Novena de Pentecostés con textos de san Juan Eudes
Actualidad 2°
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2º Año de Secundaria Disciplina y Exigencia Académica”
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2º Año de Secundaria Disciplina y Exigencia Académica”
I BIMESTRE
SEMANA
1. Los Derechos Fundamentales............................................................. 7
2. La Persona Humana..........................................................................12
3. Derecho a la Vida ..............................................................................16
4. Repaso
5. La Dignidad de la Persona Humana..................................................20
6. El Derecho a la Identidad ..................................................................24
7. El Derecho a la Integridad Moral, Psíquica y Física..........................29
8. Repaso
II BIMESTRE
SEMANA
1. La Igualdad ante la Ley ......................................................................36
2. La Libertad de Información, Opinión, Expresión y Prensa .................41
3. El Derecho a la Intimidad....................................................................45
4. Repaso
5. La Ciudadania.....................................................................................50
6. El Derecho al Trabajo.........................................................................55
7. El Habeas Corpus...............................................................................59
8. Repaso
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III BIMESTRE
SEMANA
1. La Cultura de Paz ...............................................................................64
2. El Conflicto..........................................................................................70
3. La Violencia .......................................................................................75
4. Repaso
5. La Negociación y la Mediación...........................................................79
6. La Conciliación ...................................................................................84
7. Repaso
IV BIMESTRE
SEMANA
1. La Ecología y el Medio Ambiente ......................................................91
2. La Contaminación Ambiental............................................................96
3. Los Problemas Medioambientales ..................................................102
4. Repaso
5. El Reciclaje, el desecho responsable y el ahorro de energía..........106
6. El Protocolo de Kyoto sobre Cambio Climático...............................112
7. Atentados contra el Medio Ambiente...............................................116
8. Repaso
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Los Derechos
Fundamentales
Qué son los derechos fundamentales de la persona?
Son los derechos sin los cuales la existencia humana, tal como la
conocemos, sería impensable. Por ejemplo, el derecho a la vida, a la
integridad física y psicológica, al trabajo. No puede haber gobierno
o ley peruana que pueda negarla. A estos derechos se le denominan
Derechos Fundamentales. Los Derechos Fundamentales ocupan
el primer capítulo de la Constitución, que le dedica 3 artículos y 24
incisos, además desarrolla sus precisiones en otros artículos.
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Todo ser humano, tan solo con ser concebido, se encuentra
protegido por una serie de principios jurídicos que le protegen. Estos
derechos son anteriores al Estado; por lo tanto, este no los otorga,
tan solo se limita a reconocerlos, salvaguardarlos, respetarlos y
protegerlos, íntegramente y en todo momento, porque
precisamente para ello es que existe el Estado.
Los derechos fundamentales en nuestra Constitución están basados
en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
1. ¿Qué son los Derechos Humanos?
Los derechos humanos son aquellos derechos que tiene la persona
humana por su sola condición de persona humana.
Los derechos humanos son universales, es decir, son poseídos por
todos los hombres, porque participamos de la misma naturaleza.
Por eso, es necesario luchar para que se reconozcan y se garanticen
en todo el mundo. Cada hombre y cada mujer deben gozar de los
derechos humanos y respetarlos en los demás hombres, sin distinción
de raza, cultura o religión.
Además, los derechos humanos son:
Inalienables: es decir, no pueden ser transferibles.
Irrenunciables: El sujeto no puede renunciar a su titularidad.
Imprescriptibles: No se pierden con transcurso del tiempo.
Limitados: Están condicionados por los derechos de los demás.
Estos derechos fueron expresados en forma de principios por todas
las naciones del mundo, después del holocausto que significó la
humanidad la Segunda Guerra Mundial y las atrocidades nazis.
Estos principios constituyen la Declaración Universal de Derechos
Humanos, obra de la Asamblea General de Naciones Unidas,
reunida en la ciudad de San Francisco, Estados Unidos de América,
en 1948.
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2. ¿Qué pasa cuando un país no tiene derechos humanos?
El caso más emblemático es el de la Alemania nazi (1933-1945). Por
las leyes de Nuremberg de 1935 se les conculcó sus derechos civiles a
los alemanes de religión judía. Ya no podrían trabajar para el
Estado, ni hacer uso de los servicios públicos, ni desposarse con otro
que no fuera de su misma religión, y cuando salieran a la calle,
debían llevar obligatoriamente una estrella de David cosida en la
solapa de sus ropas, para que todos pudiera identificarlos como
“judíos”. Ya en plena Segunda Guerra Mundial, en la Conferencia
de Wansee (1942), los altos jerarcas nazis decidieron que la “solución
final” del “problema judío” en Alemania y en Europa sería la
exterminación física de todos ellos. Así comenzaron a trabajar
verdaderas fábricas de la muerte: los denominados “campos de
concentración”, que acabaron con la vida de 6 millones de judíos.
La Unión Soviética (hoy Rusia) es otro caso emblemático. Durante
la década de los „30 del siglo pasado, este país emprendió un
monstruoso esfuerzo de industrialización denominado oficialmente
“Plan Quinquenal”. Para acumular el dinero necesario para la
fundación de sus industrias, el gobierno comunista bajo el nivel de
consumo de su gente a niveles inconcebibles, aún para el Perú. No
solo eso, las personas debían trabajar en las nuevas fábricas hasta 18
horas al día, solo por un plato de comida. La huelga y el desgano
laboral se castigaban con la deportación al “gulag”, campos de
trabajo que nada envidiaban a los campos de concentración nazis,
y en donde se trabajaba hasta la muerte, que no tardaba en llegar.
Se calcula que 10 millones de rusos dejaron sus vidas en los gulags.
3. ¿Cuáles son los derechos humanos en nuestra Constitución?
Los tres primeros capítulos del título primero de la Constitución
Política del Perú están dedicados a la persona y a la sociedad.
Recogen por escrito los principales derechos humanos, que deben ser
respetados por la sociedad y es Estado.
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Así, el capítulo primero está dedicado a los derechos fundamentales
de la persona, el capítulo segundo a los derechos sociales y
económicos, y el capítulo tercero a los derechos y deberes del
ciudadano.
Los derechos humanos, recogidos por nuestra Constitución son:
Derecho a la vida,
Derecho a la igualdad ante la ley,
Derecho a la identidad,
Derecho a la integridad moral, física y psicológica,
Derecho al trabajo,
Derecho a la intimidad,
Derecho a la propiedad,
Derecho al libre tránsito,
Derecho a la libertad de información, pensamiento, opinión y
expresión,
Derecho a la ciudadanía,
Derecho a la libertad de religión,
Derecho a la libre reunión,
Derecho a la libre asociación,
Derecho a la seguridad,
Derecho a la dignidad.
Derecho a la paz.
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1. ¿Qué son los derechos fundamentales?
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2. ¿Qué son los derechos humanos?
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3. ¿Qué hecho mundial desencadenó que los países del mundo
emitieran la Declaración de los Derechos Humanos?
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La Persona
Humana
1. Constitución Política del Perú:
“ARTÍCULO 1º.- La defensa de la persona humana y el respeto de
su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado.
2. ¿A quiénes se denomina persona humana?
La palabra persona es de origen griego, y hace referencia a la
máscara que los actores de teatro utilizaban en el escenario.
En la actualidad, la palabra hace referencia a todos los sujetos de
derechos, sin excepción. Allí encontramos a los hombres, las mujeres
y los niños, a quienes la Constitución denomina “persona natural”, y
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también encontramos a grupos de personas reunidas para la
ejecución de un fin legal, que puede ser económico, cultural,
deportivo o político, son las llamadas “personas jurídicas”. Por
ejemplo, el colegio Trilce es una persona jurídica.
La primera característica de la persona humana es que son capaces
de reflexionar acerca de sus intenciones y sus acciones ¿Alguna vez
has cruzado una calle muy transitada a ciegas? ¿Alguna vez has
intentado arrancarle un ojo a un perrito? No lo has hecho porque
has nacido con racionalidad, con ella puedes imaginar en tu
mente las consecuencias de tus acciones, y decidir si las realizas o no.
La racionalidad te convierte en persona humana.
La segunda característica de las personas humanas es la
sociabilidad ¿Sabes de alguien en el mundo que esté
completamente solo y que rechace la compañía de otras personas?
Los hombres nacen para vivir en sociedad, es decir, que viven
rodeados de otras personas con las que buscan relacionarse para
muchos y variados fines.
No existe persona sola, sino que está relacionado con otras personas
por razones de parentesco, de amistad, de trabajo o sencillamente
por amor.
Los niños y los enfermos mentales, aunque carecen de la capacidad
de reflexionar, son personas humanas. Un animal, una barra de oro
o un fajo de un millón de dólares no son personas humanas.
Los derechos fundamentales alcanzan a los dos tipos de persona.
3. ¿Por qué la persona humana es el fin supremo de la
sociedad y del Estado?
¿Qué debe ser lo más importante para todas las personas del Perú
y del mundo? ¿La Patria? ¿Dios? ¿La defensa de la religión? ¿La
defensa de la propiedad?
