SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 18
REGLAMENTO BRIGADA DE
EMERGENCIAS
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
TERMINAL DE TRANSPORTE
GUADALAJARA DE BUGA S.A.
1. REGLAMENTO BRIGADA DE EMERGENCIAS
1.1LEMA
“ ................................................................................................................... ”
1.2. PROMESA DE CONSAGRACIÓN
Como miembro de LA BRIGADA DE EMERGENCIAS DE LA TERMINAL DE
TRANSPORTES DE BUGA S.A., prometo servir con lealtad, ética,
responsabilidad, valor y compromiso a todos aquellos que puedan necesitar de mi
ayuda sin ninguna discriminación racial, religiosa, política o ideológica.
Trabajar por el mejoramiento de la salud y la reducción de la vulnerabilidad ante
los desastres, así como en la mitigación de sus efectos.
Cumplir fielmente los reglamentos de LA TERMINAL DE TRANSPORTES DE
BUGA S.A., y mantener el sentido de amistad, de cooperación y de pertenencia en
todas las actividades de la Brigada.
1.3. MISIÓN
La prevención y atención de situaciones de emergencia o desastre que puedan
ocasionar lesiones sobre las personas, daños a los bienes de La Caja o al medio
ambiente.
1.4. VISION
Ser durante los próximos Diez años un grupo comprometido con la labor de
Brigadista, cada vez mejor en la prestación de los servicios de prevención y
atención de emergencias, en la atención de primeros auxilios, en el control y
atención de incendios y en el apoyo de programas preventivos y de vigilancia de
mejores condiciones de trabajo, salud y vida en las instalaciones de la Caja en el
departamento de Antioquia
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
1.5. INTRODUCCIÓN
TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. consciente de su responsabilidad
en el control de los factores que puedan amenazar la vida de las personas que
laboran en sus instalaciones y de los usuarios que utilizan sus servicios, optó por
conformar La BRIGADA DE EMERGENCIAS integrada por algunos de sus
empleados, quienes mediante un adecuado y permanente entrenamiento
colaborarán voluntariamente en la prevención y atención de desastres que ocurran
en sus dependencias siempre y cuando Comfenalco suministre los medios
apropiados para ello.
El presente reglamento otorga las bases para la organización, operación,
capacitación y equipos necesarios de LA BRIGADA DE EMERGENCIAS DE LA
TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., Suministra las normas
administrativas para el funcionamiento de este grupo dentro de las instalaciones
siguiendo las pautas fijadas por la organización.
2. CAPITULO I
2.1. FINALIDAD
ARTICULO 1: La Brigada de Emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE
BUGA S.A. es un grupo de trabajo conformado por empleados voluntarios,
distribuidos estratégicamente en cada una de las diferentes sedes y turnos de
trabajo, quienes reciben capacitación permanente en Primeros Auxilios, Técnicas
Bomberiles y Prevención y Atención de Emergencias y Desastres. Son personas
con capacidad de liderazgo, estabilidad emocional, iniciativa, responsabilidad,
aptitud física y social debidamente motivadas, entrenadas y capacitadas y que
permanezcan la mayor parte del tiempo desempeñando sus labores en las sedes
de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A.
Además tienen entrenamiento permanente y cuentan con la coordinación de
empleados de la empresa.
La Brigada de Emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A.
tiene como propósito la prevención y atención de situaciones de emergencia o
desastre que puedan ocasionar lesiones sobre las personas, daños a los bienes
de La Caja o al medio ambiente.
3. CAPITULO II
3.1.1 DIRECCIÓN, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO
ARTICULO 2: En los aspectos normativos y de organización, la Brigada de
Emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. dependerá del
Departamento de Gestión Humana y en los aspectos operativos dependerá del
Comité de Emergencias de cada sede de acuerdo a la siguiente estructura
(ANEXO DE FLUJOGRAMA)
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
ARTICULO 3: Para un mejor funcionamiento interno la Brigada de Emergencias de
cada sede deberá definir la siguiente estructura
A. COORDINADOR
B. SUBCOORDINADOR
C. BRIGADISTAS
3.1.2 CONSTITUCION
ARTICULO 4: La Brigada de emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE
BUGA S.A. estará conformada de la siguiente manera:
3.1.2.1
(QUIENES INTEGRAN LA BRIGADA Y EL CARGO Y NUMERO DE
INTEGRANTES DE ACUERDO AL AREA DE DESEMPEÑO)
Los cargos y funciones que se establecen en este reglamento tendrán validez
únicamente dentro de la Brigada de Emergencias y no constituyen ningún tipo de
cargo o escalafón dentro de la Empresa.
ARTÍCULO 5: Todos los miembros de la Brigada de Emergencias tendrán una
formación básica en:
 Generalidades sobre Brigadas de Emergencia
 Técnicas Bomberiles
 Primeros Auxilios
 Prevención y Atención de Desastres
3.1.3 CARGOS
ARTICULO 6: Dentro de la Brigada existirán los Cargos de Jefe de la Brigada y
Coordinadores de Sede y se acatará este orden jerárquico para el ejercicio del
mando, observando el conducto regular.
En ausencia del Jefe de la Brigada éste será reemplazado por su suplente o por
los Coordinadores de Sede.
ARTICULO 7: Todo aspirante a ascenso a los cargos existentes, deberá llenar los
siguientes requisitos para su promoción:
1. Tener una buena hoja de vida en TERMINAL DE TRANSPORTES DE
BUGA S.A. y en la Brigada.
2. Tener habilidades de liderazgo.
3. Tener conocimiento técnico de la instalaciones y sus procesos
4. Haber aprobado satisfactoriamente la capacitación y entrenamiento
estipulado en este reglamento.
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
ARTICULO 8: En el inicio de la Brigada se llenarán los diferentes cargos por
designación directa de el Departamento de Gestión Humana, de acuerdo con las
solicitudes que se presenten para pertenecer a la Brigada.
El trabajador no recibirá ningún tipo de remuneración por su pertenencia a la
brigada.
ARTICULO 9: Son requisitos para ingresar a LA BRIGADA DE EMERGENCIAS
DE LA TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., los siguientes:
1. Tener una vinculación directa con TERMINAL DE TRANSPORTES DE
BUGA S.A.
2. Ser mayor de 18 años
3. Tener una buena hoja de vida como funcionario.
4. Estar física y mentalmente apto, según concepto médico escrito.
5. Diligenciar solicitud de ingreso en la cual acepta ser parte de la Brigada y
se compromete a cumplir su reglamento.
6. Autorización firmada por el Jefe de la respectiva sede, aprobando la
participación del Brigadista en las actividades.
7. Liderazgo
8. Deseos de servicio
9. Compromiso con la Empresa
ARTICULO 10: El aspirante a Brigadista, una vez aceptado su ingreso, pasará por
un período de Formación de treinta y dos (32) horas teórico prácticas. durante las
cuales será aceptado o rechazado definitivamente, según evaluación del Asesor.
3.1.3.1 INGRESO Y RETIRO
ARTICULO 11: El Ingreso y retiro de la Brigada son actos totalmente voluntarios
por parte del integrante. Durante su permanencia deberá cumplir a cabalidad los
lineamientos de la Brigada.
4. CAPITULO III
4.1.1 CAPACITACION Y ENTRENAMIENTO
4.1.2 REQUISITOS
ARTICULO 12: La Brigada de Emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES
DE BUGA S.A. contará con la asesoría de la A.R.P. quien proporcionará un
instructor calificado, de experiencia comprobada en la dirección de este tipo de
grupos; la capacidad e idoneidad técnica de ésta persona deberá estar certificada.
ARTICULO 13: El programa de entrenamiento deberá mantenerse al día con los
problemas que presenten nuevos riesgos en las instalaciones y con los equipos y
procedimientos para su protección.
La capacitación deberá incluir el estudio de los riesgos especiales de lugar o de la
ubicación geográfica.
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
ARTICULO 14: Durante los entrenamientos debe operarse completamente los
equipos disponibles para atención de emergencias, siempre que sea posible.
ARTICULO 15: Al final del entrenamiento, todos los equipos utilizados deberán
reacondicionarse y colocarse con prontitud en su lugar previsto, listo para
responder a una alarma de emergencia.
ARTICULO 16: Cada dos (2) meses los Coordinadores de cada Brigada
presentarán un informe de inspección de riesgos de sus sitios de trabajo al
Coordinador de la Brigada.
ARTICULO 17: La asistencia a la capacitación y entrenamiento es obligatoria para
todo el personal de la Brigada de Emergencias. Se exceptúan los casos en los
cuales se presente incapacidad médica, calamidad doméstica comprobada, estar
en vacaciones, estar el trabajador adelantando estudios o cursos autorizados por
TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., y cuando por fuerza mayor el
trabajador no puede abandonar el sitio de trabajo La ausencia a la capacitación o
entrenamiento deberá justificarse antes de que ésta comience, o a más tardar en
la próxima reunión. Las causas deberán ser constatadas por el Jefe de la Brigada.
Durante las actividades del año no se podrán tener más de dos (2) ausencias no
justificadas.
ARTICULO 18: HORARIOS: La capacitación y entrenamiento se realizará de
acuerdo al cronograma que se establece con el Coordinador de la Brigada y el
Departamento de Gestión Humana.
Esta será de cuatro horas mensuales. En dos jornadas (primer Jueves de mes en
horario de 13:30 a 17:30 y segundo lunes de mes de 08:00 – 12:00)
4.1.3 CONTENIDOS
ARTICULO 19: La capacitación y entrenamiento se desarrollarán mediante
programas elaborados con el asesor de la Brigada asignado por la A.R.P. de
acuerdo con las actividades de cada una de las sedes y las necesidades de las
instalaciones.
ARTICULO 20: Este programa contará previamente con el visto bueno del
Departamento de Gestión Humana y deberá tener en consideración lo establecido
en los artículos 13 al 19 del presente reglamento.
4.1.3.1 ARTICULO 21: La capacitación básica y avanzada comprenderá los
siguientes temas:
incendio.
Primera Respuesta a Incidentes con Materiales Peligrosos
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
emergencias. Planes de
Evacuación.
alaciones
y sus
procesos.
5. CAPITULO IV
5.1.1 INSTALACIONES, EQUIPOS, ELEMENTOS E IDENTIFICACION
5.1.2 DE LA BRIGADA DE EMERGENCIAS
5.1.3 INSTALACIONES
ARTICULO 22: La Brigada de Emergencias en cada sede dispondrá dentro de las
Instalaciones de un espacio para el almacenamiento del equipo.
5.1.4 EQUIPOS Y ELEMENTOS
ARTICULO 23: El equipo de la Brigada constará, opcionalmente, de los siguientes
elementos, los cuales se encontrarán disponibles, en todo momento, en el espacio
de la Brigada, asi:
n portátil de primeros auxilios.
La Brigada tendrá un listado y plano de ubicación de los equipos disponibles en
las instalaciones.
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
5.1.5 IDENTIFICACION
ARTICULO 24: El uniforme del personal de la Brigada consistirá en una sudadera,
chaqueta de color rojo, camiseta de color blanco y gorra. Este uniforme
únicamente se usará en las prácticas de la Brigada y en eventos especiales.
En la Jornada de trabajo el Brigadista deberá usar su uniforme institucional normal
