha (P.e: 01/07/2013), de bienes sujetos a la percepcion. NUEVOS AGENTES DE PERCEPCION
  • 15. 1. El comprobante de pago que corresponde a la venta realizada: 1. Facturas 2. Tickets Factura 3. Boletas de venta 4. Tickets Boleta 2. Un documento independiente por la percepción efectuada, denominado  “COMPROBANTE DE PERCEPCIÓN – VENTA INTERNA”  Se emite en moneda nacional. ¿Qué documentos debe entregar el Agente de Percepción a sus clientes? REGLA GENERAL
  • 16. El comprobante de pago que corresponde a la venta realizada:  Facturas  Tickets Factura  Boletas de venta  Tickets Boleta ¿Qué documentos debe entregar el Agente de Percepción a sus clientes? REGLA ESPECIAL PARA COBROS AL CONTADO i) La frase: "Comprobante de Percepción – Venta Interna". ii) Datos del cliente: a) Apellidos y nombres, denominación o razón social b) Tipo y número de documento del cliente iii) Importe de la percepción en moneda nacional. iv) Monto total cobrado en moneda nacional, incluida la percepción. Información a incluir en el CdP
  • 17. El Comprobante de Pago  Consignar como información no necesariamente impresa la frase: "Operación sujeta a percepción del IGV“.  Los comprobantes de pago que se emitan por operaciones comprendidas en el Régimen de Percepciones:  Pueden incluir exclusivamente operaciones sujetas, o  Pueden incluir operaciones NO sujetas a éste.  Cuando se emita Boleta de Venta o Ticket Boleta, se debe consignar los siguientes datos del cliente, aún cuando el importe de la operación no supere los S/. 700.00: a) Apellidos y nombres. b) Tipo y número de documento de identidad. c) Dirección Dato no exigido en la regla general para la emisión de las Boletas de Venta, establecida en la RS Nº 233-2008-Sunat, vigente desde el 01/03/2009.
  • 18. El Comprobante de Pago Cuando hay bienes sujetos y no sujetos al régimen Los comprobantes de pago que se emitan por operaciones comprendidas en el Régimen de Percepciones, SI podrán incluir operaciones NO sujetas. REQUISITOS:  Se pueda identificar el precio de venta de los bienes sujetos y de los no sujetos.  En los cobros parciales:  Se atribuirá el monto pagado de manera proporcional a las operaciones sujetas y no sujetas a la percepción.  En los cobros al contado:  Se pueda identificar el monto total cobrado en moneda nacional, incluida la percepción.
  • 19. EL COMPROBANTE DE PERCEPCION
  • 20.  Aplicación de más de un porcentaje de percepción respecto a un mismo cliente: Se deberá emitir un "Comprobante de Percepción – Venta Interna" por cada porcentaje aplicado.  Tipo de cambio en el caso de que la venta se realice en moneda extranjera: Se deberá emplear el tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la SBS en la fecha en que se realice el cobro.  Puede imprimirse:  Por medio de una imprenta, debidamente autorizada, o  En forma computarizada, previa autorización de la SUNAT. El Comprobante de Percepción – Venta Interna
  • 21. Se podrá entregar al cliente la copia que le corresponde del "Comprobante de Percepción – Venta Interna”:  Poniéndolo a su disposición física, o  Poniéndolo a su disposición vía Internet, mediante un portal.  Enviándoselo a través el correo electrónico. Requisitos:  Siempre que el cliente acepte  Se debe comunicar a la SUNAT, en forma previa a su aplicación. El Comprobante de Percepción – Venta Interna Computarizado
  • 22. Se podrá emitir un solo comprobante de percepción por cada cliente respecto del conjunto de percepciones efectuadas a lo largo de un período. Importante:  Se deberá consignar la fecha en que se efectuó cada percepción. Requisitos:  Debe existir una aprobación por parte del Cliente.  Su emisión y entrega se efectúe dentro del mismo mes en que se realizaron las percepciones. El Comprobante de Percepción RESUMEN
  • 24.  El cliente podrá descontar del IGV, las percepciones que le hubieran efectuado hasta el último día del período al que corresponda la declaración.  El cliente deberá presentar su Declaración - Pago mensual, utilizando el PDT IGV - Renta, Formulario Virtual N° 621, donde consignará las percepciones que le hubieran realizado hasta el último día del mes. ¿Qué hace el Cliente con las percepciones que le efectúa el Agente de Percepción?
  • 25. UTILIZACION DEL MONTO PERCIBIDO POR PARTE DEL CLIENTE
  • 26.  El cliente podrá descontar del IGV, las percepciones que le hubieran efectuado hasta el último día del período al que corresponda la declaración.  El cliente deberá presentar su Declaración - Pago mensual, utilizando el PDT IGV - Renta, Formulario Virtual N° 621, donde consignará las percepciones que le hubieran realizado hasta el último día del mes. ¿Qué hace el Cliente con las percepciones que le efectúa el Agente de Percepción?  El proveedor NO se encuentra obligado a consignar la retención en la DDJJ pago del IGV correspondiente al período en que se hubiese efectuado la retención  El proveedor SI se encuentra obligado a consignar la retención en la DDJJ pago del IGV correspondiente al período en que efectúe la deducción o aplicación de la retención, sea éste el período en que se efectuaron las retenciones del IGV o uno posterior. INFORME N° 017-2003-SUNAT/2B0000 ¿Hastacuando? ¿Ylaprescripción?
