SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 12
POLICIA NACIONAL DEL
      ECUADOR




CODIGO ORGANICO DE ENTIDADES
   DE SEGURIDAD CIUDADANA
ART.1

Regular la rectoría, las
actividades, la organización, las                  Las disposiciones del presente
competencias, la gestión de                        Código, son de orden público y
personal, y finalmente el                          de aplicación obligatoria en
régimen administrativo                             todo el territorio nacional.
disciplinario del personal.




                  Objeto                                  Ámbito




                                    Artículo 1.-
ART.2
               Las actividades de
               seguridad realizadas, es
               responsabilidad del
               Estado.



                   Responsabilidad
Artículo 2.-

                La máxima autoridad jerárquica
                de las indicadas instituciones es
                el Presidente de la República
ART.3


                  Eficiencia y eficacia: Es aplicar la más alta competencia
                  profesional en los recursos disponibles y lograr los esultados.

             P
             r    Probidad: Es el desempeño de sus funciones
             i    observando una conducta ética y honrada.                            Discreción: Es la prudencia, reserva y
             n                                                                        moderación que distingue el proceder.
             c
             i    Igualdad.- Es la intervención en equivalencia de
Artículo 3
             p    trato y de oportunidades sindiscriminación alguna.                Participación ciudadana.- Se privilegiará la interacción
             i                                                                      de la ciudadanía de conformidad con lo que dispone la
             o                                                                      Ley
             s    Imparcialidad: Es la objetividad y neutralidad
                  en el desempeño de las funciones.                                         Es el acceso en igualdad de oportunidades de las
                                                                                            mujeres y los hombres y diversidades de género

                 Diligencia: Es el esfuerzo por mantener una atención oportuna y
                 ágil en cumplimiento a los procedimientos legales.
ART.4
                         Será obediente y no                                                   Informarán de manera oportuna,
                         deliberante,                                                          veraz e imparcial, sobre su
                         cumplirá su misión                                                    actuación y desempeño
                                                                                               e intercambiarán la información



            Su organización será                                                                           Respetará y hará
            desconcentrada de                                                                              respetar los derechos,
            conformidad a los                                                                              libertades y garantías
                                                           Caracteres Generales
            lineamientos                                                                                   de las personas

                                                                    Artículo 4.-

                  Los procedimientos de                                                           Privilegiará las tareas y
                  seguridad se aplicarán                                                          el proceder preventivo y
                  con apego irrestricto al                                                        disuasivo antes que el
                  ordenamiento jurídico                                                           uso de la fuerza



Sustentarán las tareas y               Ejercerá sus funciones con                  Su accionar deberá                  No podrá infligir, instigar o
funciones de búsqueda y                sujeción a las leyes que                    adecuarse estrictamente al          tolerar ningún acto de tortura u
recolección de información             regulan sus derechos y                      principio de razonabilidad          otros tratos o penas crueles
                                       obligaciones
ART.5

                                                           Artículo 5.-


                                                              Fines


Proteger el libre ejercicio         Prevenir la comisión              Colaborar con la administración             Apoyar el cumplimiento de
de los derechos humanos,            de infracciones                   de justicia en la investigación de          las decisiones de la
la seguridad ciudadana, el                                            infracciones,                               autoridad competente
orden público y garantizar                                            según corresponda
la paz social



               Facilitar el uso de medidas          Protección a mandatarios o                   Las demás que se establezcan en
               alternativas de resolución de        mandatarias, funcionarios o                  las leyes y reglamentos.
               conflictos                           funcionarias del Estado
ART.6


                       Es la denominación de cada una de
                       las escalas jerárquicas de la carrera en
                       las siguientes instituciones: Policía
               Grado   Nacional, el Servicio Civil de
Artículo 6.-           Investigación de la Infracción; y, el
                       Servicio de Protección Público, y le
                       confiere carácter permanente a quien
                       lo ostenta.
ART.7