con el Chaleco de Brigadista
ARTICULO 25: Cada uno de los miembros de la Brigada será responsable del
mantenimiento, aseo y conservación del equipo y su dotación.
6. CAPITULO V
6.1.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
6.1.2 FUNCIONES GENERALES DE LA BRIGADA
ARTICULO 26: Son funciones generales de la Brigada de Emergencias, las
siguientes:
1. Las funciones de La Brigada de Emergencias serán las siguientes:
 ANTES DE LA EMERGENCIA
a. Mantener contacto con el Comité de Emergencias, acatar
instrucciones de éste.
b. Mantener actualizada la información sobre los integrantes
de la Brigada para desplegar la organización inmediata que
se requiera.
c. Mantener el equipo de la Brigada de Emergencias en
óptimas condiciones de funcionamiento.
d. Asignar funciones a cada uno de los integrantes de la
Brigada.
e. Revisión de todas las áreas de La Sede, mediante
inspecciones de seguridad periódicas que permitan
identificar puntos críticos y presentar informes.
f. Revisión periódica de extintores y gabinetes contra
incendios, en la planilla respectiva e informar novedades.
g. Conocer todos los puntos críticos de La Sede tales como
Circuitos eléctricos, tableros de breques, plantas eléctricas,
motobombas, llaves de paso de GLP o gas natural, cuartos
técnicos, cuartos de ascensores, etc.
h. Tener conocimiento en cuanto a: rutas de evacuación,
puertas de salidas, sitios de encuentro, dotación para
emergencias, etc.
i. Velar y asegurarse de que los extintores, equipos contra
incendio, camillas, botiquines y las rutas de evacuación y
salidas de emergencia se encuentre libres de obstáculos y
con la señalización adecuada.
j. Establecer la cadena de llamadas de sus integrantes.
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
k. Asistir a las capacitaciones que Salud Ocupacional
programa regularmente.
l. Tener en sitio visible el Kit de emergencias (Chaleco Rojo,
Gorra Roja y Riñonera de Primeros Auxilios dotada)
m. Cumplir con lo establecido en el Reglamento para la
Brigada de Emergencias
n. Realizar reuniones internas periódicas
o. Mantener las carpetas actualizadas de revisión de
botiquines, Alarmas, gabinetes contra incendios, extintores,
pacientes/lesionados atendidos y relación mensual de
pacientes/lesionados atendidos.
 DURANTE LA EMERGENCIA
a. Activar los mecanismos de alerta y alarma
b. Usar de ser posible el Kit de emergencias (Chaleco Rojo,
Gorra Roja y Riñonera de Primeros Auxilios dotada)
c. Iniciar la atención y control de la situación de emergencia
y/o desastre.
d. Realizar un rápido diagnóstico de la situación para control
inicial del evento, usando el equipo disponible en el área.
e. Atender el incidente y trabajar bajo la dirección del
Coordinador de la Brigada de Emergencias.
f. Aislar el área afectada
g. Mantener coordinación continua para el control de la
emergencia.
h. Prestar primeros auxilios de acuerdo a PONS
(procedimientos operativos normalizados) establecidos
i. Mantener informado al Comité de Emergencias, de la
situación.
j. Si no hay reporte de lesionados, pero es emergencia
Grado 2 ó 3 establecer el puesto cercano al lugar del
evento en una zona segura y estar atento cuando se
requiera la ayuda.
k. Montar el Modulo de Estabilización y Clasificación (MEC)
l. Registrar el número de lesionados, tipo de lesión y de
acuerdo al triage (clasificación de lesionados en masa)
remitir al centro de atención médica mas cercano.
m. Coordinar tratamiento médico y traslado de lesionados,
según tipo de lesión con las autoridades de salud locales.
Toda persona remitida en lo posible debe hacerlo
acompañada.
n. Apoyar a Gestión Humana con el personal y los servicios
de apoyo psicológicos para las víctimas de incidentes.
o. Identificar todos los riesgos a la salud asociados con el
incidente.
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
p. Llevar a cabo los procedimientos para detener la actividad
de La Sede, si la emergencia lo requiere.
q. Operar los sistemas de la planta y equipo para control de
fugas, con el propósito de controlar de la emergencia.
r. Realizar las acciones para el control de incendios y rescate
según PONS establecidos.
s. Proteger las áreas no afectadas por el incendio, de daños
mayores Prevenir la propagación del incendio o derrame.
t. De ser necesario solicitar al Jefe de Emergencias, la
presencia de los cuerpos de bomberos e instituciones de
apoyo.
u. Determinar conjuntamente con el Jefe de emergencias la
necesidad de evacuación total o parcial.
v. En caso de evacuación desplegar el personal de la Brigada
de emergencias para una revisión completa de las
instalaciones, garantizar la evacuación de todo el personal.
w. En la medida de lo posible realizar salvamento de bienes.
x. Tener informado constantemente al Puesto de Mando
Unificado (PMU).
 DESPUES DE LA EMERGENCIA
a. Participar en la remoción de escombros, preservar las
evidencias o pruebas que servirán par la futura investigación
de las causas de la emergencia.
b. Participar en las acciones de rehabilitación, recuperación y
reacondicionamiento de áreas afectadas.
c. Participar en las actividades de evaluación e investigación de
la emergencia Participar en las actividades de inspección y
evaluación de daños
d. Evaluar las actividades realizadas por la Brigada y la
participación y respuesta de los grupos de socorro externos.
e. Preparar informe al Comité de Emergencias que incluya dia,
fecha, hora, brigadistas participantes, causas, consecuencias,
acciones desarrolladas, equipo utilizado y acciones
correctivas.
f. Participar en las actividades de evaluación e investigación de
la emergencia.
g. Realizar inventario de los materiales utilizados por la Brigada
para determinar su Reposición.
6.1.3 FUNCIONES DEL JEFE DE LA BRIGADA
ARTICULO 27: son funciones del Jefe de Brigadas, las siguientes:
1. Efectuar la planeación, programación de las actividades de la
Brigada y administrar los recursos de la misma.
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
2. Velar por el buen desarrollo de las actividades de la Brigada y el
mantenimiento óptimo de sus recursos.
3. Programar los actos de la celebración del día clásico de la
Brigada.
4. Estudiar y aceptar el ingreso y retiro de personal en la Brigada, de
acuerdo con lo estipulado en los artículos 13 y 14 del presente
reglamento.
5. Escoger el instructor para la Brigada (artículo 15 del presente
reglamento.)
6. Aprobar anualmente el programa de capacitación y entrenamiento
y garantizar los recursos para su ejecución.
7. Estudiar los resultados de la inspección de seguridad de las
instalaciones, tramitar las conclusiones que de ella se desprenda
y verificar la aplicación de las recomendaciones en ellas
formuladas.
8. Planificar y presupuestar las inversiones necesarias para la
prevención y control de las emergencias en las instalaciones y el
buen desenvolvimiento de la Brigada.
9. Estudiar el informe de control de las emergencias presentado por
el Coordinador de Brigada. Tramitar las acciones o
recomendaciones que se desprendan de él.
10.Asignar funciones complementarias a la Brigada y a sus
miembros, según lo ameriten condiciones especiales de las
instalaciones.
11.Aprobar los planes de prevención y atención de emergencias y su
actualización anual. Lograr su difusión y práctica. Estos planes
contarán con el Visto bueno del Departamento de Gestión
Humana
12.Determinar las sanciones a las cuales se hacen acreedores los
integrantes de la Brigada, de acuerdo con lo estipulado en el
Capítulo VIII de este reglamento.
13.Aprobar los reconocimientos, distinciones y premios a los cuales
se hacen acreedores los integrantes de la Brigada según lo
estipulado en el artículo 54 de este reglamento.
14.Escoger el diseño de la escarapela y escudo de la Brigada según
lo señalado
15.Aprobar la participación de la Brigada en planes de ayuda mutua,
según lo estipulado en el artículo 37 de este reglamento.
16.Efectuar semestralmente un balance de las faltas cometidas por
los miembros de la Brigada, a fin de tomar medidas que busquen
eliminar los motivos de estas.
6.1.4 FUNCIONES DEL COORDINADOR DE LA BRIGADA POR SEDE
ARTICULO 28: Son funciones del Coordinador de Brigadas, las siguientes:
1. Dirigir y mantener la unidad de grupo de la Brigada.
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
2. Realizar el Cronograma de actividades.
3. Representar la Brigada ante el Comité de Emergencias.
4. Mantener actualizada la hoja de vida de los Brigadistas.
5. Realizar informe de actividades trimestralmente.
6. Realizar informe de eventos atendidos.
7. Acudir inmediatamente al sitio del evento.
8. Dirigir las operaciones en el sitio.
9. Mantener informado al Coordinador del Comité de Emergencias o
a las directivas, sobre el desarrollo de la situación.
10.Recopilar toda la información posible
11.Presentar informe final por escrito.
12.Realizar evaluación de actividades y elaborar para el Comité de
Emergencias informe detallado del control de las emergencias,
que contemple los siguientes aspectos:
a) Causas de la emergencia, Lesiones sobre las personas,
Daños sobre instalaciones, equipos, materia prima, producto
terminado y perturbaciones en la producción, Aciertos y fallas
de la Brigada en operación, Sugerencias para evitar
situaciones similares.
13.Tomar correctivos
14.Otras funciones que le sean asignadas por el Comité Local de
Emergencias o el Jefe de la Brigada.
6.1.5 FUNCIONES DEL SUB COORDINADOR DE LA BRIGADA
ARTICULO 29: Son funciones del Subcoordinador de brigadas, las siguientes:
1. Reemplazar al Coordinador de la Brigada, asumiendo las mismas
funciones de éste, estipuladas en el artículo 28 del presente
reglamento.
2. Asistir al Coordinador de La Brigada en todas las funciones que le
competen.
6.1.6 FUNCIONES DE LOS BRIGADISTAS
ARTICULO 30: Son funciones de los brigadistas, las siguientes:
1. Cumplir los reglamentos de TERMINAL DE TRANSPORTES DE
BUGA S.A. y las normas sobre Seguridad y Prevención de
accidentes.
2. Conocer y cumplir el presente reglamento, los planes, programas
y demás disposiciones de la Brigada.
3. Controlar que los Funcionarios hagan buen uso de los equipos de
prevención y control de emergencias e informar cualquier
anomalía.
4. Asistir y tomar parte activa en las instrucciones y entrenamientos.
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
5. Informar oportunamente a su Coordinador, toda condición o acto
inseguro que se observe en las instalaciones.
6. Dentro de los entrenamientos, maniobras y atención de
emergencias ceñirse a lo estipulado en los planes previamente
elaborados y a las instrucciones de su instructor
7. Hacer uso correcto del equipo de la Brigada.
8. Efectuar las revisiones y mantenimientos permitidos a los equipos
de atención de emergencias, en la forma y periodicidad
recomendada, de tal forma que se garantice la permanente
disponibilidad y buen estado de los mismos.
9. Cumplir con las demás funciones propias del Brigadista que le
sean asignadas por el Coordinador.
7. CAPITULO VI
7.1.1 PROCEDIMIENTOS Y OPERACIONES
7.1.2 OPERACIONES SIN EMERGENCIAS (PERIODICAS)
7.1.2.1..1 Inspecciones Contra Incendios
ARTICULO 31: Cada dos (2) meses la Brigada de emergencias de TERMINAL DE