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Existen personas humanas y grupos de personas humanas, en el
Perú y en otros lugares del mundo, para los cuales la posibilidad de
quitarle la vida a una persona humana o la pérdida de vidas
humanas son aceptadas como acciones mínimas o correctas si así
logran proteger sus intereses o concretar sus aspiraciones.
¿Cuántas veces no has leído en los diarios o visto por la televisión
aceleró su vehículo irresponsablemente por ganar pasajeros, perdió
el control de su vehículo y atropelló a alguien? El conductor puede
que haya sido una persona trabajadora, seguramente con familia a
la cual sostiene con su trabajo.
Entonces ¿te parece correcto que por ganar unos soles de más
ponga en peligro su vida y las vidas de los demás? ¿Qué es lo más
importante; Su necesidad de dinero o la vida de los demás? Si crees
que proteger la vida de toda persona humana debe ser lo más
importante del mundo es que eres humanista, y nuestra
Constitución refleja el pensamiento humanista.
¿Acaso te es de utilidad un libro de Actualidad escrito en idioma
eslovaco? ¿Acaso te es de utilidad un lapicero al que se le ha
agotado la tinta? La sociedad (el conjunto de todos los peruanos) y
el Estado, al que llamamos afectuosamente Perú, tienen como
única misión la de proteger nuestras vidas y la de ayudarnos a
proteger las vidas de otros peruanos.
Si no nos protegen o no nos ayudan a proteger a otros, carece de
sentido su existencia.
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1. ¿A quién se denomina persona humana?
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2. ¿Qué es una persona jurídica?
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3. ¿Qué significa que el fin supremo de la sociedad y el Estado sea la
persona?
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Derecho a
la Vida
1. Constitución Política del Perú:
“Artículo 2º.- Toda persona tiene derecho:
A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a
su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en
todo cuanto le favorece.
23. A la legítima defensa.”
2. ¿Dónde empieza la vida en la persona humana?
Hace algunos años, tus padres se unieron por obra del amor y;
como fruto de esa unión, fuiste concebido dentro de tu madre. La
concepción se consumó cuando el espermatozoide de tu papá se
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Introdujo en el óvulo de tu mamá. A este proceso le llamamos
concepción. Los núcleos del espermatozoide y del óvulo se
fusionaron formando una célula llamada cigoto. De esta manera,
como un minúsculo cigoto dentro de las trompas de Falopio de tu
mamá, comenzó el embarazo. Con la concepción, empezó a
prepararse tu existencia sobre la tierra, y por los mismos procesos, la
de todas las personas humanas que habitan el Perú y el mundo.
Entonces, lo que estamos explicando es como va a empezar tu
vida.
Muchos científicos sostienen que la vida empieza con la
concepción.
A las 30 horas de la concepción, la célula cigoto se divide en dos.
Luego, estas dos se convierten en cuatro y continúan
multiplicándose. A los 4 días ya se formado una bola de células que
baja por las tropas hacía el útero, al cual se adhiere.
En oposición a los primeros, numerosos científicos sostienen que la
vida empieza con la implantación del cigoto en las paredes del
útero.
A los 30 días, la bola de células se convertirá en un embrión, y
luego en feto. Después de nueve meses, nacerá un bebe.
Existen científicos que sostiene que la vida empieza con la aparición
del embrión. Para la Constitución, la vida de la persona humana
empieza desde el momento de la concepción, y desde ese preciso
momento se protege al que con el parto se convertirá en persona
humana.
3. ¿Qué es el Derecho a la Vida?
El Derecho a la Vida contempla dos dimensiones:
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a. Es el derecho de todos los concebidos al nacimiento, sin más
interrupciones que las que responden a causas naturales y
accidentales. A nadie, ni a las personas naturales ni a las
personas jurídicas, ni al Estado ni a la sociedad, se les está
permitido interrumpir el normal desarrollo del concebido y su
nacimiento. Se puede entender entonces el Derecho a la Vida
como el derecho del concebido, del embrión y del feto al
nacimiento. La interrupción del embarazo se llama aborto
provocado, y es un delito con penado con cárcel.
La ley contempla solo una excepción. Cuando, como producto
del embarazo, la vida de la madre se encuentra en peligro, se
está permitido a los médicos interrumpir el embarazo. A esta
figura se le conoce como aborto terapéutico. No está
permitido la eugenesia, o sea la interrupción de un embarazo
so pretexto que el feto presenta enfermedad irreversible, como el
síndrome de Dawn.
b. No está permitido interrumpir el desarrollo de la vida de la
persona natural desde el nacimiento hasta la muerte. La vida de
la persona acaba con muerte producida por vejez, enfermedad
o por accidente. Bajo ninguna circunstancia está permitida la
eutanasia, o sea el final deliberado de una vida so pretexto de
acortar la agonía de una enfermedad incurable. La ley
contempla tres excepciones: El Estado puede terminar con la
vida de una persona natural si esta es sentenciada por el delito
de traición a la Patria y solo en caso de guerra externa.
También la Policía Nacional está autorizada por la
Constitución y las leyes para terminar con la vida de una persona
natural solo si es para proteger otras vidas, y por último,
cualquier persona puede terminar con la vida de otra si esta
última amenaza realmente su existencia y ambas se encuentran
en igualdad de condiciones. A esto se le llama legítima
defensa.
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1. ¿Qué es el derecho a la vida?
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2. Según la Constitución peruana ¿Desde qué etapa del embarazo la
persona tiene derecho a la vida?
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3. ¿Qué es la eutanasia y porque está prohibida?
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La Dignidad de la
Persona Humana
1. Constitución Política del Perú:
“Artículo 1º.- La defensa de la persona humana y el respeto de su
dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado.”
Artículo 2º Toda persona tiene derecho:
22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al
descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de su vida.
2. ¿Qué la dignidad de la Persona Humana?
El ser humano es una maravilla de la naturaleza y de la creación.
Solo él es capaz de realizar cosas que ningún otro ser vivo es capaz
de hacer. Las personas humanas nacieron con un talento,
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capacidad o aptitud. Todos ellos son maravillosos y únicos. Juan
Diego Flores canta con su voz prodigiosa como Gastón Acurio
cocina deliciosos manjares ¿Qué talento tienes tú? Para desarrollar
un talento en especial y ofrecerlos al Perú, que lo necesita por que
sin ellos no podrían existir, la persona humana necesita vivir en
determinadas condiciones materiales y espirituales, sino; el talento
no aflora. Esas condiciones que nos hicieron lo que hoy somos
constituyen la dignidad.
Para ser quienes somos tuvimos el amor, el cuidado y las atenciones
de nuestros padres, que además; nos ofrecieron una alimentación
conveniente para que nuestros cuerpos y nuestra mente crecieran
fuertes y sanos, también nuestros padres procuraron darnos una
vivienda y servicios de educación y salud. Cuando un niño vive
como un animalito, encerrado y sucio, se dice que vive en
condiciones indignas. Cuando la persona humana cumple los 18
años, alcanza la libertad plena de decidir que ser y qué hacer con
sus talentos, simplemente porque a edad alcanzamos el pleno
desarrollo de nuestra racionalidad. La libertad es también parte
de nuestra dignidad.
Como es la sociedad y el Estado quienes se benefician con los
talentos que las personas logran desarrollar, la sociedad y el Estado
también colaboran para brindarle a la personas humana
alimentación, vivienda, educación, salud y garantías para su
libertad. Esta es la razón por la cual el Estado tiene instituciones
como el INABIF, los programas sociales; tales como “el Vaso de
Leche” o los “Comedores Populares” o los asilos de ancianos.
3. ¿Hay situaciones que ponen en peligro la dignidad de las
personas?
Este artículo de la Constitución hace referencia a:
a. No es aceptable para la sociedad y el Estado que las personas
humanas vivan en condiciones permanentes de hambre, de frío,
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de ignorancia y de enfermedad. Si lo hacen es porque viven en
situación de pobreza y pobreza extrema. La pobreza
atenta contra la dignidad de las personas por que limita de
manera grave sus posibilidades y aptitudes. Un niño que no ha
desayunado, almorzado y cenado de manera conveniente
sufrirá desnutrición, su cerebro no se desarrollará y por tanto no
podrá destacar en el colegio.
b. Está prohibida la servidumbre, la esclavitud y la trata de
personas. Las personas humanas no son objetos o mercancías
para ser vendidos o comprados. Las personas, para poder
desarrollarse convenientemente también necesitan libertad. La
libertad consiste en hacer todo lo que la persona quiera hacer,
siempre y cuando no afecte con este comportamiento a otras
personas. Este límite está marcado por la Ley ¿Sabías que existen
niños y niñas en el Perú que son vendidos por sus padres a malas
personas para trabajar en la extracción de oro o para que
vendan su cuerpo en las calles? Cuando la voluntad de una
persona se encuentra permanentemente sometida a la voluntad
de otra por obra de la violencia para alcanzar un fin económico,
a esta situación se le llama esclavitud. Los animalitos nacieron
para estar sometidos a la voluntad del hombre.
Existen también personas que comercializan con seres humanos
como si fueran reses. Por lo general, este tráfico se presenta con
personas de sexo femenino. La forma más común es que en los
pueblos más pobres de nuestra geografía, allí donde cada
céntimo de sol cuenta, se presentan personas que les aseguran a
las jóvenes del lugar un trabajo en algún restaurante o discoteca.
