2. Cooperativismo y Organización Sindical
Esta serie de cuadernos pretender aportar a la discusión y formación de
los compañeros organizados en experiencias autogestivas, fundamentalmente
bajo la forma cooperativa, en relación a algunos temas relacionados con la
puesta en práctica de la cooperación como forma de regulación de su
trabajo y de sus relaciones con el Estado y el mercado.
Todo esto, desde la perspectiva de hacer de la herramienta coo-
perativa una forma más de fortalecimiento de la clase trabajado-
ra en su lucha por el trabajo digno y una economía más justa,
solidaria y soberana.
En este primer material resumimos algunas caracteristicas
y principios de las cooperativas en general que tiene que
ver con la primer pregunta que nos encontramos en el
territorio
¿Cómo funciona una cooperativa?, ¿Cómo nos orga-
nizamos como cooperativa?
Aquí van los apuntes:
2
3. Introducción
Las cooperativas, mutuales y asociaciones en general son
las formas jurídicas tradicionales de la “economía social”, que
surgieron como respuesta a la necesidad de asociación de los
trabajadores para la producción de bienes y servicios. Su
constitución legal representa no solo una forma de gestión
cooperativa del trabajo y la producción, sino que en sus
fundamentos incluyen los objetivos de aportar a un movimiento
social para la transformación de las condiciones económicas y
sociales generales, más allá de la cada experiencia en particular1.
Esto significa necesariamente una dimensión política de la
asociación cooperativa.
1. “Por una nueva institucionalidad para la
Economía Social y Solidaria, Por la cons-
trucción colectiva de propuestas normati-
vas que reconozcan y potencien a las
nuevas experiencias de economía so-
cial en nuestro país”, Espacio de
Economia Social, IEF-CTA, 2005.
(www.institutocta.org.ar)
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4. A partir de la crisis del 2001 en nuestro país, se
han multiplicado distintas experiencias asociativas de
trabajo y producción que constituyen un campo
heterogéneo y rico. Avances, retrocesos y mucha
creatividad para sostener la organización y gestión hoy
son un desafío para aprender y crecer desde estas
experiencias. Ellas son las fábricas y empresas
recuperadas, la autogestión de emprendimientos
productivos, las experiencias de servicios públicos
recuperados, los servicios gestionados por institu-
ciones con el objeto de la mejora de la calidad de
vida de las poblaciones más vulnerables (bancos
sociales, servicios a la producción, etc.)
Cuando la necesidad de formalizar estas experiencias
se hace inevitable, la tradición cooperativa y mutual en nues-
tro país ha dejado una vasta gama de experiencias para el
aprendizaje, y sus marcos jurídicos existentes constituyen un camino
allanado para muchas de ellas. Pero justamente la heterogeneidad y la
versatilidad de las experiencias, nos muestra que no puede pasarse en
forma automática de un modelo de organización del trabajo a otro.
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5. Por ejemplo, algunas de las resistencias que caracterizan a
muchas de las experiencias de trabajo autogestionado recientes,
son, entre otros:
Vigencia del modelo de trabajo “patrón-empleado”
arraigado en la conciencia de muchos trabajadores.
Insuficiente conocimiento de los derechos
laborales e incluso de los derechos ciudadanos.
Falta de tradición y experiencia en el trabajo
asociativo.
Trabajadores, en otros casos, con una fuerte
tradición asalariada y práctica de organización
y representación sindical.
Muchos trabajadores y sus familias con niveles de
ingreso por debajo de la línea de pobreza y de indigencia,
y con acceso deficiente a niveles dignos de salud, vivien-
da y educación.
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6. Trabajadores con ma-
yor trayectoria en organizacio-
nes territoriales o comunitarias
con una modalidad de organi-
zación del trabajo más o me-
nos consolidada, basada en la
militancia, el trabajo volunta-
rio, la organización de benefi-
ciarios de planes sociales, etc.
Siendo que la cooperativa, por ejemplo,
es casi la única forma institucional existente
para el trabajo asociado, muchas veces suce-
de que se fuerza a asumir un “corset” jurídico
que no siempre responde al funcionamiento, in-
tereses y necesidades de los trabajadores.