TRANSPORTES DE BUGA S.A., efectuará inspecciones de Seguridad en forma
organizada y Sistemática en los formatos establecidos para tal fin que incluyan
todas las áreas de las instalaciones a fin de detectar condiciones peligrosas y
controlar actos inseguros; igualmente se revisará el equipo de protección de la
Instalaciones.
El Coordinador de la Brigada presentará cada dos (2) meses el informe de
inspección al Comité de Emergencias de cada sede, quien lo estudiará y tramitará
las recomendaciones. Si las circunstancias lo ameritan, copia de este informe se
entregará al Jefe de la Brigada en el Departamento de Gestión Humana.
7.1.2.2 Planteamiento Previo para la prevención y atención de emergencias
ARTICULO 32: Para cada uno de los siniestros que se puedan presentar en la
Instalaciones, La Brigada deberá conocer el plan de actuación para evitar su
aparición y/o controlar sus efectos.
Los planes deberán ser previamente diseñados, redactados, aprobados,
difundidos y practicados.
ARTICULO 33: Los planes contienen básicamente:
1- Descripción del riesgo, su ubicación, magnitud y sus posibles
efectos.
2- Los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para su
prevención y control.
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
3- Descripción paso a paso de las acciones a ejecutar y sus
alternativas para la prevención y/o Control de la emergencia.
4- Actuación en caso de emergencias en horas no laborables.
5- Asignación de responsabilidades y funciones.
7.1.3 OPERACIONES EN EMERGENCIAS
ARTICULO 34: Procedimientos Generales en caso de emergencia
1- La primera persona que descubra el inicio de la emergencia
deberá comunicarse inmediatamente con el Coordinador de la
Brigada informando el lugar exacto y el tipo de emergencia.
2- El Coordinador de la Brigada en cada sede activará el plan de
Emergencias poniendo en funcionamiento el sistema de alarmas
previamente establecido, indicando el Código de la zona afectada y
el tipo de emergencia.
3- El Coordinador de la Brigada decidirá cuando y a quien solicitar
ayuda exterior, consultando el plan previo para atención de esa
emergencia especifica, esta actividad la desarrollará con el
Coordinador de Emergencias.
4- Los Brigadistas al sonar la señal de alarma se dirigirán
inmediatamente al sitio de encuentro previamente determinado
donde se dotarán de todos los elementos indispensables para
atender la emergencia. Sin estos elementos no podrá participar en el
control de ella.
5- El Brigadista podrá abandonar su lugar de trabajo en el momento
de recibir la información o alarma, sin tener que pedir permiso a su
jefe inmediato.
6- Una vez llegados al lugar de la emergencia y durante las labores
de control de la misma, Los Brigadistas sólo obedecerán órdenes del
Coordinador de la Brigada.
7- El control de la emergencia se efectuará de acuerdo con el plan
previamente diseñado y entrenado para la atención específica de esa
emergencia en particular.
8- La única persona autorizada para concurrir al sitio de la
emergencia, es el Coordinador de Emergencias, Esta se abstendrá
de dar ordenes o de ejecutar cualquier acto que entorpezca las
labores de control de la emergencia. Toda recomendación la harán a
través del Coordinador de la Brigada.
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
9- Los Funcionarios en otras áreas permanecerán en sus puestos de
trabajo para que la labor no sufra trastornos graves y que no circulen
rumores que puedan crear pánico colectivo.
10- Siempre que sea necesaria la intervención del Cuerpo de
Bomberos Oficial o Voluntario, será este quien asumirá el mando, en
cuanto al control del incendio, pero con la asistencia constante de la
Brigada.
11- Los Brigadistas de otras entidades que asistan a prestar
colaboración, quedarán a ordenes del Coordinador de la Brigada.
12- Luego de concluido el control de la emergencia, los integrantes
de la Brigada procederán a reacondicionar el equipo de tal modo que
garanticen su normal funcionamiento.
13- Sólo el Coordinador de Emergencias está facultado para
proporcionar información sobre siniestros a la prensa hablada o
escrita y/o a cualquier otra persona o entidad pública o privada que lo
solicite.
ARTICULO 35: SALVAMENTO: La Brigada deberá tener un plan de salvamento
de la propiedad que incluya:
1- Listado de materiales que no puedan removerse, los cuales
se deben cubrir o proteger.
2- Asignación de personal que se encargue de remover
materiales peligrosos.
3- Identificación de desagües, Controles eléctricos y de fluidos.
4- Restablecimiento de los sistemas de protección.
5- Remoción de humo y agua.
6- Restauración de servicios.
7- Clausura de ventanas rotas y huecos en techos y paredes.
8- Establecimiento de seguridad contra robos y saqueos.
8. CAPITULO VII
8.1.1 PLAN DE AYUDA MUTUA
ARTICULO 36: Un plan de ayuda mutua es un arreglo entre varias empresas u
organizaciones de un mismo sector geográfico, para prestarse asistencia técnica y
humana, en la eventualidad de una emergencia que sobrepase (o amenace con
hacerlo) las posibilidades propias de control.
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
ARTICULO 37: Antes que se determine participar en un plan de ayuda mutua, se
deberá contar con el visto bueno del Comité de Emergencias y la aprobación del
Departamento de Gestión Humana
9. CAPITULO VIII
9.1. REGIMEN DISCIPLINARIO
ARTICULO 38: Del mantenimiento de la disciplina serán responsables todos los
miembros de la Brigada, en forma directa y proporcional a los deberes de la
función y el cargo que desempeñan.
ARTICULO 39: FALTAS: Se considerarán faltas las siguientes:
1. Poner en riesgo su integridad física o la de los demás.
2. Incumplimiento a los compromisos adquiridos en la
prestación de servicios.
3. Impuntualidad reiterada a las actividades de capacitación.
4. La inasistencia de más de dos (2) veces al año, sin justa
causa a las actividades de capacitación.
5. No colocarse el uniforme en las actividades prácticas o
hacerlo inadecuadamente.
Las actividades de la Brigada son programadas en tiempo laboral, motivo por el
cual el Brigadista deberá llegar puntualmente y no retirarse antes de la hora de
finalización, en caso de tener que ausentarse deberá solicitar autorización del Jefe
de la Brigada.
ARTÍCULO 40: SANCIONES: Las sanciones de las cuales se habla en el presente
reglamento serán aplicables al personal de la Brigada de emergencias de
TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., independientemente de las que
imponga la Empresa, de acuerdo con la naturaleza y gravedad de la Falta.
ARTICULO 41: La sanción será comunicada verbalmente o por escrito (Según tipo
de sanción) a la persona inculpada, notificando el porqué del correctivo y las
razones que se han tenido en cuenta para aplicarla.
ARTICULO 42: De toda sanción impuesta debe quedar constancia escrita en la
hoja de vida de cada uno de los miembros de la Brigada.
ARTICULO 43: El Jefe de la Brigada y el Asesor, efectuarán semestralmente un
balance de las faltas cometidas por los miembros de la Brigada, a fin de tomar
medidas que busquen eliminar los motivos de éstas.
ARTICULO 44: Las sanciones que se podrán aplicar dentro de la Brigada de
Emergencias son las siguientes:
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
1- Llamada de atención verbal (Efectuada por el Jefe de la
Brigada en privado)
2- Llamada de atención por escrito
3- Retiro de la Brigada
10 CAPITULO IX
10. RECONOCIMIENTOS, DISTINCIONES Y PREMIOS
ARTICULO 45: Se deberá reconocer y estimular los esfuerzos de los miembros de
la Brigada quienes se destaquen en el cumplimiento de sus deberes profesionales,
o los que superen en beneficio de la Brigada, TERMINAL DE TRANSPORTES DE
BUGA S.A. o la Comunidad.
Ello busca igualmente mantener el espíritu de trabajo y el deseo de superación.
ARTICULO 46: Para efectuar un reconocimiento u otorgar una distinción o premio
se deberá tener en consideración:
1- Las hojas de vida de la persona en la Brigada y en la Empresa
2- Las circunstancias que rodearon el acto o actos meritorios
3- La incidencia del o los actos en la Brigada, en TERMINAL DE
TRANSPORTES DE BUGA S.A. o en La Comunidad.
ARTICULO 47: La Caja otorgará anualmente Dos (2) días hábiles remunerados a
los Brigadistas que hayan participado cabalmente en las actividades programadas
por la Brigada, éstos deben ser concertados por su Jefe directo previa autorización
del Departamento de Gestión Humana, quienes tendrán el control del
comportamiento del grupo.
ARTICULO 48: Los reconocimientos, distinciones y premios deberán guardar
proporción con el acto por el cual se otorgan.
ARTICULO 49: Los reconocimientos, distinciones y premios, con excepción de la
felicitación verbal, serán otorgados por medio de una resolución en la cual se
consignará el hecho o los hechos considerados y la clase de distinción o premio
otorgado.
De la resolución respectiva se enviará copia al Jefe Inmediato, Al Coordinador de
Emergencias y a las hojas de vida de las personas en TERMINAL DE
TRANSPORTES DE BUGA S.A. y en la Brigada.
ARTICULO 50: Las distinciones y premios que pueden otorgarse dentro de la
Brigada son los siguientes:
1- Felicitación Privada, puede ser verbal o escrita
2- Felicitación Pública
TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A.
REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE
EMERGENCIA
Código:TH - RI - 01
Versión:01
Fecha:23 – 09 - 2016
Elabora: John Fernando Marín Salas
Cargo:Asesor Externo
Revisa:
Cargo:
Aprueba:Luis Eduardo OrtizB.
Cargo: Gerente General
- Verbal en presencia de los miembros de la Brigada
- Escrita y publicada en carteleras.
3- Premios especiales, que serán en especie y a juicio del Jefe de la
Brigada con el visto bueno del Departamento de Gestión Humana
4- Trofeo o pergamino al “Mejor Brigadista del Año”. La elección se
hará por votación de los miembros de la Brigada.
5- Mención de Honor, (Medalla con insignia) por actos sobresalientes
en beneficio de la Brigada, la Empresa o la comunidad. (o
acontecimientos especiales, por ejemplo, años de servicio.)
ARTICULO 51: Los premios especiales, los trofeos o pergaminos, las menciones
honoríficas y las condecoraciones, serán entregados en acto especial en la fiesta
de Navidad de empleados.
11. CAPITULO X
i. ASPECTOS GENERALES
ii. REGISTRO DE ACTIVIDADES
ARTICULO 52: Todas las actividades realizadas por el Comité de Emergencias y
por la Brigada, serán consignadas en actas diferentes.
Las actas que se llevarán son las siguientes:
1- Para el Jefe y Coordinadores de la Brigada:
- Actas de reunión
2- Para la Brigada:
- Carpeta con informe de actividades atendidas.
3- Para el Asesor:
- Capacitación y entrenamiento: donde se anotarán las
actividades realizadas durante el tiempo de entrenamiento, así
como los temas de capacitación recibidos.
iii. MODIFICACIONES AL REGLAMENTO
ARTICULO 53: Las modificaciones al presente reglamento solo podrán ser hechas
por mayoría simple en reunión plenaria de la Brigada.
El presente reglamento rige desde la fecha de su expedición y fue discutido,
estudiado y aprobado por la Brigada de Emergencias de TERMINAL DE
TRANSPORTES DE BUGA S.A., durante el mes de septiembre de 2016.

