1. Dirección: Luciano Torrent 2419 – Interno – Santa Fe
Tel: 342-4540719 y 4520370
Celular: 342 6 101271
Web: trabajosocialsantafe.org
Email: trabajosocialsantafe@gmail.com
Resolución 03/2021. Nomenclador y Aranceles
Visto:
La necesidad de adhesión de este Colegio Profesional al Nomenclador Nacional de Aranceles
Establecidos por la FAAPSS, para tener un instrumento normativo que oriente y unifique los criterios
de cobro de aranceles de los/as Trabajadores Sociales por su trabajo profesional desempeñado en
carácter autónomo y liberal conforme lo previsto en la normativa nacional.
Considerando:
Que en el marco de la Ley Federal del Trabajo Social No 27.072, sancionada el 10 de
diciembre de 2014 y promulgada el 16 de diciembre de 2014, establece en el artículo 10, inciso d,
que son derechos de los/as Licenciados/as en Trabajo Social percibir honorarios, aranceles y salarios
acordes con los nomencladores y aranceles establecidos por los colegios o consejos profesionales o
por la Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Servicio Social (FAAPSS); y en el inciso
h, que son derechos de los/as Licenciados/as en Trabajo Social acordar honorarios y aranceles
profesionales con obras sociales, servicios de medicina prepaga, asociaciones mutuales y otras, de
manera individual o a través de los colegios o consejos profesionales o de la Federación Argentina de
Asociaciones Profesionales de Servicio Social (FAAPSS).
Que la FAAPSS aprobó en Asamblea Anual Ordinaria de abril de 2019 el nuevo
nomenclador nacional que orienta las prestaciones profesionales de las y los trabajadores sociales
en el país.
Que dicho documento tiene un carácter orientativo respecto a las decisiones que cada
provincia adopte, siendo cada Colegio quien defina para su jurisdicción prestaciones y valores de la
Unidad de Trabajo Social (UTS).
Y atento a que es facultad de esta Comisión Directiva, según artículo 34, inc. a) b) m) y
p) de nuestro Estatuto, son funciones de este Directorio: a) Cumplir y hacer cumplir este Estatuto, los
reglamentos que en su consecuencia se dicten y las resoluciones de asamblea, b) Dictar los
reglamentos que sean menester para el funcionamiento del Colegio sometiéndolos a la asamblea
conforme artículo 32º inciso f) m) Actuar en defensa de los derechos inherentes a la profesión, p)
Realizar todos los actos y gestiones que sean necesarios al mejor cumplimiento de los fines y
funciones del Colegio...” entre otros.
2. Dirección: Luciano Torrent 2419 – Interno – Santa Fe
Tel: 342-4540719 y 4520370
Celular: 342 6 101271
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Email: trabajosocialsantafe@gmail.com
La Comisión Directiva Resuelve:
Art. 1º) Adherir al Nomenclador Nacional de la FAPSS, el cual a partir del día de la fecha regirá a fines
d ella determinación de los valores de las prestaciones profesionales de las y los trabajadores (se
adjunta como anexo 1).
Art. 2º) Dejar sin efecto toda otra normativa y/o reglamentación, como resoluciones de Comisión
Directiva que tengan como objeto acordar honorarios y aranceles profesionales con obras sociales,
servicios de medicina prepaga, asociaciones mutuales y otras, de manera individual y que resulte
incompatible con el Nomenclador Nacional de la FAPSS,
Art. 3°) Las modificaciones que a futuro puedan realizarse en el nomenclador nacional no implicará
una modificación automática del nomenclador provincial. Ya que es atribución del Colegio
Profesional a través de su Comisión Directiva realizar los cambios y/o ajustes que considere
pertinentes.
Art. 4°) Fijar el valor de la Unidad de Trabajo Social (UTS), desde esta resolución en el monto de $500.
Art. 5º) Definir institucionalmente como fórmula de orientación para actualización de la UTS el
promedio de variación salarial de los trabajadores estatales de la Provincia de Santa Fe según política
salarial; incluidos en el decreto 2695/83.
Art. 6º) Publicar por los medios oficiales de comunicación del Colegio la presente resolución para
conocimiento de todo el colectivo profesional.
Apruébese, comuníquese, archívese a los días 12 del mes de noviembre de 2021.-