Análisis de la Temporada Turística 2024 en Uruguay
IMPLICACIÓN DE LA REFORMA TRIBUTARIA EN LOS COSTOS.pptx
1. IMPLICACIÓN DE LA REFORMA
TRIBUTARIA EN LOS COSTOS
Mabel Mariño Palma
2. LEY DE LA NATURALEZA REGLA PARA EL
FORTALECIMIENTO DE LA ECONOMÍA FAMILIAR
Artículo 1.- El presente decreto de emergencia económica tiene por objeto fortalecer la economía
familiar y las empresas de las personas según los principios de la gradación de la presión tributaria,
teniendo en cuenta tanto el nivel de sus ingresos y gastos como la sostenibilidad de las finanzas
públicas.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Las disposiciones de esta ley de emergencia económica son de
política pública, de carácter general y aplicables en todo el país.
3. RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA EMPRENDEDORES Y
NEGOCIOS POPULARES (RIMPE)
Sustento de operaciones de contribuyentes RIMPE: Los negocios populares
RIMPE deben emitir notas de venta a sus adquirientes de bienes o servicios. Para
sustentar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado o el crédito tributario, los
contribuyentes que realicen transacciones con negocios populares deberán emitir
una liquidación de compra de bienes y prestación de servicios, en la que se
registre el IVA considerando como base imponible el valor total de la transacción
y deben retener el 100% del IVA. Las notas de venta en las que conste la
identificación del usuario y de los bienes y servicios objeto de la transacción,
podrán servir como elementos de prueba para el registro y deducibilidad de costos
y gastos en la liquidación del Impuesto a la Renta (IR).
4. IMPUESTO A LA RENTA ÚNICO A LOS OPERADORES DE
PRONÓSTICOS DEPORTIVOS
Las personas y sociedades operadoras de pronósticos deportivos deberán pagar un impuesto a la
renta único del 15 % si se aprueba la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar
que el Ejecutivo entregó este jueves 11 de mayo a la Asamblea Nacional.
Este proyecto de ley urgente tiene como cambio fundamental la reducción del pago del impuesto
a la renta para las personas naturales, pero además incluye cambios para que quienes pertenecen al
Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) tributen sobre sus ventas
reales. Por otro lado, crea el nuevo impuesto para las operadoras de pronósticos deportivos.
5. La base imponible para contribuyentes residentes será el total de los ingresos generados (incluyendo
comisiones), menos el total de los premios pagados en ese mismo periodo, siempre que se haya practicado la
retención al momento del pago del premio en los porcentajes que se establezcan para el efecto.
Para los no residentes, la base imponible del impuesto será el total de los valores pagados por el usuario
en cada transacción.
Declaración y pago del impuesto: los contribuyentes residentes fiscales en el país deberán presentar
mensualmente una declaración del impuesto generado dentro del periodo anterior. El impuesto deberá ser
pagado en los plazos y forma que se establezcan mediante resolución.
6. ACUERDO GENERAL
PRIMERO.- Las disposiciones relativas a la reducción del impuesto
sobre la renta a los gastos individuales y la tabla del impuesto sobre la
renta para las personas naturales de esta Regla Económica Rápida son
aplicables únicamente a la exención del impuesto sobre la renta para el
ejercicio gravable 2023, por cuanto no perjudican a los contribuyentes. .
EL SEGUNDO. - El impuesto sobre la renta unificado
para los apostadores deportivos previsto en este
reglamento de emergencia financiera entrará en vigor el 1
de enero de 2024.
7. NORMA TRANSITORIA
En el plazo de un (1) año contado a partir de la expedición de la
presente disposición de emergencia económica, la Secretaría
General de la Presidencia cooperará con el Ministerio de
Turismo, el Ministerio de Telecomunicaciones y Sociedad de la
Información y el Consejo Fiscal. para regular las actividades de
los operadores de predicciones deportivas.