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Matriz-de-Montacarguista.docx
Matriz-de-Montacarguista.docxMatriz-de-Montacarguista.docx
Matriz-de-Montacarguista.docx
Davidgarduno2
 
Conducción y manejo seguro de autoelevadores
Conducción y manejo seguro de autoelevadores Conducción y manejo seguro de autoelevadores
Conducción y manejo seguro de autoelevadores
hysspgi
 
Cuadro interactivo 1 anexo vii - 351
Cuadro interactivo 1   anexo vii - 351Cuadro interactivo 1   anexo vii - 351
Cuadro interactivo 1 anexo vii - 351
leandroeara
 
Reglamento para el uso de lockersonline
Reglamento para el uso de lockersonlineReglamento para el uso de lockersonline
Reglamento para el uso de lockersonline
Uni Te
 

Was ist angesagt? (20)

Evaluación practica trabajos en alturas
Evaluación practica trabajos en alturasEvaluación practica trabajos en alturas
Evaluación practica trabajos en alturas
 
Matriz-de-Montacarguista.docx
Matriz-de-Montacarguista.docxMatriz-de-Montacarguista.docx
Matriz-de-Montacarguista.docx
 
Nfpa600
Nfpa600Nfpa600
Nfpa600
 
Conducción y manejo seguro de autoelevadores
Conducción y manejo seguro de autoelevadores Conducción y manejo seguro de autoelevadores
Conducción y manejo seguro de autoelevadores
 
Diapositivas brigadas
Diapositivas brigadasDiapositivas brigadas
Diapositivas brigadas
 
Formación de Brigadas de Emergencia
Formación de Brigadas de EmergenciaFormación de Brigadas de Emergencia
Formación de Brigadas de Emergencia
 
312981556 inspeccion-de-extintores
312981556 inspeccion-de-extintores312981556 inspeccion-de-extintores
312981556 inspeccion-de-extintores
 
tecnicas de rescate vehicular
tecnicas de rescate vehiculartecnicas de rescate vehicular
tecnicas de rescate vehicular
 
Evacuacion y rescate
Evacuacion y rescateEvacuacion y rescate
Evacuacion y rescate
 
Campaña de las manos
Campaña de las manosCampaña de las manos
Campaña de las manos
 
Manual seguridad-operacion-montacargas-komatsu
Manual seguridad-operacion-montacargas-komatsuManual seguridad-operacion-montacargas-komatsu
Manual seguridad-operacion-montacargas-komatsu
 
104203262 plan-de-rescate-en-alturas (1)
104203262 plan-de-rescate-en-alturas (1)104203262 plan-de-rescate-en-alturas (1)
104203262 plan-de-rescate-en-alturas (1)
 
Trabajo en Alturas - Brasil (Traducción versión I)
Trabajo en Alturas - Brasil (Traducción versión I)Trabajo en Alturas - Brasil (Traducción versión I)
Trabajo en Alturas - Brasil (Traducción versión I)
 
53207927 nfpa-472-normas-de-aptitud-profesional-para-personal-de-respuesta-a-...
53207927 nfpa-472-normas-de-aptitud-profesional-para-personal-de-respuesta-a-...53207927 nfpa-472-normas-de-aptitud-profesional-para-personal-de-respuesta-a-...
53207927 nfpa-472-normas-de-aptitud-profesional-para-personal-de-respuesta-a-...
 
PPT CAPACITACION USO ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL EPP.pptx
PPT CAPACITACION USO ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL EPP.pptxPPT CAPACITACION USO ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL EPP.pptx
PPT CAPACITACION USO ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL EPP.pptx
 
Espacios confinados
Espacios confinadosEspacios confinados
Espacios confinados
 
Cuadro interactivo 1 anexo vii - 351
Cuadro interactivo 1   anexo vii - 351Cuadro interactivo 1   anexo vii - 351
Cuadro interactivo 1 anexo vii - 351
 
CURSO MONTACARGAS Resumido
CURSO MONTACARGAS ResumidoCURSO MONTACARGAS Resumido
CURSO MONTACARGAS Resumido
 
Reglamento para el uso de lockersonline
Reglamento para el uso de lockersonlineReglamento para el uso de lockersonline
Reglamento para el uso de lockersonline
 
Procedimiento uso y manejo de montacargas
Procedimiento uso y manejo de montacargasProcedimiento uso y manejo de montacargas
Procedimiento uso y manejo de montacargas
 

Andere mochten auch

NFPA 13 2016 Working Plans Hydraulic Calcs System Acceptance Cert
NFPA 13 2016 Working Plans Hydraulic Calcs System Acceptance CertNFPA 13 2016 Working Plans Hydraulic Calcs System Acceptance Cert
NFPA 13 2016 Working Plans Hydraulic Calcs System Acceptance Cert
Paul Marrujo
 
11547251 norma-598-traducida
11547251 norma-598-traducida11547251 norma-598-traducida
11547251 norma-598-traducida
oscar171988
 
Nfpa 14 instalación de sistemas de tubería vertical y de mangueras - edició...
Nfpa 14   instalación de sistemas de tubería vertical y de mangueras - edició...Nfpa 14   instalación de sistemas de tubería vertical y de mangueras - edició...
Nfpa 14 instalación de sistemas de tubería vertical y de mangueras - edició...
JJMMSSVV
 
Manual Equipo de Respiración Autónoma
Manual Equipo de Respiración AutónomaManual Equipo de Respiración Autónoma
Manual Equipo de Respiración Autónoma
Danilo Silva Vásquez
 
Manejo seguro montacargas 2
Manejo seguro montacargas 2Manejo seguro montacargas 2
Manejo seguro montacargas 2
Arnold Paredes
 
Pruebas a redes hidraulicas contra incendio
Pruebas a redes hidraulicas contra incendioPruebas a redes hidraulicas contra incendio
Pruebas a redes hidraulicas contra incendio
Solucion Social
 
Manual para el procedimiento de pruebas hidrostáticas
Manual para el procedimiento de pruebas hidrostáticasManual para el procedimiento de pruebas hidrostáticas
Manual para el procedimiento de pruebas hidrostáticas
VCISARAHY
 

Andere mochten auch (20)

NFPA 13 2016 Working Plans Hydraulic Calcs System Acceptance Cert
NFPA 13 2016 Working Plans Hydraulic Calcs System Acceptance CertNFPA 13 2016 Working Plans Hydraulic Calcs System Acceptance Cert
NFPA 13 2016 Working Plans Hydraulic Calcs System Acceptance Cert
 
Boletín técnico n°1
Boletín técnico n°1Boletín técnico n°1
Boletín técnico n°1
 
11547251 norma-598-traducida
11547251 norma-598-traducida11547251 norma-598-traducida
11547251 norma-598-traducida
 
Nfpa101 building rehab orlando2010
Nfpa101 building rehab orlando2010Nfpa101 building rehab orlando2010
Nfpa101 building rehab orlando2010
 
CURSO MANEJO DEFENSIVO
CURSO MANEJO DEFENSIVOCURSO MANEJO DEFENSIVO
CURSO MANEJO DEFENSIVO
 
MANEJO DEFENSIVO Y EVASIVO DE VEHÍCULOS BLINDADOS
MANEJO DEFENSIVO Y EVASIVO DE VEHÍCULOS BLINDADOSMANEJO DEFENSIVO Y EVASIVO DE VEHÍCULOS BLINDADOS
MANEJO DEFENSIVO Y EVASIVO DE VEHÍCULOS BLINDADOS
 
Nfpa 14 instalación de sistemas de tubería vertical y de mangueras - edició...
Nfpa 14   instalación de sistemas de tubería vertical y de mangueras - edició...Nfpa 14   instalación de sistemas de tubería vertical y de mangueras - edició...
Nfpa 14 instalación de sistemas de tubería vertical y de mangueras - edició...
 
