2. CONCEPTO
DE MORA
La mora del latín
mora es el retardo
culposo en el
cumplimiento de
la obligación,
debido a que el
deudor no quiere
efectuar el pago o
el acreedor no
quiere recibirlo en
el momento
previsto.
Los Romanos denominaron a La Mora:
Cassatio, dilatio, frustratio y mora.
Si es por culpa del deudor, se dice
que la mora es solvendi, debitoris o
debendi.
Si es por acto del acreedor, se
denomina accipiendi, creditoris o
credendi.
Dos formas de constituir en mora al
deudor:
1) La mora ex persona o mora interpelatoria.
2) La mora ex re o mora automática.
3. RÉGIMEN LEGAL DE LA MORA
Comerciante es la persona natural
o jurídica que se dedica
habitualmente al intercambios de
bienes y servicios como una fuente
permanentes de recursos.
Para los efectos del código de
comercio Art.1:son comerciantes:
los que, teniendo capacidad legal
para ejercer el comercio, se
dedican a el habitualmente; y las
compañías mercantiles o
industriales que se constituyeren
con arreglo a este código.
La constitución en mora del
comerciante esta regulada en los
términos siguientes:
Art.63.los efectos de la morosidad en
el cumplimiento de las obligaciones
mercantiles, comenzaran:
1. En los contratos que tuvieren día
señalado para su cumplimiento, por
voluntad de las partes o por la ley,
el día siguiente de su vencimiento.
2. En los que no lo tengan, desde el
día en que el acreedor citare
judicialmente al deudor o le intimare
la protesta de daños y perjuicios
contar el ante un juez o notario
publico.
La mora tiene una doble regulación: Es el código de comercio
promulgado el 15 de febrero de 1902 y en el código civil vigente desde
el 14 de noviembre de 1984.
4. LA MORA
• Es el retardo o demora en el cumplimiento de
la obligación.
EL
INCUMPLIMIENTO
• Es la inejecución definitiva, absoluta, de
la prestación; extingue la obligación.
En materia civil, la mora esta regulada en los Art.1333 a 1340. A diferencia del
código de comercio, el principio es la mora por intimación y la excepción, la mora
automática.
MORA E INCUMPLIMIENTO
La inejecución
de la obligación
en el tiempo
establecido da
lugar a una de
estas tres
situaciones.
1. Incumplimiento definitivo o absoluto.
extingue la obligación.
2. Mora. El deudor cae en mora por la
concurrencia del retardo con los de mas
requisitos que integran el estado de mora.
3. Simple retardo o demora. Es el
incumplimiento temporal.
5. REQUISITOS DE LA MORA
Denominados
también
presupuestos
o elementos:
1.Carácter positivo de la obligación.
22. Retraso en el cumplimiento.
3.Obligacion exigible.
4. Imputación al deudor del retraso en el
cumplimiento.
5.Subsistencia de la posibilidad de
ejecución de la prestación.
7.Liquidez de la deuda.
8.Que el acreedor rehúse la oferta de pago.
6.Que el deudor se pueda considerar
todavía obligado a ejecutar la prestación y
esta sea todavía útil para el acreedor.