1. Republica bolivariana de Venezuela
ministerio del poder popular para la educación
universidad bicentenaria de Aragua
PROFESOR BACHILLER:
JESÚS VILLARROEL MARELIS SÁNCHEZ C.I 32131036
FUNDAMENTACIÓN LEGAL DE LA EDUCACIÓN EN VENEZUELA
2. El objetivo de esta investigación es analizar los principios rectores de la educación universitaria venezolana, según el marco
constitucional y educativo establecido. Esta temática se ubica en la línea de investigación: Teoría e historia de la educación del
Doctorado Conjunto Convenio Universidad de Córdoba ”“ Universidad del Zulia. El tipo de estudio es analítico y documental. La técnica
aplicada en el análisis de los datos es la estadística descriptiva, utilizando frecuencias y porcentajes. Teóricamente todos los principios
rectores de la educación universitaria venezolana están sustentados en la Constitución, (Asamblea Constituyente, 1999) y en la Ley
Orgánica de Educación (Asamblea Nacional, 2009). Se develó que el principio rector de la participación presenta la mayor
consagración tanto en el orden constitucional (26,91%) como educativa (12,59%). Sin embargo se detecta más participación en
gestión, que en toma de decisiones, prevaleciendo diversas evidencias como: consulta, ejecución, control y diseño. Por otra parte, los
principios rectores con menor consagración en la Ley Orgánica de Educación son: eficiencia, universalidad, justicia social, articulación
y cooperación institucional todas con (2,10%) reflejo de una educación con marcadas carencias.
introducción
3. *Principios Rectores de la Educación Venezolana
a. La Universidad es fundamentalmente una comunidad académica, integrada por profesores y estudiantes que dedican su trabajo intelectual
a la libre búsqueda de la verdad, a la creación y difusión del conocimiento, representado por la ciencia y las humanidades, y al cultivo de los
valores trascendentales del hombre. La Universidad está al servicio de la nación y le corresponde colaborar en la orientación del país
mediante su contribución doctrinaria en el esclarecimiento de los problemas nacionales.
b. La Universidad tiene como misión fundamental procurar la formación integral de sus estudiantes a fin de garantizar un egresado con
competencia profesional y sensibilidad social. La formación integral se define como un proceso educativo continuo que, partiendo de una
concepción amplia del ser humano, procura el desarrollo armónico de sus diversas capacidades en favor del bien común. De esta manera, la
Universidad se propone que sus estudiantes perciban el desarrollo científico y tecnológico en el ámbito del proceso social y económico que lo
ha hecho posible, del ambiente natural que modifica y de las consecuencias humanas que comporta.
c. La Universidad requiere de su personal académico la ejecución de actividades de investigación y desarrollo, a fin de garantizar la
actualización integral de los profesores. Por ello fomenta y realiza actividades de investigación y desarrollo orientadas hacia la generación del
conocimiento, tanto básico como aplicado, hacia la proposición de soluciones novedosas en el marco del desarrollo integral del país y hacia la
formación y actualización de profesores y estudiantes en las ciencias, las tecnologías, las humanidades y las artes.
4. *Organización del Sistema Educativo Venezolano
El sistema educativo venezolano está conformado por el subsistema de educación básica, el subsistema de educación universitaria (regulados
por la Ley Orgánica de Educación N° 5929 sancionada en 2009) y el subsistema bolivariano de formación y autoformación colectiva, integral,
continua y permanente.
Actualmente en Venezuela, hasta hace pocos meses, la Estructura del Sistema Educativo Venezolano estaba regido bajo la
Ley de Educación aprobada en el año 1.980, aprobada bajo el mandado del expresidente Luis Herrera Campin.
Posterior a ello entre los años 2000 y 2002, se realizaron unos esfuerzos para la discusión de una nueva
Ley de Educación y la Asamblea Nacional Constituyente había aprobado en Primera Discusión la Nueva Ley de
Educación, apoyada y consultada por todos los sectores de la sociedad civil y educativos del país, cuya
comisión fue presidida por el exparlamentario José Luis Farías, pero lamentablemente esta propuesta no fue
apoyada por los sectores del gobierno nacional y por ende no fue discutida durante los 8 años posteriores.
*Consejo Nacional de Universidades
Este Consejo es el ente encargado de organizar y aplicar a los interesados un examen requerido para iniciar los estudios de educación superior
en Venezuela, denominado Prueba Nacional de Admisión, que es solo una parte de un macro proceso llamado Programa Nacional de Admisión,
los cuales se llevan a cabo anualmente y permite asignar a los aspirantes a las diferentes instituciones educativas superiores (Colegios
Universitarios, Institutos, Universidades) y se obtiene después de promediar las notas de educación media y la calificación obtenida en dicho
examen; dando como resultado otro valor llamado índice académico que sirve como referencia de medición a los conocimientos básicos del
individuo.
5. *Ley de Universidades
La Ley de Universidades promulgada con el decreto presidencial del 5 de diciembre de 1958 por el Dr.
La presente Ley tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades. Promueve el mejoramiento continuo de la
calidad educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura.
