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EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES
DE JÓVENES
UN DELITO DE AYER Y HOY
Ejecuciones Extrajudiciales de Jóvenes
Un delito de ayer y hoy
Elaborado por:
Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos – CALDH
Autores:
Gabriela Flores
Jorge Joaquín
Revisión:
Abner Paredes
Impreso en SERVINSA
Primera Edición 2,000 ejemplares Junio 2013
Diseño y Diagramación:
La Otra Mitad
ISBN 978-9929-8079-6-9
Se permite la reproducción total o parcial de este documento, una vez se cite la fuente.
El contenido de este documento no refleja necesariamente la opinión de los cooperantes.
CentroparalaAcciónLegalenDerechosHumanos–CALDH
6ª. Avenida 1-71 zona 1, Ciudad de Guatemala, Guatemala
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Correos electrónicos: comunicacion@caldh.org
		 juventud@caldh.org
	
Con el apoyo de:
ÍNDICE
i. Presentación
ii. Introducción
Capítulo I: Guatemala del Siglo XX
1. El etiquetamiento de personas
2. El conflicto armado interno
2.1 Las muertes selectivas y las operaciones de inteligencia
2.2 Características de las muertes selectivas durante el conflicto armado interno
	 a. Modus operandi
		Muertes selectivas
		Muertes colectivas
	 b. Las víctimas
		 En el área urbana
		 En el área rural
	 c. Los victimarios
		El Ejército
		 Las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC)
		 Los Comisionados Militares
		 La Policía Nacional (PN)
	 d. Respuesta del Estado
3. Violencia post-conflicto
Capítulo II: El Estado de Guatemala y los crímenes de lesa
humanidad
1. Los crímenes de lesa humanidad
	 1.1 El deber y obligación de cuidado del Estado de Guatemala
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1.2 La construcción de un nuevo enemigo, las potenciales víctimas de
crímenes de lesa humanidad
2. Crimen de Odio (hate crimen)
3. Desaparición Forzada
3.1 La desaparición forzada de personas en el derecho internacional de los
Derechos Humanos
3.2 La desaparición forzada de personas en el derecho penal guatemalteco
3.3 Vinculación del delito de desaparición forzada con el delito de ejecución
extrajudicial
Capítulo III: Ejecución extrajudicial
Ejecución extrajudicial arbitraria
Ejecución extrajudicial sumaria
1. La ejecución extrajudicial en el derecho internacional de los Derechos Humanos
1.1 La ejecución extrajudicial, un crimen de lesa humanidad
	 a. Ataque generalizado o sistemático
	 b. Responsabilidad estatal (el Estado que mata)
	 c. Imprescriptibilidad
	 d. Jurisdicción Universal para perseguir la ejecución extrajudicial
1.2 ViolacionesalosDerechosHumanosdelasvíctimasdeejecuciónextrajudicial
	 a. Derecho a la vida
	 b. Derecho a la integridad personal
	 c. Derecho a la libertad personal
	 d. Violación de las garantías judiciales y de protección judicial
	 e. Derecho a la verdad
	 f. Obligación de respetar y garantizar los derechos
2. La ejecución extrajudicial en el derecho penal guatemalteco
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3. La estigmatización de las víctimas de ejecución extrajudicial (construcción del
imaginario social)
4. Caracterización de los autores de ejecución extrajudicial
4.1 El Estado como autor directo del delito de ejecución extrajudicial (autoría por
acción)
		 a. El Ejército
		 b. La Policía Nacional Civil (PNC)
		 c. Personal penitenciario y de los centros de privación de libertad
		 para adolescentes en conflicto con la ley penal
4.2 El Estado como autor indirecto del delito de ejecución extrajudicial (autoría
por omisión)
		 a. Cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad
4.3 Los nuevos autores del delito de ejecución extrajudicial, otra forma de autoría
indirecta para el Estado de Guatemala (dejar hacer, dejar pasar)
		 a. Juntas, Comisiones y/o Comités de seguridad ciudadana
		 b. Empresas de seguridad privada
5. Caracterización de las víctimas del crimen de ejecución extrajudicial
5.1 Víctimas enero 2009 – junio 2012
a. Ejecución extrajudicial de personas con orientación e identidad
sexual diferente
		 b. Personas privadas de libertad
6. Factores que favorecen la ejecución extrajudicial en Guatemala
	 6.1 Culpar a la víctima por los hechos
	 6.2 Justificar las muertes violentas
	 6.3 Inoperancia del sistema de administración de justicia
	 6.4 Involucramiento de la sociedad civil en las tareas de seguridad ciudadana
	 6.5 Militarización de la seguridad pública
6.6Lacontinuidaddelasoperacionesdecuerposilegalesyaparatosclandestinos
de seguridad
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6.7 La muerte en las calles
	 6.8 La criminalización de la protesta pública
7. Características de las ejecuciones extrajudiciales
7.1 Muertes sospechosas de ejecución extrajudicial
		 a. Las mujeres
		 b. La lista negra
Capítulo IV: Responsabilidad del Estado guatemalteco en
los crímenes de ejecución extrajudicial
1. Respuestas del sistema a los delitos de ejecución extrajudicial (tramitación y
tratamiento de casos)
2. La efectividad del sistema de administración de justicia en casos de ejecución
extrajudicial
2.1 Efectividad en la gestión
2.2 Efectividad en la averiguación de la verdad
3. Proceso de investigación en casos de ejecución extrajudicial de 2009 a 2012
3.1 Manejo de la escena del crimen
	 a. Asegurar la escena del crimen
	 b. Documentar la escena del crimen
	 c. Tratamiento adecuado del o los cadáveres
3.2 Examen médico forense (necropsia)
	 a. Orientación del personal del Ministerio Público
	 b. Aplicación del Protocolo de Minnesota
3.3 Balística como prueba científica
3.4 Calificación legal del delito de ejecución extrajudicial
4. Responsabilidad del Estado en los delitos de ejecución extrajudicial
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4.1 Obligación de prevenir la ejecución extrajudicial
1.	 Prohibición legal
2. 	Controles efectivos
3. 	Prohibición de girar órdenes que autoricen o inciten a llevar a cabo
ejecuciones extrajudiciales
4. Protección eficaz a particulares y grupos que están en peligro de
ejecución extrajudicial
5. 	Nadie está obligado a regresar ni será extraditado a un país en donde
haya motivos fundados para creer que puede ser víctima de una
ejecución extrajudicial
6. La privación de libertad debe realizarse en centros de reclusión
públicamente reconocidos
7. 	Inspecciones periódicas de los lugares de detención o prisión
8. 	 ObligacióndelEstadodeprevenirlasejecucionesextrajudiciales,facilitar
el acceso de los demandantes al sistema internacional de protección,
cooperar en la investigación derivada de estos procesos, e impulsar
procesos de investigación a nivel nacional para el esclarecimiento de
los hechos
4.2 La lucha contra la impunidad y el derecho de las víctimas a obtener
reparación
a.	 El derecho a la justicia
b. 	 El derecho a la verdad
c. 	 El derecho a la reparación
d. 	La garantía de no repetición
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Conclusiones
Recomendaciones
Anexo - Metodología
Bibliografía
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200
PRESENTACIÓN
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 13
Sin duda alguna el fenómeno de la violencia en Guatemala ha sido sobre-diagnosticado, son múltiples los
estudios e investigación que dan cuenta de ello, así como diversas las propuestas para su abordaje, en la
mayoría de los casos desarrolladas por centros de investigación u organizaciones de la sociedad civil.
Contrario a ello, se suele escuchar en los medios de comunicación las irresponsables declaraciones de
funcionarios públicos en relación a que la situación de violencia es generada por “jóvenes pandilleros”, “líos
de maras”, “ajustes de cuentas”, “pelea por territorios”, denotando la falta de voluntad política por abordar
dicho fenómeno o en el peor de los casos la falta de entendimiento para comprenderlo y la incapacidad para
abordarlo integralmente.
Si bien se avanzó en la aprobación de la Política Nacional de la Juventud 2012-2020, incluyendo un área
estratégica de Prevención de Violencia que contiene 10 líneas de acción1
, hace falta la construcción y
aprobación de una política de prevención de la violencia que incluya estrategias para contrarrestar la misma
desdelasinstitucionesresponsablesdesuimplementación,yaqueenlocotidiano,sonlasmismasautoridades
las responsables de implementar acciones y políticas de represión y criminalización hacia la juventud y en el
peor de los casos son señalados y responsables de cometer el delito de ejecución extrajudicial, ya sea por
acción u omisión, siendo limitados los avances en los procesos de investigación y persecución penal para
deducir las responsabilidades correspondientes.
Para contribuir a comprender el fenómeno y aportar al debate público sobre el mismo, durante el año 2012,
CALDH en alianza con la Asociación Caja Lúdica, inició la implementación de una estrategia de denuncia
sobre la estigmatización y represión que desde el Estado se ejerce contra la juventud, misma que incluyó
la implementación de la campaña “No por ser diferentes tienen que matarnos” así como la Obra Musical “La
Danza de la Vida” cuyo contenido se orientó a promover el respeto al derecho a la vida de las y los jóvenes y
contribuir a posicionar un imaginario social positivo sobre la juventud.
La presente publicación hace parte de dicha estrategia, con la que pretendemos denunciar la situación
de violencia que agrede la vida de la juventud, particularmente la estigmatización, represión, asesinatos y
ejecuciones extrajudiciales que se ejercen desde el Estado, así como establecer una relación pasado presente
sobre el continuum de violencia contra la juventud.
1. Acuerdo Gubernativo 173-2012 con fecha 9 de agosto de 2012
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES14
INTRODUCCIÓN
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES16
Guatemala cuenta con una historia plagada de hechos violentos cuyas raíces se remontan desde la época de la
invasión española hasta nuestros días; y cuyos efectos se tradujeron en violencia estructural, política y social.
En este devenir histórico, el Estado y los diferentes Gobiernos que se han sucedido en el mando, han priorizado
el mantenimiento de las estructuras de poder y dominación que determinan la exclusión y la desigualdad de la
mayoría, especialmente de los pobres, las mujeres, la población indígena y la juventud.
Atendiendo a estas circunstancias y por su natural estado de indefensión, la niñez, adolescencia y juventud han sido
víctimas de múltiples violaciones a sus derechos, principalmente en la segunda mitad del siglo XX, durante la cual,
Guatemala atravesó un conflicto armado interno que cobró la vida de más de doscientas mil víctimas1
.
La ausencia de políticas sociales y la inseguridad ciudadana pone en evidencia que el Estado guatemalteco ha
orientado su actuación en beneficio de la minoría de la población, que ha determinado su escasa legitimidad,
situación que no ha variado durante el presente siglo, llevándole a implementar medidas violentas para mantener
el orden social.
Sumado a ello, el racismo y discriminación imperante en Guatemala, que más allá de ser elementos culturales y
reflejarse en las políticas Estatales, ha servido para justificar los regímenes de explotación, aislamiento y exterminio
de los pueblos indígenas por considerárseles inferiores; así como la eliminación de quienes exigían su igualdad y el
respeto a sus derechos; constituyendo la base que brinda justificación para la eliminación física de los que ahora
son calificados como “indeseables”. La violencia desde siempre ha sido el método utilizado para someter a esos
indeseables, lo que a la vista de la población es justificable.
Los distintos Gobiernos han aplicado el modelo de Estado-Nación, entendiéndose a la Nación como un solo pueblo,
con una sola cultura, un solo idioma, una sola religión y un solo sistema jurídico; invisibilizando la diversidad
cultural, lingüística y étnica que convive en el país, así como las necesidades diferenciadas, dejándoles al margen
del desarrollo social.
Estas concepciones han sido reproducidas de generación en generación durante siglos, instalando una cultura
violenta y racista, de forma consciente o inconsciente, propiciando la indiferencia social y la inexistencia de una
condena moral ante los hechos de grave violencia y su impunidad, lo cual de alguna manera explica por qué actos
de extremo sadismo y crueldad, no son juzgados ni sancionados, como la Ejecución Extrajudicial.
1. Se calcula que, del 38% de las víctimas registradas de quienes se pudo determinar la edad, 18% eran niños, 79% adultos y 3% ancianos. Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH). 	
Guatemala: Memoria del Silencio. Primera edición. Guatemala, Guatemala. UNOPS Junio 1999. Capítulo I. Párrafo107.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 17
Pero no únicamente los pueblos indígenas han sido víctimas de actos de discriminación, también la población
empobrecida ha sido tratada como ciudadanos de segunda clase. Pobres e indígenas han sufrido la marginación
de modelos sociales construidos desde la matriz de la exclusión y la discriminación. La violencia política producida
durante el enfrentamiento armado, ha tendido a reproducir y retroalimentar dichos modelos2
.
De esta forma, la exclusión se extiende a otros sectores de la población, quienes históricamente han sido
discriminados y vulnerados: jóvenes miembros de“maras y pandillas”, niñez y juventud en procesos de callejización,
personas vinculadas a hechos delictivos, personas con orientación sexual distinta a la heterosexual, mujeres y
hombres sexoservidores, a quienes también se les considera“indeseables”.
En síntesis, el carácter antidemocrático de la tradición política guatemalteca es resultado de una concentración de
relaciones sociales violentas, los efectos de la estructura económica de la hacienda -base de exclusiones múltiples-,
la persistencia de valores que giran en torno al racismo y la falta de espacios de participación social y política. A ello
se suma la existencia de un sistema judicial débil y parcial, que no garantiza el cumplimiento de la ley ni el respeto
de los derechos ciudadanos, lo que propicia los conflictos3
.
En este orden de ideas, el estudio que se presenta a continuación se planteó como objetivo clarificar el vínculo que
existe entre los crímenes cometidos durante el conflicto armado interno y las ejecuciones extrajudiciales ocurridas
en el presente, evidenciando la continuidad de las prácticas y la reproducción de los patrones y estrategias para la
comisión de este delito.
A través del estudio ha sido posible establecer, que la práctica de la ejecución extrajudicial de personas continua
siendo una constante en Guatemala, atendiendo a que el Estado carece de una política eficaz y efectiva de
prevención, detección, investigación, persecución penal, responsabilización y reparación de los daños en casos de
ejecución extrajudicial, manteniéndose en la impunidad los hechos cometidos.
La ejecución extrajudicial en Guatemala afecta principalmente a personas adolescentes y jóvenes, habiéndose
ampliado el perfil de las víctimas, incluyendo ahora a grupos cuya existencia se convierte en“indeseable”, debido a
que sus formas de ser, pensar y/o actuar no se ajustan a lo“socialmente aceptado”.
Asimismo, los autores del delito han variado, ampliándose la responsabilidad del Estado, atendiendo a su
inactividad y a lo que puede ser interpretado como la política de dejar hacer y dejar pasar, poniendo de relieve
el mantenimiento de las condiciones estructurales que favorecen la eliminación física de personas; además del
inadecuado tratamiento y tramitación de los casos de ejecución extrajudicial, todo ello propiciando que este crimen
de lesa humanidad continúe oculto y en la impunidad.
2. Ibíd. Párrafo 37.
3. Supra. Párrafo 48.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES18
GUATEMALA DEL SIGLO XX
CAPÍTULO 1
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES20
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 21
1. El etiquetamiento de personas
El“etiquetamiento o labelling approach”, es la teoría social que explica la forma en la cual quienes ostentan el
poder definen lo que debe ser considerado “antisocial”, y por lo tanto cuales son los mecanismos a utilizarse
para controlar la conducta y acciones de los“antisociales”.
Esta postura ha facilitado la comisión de graves hechos de violencia y violaciones a derechos humanos,
justificando la intervención y violencia estatal para la represión, persecución, castigo y neutralización de
aquellos etiquetados como antisociales, teniendo como base construcciones sociales elaboradas al amparo
de posturas excluyentes y racistas.
En tal sentido, una conducta considerada“desviada y/o antisocial”se concretiza cuando son aplicables reglas
de conducta que definen que comportamiento es aceptado y cuál debe ser evitado y/o eliminado; teniendo
como consecuencia el surgimiento e identificación del “desviado y/o antisocial”, siendo aquella persona que
se ajusta a la conducta definida como inaceptable, aplicándole exitosamente de esta forma la“etiqueta”social.
A lo largo de la historia de la humanidad es posible identificar diferentes “etiquetas”, diseñadas y aplicadas
hacia grupos que atentan contra el mantenimiento del poder, o la forma de vida de los“poderosos”.
La etiqueta no siempre es aplicada de igual forma para todos los grupos, debido a que una conducta calificada
como “desviada y/o antisocial” puede ser reprimida, perseguida y/o castigada dependiendo del autor de la
misma, por ejemplo el estigma que conlleva el uso de tatuajes dependiendo del estatus social o económico
de la persona.
El etiquetamiento de conductas desviadas y/o antisociales como objetivo de persecución del Estado, ha
generado en la práctica una serie de acciones de acoso y eliminación física de aquellas personas que son
consideradas como “enemigos”, debido a que sus conductas atentan contra el estado natural de las cosas
(status quo).
Uno de los casos que mejor ejemplifica este tipo de acciones, es el actuar de los Nazis durante la segunda
guerra mundial, quienes implementaron la eliminación de judíos, gitanos, homosexuales, mujeres
prostituidas, minusválidos y otros grupos sociales por considerar que sus conductas desviadas, antisociales
y contranaturales, afectaban y atentaban contra la forma de vida de los“ciudadanos alemanes de raza pura”.
Para el caso latinoamericano, la represión a gran escala fue implementada como respuesta a los intentos de
reformar regímenes militares que favorecían a pequeños sectores sociales (constituidos regularmente por quienes
ostentabanelpodereconómico)afectandogravementealapoblacióncivil,calificándoseestasaccionesreformistas
como conductas desviadas y/o antisociales, haciéndose“necesaria”su represión, persecución y eliminación.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES22
Este tipo de iniciativas o movimientos fueron etiquetados de “comunistas” por lo cual era necesaria su
neutralización ya que atentaban contra la democracia pero principalmente, contra el sistema mismo y los
intereses de los sectores poderosos.
A la represión y etiquetamiento de estas iniciativas y movimientos, se le adjudicó como objetivo primordial“la
eliminacióndelaamenazacomunista”existenteenLatinoamérica,definiéndoseparaelloloquehoyseconoce
como la Doctrina de Seguridad Nacional, que fue adoptada por la mayoría de Estados latinoamericanos,
siendo implementada en Guatemala a partir de la contra-revolución (1954); como estrategia para combatir el
comunismo y controlar a la población.
La misma surge de la transformación de la Política de Seguridad Nacional estadounidense durante lo que
ahora se conoce como “guerra fría”1
, e implicó la ampliación de la política de Seguridad Nacional de Estados
Unidos para combatir amenazas externas hacia la forma de vida estadounidense, que para el período de la
guerra fría se materializó en la idea de “comunismo” y en la necesidad de combatirlo como una amenaza
global.
De tal forma, el enemigo a combatir podía y puede encontrarse en cualquier país del mundo, siendo un
“enemigo externo”, considerándose como tales a los grupos, ideologías, movimientos y organizaciones que
atenten contra el régimen estadounidense, mismo que se autodenomina “la democracia perfecta” y se auto
considera el modelo a seguir por otros países.
Esta noción de Seguridad Nacional fue trasladada a los países de América Latina a través de la política
exterior de Estados Unidos, introduciendo la idea de que, para lograr la seguridad del Estado y la sociedad,
era necesario que las fuerzas militares asumieran el control total de las estructuras estatales y de esta forma
vigilar, controlar y manipular a la población. A través de ella se explica y justifica la importancia de militarizar
e intervenir cualquier actividad estatal2
.
Entalsentido,sevaríalanocióndeenemigoexternoaplicableparalasaccionesestadounidenses,creándosela
noción de“enemigo interno”, aplicable para los Estados latinoamericanos que asumen la posición de combate
alcomunismo,entendiéndosequeelenemigointerno,ademásdelasguerrillas,[puede]sercualquierpersona,
grupo, movimiento o institución nacional que tuviera ideas opuestas a (las de) los gobiernos militares3
.
1 Se denomina Guerra Fría al enfrentamiento ideológico que tuvo lugar durante el siglo XX, entre Estados Unidos y el bloque Oriental-Comunista liderado por la Unión Soviética que abarca
desde 1945 (fin de la Segunda Guerra Mundial) hasta la desintegración de la Unión de República Socialistas Soviéticas (URSS), entre 1989 y la caída del muro de Berlín en 1991. Este en-
frentamiento tuvo lugar a nivel político, ideológico, económico, social, tecnológico, militar, informativo e incluso deportivo. Durante este período nunca se emprendieron acciones bélicas,
razón por la que se denominó al conflicto“guerra fría”. Estas dos potencias se limitaron a actuar como «ejes» influyentes de poder en el contexto internacional y a la cooperación económica
y militar con los países aliados o satélites de uno de los bloques contra los del otro.
2 Seguridad que se traduce en el mantenimiento de las condiciones de marginalización, pobreza y exclusión de la gran mayoría de la población.
3 Leal Buitriago, Francisco. La doctrina de seguridad nacional: Materialización de la guerra fría en América del Sur. Páginas: 74-87. Revista de Estudios Sociales. No.15 (Junio 2003).
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 23
Su aplicación, conllevó la consideración y el etiquetamiento de cualquier manifestación y/o exigencia social,
como un problema subversivo y de seguridad nacional que debía [y debe] ser “disuadido y resuelto”mediante
el uso de la fuerza, con el objetivo de mantener el status quo.
La DSN fue desarrollada mediante la implementación de acciones puntualizadas por la política exterior
estadounidense; estas acciones se orientaban a combatir la noción de“enemigo interno”a través de las fuerzas
armadas en países latinoamericanos, con el fin de garantizar el orden y erradicar ideologías, organizaciones y
movimientos que pudiesen llegar a favorecer el comunismo, sin importar la violación sistemática a derechos
humanos.
En ese orden de ideas, se establece que son enemigos todas aquella personas u organizaciones que siendo
comunistas o no, traten de romper el orden interno. De tal suerte que cualquier lucha reivindicativa o
movimiento social en torno a lograr mejores condiciones de vida, tenencia de la tierra, mejoras salariales, etc.,
convertían inmediatamente a quienes participaran en ellas en“enemigo interno”4
.
Durante el conflicto armado interno, la DSN se operativizó a través de diferentes estrategias, entre las cuales
se destaca la institucionalización de la contrainsurgencia mediante la creación de estructuras estatales
con facultades para la investigación de “casos” y el arresto de personas, incorporando figuras legales que
justificaran su actuación5
.
Estas estrategias facilitaron y fortalecieron la cultura racista manteniendo las estructuras excluyentes y
favoreciendo a un sector minoritario de la población, enraizándose en las políticas de seguridad del Estado;
transgrediendo el hecho de la firma de los acuerdos de paz.