                Artículo 7.-


                 Jerarquía



Es el orden de precedencia de los grados que
el Orgánico de Personal policial o civil, de
cada una de las instituciones indicadas.
Todas las disposiciones operacionales y de
gestión únicamente serán viabilizadas a
través de los órganos competentes y de los
procesos desconcentrados.
ART.8


                 El mando es la facultad legal que
Artículo 8.-     permite al servidor o servidora policial
                 o civil de mayor jerarquía, de cada una
                 de las instituciones, ejercer autoridad
        Mando    con responsabilidad, sobre aquellos o
                 aquellas de menor jerarquía.
ART.9

         Artículo 9.-
                             Es el ejercicio del mando de
                             manera específica en los
  Dirección                  componentes o dependencias por
                             designación o subrogación.
La Dirección por
designación la ejerce         La Dirección por subrogación se
quien ha sido nombrado o      ejerce por el orden de precedencia
nombrada por la               jerárquica, por falta, ausencia
autoridad competente de       temporal o definitiva del titular
acuerdo a su jerarquía y      que permite asumir
competencia.                  responsabilidades, funciones y
                              atribuciones.
ART.10
            Artículo 10.-


               Cargo



Es el conjunto de tareas que se deben
llevar a cabo para que la organización
logre sus objetivos. Todo servidor o
servidora policial o civil de las
instituciones será destinado a cumplir
los cargos dentro de su grado y
competencia.
ART. 11/ ART. 12/ ART. 13/ ART. 14

                                                                                    Es el conferido para el
                                                                                    ejercicio de una función
                                                                  Artículo 12.-
                                                                                    mediante designación
                                                                  Cargo Titular
                                                                                    expresa sin plazo o por el
                                                                                    que determine la Ley.




                                 El cargo de los servidores
                                 o servidoras policiales o                           Es el ejercido por designación
                Circunstancias                                    Artículo 13.-      temporal hasta que se nombre
Artículo 11.-                    civiles de las instituciones
                   del cargo                                      Cargo Interino     el titular, por un plazo no
                                 indicadas, es de tres
                                 clases:                                             mayor a noventa (90) día




                                                                                    Es el ejercido transitoriamente por
                                                                                    ausencia o impedimento del titular
                                                                                    o interino o interina. El cargo
                                                                Artículo 14.-       ocasional tendrá una duración
                                                                Encargo Ocasional   máxima de hasta sesenta (60) días;
                                                                                    si transcurrido ese tiempo subsiste
                                                                                    la ausencia o impedimento del
                                                                                    titular o interino o interina, se
                                                                                    podrá prorrogar.

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt? (9)

Isp u2 a5_clro1
Isp u2 a5_clro1Isp u2 a5_clro1
Isp u2 a5_clro1
 
Power point derecho penal 1, programa analitico de derecho penal, derecho penal
Power point derecho penal 1, programa analitico de derecho penal, derecho penalPower point derecho penal 1, programa analitico de derecho penal, derecho penal
Power point derecho penal 1, programa analitico de derecho penal, derecho penal
 
Informe de Legislacion Especial
Informe de Legislacion EspecialInforme de Legislacion Especial
Informe de Legislacion Especial
 
Ensayo sobre tipos penales
Ensayo sobre tipos penalesEnsayo sobre tipos penales
Ensayo sobre tipos penales
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
Derecho penal
Derecho penalDerecho penal
Derecho penal
 
Penologia medidas de seguridad
Penologia  medidas de seguridadPenologia  medidas de seguridad
Penologia medidas de seguridad
 
Pandillaje EN EL PERU
Pandillaje EN EL PERUPandillaje EN EL PERU
Pandillaje EN EL PERU
 
Articulo 1 al 14
Articulo 1 al 14Articulo 1 al 14
Articulo 1 al 14
 

Andere mochten auch (9)

Plan De Seguridad Ciudadana
Plan De Seguridad CiudadanaPlan De Seguridad Ciudadana
Plan De Seguridad Ciudadana
 
Seguridad ciudadana
Seguridad ciudadanaSeguridad ciudadana
Seguridad ciudadana
 
Seguridad ciudadana responsabilidad del estado
Seguridad ciudadana responsabilidad del estadoSeguridad ciudadana responsabilidad del estado
Seguridad ciudadana responsabilidad del estado
 