Equipo de respiracion autonoma
Equipo de respiracion autonomaEquipo de respiracion autonoma
Equipo de respiracion autonoma
 
Manual Equipo de Respiración Autónoma
Manual Equipo de Respiración AutónomaManual Equipo de Respiración Autónoma
Manual Equipo de Respiración Autónoma
 
Manejo seguro montacargas 2
Manejo seguro montacargas 2Manejo seguro montacargas 2
Manejo seguro montacargas 2
 
Life Safety Code: NFPA 101, IFC 2015 & OSHA Subpart E
Life Safety Code: NFPA 101, IFC 2015 & OSHA Subpart E Life Safety Code: NFPA 101, IFC 2015 & OSHA Subpart E
Life Safety Code: NFPA 101, IFC 2015 & OSHA Subpart E
 
pruebas e inspección a válvulas
pruebas e inspección a válvulaspruebas e inspección a válvulas
pruebas e inspección a válvulas
 
Operador Montacargas ...Prevención y Riesgos
Operador  Montacargas ...Prevención y RiesgosOperador  Montacargas ...Prevención y Riesgos
Operador Montacargas ...Prevención y Riesgos
 
Pruebas y normas de instalaciones
Pruebas y normas de instalaciones Pruebas y normas de instalaciones
Pruebas y normas de instalaciones
 
Nfpa 24 español - 2010
Nfpa 24   español - 2010Nfpa 24   español - 2010
Nfpa 24 español - 2010
 
@Bu - Carta Modelo Retiro Voluntario
@Bu - Carta Modelo Retiro Voluntario@Bu - Carta Modelo Retiro Voluntario
@Bu - Carta Modelo Retiro Voluntario
 
Pruebas a redes hidraulicas contra incendio
Pruebas a redes hidraulicas contra incendioPruebas a redes hidraulicas contra incendio
Pruebas a redes hidraulicas contra incendio
 
Manual para el procedimiento de pruebas hidrostáticas
Manual para el procedimiento de pruebas hidrostáticasManual para el procedimiento de pruebas hidrostáticas
Manual para el procedimiento de pruebas hidrostáticas
 
nfpa-70 e en español
nfpa-70 e en españolnfpa-70 e en español
nfpa-70 e en español
 
Sprinkler system
Sprinkler systemSprinkler system
Sprinkler system
 

Ähnlich wie Reglamento brigada de emergencias

1494961536 gth an-02-reglamento_brigada_de_emergencia.docx
1494961536 gth an-02-reglamento_brigada_de_emergencia.docx1494961536 gth an-02-reglamento_brigada_de_emergencia.docx
1494961536 gth an-02-reglamento_brigada_de_emergencia.docx
dianamroab
 
Plan de emergencia h.s.e.q colombia
Plan de emergencia h.s.e.q colombiaPlan de emergencia h.s.e.q colombia
Plan de emergencia h.s.e.q colombia
Jennifer Castro
 
3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...
3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...
3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...
MARILIN53
 

Ähnlich wie Reglamento brigada de emergencias (20)

1494961536 gth an-02-reglamento_brigada_de_emergencia.docx
1494961536 gth an-02-reglamento_brigada_de_emergencia.docx1494961536 gth an-02-reglamento_brigada_de_emergencia.docx
1494961536 gth an-02-reglamento_brigada_de_emergencia.docx
 
Plan de contingencia inpe chimbote
Plan de contingencia inpe   chimbotePlan de contingencia inpe   chimbote
Plan de contingencia inpe chimbote
 
Plan de contingencia inpe chimbote
Plan de contingencia inpe   chimbotePlan de contingencia inpe   chimbote
Plan de contingencia inpe chimbote
 
Plan de seguridad de cielito mia 2
Plan de seguridad de cielito mia 2Plan de seguridad de cielito mia 2
Plan de seguridad de cielito mia 2
 
Plan de emergencia h.s.e.q colombia
Plan de emergencia h.s.e.q colombiaPlan de emergencia h.s.e.q colombia
Plan de emergencia h.s.e.q colombia
 
PLAN DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIA LOCAL DE VENTAS.docx
PLAN DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIA  LOCAL DE VENTAS.docxPLAN DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIA  LOCAL DE VENTAS.docx
PLAN DE CONTINGENCIA Y EMERGENCIA LOCAL DE VENTAS.docx
 
Oac con-ins-msa-001 0 instructivo rescate en altura-aprobado
Oac con-ins-msa-001 0 instructivo rescate en altura-aprobadoOac con-ins-msa-001 0 instructivo rescate en altura-aprobado
Oac con-ins-msa-001 0 instructivo rescate en altura-aprobado
 
4. PPT SCI 3.pptx
4. PPT SCI 3.pptx4. PPT SCI 3.pptx
4. PPT SCI 3.pptx
 
Pl.desbloqueado
Pl.desbloqueadoPl.desbloqueado
Pl.desbloqueado
 
MODELO-PLAN-SEGURIDAD-SACHACA.pdf
MODELO-PLAN-SEGURIDAD-SACHACA.pdfMODELO-PLAN-SEGURIDAD-SACHACA.pdf
MODELO-PLAN-SEGURIDAD-SACHACA.pdf
 
Plan contigencia anticuchos -lucero
Plan contigencia anticuchos -luceroPlan contigencia anticuchos -lucero
Plan contigencia anticuchos -lucero
 
Plan de emergencia revisar
Plan de emergencia revisarPlan de emergencia revisar
Plan de emergencia revisar
 
Plan de seguridad multiservicios juancho
Plan de seguridad multiservicios juanchoPlan de seguridad multiservicios juancho
Plan de seguridad multiservicios juancho
 
Plan de contingencia
Plan de contingenciaPlan de contingencia
Plan de contingencia
 
Plan de emergencia g4 s m.c.
Plan de emergencia g4 s m.c.Plan de emergencia g4 s m.c.
Plan de emergencia g4 s m.c.
 
EIR 2 MODULO RESPUESTA 3.pptxjgjgjjhgjhg
EIR 2 MODULO RESPUESTA 3.pptxjgjgjjhgjhgEIR 2 MODULO RESPUESTA 3.pptxjgjgjjhgjhg
EIR 2 MODULO RESPUESTA 3.pptxjgjgjjhgjhg
 
2. MOD 3 PPT SCI 3.pptx
2. MOD 3 PPT SCI 3.pptx2. MOD 3 PPT SCI 3.pptx
2. MOD 3 PPT SCI 3.pptx
 
PUERTO MELCHORITA PERU
PUERTO MELCHORITA PERU PUERTO MELCHORITA PERU
PUERTO MELCHORITA PERU
 
3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...
3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...
3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...
 
3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...
3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...
3. lineamientos tecnicos en el establecimiento de las brigadas integrales par...
 

Kürzlich hochgeladen

Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docxCaso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
yovana687952
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
46058406
 

Kürzlich hochgeladen (20)

Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
 
Presentacion Derecho Notarial dominicano temas
Presentacion Derecho Notarial dominicano temasPresentacion Derecho Notarial dominicano temas
Presentacion Derecho Notarial dominicano temas
 
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptxEl comercio y auxiliares comerciantes.pptx
El comercio y auxiliares comerciantes.pptx
 
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional PúblicoMAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
 
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en IsraelCarta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
 
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docxCaso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
 
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordiaDictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
 
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptxEL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
 
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaRESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
 
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdfLibro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
 
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICALA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
 
OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...
OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...
OBLIGACIONES CON PLURALIDAD DE SUJETOS Y RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN (1)...
 
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
1. DERECHO LABORAL COLECTIVO CONCEPTO CONTENIDO APLICACIOìN Y DIFERENCIAS (1)...
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
 
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
Caso Galeria Nicolini Perú y análisis ..
 
delitos contra la vida humana dependiente
delitos contra la vida humana dependientedelitos contra la vida humana dependiente
delitos contra la vida humana dependiente
 
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.pptREGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
REGIMEN DISCIPLINARIO ART. 41 DE LA LOSEP.ppt
 
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVILDIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
 
Fin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxFin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptx
 