Las estrategias principales, de acuerdo a la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH), se materializaron
en el papel que jugó el Sistema de Inteligencia durante el enfrentamiento; la participación de otras Fuerzas
de Seguridad del Estado como la Policía Nacional y la Guardia de Hacienda, y el involucramiento de civiles
en el enfrentamiento armado, como los comisionados militares, las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC) y los
escuadrones de la muerte.
El combate al enemigo interno incluyó la persecución a sectores sociales: organizaciones religiosas, políticas,
estudiantiles, o gremiales; basándose en la sospecha de su participación en actividades ilegales, es decir,
actividades que atentaban contra el orden establecido, o bien, que cuestionaban, se opusieran o discutieran
las disposiciones de los gobiernos liderados por militares.
4 Rímola Molina, Francisco Roberto y López Herrera, Rubén. La verdad detrás del diario militar. Desapariciones forzadas en Guatemala 1982.1985. Página 82; Corte Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH). Caso de la masacre de las Dos Erres vs. Guatemala. Noviembre 2009. Párrafo 70.
5 Domingo Cabrera, José Mariano. Políticas y prácticas contrainsurgentes contra la organización estudiantil de la Universidad de San Carlos de Guatemala 1970-1985. Página 4.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES24
La organización social para la participación ciudadana, desde cualquier ámbito social, constituyó una
actividad ilegal desde la visión del Estado; estableciéndose en el imaginario social el miedo a participar o
relacionarse con personas cuyas actividades eran consideradas ilegales, por el temor a ser considerado un
“enemigo interno”.
La caracterización de la inteligencia construida alrededor de este modelo de Estado, dio como resultado el
surgimiento de fuerzas represivas dirigidas por las estructuras de inteligencia para la aplicación del control
social6
desarrollado a través del miedo7
, lo que hoy conocemos como la Estrategia del Terror, orientada a
mantener a la población en un permanente estado de miedo y terror.
En este contexto, la violencia, en especial la de tipo sexual se constituyó en una práctica para infundir terror en
la población, por su carácter público, indiscriminado y masivo. Estos ataques eran ejecutados con saña contra
las víctimas, quienes en muchos casos fueron mutiladas y empaladas. La violación masiva de mujeres y niñas y
la exposición de sus cuerpos son muestra de ensañamiento extremo, que revela la voluntad de sembrar terror
en la población para aniquilar toda expresión de oposición, rebelión y resistencia8
.
La CEH comprobó que, las secuelas sociales del terror todavía se hacen sentir en diversos ámbitos de la
sociedad, especialmente, por el trastrocamiento de los valores comunitarios que fundamentan la convivencia
social. Por esta razón, el terror no desaparece automáticamente cuando los niveles de violencia descienden,
sino que tiene efectos acumulativos y perdurables, los que exigen tiempo, esfuerzo y experiencias de nuevo
tipo para superarlos.
En la actualidad se continúa etiquetando personas, movimientos e ideologías, bajo la necesidad creada de
combatir a los “enemigos” que atentan contra la democracia, aunque bajo nuevas formas de organización y
nuevas doctrinas, ejemplo de ello es la“lucha globalizada contra el terrorismo”, que utiliza como herramienta
el Derecho Penal del Enemigo.
En esta “lucha” ha sido afectada la población civil; se ha perseguido y etiquetado negativamente a personas,
religiones, países, formas de ser, de actuar y de pensar justificando la intervención y el ejercicio del control
social en la esfera de lo privado, sin que haya sido legítimamente demostrada la necesidad de estas acciones.
6 El control social implica conocer y regular cualquier actividad desarrollada en una sociedad determinada, asegurando que la misma no se oponga, cuestione o atente con el mantenimiento
del orden establecido, es decir, se controla a la población para que nada cambie.
7 Domingo Cabrera. Ob. Cit. Página 23.
8 Fulchirone, Amandine y otros. Tejidos que lleva el alma. Memorias de las mujeres mayas sobrevivientes de violación sexual durante el conflicto armado interno. Página 178.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 25
2. El conflicto armado interno
Como ya se mencionó, el conflicto armado interno es una de las etapas más violentas de la historia reciente
del país, en este momento histórico se cometieron graves violaciones a derechos humanos en Guatemala.
Durante su desarrollo, se constituyeron como fuerzas de seguridad del Estado responsables de implementar
estrategias y acciones orientadas a combatir al “enemigo/antisocial” de la época: el Ejército y sus unidades
(Tropas, Policía Militar Ambulante y Kaibiles), la Policía Nacional, la Guardia de Hacienda, las Patrullas de
Autodefensa Civil9
y los Comisionados Militares.
Adicionalmente, también fueron creados y puestos en funcionamiento otros grupos armados denominados
escuadrones de la muerte, cuya aparición se documenta en el año 1966 y entre los cuales puede mencionarse:
El Ejército Secreto Anticomunista, la Nueva Organización Anticomunista, La Mano Blanca, Ojo por Ojo,
Organización CERO, La Panel Blanca y a principios de la década de 1980, El Jaguar Justiciero.
Las fuerzas de seguridad del Estado recibieron entrenamiento para la ejecución de las operaciones diseñadas
para desarticular y eliminar al enemigo (contrainsurgencia); el entrenamiento consistente en la preparación
física y psicológica, mediante la cual se cometieron actos de extrema crueldad y graves violaciones a derechos
humanos (genocidio, desapariciones forzadas, torturas, ejecuciones extrajudiciales, entre las más graves)10
.
A través del entrenamiento, se estimuló el uso de la violencia como un sistema de formación, se inculcó un
esquema para la justificación de las acciones, se controló la obediencia a las órdenes a través de la práctica
de castigos físicos, se forzó la complicidad involucrando individualmente a los miembros de las fuerzas de
seguridad en las acciones contrainsurgentes, y se obtuvo su insensibilización frente al sufrimiento, lo cual
constituyó el primer paso del entrenamiento para la ejecución de las acciones violentas11
.
El repudio contra la vida entró a formar parte no sólo del modo en que se desarrollaron las acciones militares,
sino también del propio entrenamiento militar, en los que se manifestó el desprecio permanente contra la
dignidad y la vida de los soldados. Esta insensibilización también comprendió la celebración y la normalización
del horror como una ceremonia festiva. Las atrocidades cometidas fueron muy generalizadas y formaron parte
también del sistema de entrenamiento en esos años12
.
9 	 Se presume que se entrenó alrededor de un millón de patrulleros civiles. Misión de Verificación de las Naciones Unidas para Guatemala (Minugua). Linchamientos: un flagelo que persiste.
Párrafo 21.
10	Durante el período de entrenamiento, el nuevo soldado era sometido a rutinas que poco tienen que ver con la preparación militar propiamente dicha, pues consistían en prácticas inhu-
manas y aberrantes orientadas a generar una paulatina degradación de los valores, asegurando con ello la posterior utilización del soldado como un instrumento de actos absolutamente
reñidos con las normas elementales de respeto al ser humano. CEH, Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 878.
11 Informe del Proyecto Interdiocesano de Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI).Guatemala Nunca Más. La Educación en la Violencia.
12 Ibíd.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES26
Algunos de los casos registrados por el informe del Proyecto Interdiocesano para la Recuperación de la
Memoria Histórica (REMHI), Guatemala: Nunca Más, y el informe de la CEH, Guatemala, Memoria del Silencio,
se refieren a actos de canibalismo, violaciones sexuales, desmembramientos, linchamientos, asesinatos con
extrema crueldad y tortura previa; crímenes con los cuales guardan un gran parecido algunos de los asesinatos
ocurridos en Guatemala durante los últimos cinco años.
La masacre cometida por fuerzas de seguridad del Estado en la comunidad de Las Dos Erres, se encuentra
entre los casos que ejemplifican, de manera trágica y lamentable las graves violaciones a Derechos Humanos
perpetradas a través de la actuación del Ejército durante la ejecución de operaciones contrainsurgentes;
hecho confirmado a través de la sentencia dictada por el Sistema de Administración de Justicia guatemalteco
contra cuatro de sus perpetradores en agosto de 2011 y confirmada en abril 2012, en la que se tiene como
probado el asesinato de 201 personas por miembros del Ejército de Guatemala.
Durante esta operación, fueron violadas en repetidas ocasiones mujeres y niñas a quienes con posterioridad
se les privó de la vida, se dio muerte a golpes a los niños, cuyos cuerpos fueron arrojados a un pozo, y la
mayoría de hombres fueron asesinados con armas de fuego de grueso calibre.
El entrenamiento militar y los conocimientos utilizados en el desarrollo de operaciones contrainsurgentes, y
las técnicas de inteligencia, fueron transmitidos por oficiales del Ejército a miembros de la Policía Nacional,
la Guardia de Hacienda, las Patrullas de Autodefensa Civil y a los Comisionados Militares, como herramientas
para el desempeño de sus funciones13
.
2.1 Las muertes selectivas y las operaciones de inteligencia
La definición de enemigo interno convirtió a miles de guatemaltecos y guatemaltecas, con o sin vinculación a
movimientos sociales, en“enemigos”y por lo tanto en objetivo de las acciones impulsadas por las fuerzas de
seguridad del Estado; de tal forma que el promover cualquier clase de cambio en el sistema, era considerado
una actividad subversiva y debía ser reprimida, la consigna … fue mantener el orden establecido (producto
de la explotación, la marginación, el sistema político democrático, etc.) a toda costa14
.
EntrelasaccionesplanificadasyejecutadascontralosenemigosdelEstado,sedestacaronlasmuertesselectivas,
tipificadas en la actualidad como ejecución extrajudicial. Las muertes selectivas fueron implementadas en su
mayoría en el municipio de Guatemala.
13 Las patrullas de autodefensa civil fueron entrenadas en combate individual, patrullas, inteligencia, captura e interrogación de prisioneros, uso de armamento y guerra ideológica. Minugua.
Ob. Cit. Los linchamientos: un flagelo que persiste. Párrafo 21
14 Rímola Molina. Ob. Cit. Página 82
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 27
Las víctimas, quienes propugnaban un cambio de un gobierno militar a uno civil y democrático y el cese de
la represión contra la población civil, pertenecían a organizaciones y movimientos estudiantiles, sindicales y
populares o se vinculaban con activistas sociales.
En las operaciones de inteligencia, la actuación policial resultó esencial en la producción sistemática de
información, tarea para la cual contó con una estructura administrativa y funcional amparada legalmente
bajo diferentes figuras, entre ellas Cuerpo de Detectives, el Departamento de Seguridad e Inteligencia, el
Departamento de Investigaciones Técnicas, Departamento de Investigaciones Criminológicas, la Sección de
Inteligencia, la Sección de Investigación Criminal (SIC) (entre otras), las cuales se vincularon directamente con
estructuras militares para la ejecución de sus funciones15
.
Para el desarrollo de operaciones en la ciudad, se utilizaron personas involucradas en redes delincuenciales y
con antecedentes penales, así como informantes civiles y operaciones que infiltraron estructuras organizativas
sociales y de la guerrilla, que conformaron los denominados “escuadrones de la muerte”, a través de su
actuación se elaboraron listados de potenciales“enemigos”a quienes posteriormente vigiló, dio seguimiento
y ejecutó.
…los escuadrones de la muerte fueron una fachada para las acciones encubiertas del Ejército y de las Fuerzas
de Seguridad. Una de las circunstancias que evidenció lo anterior, fue que los escuadrones pudieron ejecutar
a sus víctimas sin temer la intervención de otros agentes del Estado que con harta frecuencia se encontraban
presentes en el mismo lugar donde se producían los hechos16
.
2.2 Características de las muertes selectivas durante el conflicto
armado interno
A. Modus operandi
Muertes selectivas
Las muertes selectivas se caracterizaron por la extrema crueldad utilizada para su comisión. Se implementaron
acciones como el encubrimiento, la eliminación de sobrevivientes o testigos, pasando por el cruel y dramático
ocultamiento de cadáveres en cementerios clandestinos que privó a multitud de familias guatemaltecas de la
posibilidad de rendir culto a sus muertos17
.
15 Ibíd. Página 43.
16 CEH, Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 689. Jolón Morales, Carlos Estuardo. Noche y niebla en Guatemala. Una aproximación a las ejecuciones arbitrarias en la ciudad de Guatemala y su periferia
de 1979 a 1985. Página 89.
17 Ibíd. Párrafo. 1935.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES28
Para la ejecución selectiva de personas, el Estado implementó una serie de estrategias destinadas a mantener
en el anonimato a los autores materiales e intelectuales de las muertes, utilizando diferentes medios para ello.
El encubrimiento de los crímenes fue común durante el conflicto armado interno, existiendo estructuras en
funcionamiento en las instituciones de administración de justicia, que obstaculizaban y frenaban cualquier
proceso orientado a la averiguación de la verdad.
Entre las tácticas utilizadas se encuentran las amenazas a funcionarios de justicia, el secuestro y asesinato de
jueces, así como la existencia de personas responsables de vigilar las actividades de éstos para garantizar que
se abstuvieran de realizar acciones tendientes al esclarecimiento de los hechos18
.
Casos que ilustran estas situaciones son el asesinato del investigador e intimidación de miembros del
Ministerio Público y jueces que tenían a su cargo el caso Myrna Mack, al terminar de rendir su declaración, se
le acercó un representante del Ministerio Público y le dijo que acababa de firmar su sentencia de muerte. En
efecto, el detective Mérida Escobar inició esta declaración diciendo que temía por su vida. Fue asesinado el 5
de agosto de 1991 cuando se dirigía a la Procuraduría de Derechos Humanos19
.
Así también, amenazas, seguimiento y atentados contra el responsable de la investigación del caso Bámaca;
entre mayo y agosto de 1995 Arango Escobar recibió presiones, atentados y amenazas en razón de su
desempeño como fiscal especial en el caso Bámaca Velásquez. En particular, dicho funcionario fue objeto de
seguimientos, atentados con arma de fuego en su lugar de trabajo y amenazas telefónicas. El 2 de agosto de
1995, Arango Escobar renunció a su cargo como fiscal especial del caso20
.
Jueces y abogados fueron asesinados con el objeto de paralizar la justicia y toda acción de protección de los
derechos humanos y como estrategia para encubrir a los autores materiales e intelectuales de estos crímenes,
obstaculizando la investigación criminal, y el juicio y castigo de éstos; provocando la inactividad del sistema
de justicia e incrementando sensiblemente los niveles de impunidad en el país21
.
Laeliminaciónfísicaylasamenazashaciasobrevivientesy/otestigos,tambiénfueunaprácticaquecontribuyó
al encubrimiento de los crímenes22
, ejemplo de ello es lo ocurrido durante la tramitación del caso Carpio
Nicolle, donde uno de los investigadores fue asesinado y los testigos fueron objetivo de intimidaciones, para
que se abstuvieran de prestar declaración23
.
18 CEH. . Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 1907.
19 Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sentencia Caso Myrna Mack Chang vs. Guatemala. Noviembre 2003. Página 37.
20 Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sentencia Caso Bámaca Velásquez Vs. Guatemala. Noviembre 2000. Párrafo 89.
21 Ibíd. Párrafo 119
22 CEH, Ob. Cit. Capítulo I. Párrafo 588 al 590.
23 Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sentencia Caso Carpio Nicolle Vs. Guatemala. Noviembre 2004. Página 16.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 29
En el caso de la Panel Blanca, el 3 de octubre de 1997 la Comisión Interamericana informó a la Corte que
el señor Felicito Oliva Arias, quien rindió testimonio en las audiencias públicas sobre este caso, había sido
amenazado de muerte por el señor Oscar Augusto Díaz Urquizú, ex Director de la Guardia de Hacienda de
Guatemala, horas después de presentar su testimonio en la sede de la Corte en San José de Costa Rica24
.
En los casos de muerte selectiva, era común que los cuerpos de las víctimas fueran abandonados en
carreteras, ríos y en general en lugares donde pudieran ser fácilmente ubicados por la población. La CEH
registró un total de 23.671 víctimas de ejecución extrajudicial durante el enfrentamiento armado interno, el
Ejército fue responsable del 86% del total de ejecuciones arbitrarias. Las PAC fueron responsables del 21%,
los Comisionados Militares del 11%. Otras Fuerzas de Seguridad del Estado (Policía Nacional, Guardia de
Hacienda y otros), del 4%25
.
Encuantoalasmujeres,laejecuciónextrajudicialseatribuye,enalgunoscasos,alavinculaciónalasactividades
que realizaban sus esposos u otros familiares. Así también, se calcula que una de cada cinco víctimas de este
delito era niño, niña, anciano o anciana.
Las víctimas de una ejecución extrajudicial selectiva, recibían amenazas telefónicas, escritas y/o mediante la
publicación de sus nombres en listados de enemigos del Estado. En algunos casos, las fuerzas de seguridad
del Estado realizaron allanamientos a sus viviendas, y sustrajeron a las víctimas (desaparición forzada),
quienes aparecieron con posterioridad sin vida en lugares públicos (ejecución extrajudicial). Así también, se
estilaba eliminar a las víctimas en la vía pública en presencia cercana de las autoridades de seguridad, las
cuales presenciaban los hechos sin intervenir para evitarlos.
Cuando previo a la ejecución extrajudicial se daba una desaparición forzada, los cuerpos sin vida aparecían
desnudos en lugares públicos, presentando señales de tortura como: desmembración, mutilación de los
genitales, violación sexual, uñas de pies y manos arrancadas, señales de haber sido atadas de pies y manos,
quemaduras, señales de asfixia (por estrangulamiento, ahorcamiento, sofocación e inmersión), y con el “tiro
de gracia”26
. También se utilizaron ácidos para eliminar cara y huellas dactilares.
En general, el modo de matar, el día o las formas de huida quedaban a la elección del especialista encargado
del secuestro o asesinato, teniendo en cuenta que debía parecer una acción de delincuencia común o que
se dificultara su identificación (por ejemplo, en la oscuridad) en un momento adecuado (sin testigos) y
asegurándose que la persona no iba a quedar herida. Éste fue el sistema de numerosos asesinatos de líderes
o intelectuales, como Myrna Mack27
.
24 Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sentencia Caso de la Panel Blanca (Paniagua Morales y otros) Vs. Guatemala. Marzo 1998. Párrafo 54
25 Ibíd. Párrafo 1803.
26 Disparo en la base del cráneo o en la sien
27 REMHI. Ob. Cit. Las Ejecuciones. Cometer el efectivo.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES30
Este modus operandi comparte similitudes con las muertes violentas acontecidas en la actualidad,
especialmente con los casos de mujeres y la juventud.
Muertes colectivas
Durante el conflicto armado [interno] el Ejército se inspiró en el conocido concepto maoísta que dice “la
guerrilla, apoyada por el pueblo, se desenvuelve dentro de éste como pez en el agua”, y puso en práctica la
estrategia de“quitar el agua al pez”, es decir, destruir las comunidades que pudieran apoyar a la guerrilla para
que ésta no pudiera sostenerse con el apoyo popular. Así es como el Estado racista planificó, ejecutó y justificó
uno de los genocidios más crueles e impunes de América Latina28
.
El Plan de Operaciones Sofía29
demuestra que, durante el gobierno de Ríos Montt, en 1982, hubo un plan
preconcebido hasta el último detalle para destruir toda señal de vida y convertir en cenizas el Área Ixil, que
incluye los municipios de Santa María Nebaj, San Juan Cotzal y San Gaspar Chajul. En estos documentos
militares figuran los nombres de los responsables de los crímenes cometidos en la misión de exterminio; los
movimientos y los reportes de las patrullas que operaron; los faxes enviados entre los mandos en una cadena
que no se rompe; los “éxitos” obtenidos en la arrasada contra las comunidades indígenas y sus bienes30
. El
racismo constituyó un elemento fundamental para explicar la saña y discriminación con la que se llevaron a
cabo los operativos militares contra las comunidades indígenas del Occidente31
.
DeacuerdoalaCEH,en unamasacreconcurrenvariasejecucionesextrajudiciales(másdecinco)caracterizadas
por la comisión de graves violaciones a derechos humanos en un mismo acto. Durante las mismas se realizaron
torturas, tratos crueles, desapariciones forzadas y violaciones sexuales. En las masacres también se ejecutaron
hechos aberrantes como la desmembración y mutilación de cadáveres, así como la destrucción de bienes
de personas, comunitarios y destinados al culto. Es este conjunto de hechos el que le otorga significación
histórica a las masacres32
.
A través del Plan “Sofía”, se puede comprobar, una vez más, no sólo el objetivo de destruir al enemigo
interno, sino la naturalización y animalización del mismo, de forma que a la población maya se le cosifica y
deshumaniza…33
.
28 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Plan de operaciones Sofía. Guatemala 2004. Página 1. Disponible en: http://www.pazysolidaridad.ccoo.es/ficheros/documentos/33_Qui-
tando%20el%20Agua%20al%20Pez.pdf
29 El Ejército entregó a los Tribunales de Justicia los dos primeros una versión más completa que la que había entregado a la Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH), pero decía haber
perdido el Plan“Sofía”(POS). A finales del 2009, la analista Kate Doyle recibía una de las veinte copias originales del POS. Ibíd. Página 1.
30 Supra. Página 1.
31 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Ob. Cit. Página 4.
32 CEH. Ob. Cit. Capítulo III. Párrafo 3057.
33 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Ob. Cit. Página 6.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 31
B. Las víctimas
En el área urbana
En el año de 1966 se registra el primer caso de Desaparición Forzada de dirigentes y militantes del Partido
Guatemalteco del Trabajo (PGT). Durante este mismo año, también se registran las primeras Ejecuciones
Extrajudiciales de supuestos guerrilleros-comunistas, quienes fueron sometidos a interrogatorios por oficiales
del Ejército y posteriormente fueron ejecutados en secreto34
.
Durante la década de 1960-1970, se asignan funciones y tareas militares a los Comisionados Militares,
incluyéndose la persecución y captura de opositores que fueron acompañadas de métodos de represión
y terror (tortura, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales), incorporándose de esta forma en la
ejecución selectiva de personas.
Fueron víctimas de estas prácticas activistas, sindicalistas y líderes comunitarios, debido a que representaban
una amenaza latente por las actividades de concientización y organización social que realizaban.
A finales de la década de los sesenta, agentes de Estado iniciaron la ejecución selectiva de líderes sindicales,
entre los que destacan Cesar Montenegro Paniagua 1970, Mario López Larrave 1977 y Mario Mujía Córdoba
1978; como parte de la estrategia para frenar el movimiento obrero en Guatemala, considerado una amenaza
por el Estado y el poder económico del país35
.
Uno de los sectores afectados de manera sensible durante el conflicto armado interno fue el académico-
estudiantil.Entresusvíctimasseincluyenmiembrosdeorganizacionesestudiantiles,catedráticosyestudiantes
universitarios, así como académicos sin vinculaciones políticas, maestros y estudiantes de educación media,
siendo población eminentemente joven.
Las acciones represivas y de constante acoso contra el sector académico estudiantil responden al papel activo
y constante que jugaron en la organización social para la participación política y para la denuncia de los
hechos de violencia que se sucedieron a lo largo del conflicto armado interno.