  • 27.  Arrastre: Si en un mes determinado no tuviera IGV por pagar o el monto de este impuesto fuera menor al de las percepciones que le hubieran efectuado, podrá deducir el saldo en los meses siguientes hasta agotarlo.  Devolución: En caso de mantener un monto de percepciones sin poder aplicar, durante tres meses consecutivos, podrá solicitar su devolución, para lo cual deberá presentar el Formulario N° 4949 en la SUNAT. La solicitud sólo procederá hasta por el saldo acumulado no aplicado o compensado al ultimo periodo vencido a la fecha de presentación de la solicitud, siempre que en la DDJJ de dicho periodo conste el saldo cuya devolución se solicita.  Solicitar la compensación a pedido de parte: la cual podrá efectuarse a partir del periodo siguiente a aquel en que se generaron las percepciones no aplicadas (presentación del Formulario 1648 vía SOL). Percepciones no aplicadas
  • 28. Los clientes podrán solicitar devolución por el saldo de la percepción no aplicado:  Percepción del periodo  (+) Percepciones de meses anteriores  (-) Impuesto a pagar. La solicitud sólo procederá hasta por el saldo acumulado no aplicado o compensado al ultimo periodo vencido a la fecha de presentación de la solicitud, siempre que en la DDJJ de dicho periodo conste el saldo cuya devolución se solicita. Devolución de Percepciones no aplicadas Procede una devolución parcial
  • 29. 1) Haber presentado todas las DDJJ (PDT 621) por el periodo por el que solicita la devolución en su condición de cliente. 2) Si el contribuyente sólo tiene la condición de cliente, es decir si se le ha percibido el IGV por sus compras, deberá tener un saldo de percepciones no aplicadas por un plazo no menor de 3 meses en forma consecutiva (RS N° 060-2005/SUNAT.) 3) Solicitar la devolución del saldo acumulado no aplicado que conste en la última declaración mediante el formulario N° 4949. Devolución de Percepciones no aplicadas Requisitos
  • 30.  En el mes en que las operaciones exoneradas del IGV del cliente superan el 50% del total de sus operaciones declaradas.  Clientes ubicados en el Nuevo RUS: pueden solicitar la devolución en cualquier mes del año.  Personas naturales que no están dentro del ámbito de aplicación del IGV: pueden solicitar la devolución a partir del mismo día en que les aplican la percepción, teniendo como plazo de devolución un plazo no mayor de 45 d/h  En este caso, estarán obligadas a obtener RUC y luego tienen derecho a pedir la devolución de la percepción indebidamente cobrada. Devolución de las percepciones no aplicadas Excepciones a la regla de los 3 meses
  • 31. Devolución de Percepciones no aplicadas Ejemplo de cumplimiento de Requisito NO MENOS DE 03 PERIODOS CON SALDOS NO APLICADOS Periodo Marzo 2013 Abril 2013 Mayo 2013 Junio 2013 Impuesto a pagar 250 200 250 280 . Percepción del mes 550 400 236 190 . Percepción anteriores 0 300 500 486 . Saldo de Percepción no aplicado 300 500 486 396 A devolver
  • 32. Devolución de Percepciones no aplicadas Formulario 4949  Casilla 101 – Código del tipo de devolución: código 26 – Devolución de percepciones no aplicadas  Casilla 103 – N° de formulario: 0621  Casilla 105 – N° de Orden: N° del último PDT 621 en el cual se arrastra el saldo no aplicado  Casilla 106 – Periodo tributario: El período de dicho PDT.  Casilla 107 – Detalle del tributo: IGV Se deberá consignar como "periodo tributario“ el último vencido a la fecha de presentación de la solicitud y en cuya DDJJ conste el saldo acumulado de percepciones no aplicadas a ese periodo, ello sin perjuicio que el monto cuya devolución se solicita sea menor a dicho saldo. R. Superintendencia Nº 126-2004
  • 33. Devolución de Percepciones no aplicadas Segunda solicitud de devolución y siguientes El cómputo del plazo de 2 o 3 meses, según sea el caso, para poder solicitar la devolución de las percepciones no aplicadas, se iniciará a partir del periodo siguiente a aquel consignado en la última solicitud de devolución presentada, de ser el caso, aún cuando en dicha solicitud no se hubiera incluido la totalidad del saldo acumulado a esa fecha. RS N° 126-2004/SUNAT
  • 34. Devolución de Percepciones no aplicadas Aplica la Prescripción INFORME N.° 034-2013-SUNAT/4B0000 El cómputo del término de la prescripción a efecto de solicitar la devolución de las Percepciones del IGV no aplicadas se inicia el uno (1) de enero del año siguiente al momento en que se acumulen percepciones no aplicadas por tres (3) periodos tributarios. En consecuencia, el plazo de prescripción se computa de forma independiente tomando como base cada periodo en que nazca la facultad de solicitar la devolución. No obstante ello, el plazo de prescripción se interrumpe cuando se presenta la declaración jurada del IGV en la que se consigna el saldo de las percepciones no aplicadas acumuladas.