Claro está que no es esa la única dificultad. Muchos
de los marcos regulatorios del cooperativismo han sido
forzados a adecuarse a una economía de mercado, casi
asimilándolas a muchas de ellas a pequeñas o grandes em-
presas capitalistas, por lo que muchas de sus exigencias nor-
6
7. mativas se alejan de la posibili-
dad de contener a las organiza- 1. ¿Qué es una
ciones económicas de trabajado- cooperativa?
res con tradición asalariada y con
aspiraciones de condiciones de 2. Principios y valores
trabajo digno, salud, educación y ( algunas preguntas para
precisión social.
su problematización )
3. Principales
Para aportar a esta bús- procedimientos institucionales
queda desde las expe- para su constitución
riencias de trabajo
autogestionado nos in-
troducimos con este
primer cuaderno de la
serie en los siguientes
temas:
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8. 1. ¿Qué es una cooperativa?
Qué es una cooperativa
8
9. Una cooperativa es una asociación de adhesión libre y
voluntaria entre trabajadores que teniendo necesidades
comunes, tanto económicas, educativas, asistenciales
como culturales, se unen para satisfacerlas juntos, a
través del esfuerzo propio y la ayuda mutua.
Las cooperativas son “entidades fundadas en el esfuer-
zo propio y la ayuda mutua para organizar y producir
bienes y servicios con destino al público en general, a
empresas y entidades mercantiles y al sector público”.
Ley Nº20.337 de Cooperativas, Rep. Argentina.
Según la ACI, una cooperativa es “una asociación
autónoma de personas, unidas voluntariamente, para
atender a sus necesidades y aspiraciones económi-
cas, sociales y culturales comunes, a través de una
empresa colectiva y democráticamente controlada”
ACI, Alianza Cooperativa Internacional,
según redefinición de 1995.
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10. Tipos de Cooperativas:
Se pueden conformar diferentes tipos de Cooperativas,
según las necesidades que satisfacen, éstas pueden ser:
De Trabajo
Las cooperativas de trabajo agrupan a trabajadores ma-
nuales o intelectuales, quienes aportan su trabajo o profesión
para la realización de actividades económicas, con el objeto de pro-
veerles fuentes permanentes de trabajo y distribuir los excedentes entre
sus asociados.
Hoy existe gran cantidad de compañeros agrupados en cooperati-
vas del “techo y trabajo”, creadas en el marco del Programa de Emer-
gencia Habitacional “Techo y Trabajo”, para el que se crearon norma-
tivas especiales para la constitución de este tipo especial de “coopera-
tivas de trabajo”.
Sobre los conflictos generados en la organización de estas coo-
perativas nos referiremos en próximos cuadernos y sistematizaciones.
El Programa tiene por finalidad “tender a solucionar la Emergen-
cia Habitacional y Laboral, utilizando a los beneficiarios de los planes
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11. Jefes y Jefas de Hogar organizados en forma de Cooperativas de
Trabajo”. Esta orientado fundamentalmente a los beneficiarios del
Pan Jefas y Jefes de hogar, que forman cooperativas de trabajo de
no menos de 16 miembros.
De consumo y provisión
Las de consumo se forman para adquirir o
producir por cuenta de la cooperativa, artículos de consu-
mo de uso personal y del hogar para ser distribuidos entre
los asociados. Las de provisión suministran a los asocia-
dos los bienes y servicios necesarios para desarrollar
sus actividades.
De servicios públicos
Realizan obras para la prestación de servi-
cios de pavimentación, red cloacal, gas natural,
electricidad, teléfono, etc.
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12. De sector agropecuario
Se organizan para promover la producción agropecuaria y/o su co-
mercialización, como así también para industrializar el producto obtenido.
De vivienda
Permiten a sus asociados el acceso a la vivienda, sea por
autoconstrucción o por administración.
De crédito
Los bancos cooperativos, las cajas de crédito y las cooperativas
de crédito permiten el acceso a créditos a sus asociados, conforme
al régimen legal vigente..
De seguros
Cubren los riesgos personales y familiares de sus
asociados (seguros de vida, enfermedad, invalidez, etc.)
y los riesgos patrimoniales vinculados a la actividad eco-
nómica (incendio, granizo, accidentes de trabajo, etc.)
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13. De educación
Cooperativas de trabajo, en las que los aso-
ciados son los docentes y/o todo el personal
que trabaja en la institución escolar.