Estas viajan a la ciudad en donde son vendidas a lupanares y
demás locales de mala reputación. A esta institución se le
denomina trata de personas. La trata de personas, la
servidumbre y la esclavitud son crímenes monstruosos y todos
debemos combatirla.
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1. ¿Qué es la dignidad de la persona humana?
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2. ¿Qué situaciones ponen en peligro la dignidad de las personas?
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3. ¿Qué es la esclavitud?
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El Derecho a la
Identidad
1. Constitución Política del Perú:
“Artículo 2º.- Toda persona tiene derecho:
1. A la vida, a su identidad, a su
integridad moral, psíquica y física y a su
libre desarrollo y bienestar. El concebido
es sujeto de derecho en todo cuanto le
favorece.
7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y
familiar así como a la voz y a la imagen propias.
19. A su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la
pluralidad étnica y cultural de la Nación. Toda persona tiene
derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad
mediante un intérprete. Los extranjeros tiene ese mismo derecho
cuando son citados por cualquier autoridad.
21. A su nacionalidad. Nadie puede ser despojado de ella. Tampoco
puede ser privado del derecho de obtener o de renovar su
pasaporte dentro o fuera del territorio de la República.
2. ¿Qué es la identidad de la persona humana?
Las personas humanas no son animales, y no los son porque están
dotados de racionalidad; es decir, que tienen la capacidad de
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pensar, reflexionar e imaginar situaciones acerca de él y de las
cosas que le rodean. Como el hombre es racional, se pregunta
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diariamente ¿Quién soy yo? ¿De dónde vengo? Estas son las
preguntas más importantes que todos los seres humanos nos
hacemos a lo largo de nuestras vidas, y de su respuesta conveniente
depende mucho la salud física e intelectual de la persona.
Estas preguntas las vas a resolver a lo largo de tu vida, y quizá
nunca llegues a quedar satisfecho con las respuestas que
encuentres, pero la Constitución te señala el punto de partida para
que inicies tu búsqueda. Este punto de partida es la identidad, y
todos tenemos derecho a ella.
La Constitución y las leyes obligan a tus padres a elegirte un
nombre con el que te puedas distinguirte de los demás. Este
nombre deberá quedar consignado en un documento llamado
partida de nacimiento. El nombre puede que después te guste
o no, pero es tú nombre y te acompañará toda la vida porque ya
es parte de ti. Los padres deben elegir para sus hijos hasta dos
nombres, y estos nombres deberán ser cuidadosamente elegidos
pues la ley prohíbe los nombres que atenten contra la dignidad de
quien lo recibe. La ley no aceptará que a un niño se le imponga el
nombre de “helicóptero” o de “máquina de coser”.
Además, es obligatorio que los padres consignen en la partida de
nacimiento el nombre de sus familias junto al tuyo. Al nombre
familiar se le conoce como apellido, y la Constitución y las leyes
obligan a tus padres a darte dos, uno por cada progenitor, siendo
el primero el de la familia del padre.
Cuando seas mayor de edad, si lo consideras necesario, puedes
cambiar tu nombre y apellidos. Para ello deberás presentarte ante
el juez, quien emitirá una sentencia legalizando tu pedido.
Además los padres deberán consignar el sexo, distrito, provincia,
departamento y país en el cual naciste y del cual serás ciudadano.
Además; se tomará una impresión de las plantas de tus pies.
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Cuando seas adulto será obligatorio que uses el DNI (Documento
Nacional de Identidad), en el cual el Estado, por intermedio de la
RENIEC (Registro Nacional de Identificación y Estado Civil),
registrará tu imagen, tu estado civil, tu profesión u oficio, así como
la impresión electrónica de tus huellas dactilares.
También es posible elegirte un seudónimo, que también será
parte de tu identidad. El seudónimo es un nombre falso que utiliza
una persona para reemplazar al verdadero y puede ser registrado
ante el Estado. Por ejemplo: quizás desconozcas quien es Demetria
Lobato o Zacarías Efron, o que es lo que hacen, pero es seguro que
has oído hablar de Demi Lobato y Zac Efron. Demi Lobato y Zac
Efron son seudónimos debidamente registrados.
3. ¿Por qué es necesaria tu identidad?
En el Perú existen cientos de niños cuyos padres no los han
registrado, y que por lo tanto no tienen partida de nacimiento. A
excepción de algunas personas, nadie más sabe que esos niños
existen ¿Te imaginas los peligros a los que están expuestos esos
niños? También existen cientos de niños a los cuales sus padres les
han negado su apellido. Existen también personas que suplantan la
identidad de otras para obtener un beneficio económico ¿Te
imaginas si alguien se hiciera pasar por tu padres y vendiera tu
casa?, o que buscarán acabar con su propia identidad para
inducirte al error ¿Te imaginas acudir a un médico que en verdad
no lo es? o sencillamente para evadir la acción de la justicia.
En el Perú existen muchísimos casos de homonimia, la homonimia
se presenta cuando dos personas registran ante la RENIEC los
mismos nombres y apellidos. La homonimia puede generar terribles
confusiones. Los casos más lamentables son aquellos en el que una
persona inocente es confundida con otra por la Policía Nacional,
en razón de que registran ante la RENIEC el mismo nombre y el
mismo apellido de una persona requerida por la autoridad.
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1. ¿Qué es el derecho a la identidad?
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2. ¿Qué es la homonimia?
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3. ¿Qué es un seudónimo?
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El Derecho a la
Integridad Moral,
Psíquica y Física
1. Constitución Política del Perú:
“Artículo 2º.- Toda persona tiene derecho:
1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y
a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho
en todo cuanto le favorece.
7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y
familiar así como a la voz y a la imagen propias.
Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviadas en
cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que este se
rectifique en forma gratuita, inmediata y proporciona, sin perjuicio
de las responsabilidades de ley.
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24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:
h) Nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni
sometido a tortura o a tratos humillantes. Cualquiera puede pedir
de inmediato el examen médico de la persona agraviada o de
aquella imposibilitada de recurrir por si misma a la autoridad.
Carecen de valor las declaraciones obtenidas por la violencia.
2. ¿Qué es la integridad moral, psíquica y física de la persona
humana?
¿Exista alguna persona humana en el mundo a la cual le agrade
que lo golpeen hasta causarle daños en el cuerpo? ¿Existe alguna
persona humana a la cual le agrade que se creen con respecto de él
mentiras y falsedades? La persona humana es la suma de sus
pensamientos y su cuerpo. Uno no puede ser posible sin la otra
parte. Además de ello, la persona humana proyecta ante los demás
una imagen de ambos. Al conjunto de pensamientos, cuerpo y
proyección se le llama integridad, sencillamente porque todos
ellos forman lo que somos. Ellos somos nosotros porque nos
constituyen.
¿Acaso no te molesta que un compañero le añada a una fotografía
de tu rostro cuernos y barbas? ¿Acaso no te causa dolor que un
compañero te golpee? ¿Acaso no te causa tristeza que el profesor te
llame la atención injustamente? Imagen, cuerpo y pensamientos
forman nuestro ser y sus alteraciones, causadas por nosotros o por
extraños, nos afectan.
3. ¿Qué es el derecho a la integridad moral, psíquica y física
de la persona humana?
En este artículo la Constitución hace referencia a:
a. Prohibición de la violencia: No le está permitido a ninguna
persona, a la sociedad o al Estado utilizar la violencia, en
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cualquiera de sus formas, para obtener alguna conducta o
beneficio de una persona humana. La violencia es dañina por
que causa dolor y sufrimiento a las personas humanas. Pero
existen excepciones para el uso de la violencia que la
Constitución y la Ley contemplan.
Recuerda también que la violencia no necesariamente tiene que
ser física para causar daño. Cuando un padre golpea
constantemente a su hijo con una correa es violencia, y le causa
daños físicos y psicológicos, pero también es violencia cuando ese
mismo padre se expresa de su hijo, ante él y ante los demás, en
forma soez, humillándolo, y ello también le causa daño.
b. Prohibición de la tortura: Es deber del Estado proteger la vida
humana, este punto ya lo hemos estudiado. Para proteger la
vida humana, el Estado cuenta con la Policía Nacional y las
Fuerzas Armadas (Ejército Marina de Guerra y Fuerza Aérea), y
como ya se ha mencionado, los miembros de ambos institutos
armados están autorizados a utilizar la violencia física, siempre
para proteger la vida y la propiedad (en ese orden), y solo
cuando es necesario, según lo dispuesto por la Constitución y la
Ley.
Así, vemos por la televisión que la policía utiliza caballos, gases
lacrimógenos y “rochabuses” para disolver por la violencia una
manifestación de cientos de personas humanas que amenaza
con salirse de control y poner en peligro la vida hasta de los
propios manifestantes. Es deber de la Policía utilizar la violencia
para evitarlo. También hemos visto por televisión que la Policía
detiene por la fuerza a una persona humana que ha causado
daños, para que responda por su conducta. También en ese caso
la ley contempla el uso de la violencia. Pero pasada la amenaza
o la situación de peligro, la Constitución y las leyes ya no
contemplan el uso de violencia. Por ningún motivo la Policía
Nacional ni los demás institutos armados pueden utilizar la
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violencia física para extraer información de un detenido o para
otros fines. Si lo hacen, a esa conducta se le llama tortura.