Seguridad ciudadana
Seguridad ciudadanaSeguridad ciudadana
Seguridad ciudadana
 
La Policía Comunitaria en el Ecuador / UPC
La Policía Comunitaria en el Ecuador / UPCLa Policía Comunitaria en el Ecuador / UPC
La Policía Comunitaria en el Ecuador / UPC
 
La seguridad ciudadana ppt
La seguridad ciudadana pptLa seguridad ciudadana ppt
La seguridad ciudadana ppt
 
SEGURIDAD CIUDADANA
SEGURIDAD CIUDADANASEGURIDAD CIUDADANA
SEGURIDAD CIUDADANA
 
La Seguridad Ciudadana.
La Seguridad Ciudadana.La Seguridad Ciudadana.
La Seguridad Ciudadana.
 
Seguridad ciudadana
Seguridad ciudadanaSeguridad ciudadana
Seguridad ciudadana
 

Ähnlich wie CODIGO ORGANICO DE ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA

Resumen nuevo codigo orgánico
Resumen nuevo codigo orgánicoResumen nuevo codigo orgánico
Resumen nuevo codigo orgánico
Alex Morales
 
Proyecto de la ley de código orgánico de la policia nacional kdt marfetan tat...
Proyecto de la ley de código orgánico de la policia nacional kdt marfetan tat...Proyecto de la ley de código orgánico de la policia nacional kdt marfetan tat...
Proyecto de la ley de código orgánico de la policia nacional kdt marfetan tat...
tatymarfetan
 
Kdt santiago espinel art1 art14
Kdt santiago espinel art1 art14Kdt santiago espinel art1 art14
Kdt santiago espinel art1 art14
santige2014
 
Proyecto de ley de codigo organico de entidades publicas power point christia...
Proyecto de ley de codigo organico de entidades publicas power point christia...Proyecto de ley de codigo organico de entidades publicas power point christia...
Proyecto de ley de codigo organico de entidades publicas power point christia...
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
 
Kdt vaca andres (codigo de entidades del sector publico)
Kdt vaca andres (codigo de entidades del sector publico)Kdt vaca andres (codigo de entidades del sector publico)
Kdt vaca andres (codigo de entidades del sector publico)
andreschinito
 
Presentacion de cog, organico
Presentacion de cog, organicoPresentacion de cog, organico
Presentacion de cog, organico
andriw90
 
01 legislacion informatica introduccion al derecho
01 legislacion informatica   introduccion al derecho01 legislacion informatica   introduccion al derecho
01 legislacion informatica introduccion al derecho
landin-legna
 
Presentacion proyecto
Presentacion proyectoPresentacion proyecto
Presentacion proyecto
juanpablose85
 
Entidades de seguridad publica
Entidades de seguridad publicaEntidades de seguridad publica
Entidades de seguridad publica
Esteven Garcia
 
ifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1 (1).pdf
ifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1 (1).pdfifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1 (1).pdf
ifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1 (1).pdf
JoseGranda19
 
Kdt francisco araujo 2B Ley organica de la policia nacional
Kdt francisco araujo 2B Ley organica de la policia nacionalKdt francisco araujo 2B Ley organica de la policia nacional
Kdt francisco araujo 2B Ley organica de la policia nacional
FranciscoAraujo2B
 

Ähnlich wie CODIGO ORGANICO DE ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA (20)

Resumen nuevo codigo orgánico
Resumen nuevo codigo orgánicoResumen nuevo codigo orgánico
Resumen nuevo codigo orgánico
 
Eentidades de seg.
Eentidades de seg.Eentidades de seg.
Eentidades de seg.
 
Proyecto de la ley de código orgánico de la policia nacional kdt marfetan tat...
Proyecto de la ley de código orgánico de la policia nacional kdt marfetan tat...Proyecto de la ley de código orgánico de la policia nacional kdt marfetan tat...
Proyecto de la ley de código orgánico de la policia nacional kdt marfetan tat...
 