Existen además
Cooperativas de provisión de servicios de enseñanza,
cuyos asociados son, generalmente, los padres de los
alumnos.
Cooperativas escolares, que funcionan dentro del esta-
blecimiento escolar y están integradas por alumnos me-
nores de 18 años. Se rigen por las disposiciones dela Di-
rección General de Cultura y Educación en la Pcia. de Bue-
nos Aires.
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14. 2. Principios y valores
Principios y valores
14
del cooperativismo
15. El movimiento cooperativo mundial presenta a los
“valores cooperativos” como las motivaciones más
profundas de la acción cooperativa, y es lo que inspira
la definición de los “principios” del movimiento.
Este conjunto de valores, principios y normas
son los que deben enmarcar su actuación en la
economía y en la sociedad.
Dichos valores deben complementarse, de acuerdo a la con-
cepción de los pioneros de Rochdale, con un conjunto de virtudes
que, según los propios asociados de las cooperativas, corres-
ponden a las siguientes actitudes: vivir mejor, pagar
con dinero, ahorrar sin sufrimiento, eliminar a los
parásitos, combatir el alcoholismo, integrar a las
mujeres en las cuestiones sociales, educar al
pueblo en cuestiones económicas, facilitar a
todos el acceso a la propiedad, reconstruir
la propiedad colectiva, establecer el pre-
cio justo, eliminar la ganancia capitalis-
ta, abolir los conflictos, etc.
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16. Esas virtudes, que deben verse concretizadas en acciones,
fueron traídas al tiempo presente por su redefinición, en sep-
tiembre de 1995, en el Congreso Mundial de la Alianza Coope-
rativa Internacional (ACI), en Manchester, Inglaterra.
Valores
Las cooperativas están basadas en los valo-
res de autoayuda, responsabilidad propia, demo-
cracia, igualdad, equidad y solidaridad.
Con base a la tradición de sus fundadores,
los miembros de la cooperativa creían en los va-
lores éticos de honestidad, sinceridad, responsa-
bilidad social y preocupación con los demás.
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17. Principios Los principios cooperativos son directri-
ces según las cuales las cooperativas po-
nen sus valores en práctica.
1 Adhesión libre y voluntaria:
Las cooperativas son organizaciones voluntarias abiertas a todos aque-
llos aptos a utilizar sus servicios y dispuestos a aceptar sus responsabili-
dades de socio, sin discriminación de género, social, racial, política o reli-
giosa.
2 Control democrático por parte de los socios:
Las cooperativas son organizaciones democráticas, con-
troladas por sus socios, quienes participan activamente en
el establecimiento de sus políticas y en las tomas de deci-
siones. Tanto hombres como mujeres, elegidos como re-
presentantes, son responsables ante los socios. En las coo-
perativas de primer grado (singulares), los socios tienen igual-
dad de voto (un socio, un voto); las cooperativas de otros gra-
dos también están organizadas de manera democrática.
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18. 3 Participación económica del socio:
Los socios contribuyen equitativamente y controlan democráti-
camente el capital de su cooperativa. Al menos parte de este capital
es generalmente propiedad común de la cooperativa. Ellos reciben
una compensación limitada, en caso de que haya alguna, en base al
capital subscripto (realizado), como una condición de la sociedad. Los
socios asignan el excedente para los siguientes propósitos: desarrollo
de la cooperativa, posibilitando el establecimento de reservas, parte de
las cuales podrán ser indivisibles; ganacias de los socios en la propor-
ción de sus transacciones con las cooperativas; y apoyo a otras activida-
des que sean aprovadas por los socios.
4 Autonomía e independencia:
Las cooperativas son organizaciones autónomas de
ayuda mutua, controladas por sus miembros. En caso de
que hagan acuerdos con otras organizaciones, incluso
gubernamentales, o reciban capital de orígenes externos,
lo deben hacer en términos que garanticen el control de-
mocrático de sus socios y mantengan su autonomía.
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19. 5 Educación, entrenamiento e información:
Las cooperativas ofrecen educación y entrenamiento a sus socios,
representantes elegidos, administradores y funcionarios; así, ellos po-
drán contribuir efectivamente para su desarrollo. Ellos deben infor-
mar al público en general, particularmente a los jóvenes y los líderes
proveedores de opinión, acerca de la naturaleza y de los beneficios
de la cooperación.