Su participación como actores políticos portadores de demandas populares, determinó que el Estado los
considerara enemigos, ya que sus acciones representaban un peligro para los regímenes políticos-militares
instaurados que les percibían como una amenaza a sus intereses.
34 CEH. Ob. Cit. Párrafo 416.
35 Ibíd. Párrafo 1974.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES32
Su postura contraria a las acciones militares fue demostrada públicamente a través de actividades como
manifestaciones, interposición de acciones legales en defensa de sectores carenciados, organización política
y actividades educativo-formativas; acciones tendientes a la articulación de una oposición política real que
respondiera a las demandas populares.
Laarticulacióndelsectorestudiantilconllevóelapoyoalosmovimientossindicalesypopularesenlabúsqueda
de reivindicaciones sociales, …todo este consolidado organizativo de participación general del estudiantado
guatemalteco, dio como resultado una génesis político organizativa estudiantil, convencida de integrarse a
los procesos políticos que afectaban el país…36
Durante el desarrollo del conflicto armado interno37
, aconteció la muerte de cientos de personas vinculadas
al movimiento estudiantil y al sector académico en ataques directos que implicaron su desaparición forzada
y/o ejecución extrajudicial y en actividades como manifestaciones, donde se sucedieron enfrentamientos con
las fuerzas de seguridad del Estado.
La participación estudiantil expresada en el grupo Frente Unido del Estudiantado Guatemalteco (FUEGO) que
luego se transformara en la Asociación de Estudiantes de Educación Media38
, y la intervención política de la
Asociación de Estudiantes Universitarios (AEU) y la Coordinadora de Estudiantes de Educación Media (CEEM);
evidenció una intervención constante del sector estudiantil, como grupo político beligerante y activo de
oposición a las acciones represivas impulsadas por los Gobiernos militares. Como respuesta a ello, muchos de
sus participantes y líderes fueron brutalmente asesinados, como ejemplifican algunos casos que se enuncian
a continuación.
El 8 de junio de 1977 es asesinado el académico y abogado laboralista Mario López Larrave y con su muerte,
se pone en práctica la represión selectiva de dirigentes sindicales, estudiantiles, profesionales y catedráticos
de la Universidad de San Carlos, entre otros39
.
El 27 de julio de este mismo año fue capturado y secuestrado en la ciudad capital el dirigente estudiantil
Robin Mayro García Dávila40
, encontrándose su cuerpo sin vida una semana después en el interior del país, con
señales de haber sido torturado y muerto a martillazos41
.
36 Domingo Cabrera. Ob. Cit. Página 64.
37 Se fija como fecha de inicio del mismo el surgimiento del movimiento el 13 de noviembre de 1960 con el alzamiento de jóvenes militares que luego partieron al exilio.
38 Con la participación de estudiantes de la Escuela Normal Central para Varones, El Instituto Normal Centroamérica (INCA) y el Instituto María Luisa Samayoa Lanuza. Oficina de Derechos
Humanos del Arzobispado de Guatemala (Odhag). Era tras la vida por lo que íbamos… Página 47.
39 CEH. Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 1979.
40 Robin García fue miembro de FUEGO y a su ingreso a la Universidad se integró al movimiento estudiantil universitario, conformando el grupo FUERZA.
41 Domingo Cabrera. Ob. Cit. Página 75.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 33
El entierro de Robin García en 1977, constituye la marcha de duelo más grande en la historia de la Universidad
de San Carlos. En ella el 5 de agosto más de 50,000 personas acompañaron su ataúd. El entierro, a la vez
manifestación silenciosa, paralizó el tránsito en la ciudad. García, apenas terminando su adolescencia,
se convirtió en uno de los principales mártires del movimiento estudiantil. En 1978 se hizo símbolo del
movimiento revolucionario, cuando su nombre fue adoptado por el Frente Estudiantil Revolucionario“Robin
García”–FERG–42
.
Al año siguiente (1978) Oliverio Castañeda de León, secretario general de AEU es asesinado el 20 de octubre
al finalizar la marcha conmemorativa de la Revolución de 1944, después de un mitin en el que figuraba como
orador43
. Durante su participación político-estudiantil Oliverio Castañeda de León encabezo protestas por
las masacres ocurridas en el interior del país y protestas contra el aumento al precio del pasaje urbano que
conllevaron a una huelga que paralizó la ciudad capital durante más de 15 días. La AEU lleva su nombre como
homenaje a su lucha reivindicativa.
Otro sector objetivo de esta práctica es el representado en los partidos políticos de la época, teniendo la
misma finalidad que en el caso del sector sindical, universitario y profesional desarticular los movimientos y
organizaciones ejecutando a sus líderes y militantes de base; con ese fin sucedieron numerosas ejecuciones
arbitrarias de militantes de partidos políticos, particularmente, del Partido Guatemalteco del Trabajo (PGT), la
Democracia Cristiana (DC), el Partido Revolucionario (PR) y el Frente Unido de la Revolución (FUR)44
.
A principios de la década de los ochentas el perfil de las víctimas de muertes selectivas comenzó a ampliarse
en la ciudad capital a grupos cuya existencia fue considerada indeseable, siendo víctima la niñez de la calle.
Entre 1982 y 1983, el Ejército y la Policía Nacional recogía niños y niñas de la calle para torturarles… algunos
eran ejecutados45
.
En 1989, con la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de la dirigencia estudiantil representada en la
AEU, se debilita aún más la participación del movimiento estudiantil. Las muertes de políticos, sindicalistas,
académicos y líderes estudiantiles disminuyeron sensiblemente la fuerza del movimiento organizado de
oposición a las acciones impulsadas desde los gobiernos militares.
En los noventas se operan cambios importantes en la esfera político-nacional que marcan el inicio de las
conversaciones para el cese del conflicto armado interno, aunque caracterizados al igual que los anteriores,
por acciones contra dirigentes estudiantiles, sindicales y sociales. Como se mencionó, uno de los casos que
ilustra estas acciones es el asesinato de la Antropóloga Myrna Mack Chang en septiembre de 1990 a manos de
agentes del Ejército, caso paradigmático que fue condenado a nivel nacional e internacional.
42 Odhag Ob. Cit. Era tras la vida por lo que íbamos...Página 53.
43 Ibíd. Páginas 56 y 57.
44 Ibíd. Párrafo 1989.
45 Samayoa, Claudia y Aguilar, Arturo. Deudas de la transición: ejecuciones extrajudiciales de personas estigmatizadas. Página 94.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES34
En esta década se incluyen otros perfiles en la persecución y eliminación de personas, sumándose grupos por
considerárseles“indeseables”más que por atentar contra el“orden militar”, como fue el caso de la niñez de la
calle en los ochentas, ampliándose nuevamente el perfil de las víctimas de ejecución extrajudicial.
En tal sentido, se conoce de la desaparición y asesinato de niños de la calle, responsabilizándose a elementos
de las fuerzas de seguridad del Estado de estos hechos. La Policía Nacional, en abierto abuso de poder
desapareció forzosamente y ejecutó a varios de ellos, hecho probado en la sentencia dictada por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Niños de la Calle (Villagran Morales y otros) vs. Guatemala46
,
en el cual se declara la responsabilidad del Estado de Guatemala basándose en las numerosas y concurrentes
evidencias de la participación de agentes de Estado (agentes de la Policía Nacional), en el asesinato de Henry
Giovanni Contreras, Federico Clemente Figueroa Túnchez, Julio Roberto Caal Sandoval, Jovito Josué Juárez
Cifuentes y Anstraum Aman Villagrán Morales.
En el mes de abril de 1992, el escuadrón denominado Hunapú (conformado por la Policía Nacional y la Guardia
de Hacienda) ejecuta al estudiante universitario Julio Cuc Quim y deja heridos a otros siete en las cercanías del
Paraninfo Universitario durante las actividades previas al Desfile de la Huelga de Dolores de ese año47
.
Los ataques, la represión y la persecución contra el movimiento estudiantil es una constante durante el
conflicto armado interno, de tal forma que previo a la suscripción del acuerdo de paz firme y duradera, el
11 de noviembre de 1994 es atacado Mario Alioto López Sánchez, estudiantede la Facultad de Derecho de
la USAC, quien muere en el hospital por desangramiento a raíz de los golpes provocados por agentes de la
policía tras ser baleado y capturado durante una protesta contra la alza en la tarifa del transporte en la entrada
a la Ciudad Universitaria48
.
Las ejecuciones arbitrarias jugaron un papel fundamental y ayudaron a establecer un amplio control social,
que destruyó la oposición al sistema, ya fuera por la eliminación misma, el exilio o por el temor a represalias
que limitó a los individuos a cualquier vinculación a alguna causa social que pudiera ser juzgada como
irreverente ante el gobierno49
.
En el área rural
En Estados pluriétnicos y pluriculturales, donde existen minorías étnicas o mayorías minorizadas, como
Guatemala, y donde el racismo ocupa un lugar primordial en la estructura social, en la ciencia y en la estructura
de poder, éstas prácticas, actitudes y manifestaciones contribuyen a la ejecución de actos y prácticas sociales
de genocidio, existiendo una relación directa entre racismo y genocidio50
.
46 Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sentencia caso de los“Niños de la Calle”(Villagrán Morales y otros) Vs. Guatemala. Noviembre 1999.
47 CIDH. Casos Guatemala.
48 Kobrak, Paul. En pie de lucha. Organización y Represión en la Universidad de San Carlos de Guatemala, 1944 a 1996. Anexo I.
49 Jolón Morales. Ob. Cit. Página 89.
50 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Ob. Cit. Página 4.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 35
En el contexto del conflicto armado interno se desarrollaron operaciones militares con el fin de exterminar a
la población indefensa, actos denominados masacres51
, especialmente durante el período que va de junio de
1981 a diciembre de 1983.
El exterminio de la población indígena fue, sin duda, obra del Ejército y de la élite de poder durante la fase más
álgida de la guerra, que costó la vida, según la CEH, a más de 200.000 personas, de las cuales más del 83% eran
mayas, provocando actos de genocidio contra la población indígena52
.
Esta violencia tuvo un trasfondo racista, en la medida en que se trató de exterminar al pueblo maya,
declarándolo enemigo interno, hecho documentado en las conclusiones y recomendaciones de la CEH.
Los líderes locales y comunitarios, muchos de ellos antiguos agraristas53
y miembros de ligas campesinas,
fueron objetivo de muertes selectivas, debido a que eran considerados la base social del movimiento
insurgente, y por tanto enemigos del Estado. Entre las víctimas se cuentan agricultores, jornaleros, mozos
colonos, trabajadores de fincas y demás pobladores de las comunidades rurales54
.
Así también, se presentaron como una amenaza y fueron considerados enemigos varios miembros del sector
religioso, contándose entre las víctimas sacerdotes, catequistas y fieles integrados en las organizaciones de
base de la iglesia.
Elnúmerodecatequistasasesinadossuperaalossacerdotes,yaquelosprimeroseranpartedelascomunidades
y orientaban sus acciones y esfuerzos a tratar de aliviar materialmente la pobreza y el sufrimiento de la
población, alentando a las personas a organizarse para defender sus derechos55
.
En varias aldeas, los soldados, los comisionados o los patrulleros, empleando listas de nombres, buscaban a
los catequistas a quienes imputaban su pertenencia a la guerrilla. Éstos fueron perseguidos en las iglesias,
puestos de trabajo o en sus casas, siendo torturados y/o ejecutados de forma cruel, frecuentemente delante
de sus vecinos56
.
Del total de violaciones contra los derechos humanos que afectaron a la vida y a la integridad física, el 70%
se cometieron contra mayas y solo el 10% contra ladinos; en cuanto a víctimas registradas, el 89% fueron
maya hablantes y procedieron de municipios mayoritariamente indígenas y de los pueblos: K´iche´, Q’eqchi’e
y Kakchiquel.
51 La CEH estableció que una masacre es la ejecución arbitraria de más de cinco personas, realizada en un mismo lugar y como parte de un mismo operativo, cuando las víctimas se encon-
traban en un estado de indefensión absoluta o relativa. Capítulo II. Párrafo 3058
52 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Ob. Cit. Página 5.
53 Que buscaban beneficiarse de la reforma agraria impulsada por el denominado Gobierno de la Revolución (1944-1954)
54 El 42% del total de víctimas identificadas y registradas por la CEH corresponde a este sector
55 Ibíd. Capítulo II. Párrafo 1967.
56 Supra. Párrafo 1971.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES36
El pueblo K’iche’ fue el más afectado, habiendo sufrido el 25% de las ejecuciones arbitrarias en masacres,
seguidos por los Kaqchikel (14%), los Ixil (13%), los Q’eqchi’e (11%), los Achi (8%), los Mam (6%) y los Chuj (5%).
El 7% de las víctimas ejecutadas en masacres eran ladinos57
.
Algunas de las masacres cometidas durante este período en Guatemala, permiten comprobar cómo en las
formas de violencia (tortura, aniquilación en contra de las mujeres, niños e indígenas) hubo una planificación
y estrategia previa desde el alto mando, una intencionalidad diseñada desde la cúpula militar destinada a
exterminar físicamente a un pueblo y a su descendencia58
.
En estos hechos, el 23% de las víctimas fueron mujeres frente a un 77% de víctimas hombres. Del total de
víctimas con edad conocida, los niños conforman el 20% de las personas muertas por ejecución extrajudicial
arbitraria durante el conflicto armado interno59
.
C. Los victimarios
El Ejército
De acuerdo al informe de la CEH, el Ejército es responsable del 85% de las violaciones a los derechos humanos
registradas cuyas víctimas mayoritariamente, pertenecían a la población maya residente en el altiplano del
país.
Estas operaciones se enmarcaron en la lucha contrainsurgente y respondieron a planes de operaciones
elaborados con el fin de combatir al “enemigo interno”, estos delitos en su mayoría fueron cometidos entre
1980 y 1984; acciones que se enmarcan dentro del Plan de Operaciones Sofía y el Plan Victoria 82.
Enlosañosquevandesde1980a1984,elEjércitoconcentrósustropasenelterritoriooccidentaldeGuatemala
para quitar lo que consideraba la potencial base civil de la guerrilla60
.
Las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC)
De acuerdo a la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala (Minugua)61
, las patrullas de
autodefensa civil fueron entrenadas [por el Ejército] en combate individual, patrullaje, inteligencia, captura e
interrogación de prisioneros, uso de armamento y guerra ideológica.
57 CEH. Ob. Cit. Capítulo II. Párrafos 3080 y 3081.
58 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Ob. Cit. Página 6.
59 Supra. Párrafos 2376 y 2491.
60 Méndez, Luis. Guatemala: la persistencia del terror estatal. Disponible enhttp://www.herramienta.com.ar/revista-herramienta-n-27/guatemala-la-persistencia-del-terror-estatal
61 Minugua. Ob. Cit. Linchamientos: un flagelo que persiste.Párrafo 21
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 37
Entrenamiento que sirvió para la ampliación de las fuerzas armadas, y facilitó el involucramiento de la
población civil en los enfrentamientos. El Ejército reclutó y entrenó a más de un millón de Patrulleros Civiles62
.
A las PAC se les atribuye el 18% de las violaciones a derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado
interno, y a pesar de haber sido desarticuladas luego de la suscripción de los acuerdos de paz, las patrullas
aún continúan articuladas y funcionando en el interior de la República, y se encuentran exigiendo una
remuneración por los“servicios”que prestaron al Estado durante el conflicto armado interno.
Los Comisionados Militares
La figura de los comisionados militares fue creada el 9 de julio 1938 mediante Acuerdo Gubernativo, con el fin
de realizar citaciones, reclutamientos, capturas de delincuentes…, y en general [cumplir] con comisiones del
ramo de guerra63
.
Durante el conflicto armado interno, los comisionados tuvieron una participación activa en las operaciones
militares de lucha contrainsurgente, gozando de total impunidad. Posterior a la creación de las PAC, los jefes
de éstas fungieron como comisionados militares.
A los comisionados militares se les atribuye el 11% de las violaciones a derechos humanos y hechos de
violencia durante el conflicto armado interno.
La Policía Nacional (PN)
Los operativos implementados por la PN durante el conflicto armado interno, contaron con una elaborada
construcción y con recursos suficientes para su ejecución. Estas situaciones se evidencian en la eliminación
selectiva de personas realizada en la ciudad capital, donde muchas de las personas ejecutadas habían sido
controladas durante largos períodos de tiempo. De acuerdo a la CEH, el 4% de las violaciones a derechos
humanos y hechos de violencia fueron ejecutados por otras fuerzas de seguridad, entre ellas la disuelta Policía
Nacional.
La planificación de estas acciones fue realizada al más alto nivel jerárquico de la estructura militar, donde se
establecía quienes eran los enemigos y cuáles eran las formas de neutralizarlos; quienes ejecutaban estas
acciones contaban con un entrenamiento específico para ello64
.
El componente ideológico fue fundamental para la ejecución de las operaciones contrainsurgentes; para
ello, el Ejército se valió de un fuerte adoctrinamiento en la formación de oficiales, quienes transmitían estos
conocimientos e ideologías a sus subalternos en la institución castrense y a otros estratos sociales. Durante
62 Ibíd.
63 CEH. Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 1193 al 1195.
64 CEH. Ob. Cit. Capítulo II.Párrafos 930 y 3126.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES38
la formación ideológica fue fundamental la participación de guatemaltecos en la Escuela de las Américas
ubicada en Panamá, luego en centros de entrenamiento en Estados Unidos, y finalmente en centros de
formación académico-militar creados en Guatemala65
.
En la actualidad, el descubrimiento y estudio del Archivo Histórico de la PN ha proporcionado información
sobre la forma en la cual operaba la inteligencia“civil”del Estado.
D. Respuesta del Estado
Una de las estrategias de los autores intelectuales de estos hechos, era culpabilizar de forma casi inmediata
como responsables de estas acciones a estructuras de crimen o de cuerpos clandestinos de seguridad sobre
los cuales “no tenían control”; obstaculizando de esta forma procesos de investigación. Asimismo, el silencio
impuesto en el interior del país les permitió actuar impunemente.
La mayoría de las ejecuciones arbitrarias cometidas por agentes del Estado y por grupos paramilitares, se
complementaron con otros actos y maniobras orientadas a evitar o entorpecer la investigación de los jueces,
intensificando el clima de impunidad. El terror generalizado antes descrito, creó una situación de intimidación
masiva tal que una investigación seria de las actuaciones de las fuerzas contrainsurgentes era poco probable.
Familiares de las víctimas abrumadas por el miedo, no buscaron a las autoridades encargadas de investigar
las ejecuciones arbitrarias; y éstas a su vez, en los pocos procesos que tenían asignados, no respondieron con
investigaciones adecuadas. Actividades estrechamente asociadas a la práctica de ejecución arbitraria fueron
implementadas para ocultar la identidad de los autores y de las víctimas, facilitando la virtual impunidad con
que obraron los agentes del Estado66
.
El terror que se desató durante los Gobiernos militares desestructuró las organizaciones sociales, políticas y
profesionales existentes, afectando la administración de justicia. Jueces y abogados fueron asesinados con
el objeto de paralizar la justicia y toda acción de protección a los derechos humanos así como para encubrir
a los autores materiales e intelectuales de estos crímenes, obstaculizando la investigación criminal, el juicio
y el castigo de éstos; lo cual provocó la inactividad del sistema de justicia e incrementó e institucionalizó la
impunidad en el país.
A su vez, la omisión del sistema judicial en operar los recursos de exhibición personal y poner freno al abuso
de poder, se tradujo en complicidad respecto a sostener una apariencia de legitimidad para el nuevo régimen
contrainsurgente y contribuyó al incremento de la violencia e impunidad67
.
65 CEH. Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 769 y; http://telesurguatemala.blogspot.com/2010/03/la-escuela-de-las-americas-la-escuela.html
66 CEH. Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 1907
67 Ibíd. Capítulo I.Párrafo 420.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 39
3. Violencia post-conflicto
Posterior a la firma de los acuerdos de paz, la presencia y el mandato de Minugua, es ampliado con el fin de
verificar la implementación y cumplimiento de los acuerdos alcanzados entre el Estado de Guatemala y la
Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG); y para monitorear e informar acerca de la situación de
respeto a los DDHH en Guatemala68
.
También es instalada la Comisión del Esclarecimiento Histórico, la cual elabora y publica el informe Guatemala:
Memoria del Silencio, como parte de los compromisos asumidos en los acuerdos. Adicionalmente, la Iglesia
Católica implementa el Proyecto para la Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI), que cual elabora
y publica el informe Guatemala: Nunca Más. Ambos informes registran los horrores del conflicto armado
interno69
.
La suscripción de los acuerdos de paz fortalece la apertura para la denuncia y persecución penal de casos que
implican graves violaciones a derechos humanos en el ámbito nacional, y la agilización de casos tramitados
ante la justicia internacional; de tal forma que en el año 1998 la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) dicta sentencia en el Caso de la“Panel Blanca”(Paniagua Morales y otros) Vs. Guatemala; en 1999 dicta
sentencia en el Caso de los “Niños de la Calle” (Villagrán Morales y otros) Vs. Guatemala. En ambos casos
condena al Estado de Guatemala por crímenes de lesa humanidad en los cuales tuvieron participación directa
agentes de las fuerzas de seguridad del Estado, en desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales70
.
A finales de la década de 1990 y principios de la década del 2000, se intensifican los secuestros, linchamientos
y ejecuciones extrajudiciales de niños y niñas de la calle, y se implementa la práctica denominada “limpieza
social”orientada a la eliminación física de pandilleros y supuestos pandilleros, justificando estos hechos en la
necesidad de imponer orden y combatir la delincuencia, ante la inactividad del Estado y su poca capacidad de
brindar seguridad a la población, argumentando que “se aplica justicia por mano propia”.
Muchas de las muertes violentas de la post-guerra revisten características de las arbitrariedades y atrocidades
cometidas durante el enfrentamiento armado.
Quienesrealizaronestetipodehechos,sevalierondelosconocimientosaprendidosdurantesuentrenamiento
en las fuerzas armadas para la ejecución de los mismos.
68 Minugua fue creada de conformidad con lo dispuesto en la resolución 48/267 de la Asamblea General, de 19 de diciembre de 1994. Minugua se estableció con el mandato de verificar el
cumplimiento del Acuerdo global sobre derechos humanos, firmado por el Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) en México, D.F., el 29 de
marzo de 1994 (A/48/928-S/1994/448, anexo I)
69 En abril de 1998 es asesinado Monseñor Juan Gerardi Conedera, director del proyecto REHMI; muerte por la cual son condenados miembros del Ejército guatemalteco.
70 CIDH. Casos Guatemala.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES40
El ex presidente Álvaro Arzú, en declaraciones públicas realizadas en agosto (de 1996) afirmó que la industria
del secuestro involucra tanto a militares como a políticos y otros civiles. Por su parte, informes de Minugua
sostenían que agentes del Estado, en conexión con ex agentes estatales y civiles, operan en amplias redes del
crimen organizado71
, prácticas mantenidas a la fecha72
.