Kdt santiago espinel art1 art14
Kdt santiago espinel art1 art14Kdt santiago espinel art1 art14
Kdt santiago espinel art1 art14
 
Proyecto de ley de codigo organico de entidades publicas power point christia...
Proyecto de ley de codigo organico de entidades publicas power point christia...Proyecto de ley de codigo organico de entidades publicas power point christia...
Proyecto de ley de codigo organico de entidades publicas power point christia...
 
Kdt díaz jhon
Kdt díaz jhonKdt díaz jhon
Kdt díaz jhon
 
Kdt vaca andres (codigo de entidades del sector publico)
Kdt vaca andres (codigo de entidades del sector publico)Kdt vaca andres (codigo de entidades del sector publico)
Kdt vaca andres (codigo de entidades del sector publico)
 
Presentacion de cog, organico
Presentacion de cog, organicoPresentacion de cog, organico
Presentacion de cog, organico
 
Proyecto de ley orgánica para entidades de seg. ciudadana
Proyecto de ley orgánica para entidades de seg. ciudadanaProyecto de ley orgánica para entidades de seg. ciudadana
Proyecto de ley orgánica para entidades de seg. ciudadana
 
01 legislacion informatica introduccion al derecho
01 legislacion informatica   introduccion al derecho01 legislacion informatica   introduccion al derecho
01 legislacion informatica introduccion al derecho
 
Presentacion proyecto
Presentacion proyectoPresentacion proyecto
Presentacion proyecto
 
Entidades de seguridad publica
Entidades de seguridad publicaEntidades de seguridad publica
Entidades de seguridad publica
 
Proyecto de ley
Proyecto de leyProyecto de ley
Proyecto de ley
 
Presentación1
Presentación1Presentación1
Presentación1
 
derecho.pdf
derecho.pdfderecho.pdf
derecho.pdf
 
ifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1 (1).pdf
ifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1 (1).pdfifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1 (1).pdf
ifsp_conceptosjuridicosfundamentales-1 (1).pdf
 
Onceptosjuridicosfundamentales 1
Onceptosjuridicosfundamentales 1Onceptosjuridicosfundamentales 1
Onceptosjuridicosfundamentales 1
 
Kdt francisco araujo 2B Ley organica de la policia nacional
Kdt francisco araujo 2B Ley organica de la policia nacionalKdt francisco araujo 2B Ley organica de la policia nacional
Kdt francisco araujo 2B Ley organica de la policia nacional
 
Derecho
DerechoDerecho
Derecho
 
Ley 1952 del 28 de enero de 2019 por medio del cual se expide Código General ...
Ley 1952 del 28 de enero de 2019 por medio del cual se expide Código General ...Ley 1952 del 28 de enero de 2019 por medio del cual se expide Código General ...
Ley 1952 del 28 de enero de 2019 por medio del cual se expide Código General ...
 

