El Estatuto de Bayona de 1808 estableció una monarquía en España con José Bonaparte como rey bajo el modelo constitucional bonapartista francés. Otorgó la soberanía a la nación pero limitó libertades como la de prensa. La Constitución española de 1812 promulgada por las Cortes de Cádiz bajo Fernando VII fue más liberal y amplió dichas libertades. La Constitución de 1834 continuó el régimen monárquico durante la regencia de María Cristina pero con un carácter también liberal.
1. ESTATUTO DE BAYONA
Fue una carta otorgada promulgada en la ciudad francesa
de Bayona el 7 de julio de 1808 por José Bonaparte como
rey de España e inspirada en el modelo de estado
constitucional bonapartista.
AÑO: 1808
PROMULGADA POR: José Bonaparte
RÉGIMEN: Monarquía
SOBERANÍA: Nacional
ESTRUCTURA PARLAMENTO: Universal
SUFRAGIO: Censitario
RELIGIÓN: Confesional
LIBERTADES: Restringidas
2. LIBERTAD DE PRENSA: Restringida
VIGENCIA: 1808
CARÁCTER: Afrancesado.
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José Bonaparte:
Fue un político, abogado francés, hermano
mayor de Napoleón Bonaparte. Rey de la España
ocupada por los franceses entre el 6 de
junio de 1808 y el 11 de diciembre de 1813.
Régimen Monarquía:
El Estatuto de Bayona se trata de un régimen
monárquico, ya que existía un rey, José Bonaparte,
que fue impuesto por su hermano Napoleón
Bonaparte.
3.
4. Soberanía Nacional:
Todo el poder a la nación, es decir a los ciudadanos.
Estos dejan constancia en la constitución que le
ceden el poder al Estado. Ahora el rey se convierte
en un mero representante. ideológico surgido de
la teoría políticaliberal.
Sufragio Censitario:
Sistema electoral, vigente en diversos países
occidentales entre fines del siglo XVIII y el siglo
XIX, basado en el derecho a voto sólo de la parte
de la población que contara con ciertas
características precisas (económicas, sociales o
educacionales) que le permitiera estar inscrita en
un "censo electoral".
5. Religión confesional:
Es el que se adhiere a una religión específica,
llamada religión oficial.
Carácter Afrancesado:
Desde el siglo XVIII se aplica en España de forma a
los seguidores de lo francés, bien sea en
cuestiones frívolas (como la moda) o importantes
(como las ciencias naturales y sociales).
6. CONSTITUCIÓN DE 1812
Conocida popularmente como la Pepa, fue
promulgada por las Cortes Generales de España,
reunidas en Cádiz, el 19 de marzo de 1812. Se le
ha otorgado una gran importancia histórica por
tratarse de la primera constitución promulgada en
España, además de ser una de las más liberales
de su tiempo.
AÑO: 1812
PROMULGADA POR: Fernando VII
RÉGIMEN: Monarquía
SOBERANÍA: Nacional
ESTRUCTURA PARLAMENTO: Universal
SUFRAGIO: Censitario
RELIGIÓN: Confesional
LIBERTADES: Amplias
7. LIBERTAD DE PRENSA: (total)
VIGENCIA: 1820-1823/ 1836-1837
CARÁCTER: Liberal
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Fernando VII:
Llamado el Deseado o el Rey Felón, fue rey de
España entre marzo y mayo de 1808 y, tras la
expulsión del «rey intruso» José I Bonaparte,
nuevamente desde diciembre de 1813 hasta su
muerte, exceptuando un breve intervalo en 1823,
en que fue destituido por elConsejo de Regencia.
8.
9. CONSTITUCIÓN DE 1834
A la muerte de Fernando VII en 1833, su
esposa, María Cristina de Borbón accede al trono
en calidad de Regente ante la minoría de edad de
la futura reina Isabel II. Se encontrará enfrentada
al hermano del Rey fallecido, Carlos María Isidro
de Borbón, que no reconoció la derogación de
la Ley Sálica que impedía a las mujeres acceder al
trono de España hecha por Carlos IV y ratificada y
promulgada por el propio Fernando VII y que
llevaría al enfrentamiento bélico entre los
pretendientes a la Corona conocido como la
Primera Guerra Carlista.
10. AÑO: 1834
PROMULGADA POR: Francisco Martínez de la
Rosa.
RÉGIMEN: Monarquía
SOBERANÍA: Nacional
ESTRUCTURA PARLAMENTO: Universal
SUFRAGIO: Censitario
RELIGIÓN: Confesional
LIBERTADES: Amplias
11. Francisco Martínez de la Rosa.
Se sumó a las filas de los revolucionarios
liberales durante la Guerra de la
Independencia (1808–1814) y fue diputado en
las Cortes de Cádiz que aprobaron
la Constitución de 1812. Por ello, fue
encarcelado tras el regreso de Fernando VII y
el restablecimiento del absolutismo