*Fundamentación Legal de la Educación Universitaria
Cuando se refiere al marco legal de una actividad o gestión se hace mención a las bases, leyes, normas y demás regulaciones sobre las cuales las
instituciones cimientan y establecen el funcionamiento de dicha gestión.
Los principios fundamentales del sistema educativo venezolano se encuentran contenidos en la Constitución Nacional y en la Ley Orgánica de Educación.
A partir de la primera, se indica que la educación es un derecho humano y un deber social fundamental, definida, a su vez, como democrática, gratuita y
obligatoria.
*Reglamento Estudiantil
El presente Reglamento tiene como propósito fundamental regular los procesos académicos y administrativos de los estudiantes relativos a: las
actividades de evaluación, revisión, asistencia, incumplimiento a las normas que guarden relación con la materia, retroinformación, avance, ubicación por
trimestre, índice académico, permanencia, nivelación, reconocimientos y requisitos para optar el grado académico, así como las responsabilidades del
docente y de los estudiantes que cursan las carreras que oferta la Universidad Bicentenario de Aragua.
6. *REGLAMENTO DE EVALUACIÓN
ARTÍCULO 3: EL PROCESO DE EVALUACIÓN SE ORIENTARÁ HACIA EL LOGRO DE LOS PROPÓSITOS SIGUIENTES: A) APRECIAR EL
GRADO DE DOMINIO ADQUIRIDO POR EL ESTUDIANTE SOBRE LAS COMPETENCIAS EXIGIDAS EN CADA UNIDAD CURRICULAR. B)
DETERMINAR LAS CAUSAS QUE ORIGINAN LAS DEBILIDADES Y DEFICIENCIAS DEL ESTUDIANTE DURANTE LOS PROCESOS DE
ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE. C) PROPORCIONAR AL DOCENTE Y AL ESTUDIANTE UNA SÓLIDA FORMACIÓN SOBRE LA
EFICIENCIA Y CALIDAD DE LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE. D) CONTRIBUIR A LA SUPERACIÓN DE LAS
DEFICIENCIAS DE LAS PARTES ACTUANTES EN LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE. E) PROVEER INFORMACIÓN
CON FINES DE INVESTIGACIÓN EDUCACIONAL. F) UBICAR AL ESTUDIANTE DENTRO DE LA ESCALA DEL RENDIMIENTO
ACADÉMICO DE LA INSTITUCIÓN A LOS FINES DE SU PROMOCIÓN.
*CLASIFICAR LA INFORMACIÓN MÁS RELEVANTE SOBRE LA TEMÁTICA SELECCIONADA
LA CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN ES UN PROCESO QUE DEBEN LLEVAR A CABO TODAS LAS ORGANIZACIONES QUE
DECIDAN IMPLANTAR UN SISTEMA DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN DE ACUERDO AL ESTÁNDAR
PASO 1 – INVENTARIADO DE LOS ACTIVOS
ESTA ES UNA ETAPA FUNDAMENTAL PARA EL PROCESO DE CLASIFICACIÓN, YA QUE SE DEBEN TENER EN CONSIDERACIÓN
TODOS LOS RECURSOS CON LOS QUE CUENTA LA ORGANIZACIÓN, TANTO EN FORMATO FÍSICO, COMO EN FORMATO DIGITAL
PASO 2 – CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN
AUNQUE EXISTEN MULTITUD DE CRITERIOS PARA CLASIFICAR LA INFORMACIÓN, EL ESTÁNDAR ISO/IEC 27001 INDICA QUE CADA
ORGANIZACIÓN DEBE ESTABLECER LOS CRITERIOS QUE MEJOR SE ADAPTEN A SUS CIRCUNSTANCIAS PARTICULARES.
8. conclusión
La educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrollo de la personalidad y el
logro de un hombre sano, culto, crítico y apto para convivir en una sociedad democrática,
justa y libre basada en la familia como célula fundamental y en la valorización del trabajo;
capaz de participar activa, consciente y solidariamente en los procesos de transformación
social.
Todos los hombres tienen el deseo natural de saber y la disposición y el derecho de
aprender. Tienen derecho al conocimiento organizado de las ciencias, las artes, las
humanidades, la religión y la tecnología. Pero más importante aún, tienen también derecho
de desarrollar todas las capacidades que le permitan construir y apropiarse del
conocimiento general y especializado, necesario para entender, adaptarse y transformar la
realidad a la que pertenece, en beneficio propio de su desarrollo y disfrute personal y de los
otros colectivos.
La educación en Venezuela, ha tenido repercusiones progresistas, pero se estancó en
modelos inducidos y desarrollados en otros países a los cuales no se les dio continuidad
para su desarrollo, es por ello que la nueva concepción curricular busca construir el
desarrollo endógeno de la república, en base a una búsqueda del modelo de equilibrio desde
la relación Escuela-Sociedad-Nación, que garantice el continuo humano y el conocimiento
como poder del pueblo, enmarcado en las categorías reales determinadas por el proceso
renovador que se produce a nivel educativo desde el año 1999