CODIGO ORGANICO DE ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA

  • 1. POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR CODIGO ORGANICO DE ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA
  • 2. ART.1 Regular la rectoría, las actividades, la organización, las Las disposiciones del presente competencias, la gestión de Código, son de orden público y personal, y finalmente el de aplicación obligatoria en régimen administrativo todo el territorio nacional. disciplinario del personal. Objeto Ámbito Artículo 1.-
  • 3. ART.2 Las actividades de seguridad realizadas, es responsabilidad del Estado. Responsabilidad Artículo 2.- La máxima autoridad jerárquica de las indicadas instituciones es el Presidente de la República
  • 4. ART.3 Eficiencia y eficacia: Es aplicar la más alta competencia profesional en los recursos disponibles y lograr los esultados. P r Probidad: Es el desempeño de sus funciones i observando una conducta ética y honrada. Discreción: Es la prudencia, reserva y n moderación que distingue el proceder. c i Igualdad.- Es la intervención en equivalencia de Artículo 3 p trato y de oportunidades sindiscriminación alguna. Participación ciudadana.- Se privilegiará la interacción i de la ciudadanía de conformidad con lo que dispone la o Ley s Imparcialidad: Es la objetividad y neutralidad en el desempeño de las funciones. Es el acceso en igualdad de oportunidades de las mujeres y los hombres y diversidades de género Diligencia: Es el esfuerzo por mantener una atención oportuna y ágil en cumplimiento a los procedimientos legales.
  • 5. ART.4 Será obediente y no Informarán de manera oportuna, deliberante, veraz e imparcial, sobre su cumplirá su misión actuación y desempeño e intercambiarán la información Su organización será Respetará y hará desconcentrada de respetar los derechos, conformidad a los libertades y garantías Caracteres Generales lineamientos de las personas Artículo 4.- Los procedimientos de Privilegiará las tareas y seguridad se aplicarán el proceder preventivo y con apego irrestricto al disuasivo antes que el ordenamiento jurídico uso de la fuerza Sustentarán las tareas y Ejercerá sus funciones con Su accionar deberá No podrá infligir, instigar o funciones de búsqueda y sujeción a las leyes que adecuarse estrictamente al tolerar ningún acto de tortura u recolección de información regulan sus derechos y principio de razonabilidad otros tratos o penas crueles obligaciones
  • 6. ART.5 Artículo 5.- Fines Proteger el libre ejercicio Prevenir la comisión Colaborar con la administración Apoyar el cumplimiento de de los derechos humanos, de infracciones de justicia en la investigación de las decisiones de la la seguridad ciudadana, el infracciones, autoridad competente orden público y garantizar según corresponda la paz social Facilitar el uso de medidas Protección a mandatarios o Las demás que se establezcan en alternativas de resolución de mandatarias, funcionarios o las leyes y reglamentos. conflictos funcionarias del Estado
  • 7. ART.6 Es la denominación de cada una de las escalas jerárquicas de la carrera en las siguientes instituciones: Policía Grado Nacional, el Servicio Civil de Artículo 6.- Investigación de la Infracción; y, el Servicio de Protección Público, y le confiere carácter permanente a quien lo ostenta.
  • 8. ART.7 Artículo 7.- Jerarquía Es el orden de precedencia de los grados que el Orgánico de Personal policial o civil, de cada una de las instituciones indicadas. Todas las disposiciones operacionales y de gestión únicamente serán viabilizadas a través de los órganos competentes y de los procesos desconcentrados.
  • 9. ART.8 El mando es la facultad legal que Artículo 8.- permite al servidor o servidora policial o civil de mayor jerarquía, de cada una de las instituciones, ejercer autoridad Mando con responsabilidad, sobre aquellos o aquellas de menor jerarquía.
  • 10. ART.9 Artículo 9.- Es el ejercicio del mando de manera específica en los Dirección componentes o dependencias por designación o subrogación. La Dirección por designación la ejerce La Dirección por subrogación se quien ha sido nombrado o ejerce por el orden de precedencia nombrada por la jerárquica, por falta, ausencia autoridad competente de temporal o definitiva del titular acuerdo a su jerarquía y que permite asumir competencia. responsabilidades, funciones y atribuciones.
  • 11. ART.10 Artículo 10.- Cargo Es el conjunto de tareas que se deben llevar a cabo para que la organización logre sus objetivos. Todo servidor o servidora policial o civil de las instituciones será destinado a cumplir los cargos dentro de su grado y competencia.
  • 12. ART. 11/ ART. 12/ ART. 13/ ART. 14 Es el conferido para el ejercicio de una función Artículo 12.- mediante designación Cargo Titular expresa sin plazo o por el que determine la Ley. El cargo de los servidores o servidoras policiales o Es el ejercido por designación Circunstancias Artículo 13.- temporal hasta que se nombre Artículo 11.- civiles de las instituciones del cargo Cargo Interino el titular, por un plazo no indicadas, es de tres clases: mayor a noventa (90) día Es el ejercido transitoriamente por ausencia o impedimento del titular o interino o interina. El cargo Artículo 14.- ocasional tendrá una duración Encargo Ocasional máxima de hasta sesenta (60) días; si transcurrido ese tiempo subsiste la ausencia o impedimento del titular o interino o interina, se podrá prorrogar.