Encuantoalfenómenodeloslinchamientos,Minuguaregistróuntotalde421casosdeenero1996adiciembre
de 2001, de los cuales 215 víctimas fueron mortales y 622 personas heridas73
. De acuerdo a Minugua, en las
comunidades donde se documentaron los hechos, los modelos de convivencia y la distribución del poder
social que existía fueron destruidos a causa del conflicto armado interno y cuando sucedieron los hechos aún
no había dado inicio la reestructuración del tejido social, ni de los modelos de convivencia o de gestión de
conflictividad social.
Además, el informe agrega que estas comunidades fueron militarizadas en su totalidad. Con la implantación
deestructurascivilescontrainsurgentes,sedesestructuróelsistemadeautoridadlegítimodelascomunidades,
y se impidió el uso de sus propias normas y procedimientos para regular la vida social y resolver conflictos.
Se impuso un modelo social militarizado, tanto por la influencia del Ejército como de la guerrilla, que valoró
las conductas agresivas y defensivas y el verticalismo jerárquico, en lugar del diálogo democrático y la
construcción de consensos74
.
Minugua también constató que, la forma en la cual se instigan o ejecutan los linchamientos se utilizan
procedimientossimilaresalosaplicadosenelconflicto,atendiendoaquesedesarrollancongranensañamiento
y en forma pública, con impunidad de los perpetradores, existiendo linchamientos planificados. La Misión
documentó casos en los cuales el motivo que justificaba estas acciones era totalmente falso y tras él se
escondían otros intereses, mostrando el nivel de manipulación alcanzado75
.
De la misma forma, la Oficina del Procurador de los Derechos Humanos (PDH) documentó 579 linchamientos
de enero 2004 a junio 2011, registrando 798 personas heridas y 251 víctimas mortales76
. Esta situación
demuestra el traspaso de culturas violentas, mayormente en las comunidades donde la práctica se mantiene,
lugares en los cuales ex comisionados militares y ex patrulleros civiles son actualmente“líderes comunitarios”.
71	 CEH. Caso ilustrativo 103; Misión de Verificación de las Naciones Unidas para Guatemala (Minugua). Sexto Informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre
	 la verificación de los Acuerdos de Paz en Guatemala Junio 2001.Párrafo 62.
72	 En el 2012 han sido detenidos más de 15 policías y 5 miembros del Ejército acusados de participar directamente en secuestros.
73	 Minugua. Ob. Cit. Linchamientos un flagelo contra la dignidad humana.Página 2.Linchamientos un flagelo que persiste. Página 2.
74	 Ibíd. Párrafo 10.
75 Minugua. Ob. Cit. Linchamientos un flagelo que persiste.Páginas 4 y 5
76 Oficina del Procurador de los Derechos Humanos (PDH). Muerte violenta por linchamientos, casos y víctimas a junio 2011.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 41
En cuanto a los casos de niñez “de y en la calle”, en el año 200077
, la organización Casa Alianza presentó ante la
CIDH seis casos de niños de la calle asesinados entre 1990 y 1994, algunos de ellos brutalmente torturados y
cuyas muertes nunca fueron suficientemente investigadas por las autoridades guatemaltecas78
.
De acuerdo a Minugua, el sustancial aumento de las amenazas de muerte durante la estadía de la Misión
en Guatemala, se atribuye principalmente a la Policía Nacional Civil (PNC) y personas relacionadas con el
Ejército79
; destacando el hecho de que el uso desproporcional de la fuerza por la PNC durante interrogatorios
fue la causa más recurrente de las Ejecuciones Extrajudiciales80
.
En este informe Minugua reporta la documentación de casos de tratos crueles, inhumanos y degradantes,
tortura, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales cometidas por miembros de la PNC,
específicamente de la Sección de Investigación Criminal (SIC)81
.
También reporta: La difícil situación de la Policía Nacional Civil es uno de los problemas más serios del proceso
de paz. La actitud constante de negligencia que existe desde 1998 ha transformado la institución responsable
de garantizar la seguridad pública en la principal fuente de violaciones de los derechos humanos que hay
en el país en la actualidad. La Misión confirmó la responsabilidad policial en siete ejecuciones extrajudiciales
(y un intento de asesinato) en 1998. Estas cifras ascendieron a 20 muertes (con dos intentos de asesinato)
en 1999, 16 muertes (y 18 intentos de asesinato) en 2000, 40 muertes (y 19 intentos de asesinato) en 2001,
y 43 muertes (y 10 intentos de asesinato, con 10 casos aún bajo investigación) en 2002. MINUGUA también
ha verificado un promedio de 66 casos de tortura y 165 casos de malos tratos y uso excesivo de la fuerza al
año entre 1999 y 2002. Además, la Misión recibe cada vez más información sobre la participación policial en
actividades de corrupción, narcotráfico, delincuencia organizada y limpieza social en todo el país82
.
A raíz de la inminente finalización del mandato de Minugua en el país, en 2002 la labor de monitoreo de la
situación sobre Derechos Humanos en Guatemala es asumida por la Oficina del Procurador de los Derechos
Humanos, quien publica anualmente el Informe Anual Circunstanciado de la Oficina del Procurador de los
Derechos Humanos (PDH).
77	 En enero del año 2000, asume la presidencia Alfonso Portillo nominado por el Frente Republicano Guatemalteco (FRG), partido político que albergaba entre sus máximos
	 dirigentes a el ex general José Efraín Ríos Montt, jefe del gobierno defacto de 1982-1983 quien fungió como diputado al Congreso Nacional de la República durante tres períodos (1996-
2000; 2000-2004 y 2008-2012).
78	 CIDH. Comunicado de Prensa 2/00. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados.asp
79	 Ibíd. Párrafo 32.
80	 Supra. Párrafo 27.
81	 Minugua. Ob. Cit. Sexto Informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la verificación de los Acuerdos de Paz en Guatemala.Derecho a la integridad personal y a la vida.
82	 Misión de Verificación de las Naciones Unidas (Minugua). Decimocuarto Informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la verificación de los Acuerdos de Paz.
	 Noviembre 2003. Párrafo 25.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES42
EL ESTADO DE GUATEMALA Y
LOS CRÍMENES DE LESA
HUMANIDAD
CAPÍTULO 2
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES44
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 45
1. Los crímenes de lesa humanidad
La definición de lo que hoy conocemos como crímenes de lesa humanidad, es una construcción desarrollada
a través del juzgamiento de graves violaciones a derechos humanos cometidas por los Estados miembros de
las Naciones Unidas (UN) en tiempo de guerra o de conflicto armado interno; lo cual ha sido posible a través
de la instalación de Tribunales Militares y/o de Derecho Penal Internacional.
Estas instancias se han constituido como mecanismos idóneos para el juzgamiento y castigo de crímenes
de lesa humanidad ante la inactividad de los sistemas judiciales en cada país y como garantía de que tales
hechos no quedarán impunes.
Los crímenes de lesa humanidad se han caracterizado por la extrema crueldad utilizada para su comisión, lo
irracional de sus motivaciones y la indefensión de las víctimas ante tales ataques, situaciones que afectan a la
humanidad en su conjunto y no solo a las poblaciones que han sido víctimas directas de los ataques.
En estos casos, ha sido común la participación de los Estados como autores intelectuales y materiales a través
de las fuerzas armadas; o bien se constituyen en autores por omisión al no actuar en defensa de la población,
ignorando y obviando su obligación de protección como parte del cumplimiento de sus deberes.
Elincumplimientodeldeberdeprotecciónylaejecucióndeactosconstitutivosdecrímenesdelesahumanidad
por parte de los Estados es uno de los elementos a tomar en cuenta para identificar acciones que configuran
los crímenes de lesa humanidad, atendiendo a que el Estado es el obligado a proteger, garantizar y defender
la vida y la integridad de sus habitantes, y en los crímenes de lesa humanidad, es quien ha violentado tales
derechos, llegando al punto de casi exterminar pueblos y naciones enteras, tal y como ocurrió en el caso
guatemalteco.
El primer tribunal internacional de crímenes de lesa humanidad es el Tribunal Militar Internacional de
Núremberg, creado el 06 de octubre de 1945. El mismo tuvo como objetivo el enjuiciamiento y la sanción de
los principales criminales de guerra del eje europeo, siendo en su mayoría alemanes nazis involucrados en el
exterminio judío ocurrido en Europa durante la Segunda Guerra Mundial.
El segundo tribunal creado fue el Tribunal Penal Militar Internacional del Lejano Oriente, conocido también
como Tribunal de Tokio. Ante él se desarrollaron los juicios de Tokio, organizados contra los imputados de
los crímenes recogidos en el Estatuto o Carta de Londres suscrita el 8 de agosto de 1945. La jurisdicción del
mismo fue exclusiva para Japón, realizando juicios contra individuos particulares, miembros del ejército y de
la administración japonesa involucrados en la Segunda Guerra Mundial.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES46
El 08 de noviembre de 1994 fue creado por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el Tribunal Penal
Internacional para Ruanda (TPIR), con el fin de perseguir, arrestar, juzgar, condenar y ejecutar a los autores o
promotores del genocidio ruandés. La temporalidad de los hechos competencia delTPIR se comprende entre
el 01 de enero y el 31 de diciembre de 1994.
También se conoce de la existencia y funcionamiento del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia
(TPIY) establecido por resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el 25 de mayo de 1993,
siendo su nombre oficial Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las
violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la exYugoslavia desde
1991. ElTPIY tuvo jurisdicción internacional para perseguir y procesar a personas naturales (no organizaciones
públicas o privadas).
Y más recientemente, se estableció la Corte Penal Internacional (CPI) bajo el Estatuto de Roma, creado por
la necesidad de contar con un tribunal internacional permanente con jurisdicción a nivel mundial y con la
capacidad de investigar, perseguir y juzgar crímenes de lesa humanidad. La CPI fue establecida el 17 de julio
de 1998 en Roma-Italia.
Adicionalmente existen Tribunales Regionales o de Organizaciones Regionales, entre los cuales se cuentan:
• 	 El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, creado en 1950, el cual conoce los asuntos relativos a la
interpretación y aplicación de la Convención Europea de Derechos Humanos.
• 	 El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, creado en 1957, su competencia ratione materiae83
es obligatoria en la mayoría de los casos y más diversificada que otro tribunal internacional. La
legitimación no corresponde sólo a los Estados, sino a órganos comunitarios y a particulares. La
solución de controversias es sólo una de sus funciones.
• 	 LaCorteInteramericanadeDerechosHumanos,creadaporlaConvenciónAmericanasobreDerechos
Humanos en 1969. Su competencia material es especializada y sólo es aplicable a los Estados que
son parte de la Convención promulgada por la Organización de Estados Americanos (OEA).
• 	 El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (CAN), creado en 1979 mediante la suscripción
del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena, su función es ejercer
control de legalidad sobre las actuaciones judiciales de los países miembros e intervenir cuando
le sea requerido para la solución de controversias derivadas de: acción de nulidad, acción de
incumplimiento, interpretación prejudicial, el recurso por omisión o inactividad, la función arbitral y
la acción laboral84
.
83 Por razón de la materia
84 Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Disponible en: http://www.comunidadandina.org/Seccion.aspx?id=29&tipo=SA&title=tribunal-de-justicia-de-la-comunidad andina.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 47
Los cinco estatutos (Núremberg, Tokio, ex Yugoslavia, Ruanda y Roma) establecen los hechos que deberán
ser considerados crímenes de lesa humanidad, delimitación que ha sido construida tomando en cuenta las
consecuencias de las acciones que dieron origen a los estatutos, mismas que fueron descubiertas luego de
finalizados los conflictos.
El Estatuto de Núremberg y su protocolo dieron lugar a la creación del primer Tribunal Militar Internacional,
brindando la definición de lo que se entenderá por crimen de lesa humanidad: CRÍMENES CONTRA LA
HUMANIDAD es decir, el asesinato, el exterminio, esclavitud, la deportación, y otros actos inhumanos
cometidos contra cualquier población civil, antes o durante la guerra, o las persecuciones por las razones
persecución política, racial o religiosa, o cuando estos atenten, o constituyan una violación del derecho
interno del país donde se ha perpetrado, o cualquier crimen de la competencia del Tribunal o que esté en
relación con estos delitos.
Sin embargo, el Estatuto de Roma no realiza una definición exacta de los crímenes de lesa humanidad,
únicamente los regula en su artículo siete, en el cual incluye el asesinato (ejecución extrajudicial) y la
desaparición forzada como crímenes de lesa humanidad, cuando sean cometidos como parte de un ataque
generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.
1.1 El deber y obligación de cuidado del Estado de Guatemala
ElEstadodeGuatemala,comocualquierotroEstado,tieneeldeberylaobligacióndeprotegerasushabitantes
ante cualquier amenaza que ponga en riesgo su vida e integridad física y mental.
Para ello, el Estado debe asumir medidas de protección eficaces ante las acciones de particulares que
amenacen o vulneren el derecho a la vida de quienes habitan y coexisten en su territorio; así como medidas
que permitan ejercer un control efectivo sobre el uso de la fuerza letal por parte de las fuerzas de seguridad
en el ejercicio de sus funciones, para que las acciones realizadas por el Estado a través de sus funcionarios se
ajusten a los parámetros internacionalmente reconocidos.
La CIDH ha determinado el alcance de estas obligaciones basándose en el artículo 27 de la Convención
Americana, estableciendo que el derecho a la vida no es un derecho derogable. En consecuencia, los Estados
no pueden, ni siquiera en tiempo de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la
independencia o seguridad del Estado, adoptar medidas que suspendan la protección del derecho a la vida85
.
85	 Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos. Párrafo 107.Disponible en: http://www.cidh.org/countryrep/seguridad/se-
guridadv.sp.htm#_ftnref135
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES48
El Estado tiene la obligación de prevenir, mediante la investigación, enjuiciamiento y sanción, la comisión
de acciones que puedan implicar violaciones al derecho a la vida, principalmente aquellas ejecutadas por
agentes estatales, atendiendo a los altos niveles de impunidad con respecto a las ejecuciones extrajudiciales
cometidas por éstos bajo el fenómeno del “ajusticiamiento” de presuntos delincuentes, en el marco del
supuesto“resguardo de la seguridad ciudadana”86
.
En cuanto al caso específico de las niñas y mujeres víctimas de violencia, de acuerdo con la obligación del
Estado debe actuar con debida diligencia para impedir la violencia y proteger a este grupo vulnerable, debe
garantizar primordialmente la prevención, y cuando esto no sea posible, la investigación, enjuiciamiento
y sanción de los autores de actos violentos contra este sector vulnerable e indemnizar a las víctimas de la
violencia87
.
Como es evidente, el Estado de Guatemala ha incumplido con el deber y obligación de cuidado que le
corresponde de forma reiterada e injustificada, actuando como victimario en casos de graves violaciones
a derechos humanos, a través de la comisión de crímenes de genocidio, desaparición forzada y ejecución
extrajudicial, aunque recientemente en el ámbito internacional también se discute sobre las implicaciones
que para los Estados tiene la ejecución de crímenes de odio.
1.2 La construcción de un nuevo enemigo, las potenciales víctimas
de crímenes de lesa humanidad
De la cifra de muertes violentas en Guatemala, es importante resaltar aquellas muertes que tienen una
intencionalidad específica, además de tener características comunes, ya sea por el perfil de las víctimas, el
perfil de los victimarios, el móvil de la muerte o por el contexto en el que ocurren.
En el capítulo anterior se describe, a grandes rasgos, la justificación de la eliminación física de personas en
forma selectiva por parte del Estado guatemalteco, destacando el asesinato a manos de fuerzas estatales
de aquellas personas que exigían la transformación de un modelo social excluyente y discriminador que
continua vigente, a quienes se les consideró “enemigos de Estado”; dando inicio en este contexto la ejecución
de crímenes de odio, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales.
La justificación de la eliminación física de personas bajo la construcción de la figura del“enemigo del Estado y
la sociedad que desea implantar el comunismo”es sólo un reflejo del impulso de las acciones que responden
86 Ibíd.Párrafo 108.
87 Supra. Párrafo 110.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 49
al etiquetamiento de personas como indeseables, desviadas y/o antisociales; elaborada y aplicada con el
objetivo de mantener el orden social dominante, situación que continua en la actualidad, amparándose en la
posición teórica del“derecho penal del enemigo”(DPE) que busca castigar penalmente personas por el hecho
de ser consideradas peligrosas, desviadas y/o antisociales.
Esta nueva noción de enemigo puede ser entendida, de acuerdo con Jakobs, como el individuo que ha
abandonado una forma de vida lícita y socialmente aceptable88
, así como las normas y reglas que plantea el
Derecho, no sólo de manera incidental sino en forma presuntamente permanente y duradera, haciendo de la
comisión de hechos delictivos y/o desviados su modo de vida; y por tanto, su comportamiento personal no
garantiza el mínimo cognitivo de seguridad.
Ello implica que no es posible tener certeza si sus acciones se ajustarán a los estándares y normas socialmente
establecidas; teniendo el Estado en estas conductas una justificación para limitar las garantías y endurecer las
penas89
; enviando con ello el mensaje de no encontrarse“hablando con sus ciudadanos”sino“amenazando y
combatiendo”a sus enemigos90
.
Sumado al etiquetamiento basado en las construcciones emanadas de la DSN y DPE; encontramos la figura
del “potencial delincuente” como una nueva forma de enemigo del Estado, la cual incluye otros grupos
sociales a quienes perseguir, combatir y neutralizar; grupos comúnmente integrados por personas cuyos
comportamientos, acciones y estilos de vida no constituyen hechos delictivos, sin embargo, de acuerdo a
la percepción social, los patrones de conducta que expresan deben ser eliminados por ser considerados
“desviados y/o antisociales”.
En tal sentido, la sociedad busca neutralizar, controlar y reformar formas de vida, formas de ser y actividades
sociales por considerar que las mismas no deberían existir, ya sea porque: 1. Contradicen concepciones
religiosas o moralistas (como puede ser el caso de la Comunidad GLBTTTI91
), 2. No pueden controlarse a sí
mismas ya que“no saben lo que les conviene”(como ha sucedido a lo largo de nuestra historia con los pueblos
indígenas, las mujeres y las personas empobrecidas), 3. Sus comportamientos no se ajustan a lo“socialmente
aceptado”, como podría ser el caso de las nuevas expresiones y culturas juveniles92
, o 4. Porque representan
las carencias y resultados de una sociedad indiferente y excluyente, que marginaliza a grandes sectores de la
población93
.
88 Cometiendo hechos delictivos de tipo sexual por lo cual su comportamiento debe ser rechazado, o bien haciendo una “profesión” la comisión de delitos como el tráfico de drogas, o
dedicándose a delitos económicos, o viviendo de forma abierta del crimen organizado; o bien, vinculándose a organizaciones cuyo fin primordial es atentar contra el orden jurídico del
Estado, como es el caso del Terrorismo.
89 Jiménez Ruiz, Juan Luis. Reflexiones sobre política y derecho: ¿la política del enemigo como Derecho en la globalización? Página 107.
90 Ibíd.
91 Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travestí e Intersexual.
92 B-boys, x-gamers, las maras y/o pandillas, entre otras expresiones y formas de vida.
93 Como sucede con el caso de la niñez en y de la calle, los ancianos que sobreviven de la mendicidad, y las personas que son víctimas de explotación sexual-comercial.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES50
De tal forma que ahora son considerados enemigos del Estado, además de aquellos sectores que impulsan
y exigen cambios en estructurales en el sistema, sectores que atentan y violentan lo que es “socialmente
permitido y aceptable”.
De allí el surgimiento de la “no-persona” como planteamiento que implica, que las garantías fundamentales
de protección deben excluir a quienes se vinculan a estos sectores sociales; con el objetivo de neutralizar, por
cualquier medio, a aquellos cada vez más numerosos, que el Estado advierte como enemigos, etiquetando a
estos grupos como“socialmente indeseables”.
Las acciones represivas contra los enemigos del Estado, que incluye a opositores y detractores a los gobiernos
de turno, delincuencia transnacional y organizada,“terroristas”, y aquellos sectores cuya existencia se convierte
en indeseada porque no se ajusta a los estándares socialmente establecidos, encuentran un terreno fértil en
el contexto violento en el cual se desarrolla la sociedad guatemalteca, marcado y definido por las secuelas
psicológicas del terror implantado con la estrategia contrainsurgente operativizada durante el conflicto
armado interno.
A ello se suma, el populismo punitivo y la exacerbación del fenómeno de la violencia a través de los medios
masivos de comunicación, que además de generar terror y paranoia en la sociedad guatemalteca, legitiman
la eliminación física y endurecimiento de las penas para aquellos a quienes ahora se considera el enemigo
interno.
Es evidente que la teoría del Derecho penal del enemigo enfrenta los conceptos más básicos que sustentan
el Estado social y democrático de Derecho, lo cual implica la absoluta negación de la teoría de los derechos
humanos y un no menos lesivo ataque al propio concepto de dignidad humana y de persona94
; situación que
favorece la comisión de crímenes de lesa humanidad.
En el presente capítulo se abordarán los crímenes de odio y la desaparición forzada, reservándose el capítulo
III y IV para abordar lo referente al crimen de ejecución extrajudicial por tratarse de una práctica recurrente
en Guatemala
94	 Jiménez Ruiz. Ob. Cit. Página 109.
EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 51
2. Crimen de Odio (hate crimen)
Existen dudas en algunos espacios en cuanto al alcance y diferencia entre el crimen de odio y la ejecución
extrajudicial, la cual constituye un crimen de lesa humanidad.
Dicha confusión, posiblemente obedezca a la selectividad de las víctimas de estos hechos delictivos, lo cual se
evidencia en el perfil y en el mensaje que se envía a la población a través de su comisión.
En la actualidad, no existe una definición aceptada sobre el significado e implicaciones del crimen de odio a
nivel mundial, en virtud del abordaje académico, jurídico e inclusive de uso común que se le da al mismo. Sin
embargo, podemos entender los crímenes de odio como “aquellos crímenes motivados por el rechazo hacia
un determinado grupo social”.
Generalmente,setratadegruposdefinidosporpertenenciaétnica,religión,orientaciónsexual,discapacidades,
nacionalidad, edad, género, sector social o afiliación política95
. Un ejemplo característico de los delitos de odio
ha sido el nazi-fascismo evidenciado en la creación y funcionamiento de grupos extremistas como el Ku Klux
Klan en los Estados Unidos.
Como afirma Lolita Aniyar de Castro, a cualquier definición que asuma las particularidades de los crímenes
de odio, podríamos agregar categorías de personas que son asesinadas o perseguidas por sus características
personales, funcionales o sociales, como por ejemplo, los ciudadanos en situación de calle (mendigos,
personas con problemas mentales, personas sin hogar), policías, periodistas, los ricos, la clase media, los que
usan corbata, o quienes no comparten la misma ideología96
.
