Juan José Zurdo, jefe del Servicio de Normativa y Coordinación de CNPIC, en su intervención en la mesa redonda "Ciberseguridad 4.0", durante la III Jornada de Ciberseguridad en Andalucía, realizada el pasado 14 de junio en Sevilla
2. UN ANTES Y UN DESPUES EN EL AMBITO PIC
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3. ACTUACIONES EN EL AMBITO DE LA PIC
PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS CRÍTICAS | MINISTERIO DEL INTERIOR
Estrategia global sobre PIC (Junio 2004)
-Se reconoce la necesidad de:
•Aumentar la protección de las IC.
•Reducir sus vulnerabilidades.
•PEPIC: Programa Europeo PIC (diciembre de 2005)
-Objeto:
•Prevenir, preparar y dar respuesta ante atentados
terroristas que afecten a las IC.
•Red de información sobre alertas en IC (CIWIN).
•Preparar Directiva
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4. El Consejo concluye que la responsabilidad principal y última de proteger
sus IC es de:
-Países miembros.
-Propietarios y operadores de las IC.
Señala 2 objetivos:
1) Establecer un procedimiento de identificación y designación de IC.
2) Evaluar la necesidad de mejorar la protección de las IC.
•Directiva 2008/114 del Consejo de 8 de diciembre sobre la
identificación y designación de ICE y la necesidad de mejorar su
protección.
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5. •Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen
medidas para la protección de las infraestructuras
críticas.
• Real Decreto 704/2011, de 20 de mayo, por el que
se aprueba el Reglamento de protección de las
infraestructuras críticas.
Normativa PIC
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6. Energía
Industria Nuclear
Sistema Financiero y Tributario
Transporte
Agua
TIC
Espacio
Industria Química
Salud
Alimentación
Instalaciones de Investigación
Administración
Sector Estratégico: art. 2 Ley PIC.- “cada una de las áreas diferenciadas dentro de la
actividad laboral, económica y productiva, que proporciona un servicio esencial”
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7. Servicio esencial: a) “Servicio necesario para el mantenimiento
de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el
bienestar social y económico de los ciudadanos, o el eficaz
funcionamiento de las instituciones del Estado y las Administraciones Públicas”.
Infraestructuras Estratégicas:
d) “Instalaciones, redes, sistemas y equipos físicos y de tecnología de la información sobre las que
descansa el funcionamiento de los servicios esenciales”.
Infraestructuras Críticas:
e) “Las infraestructuras estratégicas cuyo funcionamiento es
indispensable y no permite soluciones alternativas, por lo
que su interrupción o destrucción tendría un grave impacto
sobre los servicios esenciales”.
Art 2.- Ley PIC
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11. www.cnpic.esPLANIFICACIÓN PIC
·
- COLABORACIÓN PÚBLICO-PRIVADA
- RESPONSABILIDAD COMPARTIDA
- GESTIÓN INTEGRAL DE LA SEGURIDAD: COMPROMISO DE LA ALTA DIRECCIÓN.
- CONFIANZA MUTUA: CANALES SEGUROS.
- OBJETIVOS:
1)Establecer directrices para movilizar las capacidades operativas de las AAPP y
coordinarlas con los OC.
2) Activar los niveles de seguridad e intervención policial (incluso FFAA) en función
de la evaluación de la amenaza, adaptándose al Plan de prevención y protección
antiterrorista.
- ÁMBITO: Sistema PIC. Principalmente las IC incluidas en el Catálogo Nacional.