Reglamento brigada de emergencias

  • 2. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General TERMINAL DE TRANSPORTE GUADALAJARA DE BUGA S.A. 1. REGLAMENTO BRIGADA DE EMERGENCIAS 1.1LEMA “ ................................................................................................................... ” 1.2. PROMESA DE CONSAGRACIÓN Como miembro de LA BRIGADA DE EMERGENCIAS DE LA TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., prometo servir con lealtad, ética, responsabilidad, valor y compromiso a todos aquellos que puedan necesitar de mi ayuda sin ninguna discriminación racial, religiosa, política o ideológica. Trabajar por el mejoramiento de la salud y la reducción de la vulnerabilidad ante los desastres, así como en la mitigación de sus efectos. Cumplir fielmente los reglamentos de LA TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., y mantener el sentido de amistad, de cooperación y de pertenencia en todas las actividades de la Brigada. 1.3. MISIÓN La prevención y atención de situaciones de emergencia o desastre que puedan ocasionar lesiones sobre las personas, daños a los bienes de La Caja o al medio ambiente. 1.4. VISION Ser durante los próximos Diez años un grupo comprometido con la labor de Brigadista, cada vez mejor en la prestación de los servicios de prevención y atención de emergencias, en la atención de primeros auxilios, en el control y atención de incendios y en el apoyo de programas preventivos y de vigilancia de mejores condiciones de trabajo, salud y vida en las instalaciones de la Caja en el departamento de Antioquia
  • 3. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General 1.5. INTRODUCCIÓN TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. consciente de su responsabilidad en el control de los factores que puedan amenazar la vida de las personas que laboran en sus instalaciones y de los usuarios que utilizan sus servicios, optó por conformar La BRIGADA DE EMERGENCIAS integrada por algunos de sus empleados, quienes mediante un adecuado y permanente entrenamiento colaborarán voluntariamente en la prevención y atención de desastres que ocurran en sus dependencias siempre y cuando Comfenalco suministre los medios apropiados para ello. El presente reglamento otorga las bases para la organización, operación, capacitación y equipos necesarios de LA BRIGADA DE EMERGENCIAS DE LA TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., Suministra las normas administrativas para el funcionamiento de este grupo dentro de las instalaciones siguiendo las pautas fijadas por la organización. 2. CAPITULO I 2.1. FINALIDAD ARTICULO 1: La Brigada de Emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. es un grupo de trabajo conformado por empleados voluntarios, distribuidos estratégicamente en cada una de las diferentes sedes y turnos de trabajo, quienes reciben capacitación permanente en Primeros Auxilios, Técnicas Bomberiles y Prevención y Atención de Emergencias y Desastres. Son personas con capacidad de liderazgo, estabilidad emocional, iniciativa, responsabilidad, aptitud física y social debidamente motivadas, entrenadas y capacitadas y que permanezcan la mayor parte del tiempo desempeñando sus labores en las sedes de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. Además tienen entrenamiento permanente y cuentan con la coordinación de empleados de la empresa. La Brigada de Emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. tiene como propósito la prevención y atención de situaciones de emergencia o desastre que puedan ocasionar lesiones sobre las personas, daños a los bienes de La Caja o al medio ambiente. 3. CAPITULO II 3.1.1 DIRECCIÓN, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO ARTICULO 2: En los aspectos normativos y de organización, la Brigada de Emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. dependerá del Departamento de Gestión Humana y en los aspectos operativos dependerá del Comité de Emergencias de cada sede de acuerdo a la siguiente estructura (ANEXO DE FLUJOGRAMA)
  • 4. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General ARTICULO 3: Para un mejor funcionamiento interno la Brigada de Emergencias de cada sede deberá definir la siguiente estructura A. COORDINADOR B. SUBCOORDINADOR C. BRIGADISTAS 3.1.2 CONSTITUCION ARTICULO 4: La Brigada de emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. estará conformada de la siguiente manera: 3.1.2.1 (QUIENES INTEGRAN LA BRIGADA Y EL CARGO Y NUMERO DE INTEGRANTES DE ACUERDO AL AREA DE DESEMPEÑO) Los cargos y funciones que se establecen en este reglamento tendrán validez únicamente dentro de la Brigada de Emergencias y no constituyen ningún tipo de cargo o escalafón dentro de la Empresa. ARTÍCULO 5: Todos los miembros de la Brigada de Emergencias tendrán una formación básica en:  Generalidades sobre Brigadas de Emergencia  Técnicas Bomberiles  Primeros Auxilios  Prevención y Atención de Desastres 3.1.3 CARGOS ARTICULO 6: Dentro de la Brigada existirán los Cargos de Jefe de la Brigada y Coordinadores de Sede y se acatará este orden jerárquico para el ejercicio del mando, observando el conducto regular. En ausencia del Jefe de la Brigada éste será reemplazado por su suplente o por los Coordinadores de Sede. ARTICULO 7: Todo aspirante a ascenso a los cargos existentes, deberá llenar los siguientes requisitos para su promoción: 1. Tener una buena hoja de vida en TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. y en la Brigada. 2. Tener habilidades de liderazgo. 3. Tener conocimiento técnico de la instalaciones y sus procesos 4. Haber aprobado satisfactoriamente la capacitación y entrenamiento estipulado en este reglamento.
  • 5. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General ARTICULO 8: En el inicio de la Brigada se llenarán los diferentes cargos por designación directa de el Departamento de Gestión Humana, de acuerdo con las solicitudes que se presenten para pertenecer a la Brigada. El trabajador no recibirá ningún tipo de remuneración por su pertenencia a la brigada. ARTICULO 9: Son requisitos para ingresar a LA BRIGADA DE EMERGENCIAS DE LA TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., los siguientes: 1. Tener una vinculación directa con TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. 2. Ser mayor de 18 años 3. Tener una buena hoja de vida como funcionario. 4. Estar física y mentalmente apto, según concepto médico escrito. 5. Diligenciar solicitud de ingreso en la cual acepta ser parte de la Brigada y se compromete a cumplir su reglamento. 6. Autorización firmada por el Jefe de la respectiva sede, aprobando la participación del Brigadista en las actividades. 7. Liderazgo 8. Deseos de servicio 9. Compromiso con la Empresa ARTICULO 10: El aspirante a Brigadista, una vez aceptado su ingreso, pasará por un período de Formación de treinta y dos (32) horas teórico prácticas. durante las cuales será aceptado o rechazado definitivamente, según evaluación del Asesor. 3.1.3.1 INGRESO Y RETIRO ARTICULO 11: El Ingreso y retiro de la Brigada son actos totalmente voluntarios por parte del integrante. Durante su permanencia deberá cumplir a cabalidad los lineamientos de la Brigada. 4. CAPITULO III 4.1.1 CAPACITACION Y ENTRENAMIENTO 4.1.2 REQUISITOS ARTICULO 12: La Brigada de Emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. contará con la asesoría de la A.R.P. quien proporcionará un instructor calificado, de experiencia comprobada en la dirección de este tipo de grupos; la capacidad e idoneidad técnica de ésta persona deberá estar certificada. ARTICULO 13: El programa de entrenamiento deberá mantenerse al día con los problemas que presenten nuevos riesgos en las instalaciones y con los equipos y procedimientos para su protección. La capacitación deberá incluir el estudio de los riesgos especiales de lugar o de la ubicación geográfica.
  • 6. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General ARTICULO 14: Durante los entrenamientos debe operarse completamente los equipos disponibles para atención de emergencias, siempre que sea posible. ARTICULO 15: Al final del entrenamiento, todos los equipos utilizados deberán reacondicionarse y colocarse con prontitud en su lugar previsto, listo para responder a una alarma de emergencia. ARTICULO 16: Cada dos (2) meses los Coordinadores de cada Brigada presentarán un informe de inspección de riesgos de sus sitios de trabajo al Coordinador de la Brigada. ARTICULO 17: La asistencia a la capacitación y entrenamiento es obligatoria para todo el personal de la Brigada de Emergencias. Se exceptúan los casos en los cuales se presente incapacidad médica, calamidad doméstica comprobada, estar en vacaciones, estar el trabajador adelantando estudios o cursos autorizados por TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., y cuando por fuerza mayor el trabajador no puede abandonar el sitio de trabajo La ausencia a la capacitación o entrenamiento deberá justificarse antes de que ésta comience, o a más tardar en la próxima reunión. Las causas deberán ser constatadas por el Jefe de la Brigada. Durante las actividades del año no se podrán tener más de dos (2) ausencias no justificadas. ARTICULO 18: HORARIOS: La capacitación y entrenamiento se realizará de acuerdo al cronograma que se establece con el Coordinador de la Brigada y el Departamento de Gestión Humana. Esta será de cuatro horas mensuales. En dos jornadas (primer Jueves de mes en horario de 13:30 a 17:30 y segundo lunes de mes de 08:00 – 12:00) 4.1.3 CONTENIDOS ARTICULO 19: La capacitación y entrenamiento se desarrollarán mediante programas elaborados con el asesor de la Brigada asignado por la A.R.P. de acuerdo con las actividades de cada una de las sedes y las necesidades de las instalaciones. ARTICULO 20: Este programa contará previamente con el visto bueno del Departamento de Gestión Humana y deberá tener en consideración lo establecido en los artículos 13 al 19 del presente reglamento. 4.1.3.1 ARTICULO 21: La capacitación básica y avanzada comprenderá los siguientes temas: incendio. Primera Respuesta a Incidentes con Materiales Peligrosos
  • 7. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General emergencias. Planes de Evacuación. alaciones y sus procesos. 5. CAPITULO IV 5.1.1 INSTALACIONES, EQUIPOS, ELEMENTOS E IDENTIFICACION 5.1.2 DE LA BRIGADA DE EMERGENCIAS 5.1.3 INSTALACIONES ARTICULO 22: La Brigada de Emergencias en cada sede dispondrá dentro de las Instalaciones de un espacio para el almacenamiento del equipo. 5.1.4 EQUIPOS Y ELEMENTOS ARTICULO 23: El equipo de la Brigada constará, opcionalmente, de los siguientes elementos, los cuales se encontrarán disponibles, en todo momento, en el espacio de la Brigada, asi: n portátil de primeros auxilios. La Brigada tendrá un listado y plano de ubicación de los equipos disponibles en las instalaciones.
