4. Características generales
Tipo de proyecto
Justificación
Ubicación
Superficie de ocupación
Uso de suelo y tenencia
Compatibilidad con uso de suelo
Relación con otros proyectos o actividades
Programa de trabajo
Programa de operación
5. Estudios preliminares de campo
Tipo de estudios e investigaciones
Obras y servicios de apoyo
Actividades de apoyo
Equipo y maquinaria
Tipo y cantidades de residuos
Niveles de ruido
6. Preparación del sitio y construcción
Recursos aprovechables
Obras provisionales y permanentes
Preparación para construcción
Procedimientos de construcción
Equipo y maquinaria
Aprovisionamiento de materiales
Empleo de energéticos
Estimaciones de desechos
Disposición de residuos solidos
Descarga de desechos solidos
Control y evaluación de emisiones
Medidas de seguridad de accidentes
Planes de emergencia
7. Operación y mantenimiento
Descripción de procesos
Descripción de materiales
Programa de operación
Programa de mantenimiento
Recursos humanos
Estimación de desechos
Disposición de residuos solidos
Descarga de desechos líquidos
Manejo y control de emisiones
Medidas de seguridad de accidentes
Planes de contingencia
8. Termino de vida útil y abandono
Estimación de la vida útil del proyecto
Planes y acciones para el abandono del proyecto
Acciones de restitución
Aprovechamientos para bancos de material y de
préstamo
9. Aspectos sobresalientes del medio
natural
Medio físico Medio biológico Medio
socioeconómico
Localización y ubicación Flora Demografía
Geología Fauna Actividades económicas
Geomorfología Ecosistemas Educación
Climatología Salud
Hidrología Vivienda
Oceanología Infraestructura y
servicios
Edafología Aspectos históricos,
antropológicos,
arqueológicos y técnicos
Aspectos estéticos y
paisajísticos
11. Matriz de cribado
Contempla cuatro fases de desarrollo del proyecto:
Localización y preparación del sitio.
Construcción
Operaciones y mantenimiento
Actividades futuras y relacionadas
Áreas del medio:
Área fisicoquímica
Área ecológica
Área estética
Área socioeconómica
12. Superposición de planos temáticos
Contempla los siguientes aspectos:
Topográfico
Climatológico
Hidrológico
Geológico
Superficial
Litológico
Uso de suelo y vegetación
Edafológico
Uso potencial del suelo
Socioeconómico
13. Procedimiento de aplicación del
método de superposición
Recopilación de información
Inventario de información
Vaciado de información en planos temáticos
Evaluación de cada plano
Diagnostico del área bajo análisis
14. Modelos de simulación
Cuando se identifica un impacto importante es necesario
efectuar una evaluación con el mismo fin de verificar o
estimar el posible alcance de sus efectos con el fin de
poder proponer adecuadas medidas de atención.
15. La herramienta que permite efectuar estas evaluaciones
son los modelos de simulación de sistemas ambientales,
los cuales incluyen:
Simulación de descargas contaminantes a la atmosfera
Simulación de descargas contaminantes al agua
Simulación de descargas contaminantes al suelo
Simulación de propagación de ruidos
Simulación de sistemas ecológicos
Simulación de sistemas humanos
Entre otros
16. Normativa
Artículos 7 y 38 de la Ley Federal de Protección al
Ambiente.
Artículos 12,13 y 14 de la Ley de Obras publicas
Reglamento para la prevención y control de la
contaminación atmosférica originada por la emisión de
humos y polvos.
Reglamento para la prevención y control de la
contaminación ambiental originada por la emisión de
ruidos.
Reglamento para prevención y control de la
contaminación de aguas
Reglamento de construcciones para el Distrito Federal.
Artículo 28 de la LGEEPA (Ley general del equilibrio
ecológico y la protección al ambiente).
Artículo 5 del Reglamento de la LGEEPA en materia de
EIA.
19. La evaluación de impacto ambiental
Es un instrumento de la política ambiental, cuyo objetivo
es:
Mitigar: Disminuir la intensidad, la gravedad o la importancia de algo
Restaurar
daños
Mitigar
Regularización
de obras
Prevenir
21. Procedimiento de Evaluación
de Impacto Ambiental (PEIA).
Informe preventivo
A
Manifestación de impacto
ambiental modalidad particular y
B
Manifestación de impacto
ambiental modalidad regional
C
22. Informe preventivo
Requieren de presentar un Informe Preventivo y no una
Manifestación de Impacto Ambiental en los siguientes casos:
I.- Existan normas oficiales mexicanas u otras disposiciones que
regulen las emisiones, las descargas, el aprovechamiento de
recursos naturales y, en general, todos los impactos
ambientales relevantes que puedan producir las obras o
actividades;
II.- Las obras o actividades de que se trate estén expresamente
previstas por un plan parcial de desarrollo urbano o de
ordenamiento ecológico que haya sido evaluado por la
Secretaría en los términos del artículo siguiente, o
III.- Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales
autorizados en los términos de la presente sección.
En los casos anteriores, la Secretaría, una vez analizado el informe
preventivo, determinará, en un plazo no mayor de veinte días, si
se requiere la presentación de una manifestación de impacto
ambiental en alguna de las modalidades o si se está en alguno de
los supuestos señalados.