La tortura es uno de los peores crímenes que pueden existir.
c. Está prohibido el tráfico de órganos. Como se dijo anteriormente,
las personas humanas no son mercancías. Por ello, el comercio de
órganos humanos está severamente penado. Lo natural es que si
a una persona le hace falta un órgano para poder vivir, este le
sea entregado a título gratuito por un familiar, no solo para
evitar el tráfico y las mafias, sino porque también será
clínicamente compatible con el paciente y no provocará rechazo.
En todo caso, existe un Registro Nacional de Donantes, en donde
aquellos peruanos que hayan muerto clínicamente, y siempre
que hayan declarado su voluntad de no ser donante en su DNI,
podrán legar gratuitamente sus órganos a los pacientes en la
lista de espera.
Para evitar imprevistos en el futuro, hoy los padres pudientes
acostumbran conservar el cordón umbilical de sus recién nacidos,
debido a que este órgano tiene las milagrosas “células madre”,
que introducidas en el cuerpo del paciente, tienden a regenerar
los órganos severamente dañados.
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1. ¿Qué es tortura?
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2. ¿Qué es el tráfico de órganos?
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3. ¿A que se denomina derecho a la integridad?
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La Igualdad ante
la Ley
Constitución Política del Perú:
“Artículo 2º.- Toda persona tiene derecho:
2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por
motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición
económica o de cualquiera otra índole.
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4. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o
asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No
hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es
libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público.
19. A su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la
pluralidad étnica y cultural de la Nación.
Toda persona tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier
autoridad mediante un intérprete. Los extranjeros tiene ese mismo
derecho cuando son citados por cualquier autoridad.”
24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:
A) Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni
impedido de hacer lo que ella no prohíbe.
E) Toda persona es considerada inocente mientras no se haya
declarado judicialmente su responsabilidad.
1. ¿Qué es la igualdad ante la ley?
Las personas son todos seres humanos, y como tales, es natural y
hasta necesario que seamos diferentes. Aceptar esas diferencias nos
hace mejores humanos, y nos traerá paz y progreso a todos los
peruanos. Aceptar a las personas tal como son y no como creemos
que deberían ser se llama tolerancia.
Las personas humanas solo deben distinguir y distinguirse por sus
valores, capacidades, aptitudes y talentos personales; y nunca por
otro concepto.
Para la Constitución del Perú, todos las personas humanas tenemos
los mismos deberes y los mismos derechos, a esta institución se le
llama igualdad ante la ley. También reconoce las mismas
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oportunidades para progresar en base y solo por nuestros talentos y
capacidades.
2. ¿Qué es la Discriminación?
Existen personas naturales y jurídicas en el Perú y en el mundo a las
cuales les cuesta mucho aceptar que los seres humanos son
diferentes entre si, y no solo eso, sino que desean y trabajan para
que todos guardemos –supuestamente- semejanzas exteriores e
interiores.
Como ello es humanamente imposible, lo que terminan haciendo es
separar a los seres humanos con barreras visibles o invisibles. A este
modo de obrar se le llama discriminación.
Se puede discriminar a una persona por mil pretextos: por tener
una religión distinta, una lengua distinta, un color de piel distinto, o
por ser mujer, etc. Como dijo Albert Einstein “Existen dos cosas
infinitas: el Universo y la estupidez humana, y no estoy seguro de lo
primero”.
La peor forma de discriminación es el racismo.
El racismo es la ideología que sostiene que las características físicas,
objetivas o supuestas, que presentan todos los seres humanos (como
el color de la piel, de los ojos, el cabello, etc) determinan sus
aptitudes físicas y capacidades mentales. De esta manera, los
racistas predican la existencia de “razas superiores” y “razas
inferiores”.
Así, los españoles, de piel blanca, creían sinceramente que los indios,
de piel cobriza peruanos eran “brutos”, en tanto que los indios
estaban convencidos que estos eran “supays” o “pishtacos”
(demonios).
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Muchos piensan que el racismo es la enfermedad del Perú. Lo que
imposibilita su desarrollo y progreso.
Otra forma de discriminación es el sexismo, ideología que en el Perú
es mejor conocida como “machismo”, que predica la supuesta
superioridad física y mental del género masculino sobre el femenino,
reservando a las féminas el papel de simple objeto sexual y
reproductor de la especie humana, pero incapacitándola para el
desempeño de otras responsabilidades.
Hay que tener en consideración que si bien los hombres y las
mujeres somos iguales en derechos, y ello en razón de que ambos
géneros están dotados de racionalidad y demás características
humanas, no son iguales biológicamente ni psicológicamente, sino
que tienen y mantienen sus diferencias.
Estas diferencias no involucran una superioridad de un género
respecto del otro, simplemente nos hacen reflexionar acerca de la
complementariedad de ambos géneros para la realización de la
especie humana.
Otra forma de discriminación es la homofobia. Muchos peruanos,
dentro de su ámbito de su intimidad, han preferido la compañía
sexual de miembros de su propio género (homosexualidad) o de
ambos géneros (bisexualidad).
Si bien el matrimonio entre personas de un mismo sexo no es legal,
la homosexualidad no es un delito ni una aberración psicológica,
pero en la práctica, la sociedad, por desconocimiento o por
intolerancia, la trata como tal, reservando para estas personas
determinados oficios.
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1. ¿Cuál es la enfermedad del Perú y en qué consiste?
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2. ¿Qué es la igualdad ante la Ley?
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3. ¿Qué es el machismo?
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La Libertad de
Información, Opinión,
Expresión y Prensa
1. Constitución Política del Perú:
“ARTICULO 2º.- Toda persona tiene derecho:
2.- A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por
motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición
económica o de cualquiera otra índole.
3.- A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del
pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por
cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni
censura ni impedimento alguno, bajo las responsabilidades de ley.
Los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demás medios
de comunicación se tipifican en el Código Penal y se juzgan el fuero
común. Es delito toda acción que suspende o clausura algún órgano
de expresión o le impide circular libremente. Los derechos de
informar y opinar comprenden los de fundar medios de
comunicación.”
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2. ¿Qué es la Libertad de Información, opinión, expresión y
prensa?
Ya quedó claro que las personas son seres racionales, y también ya
estudiamos que los hombres somos diferentes unos de otros en
muchas cosas, y eso incluye nuestra forma de entender el mundo
que nos rodea. ¿El cielo de Lima es celeste o plomo? ¿O quizá
pienses que es azul? Si buscas información al respecto en libros,
prensa e Internet estarás ejerciendo tu libertad de información.
Es sencillo de entender que si has llegado a la conclusión de que el
cielo limeño es plomo, te hallaras en discrepancia con aquellos que
sostengan que el cielo limeño es celeste. Es entonces cuando estarás
ejerciendo tu libertad de opinión. Lo siguiente que harás, una
vez tomada una posición al respecto es decirlo, hablarlo, comunicar
a los demás tus conclusiones. Entonces estarás ejerciendo tu
libertad de expresión.
En estos tiempos modernos existen los periódicos, la televisión y la
radio. Como estos instrumentos de comunicación llegan a millones
de peruanos se les denomina medios de comunicación social. A
ellos se les han sumado la Internet, los Blogs, el Youtube y el
Twiter ¡Imagínate que puedas decirle al Perú y al mundo que el
cielo limeño es azul! Si puedes hacerlo, y muchas veces lo haces
porque utilizas la
Internet, sin esperar persecución o amenazas a tu integridad por
parte de alguien, es que estas ejerciendo tu libertad de prensa.
Todas estas libertades cumplen fines más importantes que un simple
comentario sobre algo o alguien, sino que fue instituida para
criticar a los poderosos, a los hombres que por nuestro mandato
ejercen poder sobre nosotros. A esas personas las llamamos
políticos.
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2º Año de Secundaria Disciplina y Exigencia Académica”
Y en verdad, a los políticos de ninguna parte del mundo les gusta
escuchar las críticas de los gobernados acerca de su desempeño en
el cargo. No practican la tolerancia y por eso les molesta
muchísimo la crítica y siempre están tentados a callarla, por los
medios que consideren necesarios, no importa si son ilegales.
Las libertades de información, opinión, expresión y prensa son
pilares de la democracia.
Es importante anotar que de lo se trata no es de criticar por criticar,
pues esa conducta recibe el nombre de difamación, sino de criticar
con fundamento.
En el Perú, la libertad de expresión comprende el derecho de
burlarnos ácidamente de nuestros gobernantes y políticos.
3. ¿Qué sucede cuando no existe la Libertad de Expresión?
El gobierno democrático, para ser realmente democrático y escapar
de las páginas del diccionario a la realidad, necesita ser lo más
transparente posible. Esa transparencia en los negocios públicos, en
el manejo del Estado, que es el negocio de todos los peruanos, lo
ofrecen las libertades estudiadas.