  • 8. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General 5.1.5 IDENTIFICACION ARTICULO 24: El uniforme del personal de la Brigada consistirá en una sudadera, chaqueta de color rojo, camiseta de color blanco y gorra. Este uniforme únicamente se usará en las prácticas de la Brigada y en eventos especiales. En la Jornada de trabajo el Brigadista deberá usar su uniforme institucional normal con el Chaleco de Brigadista ARTICULO 25: Cada uno de los miembros de la Brigada será responsable del mantenimiento, aseo y conservación del equipo y su dotación. 6. CAPITULO V 6.1.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 6.1.2 FUNCIONES GENERALES DE LA BRIGADA ARTICULO 26: Son funciones generales de la Brigada de Emergencias, las siguientes: 1. Las funciones de La Brigada de Emergencias serán las siguientes:  ANTES DE LA EMERGENCIA a. Mantener contacto con el Comité de Emergencias, acatar instrucciones de éste. b. Mantener actualizada la información sobre los integrantes de la Brigada para desplegar la organización inmediata que se requiera. c. Mantener el equipo de la Brigada de Emergencias en óptimas condiciones de funcionamiento. d. Asignar funciones a cada uno de los integrantes de la Brigada. e. Revisión de todas las áreas de La Sede, mediante inspecciones de seguridad periódicas que permitan identificar puntos críticos y presentar informes. f. Revisión periódica de extintores y gabinetes contra incendios, en la planilla respectiva e informar novedades. g. Conocer todos los puntos críticos de La Sede tales como Circuitos eléctricos, tableros de breques, plantas eléctricas, motobombas, llaves de paso de GLP o gas natural, cuartos técnicos, cuartos de ascensores, etc. h. Tener conocimiento en cuanto a: rutas de evacuación, puertas de salidas, sitios de encuentro, dotación para emergencias, etc. i. Velar y asegurarse de que los extintores, equipos contra incendio, camillas, botiquines y las rutas de evacuación y salidas de emergencia se encuentre libres de obstáculos y con la señalización adecuada. j. Establecer la cadena de llamadas de sus integrantes.
  • 9. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General k. Asistir a las capacitaciones que Salud Ocupacional programa regularmente. l. Tener en sitio visible el Kit de emergencias (Chaleco Rojo, Gorra Roja y Riñonera de Primeros Auxilios dotada) m. Cumplir con lo establecido en el Reglamento para la Brigada de Emergencias n. Realizar reuniones internas periódicas o. Mantener las carpetas actualizadas de revisión de botiquines, Alarmas, gabinetes contra incendios, extintores, pacientes/lesionados atendidos y relación mensual de pacientes/lesionados atendidos.  DURANTE LA EMERGENCIA a. Activar los mecanismos de alerta y alarma b. Usar de ser posible el Kit de emergencias (Chaleco Rojo, Gorra Roja y Riñonera de Primeros Auxilios dotada) c. Iniciar la atención y control de la situación de emergencia y/o desastre. d. Realizar un rápido diagnóstico de la situación para control inicial del evento, usando el equipo disponible en el área. e. Atender el incidente y trabajar bajo la dirección del Coordinador de la Brigada de Emergencias. f. Aislar el área afectada g. Mantener coordinación continua para el control de la emergencia. h. Prestar primeros auxilios de acuerdo a PONS (procedimientos operativos normalizados) establecidos i. Mantener informado al Comité de Emergencias, de la situación. j. Si no hay reporte de lesionados, pero es emergencia Grado 2 ó 3 establecer el puesto cercano al lugar del evento en una zona segura y estar atento cuando se requiera la ayuda. k. Montar el Modulo de Estabilización y Clasificación (MEC) l. Registrar el número de lesionados, tipo de lesión y de acuerdo al triage (clasificación de lesionados en masa) remitir al centro de atención médica mas cercano. m. Coordinar tratamiento médico y traslado de lesionados, según tipo de lesión con las autoridades de salud locales. Toda persona remitida en lo posible debe hacerlo acompañada. n. Apoyar a Gestión Humana con el personal y los servicios de apoyo psicológicos para las víctimas de incidentes. o. Identificar todos los riesgos a la salud asociados con el incidente.
  • 10. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General p. Llevar a cabo los procedimientos para detener la actividad de La Sede, si la emergencia lo requiere. q. Operar los sistemas de la planta y equipo para control de fugas, con el propósito de controlar de la emergencia. r. Realizar las acciones para el control de incendios y rescate según PONS establecidos. s. Proteger las áreas no afectadas por el incendio, de daños mayores Prevenir la propagación del incendio o derrame. t. De ser necesario solicitar al Jefe de Emergencias, la presencia de los cuerpos de bomberos e instituciones de apoyo. u. Determinar conjuntamente con el Jefe de emergencias la necesidad de evacuación total o parcial. v. En caso de evacuación desplegar el personal de la Brigada de emergencias para una revisión completa de las instalaciones, garantizar la evacuación de todo el personal. w. En la medida de lo posible realizar salvamento de bienes. x. Tener informado constantemente al Puesto de Mando Unificado (PMU).  DESPUES DE LA EMERGENCIA a. Participar en la remoción de escombros, preservar las evidencias o pruebas que servirán par la futura investigación de las causas de la emergencia. b. Participar en las acciones de rehabilitación, recuperación y reacondicionamiento de áreas afectadas. c. Participar en las actividades de evaluación e investigación de la emergencia Participar en las actividades de inspección y evaluación de daños d. Evaluar las actividades realizadas por la Brigada y la participación y respuesta de los grupos de socorro externos. e. Preparar informe al Comité de Emergencias que incluya dia, fecha, hora, brigadistas participantes, causas, consecuencias, acciones desarrolladas, equipo utilizado y acciones correctivas. f. Participar en las actividades de evaluación e investigación de la emergencia. g. Realizar inventario de los materiales utilizados por la Brigada para determinar su Reposición. 6.1.3 FUNCIONES DEL JEFE DE LA BRIGADA ARTICULO 27: son funciones del Jefe de Brigadas, las siguientes: 1. Efectuar la planeación, programación de las actividades de la Brigada y administrar los recursos de la misma.
  • 11. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General 2. Velar por el buen desarrollo de las actividades de la Brigada y el mantenimiento óptimo de sus recursos. 3. Programar los actos de la celebración del día clásico de la Brigada. 4. Estudiar y aceptar el ingreso y retiro de personal en la Brigada, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 13 y 14 del presente reglamento. 5. Escoger el instructor para la Brigada (artículo 15 del presente reglamento.) 6. Aprobar anualmente el programa de capacitación y entrenamiento y garantizar los recursos para su ejecución. 7. Estudiar los resultados de la inspección de seguridad de las instalaciones, tramitar las conclusiones que de ella se desprenda y verificar la aplicación de las recomendaciones en ellas formuladas. 8. Planificar y presupuestar las inversiones necesarias para la prevención y control de las emergencias en las instalaciones y el buen desenvolvimiento de la Brigada. 9. Estudiar el informe de control de las emergencias presentado por el Coordinador de Brigada. Tramitar las acciones o recomendaciones que se desprendan de él. 10.Asignar funciones complementarias a la Brigada y a sus miembros, según lo ameriten condiciones especiales de las instalaciones. 11.Aprobar los planes de prevención y atención de emergencias y su actualización anual. Lograr su difusión y práctica. Estos planes contarán con el Visto bueno del Departamento de Gestión Humana 12.Determinar las sanciones a las cuales se hacen acreedores los integrantes de la Brigada, de acuerdo con lo estipulado en el Capítulo VIII de este reglamento. 13.Aprobar los reconocimientos, distinciones y premios a los cuales se hacen acreedores los integrantes de la Brigada según lo estipulado en el artículo 54 de este reglamento. 14.Escoger el diseño de la escarapela y escudo de la Brigada según lo señalado 15.Aprobar la participación de la Brigada en planes de ayuda mutua, según lo estipulado en el artículo 37 de este reglamento. 16.Efectuar semestralmente un balance de las faltas cometidas por los miembros de la Brigada, a fin de tomar medidas que busquen eliminar los motivos de estas. 6.1.4 FUNCIONES DEL COORDINADOR DE LA BRIGADA POR SEDE ARTICULO 28: Son funciones del Coordinador de Brigadas, las siguientes: 1. Dirigir y mantener la unidad de grupo de la Brigada.
  • 12. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General 2. Realizar el Cronograma de actividades. 3. Representar la Brigada ante el Comité de Emergencias. 4. Mantener actualizada la hoja de vida de los Brigadistas. 5. Realizar informe de actividades trimestralmente. 6. Realizar informe de eventos atendidos. 7. Acudir inmediatamente al sitio del evento. 8. Dirigir las operaciones en el sitio. 9. Mantener informado al Coordinador del Comité de Emergencias o a las directivas, sobre el desarrollo de la situación. 10.Recopilar toda la información posible 11.Presentar informe final por escrito. 12.Realizar evaluación de actividades y elaborar para el Comité de Emergencias informe detallado del control de las emergencias, que contemple los siguientes aspectos: a) Causas de la emergencia, Lesiones sobre las personas, Daños sobre instalaciones, equipos, materia prima, producto terminado y perturbaciones en la producción, Aciertos y fallas de la Brigada en operación, Sugerencias para evitar situaciones similares. 13.Tomar correctivos 14.Otras funciones que le sean asignadas por el Comité Local de Emergencias o el Jefe de la Brigada. 6.1.5 FUNCIONES DEL SUB COORDINADOR DE LA BRIGADA ARTICULO 29: Son funciones del Subcoordinador de brigadas, las siguientes: 1. Reemplazar al Coordinador de la Brigada, asumiendo las mismas funciones de éste, estipuladas en el artículo 28 del presente reglamento. 2. Asistir al Coordinador de La Brigada en todas las funciones que le competen. 6.1.6 FUNCIONES DE LOS BRIGADISTAS ARTICULO 30: Son funciones de los brigadistas, las siguientes: 1. Cumplir los reglamentos de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. y las normas sobre Seguridad y Prevención de accidentes. 2. Conocer y cumplir el presente reglamento, los planes, programas y demás disposiciones de la Brigada. 3. Controlar que los Funcionarios hagan buen uso de los equipos de prevención y control de emergencias e informar cualquier anomalía. 4. Asistir y tomar parte activa en las instrucciones y entrenamientos.