Es importante establecer que, el crimen que se dirige contra una víctima asociada o vinculada con un grupo
discriminado en razón de un prejuicio y con un objetivo persecutorio, no impacta sólo a la víctima directa
del crimen, sino es un mensaje enviado a través de ella hacia el grupo y hacia la sociedad en general, el cual
se traduce en que su existencia será perseguida y si es necesario, se procederá a su eliminación física y su
persecución social.
En ese sentido, para los autores la víctima como persona individual tiene poca importancia; simplemente es
el individuo que da en el estereotipo y, a través de la lesión al sujeto, se envía un mensaje a todo el grupo o
colectividad, a todos los que presentan las mismas características del sujeto agredido97
.
95 Aniyar de Castro, Lolita. Los crímenes de odio: Discurso político y delincuencia violenta en Venezuela. El respeto a las diferencias y el rol de la criminología crítica en Venezuela
	 en los inicios del Siglo XXI. Página 13.
96 	Ibíd. Página 14.
97 Peralta, Héctor. Los delitos de odio, según Zaffaroni. La Gaceta (Argentina). 21/07/2007.Disponible en: http://www.lagaceta.com.ar/nota/231632/Tribunales/
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  • 3.
  • 5. i. Presentación ii. Introducción Capítulo I: Guatemala del Siglo XX 1. El etiquetamiento de personas 2. El conflicto armado interno 2.1 Las muertes selectivas y las operaciones de inteligencia 2.2 Características de las muertes selectivas durante el conflicto armado interno a. Modus operandi Muertes selectivas Muertes colectivas b. Las víctimas En el área urbana En el área rural c. Los victimarios El Ejército Las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC) Los Comisionados Militares La Policía Nacional (PN) d. Respuesta del Estado 3. Violencia post-conflicto Capítulo II: El Estado de Guatemala y los crímenes de lesa humanidad 1. Los crímenes de lesa humanidad 1.1 El deber y obligación de cuidado del Estado de Guatemala 18 42 21 25 26 27 27 27 30 31 31 34 36 36 36 37 37 38 39 45 47
  • 6. 1.2 La construcción de un nuevo enemigo, las potenciales víctimas de crímenes de lesa humanidad 2. Crimen de Odio (hate crimen) 3. Desaparición Forzada 3.1 La desaparición forzada de personas en el derecho internacional de los Derechos Humanos 3.2 La desaparición forzada de personas en el derecho penal guatemalteco 3.3 Vinculación del delito de desaparición forzada con el delito de ejecución extrajudicial Capítulo III: Ejecución extrajudicial Ejecución extrajudicial arbitraria Ejecución extrajudicial sumaria 1. La ejecución extrajudicial en el derecho internacional de los Derechos Humanos 1.1 La ejecución extrajudicial, un crimen de lesa humanidad a. Ataque generalizado o sistemático b. Responsabilidad estatal (el Estado que mata) c. Imprescriptibilidad d. Jurisdicción Universal para perseguir la ejecución extrajudicial 1.2 ViolacionesalosDerechosHumanosdelasvíctimasdeejecuciónextrajudicial a. Derecho a la vida b. Derecho a la integridad personal c. Derecho a la libertad personal d. Violación de las garantías judiciales y de protección judicial e. Derecho a la verdad f. Obligación de respetar y garantizar los derechos 2. La ejecución extrajudicial en el derecho penal guatemalteco 62 48 51 55 56 57 58 66 66 67 69 69 70 71 72 73 73 73 74 75 76 76 77 77
  • 7. 3. La estigmatización de las víctimas de ejecución extrajudicial (construcción del imaginario social) 4. Caracterización de los autores de ejecución extrajudicial 4.1 El Estado como autor directo del delito de ejecución extrajudicial (autoría por acción) a. El Ejército b. La Policía Nacional Civil (PNC) c. Personal penitenciario y de los centros de privación de libertad para adolescentes en conflicto con la ley penal 4.2 El Estado como autor indirecto del delito de ejecución extrajudicial (autoría por omisión) a. Cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad 4.3 Los nuevos autores del delito de ejecución extrajudicial, otra forma de autoría indirecta para el Estado de Guatemala (dejar hacer, dejar pasar) a. Juntas, Comisiones y/o Comités de seguridad ciudadana b. Empresas de seguridad privada 5. Caracterización de las víctimas del crimen de ejecución extrajudicial 5.1 Víctimas enero 2009 – junio 2012 a. Ejecución extrajudicial de personas con orientación e identidad sexual diferente b. Personas privadas de libertad 6. Factores que favorecen la ejecución extrajudicial en Guatemala 6.1 Culpar a la víctima por los hechos 6.2 Justificar las muertes violentas 6.3 Inoperancia del sistema de administración de justicia 6.4 Involucramiento de la sociedad civil en las tareas de seguridad ciudadana 6.5 Militarización de la seguridad pública 6.6Lacontinuidaddelasoperacionesdecuerposilegalesyaparatosclandestinos de seguridad 79 83 84 88 91 100 101 102 108 108 117 119 121 127 129 131 131 132 134 135 137 137
  • 8. 6.7 La muerte en las calles 6.8 La criminalización de la protesta pública 7. Características de las ejecuciones extrajudiciales 7.1 Muertes sospechosas de ejecución extrajudicial a. Las mujeres b. La lista negra Capítulo IV: Responsabilidad del Estado guatemalteco en los crímenes de ejecución extrajudicial 1. Respuestas del sistema a los delitos de ejecución extrajudicial (tramitación y tratamiento de casos) 2. La efectividad del sistema de administración de justicia en casos de ejecución extrajudicial 2.1 Efectividad en la gestión 2.2 Efectividad en la averiguación de la verdad 3. Proceso de investigación en casos de ejecución extrajudicial de 2009 a 2012 3.1 Manejo de la escena del crimen a. Asegurar la escena del crimen b. Documentar la escena del crimen c. Tratamiento adecuado del o los cadáveres 3.2 Examen médico forense (necropsia) a. Orientación del personal del Ministerio Público b. Aplicación del Protocolo de Minnesota 3.3 Balística como prueba científica 3.4 Calificación legal del delito de ejecución extrajudicial 4. Responsabilidad del Estado en los delitos de ejecución extrajudicial 139 140 141 144 155 157 163 166 167 167 172 173 174 175 176 177 178 179 179 181 182 160
  • 9. 4.1 Obligación de prevenir la ejecución extrajudicial 1. Prohibición legal 2. Controles efectivos 3. Prohibición de girar órdenes que autoricen o inciten a llevar a cabo ejecuciones extrajudiciales 4. Protección eficaz a particulares y grupos que están en peligro de ejecución extrajudicial 5. Nadie está obligado a regresar ni será extraditado a un país en donde haya motivos fundados para creer que puede ser víctima de una ejecución extrajudicial 6. La privación de libertad debe realizarse en centros de reclusión públicamente reconocidos 7. Inspecciones periódicas de los lugares de detención o prisión 8. ObligacióndelEstadodeprevenirlasejecucionesextrajudiciales,facilitar el acceso de los demandantes al sistema internacional de protección, cooperar en la investigación derivada de estos procesos, e impulsar procesos de investigación a nivel nacional para el esclarecimiento de los hechos 4.2 La lucha contra la impunidad y el derecho de las víctimas a obtener reparación a. El derecho a la justicia b. El derecho a la verdad c. El derecho a la reparación d. La garantía de no repetición 182 183 183 184 184 185 185 185 186 187 188 188 188 188 Conclusiones Recomendaciones Anexo - Metodología Bibliografía 192 194 196 200
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  • 13. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 13 Sin duda alguna el fenómeno de la violencia en Guatemala ha sido sobre-diagnosticado, son múltiples los estudios e investigación que dan cuenta de ello, así como diversas las propuestas para su abordaje, en la mayoría de los casos desarrolladas por centros de investigación u organizaciones de la sociedad civil. Contrario a ello, se suele escuchar en los medios de comunicación las irresponsables declaraciones de funcionarios públicos en relación a que la situación de violencia es generada por “jóvenes pandilleros”, “líos de maras”, “ajustes de cuentas”, “pelea por territorios”, denotando la falta de voluntad política por abordar dicho fenómeno o en el peor de los casos la falta de entendimiento para comprenderlo y la incapacidad para abordarlo integralmente. Si bien se avanzó en la aprobación de la Política Nacional de la Juventud 2012-2020, incluyendo un área estratégica de Prevención de Violencia que contiene 10 líneas de acción1 , hace falta la construcción y aprobación de una política de prevención de la violencia que incluya estrategias para contrarrestar la misma desdelasinstitucionesresponsablesdesuimplementación,yaqueenlocotidiano,sonlasmismasautoridades las responsables de implementar acciones y políticas de represión y criminalización hacia la juventud y en el peor de los casos son señalados y responsables de cometer el delito de ejecución extrajudicial, ya sea por acción u omisión, siendo limitados los avances en los procesos de investigación y persecución penal para deducir las responsabilidades correspondientes. Para contribuir a comprender el fenómeno y aportar al debate público sobre el mismo, durante el año 2012, CALDH en alianza con la Asociación Caja Lúdica, inició la implementación de una estrategia de denuncia sobre la estigmatización y represión que desde el Estado se ejerce contra la juventud, misma que incluyó la implementación de la campaña “No por ser diferentes tienen que matarnos” así como la Obra Musical “La Danza de la Vida” cuyo contenido se orientó a promover el respeto al derecho a la vida de las y los jóvenes y contribuir a posicionar un imaginario social positivo sobre la juventud. La presente publicación hace parte de dicha estrategia, con la que pretendemos denunciar la situación de violencia que agrede la vida de la juventud, particularmente la estigmatización, represión, asesinatos y ejecuciones extrajudiciales que se ejercen desde el Estado, así como establecer una relación pasado presente sobre el continuum de violencia contra la juventud. 1. Acuerdo Gubernativo 173-2012 con fecha 9 de agosto de 2012
  • 14. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES14 INTRODUCCIÓN
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  • 16. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES16 Guatemala cuenta con una historia plagada de hechos violentos cuyas raíces se remontan desde la época de la invasión española hasta nuestros días; y cuyos efectos se tradujeron en violencia estructural, política y social. En este devenir histórico, el Estado y los diferentes Gobiernos que se han sucedido en el mando, han priorizado el mantenimiento de las estructuras de poder y dominación que determinan la exclusión y la desigualdad de la mayoría, especialmente de los pobres, las mujeres, la población indígena y la juventud. Atendiendo a estas circunstancias y por su natural estado de indefensión, la niñez, adolescencia y juventud han sido víctimas de múltiples violaciones a sus derechos, principalmente en la segunda mitad del siglo XX, durante la cual, Guatemala atravesó un conflicto armado interno que cobró la vida de más de doscientas mil víctimas1 . La ausencia de políticas sociales y la inseguridad ciudadana pone en evidencia que el Estado guatemalteco ha orientado su actuación en beneficio de la minoría de la población, que ha determinado su escasa legitimidad, situación que no ha variado durante el presente siglo, llevándole a implementar medidas violentas para mantener el orden social. Sumado a ello, el racismo y discriminación imperante en Guatemala, que más allá de ser elementos culturales y reflejarse en las políticas Estatales, ha servido para justificar los regímenes de explotación, aislamiento y exterminio de los pueblos indígenas por considerárseles inferiores; así como la eliminación de quienes exigían su igualdad y el respeto a sus derechos; constituyendo la base que brinda justificación para la eliminación física de los que ahora son calificados como “indeseables”. La violencia desde siempre ha sido el método utilizado para someter a esos indeseables, lo que a la vista de la población es justificable. Los distintos Gobiernos han aplicado el modelo de Estado-Nación, entendiéndose a la Nación como un solo pueblo, con una sola cultura, un solo idioma, una sola religión y un solo sistema jurídico; invisibilizando la diversidad cultural, lingüística y étnica que convive en el país, así como las necesidades diferenciadas, dejándoles al margen del desarrollo social. Estas concepciones han sido reproducidas de generación en generación durante siglos, instalando una cultura violenta y racista, de forma consciente o inconsciente, propiciando la indiferencia social y la inexistencia de una condena moral ante los hechos de grave violencia y su impunidad, lo cual de alguna manera explica por qué actos de extremo sadismo y crueldad, no son juzgados ni sancionados, como la Ejecución Extrajudicial. 1. Se calcula que, del 38% de las víctimas registradas de quienes se pudo determinar la edad, 18% eran niños, 79% adultos y 3% ancianos. Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH). Guatemala: Memoria del Silencio. Primera edición. Guatemala, Guatemala. UNOPS Junio 1999. Capítulo I. Párrafo107.
  • 17. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 17 Pero no únicamente los pueblos indígenas han sido víctimas de actos de discriminación, también la población empobrecida ha sido tratada como ciudadanos de segunda clase. Pobres e indígenas han sufrido la marginación de modelos sociales construidos desde la matriz de la exclusión y la discriminación. La violencia política producida durante el enfrentamiento armado, ha tendido a reproducir y retroalimentar dichos modelos2 . De esta forma, la exclusión se extiende a otros sectores de la población, quienes históricamente han sido discriminados y vulnerados: jóvenes miembros de“maras y pandillas”, niñez y juventud en procesos de callejización, personas vinculadas a hechos delictivos, personas con orientación sexual distinta a la heterosexual, mujeres y hombres sexoservidores, a quienes también se les considera“indeseables”. En síntesis, el carácter antidemocrático de la tradición política guatemalteca es resultado de una concentración de relaciones sociales violentas, los efectos de la estructura económica de la hacienda -base de exclusiones múltiples-, la persistencia de valores que giran en torno al racismo y la falta de espacios de participación social y política. A ello se suma la existencia de un sistema judicial débil y parcial, que no garantiza el cumplimiento de la ley ni el respeto de los derechos ciudadanos, lo que propicia los conflictos3 . En este orden de ideas, el estudio que se presenta a continuación se planteó como objetivo clarificar el vínculo que existe entre los crímenes cometidos durante el conflicto armado interno y las ejecuciones extrajudiciales ocurridas en el presente, evidenciando la continuidad de las prácticas y la reproducción de los patrones y estrategias para la comisión de este delito. A través del estudio ha sido posible establecer, que la práctica de la ejecución extrajudicial de personas continua siendo una constante en Guatemala, atendiendo a que el Estado carece de una política eficaz y efectiva de prevención, detección, investigación, persecución penal, responsabilización y reparación de los daños en casos de ejecución extrajudicial, manteniéndose en la impunidad los hechos cometidos. La ejecución extrajudicial en Guatemala afecta principalmente a personas adolescentes y jóvenes, habiéndose ampliado el perfil de las víctimas, incluyendo ahora a grupos cuya existencia se convierte en“indeseable”, debido a que sus formas de ser, pensar y/o actuar no se ajustan a lo“socialmente aceptado”. Asimismo, los autores del delito han variado, ampliándose la responsabilidad del Estado, atendiendo a su inactividad y a lo que puede ser interpretado como la política de dejar hacer y dejar pasar, poniendo de relieve el mantenimiento de las condiciones estructurales que favorecen la eliminación física de personas; además del inadecuado tratamiento y tramitación de los casos de ejecución extrajudicial, todo ello propiciando que este crimen de lesa humanidad continúe oculto y en la impunidad. 2. Ibíd. Párrafo 37. 3. Supra. Párrafo 48.
  • 18. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES18 GUATEMALA DEL SIGLO XX CAPÍTULO 1
  • 19.
  • 21. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 21 1. El etiquetamiento de personas El“etiquetamiento o labelling approach”, es la teoría social que explica la forma en la cual quienes ostentan el poder definen lo que debe ser considerado “antisocial”, y por lo tanto cuales son los mecanismos a utilizarse para controlar la conducta y acciones de los“antisociales”. Esta postura ha facilitado la comisión de graves hechos de violencia y violaciones a derechos humanos, justificando la intervención y violencia estatal para la represión, persecución, castigo y neutralización de aquellos etiquetados como antisociales, teniendo como base construcciones sociales elaboradas al amparo de posturas excluyentes y racistas. En tal sentido, una conducta considerada“desviada y/o antisocial”se concretiza cuando son aplicables reglas de conducta que definen que comportamiento es aceptado y cuál debe ser evitado y/o eliminado; teniendo como consecuencia el surgimiento e identificación del “desviado y/o antisocial”, siendo aquella persona que se ajusta a la conducta definida como inaceptable, aplicándole exitosamente de esta forma la“etiqueta”social. A lo largo de la historia de la humanidad es posible identificar diferentes “etiquetas”, diseñadas y aplicadas hacia grupos que atentan contra el mantenimiento del poder, o la forma de vida de los“poderosos”. La etiqueta no siempre es aplicada de igual forma para todos los grupos, debido a que una conducta calificada como “desviada y/o antisocial” puede ser reprimida, perseguida y/o castigada dependiendo del autor de la misma, por ejemplo el estigma que conlleva el uso de tatuajes dependiendo del estatus social o económico de la persona. El etiquetamiento de conductas desviadas y/o antisociales como objetivo de persecución del Estado, ha generado en la práctica una serie de acciones de acoso y eliminación física de aquellas personas que son consideradas como “enemigos”, debido a que sus conductas atentan contra el estado natural de las cosas (status quo). Uno de los casos que mejor ejemplifica este tipo de acciones, es el actuar de los Nazis durante la segunda guerra mundial, quienes implementaron la eliminación de judíos, gitanos, homosexuales, mujeres prostituidas, minusválidos y otros grupos sociales por considerar que sus conductas desviadas, antisociales y contranaturales, afectaban y atentaban contra la forma de vida de los“ciudadanos alemanes de raza pura”. Para el caso latinoamericano, la represión a gran escala fue implementada como respuesta a los intentos de reformar regímenes militares que favorecían a pequeños sectores sociales (constituidos regularmente por quienes ostentabanelpodereconómico)afectandogravementealapoblacióncivil,calificándoseestasaccionesreformistas como conductas desviadas y/o antisociales, haciéndose“necesaria”su represión, persecución y eliminación.
  • 22. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES22 Este tipo de iniciativas o movimientos fueron etiquetados de “comunistas” por lo cual era necesaria su neutralización ya que atentaban contra la democracia pero principalmente, contra el sistema mismo y los intereses de los sectores poderosos. A la represión y etiquetamiento de estas iniciativas y movimientos, se le adjudicó como objetivo primordial“la eliminacióndelaamenazacomunista”existenteenLatinoamérica,definiéndoseparaelloloquehoyseconoce como la Doctrina de Seguridad Nacional, que fue adoptada por la mayoría de Estados latinoamericanos, siendo implementada en Guatemala a partir de la contra-revolución (1954); como estrategia para combatir el comunismo y controlar a la población. La misma surge de la transformación de la Política de Seguridad Nacional estadounidense durante lo que ahora se conoce como “guerra fría”1 , e implicó la ampliación de la política de Seguridad Nacional de Estados Unidos para combatir amenazas externas hacia la forma de vida estadounidense, que para el período de la guerra fría se materializó en la idea de “comunismo” y en la necesidad de combatirlo como una amenaza global. De tal forma, el enemigo a combatir podía y puede encontrarse en cualquier país del mundo, siendo un “enemigo externo”, considerándose como tales a los grupos, ideologías, movimientos y organizaciones que atenten contra el régimen estadounidense, mismo que se autodenomina “la democracia perfecta” y se auto considera el modelo a seguir por otros países. Esta noción de Seguridad Nacional fue trasladada a los países de América Latina a través de la política exterior de Estados Unidos, introduciendo la idea de que, para lograr la seguridad del Estado y la sociedad, era necesario que las fuerzas militares asumieran el control total de las estructuras estatales y de esta forma vigilar, controlar y manipular a la población. A través de ella se explica y justifica la importancia de militarizar e intervenir cualquier actividad estatal2 . Entalsentido,sevaríalanocióndeenemigoexternoaplicableparalasaccionesestadounidenses,creándosela noción de“enemigo interno”, aplicable para los Estados latinoamericanos que asumen la posición de combate alcomunismo,entendiéndosequeelenemigointerno,ademásdelasguerrillas,[puede]sercualquierpersona, grupo, movimiento o institución nacional que tuviera ideas opuestas a (las de) los gobiernos militares3 . 1 Se denomina Guerra Fría al enfrentamiento ideológico que tuvo lugar durante el siglo XX, entre Estados Unidos y el bloque Oriental-Comunista liderado por la Unión Soviética que abarca desde 1945 (fin de la Segunda Guerra Mundial) hasta la desintegración de la Unión de República Socialistas Soviéticas (URSS), entre 1989 y la caída del muro de Berlín en 1991. Este en- frentamiento tuvo lugar a nivel político, ideológico, económico, social, tecnológico, militar, informativo e incluso deportivo. Durante este período nunca se emprendieron acciones bélicas, razón por la que se denominó al conflicto“guerra fría”. Estas dos potencias se limitaron a actuar como «ejes» influyentes de poder en el contexto internacional y a la cooperación económica y militar con los países aliados o satélites de uno de los bloques contra los del otro. 2 Seguridad que se traduce en el mantenimiento de las condiciones de marginalización, pobreza y exclusión de la gran mayoría de la población. 3 Leal Buitriago, Francisco. La doctrina de seguridad nacional: Materialización de la guerra fría en América del Sur. Páginas: 74-87. Revista de Estudios Sociales. No.15 (Junio 2003).
  • 23. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 23 Su aplicación, conllevó la consideración y el etiquetamiento de cualquier manifestación y/o exigencia social, como un problema subversivo y de seguridad nacional que debía [y debe] ser “disuadido y resuelto”mediante el uso de la fuerza, con el objetivo de mantener el status quo. La DSN fue desarrollada mediante la implementación de acciones puntualizadas por la política exterior estadounidense; estas acciones se orientaban a combatir la noción de“enemigo interno”a través de las fuerzas armadas en países latinoamericanos, con el fin de garantizar el orden y erradicar ideologías, organizaciones y movimientos que pudiesen llegar a favorecer el comunismo, sin importar la violación sistemática a derechos humanos. En ese orden de ideas, se establece que son enemigos todas aquella personas u organizaciones que siendo comunistas o no, traten de romper el orden interno. De tal suerte que cualquier lucha reivindicativa o movimiento social en torno a lograr mejores condiciones de vida, tenencia de la tierra, mejoras salariales, etc., convertían inmediatamente a quienes participaran en ellas en“enemigo interno”4 . Durante el conflicto armado interno, la DSN se operativizó a través de diferentes estrategias, entre las cuales se destaca la institucionalización de la contrainsurgencia mediante la creación de estructuras estatales con facultades para la investigación de “casos” y el arresto de personas, incorporando figuras legales que justificaran su actuación5 . Estas estrategias facilitaron y fortalecieron la cultura racista manteniendo las estructuras excluyentes y favoreciendo a un sector minoritario de la población, enraizándose en las políticas de seguridad del Estado; transgrediendo el hecho de la firma de los acuerdos de paz. Las estrategias principales, de acuerdo a la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH), se materializaron en el papel que jugó el Sistema de Inteligencia durante el enfrentamiento; la participación de otras Fuerzas de Seguridad del Estado como la Policía Nacional y la Guardia de Hacienda, y el involucramiento de civiles en el enfrentamiento armado, como los comisionados militares, las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC) y los escuadrones de la muerte. El combate al enemigo interno incluyó la persecución a sectores sociales: organizaciones religiosas, políticas, estudiantiles, o gremiales; basándose en la sospecha de su participación en actividades ilegales, es decir, actividades que atentaban contra el orden establecido, o bien, que cuestionaban, se opusieran o discutieran las disposiciones de los gobiernos liderados por militares. 4 Rímola Molina, Francisco Roberto y López Herrera, Rubén. La verdad detrás del diario militar. Desapariciones forzadas en Guatemala 1982.1985. Página 82; Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Caso de la masacre de las Dos Erres vs. Guatemala. Noviembre 2009. Párrafo 70. 5 Domingo Cabrera, José Mariano. Políticas y prácticas contrainsurgentes contra la organización estudiantil de la Universidad de San Carlos de Guatemala 1970-1985. Página 4.
