3. Realización o sustantividad propia, de duración incierta.
Duración :
• Máximo 3 años.
Formalización
• Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la
concertación
Indemnización por CESE:
2012 – 9 días por servicio
2013 – 10 días por servicio
2014 – 11 días por servicio.
2015 – 12 días por servicio.
Los días que corresponda de la indemnización, será siempre desde la fecha en la que
finalice el contrato.
Ejemplo: Si el despido se realiza en el año 2015 y el contrato es de 3 años , corresponde de
indemnización
12 días + 12 días + 12 días = 36 días de indemnización.
4. Por excesos de tareas o Pedidos.
Duración:
• 6 meses (como máximo) dentro de 12 meses (se inicia desde la fecha de
contrato)
• 1 sola prórroga (no excediendo de los 12 meses)
Formalización:
• Se comunicará el contrato y la prórroga al Serv. Publico de Empleo a los 10
días siguientes de la concertación.
Indemnización por CESE:
2012 – 9 días por servicio
2013 – 10 días por servicio
2014 – 11 días por servicio.
2015 – 12 días por servicio.
5. 1. Sustitución de un trabajador con derecho a reserva de un puesto de
trabajo.
• Duración máxima: Hasta reincorporación del trabajador sustituido.
2. Promoción de un puesto de trabajo durante el proceso de selección.
• Duración máxima: Hasta finalización de proceso de promoción.
• La duración sería de 3 meses.
Formalización:
• Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días
siguientes de la concertación.
Indemnización:
• No existe.
6. Excedencia por cuidados familiares
Reducción de cuota empresarial:
• El primer año 95%
• El segundo año 60 %
• El tercer año 50%
• Ejemplo: el primer año pagará el empresario por la persona que se va a contratar para
sustituir un 5% de la cuota de la Seguridad Social, por lo que se beneficia del 95% restante
al año y así con los demás años.
Excluidos por consanguinidad hasta 2º grado.
7. Formación.
• Ejemplo: el trabajador pide una excedencia para formarse y lo sustituye un desempleado cobrando la
prestación.
INCENTIVOS:
• El trabajador desempleado percibirá el 50% de la prestación por desempleo
durante la vigencia del contrato y la diferencia del salario que le corresponda.
8.
9. REQUISITOS:
La situación de exclusión social será acreditada por los correspondientes servicios sociales competentes
siguientes colectivos:
A. Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción.
B. Personas que no puedan acceder a las prestaciones mencionadas en el párrafo anterior, por las siguientes causas:
• Falta del periodo exigido de residencia o empadronamiento.
• Haber agotado el periodo máximo de percepción.
C. Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de protección de menores.
D. Personas con problemas de drogodependencia .
E. Internos de centros penitenciarios.
F. Menores internos procedentes de centros de menores y los que se encuentran en situación de libertad vigilada y
ex-interno.
G. Personas procedentes de centros de alojamiento.
H. Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social.
El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta 2º grado.
• Tiempo completo 450
• Tiempo parcial 550
• (obra o servicio determinado o eventual circunstancial)
Formalización:
• Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación.
INCENTIVOS:
• Bonificación: 50 €/mes durante 4 años indefinido.
• 41,67 €/mes durante toda la vigencia temporal. (máx. 3 años)
10. El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta 2º
grado.
INDEFINIDO:
• Tiempo completo 150
• Tiempo parcial 250
• Fijo discontinuo 350
Bonificación por victimas de violencia domestica 70,83 €/mes durante 4 años.
Bonificación por victimas de violencia de género y terrorismo 125 €/mes durante 4
años.
TEMPORAL:
• Tiempo completo 450
• Tiempo parcial 550
• (obra o servicio determinado o eventual circunstancial)
Bonificación de 50 €/mes durante toda la vigencia del contrato temporal (máx. 3 años)
Formalización:
• Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días
siguientes de la concertación.
11. REQUISITOS:
Ser trabajador con discapacidad igual o superior al 33%, reconocido por un tribunal médico.
No debe haber estado vinculado a la empresa 24 meses antes a la contratación como indefinido.
La empresa podrá contratar a un familiar de hasta 2º grado.
Formalización:
• Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación.
• Se formalizará por escrito en cuadriplicado.
Incentivos:
• Subvención indef. 3,907 €/por contrato a Tiempo compl.
• Subvención para la adaptación del trabaj. 901,52 €
• Deducción por impuesto de Sociedades 6.000 €/por persona al año.
BONIFICACIONES:
• Discapacitados sin discapacidad severa.
