2. la Ley Orgánica de la Economía
Popular y Solidaria, aprobada
en 2011 la define como:
El conjunto de formas y
prácticas económicas,
individuales o colectivas,
auto gestionadas por sus
propietarios que, en el
caso de las colectivas,
tienen,
simultáneamente, la
calidad de trabajadores,
proveedores,
consumidores o usuarios
de las mismas,
privilegiando al ser
humano
como sujeto y fin de su
actividad, orientada al
buen vivir, en armonía
con la naturaleza, por
sobre el lucro y la
acumulación de capital.
3. El Art. 283 de la Constitución establece que: El
sistema económico es social y solidario; reconoce
al ser humano como sujeto y fin; propende a una
relación dinámica y equilibrada entre sociedad,
Estado y mercado, en armonía con la naturaleza
y tiene por objetivo garantizar la producción y
reproducción de las condiciones materiales e
inmateriales que posibiliten el buen vivir.
El sistema económico se integrará por las formas
de organización económica pública, privada, mixta,
popular y solidaria, y las demás que la Constitución
determine.
4. Las personas y organizaciones
amparadas por esta ley, en el ejercicio
de sus actividades, se guiarán por los
siguientes principios, según
corresponda:
a) La búsqueda del buen vivir y del bien
común;
b) La prelación del trabajo sobre el capital y
de los intereses colectivos sobre los
individuales;
5. c) El comercio justo y
consumo ético y
responsable:
d) La equidad de género;
e) El respeto a la identidad
cultural;
6. f) La autogestión;
g) La responsabilidad social y
ambiental, la solidaridad y
rendición de cuentas; y,
h) La distribución equitativa y
solidaria de excedentes.
7. La economía social
es un conjunto de
agentes que se
organizan en forma
de asociaciones,
fundaciones,
mutuales y
cooperativas
en las que prima el
interés general por
sobre el particular y
en las que la toma de
decisiones se realiza
de modo democrático
y participativa.
En la economía
social prevalece el
trabajo por sobre el
capital
Primero debemos
conocer qué es
Economía Social
8. La economía
social se basa en
el intercambio
mercantil.
La economía
social se basa en
el principio de la
acumulación de
capital.
La economía
popular y solidaria
propone integrar
el principio de
solidaridad entre
las iniciativas de
economía
La economía
popular y solidaria
combinan trabajo
para la producción
de satisfactores
de consumo
doméstico.
ECONOMÍA SOCIAL
ECONOMÍA
POPULAR Y
SOLIDARIA
9. La propiedad
privada, la
cosificación y
mercantilización
de la fuerza de
trabajo
Incluye las
cooperativas,
fundaciones,
cooperativas de
ahorro y crédito,
mutualidades,
etc.
Los ingresos
integrarán un
fondo de gasto
de consumo
común
Se orientan por
la reproducción
de la vida de
todos sus
miembros.
ECONOMÍA SOCIAL
ECONOMÍA
POPULAR Y
SOLIDARIA
10. Bibliografía
• Zonaeconomica. (26 de Enero de 2007). Recuperado el 02 de
Noviembre de 2016, de
http://www.zonaeconomica.com/economia-social
• Asamblea Nacional. (2008). Recuperado el 02 de Noviembre de
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http://www.asambleanacional.gov.ec/documentos/constitucion_de
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• SEPS. (28 de Abril de 2011). Recuperado el 02 de Noviembre de
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http://www.seps.gob.ec/documents/20181/25522/Ley%20Orga%C
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olidaria.pdf/0836bc47-bf63-4aa0-b945-b94479a84ca1