  • 35. Devolución de Percepciones no aplicadas Aplica la Prescripción OTRAS OPINIONES El régimen legal prevé expresamente la posibilidad de arrastrar el exceso a los periodos siguientes hasta agotarlo e incluso solicitar su devolución sin límites, salvo aquel referido a mantener el monto no aplicado por un plazo no menor de tres (3) periodos consecutivos. Debe tomarse en cuenta que la naturaleza jurídica de las percepciones es la de un anticipo por mandato legal y no la de un crédito tributario ni un pago en exceso. La obligación de pago anticipado se diferencia de la obligación tributaria por su carácter accesorio y no definitivo, de tal modo que la cantidad ingresada debe ser devuelta al sujeto pasivo si el hecho imponible no llega a realizarse. Este razonamiento es respaldado por la propia Administración Tributaria (ver Informe N° 125-2007-SUNAT) y el Tribunal Constitucional cuando concluyen que las percepciones del IGV corresponden a la de pagos a cuenta o anticipos del IGV por operaciones futuras. Entre otros, es posible mencionar el fundamento 59 de la Sentencia recaída en el Expediente N° 6089-200-AA, que señala: “las percepciones del IGV, evaluadas en el presente caso, tienen naturaleza de pagos a cuenta o anticipos, esto es, son obligaciones de carácter temporal y no definitivo, como en el caso de los tributos”.
  • 36. CONTROLES TRIBUTARIOS:  REGISTRO LEGALIZADO  PDT 697
  • 37.  Deberá abrir una cuenta en su PCGE denominada "IGV - Percepciones por Pagar“. En ella controlará mensualmente las percepciones que ha efectuado a sus clientes y se contabilizarán los pagos efectuados a la SUNAT.  Llevará un "Registro del Régimen de Percepciones" en el cual controlará los débitos y créditos con respecto a la cuenta por cobrar por cada cliente, es decir al detalle. Anotación consolidada por cliente: De llevarse el registro en forma mecanizada se podrá anotar en forma consolidada el total de las transacciones mensuales realizadas con cada cliente, siempre que en el sistema de enlace se mantenga la información requerida y se pueda efectuar la verificación individual de cada transacción. ¿Qué controles tributarios se deben mantener en el Régimen de Percepciones? El Agente de Percepción
  • 38.  Deberá abrir una subcuenta denominada "IGV Percepciones por Aplicar" dentro de la cuenta "Impuesto General a las Ventas“ del PCGE.  En ella controlará las percepciones que le hubieran efectuado los agentes de percepción , así como las aplicaciones de dichas percepciones al IGV por pagar o las devoluciones efectuadas por la SUNAT, de ser el caso. ¿Qué controles tributarios se deben mantener en el Régimen de Percepciones? El cliente
  • 39.  El Agente de Percepción declara y paga las percepciones que ha efectuado en el mes, para lo cual deberá utilizar el PDT 697 - Percepciones a las ventas internas. http://www2.sunat.gob.pe/pdt/pdtdown/independientes/independientes.htm  La declaración y el pago de las percepciones se realiza en las fechas señaladas en el Cronograma de Obligaciones Tributarias, aprobado por la SUNAT. ¿Cómo se declara y paga las percepciones realizadas?
  • 40. ¿Cómo se declara y paga las percepciones realizadas?
  • 43. Resumen del Régimen de PERCEPCION del IGV PDT 621 Factura por la venta Valor venta : 84 IGV : 16 ----------------------------- Total : 100 Percep. 2% : 2 ----------------------------- A pagar : 102 PDT 697 Declara y paga S/. 2 al vencimiento Deduce S/. 2 del IGV determinado a pagar en la declaración pago Agente de percepción: Vende un bien gravado con IGV y cobra al cliente un importe adicional. Pago de la operación Total : 102 Comprobante de Percepción Importe percepción: 2 Cliente: cuando paga, se le percibe el IGV que debería pagar por la venta futura del bien adquirido. SUNAT Cruces informáticos: Percepciones informadas (Agente) vs. Percepciones declaradas (Cliente) Fuente: SUNAT
  • 44. REGIMEN DE LAS PERCEPCIONES DEL IGV EN LA VENTA INTERNA DE BIENESPreparado por: CPCC JUAN DANIEL DÁVILA juandanieldavila@gmail.com Junio – 2013 Exención de responsabilidad Este documento constituye el esquema de una exposición oral de tipo académica y está incompleto fuera del contexto de la misma. Por lo tanto, ninguna información proporcionada por el expositor, ni sus opiniones o análisis, ni los materiales distribuidos como parte de ella podrán ser utilizadas para resolver casos específicos, sin la adecuada asesoría profesional, ni podrán ser interpretadas como un anticipo de opinión profesional. Utilización del material por terceros Si desea utilizar este material en una presentación o reproducirlo por cualquier medio, total o parcialmente, le agradeceré hacer referencia a los datos del autor. ¿Preguntas?