  • 24. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES24 La organización social para la participación ciudadana, desde cualquier ámbito social, constituyó una actividad ilegal desde la visión del Estado; estableciéndose en el imaginario social el miedo a participar o relacionarse con personas cuyas actividades eran consideradas ilegales, por el temor a ser considerado un “enemigo interno”. La caracterización de la inteligencia construida alrededor de este modelo de Estado, dio como resultado el surgimiento de fuerzas represivas dirigidas por las estructuras de inteligencia para la aplicación del control social6 desarrollado a través del miedo7 , lo que hoy conocemos como la Estrategia del Terror, orientada a mantener a la población en un permanente estado de miedo y terror. En este contexto, la violencia, en especial la de tipo sexual se constituyó en una práctica para infundir terror en la población, por su carácter público, indiscriminado y masivo. Estos ataques eran ejecutados con saña contra las víctimas, quienes en muchos casos fueron mutiladas y empaladas. La violación masiva de mujeres y niñas y la exposición de sus cuerpos son muestra de ensañamiento extremo, que revela la voluntad de sembrar terror en la población para aniquilar toda expresión de oposición, rebelión y resistencia8 . La CEH comprobó que, las secuelas sociales del terror todavía se hacen sentir en diversos ámbitos de la sociedad, especialmente, por el trastrocamiento de los valores comunitarios que fundamentan la convivencia social. Por esta razón, el terror no desaparece automáticamente cuando los niveles de violencia descienden, sino que tiene efectos acumulativos y perdurables, los que exigen tiempo, esfuerzo y experiencias de nuevo tipo para superarlos. En la actualidad se continúa etiquetando personas, movimientos e ideologías, bajo la necesidad creada de combatir a los “enemigos” que atentan contra la democracia, aunque bajo nuevas formas de organización y nuevas doctrinas, ejemplo de ello es la“lucha globalizada contra el terrorismo”, que utiliza como herramienta el Derecho Penal del Enemigo. En esta “lucha” ha sido afectada la población civil; se ha perseguido y etiquetado negativamente a personas, religiones, países, formas de ser, de actuar y de pensar justificando la intervención y el ejercicio del control social en la esfera de lo privado, sin que haya sido legítimamente demostrada la necesidad de estas acciones. 6 El control social implica conocer y regular cualquier actividad desarrollada en una sociedad determinada, asegurando que la misma no se oponga, cuestione o atente con el mantenimiento del orden establecido, es decir, se controla a la población para que nada cambie. 7 Domingo Cabrera. Ob. Cit. Página 23. 8 Fulchirone, Amandine y otros. Tejidos que lleva el alma. Memorias de las mujeres mayas sobrevivientes de violación sexual durante el conflicto armado interno. Página 178.
  • 25. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 25 2. El conflicto armado interno Como ya se mencionó, el conflicto armado interno es una de las etapas más violentas de la historia reciente del país, en este momento histórico se cometieron graves violaciones a derechos humanos en Guatemala. Durante su desarrollo, se constituyeron como fuerzas de seguridad del Estado responsables de implementar estrategias y acciones orientadas a combatir al “enemigo/antisocial” de la época: el Ejército y sus unidades (Tropas, Policía Militar Ambulante y Kaibiles), la Policía Nacional, la Guardia de Hacienda, las Patrullas de Autodefensa Civil9 y los Comisionados Militares. Adicionalmente, también fueron creados y puestos en funcionamiento otros grupos armados denominados escuadrones de la muerte, cuya aparición se documenta en el año 1966 y entre los cuales puede mencionarse: El Ejército Secreto Anticomunista, la Nueva Organización Anticomunista, La Mano Blanca, Ojo por Ojo, Organización CERO, La Panel Blanca y a principios de la década de 1980, El Jaguar Justiciero. Las fuerzas de seguridad del Estado recibieron entrenamiento para la ejecución de las operaciones diseñadas para desarticular y eliminar al enemigo (contrainsurgencia); el entrenamiento consistente en la preparación física y psicológica, mediante la cual se cometieron actos de extrema crueldad y graves violaciones a derechos humanos (genocidio, desapariciones forzadas, torturas, ejecuciones extrajudiciales, entre las más graves)10 . A través del entrenamiento, se estimuló el uso de la violencia como un sistema de formación, se inculcó un esquema para la justificación de las acciones, se controló la obediencia a las órdenes a través de la práctica de castigos físicos, se forzó la complicidad involucrando individualmente a los miembros de las fuerzas de seguridad en las acciones contrainsurgentes, y se obtuvo su insensibilización frente al sufrimiento, lo cual constituyó el primer paso del entrenamiento para la ejecución de las acciones violentas11 . El repudio contra la vida entró a formar parte no sólo del modo en que se desarrollaron las acciones militares, sino también del propio entrenamiento militar, en los que se manifestó el desprecio permanente contra la dignidad y la vida de los soldados. Esta insensibilización también comprendió la celebración y la normalización del horror como una ceremonia festiva. Las atrocidades cometidas fueron muy generalizadas y formaron parte también del sistema de entrenamiento en esos años12 . 9 Se presume que se entrenó alrededor de un millón de patrulleros civiles. Misión de Verificación de las Naciones Unidas para Guatemala (Minugua). Linchamientos: un flagelo que persiste. Párrafo 21. 10 Durante el período de entrenamiento, el nuevo soldado era sometido a rutinas que poco tienen que ver con la preparación militar propiamente dicha, pues consistían en prácticas inhu- manas y aberrantes orientadas a generar una paulatina degradación de los valores, asegurando con ello la posterior utilización del soldado como un instrumento de actos absolutamente reñidos con las normas elementales de respeto al ser humano. CEH, Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 878. 11 Informe del Proyecto Interdiocesano de Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI).Guatemala Nunca Más. La Educación en la Violencia. 12 Ibíd.
  • 26. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES26 Algunos de los casos registrados por el informe del Proyecto Interdiocesano para la Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI), Guatemala: Nunca Más, y el informe de la CEH, Guatemala, Memoria del Silencio, se refieren a actos de canibalismo, violaciones sexuales, desmembramientos, linchamientos, asesinatos con extrema crueldad y tortura previa; crímenes con los cuales guardan un gran parecido algunos de los asesinatos ocurridos en Guatemala durante los últimos cinco años. La masacre cometida por fuerzas de seguridad del Estado en la comunidad de Las Dos Erres, se encuentra entre los casos que ejemplifican, de manera trágica y lamentable las graves violaciones a Derechos Humanos perpetradas a través de la actuación del Ejército durante la ejecución de operaciones contrainsurgentes; hecho confirmado a través de la sentencia dictada por el Sistema de Administración de Justicia guatemalteco contra cuatro de sus perpetradores en agosto de 2011 y confirmada en abril 2012, en la que se tiene como probado el asesinato de 201 personas por miembros del Ejército de Guatemala. Durante esta operación, fueron violadas en repetidas ocasiones mujeres y niñas a quienes con posterioridad se les privó de la vida, se dio muerte a golpes a los niños, cuyos cuerpos fueron arrojados a un pozo, y la mayoría de hombres fueron asesinados con armas de fuego de grueso calibre. El entrenamiento militar y los conocimientos utilizados en el desarrollo de operaciones contrainsurgentes, y las técnicas de inteligencia, fueron transmitidos por oficiales del Ejército a miembros de la Policía Nacional, la Guardia de Hacienda, las Patrullas de Autodefensa Civil y a los Comisionados Militares, como herramientas para el desempeño de sus funciones13 . 2.1 Las muertes selectivas y las operaciones de inteligencia La definición de enemigo interno convirtió a miles de guatemaltecos y guatemaltecas, con o sin vinculación a movimientos sociales, en“enemigos”y por lo tanto en objetivo de las acciones impulsadas por las fuerzas de seguridad del Estado; de tal forma que el promover cualquier clase de cambio en el sistema, era considerado una actividad subversiva y debía ser reprimida, la consigna … fue mantener el orden establecido (producto de la explotación, la marginación, el sistema político democrático, etc.) a toda costa14 . EntrelasaccionesplanificadasyejecutadascontralosenemigosdelEstado,sedestacaronlasmuertesselectivas, tipificadas en la actualidad como ejecución extrajudicial. Las muertes selectivas fueron implementadas en su mayoría en el municipio de Guatemala. 13 Las patrullas de autodefensa civil fueron entrenadas en combate individual, patrullas, inteligencia, captura e interrogación de prisioneros, uso de armamento y guerra ideológica. Minugua. Ob. Cit. Los linchamientos: un flagelo que persiste. Párrafo 21 14 Rímola Molina. Ob. Cit. Página 82
  • 27. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 27 Las víctimas, quienes propugnaban un cambio de un gobierno militar a uno civil y democrático y el cese de la represión contra la población civil, pertenecían a organizaciones y movimientos estudiantiles, sindicales y populares o se vinculaban con activistas sociales. En las operaciones de inteligencia, la actuación policial resultó esencial en la producción sistemática de información, tarea para la cual contó con una estructura administrativa y funcional amparada legalmente bajo diferentes figuras, entre ellas Cuerpo de Detectives, el Departamento de Seguridad e Inteligencia, el Departamento de Investigaciones Técnicas, Departamento de Investigaciones Criminológicas, la Sección de Inteligencia, la Sección de Investigación Criminal (SIC) (entre otras), las cuales se vincularon directamente con estructuras militares para la ejecución de sus funciones15 . Para el desarrollo de operaciones en la ciudad, se utilizaron personas involucradas en redes delincuenciales y con antecedentes penales, así como informantes civiles y operaciones que infiltraron estructuras organizativas sociales y de la guerrilla, que conformaron los denominados “escuadrones de la muerte”, a través de su actuación se elaboraron listados de potenciales“enemigos”a quienes posteriormente vigiló, dio seguimiento y ejecutó. …los escuadrones de la muerte fueron una fachada para las acciones encubiertas del Ejército y de las Fuerzas de Seguridad. Una de las circunstancias que evidenció lo anterior, fue que los escuadrones pudieron ejecutar a sus víctimas sin temer la intervención de otros agentes del Estado que con harta frecuencia se encontraban presentes en el mismo lugar donde se producían los hechos16 . 2.2 Características de las muertes selectivas durante el conflicto armado interno A. Modus operandi Muertes selectivas Las muertes selectivas se caracterizaron por la extrema crueldad utilizada para su comisión. Se implementaron acciones como el encubrimiento, la eliminación de sobrevivientes o testigos, pasando por el cruel y dramático ocultamiento de cadáveres en cementerios clandestinos que privó a multitud de familias guatemaltecas de la posibilidad de rendir culto a sus muertos17 . 15 Ibíd. Página 43. 16 CEH, Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 689. Jolón Morales, Carlos Estuardo. Noche y niebla en Guatemala. Una aproximación a las ejecuciones arbitrarias en la ciudad de Guatemala y su periferia de 1979 a 1985. Página 89. 17 Ibíd. Párrafo. 1935.
  • 28. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES28 Para la ejecución selectiva de personas, el Estado implementó una serie de estrategias destinadas a mantener en el anonimato a los autores materiales e intelectuales de las muertes, utilizando diferentes medios para ello. El encubrimiento de los crímenes fue común durante el conflicto armado interno, existiendo estructuras en funcionamiento en las instituciones de administración de justicia, que obstaculizaban y frenaban cualquier proceso orientado a la averiguación de la verdad. Entre las tácticas utilizadas se encuentran las amenazas a funcionarios de justicia, el secuestro y asesinato de jueces, así como la existencia de personas responsables de vigilar las actividades de éstos para garantizar que se abstuvieran de realizar acciones tendientes al esclarecimiento de los hechos18 . Casos que ilustran estas situaciones son el asesinato del investigador e intimidación de miembros del Ministerio Público y jueces que tenían a su cargo el caso Myrna Mack, al terminar de rendir su declaración, se le acercó un representante del Ministerio Público y le dijo que acababa de firmar su sentencia de muerte. En efecto, el detective Mérida Escobar inició esta declaración diciendo que temía por su vida. Fue asesinado el 5 de agosto de 1991 cuando se dirigía a la Procuraduría de Derechos Humanos19 . Así también, amenazas, seguimiento y atentados contra el responsable de la investigación del caso Bámaca; entre mayo y agosto de 1995 Arango Escobar recibió presiones, atentados y amenazas en razón de su desempeño como fiscal especial en el caso Bámaca Velásquez. En particular, dicho funcionario fue objeto de seguimientos, atentados con arma de fuego en su lugar de trabajo y amenazas telefónicas. El 2 de agosto de 1995, Arango Escobar renunció a su cargo como fiscal especial del caso20 . Jueces y abogados fueron asesinados con el objeto de paralizar la justicia y toda acción de protección de los derechos humanos y como estrategia para encubrir a los autores materiales e intelectuales de estos crímenes, obstaculizando la investigación criminal, y el juicio y castigo de éstos; provocando la inactividad del sistema de justicia e incrementando sensiblemente los niveles de impunidad en el país21 . Laeliminaciónfísicaylasamenazashaciasobrevivientesy/otestigos,tambiénfueunaprácticaquecontribuyó al encubrimiento de los crímenes22 , ejemplo de ello es lo ocurrido durante la tramitación del caso Carpio Nicolle, donde uno de los investigadores fue asesinado y los testigos fueron objetivo de intimidaciones, para que se abstuvieran de prestar declaración23 . 18 CEH. . Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 1907. 19 Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sentencia Caso Myrna Mack Chang vs. Guatemala. Noviembre 2003. Página 37. 20 Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sentencia Caso Bámaca Velásquez Vs. Guatemala. Noviembre 2000. Párrafo 89. 21 Ibíd. Párrafo 119 22 CEH, Ob. Cit. Capítulo I. Párrafo 588 al 590. 23 Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sentencia Caso Carpio Nicolle Vs. Guatemala. Noviembre 2004. Página 16.
  • 29. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 29 En el caso de la Panel Blanca, el 3 de octubre de 1997 la Comisión Interamericana informó a la Corte que el señor Felicito Oliva Arias, quien rindió testimonio en las audiencias públicas sobre este caso, había sido amenazado de muerte por el señor Oscar Augusto Díaz Urquizú, ex Director de la Guardia de Hacienda de Guatemala, horas después de presentar su testimonio en la sede de la Corte en San José de Costa Rica24 . En los casos de muerte selectiva, era común que los cuerpos de las víctimas fueran abandonados en carreteras, ríos y en general en lugares donde pudieran ser fácilmente ubicados por la población. La CEH registró un total de 23.671 víctimas de ejecución extrajudicial durante el enfrentamiento armado interno, el Ejército fue responsable del 86% del total de ejecuciones arbitrarias. Las PAC fueron responsables del 21%, los Comisionados Militares del 11%. Otras Fuerzas de Seguridad del Estado (Policía Nacional, Guardia de Hacienda y otros), del 4%25 . Encuantoalasmujeres,laejecuciónextrajudicialseatribuye,enalgunoscasos,alavinculaciónalasactividades que realizaban sus esposos u otros familiares. Así también, se calcula que una de cada cinco víctimas de este delito era niño, niña, anciano o anciana. Las víctimas de una ejecución extrajudicial selectiva, recibían amenazas telefónicas, escritas y/o mediante la publicación de sus nombres en listados de enemigos del Estado. En algunos casos, las fuerzas de seguridad del Estado realizaron allanamientos a sus viviendas, y sustrajeron a las víctimas (desaparición forzada), quienes aparecieron con posterioridad sin vida en lugares públicos (ejecución extrajudicial). Así también, se estilaba eliminar a las víctimas en la vía pública en presencia cercana de las autoridades de seguridad, las cuales presenciaban los hechos sin intervenir para evitarlos. Cuando previo a la ejecución extrajudicial se daba una desaparición forzada, los cuerpos sin vida aparecían desnudos en lugares públicos, presentando señales de tortura como: desmembración, mutilación de los genitales, violación sexual, uñas de pies y manos arrancadas, señales de haber sido atadas de pies y manos, quemaduras, señales de asfixia (por estrangulamiento, ahorcamiento, sofocación e inmersión), y con el “tiro de gracia”26 . También se utilizaron ácidos para eliminar cara y huellas dactilares. En general, el modo de matar, el día o las formas de huida quedaban a la elección del especialista encargado del secuestro o asesinato, teniendo en cuenta que debía parecer una acción de delincuencia común o que se dificultara su identificación (por ejemplo, en la oscuridad) en un momento adecuado (sin testigos) y asegurándose que la persona no iba a quedar herida. Éste fue el sistema de numerosos asesinatos de líderes o intelectuales, como Myrna Mack27 . 24 Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sentencia Caso de la Panel Blanca (Paniagua Morales y otros) Vs. Guatemala. Marzo 1998. Párrafo 54 25 Ibíd. Párrafo 1803. 26 Disparo en la base del cráneo o en la sien 27 REMHI. Ob. Cit. Las Ejecuciones. Cometer el efectivo.
  • 30. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES30 Este modus operandi comparte similitudes con las muertes violentas acontecidas en la actualidad, especialmente con los casos de mujeres y la juventud. Muertes colectivas Durante el conflicto armado [interno] el Ejército se inspiró en el conocido concepto maoísta que dice “la guerrilla, apoyada por el pueblo, se desenvuelve dentro de éste como pez en el agua”, y puso en práctica la estrategia de“quitar el agua al pez”, es decir, destruir las comunidades que pudieran apoyar a la guerrilla para que ésta no pudiera sostenerse con el apoyo popular. Así es como el Estado racista planificó, ejecutó y justificó uno de los genocidios más crueles e impunes de América Latina28 . El Plan de Operaciones Sofía29 demuestra que, durante el gobierno de Ríos Montt, en 1982, hubo un plan preconcebido hasta el último detalle para destruir toda señal de vida y convertir en cenizas el Área Ixil, que incluye los municipios de Santa María Nebaj, San Juan Cotzal y San Gaspar Chajul. En estos documentos militares figuran los nombres de los responsables de los crímenes cometidos en la misión de exterminio; los movimientos y los reportes de las patrullas que operaron; los faxes enviados entre los mandos en una cadena que no se rompe; los “éxitos” obtenidos en la arrasada contra las comunidades indígenas y sus bienes30 . El racismo constituyó un elemento fundamental para explicar la saña y discriminación con la que se llevaron a cabo los operativos militares contra las comunidades indígenas del Occidente31 . DeacuerdoalaCEH,en unamasacreconcurrenvariasejecucionesextrajudiciales(másdecinco)caracterizadas por la comisión de graves violaciones a derechos humanos en un mismo acto. Durante las mismas se realizaron torturas, tratos crueles, desapariciones forzadas y violaciones sexuales. En las masacres también se ejecutaron hechos aberrantes como la desmembración y mutilación de cadáveres, así como la destrucción de bienes de personas, comunitarios y destinados al culto. Es este conjunto de hechos el que le otorga significación histórica a las masacres32 . A través del Plan “Sofía”, se puede comprobar, una vez más, no sólo el objetivo de destruir al enemigo interno, sino la naturalización y animalización del mismo, de forma que a la población maya se le cosifica y deshumaniza…33 . 28 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Plan de operaciones Sofía. Guatemala 2004. Página 1. Disponible en: http://www.pazysolidaridad.ccoo.es/ficheros/documentos/33_Qui- tando%20el%20Agua%20al%20Pez.pdf 29 El Ejército entregó a los Tribunales de Justicia los dos primeros una versión más completa que la que había entregado a la Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH), pero decía haber perdido el Plan“Sofía”(POS). A finales del 2009, la analista Kate Doyle recibía una de las veinte copias originales del POS. Ibíd. Página 1. 30 Supra. Página 1. 31 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Ob. Cit. Página 4. 32 CEH. Ob. Cit. Capítulo III. Párrafo 3057. 33 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Ob. Cit. Página 6.
  • 31. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 31 B. Las víctimas En el área urbana En el año de 1966 se registra el primer caso de Desaparición Forzada de dirigentes y militantes del Partido Guatemalteco del Trabajo (PGT). Durante este mismo año, también se registran las primeras Ejecuciones Extrajudiciales de supuestos guerrilleros-comunistas, quienes fueron sometidos a interrogatorios por oficiales del Ejército y posteriormente fueron ejecutados en secreto34 . Durante la década de 1960-1970, se asignan funciones y tareas militares a los Comisionados Militares, incluyéndose la persecución y captura de opositores que fueron acompañadas de métodos de represión y terror (tortura, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales), incorporándose de esta forma en la ejecución selectiva de personas. Fueron víctimas de estas prácticas activistas, sindicalistas y líderes comunitarios, debido a que representaban una amenaza latente por las actividades de concientización y organización social que realizaban. A finales de la década de los sesenta, agentes de Estado iniciaron la ejecución selectiva de líderes sindicales, entre los que destacan Cesar Montenegro Paniagua 1970, Mario López Larrave 1977 y Mario Mujía Córdoba 1978; como parte de la estrategia para frenar el movimiento obrero en Guatemala, considerado una amenaza por el Estado y el poder económico del país35 . Uno de los sectores afectados de manera sensible durante el conflicto armado interno fue el académico- estudiantil.Entresusvíctimasseincluyenmiembrosdeorganizacionesestudiantiles,catedráticosyestudiantes universitarios, así como académicos sin vinculaciones políticas, maestros y estudiantes de educación media, siendo población eminentemente joven. Las acciones represivas y de constante acoso contra el sector académico estudiantil responden al papel activo y constante que jugaron en la organización social para la participación política y para la denuncia de los hechos de violencia que se sucedieron a lo largo del conflicto armado interno. Su participación como actores políticos portadores de demandas populares, determinó que el Estado los considerara enemigos, ya que sus acciones representaban un peligro para los regímenes políticos-militares instaurados que les percibían como una amenaza a sus intereses. 34 CEH. Ob. Cit. Párrafo 416. 35 Ibíd. Párrafo 1974.