6 Cooperación entre cooperativas:
Las cooperativas atienden a sus socios más
efectivamente y fortalecen al movimiento coopera-
tivo, trabajando conjuntamente a través de las es-
tructuras locales, nacionales, regionales e interna-
cionales.
7 Preocupación por la comunidad:
Las cooperativas trabajan en pro del desa-
rrollo sustentable de sus comunidades a través
de políticas aprobadas por sus miembros”.
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21. Los procedimiento específicos, como requisitos y docu-
mentación requerida deberán consultarse en los orga-
nismos dependientes del INAES en cada localidad, pero
en términos generales existen pautas comunes para su
constitución en la Republica Argentina.
¿Cómo se constituye
una cooperativa?
Mediante una asamblea, que por ser la
primera se llama asamblea constitutiva.
Se confecciona un acta suscrita por todos los
socios fundadores.
El orden del día de esta asamblea es el siguiente:
Informe de los iniciadores
Proyecto de estatuto
s Suscripción e integración de cuotas sociales
Designación de consejeros y síndicos
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22. Con todo esto se conforma un acta en la que además figuran:
Nombre y apellido
Documento de identidad
Estado civil
Domicilio de los socios fundadores
Trámite
¿Còmo es el Trámite?
Una copia del acta constitutiva, firmada por todos los
asociados y con la firma certificada de todos los consejeros
Constancia del depósito bancario en Banco Nación del 5% del
Capital Suscripto.
Las firmas de los consejeros se certifican frente a escribano
publico o juez de paz o directamente en el INAES u órgano corres-
pondiente en la provincia (Por ejemplo, IPAC en la provincia de Bue-
nos Aires).
Una cooperativa se considera regularmente constituida con la
autorización para funcionar y la inscripción en el registro del Institu-
to Nacional de Acción Cooperativa y mutuales (INACyM).
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23. Mientras dura este trámite el IPAC otorga a pedido de los interesados, un certifi-
cado que habilita a realizar las inscripciones en la DGI y abrir cuenta bancaria.
Hasta que la cooperativa se encuentre regularmente constituida, los fundadores
y consejeros son ilimitada y solidariamente responsables por los actos practicados.
Además de los estatutos las cooperativas pueden establecer reglamentos, que
se inscriben en el IPAC, a menos que sean sólo de organización interna.
¿Quiénes pueden
ser socios?
Pueden ser socios:
Las personas físicas mayores de 18 años.
Los menores por medio de sus representantes legales.
Las personas jurídicas.
Pueden asociarse el Estado Nacional, las Provincias, los
Municipios y las empresas del estado.
Si se establecen derechos de ingreso no pueden ser
superiores a una cuota social.
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24. ¿Cuáles son los Derechos
de los trabajadores asociados en
relación a la cooperativa?
Derechos
Utilizar los servicios de las cooperativas bajo las condiciones del
estatuto y el reglamento.
Proponer a la Asamblea y al consejo de administración las
iniciativas que crean convenientes.
Participar en las asambleas con voz y voto.
Aspirar al desempeño de los cargos de Administración y
fiscalización.
Solicitar la convocatoria a asambleas extraordinarias
(con el acuerdo del 10% de los socios).
Tener libre acceso al registro de asociados.
Solicitar al sindico información sobre los demás libros.
Retirarse voluntariamente dando aviso con 30 días de
anticipación.
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25. ¿ Cuáles son las
Obligaciones de los
trabajadores asociados ?
Obligaciones de los
trabajadores asociados
Integrar las cuotas sociales suscriptas en los plazos que con-
signe la asamblea.
Cumplir los compromisos que contraigan con la cooperativa.
Acatar las resoluciones de los órganos sociales (asamblea,
consejo de administración, sindicatura). Es decir, el trabajador
esta “regulado” por el colectivo del que es parte.
Mantener actualizado el domicilio.
Prestar su trabajo personal en la tarea o responsabilidad que
se les asigne.
Sanciones:
El Consejo de Administración puede aplicar a los so-
cios las siguientes sanciones:
Llamado de atención
Apercibimiento
Suspensión hasta 30 días.
Exclusión (puede ser apelada ante la asamblea).
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26. ¿ Qué son el “capital”
y las cuotas sociales ?
El “capital” y las cuotas sociales:
El capital de la cooperativa esta formado por cuotas sociales
indivisibles y del mismo valor que constan en acciones.