HOMBRES: MUJERES:
Menores de 45 años 4.500 €/año Menores de 45 años 5.300 €/año
Mayores de 45 años 5.700 €/año Mayores de 45 años 5.700 €/año
• Discapacitados con discapacidad severa.
HOMBRES: MUJERES:
Menores de 45 años 5.100 €/año Menores de 45 años 5.950 €/año
Mayores de 45 años 6.300 €/año Mayores de 45 años 6,300 €/año
La empresa estará obligada a mantener al trabajador mínimo 3 años, en caso de despido precedente se sustituirá por otro
discapacitado.
12. REQUISITOS:
Ser trabajador con discapacidad igual o superior al 33%, reconocido por un tribunal médico, o pensionistas de la Seguridad Social o de clases pasivas.
Preceder de una enclave laboral (ejemplo: la ONCE)
Pertenecer algunos de los siguientes colectivos:
a) Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33%.
b) Personas con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%
c) Mujeres con discapacidad no incluidas en los párrafos anteriores igual o superior al 33%.
INCENTIVOS:
Al contratar a un trabajador del enclave perteneciente al grupo a) o b) tendrá las siguientes ayudas:
• Subvención de 7.814 € por contrato a tiempo completo.
• Subvención para la adaptación del trabajador 901,52 €
Al contratar a un trabajador del enclave perteneciente al grupo c) tendrá las siguientes ayudas:
• Subvención de 3.907 € por contrato a tiempo completo.
• Subvención para la adaptación del trabajador 901,52 €
BONIFICACIONES a Tiempo Completo:
• Discapacitados sin discapacidad severa.
HOMBRES: MUJERES:
Menores de 45 años 4.500 €/año Menores de 45 años 5.300 €/año
Mayores de 45 años 5.700 €/año Mayores de 45 años 5.700 €/año
• Discapacitados con discapacidad severa.
HOMBRES: MUJERES:
Menores de 45 años 5.100 €/año Menores de 45 años 5.950 €/año
Mayores de 45 años 6.300 €/año Mayores de 45 años 6,300 €/año
Formalización:
• Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la concertación.
• Se formalizará por escrito en cuadriplicado.
TEMPORAL:
• Si el contrato es temporal, la empresa no tendrá derecho a ninguna subvención ni deducción.
Duración:
Mínimo 1 año, Máximo 3 años.
Periodo de prueba 1 mes.
El trabajador tendrá derecho a una indemnización de 12 días.
13.
14. Requisitos:
Personas mayores de 16 años y menores de 25 años (hasta que la tasa de desempleo no
se sitúe por debajo del 15% serán también para menores de 30 años). (para
discapacitados y excluso en proyectos de empleo y formación no hay limites de edad)
Personas que carezcan de estudios. (Máx. E.G.B, E.S.O.)
Formalización:
• Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la
concertación
Duración:
• Mínimo 1 año Máximo 3 años.
Jornada:
1er año 75%
2º y 3er año 85%
(Ejemplo: el 1er año será el 75% de trabajo y el 25% de formación)
• Periodo de prueba, 15 días – 1 mes (mirar convenio).
• Incentivos:
• Reducción del 100% de la cuota empresarial.
• Reducción del 100% de la cuota obrera.
Transformación.
• Si se transforma los contratos para la formación y el aprendizaje en indefinidos, tendrá
derecho la empresa a una reducción en la cuota a la Seguridad Social de 1.500 €/año
durante 3 años, en el caso de mujeres la reducción será de 1.800 €/año.
15. El contrato podrá concertarse a personas con título universitario o de formación
profesional de grado medio o superior o certificados de profesionalidad.
Que no haya transcurrido mas de 5 años , o mas de 7 años para discapacitados desde la
terminación de los estudios.
Formalización:
• Se formalizará por escrito, haciendo constar la titulación, la duración y el puesto de
trabajo a desempeñar durante las practicas.
• No podrá ser inferior a 6 meses, ni exceder de 2 años, puede tener hasta 2 prórrogas de
6 meses dentro de ese tiempo.
• Se comunicará el contrato al Serv. Publico de Empleo a los 10 días siguientes de la
concertación.
Periodo de prueba:
• Titulo de grado medio:1 mes
Equivalente al grado 1 y 2 de certificado de profes.
• Titulo de grado superior: 2 meses
Equivalente al grado 3 de certificado de profes.
No tiene bonificación, es una reducción salarial del trabajador:
• 1er y 2º año 60% o 75% (es lo que se le pagará al trabajador).
En ningún caso el salario será inferior al salario mínimo interprofesional.