  • 32. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES32 Su postura contraria a las acciones militares fue demostrada públicamente a través de actividades como manifestaciones, interposición de acciones legales en defensa de sectores carenciados, organización política y actividades educativo-formativas; acciones tendientes a la articulación de una oposición política real que respondiera a las demandas populares. Laarticulacióndelsectorestudiantilconllevóelapoyoalosmovimientossindicalesypopularesenlabúsqueda de reivindicaciones sociales, …todo este consolidado organizativo de participación general del estudiantado guatemalteco, dio como resultado una génesis político organizativa estudiantil, convencida de integrarse a los procesos políticos que afectaban el país…36 Durante el desarrollo del conflicto armado interno37 , aconteció la muerte de cientos de personas vinculadas al movimiento estudiantil y al sector académico en ataques directos que implicaron su desaparición forzada y/o ejecución extrajudicial y en actividades como manifestaciones, donde se sucedieron enfrentamientos con las fuerzas de seguridad del Estado. La participación estudiantil expresada en el grupo Frente Unido del Estudiantado Guatemalteco (FUEGO) que luego se transformara en la Asociación de Estudiantes de Educación Media38 , y la intervención política de la Asociación de Estudiantes Universitarios (AEU) y la Coordinadora de Estudiantes de Educación Media (CEEM); evidenció una intervención constante del sector estudiantil, como grupo político beligerante y activo de oposición a las acciones represivas impulsadas por los Gobiernos militares. Como respuesta a ello, muchos de sus participantes y líderes fueron brutalmente asesinados, como ejemplifican algunos casos que se enuncian a continuación. El 8 de junio de 1977 es asesinado el académico y abogado laboralista Mario López Larrave y con su muerte, se pone en práctica la represión selectiva de dirigentes sindicales, estudiantiles, profesionales y catedráticos de la Universidad de San Carlos, entre otros39 . El 27 de julio de este mismo año fue capturado y secuestrado en la ciudad capital el dirigente estudiantil Robin Mayro García Dávila40 , encontrándose su cuerpo sin vida una semana después en el interior del país, con señales de haber sido torturado y muerto a martillazos41 . 36 Domingo Cabrera. Ob. Cit. Página 64. 37 Se fija como fecha de inicio del mismo el surgimiento del movimiento el 13 de noviembre de 1960 con el alzamiento de jóvenes militares que luego partieron al exilio. 38 Con la participación de estudiantes de la Escuela Normal Central para Varones, El Instituto Normal Centroamérica (INCA) y el Instituto María Luisa Samayoa Lanuza. Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (Odhag). Era tras la vida por lo que íbamos… Página 47. 39 CEH. Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 1979. 40 Robin García fue miembro de FUEGO y a su ingreso a la Universidad se integró al movimiento estudiantil universitario, conformando el grupo FUERZA. 41 Domingo Cabrera. Ob. Cit. Página 75.
  • 33. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 33 El entierro de Robin García en 1977, constituye la marcha de duelo más grande en la historia de la Universidad de San Carlos. En ella el 5 de agosto más de 50,000 personas acompañaron su ataúd. El entierro, a la vez manifestación silenciosa, paralizó el tránsito en la ciudad. García, apenas terminando su adolescencia, se convirtió en uno de los principales mártires del movimiento estudiantil. En 1978 se hizo símbolo del movimiento revolucionario, cuando su nombre fue adoptado por el Frente Estudiantil Revolucionario“Robin García”–FERG–42 . Al año siguiente (1978) Oliverio Castañeda de León, secretario general de AEU es asesinado el 20 de octubre al finalizar la marcha conmemorativa de la Revolución de 1944, después de un mitin en el que figuraba como orador43 . Durante su participación político-estudiantil Oliverio Castañeda de León encabezo protestas por las masacres ocurridas en el interior del país y protestas contra el aumento al precio del pasaje urbano que conllevaron a una huelga que paralizó la ciudad capital durante más de 15 días. La AEU lleva su nombre como homenaje a su lucha reivindicativa. Otro sector objetivo de esta práctica es el representado en los partidos políticos de la época, teniendo la misma finalidad que en el caso del sector sindical, universitario y profesional desarticular los movimientos y organizaciones ejecutando a sus líderes y militantes de base; con ese fin sucedieron numerosas ejecuciones arbitrarias de militantes de partidos políticos, particularmente, del Partido Guatemalteco del Trabajo (PGT), la Democracia Cristiana (DC), el Partido Revolucionario (PR) y el Frente Unido de la Revolución (FUR)44 . A principios de la década de los ochentas el perfil de las víctimas de muertes selectivas comenzó a ampliarse en la ciudad capital a grupos cuya existencia fue considerada indeseable, siendo víctima la niñez de la calle. Entre 1982 y 1983, el Ejército y la Policía Nacional recogía niños y niñas de la calle para torturarles… algunos eran ejecutados45 . En 1989, con la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de la dirigencia estudiantil representada en la AEU, se debilita aún más la participación del movimiento estudiantil. Las muertes de políticos, sindicalistas, académicos y líderes estudiantiles disminuyeron sensiblemente la fuerza del movimiento organizado de oposición a las acciones impulsadas desde los gobiernos militares. En los noventas se operan cambios importantes en la esfera político-nacional que marcan el inicio de las conversaciones para el cese del conflicto armado interno, aunque caracterizados al igual que los anteriores, por acciones contra dirigentes estudiantiles, sindicales y sociales. Como se mencionó, uno de los casos que ilustra estas acciones es el asesinato de la Antropóloga Myrna Mack Chang en septiembre de 1990 a manos de agentes del Ejército, caso paradigmático que fue condenado a nivel nacional e internacional. 42 Odhag Ob. Cit. Era tras la vida por lo que íbamos...Página 53. 43 Ibíd. Páginas 56 y 57. 44 Ibíd. Párrafo 1989. 45 Samayoa, Claudia y Aguilar, Arturo. Deudas de la transición: ejecuciones extrajudiciales de personas estigmatizadas. Página 94.
  • 34. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES34 En esta década se incluyen otros perfiles en la persecución y eliminación de personas, sumándose grupos por considerárseles“indeseables”más que por atentar contra el“orden militar”, como fue el caso de la niñez de la calle en los ochentas, ampliándose nuevamente el perfil de las víctimas de ejecución extrajudicial. En tal sentido, se conoce de la desaparición y asesinato de niños de la calle, responsabilizándose a elementos de las fuerzas de seguridad del Estado de estos hechos. La Policía Nacional, en abierto abuso de poder desapareció forzosamente y ejecutó a varios de ellos, hecho probado en la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Niños de la Calle (Villagran Morales y otros) vs. Guatemala46 , en el cual se declara la responsabilidad del Estado de Guatemala basándose en las numerosas y concurrentes evidencias de la participación de agentes de Estado (agentes de la Policía Nacional), en el asesinato de Henry Giovanni Contreras, Federico Clemente Figueroa Túnchez, Julio Roberto Caal Sandoval, Jovito Josué Juárez Cifuentes y Anstraum Aman Villagrán Morales. En el mes de abril de 1992, el escuadrón denominado Hunapú (conformado por la Policía Nacional y la Guardia de Hacienda) ejecuta al estudiante universitario Julio Cuc Quim y deja heridos a otros siete en las cercanías del Paraninfo Universitario durante las actividades previas al Desfile de la Huelga de Dolores de ese año47 . Los ataques, la represión y la persecución contra el movimiento estudiantil es una constante durante el conflicto armado interno, de tal forma que previo a la suscripción del acuerdo de paz firme y duradera, el 11 de noviembre de 1994 es atacado Mario Alioto López Sánchez, estudiantede la Facultad de Derecho de la USAC, quien muere en el hospital por desangramiento a raíz de los golpes provocados por agentes de la policía tras ser baleado y capturado durante una protesta contra la alza en la tarifa del transporte en la entrada a la Ciudad Universitaria48 . Las ejecuciones arbitrarias jugaron un papel fundamental y ayudaron a establecer un amplio control social, que destruyó la oposición al sistema, ya fuera por la eliminación misma, el exilio o por el temor a represalias que limitó a los individuos a cualquier vinculación a alguna causa social que pudiera ser juzgada como irreverente ante el gobierno49 . En el área rural En Estados pluriétnicos y pluriculturales, donde existen minorías étnicas o mayorías minorizadas, como Guatemala, y donde el racismo ocupa un lugar primordial en la estructura social, en la ciencia y en la estructura de poder, éstas prácticas, actitudes y manifestaciones contribuyen a la ejecución de actos y prácticas sociales de genocidio, existiendo una relación directa entre racismo y genocidio50 . 46 Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Sentencia caso de los“Niños de la Calle”(Villagrán Morales y otros) Vs. Guatemala. Noviembre 1999. 47 CIDH. Casos Guatemala. 48 Kobrak, Paul. En pie de lucha. Organización y Represión en la Universidad de San Carlos de Guatemala, 1944 a 1996. Anexo I. 49 Jolón Morales. Ob. Cit. Página 89. 50 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Ob. Cit. Página 4.
  • 35. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 35 En el contexto del conflicto armado interno se desarrollaron operaciones militares con el fin de exterminar a la población indefensa, actos denominados masacres51 , especialmente durante el período que va de junio de 1981 a diciembre de 1983. El exterminio de la población indígena fue, sin duda, obra del Ejército y de la élite de poder durante la fase más álgida de la guerra, que costó la vida, según la CEH, a más de 200.000 personas, de las cuales más del 83% eran mayas, provocando actos de genocidio contra la población indígena52 . Esta violencia tuvo un trasfondo racista, en la medida en que se trató de exterminar al pueblo maya, declarándolo enemigo interno, hecho documentado en las conclusiones y recomendaciones de la CEH. Los líderes locales y comunitarios, muchos de ellos antiguos agraristas53 y miembros de ligas campesinas, fueron objetivo de muertes selectivas, debido a que eran considerados la base social del movimiento insurgente, y por tanto enemigos del Estado. Entre las víctimas se cuentan agricultores, jornaleros, mozos colonos, trabajadores de fincas y demás pobladores de las comunidades rurales54 . Así también, se presentaron como una amenaza y fueron considerados enemigos varios miembros del sector religioso, contándose entre las víctimas sacerdotes, catequistas y fieles integrados en las organizaciones de base de la iglesia. Elnúmerodecatequistasasesinadossuperaalossacerdotes,yaquelosprimeroseranpartedelascomunidades y orientaban sus acciones y esfuerzos a tratar de aliviar materialmente la pobreza y el sufrimiento de la población, alentando a las personas a organizarse para defender sus derechos55 . En varias aldeas, los soldados, los comisionados o los patrulleros, empleando listas de nombres, buscaban a los catequistas a quienes imputaban su pertenencia a la guerrilla. Éstos fueron perseguidos en las iglesias, puestos de trabajo o en sus casas, siendo torturados y/o ejecutados de forma cruel, frecuentemente delante de sus vecinos56 . Del total de violaciones contra los derechos humanos que afectaron a la vida y a la integridad física, el 70% se cometieron contra mayas y solo el 10% contra ladinos; en cuanto a víctimas registradas, el 89% fueron maya hablantes y procedieron de municipios mayoritariamente indígenas y de los pueblos: K´iche´, Q’eqchi’e y Kakchiquel. 51 La CEH estableció que una masacre es la ejecución arbitraria de más de cinco personas, realizada en un mismo lugar y como parte de un mismo operativo, cuando las víctimas se encon- traban en un estado de indefensión absoluta o relativa. Capítulo II. Párrafo 3058 52 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Ob. Cit. Página 5. 53 Que buscaban beneficiarse de la reforma agraria impulsada por el denominado Gobierno de la Revolución (1944-1954) 54 El 42% del total de víctimas identificadas y registradas por la CEH corresponde a este sector 55 Ibíd. Capítulo II. Párrafo 1967. 56 Supra. Párrafo 1971.
  • 36. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES36 El pueblo K’iche’ fue el más afectado, habiendo sufrido el 25% de las ejecuciones arbitrarias en masacres, seguidos por los Kaqchikel (14%), los Ixil (13%), los Q’eqchi’e (11%), los Achi (8%), los Mam (6%) y los Chuj (5%). El 7% de las víctimas ejecutadas en masacres eran ladinos57 . Algunas de las masacres cometidas durante este período en Guatemala, permiten comprobar cómo en las formas de violencia (tortura, aniquilación en contra de las mujeres, niños e indígenas) hubo una planificación y estrategia previa desde el alto mando, una intencionalidad diseñada desde la cúpula militar destinada a exterminar físicamente a un pueblo y a su descendencia58 . En estos hechos, el 23% de las víctimas fueron mujeres frente a un 77% de víctimas hombres. Del total de víctimas con edad conocida, los niños conforman el 20% de las personas muertas por ejecución extrajudicial arbitraria durante el conflicto armado interno59 . C. Los victimarios El Ejército De acuerdo al informe de la CEH, el Ejército es responsable del 85% de las violaciones a los derechos humanos registradas cuyas víctimas mayoritariamente, pertenecían a la población maya residente en el altiplano del país. Estas operaciones se enmarcaron en la lucha contrainsurgente y respondieron a planes de operaciones elaborados con el fin de combatir al “enemigo interno”, estos delitos en su mayoría fueron cometidos entre 1980 y 1984; acciones que se enmarcan dentro del Plan de Operaciones Sofía y el Plan Victoria 82. Enlosañosquevandesde1980a1984,elEjércitoconcentrósustropasenelterritoriooccidentaldeGuatemala para quitar lo que consideraba la potencial base civil de la guerrilla60 . Las Patrullas de Autodefensa Civil (PAC) De acuerdo a la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala (Minugua)61 , las patrullas de autodefensa civil fueron entrenadas [por el Ejército] en combate individual, patrullaje, inteligencia, captura e interrogación de prisioneros, uso de armamento y guerra ideológica. 57 CEH. Ob. Cit. Capítulo II. Párrafos 3080 y 3081. 58 Confederación Sindical de Comisiones Obreras. Ob. Cit. Página 6. 59 Supra. Párrafos 2376 y 2491. 60 Méndez, Luis. Guatemala: la persistencia del terror estatal. Disponible enhttp://www.herramienta.com.ar/revista-herramienta-n-27/guatemala-la-persistencia-del-terror-estatal 61 Minugua. Ob. Cit. Linchamientos: un flagelo que persiste.Párrafo 21
  • 37. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 37 Entrenamiento que sirvió para la ampliación de las fuerzas armadas, y facilitó el involucramiento de la población civil en los enfrentamientos. El Ejército reclutó y entrenó a más de un millón de Patrulleros Civiles62 . A las PAC se les atribuye el 18% de las violaciones a derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno, y a pesar de haber sido desarticuladas luego de la suscripción de los acuerdos de paz, las patrullas aún continúan articuladas y funcionando en el interior de la República, y se encuentran exigiendo una remuneración por los“servicios”que prestaron al Estado durante el conflicto armado interno. Los Comisionados Militares La figura de los comisionados militares fue creada el 9 de julio 1938 mediante Acuerdo Gubernativo, con el fin de realizar citaciones, reclutamientos, capturas de delincuentes…, y en general [cumplir] con comisiones del ramo de guerra63 . Durante el conflicto armado interno, los comisionados tuvieron una participación activa en las operaciones militares de lucha contrainsurgente, gozando de total impunidad. Posterior a la creación de las PAC, los jefes de éstas fungieron como comisionados militares. A los comisionados militares se les atribuye el 11% de las violaciones a derechos humanos y hechos de violencia durante el conflicto armado interno. La Policía Nacional (PN) Los operativos implementados por la PN durante el conflicto armado interno, contaron con una elaborada construcción y con recursos suficientes para su ejecución. Estas situaciones se evidencian en la eliminación selectiva de personas realizada en la ciudad capital, donde muchas de las personas ejecutadas habían sido controladas durante largos períodos de tiempo. De acuerdo a la CEH, el 4% de las violaciones a derechos humanos y hechos de violencia fueron ejecutados por otras fuerzas de seguridad, entre ellas la disuelta Policía Nacional. La planificación de estas acciones fue realizada al más alto nivel jerárquico de la estructura militar, donde se establecía quienes eran los enemigos y cuáles eran las formas de neutralizarlos; quienes ejecutaban estas acciones contaban con un entrenamiento específico para ello64 . El componente ideológico fue fundamental para la ejecución de las operaciones contrainsurgentes; para ello, el Ejército se valió de un fuerte adoctrinamiento en la formación de oficiales, quienes transmitían estos conocimientos e ideologías a sus subalternos en la institución castrense y a otros estratos sociales. Durante 62 Ibíd. 63 CEH. Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 1193 al 1195. 64 CEH. Ob. Cit. Capítulo II.Párrafos 930 y 3126.
  • 38. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES38 la formación ideológica fue fundamental la participación de guatemaltecos en la Escuela de las Américas ubicada en Panamá, luego en centros de entrenamiento en Estados Unidos, y finalmente en centros de formación académico-militar creados en Guatemala65 . En la actualidad, el descubrimiento y estudio del Archivo Histórico de la PN ha proporcionado información sobre la forma en la cual operaba la inteligencia“civil”del Estado. D. Respuesta del Estado Una de las estrategias de los autores intelectuales de estos hechos, era culpabilizar de forma casi inmediata como responsables de estas acciones a estructuras de crimen o de cuerpos clandestinos de seguridad sobre los cuales “no tenían control”; obstaculizando de esta forma procesos de investigación. Asimismo, el silencio impuesto en el interior del país les permitió actuar impunemente. La mayoría de las ejecuciones arbitrarias cometidas por agentes del Estado y por grupos paramilitares, se complementaron con otros actos y maniobras orientadas a evitar o entorpecer la investigación de los jueces, intensificando el clima de impunidad. El terror generalizado antes descrito, creó una situación de intimidación masiva tal que una investigación seria de las actuaciones de las fuerzas contrainsurgentes era poco probable. Familiares de las víctimas abrumadas por el miedo, no buscaron a las autoridades encargadas de investigar las ejecuciones arbitrarias; y éstas a su vez, en los pocos procesos que tenían asignados, no respondieron con investigaciones adecuadas. Actividades estrechamente asociadas a la práctica de ejecución arbitraria fueron implementadas para ocultar la identidad de los autores y de las víctimas, facilitando la virtual impunidad con que obraron los agentes del Estado66 . El terror que se desató durante los Gobiernos militares desestructuró las organizaciones sociales, políticas y profesionales existentes, afectando la administración de justicia. Jueces y abogados fueron asesinados con el objeto de paralizar la justicia y toda acción de protección a los derechos humanos así como para encubrir a los autores materiales e intelectuales de estos crímenes, obstaculizando la investigación criminal, el juicio y el castigo de éstos; lo cual provocó la inactividad del sistema de justicia e incrementó e institucionalizó la impunidad en el país. A su vez, la omisión del sistema judicial en operar los recursos de exhibición personal y poner freno al abuso de poder, se tradujo en complicidad respecto a sostener una apariencia de legitimidad para el nuevo régimen contrainsurgente y contribuyó al incremento de la violencia e impunidad67 . 65 CEH. Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 769 y; http://telesurguatemala.blogspot.com/2010/03/la-escuela-de-las-americas-la-escuela.html 66 CEH. Ob. Cit. Capítulo II. Párrafo 1907 67 Ibíd. Capítulo I.Párrafo 420.
  • 39. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 39 3. Violencia post-conflicto Posterior a la firma de los acuerdos de paz, la presencia y el mandato de Minugua, es ampliado con el fin de verificar la implementación y cumplimiento de los acuerdos alcanzados entre el Estado de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG); y para monitorear e informar acerca de la situación de respeto a los DDHH en Guatemala68 . También es instalada la Comisión del Esclarecimiento Histórico, la cual elabora y publica el informe Guatemala: Memoria del Silencio, como parte de los compromisos asumidos en los acuerdos. Adicionalmente, la Iglesia Católica implementa el Proyecto para la Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI), que cual elabora y publica el informe Guatemala: Nunca Más. Ambos informes registran los horrores del conflicto armado interno69 . La suscripción de los acuerdos de paz fortalece la apertura para la denuncia y persecución penal de casos que implican graves violaciones a derechos humanos en el ámbito nacional, y la agilización de casos tramitados ante la justicia internacional; de tal forma que en el año 1998 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dicta sentencia en el Caso de la“Panel Blanca”(Paniagua Morales y otros) Vs. Guatemala; en 1999 dicta sentencia en el Caso de los “Niños de la Calle” (Villagrán Morales y otros) Vs. Guatemala. En ambos casos condena al Estado de Guatemala por crímenes de lesa humanidad en los cuales tuvieron participación directa agentes de las fuerzas de seguridad del Estado, en desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales70 . A finales de la década de 1990 y principios de la década del 2000, se intensifican los secuestros, linchamientos y ejecuciones extrajudiciales de niños y niñas de la calle, y se implementa la práctica denominada “limpieza social”orientada a la eliminación física de pandilleros y supuestos pandilleros, justificando estos hechos en la necesidad de imponer orden y combatir la delincuencia, ante la inactividad del Estado y su poca capacidad de brindar seguridad a la población, argumentando que “se aplica justicia por mano propia”. Muchas de las muertes violentas de la post-guerra revisten características de las arbitrariedades y atrocidades cometidas durante el enfrentamiento armado. Quienesrealizaronestetipodehechos,sevalierondelosconocimientosaprendidosdurantesuentrenamiento en las fuerzas armadas para la ejecución de los mismos. 68 Minugua fue creada de conformidad con lo dispuesto en la resolución 48/267 de la Asamblea General, de 19 de diciembre de 1994. Minugua se estableció con el mandato de verificar el cumplimiento del Acuerdo global sobre derechos humanos, firmado por el Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) en México, D.F., el 29 de marzo de 1994 (A/48/928-S/1994/448, anexo I) 69 En abril de 1998 es asesinado Monseñor Juan Gerardi Conedera, director del proyecto REHMI; muerte por la cual son condenados miembros del Ejército guatemalteco. 70 CIDH. Casos Guatemala.