Las libertades de opinión, expresión y prensa crean una
noble profesión: el periodismo, cuya tarea es investigar los temas
que nos interesan a todos los peruanos, y entre esos temas la
política, para denunciar en prensa, radio y televisión sus excesos y
negociados. Tan importante es el periodismo que algunos le
califican como el “Cuarto Poder” del Estado, luego del poder
ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial.
Cuando el periodismo es callado, es porque nos encontramos en
dictadura. Es decir, las libertades de información, opinión, expresión
y prensa ya no existen.
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1. ¿En qué consiste la libertad de información?
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2. ¿En qué consiste la libertad de opinión?
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3. ¿En qué consiste la libertad de expresión?
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El Derecho a la
Intimidad
1. Constitución Política del Perú:
“ARTÍCULO 2º.- Toda persona tiene derecho:
5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a
recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo
que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan
la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o
por razones de seguridad nacional.
10. Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y
documentos privados.
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Las comunicaciones, telecomunicaciones o sus instrumentos solo
pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por
mandato motivado por el juez, con las garantías previstas en la ley.
Se guarda secreto de los asuntos ajenos al hecho que motiva su
examen.
Los documentos privados obtenidos con violación de este precepto
no tienen efecto legal.
Los libros, comprobantes y documentos contables y administrativos
están sujetos a la inspección o la fiscalización de la autoridad
competente, de conformidad con la ley. Las acciones que al
respecto se tomen no pueden incluir su sustracción o incautación,
salvo por orden judicial.
18. A mantener reserva sobre sus convicciones políticas, filosóficas,
religiosas o de cualquier otra índole, así como guardar el secreto
profesional”.
2. ¿Qué es la intimidad?
Cuando estudiamos la dignidad descubrimos que la persona
humana es la suma de varias dimensiones; una de ellas es su
cuerpo, otra son sus pensamientos, y otra la imagen que proyecta a
todos. La intimidad se encuadra dentro de lo que son los
pensamientos del ser humano (lo que algunos llaman alma,
espíritu o mundo interior).
Existen sentimientos, recuerdos o situaciones que solo te incumben a
ti y a nadie más, y no deseas que otras personas conozcan o que
deseas ser tú quien elija el momento, con quien o con quienes
deseas compartir esa información, y elegir también el medio que
utilizarás para compartirla; puede ser por teléfono, fax o correo
electrónico. Esta es la llamada intimidad y todos la tenemos
derecho a tenerla y a defenderla.
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No es que los secretos o la información en cuestión se refieran a un
hecho ilegal o monstruoso. Nada de eso, a veces constan de
pequeñas cosas que son importantes solo para ti porque son parte
de ti. Por ejemplo, a las señoritas muchas veces no les gusta mostrar
sus fotos de cuando eran niñas, o a los jóvenes no les gusta que otros
les vean cuando mama los regaña. En la vida real, el difunto
Michael Jackson era calvo, y nadie se enteró de ello hasta
después de su muerte.
Cuando te conviertas en un adulto tu intimidad abarcara
información más trascendente, como por ejemplo ¿Tienes dinero en
el banco? ¿Cuánto dinero tienes?
Divulgar la intimidad de una persona es un grave delito.
Recuerda que en estos tiempos modernos existen el Hi 5, el My
Space, el Facebook y el Twitter, lugares virtuales en la INTERNET
en donde es común intercambiar información acerca de la
intimidad de las personas, incluyendo fotografías y videos, algunos
que deberían ser de carácter estrictamente privado. Ten muchísimo
cuidado con la información que colocas en esos lugares. Recuerda
que la información acerca de tu intimidad que colocas en la
INTERNET ya no te pertenece ¡No pongas en peligro tu propia
intimidad ni tu derecho a ella!
3. ¿Quiénes no tienen derecho a la intimidad?
En principio todos tenemos derecho a la intimidad, pero existen
excepciones, estos son los llamados políticos.
Los políticos y los que quieren ingresar a la actividad política no
tienen derecho a la intimidad porqué primero se encuentra nuestro
de derecho a la información y luego la libertad de expresión.
Hay que recalcar que los políticos y los que quieran dedicarse a esta
actividad necesitan ser transparentes, lo más transparente posible,
ello para garantizar el buen uso del tremendo poder que los
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peruanos les damos para ejercer, pues quien tiene una mala
conducta en la intimidad es posible que también la tenga en la
actividad pública. El poder político debe estar ejercido por personas
intachables pues de su correcto ejercicio depende la vida y la
propiedad de millones de seres.
Los personajes públicos fuera de la política tienen derecho a la
intimidad pero limitado por su propia actividad. Por ejemplo, el
negocio de un artista es la búsqueda de la popularidad, también
conocida como fama, por ello busca que los medios de
comunicación social se ocupen de su persona, les utiliza para llegar
a las portadas de los diarios y a los programas de radio y televisión,
sencillamente porque ese es su negocio.
Es por eso que es muy difícil saber con estos famosos en donde
están trabajando y en donde se encuentra su derecho a la
intimidad.
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1. ¿En qué consiste el derecho a la intimidad?
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2. ¿Por qué los políticos tienen restricciones a su derecho a la
intimidad?
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3. ¿Por qué no debes colocar información acerca de tu intimidad en la
INTERNET?
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La Ciudadania
1. Constitución Política del Perú:
“ARTÍCULO 2º.- Toda persona tiene derecho:
12. A reunirse pacíficamente sin armas. Las reuniones en locales
privados o abiertos al público no requieren aviso previo. Las que se
convocan en plazas y vías públicas exigen anuncio anticipado a la
autoridad, la que puede prohibirlas solamente por motivos
probados de seguridad o de sanidad públicas.
13. A asociarse y a constituir fundaciones y diversa formas de
organización jurídica sin fines de lucro, sin autorización previa y con
arreglo a ley. No pueden ser disueltas por resolución
administrativa.
17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política,
económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen,
conforme a la ley, los derechos de elección, de remoción o
revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de
referéndum.”
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2. ¿Qué es la ciudadanía?
Vivimos dentro de un país con un gobierno democrático,
democracia en continuo proceso de
perfeccionamiento. Dentro de las
reglas del gobierno democrático se
encuentra el derecho y el deber de
todos los peruanos de participar en la
actividad política del país. A ese
ejercicio de la persona humana,
directo o indirecto del poder político,
se le llama ciudadanía.
En principio todos tenemos derecho a ser ciudadanos del Perú,
pero existen mínimos requisitos: el primero es tener 18 años
cumplidos y estar debidamente inscrito en la RENIEC (el Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil).
Estarás debidamente inscrito cuando se te otorgue un DNI o
Documento Nacional de Identidad de color azul. Con ese
documento puedes intervenir en mil formas dentro de la vida de la
“Res Publica”, que es como los antiguos romanos llamaban al
gobierno en el que todos pueden participar.
3. ¿Cómo ejercer la ciudadanía?
La principal forma de validar nuestra ciudadanía es ejerciendo el
derecho a participar en la dirección política de nuestro país, región
o distrito. Este es el llamado derecho de elección. Lo podemos
hacer mediante nuestra asociación con otras personas que tengan
el mismo interés. De esta manera aparecen los partidos
políticos, tales como el APRA, el PPC, AP y demás. Luego
habrá que presentar las ideas de nuestro partido y al candidato
que las representará frente a los demás ciudadanos para que elijan
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uno de entre todos los partidos políticos que se presenten en las
elecciones generales, regionales y distritales.
Podrás ser elegido para alcalde con 18 años de edad cumplidos,
congresista a los 25, y presidente de la república a los 35.
Sea cual sea el partido político que gane las elecciones, es deber de
los demás partidos aceptar la derrota pues tal es decisión de los
ciudadanos. En un sistema de gobierno democrático el ciudadano
es el rey.
La ciudadanía también comprende el derecho al voto; es decir, el
derecho de todos los ciudadanos a decidir mediante sufragio
personal, libre, secreto y obligatorio, a donde queremos que
enrumbe nuestro país y a quienes queremos para conducirlo.
Elegir y ser elegido para cargos en la dirección del Perú son dos
caras de una misma moneda, por ello tiene los mismos requisitos (18
años, DNI, etc.). Por medio del sufragio elegimos a las personas que
nos gobernaran desde los distintos niveles de gobierno. Elegiremos a
los que ocupen el cargo de Presidente de la República y a los
congresistas, elegiremos a los presidentes regionales y a los
consejeros nacionales, y a los alcaldes provinciales y distritales.
También podemos juntar las firmas de 50 mil personas,
presentarlas a la ONPE, el Organismo Nacional de Procesos
Electorales, para que organice un referéndum. El referéndum
que es un cuestionario que se hace a todos los ciudadanos de un
distrito, provincia, región o al país entero acerca de un tema,
cualquier tema, que votado por la mayoría de la población se
convertirá en ley.
No pueden ser sometidos a referéndum los derechos
fundamentales, los tributos, los presupuestos y los tratados
internacionales.
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2º Año de Secundaria Disciplina y Exigencia Académica”
4. ¿Qué características tiene el derecho al voto en el Perú,
según la Constitución?
Es personal: se ejerce personalmente y no se puede delegar en
otra persona el derecho al voto.