23. Manifestación de Impacto
Ambiental (MIA)
Se trata de un documento …
Mediante el cual se da a conocer, con base en estudios Tecnicos
“El impacto ambiental”, significativo y potencial que generaría
una obra o actividad… (previstas en el artículo 28 de
la LGEEPA)
Así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea
negativo.
LGEEPA: LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICOY LA PROTECCIÓNALAMBIENTE
24. Contenido de una MIA
Sinérgico (sinergia): trabajando juntos en forma coordinada
25. MIA PARTICULAR MIA REGIONAL
I.
Datos generales del proyecto, del promovente y del
responsable del estudio de impacto ambiental
I.
Datos generales del proyecto, del promovente y
del responsable del estudio de impacto ambiental
II. Descripción del proyecto II.
Descripción de las obras o actividades y, en su
caso, de los programas o planes parciales de
desarrollo
III.
Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables
en materia ambiental y, en su caso, con la regulación
sobre uso del suelo
III.
Vinculación con los instrumentos de planeación y
ordenamientos jurídicos aplicables
IV.
Descripción del sistema ambiental y señalamiento de
la problemática ambiental detectada en el área de
influencia del proyecto
IV.
Descripción del sistema ambiental regional y
señalamiento de tendencias del desarrollo y
deterioro de la región
V.
Identificación, descripción y evaluación de los
impactos ambientales
V.
Identificación, descripción y evaluación de los impactos
ambientales, acumulativos y residuales, del sistema
ambiental regional
VI.
Medidas preventivas y de mitigación de los impactos
ambientales
VI.
Estrategias para la prevención y mitigación de
impactos ambientales, acumulativos y residuales, del
sistema ambiental regional
VII
Pronósticos ambientales y, en su caso, evaluación de
alternativas, y
VII.
Pronósticos ambientales regionales y, en su caso,
evaluación de alternativas, y
VIII.
Identificación de los instrumentos metodológicos y
elementos técnicos que sustentan la información señalada en
las fracciones anteriores .
VIII.
Identificación de los instrumentos metodológicos y
elementos técnicos que sustentan los resultados de la
manifestación de impacto ambiental.
26. Para las MIA particulares existen
guías para cada sector productivo
Turístico
Aprovechamiento Forestal
Vías de generación de Comunicación
Cambio de uso de suelo
Residuos Peligrosos
Pesquero
Petrolero
Minero
Industrial
Plantaciones forestales
Gas
27. ¿Quién Evalúa la MIA?
Para fines Federal corresponde a la Dirección General de
Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA):
Todas las obras o actividades listadas en el Artículo 28
de la Ley General para el Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente y 5 del Reglamento para la
manifestación de Evaluación del Impacto Ambiental.
Corresponde a las Delegaciones Federales de la SEMARNAT
en los Estados
Todas las obras o actividades listadas, con excepción de
las que correspondan a actividades del petróleo y
petroquímica, así como a los tratadores de residuos
peligrosos, que corresponden solo a la DGIRA.
28. Parques
Industriales
Áreas Naturales
Protegidas
Actividades
Pesqueras
Obras y Actividades en
Humedales
Desarrollos
Inmobiliarios
Cambio de
Uso del Suelo
Actividades
Acuícolas
Aprovechamientos
Forestales
Instalación
de Confinamientos
Explotación de
Minerales
Industria
Eléctrica
Industria del
Cemento
Industria
Azucarera
Industria Papelera
Industria
Siderúrgica
IndustriaQuímica
Industria
Petroquímica
Industria
Petrolera
Gasoductos
Vías de
Comunicación
Hidráulicas
Obras y/o Actividades que Requieren MIA
30. ¿Cuáles pueden ser los resultados del
Procedimiento de Evaluación de Impacto
Ambiental?
Autorizar la realización de la obra o actividad de que se
trate, en los términos solicitados
Autorizar de manera condicionada la obra o actividad de
que se trate,
Negar la autorización solicitada, cuando:
31. Negar la autorización solicitada, cuando:
a) Se contravenga lo establecido en la Ley, sus
reglamentos, las normas oficiales mexicanas y demás
disposiciones aplicables;
b) La obra o actividad de que se trate pueda propiciar que
una o más especies sean declaradas como amenazadas
o en peligro de extinción o cuando se afecte a una de
dichas especies, o
c) Exista falsedad en la información proporcionada por los
promoventes, respecto de los impactos ambientales de
la obra o actividad de que se trate.
32. Consulta Pública
Cualquier persona podrá solicitar una consulta pública de determinado proyecto
de acuerdo a las siguientes bases:
La solicitud para una consulta deberá presentarse por escrito dentro del
plazo de diez días contados a partir de la publicación del proyecto.
Recibida la solicitud, la Semarnat tiene 5 días para resolver y notificar al
interesado
El promovente tendrá 5 días para publicar un extracto de su proyecto
Publicado el extracto del proyecto, los interesados tienen 10 días para
solicitar se ponga a disposición del público la MIA en la entidad federativa
que corresponda.
20 días posteriores a que se puso la MIA a disposición del público, cualquier
interesado podrá proponer medidas de prevención, mitigación y
observaciones por escrito señalando su nombre y domicilio.
En la resolución que se emita, se consignará el proceso de consulta pública,
los resultados de las observaciones y propuestas formuladas.
Los resultados serán publicados en la gaceta ecológica.