  • 13. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General 5. Informar oportunamente a su Coordinador, toda condición o acto inseguro que se observe en las instalaciones. 6. Dentro de los entrenamientos, maniobras y atención de emergencias ceñirse a lo estipulado en los planes previamente elaborados y a las instrucciones de su instructor 7. Hacer uso correcto del equipo de la Brigada. 8. Efectuar las revisiones y mantenimientos permitidos a los equipos de atención de emergencias, en la forma y periodicidad recomendada, de tal forma que se garantice la permanente disponibilidad y buen estado de los mismos. 9. Cumplir con las demás funciones propias del Brigadista que le sean asignadas por el Coordinador. 7. CAPITULO VI 7.1.1 PROCEDIMIENTOS Y OPERACIONES 7.1.2 OPERACIONES SIN EMERGENCIAS (PERIODICAS) 7.1.2.1..1 Inspecciones Contra Incendios ARTICULO 31: Cada dos (2) meses la Brigada de emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., efectuará inspecciones de Seguridad en forma organizada y Sistemática en los formatos establecidos para tal fin que incluyan todas las áreas de las instalaciones a fin de detectar condiciones peligrosas y controlar actos inseguros; igualmente se revisará el equipo de protección de la Instalaciones. El Coordinador de la Brigada presentará cada dos (2) meses el informe de inspección al Comité de Emergencias de cada sede, quien lo estudiará y tramitará las recomendaciones. Si las circunstancias lo ameritan, copia de este informe se entregará al Jefe de la Brigada en el Departamento de Gestión Humana. 7.1.2.2 Planteamiento Previo para la prevención y atención de emergencias ARTICULO 32: Para cada uno de los siniestros que se puedan presentar en la Instalaciones, La Brigada deberá conocer el plan de actuación para evitar su aparición y/o controlar sus efectos. Los planes deberán ser previamente diseñados, redactados, aprobados, difundidos y practicados. ARTICULO 33: Los planes contienen básicamente: 1- Descripción del riesgo, su ubicación, magnitud y sus posibles efectos. 2- Los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para su prevención y control.
  • 14. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General 3- Descripción paso a paso de las acciones a ejecutar y sus alternativas para la prevención y/o Control de la emergencia. 4- Actuación en caso de emergencias en horas no laborables. 5- Asignación de responsabilidades y funciones. 7.1.3 OPERACIONES EN EMERGENCIAS ARTICULO 34: Procedimientos Generales en caso de emergencia 1- La primera persona que descubra el inicio de la emergencia deberá comunicarse inmediatamente con el Coordinador de la Brigada informando el lugar exacto y el tipo de emergencia. 2- El Coordinador de la Brigada en cada sede activará el plan de Emergencias poniendo en funcionamiento el sistema de alarmas previamente establecido, indicando el Código de la zona afectada y el tipo de emergencia. 3- El Coordinador de la Brigada decidirá cuando y a quien solicitar ayuda exterior, consultando el plan previo para atención de esa emergencia especifica, esta actividad la desarrollará con el Coordinador de Emergencias. 4- Los Brigadistas al sonar la señal de alarma se dirigirán inmediatamente al sitio de encuentro previamente determinado donde se dotarán de todos los elementos indispensables para atender la emergencia. Sin estos elementos no podrá participar en el control de ella. 5- El Brigadista podrá abandonar su lugar de trabajo en el momento de recibir la información o alarma, sin tener que pedir permiso a su jefe inmediato. 6- Una vez llegados al lugar de la emergencia y durante las labores de control de la misma, Los Brigadistas sólo obedecerán órdenes del Coordinador de la Brigada. 7- El control de la emergencia se efectuará de acuerdo con el plan previamente diseñado y entrenado para la atención específica de esa emergencia en particular. 8- La única persona autorizada para concurrir al sitio de la emergencia, es el Coordinador de Emergencias, Esta se abstendrá de dar ordenes o de ejecutar cualquier acto que entorpezca las labores de control de la emergencia. Toda recomendación la harán a través del Coordinador de la Brigada.
  • 15. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General 9- Los Funcionarios en otras áreas permanecerán en sus puestos de trabajo para que la labor no sufra trastornos graves y que no circulen rumores que puedan crear pánico colectivo. 10- Siempre que sea necesaria la intervención del Cuerpo de Bomberos Oficial o Voluntario, será este quien asumirá el mando, en cuanto al control del incendio, pero con la asistencia constante de la Brigada. 11- Los Brigadistas de otras entidades que asistan a prestar colaboración, quedarán a ordenes del Coordinador de la Brigada. 12- Luego de concluido el control de la emergencia, los integrantes de la Brigada procederán a reacondicionar el equipo de tal modo que garanticen su normal funcionamiento. 13- Sólo el Coordinador de Emergencias está facultado para proporcionar información sobre siniestros a la prensa hablada o escrita y/o a cualquier otra persona o entidad pública o privada que lo solicite. ARTICULO 35: SALVAMENTO: La Brigada deberá tener un plan de salvamento de la propiedad que incluya: 1- Listado de materiales que no puedan removerse, los cuales se deben cubrir o proteger. 2- Asignación de personal que se encargue de remover materiales peligrosos. 3- Identificación de desagües, Controles eléctricos y de fluidos. 4- Restablecimiento de los sistemas de protección. 5- Remoción de humo y agua. 6- Restauración de servicios. 7- Clausura de ventanas rotas y huecos en techos y paredes. 8- Establecimiento de seguridad contra robos y saqueos. 8. CAPITULO VII 8.1.1 PLAN DE AYUDA MUTUA ARTICULO 36: Un plan de ayuda mutua es un arreglo entre varias empresas u organizaciones de un mismo sector geográfico, para prestarse asistencia técnica y humana, en la eventualidad de una emergencia que sobrepase (o amenace con hacerlo) las posibilidades propias de control.
  • 16. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General ARTICULO 37: Antes que se determine participar en un plan de ayuda mutua, se deberá contar con el visto bueno del Comité de Emergencias y la aprobación del Departamento de Gestión Humana 9. CAPITULO VIII 9.1. REGIMEN DISCIPLINARIO ARTICULO 38: Del mantenimiento de la disciplina serán responsables todos los miembros de la Brigada, en forma directa y proporcional a los deberes de la función y el cargo que desempeñan. ARTICULO 39: FALTAS: Se considerarán faltas las siguientes: 1. Poner en riesgo su integridad física o la de los demás. 2. Incumplimiento a los compromisos adquiridos en la prestación de servicios. 3. Impuntualidad reiterada a las actividades de capacitación. 4. La inasistencia de más de dos (2) veces al año, sin justa causa a las actividades de capacitación. 5. No colocarse el uniforme en las actividades prácticas o hacerlo inadecuadamente. Las actividades de la Brigada son programadas en tiempo laboral, motivo por el cual el Brigadista deberá llegar puntualmente y no retirarse antes de la hora de finalización, en caso de tener que ausentarse deberá solicitar autorización del Jefe de la Brigada. ARTÍCULO 40: SANCIONES: Las sanciones de las cuales se habla en el presente reglamento serán aplicables al personal de la Brigada de emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., independientemente de las que imponga la Empresa, de acuerdo con la naturaleza y gravedad de la Falta. ARTICULO 41: La sanción será comunicada verbalmente o por escrito (Según tipo de sanción) a la persona inculpada, notificando el porqué del correctivo y las razones que se han tenido en cuenta para aplicarla. ARTICULO 42: De toda sanción impuesta debe quedar constancia escrita en la hoja de vida de cada uno de los miembros de la Brigada. ARTICULO 43: El Jefe de la Brigada y el Asesor, efectuarán semestralmente un balance de las faltas cometidas por los miembros de la Brigada, a fin de tomar medidas que busquen eliminar los motivos de éstas. ARTICULO 44: Las sanciones que se podrán aplicar dentro de la Brigada de Emergencias son las siguientes:
  • 17. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General 1- Llamada de atención verbal (Efectuada por el Jefe de la Brigada en privado) 2- Llamada de atención por escrito 3- Retiro de la Brigada 10 CAPITULO IX 10. RECONOCIMIENTOS, DISTINCIONES Y PREMIOS ARTICULO 45: Se deberá reconocer y estimular los esfuerzos de los miembros de la Brigada quienes se destaquen en el cumplimiento de sus deberes profesionales, o los que superen en beneficio de la Brigada, TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. o la Comunidad. Ello busca igualmente mantener el espíritu de trabajo y el deseo de superación. ARTICULO 46: Para efectuar un reconocimiento u otorgar una distinción o premio se deberá tener en consideración: 1- Las hojas de vida de la persona en la Brigada y en la Empresa 2- Las circunstancias que rodearon el acto o actos meritorios 3- La incidencia del o los actos en la Brigada, en TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. o en La Comunidad. ARTICULO 47: La Caja otorgará anualmente Dos (2) días hábiles remunerados a los Brigadistas que hayan participado cabalmente en las actividades programadas por la Brigada, éstos deben ser concertados por su Jefe directo previa autorización del Departamento de Gestión Humana, quienes tendrán el control del comportamiento del grupo. ARTICULO 48: Los reconocimientos, distinciones y premios deberán guardar proporción con el acto por el cual se otorgan. ARTICULO 49: Los reconocimientos, distinciones y premios, con excepción de la felicitación verbal, serán otorgados por medio de una resolución en la cual se consignará el hecho o los hechos considerados y la clase de distinción o premio otorgado. De la resolución respectiva se enviará copia al Jefe Inmediato, Al Coordinador de Emergencias y a las hojas de vida de las personas en TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A. y en la Brigada. ARTICULO 50: Las distinciones y premios que pueden otorgarse dentro de la Brigada son los siguientes: 1- Felicitación Privada, puede ser verbal o escrita 2- Felicitación Pública
  • 18. TERMINAL DE TRANSPORTE DE BUGAS.A. REGLAMENTO INTERNO DE BRIGADAS DE EMERGENCIA Código:TH - RI - 01 Versión:01 Fecha:23 – 09 - 2016 Elabora: John Fernando Marín Salas Cargo:Asesor Externo Revisa: Cargo: Aprueba:Luis Eduardo OrtizB. Cargo: Gerente General - Verbal en presencia de los miembros de la Brigada - Escrita y publicada en carteleras. 3- Premios especiales, que serán en especie y a juicio del Jefe de la Brigada con el visto bueno del Departamento de Gestión Humana 4- Trofeo o pergamino al “Mejor Brigadista del Año”. La elección se hará por votación de los miembros de la Brigada. 5- Mención de Honor, (Medalla con insignia) por actos sobresalientes en beneficio de la Brigada, la Empresa o la comunidad. (o acontecimientos especiales, por ejemplo, años de servicio.) ARTICULO 51: Los premios especiales, los trofeos o pergaminos, las menciones honoríficas y las condecoraciones, serán entregados en acto especial en la fiesta de Navidad de empleados. 11. CAPITULO X i. ASPECTOS GENERALES ii. REGISTRO DE ACTIVIDADES ARTICULO 52: Todas las actividades realizadas por el Comité de Emergencias y por la Brigada, serán consignadas en actas diferentes. Las actas que se llevarán son las siguientes: 1- Para el Jefe y Coordinadores de la Brigada: - Actas de reunión 2- Para la Brigada: - Carpeta con informe de actividades atendidas. 3- Para el Asesor: - Capacitación y entrenamiento: donde se anotarán las actividades realizadas durante el tiempo de entrenamiento, así como los temas de capacitación recibidos. iii. MODIFICACIONES AL REGLAMENTO ARTICULO 53: Las modificaciones al presente reglamento solo podrán ser hechas por mayoría simple en reunión plenaria de la Brigada. El presente reglamento rige desde la fecha de su expedición y fue discutido, estudiado y aprobado por la Brigada de Emergencias de TERMINAL DE TRANSPORTES DE BUGA S.A., durante el mes de septiembre de 2016.