  • 40. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES40 El ex presidente Álvaro Arzú, en declaraciones públicas realizadas en agosto (de 1996) afirmó que la industria del secuestro involucra tanto a militares como a políticos y otros civiles. Por su parte, informes de Minugua sostenían que agentes del Estado, en conexión con ex agentes estatales y civiles, operan en amplias redes del crimen organizado71 , prácticas mantenidas a la fecha72 . Encuantoalfenómenodeloslinchamientos,Minuguaregistróuntotalde421casosdeenero1996adiciembre de 2001, de los cuales 215 víctimas fueron mortales y 622 personas heridas73 . De acuerdo a Minugua, en las comunidades donde se documentaron los hechos, los modelos de convivencia y la distribución del poder social que existía fueron destruidos a causa del conflicto armado interno y cuando sucedieron los hechos aún no había dado inicio la reestructuración del tejido social, ni de los modelos de convivencia o de gestión de conflictividad social. Además, el informe agrega que estas comunidades fueron militarizadas en su totalidad. Con la implantación deestructurascivilescontrainsurgentes,sedesestructuróelsistemadeautoridadlegítimodelascomunidades, y se impidió el uso de sus propias normas y procedimientos para regular la vida social y resolver conflictos. Se impuso un modelo social militarizado, tanto por la influencia del Ejército como de la guerrilla, que valoró las conductas agresivas y defensivas y el verticalismo jerárquico, en lugar del diálogo democrático y la construcción de consensos74 . Minugua también constató que, la forma en la cual se instigan o ejecutan los linchamientos se utilizan procedimientossimilaresalosaplicadosenelconflicto,atendiendoaquesedesarrollancongranensañamiento y en forma pública, con impunidad de los perpetradores, existiendo linchamientos planificados. La Misión documentó casos en los cuales el motivo que justificaba estas acciones era totalmente falso y tras él se escondían otros intereses, mostrando el nivel de manipulación alcanzado75 . De la misma forma, la Oficina del Procurador de los Derechos Humanos (PDH) documentó 579 linchamientos de enero 2004 a junio 2011, registrando 798 personas heridas y 251 víctimas mortales76 . Esta situación demuestra el traspaso de culturas violentas, mayormente en las comunidades donde la práctica se mantiene, lugares en los cuales ex comisionados militares y ex patrulleros civiles son actualmente“líderes comunitarios”. 71 CEH. Caso ilustrativo 103; Misión de Verificación de las Naciones Unidas para Guatemala (Minugua). Sexto Informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la verificación de los Acuerdos de Paz en Guatemala Junio 2001.Párrafo 62. 72 En el 2012 han sido detenidos más de 15 policías y 5 miembros del Ejército acusados de participar directamente en secuestros. 73 Minugua. Ob. Cit. Linchamientos un flagelo contra la dignidad humana.Página 2.Linchamientos un flagelo que persiste. Página 2. 74 Ibíd. Párrafo 10. 75 Minugua. Ob. Cit. Linchamientos un flagelo que persiste.Páginas 4 y 5 76 Oficina del Procurador de los Derechos Humanos (PDH). Muerte violenta por linchamientos, casos y víctimas a junio 2011.
  • 41. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 41 En cuanto a los casos de niñez “de y en la calle”, en el año 200077 , la organización Casa Alianza presentó ante la CIDH seis casos de niños de la calle asesinados entre 1990 y 1994, algunos de ellos brutalmente torturados y cuyas muertes nunca fueron suficientemente investigadas por las autoridades guatemaltecas78 . De acuerdo a Minugua, el sustancial aumento de las amenazas de muerte durante la estadía de la Misión en Guatemala, se atribuye principalmente a la Policía Nacional Civil (PNC) y personas relacionadas con el Ejército79 ; destacando el hecho de que el uso desproporcional de la fuerza por la PNC durante interrogatorios fue la causa más recurrente de las Ejecuciones Extrajudiciales80 . En este informe Minugua reporta la documentación de casos de tratos crueles, inhumanos y degradantes, tortura, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales cometidas por miembros de la PNC, específicamente de la Sección de Investigación Criminal (SIC)81 . También reporta: La difícil situación de la Policía Nacional Civil es uno de los problemas más serios del proceso de paz. La actitud constante de negligencia que existe desde 1998 ha transformado la institución responsable de garantizar la seguridad pública en la principal fuente de violaciones de los derechos humanos que hay en el país en la actualidad. La Misión confirmó la responsabilidad policial en siete ejecuciones extrajudiciales (y un intento de asesinato) en 1998. Estas cifras ascendieron a 20 muertes (con dos intentos de asesinato) en 1999, 16 muertes (y 18 intentos de asesinato) en 2000, 40 muertes (y 19 intentos de asesinato) en 2001, y 43 muertes (y 10 intentos de asesinato, con 10 casos aún bajo investigación) en 2002. MINUGUA también ha verificado un promedio de 66 casos de tortura y 165 casos de malos tratos y uso excesivo de la fuerza al año entre 1999 y 2002. Además, la Misión recibe cada vez más información sobre la participación policial en actividades de corrupción, narcotráfico, delincuencia organizada y limpieza social en todo el país82 . A raíz de la inminente finalización del mandato de Minugua en el país, en 2002 la labor de monitoreo de la situación sobre Derechos Humanos en Guatemala es asumida por la Oficina del Procurador de los Derechos Humanos, quien publica anualmente el Informe Anual Circunstanciado de la Oficina del Procurador de los Derechos Humanos (PDH). 77 En enero del año 2000, asume la presidencia Alfonso Portillo nominado por el Frente Republicano Guatemalteco (FRG), partido político que albergaba entre sus máximos dirigentes a el ex general José Efraín Ríos Montt, jefe del gobierno defacto de 1982-1983 quien fungió como diputado al Congreso Nacional de la República durante tres períodos (1996- 2000; 2000-2004 y 2008-2012). 78 CIDH. Comunicado de Prensa 2/00. Disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados.asp 79 Ibíd. Párrafo 32. 80 Supra. Párrafo 27. 81 Minugua. Ob. Cit. Sexto Informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la verificación de los Acuerdos de Paz en Guatemala.Derecho a la integridad personal y a la vida. 82 Misión de Verificación de las Naciones Unidas (Minugua). Decimocuarto Informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la verificación de los Acuerdos de Paz. Noviembre 2003. Párrafo 25.
  • 42. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES42 EL ESTADO DE GUATEMALA Y LOS CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD CAPÍTULO 2
  • 43.
  • 45. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 45 1. Los crímenes de lesa humanidad La definición de lo que hoy conocemos como crímenes de lesa humanidad, es una construcción desarrollada a través del juzgamiento de graves violaciones a derechos humanos cometidas por los Estados miembros de las Naciones Unidas (UN) en tiempo de guerra o de conflicto armado interno; lo cual ha sido posible a través de la instalación de Tribunales Militares y/o de Derecho Penal Internacional. Estas instancias se han constituido como mecanismos idóneos para el juzgamiento y castigo de crímenes de lesa humanidad ante la inactividad de los sistemas judiciales en cada país y como garantía de que tales hechos no quedarán impunes. Los crímenes de lesa humanidad se han caracterizado por la extrema crueldad utilizada para su comisión, lo irracional de sus motivaciones y la indefensión de las víctimas ante tales ataques, situaciones que afectan a la humanidad en su conjunto y no solo a las poblaciones que han sido víctimas directas de los ataques. En estos casos, ha sido común la participación de los Estados como autores intelectuales y materiales a través de las fuerzas armadas; o bien se constituyen en autores por omisión al no actuar en defensa de la población, ignorando y obviando su obligación de protección como parte del cumplimiento de sus deberes. Elincumplimientodeldeberdeprotecciónylaejecucióndeactosconstitutivosdecrímenesdelesahumanidad por parte de los Estados es uno de los elementos a tomar en cuenta para identificar acciones que configuran los crímenes de lesa humanidad, atendiendo a que el Estado es el obligado a proteger, garantizar y defender la vida y la integridad de sus habitantes, y en los crímenes de lesa humanidad, es quien ha violentado tales derechos, llegando al punto de casi exterminar pueblos y naciones enteras, tal y como ocurrió en el caso guatemalteco. El primer tribunal internacional de crímenes de lesa humanidad es el Tribunal Militar Internacional de Núremberg, creado el 06 de octubre de 1945. El mismo tuvo como objetivo el enjuiciamiento y la sanción de los principales criminales de guerra del eje europeo, siendo en su mayoría alemanes nazis involucrados en el exterminio judío ocurrido en Europa durante la Segunda Guerra Mundial. El segundo tribunal creado fue el Tribunal Penal Militar Internacional del Lejano Oriente, conocido también como Tribunal de Tokio. Ante él se desarrollaron los juicios de Tokio, organizados contra los imputados de los crímenes recogidos en el Estatuto o Carta de Londres suscrita el 8 de agosto de 1945. La jurisdicción del mismo fue exclusiva para Japón, realizando juicios contra individuos particulares, miembros del ejército y de la administración japonesa involucrados en la Segunda Guerra Mundial.
  • 46. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES46 El 08 de noviembre de 1994 fue creado por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR), con el fin de perseguir, arrestar, juzgar, condenar y ejecutar a los autores o promotores del genocidio ruandés. La temporalidad de los hechos competencia delTPIR se comprende entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 1994. También se conoce de la existencia y funcionamiento del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) establecido por resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el 25 de mayo de 1993, siendo su nombre oficial Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la exYugoslavia desde 1991. ElTPIY tuvo jurisdicción internacional para perseguir y procesar a personas naturales (no organizaciones públicas o privadas). Y más recientemente, se estableció la Corte Penal Internacional (CPI) bajo el Estatuto de Roma, creado por la necesidad de contar con un tribunal internacional permanente con jurisdicción a nivel mundial y con la capacidad de investigar, perseguir y juzgar crímenes de lesa humanidad. La CPI fue establecida el 17 de julio de 1998 en Roma-Italia. Adicionalmente existen Tribunales Regionales o de Organizaciones Regionales, entre los cuales se cuentan: • El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, creado en 1950, el cual conoce los asuntos relativos a la interpretación y aplicación de la Convención Europea de Derechos Humanos. • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, creado en 1957, su competencia ratione materiae83 es obligatoria en la mayoría de los casos y más diversificada que otro tribunal internacional. La legitimación no corresponde sólo a los Estados, sino a órganos comunitarios y a particulares. La solución de controversias es sólo una de sus funciones. • LaCorteInteramericanadeDerechosHumanos,creadaporlaConvenciónAmericanasobreDerechos Humanos en 1969. Su competencia material es especializada y sólo es aplicable a los Estados que son parte de la Convención promulgada por la Organización de Estados Americanos (OEA). • El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (CAN), creado en 1979 mediante la suscripción del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena, su función es ejercer control de legalidad sobre las actuaciones judiciales de los países miembros e intervenir cuando le sea requerido para la solución de controversias derivadas de: acción de nulidad, acción de incumplimiento, interpretación prejudicial, el recurso por omisión o inactividad, la función arbitral y la acción laboral84 . 83 Por razón de la materia 84 Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Disponible en: http://www.comunidadandina.org/Seccion.aspx?id=29&tipo=SA&title=tribunal-de-justicia-de-la-comunidad andina.
  • 47. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 47 Los cinco estatutos (Núremberg, Tokio, ex Yugoslavia, Ruanda y Roma) establecen los hechos que deberán ser considerados crímenes de lesa humanidad, delimitación que ha sido construida tomando en cuenta las consecuencias de las acciones que dieron origen a los estatutos, mismas que fueron descubiertas luego de finalizados los conflictos. El Estatuto de Núremberg y su protocolo dieron lugar a la creación del primer Tribunal Militar Internacional, brindando la definición de lo que se entenderá por crimen de lesa humanidad: CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD es decir, el asesinato, el exterminio, esclavitud, la deportación, y otros actos inhumanos cometidos contra cualquier población civil, antes o durante la guerra, o las persecuciones por las razones persecución política, racial o religiosa, o cuando estos atenten, o constituyan una violación del derecho interno del país donde se ha perpetrado, o cualquier crimen de la competencia del Tribunal o que esté en relación con estos delitos. Sin embargo, el Estatuto de Roma no realiza una definición exacta de los crímenes de lesa humanidad, únicamente los regula en su artículo siete, en el cual incluye el asesinato (ejecución extrajudicial) y la desaparición forzada como crímenes de lesa humanidad, cuando sean cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque. 1.1 El deber y obligación de cuidado del Estado de Guatemala ElEstadodeGuatemala,comocualquierotroEstado,tieneeldeberylaobligacióndeprotegerasushabitantes ante cualquier amenaza que ponga en riesgo su vida e integridad física y mental. Para ello, el Estado debe asumir medidas de protección eficaces ante las acciones de particulares que amenacen o vulneren el derecho a la vida de quienes habitan y coexisten en su territorio; así como medidas que permitan ejercer un control efectivo sobre el uso de la fuerza letal por parte de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de sus funciones, para que las acciones realizadas por el Estado a través de sus funcionarios se ajusten a los parámetros internacionalmente reconocidos. La CIDH ha determinado el alcance de estas obligaciones basándose en el artículo 27 de la Convención Americana, estableciendo que el derecho a la vida no es un derecho derogable. En consecuencia, los Estados no pueden, ni siquiera en tiempo de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado, adoptar medidas que suspendan la protección del derecho a la vida85 . 85 Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos. Párrafo 107.Disponible en: http://www.cidh.org/countryrep/seguridad/se- guridadv.sp.htm#_ftnref135
  • 48. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES48 El Estado tiene la obligación de prevenir, mediante la investigación, enjuiciamiento y sanción, la comisión de acciones que puedan implicar violaciones al derecho a la vida, principalmente aquellas ejecutadas por agentes estatales, atendiendo a los altos niveles de impunidad con respecto a las ejecuciones extrajudiciales cometidas por éstos bajo el fenómeno del “ajusticiamiento” de presuntos delincuentes, en el marco del supuesto“resguardo de la seguridad ciudadana”86 . En cuanto al caso específico de las niñas y mujeres víctimas de violencia, de acuerdo con la obligación del Estado debe actuar con debida diligencia para impedir la violencia y proteger a este grupo vulnerable, debe garantizar primordialmente la prevención, y cuando esto no sea posible, la investigación, enjuiciamiento y sanción de los autores de actos violentos contra este sector vulnerable e indemnizar a las víctimas de la violencia87 . Como es evidente, el Estado de Guatemala ha incumplido con el deber y obligación de cuidado que le corresponde de forma reiterada e injustificada, actuando como victimario en casos de graves violaciones a derechos humanos, a través de la comisión de crímenes de genocidio, desaparición forzada y ejecución extrajudicial, aunque recientemente en el ámbito internacional también se discute sobre las implicaciones que para los Estados tiene la ejecución de crímenes de odio. 1.2 La construcción de un nuevo enemigo, las potenciales víctimas de crímenes de lesa humanidad De la cifra de muertes violentas en Guatemala, es importante resaltar aquellas muertes que tienen una intencionalidad específica, además de tener características comunes, ya sea por el perfil de las víctimas, el perfil de los victimarios, el móvil de la muerte o por el contexto en el que ocurren. En el capítulo anterior se describe, a grandes rasgos, la justificación de la eliminación física de personas en forma selectiva por parte del Estado guatemalteco, destacando el asesinato a manos de fuerzas estatales de aquellas personas que exigían la transformación de un modelo social excluyente y discriminador que continua vigente, a quienes se les consideró “enemigos de Estado”; dando inicio en este contexto la ejecución de crímenes de odio, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales. La justificación de la eliminación física de personas bajo la construcción de la figura del“enemigo del Estado y la sociedad que desea implantar el comunismo”es sólo un reflejo del impulso de las acciones que responden 86 Ibíd.Párrafo 108. 87 Supra. Párrafo 110.
  • 49. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 49 al etiquetamiento de personas como indeseables, desviadas y/o antisociales; elaborada y aplicada con el objetivo de mantener el orden social dominante, situación que continua en la actualidad, amparándose en la posición teórica del“derecho penal del enemigo”(DPE) que busca castigar penalmente personas por el hecho de ser consideradas peligrosas, desviadas y/o antisociales. Esta nueva noción de enemigo puede ser entendida, de acuerdo con Jakobs, como el individuo que ha abandonado una forma de vida lícita y socialmente aceptable88 , así como las normas y reglas que plantea el Derecho, no sólo de manera incidental sino en forma presuntamente permanente y duradera, haciendo de la comisión de hechos delictivos y/o desviados su modo de vida; y por tanto, su comportamiento personal no garantiza el mínimo cognitivo de seguridad. Ello implica que no es posible tener certeza si sus acciones se ajustarán a los estándares y normas socialmente establecidas; teniendo el Estado en estas conductas una justificación para limitar las garantías y endurecer las penas89 ; enviando con ello el mensaje de no encontrarse“hablando con sus ciudadanos”sino“amenazando y combatiendo”a sus enemigos90 . Sumado al etiquetamiento basado en las construcciones emanadas de la DSN y DPE; encontramos la figura del “potencial delincuente” como una nueva forma de enemigo del Estado, la cual incluye otros grupos sociales a quienes perseguir, combatir y neutralizar; grupos comúnmente integrados por personas cuyos comportamientos, acciones y estilos de vida no constituyen hechos delictivos, sin embargo, de acuerdo a la percepción social, los patrones de conducta que expresan deben ser eliminados por ser considerados “desviados y/o antisociales”. En tal sentido, la sociedad busca neutralizar, controlar y reformar formas de vida, formas de ser y actividades sociales por considerar que las mismas no deberían existir, ya sea porque: 1. Contradicen concepciones religiosas o moralistas (como puede ser el caso de la Comunidad GLBTTTI91 ), 2. No pueden controlarse a sí mismas ya que“no saben lo que les conviene”(como ha sucedido a lo largo de nuestra historia con los pueblos indígenas, las mujeres y las personas empobrecidas), 3. Sus comportamientos no se ajustan a lo“socialmente aceptado”, como podría ser el caso de las nuevas expresiones y culturas juveniles92 , o 4. Porque representan las carencias y resultados de una sociedad indiferente y excluyente, que marginaliza a grandes sectores de la población93 . 88 Cometiendo hechos delictivos de tipo sexual por lo cual su comportamiento debe ser rechazado, o bien haciendo una “profesión” la comisión de delitos como el tráfico de drogas, o dedicándose a delitos económicos, o viviendo de forma abierta del crimen organizado; o bien, vinculándose a organizaciones cuyo fin primordial es atentar contra el orden jurídico del Estado, como es el caso del Terrorismo. 89 Jiménez Ruiz, Juan Luis. Reflexiones sobre política y derecho: ¿la política del enemigo como Derecho en la globalización? Página 107. 90 Ibíd. 91 Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travestí e Intersexual. 92 B-boys, x-gamers, las maras y/o pandillas, entre otras expresiones y formas de vida. 93 Como sucede con el caso de la niñez en y de la calle, los ancianos que sobreviven de la mendicidad, y las personas que son víctimas de explotación sexual-comercial.
  • 50. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES50 De tal forma que ahora son considerados enemigos del Estado, además de aquellos sectores que impulsan y exigen cambios en estructurales en el sistema, sectores que atentan y violentan lo que es “socialmente permitido y aceptable”. De allí el surgimiento de la “no-persona” como planteamiento que implica, que las garantías fundamentales de protección deben excluir a quienes se vinculan a estos sectores sociales; con el objetivo de neutralizar, por cualquier medio, a aquellos cada vez más numerosos, que el Estado advierte como enemigos, etiquetando a estos grupos como“socialmente indeseables”. Las acciones represivas contra los enemigos del Estado, que incluye a opositores y detractores a los gobiernos de turno, delincuencia transnacional y organizada,“terroristas”, y aquellos sectores cuya existencia se convierte en indeseada porque no se ajusta a los estándares socialmente establecidos, encuentran un terreno fértil en el contexto violento en el cual se desarrolla la sociedad guatemalteca, marcado y definido por las secuelas psicológicas del terror implantado con la estrategia contrainsurgente operativizada durante el conflicto armado interno. A ello se suma, el populismo punitivo y la exacerbación del fenómeno de la violencia a través de los medios masivos de comunicación, que además de generar terror y paranoia en la sociedad guatemalteca, legitiman la eliminación física y endurecimiento de las penas para aquellos a quienes ahora se considera el enemigo interno. Es evidente que la teoría del Derecho penal del enemigo enfrenta los conceptos más básicos que sustentan el Estado social y democrático de Derecho, lo cual implica la absoluta negación de la teoría de los derechos humanos y un no menos lesivo ataque al propio concepto de dignidad humana y de persona94 ; situación que favorece la comisión de crímenes de lesa humanidad. En el presente capítulo se abordarán los crímenes de odio y la desaparición forzada, reservándose el capítulo III y IV para abordar lo referente al crimen de ejecución extrajudicial por tratarse de una práctica recurrente en Guatemala 94 Jiménez Ruiz. Ob. Cit. Página 109.
  • 51. EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES DE JÓVENES 51 2. Crimen de Odio (hate crimen) Existen dudas en algunos espacios en cuanto al alcance y diferencia entre el crimen de odio y la ejecución extrajudicial, la cual constituye un crimen de lesa humanidad. Dicha confusión, posiblemente obedezca a la selectividad de las víctimas de estos hechos delictivos, lo cual se evidencia en el perfil y en el mensaje que se envía a la población a través de su comisión. En la actualidad, no existe una definición aceptada sobre el significado e implicaciones del crimen de odio a nivel mundial, en virtud del abordaje académico, jurídico e inclusive de uso común que se le da al mismo. Sin embargo, podemos entender los crímenes de odio como “aquellos crímenes motivados por el rechazo hacia un determinado grupo social”. Generalmente,setratadegruposdefinidosporpertenenciaétnica,religión,orientaciónsexual,discapacidades, nacionalidad, edad, género, sector social o afiliación política95 . Un ejemplo característico de los delitos de odio ha sido el nazi-fascismo evidenciado en la creación y funcionamiento de grupos extremistas como el Ku Klux Klan en los Estados Unidos. Como afirma Lolita Aniyar de Castro, a cualquier definición que asuma las particularidades de los crímenes de odio, podríamos agregar categorías de personas que son asesinadas o perseguidas por sus características personales, funcionales o sociales, como por ejemplo, los ciudadanos en situación de calle (mendigos, personas con problemas mentales, personas sin hogar), policías, periodistas, los ricos, la clase media, los que usan corbata, o quienes no comparten la misma ideología96 . Es importante establecer que, el crimen que se dirige contra una víctima asociada o vinculada con un grupo discriminado en razón de un prejuicio y con un objetivo persecutorio, no impacta sólo a la víctima directa del crimen, sino es un mensaje enviado a través de ella hacia el grupo y hacia la sociedad en general, el cual se traduce en que su existencia será perseguida y si es necesario, se procederá a su eliminación física y su persecución social. En ese sentido, para los autores la víctima como persona individual tiene poca importancia; simplemente es el individuo que da en el estereotipo y, a través de la lesión al sujeto, se envía un mensaje a todo el grupo o colectividad, a todos los que presentan las mismas características del sujeto agredido97 . 95 Aniyar de Castro, Lolita. Los crímenes de odio: Discurso político y delincuencia violenta en Venezuela. El respeto a las diferencias y el rol de la criminología crítica en Venezuela en los inicios del Siglo XXI. Página 13. 96 Ibíd. Página 14. 97 Peralta, Héctor. Los delitos de odio, según Zaffaroni. La Gaceta (Argentina). 21/07/2007.Disponible en: http://www.lagaceta.com.ar/nota/231632/Tribunales/