Es igual: todos tenemos el mismo derecho de voto. Se cumple el
principio democrático: “un hombre, un voto”.
Es libre: una vez en la cámara secreta, el ciudadano vota, sin
amenaza, ni soborno.
Es secreto: Nadie se entera del voto de cada uno, aunque quien
desea, naturalmente, puede revelarlo.
Es obligatorio: hasta los 60 años. El que no vota, tiene que pagar
una multa, a menos que demuestre que no ha votado por causa
de fuerza mayor.
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1. ¿Qué es la ciudadanía?
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2. ¿Qué es un referéndum?
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3. ¿Qué es el derecho al voto?
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El Derecho al
Trabajo
1. Constitución Política del Perú:
“ARTÍCULO 2º.- Toda persona tiene derecho:
15. A trabajar libremente, con sujeción a la ley.”
24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:
1. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni
impedido de hacer lo que ella no prohíbe.”
2. ¿Qué es el trabajo?
El trabajo es toda actividad de la persona frente a la naturaleza,
esta actividad está destinada a la creación de los bienes necesarios
para su subsistencia. Mediante el trabajo el hombre se realiza al
desarrollar al máximo sus aptitudes y destrezas, necesarias para la
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transformación de los elementos en bienes materiales destinados a
su consumo e intercambio.
Todas las personas tienen el derecho y el deber
de trabajar, pues es con el trabajo que los
peruanos podrán alcanzar un nivel de vida
digno. Además, el trabajo no solo satisface las
necesidades materiales de las personas, sino que
también realza la personalidad individual y
crea entre los hombres vínculos de
compañerismo y camaradería, soldando en la nacionalidad
peruana a las distintas personas que la componen.
3. ¿Qué condiciones debe reunir el trabajo para que sea de
acuerdo a lo establecido por la Constitución?
El Estado peruano protege especialmente a la madre, al menor
de edad y al impedido que trabajan. Hay que recordar que en
nuestro país, son muchísimos los niños que trabajan en la vía
pública, por causa de la pobreza de sus familias y, muchas veces,
por falta de trabajo de sus padres.
El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y
suficiente que procure, para él y su familia, bienestar material y
espiritual.
La jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias y de
hasta cuarenta y ocho semanales, como máximo. Por encima de
esas limitaciones, el trabajador tiene derecho al pago de horas
extras.
La ley otorga al trabajador adecuada protección contra el
despido arbitrario. El despido debe realizarse por causa descrita
en la ley, como por ejemplo, llegar al trabajo en estado de
ebriedad (falta grave). El despido arbitrario se resuelve con una
indemnización o con la reposición del trabajador en su puesto
laboral.
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El Estado reconoce a los trabajadores el derecho a pertenecer a
sindicatos; el derecho de los sindicatos a negociar,
colectivamente, con el empleador las condiciones de trabajo; el
derecho de hacer huelga, que es el derecho a no trabajar para
hacer valer determinadas demandas. El derecho de huelga debe
ejercerse en armonía con el interés social: Tiene excepciones y
limitaciones, porque la huelga no debe poner en peligro a la
sociedad. Por ejemplo; lo policías no pueden hacer huelga, y lo
médicos pueden hacerla siempre que no descuiden a los
pacientes ni los servicios de emergencia en los hospitales.
El Estado reconoce a los trabajadores el derecho a participar en
las utilidades de la empresa, el descanso semanal remunerado, el
descanso anual remunerado, la compensación por tiempo de
servicios y la negociación colectiva.
4. ¿Qué es la libertad de trabajo?
Es la libertad que tiene todas las personas a desarrollar cualquier
actividad económica legal destinada a la creación de riqueza. Es
decir; ni el Estado ni la sociedad pueden impedir, reservarse o
reservar para otros una actividad económica, pues con ello limitaría
las posibilidades de trabajo y riqueza de las personas. ¿Te has
puesto a pensar que profesión seguirás una vez concluidos tus
estudios secundarios? Quizá quieras ser odontólogo para trabajar
como dentista, quizá ingeniero para trabajar diseñando edificios, o
quizá cheff, para laborar en un gran restaurante de la capital
haciendo deliciosos manjares. No importa, esa decisión te compete
solo a ti. Puede que también estudies para ingeniero y después
decidas trabajar como cheff en un restaurante ¿imagina que el
Estado o el sindicato de cheffs del Perú no te permitan trabajar
como cheff porque no estudiaste alta cocina? Imagina también que
si estudiaste para cheff ¡y que mañana el Estado ordene por ley que
solo podrán trabajar como cheff los que pertenezcan al sindicato
de cheffs del Perú!.
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1. ¿Qué es el trabajo?
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2. ¿Qué es la libertad de trabajo?
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3. ¿Por qué los policías no pueden hacer huelga?
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El Habeas
Corpus
1. Constitución Política del Perú:
“ARTÍCULO 2º.- Toda persona tiene derecho:
24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:
f). nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y
motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de
flagrante delito.
El detenido debe ser puesto a disposición del juzgado
correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el término de
la distancia.
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Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y
tráfico ilícito de drogas. En tales casos, las autoridades
policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos
implicados por un término no mayor de quince días naturales.
Deben dar cuenta al Ministerio Público y al juez, quien puede
asumir jurisdicción antes de vencido dicho término.”
2. ¿Quiénes y en que situaciones se puede arrestar a una
persona?
¿Cuántas veces no hemos visto por televisión el castigo físico de una
persona, acusada de algún delito por una multitud enardecida? ¿Y
también cuantas veces vimos que la policía rescata a esas personas
para llevarlas ante el juez?
La persona humana puede ser arrestada por la Policía Nacional,
por orden de un juez, quien fundamentará esa detención en la ley y
las investigaciones del caso. También la Policía Nacional puede
detener a una persona, sin la orden de un juez, si la encuentra en
plena ejecución de un delito, o como se dice popularmente: “in
fraganti” o “con las manos en la masa”.
Como la Policía no puede estar en todas partes y en todo lugar, y
como la delincuencia se ha incrementado en nuestras calles,
recientemente el Congreso ha autorizado por ley que toda persona
tiene el derecho y el deber de arrestar a otra si la encuentra en
plena ejecución de un delito. A esta figura se le denomina arresto
ciudadano.
Pero lo que jamás, en ningún caso pueden hacer la Policía Nacional
ni las personas es juzgar y aplicar sentencia. Esa función sólo le
compete al juez, así lo dispone la Constitución.
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Como en todo hay excepciones. Las Fuerzas Armadas pueden
arrestar, juzgar y aplicar sentencia en los llamados delitos de
función, como son la deserción, el espionaje, la insubordinación, el
abandono de destino, etc, delitos cometidos por su personal
integrante y que afectan a su institución en particular, y a nadie
más.
3. ¿Qué es el Habeas Corpus?
Es una institución jurídica que garantiza la libertad personal del
individuo, con el fin de evitar los arrestos y detenciones arbitrarias.
Se basa en la obligación de presentar ante el juez, a todo detenido
en el plazo de 72 horas, el cual podría ordenar la libertad
inmediata del detenido si no encontrara motivo o justificación legal
suficiente para el arresto. Este término proviene del latín habeas
corpus, “tendrás tu cuerpo libre”.
También puede decirse que tutela los derechos fundamentales
derivados de la vida y la libertad frente a cualquier acto u omisión
de cualquier autoridad, funcionario o persona, que pueda vulnerar
dichos derechos.
La acción de Habeas Corpus puede ser presentada por cualquier
persona, natural o jurídica o por el Defensor del Pueblo, escrito en
cualquier papel, en forma verbal o telegráfica, ante el juez penal
del lugar en donde se encuentre el detenido o en el lugar donde se
haya dictado o ejecutado la medida. En Lima y Callao se presenta
ante el juez especializado en lo penal o juez mixto.
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La Cultura
de Paz
1. La paz.
Cuando pensamos en la Paz, lo primero que se nos ocurre es la
ausencia de guerra. Pero es una visión pesimista, la Paz es mucho
más que eso.
Así como la siembra comprende una suma de tareas que incluye
preparar la tierra, la Paz también implica muchas cosas. Implica
preparar el terreno para que no surjan circunstancias que la
puedan ponerla en peligro.
La Paz se hace presente en cada momento del día, en el pan en la
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mesa, en la dignidad del trabajador que gana su sustento
honradamente, en el trato cordial del empleado público al
ciudadano, en los conductores de automóviles que respetan al
peatón y las reglas de tránsito, en el progreso de la economía y en
el respeto de todos por el medio ambiente.
2. La cultura.
La palabra proviene del verbo latino cultum = cultivar. Cultura es,
pues, educación, formación, desarrollo de las facultades
intelectuales y morales del hombre; y en su reflejo objetivo, cultura
es el mundo del hombre, en oposición al mundo natural. Por tanto;
es el conjunto de maneras de pensar y de vivir. Así, cultura son
todas las realizaciones características de los grupos humanos.
En la cultura están comprendidos el lenguaje, la industria, el arte, la
ciencia, el derecho, el gobierno, la moral, la religión, así como los
instrumentos materiales (edificios, instrumentos, máquinas, objetos
de arte, medios para la comunicación, etcétera).
La Cultura de paz.3.
Por Cultura de Paz entendemos todas aquellas acciones que
promocionan la mayor concordia posible y los mayores equilibrios
posibles, individuales y colectivos.
La paz empieza por el rechazo de la violencia como forma de
solucionar los conflictos. Y para que esto pueda ser posible se debe
dar un amplio consenso al respecto, es decir la paz se debe
interiorizar culturalmente y esto supone erradicar la cultura de la
guerra y la violencia como forma de resolver los problemas. La
cultura de la paz se centra sobre todo en los procesos y en los
métodos para solucionar los problemas y esto supone generar las
estructuras y mecanismos para que se pueda llevar a cabo. Su
generalización persigue la erradicación de la violencia mediante el
uso de procedimientos no violentos en la resolución de conflictos y
mediante medidas preventivas.
4. La Declaración y Plan de Acción para una Cultura de Paz.
La cultura de paz halla su reflejo institucional en la Declaración y
Plan de Acción para una Cultura de Paz, aprobado por la
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Asamblea General de Naciones Unidas en 1999. También se
circunscribe en el
Decenio Internacional para una Cultura de Paz, desde el año 2001
hasta el 2010, durante el que se insta individuos, grupos,
asociaciones, comunidades educativas, empresas e instituciones, a
llevar a su actividad cotidiana el compromiso de:
Respetar todas las vidas.
Rechazar la violencia.
Liberar la generosidad.
Escuchar para comprenderse.
Preservar el planeta.
Reinventar la solidaridad.
Dicho compromiso se traduce concretamente en acciones desarrolladas
a todos los niveles, desde la familia hasta la sociedad civil,
promoviendo:
La educación para la paz, los derechos humanos y la
democracia, la tolerancia y la comprensión mutua nacional e
internacional.
La lucha contra toda forma de discriminación.
La promoción de los principios y las prácticas democráticas en
todos los ámbitos de la sociedad.
La erradicación de la pobreza y la búsqueda de un desarrollo
sostenible que beneficie a todos y que proporcione a cada
persona un marco de vida digno, promoviendo la justa
distribución de la riqueza, el libre flujo informativo y los
conocimientos compartidos.
La movilización de la sociedad civil con el fin de forjar en los
jóvenes el deseo ferviente de buscar nuevas formas de
convivencia basadas en la conciliación, la generosidad y la
tolerancia.
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5. El conflicto interno en el Perú.
Entre los años 1980 y 1998, gran parte del territorio peruano vivió un
clima de enfrentamiento armado entre miembros de partidos
políticos radicales que practicaban una violencia extrema (por eso
se les motejó de “terroristas”) y las fuerzas armadas del Estado
peruano, que para combatirles en sus primeros años no dudo es
usar una represión indiscriminada. El conflicto interno no fue una
guerra civil, porque los actores comprometidos no movilizaron
siquiera una parte mínima de la sociedad peruana. Empero; como
la extrema violencia de estos actores se concentró en determinadas
zonas altoandinas de nuestro territorio, para las poblaciones de
aquellos alejados caseríos, el enfrentamiento no difería en nada de
una abierta guerra.
Los partidos políticos que se alzaron contra el Estado peruano
fueron el Partido Comunista del Perú Sendero Luminoso (PCP - SL)
y el Movimiento Revolucionario Tupac Amarú (MRTA), y son los
mayores responsables de las muertes y de las destrucciones ocurridas
en esos años.
6. Sendero Luminoso.
El año 1968 comienza a germinar el Partido Comunista del Perú -
Sendero Luminoso, liderado por Abimael Guzmán Reynoso. Este
último, profesor de filosofía en la Universidad San Cristóbal de
Huamanga en Ayacucho, quien desde los inicios de la década de los
setenta junto con otros profesores de orientación comunista
maoísta, entrenados en la China, ganaron en los claustros
universitarios a jóvenes radicales de izquierda; y así, un 17 de Mayo
de 1980 se alzaron en la localidad de Chuschi (Ayacucho). Ese día,
cinco sujetos encapuchados y armados asaltaron el local donde se
guardaban las ánforas y padrones para las elecciones nacionales del
día siguiente y quemaron once de ellas, declarándole la guerra al
Perú.
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El PCP Sendero Luminoso y su accionar genocida fue
mundialmente conocido. El factor que utilizó el terrorismo de
Sendero en el país fue principalmente el factor sorpresa, buscando
que su accionar fuera espectacular, con el mayor derramamiento
de sangre posible, para que tuviera repercusión en los medios de
comunicación (diarios, radio y televisión). Sendero entró en
descomposición cuando el 12 de septiembre de 1992 su líder Abimael
Guzmán alias “El presidente Gonzalo” fue capturado por la GEIN, el
Grupo Especial de Inteligencia de la Policía Nacional.
7. El Movimiento Revolucionario Túpac Amaru.
Este grupo conformado por ex apristas y algunos comunistas
renegados de toda raigambre y que se habían entrenado y
apoyado las luchas de liberación centroamericana germina durante
las épocas del gobierno militar de 1968 al 1980, y como lo afirmara
su líder Víctor Polay Campos: “Lo de la situación revolucionaria era
una cuestión común dentro de la izquierda, todos los grupos
planteaban la violencia revolucionaria. Yo no conozco ningún
grupo en ese momento que no planteara la violencia
revolucionaria como requisito a la toma del poder y la
construcción de la nueva sociedad”.
La especialidad de este grupo era la extorsión y el secuestro de los
principales industriales y/o políticos del país, es así que un 17 de
Diciembre de 1996 tomaron como rehenes a más de 400
participantes de una velada en la residencia del Embajador del
Japón, noticia que dio la vuelta al mundo y el 22 de Abril de 1997,
donde la impecable operación “Chavín de Huántar” de fuerzas
combinadas del ejército logró la liberación de todos los rehenes, con
la excepción de un muerto y uno de los comandos militares. Los
terroristas fueron ultimados en el rescate y fue el fin de ellos.
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1. ¿Qué es una Cultura de Paz?
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2. ¿Por qué el Perú necesita implementar una cultura de paz?
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3. ¿Quiénes se enfrentaron en el conflicto interno que asoló el país en
los años 80 y 90?
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El Conflicto
1. Definición.
Definimos el conflicto como
aquella situación de disputa
o divergencia en que hay
una contraposición de
intereses u objetivos,
necesidades y/o valores en
pugna entre dos o más
partes.
Hay que entender que el
conflicto es consubstancial a
las relaciones humanas. A
menudo, de la misma
interacción entre personas
surgen discrepancias debido
a que tenemos intereses o
necesidades diferentes;
además, el conflicto es
ineludible y, por mucho que
queramos cerrar los ojos o
intentemos evitarlo, una vez ha iniciado, continúa su dinámica.
El hecho de asociar conflicto con la violencia hace que se suela
considerar como un concepto negativo. Pero, si tenemos en cuenta
que es una forma de respetar la diversidad de opiniones y
percepciones, de buscar soluciones satisfactorias para todas las
partes y que puede ser un medio de transformación de la sociedad,
el concepto de conflicto toma connotaciones muy positivas.
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2. Actitudes frente al conflicto.
Hay cinco grandes actitudes ante el conflicto. Descubrir las propias y
las de los demás será un trabajo previo importante a hacer en la
resolución de conflictos.
La competición: conseguir mis objetivos es lo más importante
aunque para ello tenga que pasar por encima de quien sea. La
relación no importa. En el terreno pedagógico, se busca la
eliminación de la otra parte con la exclusión, la discriminación, el
menosprecio, la expulsión, etc.
La acomodación: con tal de no confrontar a la otra parte yo
no hago valer ni planteo mis objetivos. Esto puedo provocar
tensión o malestar porque nos aguantamos hasta que no
podemos más y entonces nos destruimos o destruimos a la otra
parte.
La evasión: ni los objetivos ni la relación salen bien parados, no
se consiguen ninguno de los dos. No enfrentamos los conflictos.
La cooperación: conseguir los propios objetivos es muy
importante, pero la relación también. Es un modelo en el que
sólo sirven soluciones gano-ganas, se trata de que todos y todas
ganemos.
La negociación: llegar a la plena cooperación es muy difícil,
por ello se plantea otro modelo en el que se trata de que ambas
partes ganen en lo fundamental. Si una de las dos partes no se
va con la sensación de que ha ganado lo fundamental, no
estamos en este modelo, sino en el de la competición o en la
acomodación.
3. El conflicto social.
Los conflictos sociales son todas aquellas situaciones en las que
tenemos una pluralidad de actores y estos son conscientes de la
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incompatibilidad de objetivos. El hablar de conflictos sociales en el
Perú se hace referencia a aquellos que se producen entre grupos,
instituciones u organizaciones.
Todo conflicto social debe tener la exigencia de una demanda
específica, una plataforma determinada, un pliego de reclamos o
un cumplimiento de acuerdos, entre otros.
4. Clases de conflicto social en el Perú según su gestión por el
Estado.
a. El conflicto social activo: Las organizaciones (frentes de defensa,
sindicatos, gremios, ONG, etc.) involucradas en una medida de
fuerza (bloqueo de carreteras, paro general, huelga, etc.) y la
organización o institución demandada no han iniciado las
negociaciones para resolver los puntos de su pliego de reclamos o
plataforma de lucha, manteniendo su medida de fuerza.
b. El conflicto social en negociación: Los grupos sociales en conflicto
han establecido un plan de negociación y han definido los puntos
críticos que se tratarán en el proceso negociador. Previamente se
deben haber levantado las medidas de fuerza, pues no se puede
negociar bajo amenaza o coerción.
c. El conflicto social latente: las partes en conflicto se han puesto de
acuerdo en las negociaciones sostenidas y han firmado un acta
de compromiso. Dichas actas requieren seguimiento y monitoreo
para ver el cumplimiento de sus puntos, de lo contrario, el
conflictos vuelve a la condición de activo.
d. El conflicto social resuelto: Las partes se han puesto de acuerdo,
se ha firmado actas de compromiso y se han establecido
mecanismos para su monitoreo y seguimiento. Se han levantado
las medidas de fuerza porque sus demandas han sido atendidas
o porque ya no existe razón para la protesta.
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5. Clases de conflicto social en el Perú según sus causas.
a. Los conflictos de gobernabilidad local: Se producen por disputas
por el control de la administración municipal: el conflicto surge
cuando los opositores concluyen que solo la presión social es la
única forma de producir la vacancia del alcalde.
b. Los conflictos hídrico y por proyectos de riego: Se refieren a los
problemas sobre la propiedad y el uso de los proyectos de
irrigación y las fuentes de agua. Estos conflictos enfrentan a
presidentes regionales y a comuneros alto andinos con
agricultores y productores de la costa. Otros conflictos son los que
enfrentan a poblaciones rurales o urbanas con las empresas
mineras.
c. Los conflictos minero-energéticos y socio-ambientales: Son los
más numerosos. Se producen cuando la población
(principalmente comunidades indígenas o campesinas) o los
grupos de presión (frentes de defensa, partidos políticos u
organizaciones no gubernamentales) se oponen a la exploración
o explotación de las empresas mineras o petroleras.
d. Los conflictos laborales: Se producen cuando los trabajadores
reclaman a sus empleadores por la caída de los valores reales de
sus sueldos, por derechos sindicales, por la inclusión en planillas o
por el pago de beneficios sociales.
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1. ¿A qué situación se denomina conflicto?
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2. De acuerdo a una cultura de paz ¿Cuál es la actitud correcta para
enfrentar un conflicto?
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3. ¿Cuáles son los conflictos más numerosos en el Perú según sus
causas?
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La Violencia
1. Definición.
Se denomina violencia al uso abierto u oculto de la fuerza para
obtener de una persona o un grupo social lo que éste no quiere
consentir libremente.
Mientras que el conflicto se caracteriza por la interacción de dos
partes que tienen interés y objetivos incompatibles, la violencia se
caracteriza por el uso de la fuerza por una de las partes o por
ambas, para resolver el conflicto.
Se puede afirmar que la violencia es un modo equivocado de
resolver conflictos.
2. Formas de violencia.
a. La violencia directa: es aquella que supone una agresión física y
en donde el agresor puede ser identificado. Dentro de la
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2º Año de Secundaria Disciplina y Exigencia Académica”
violencia directa tenemos el asesinato, la tortura, una bofetada,
una mutilación y otras formas de maltrato físico.
b. La violencia estructural: es la violencia que forma parte de la
estructura social y que impide cubrir las necesidades básicas,
como la generada por la desigualdad social, el desempleo, las
carencias nutricionales, la falta de servicios sanitarios y
educativos básicos, etc.
c. La violencia cultural: se refiere a aquellos aspectos del ámbito
simbólico (religión, cultura, lengua, arte, ciencias…) que se
pueden utilizar para justificar o legitimar la violencia estructural
o directa, aquellas argumentaciones que nos hacen percibir
como normales situaciones de violencia profunda. La violencia
cultural también puede tomar el nombre de cultura de la
violencia.
3. La Violencia Estructural.
El Perú se encuentra en una situación de violencia estructural, por
defectos del sistema en sus dimensiones económica y política.
Tenemos poblaciones enteras que tienen limitadas posibilidades en
la promoción, participación y posesión de bienes para la satisfacción
de sus necesidades básicas y realización personal.
Dentro de la denominada violencia estructural encontramos:
a. La violencia juvenil: Se refiere a los actos físicamente
destructivos (vandalismo) que realizan los jóvenes y que afectan
a otros jóvenes, y en general, a la sociedad.
b. La violencia de género: Actos donde se discrimina, ignora y
somete a la compañera, pareja o cónyuge, por el simple hecho
de ser mujer. La violencia de género sólo atiende al sexo
femenino.
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2º Año de Secundaria Disciplina y Exigencia Académica”
c. La violencia terrorista: Es el uso sistemático del terror por parte
de una organización política para coaccionar a la sociedad o al
gobierno. Durante la década de 1980 aparecieron en el Perú
organizaciones terroristas de izquierda, como el Partido
Comunista Sendero Luminoso (SL) y el Movimiento
Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), que con sus atentados
causaron daños materiales, sufrimiento y muertes innecesarios.
4. Las consecuencias del conflicto interno en el Perú.
En las zonas andinas están apareciendo nuevas fosas comunes y
recientes informes elevan las cifras de desaparecidos a niveles que
ponen al Perú entre los países con mayor número de detenidos
desaparecidos del mundo. El informe de la Comisión de la Verdad y
Reconciliación (CVR), emitido hace cinco años, hablaba de 8558
desaparecidos y un total de algo más de 69 mil víctimas de la
guerra interna. Sin embargo, esta elevada cifra de desaparecidos
podría quedarse corta. Recientemente, el Equipo Peruano de
Antropología Forense (EPAF), encargado de la exhumación de
varias fosas comunes, asegura que el número de desaparecidos
llegaría a las 15 mil personas, la mayor parte campesinos, lo que
pone en evidencia la magnitud que alcanzó la violencia en las
zonas andinas.
Como muestra un botón; en Putis, a 3500 metros de altura y a 650
kilómetros al sudeste de Lima, se encontró la mayor fosa común: 97
comuneros asesinados por militares. Las exhumaciones no han
terminado y la cifra de víctimas enterradas en el lugar sería mayor,
ya que la CVR ha reportado 123 casos de desaparecidos. 38 de las
víctimas eran niños y diez eran adolescentes. La matanza ocurrió en
diciembre de 1984.
Ningún militar está procesado por este crimen. El gobierno se niega
a entregar a las autoridades judiciales la información de los oficiales
y soldados que estaban en la base militar de Putis cuando ocurrió la
ejecución masiva, actitud de encubrimiento que también ha
asumido en otros casos. Es que Alan García tiene su propia historia
de violaciones a los derechos humanos cometidas durante su primer
régimen (1985-1990).
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1. ¿A que se denomina violencia?
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2. ¿Qué es la violencia estructural?
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3. ¿Qué es la violencia terrorista?
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La Negociación
y la Mediación
1. Los Medios Alternativos de Solución de Conflictos: Las
MASC.
Los medios alternativos de solución de conflictos MASC, pueden
definirse todo en sentido amplio como en sentido restringido.
En sentido amplio, los MASC, son aquellas atribuciones, alternativas
al sistema judicial, que permite la solución privada de los conflictos.
En sentido restringido, los MASC, son aquellos procedimientos que
buscan la solución a los conflictos entre las partes, ya sea de manera
directa entre ellas (o con el nombramiento de agentes
negociadores, como es el caso de la negociación) o mediante la
intervención de un tercero imparcial (como son los casos de la
mediación, la conciliación y el arbitraje).
Los principales MASC son:
La negociación
La mediación
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La conciliación
El arbitraje
La evaluación neutral
2. Importancia de las MASC.
Con un Poder Judicial en crisis debido a la sobrecarga de procesos
judiciales, la importancia de las MASC para el ciudadano es que
representan una solución rápida y dinámica, que le ahorra tiempo
y dinero no solo a él o a su contraparte, sino al Estado,
contribuyendo a la mejora de su eficiencia en sus servicios de
justicia.
3. La Negociación.
Es el mecanismo a través del cual, se arriba a la solución de un
conflicto entre las partes, sin la intervención de un tercero. Consiste
en un proceso transaccional de intercambio de información entre
dos o más partes, tendiente a satisfacer intereses.
No hay que considerar la negociación como un acuerdo; el acuerdo
es una de las formas de culminación de un proceso de negociación,
pero no es la única forma. No confundir el proceso de negociación
con el resultado. Tampoco hay que identificar a la negociación
como un asunto de carácter financiero o económico patrimonial.
Por el contrario, se negocian intereses de distinta naturaleza y
cualquiera sea la importancia que le asignamos, podrá ser
importante para una persona, aunque no lo sea para otra. En ese
supuesto, resulta primordial, compatibilizar los intereses de ambas
partes, buscando los elementos comunes que puedan existir en
dichos intereses, a fin de acceder a un acuerdo que los satisfaga a
plenitud. La negociación puede ser directa, indirecta, distributiva e
integrativa.