Las cuotas son nominativas (están a nombre de un socio).
Se transfieren con acuerdo del Consejo de Administración
y sólo entre asociados.
Deben integrarse al ser suscriptas al menos en un 5%
y completarse la integración en un máximo de 5 años.
El capital puede ser aumentado por disposición de la
asamblea.
El capital puede ser integrado en bienes en lo que hace a
su totalidad en la asamblea constitutiva o si es posterior, el
bien se valúa de acuerdo con el consejo de administración y
es sometido a asamblea.
La no integración a tiempo de las cuotas sociales sig-
nifica la suspensión de los derechos sociales.
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27. ¿ Excedentes para distribuir entre
los trabajadores asociados ?
Excedentes:
Son aquellos que provienen de la diferencia entre el costo
y el precio del servicio prestado a los asociados.
En este caso, al contrario que en una empresa, la retribución
al trabajo aparece como retiro anticipado de excedente y no se lo
considera un “costo” de la producción. Sin embargo este mecanis-
mo despierta varias complejidades y debates que analizaremos más
adelante en esta serie de cuadernos.
La Distribución Anual de estos excedentes consta de:
5% a reserva legal
5% al fondo de acción asistencial y laboral o para estimulo
del personal.
5% al fondo de educación y capacitación cooperativa.
Una suma indeterminada para pagar el interés a las cuotas
sociales si lo autoriza el estatuto.
El resto para la distribución entre los asociados (retorno o
retiro de excedentes, que suele hacerse mensualmente)
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28. El retorno se hará en proporción a los servicios utilizados (Ej. En
las cooperativas de trabajo en proporción al trabajo efectivamente
prestado).
En caso de disolución de la cooperativa, retiro o exclusión de los
socios, estos sólo tienen derecho a que se les reembolse el valor
nominal de las cuotas sociales, deducidas las perdidas correspon-
dientes.
Se confecciona anualmente un balance general, un inventario y
una memoria. Estos deben ser aprobados por la asamblea ordinaria
y presentados en el IPAC. En el caso de no poder cos-
tear los honorarios de un profesional habilita-
do para la confección del balance y demás
documentos contables, puede solicitarse al
INAES la provisión de uno sin cargo.
Los resultados deben determinarse por
secciones y no se pueden distribuir exce-
dentes hasta tanto se compensen las pér-
didas de otras secciones, o de ejercicios an-
teriores.
La asamblea puede determinar que el re-
torno se distribuya total o parcialmente en cuo-
tas sociales (forma de aumentar el Capital)
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29. Las Asambleas
Es el órgano que gobierna la cooperativa y es la reunión de los asociados para expre-
sar la voluntad social de los asuntos que considera. Participan todos los asociados
en iguales condiciones, con un voto cada uno sin importar el capital que aportaron.
Las asambleas pueden ser Ordinarias o extraordinarias.
Las ordinarias se realizan a los cuatro meses siguientes a la fecha
de cierre del ejercicio y considera:
El balance general.
La memoria anual.
Los informes del síndico y del auditor.
Elige y remueve consejeros y síndicos
Decide sobre otros asuntos considerados en el orden dela
día como la distribución de excedentes, fusión, incorporación,
disolución, asociación con otras personas jurídicas.
Considera el aumento del capital y la reforma de estatutos.
Considera el cambio de objeto social.
Las asambleas extraordinarias se realizan cuando lo dispone
el consejo de administración, el síndico o un número de por lo
menos el 10% de los asociados.
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30. Las Asambleas
Deberán ser convocadas con 15 días de anticipación.
Debe constar en la citación el orden del día.
Deben realizarse en la sede social
Deben notificarse al IPAC.
Se realizan válidamente sea cual fuere el número de asistentes,
una hora después de la fijada para el comienzo de la misma, si
antes no estuviera la mitad más uno de los asociados.
Las resoluciones de la asamblea se adoptan por mayoría
simple de los presentes al momento de votar, con excepción de
las reformas al estatuto, cambie el objeto social, fusión, incor-
poración o disolución de la cooperativa, para lo cual se ne-
cesita una mayoría de 2/3 de los presentes.
Cada asociado tiene derecho a un voto para cada tema
de la asamblea, cualquiera sea el número de cuotas so-
ciales.
Las decisiones de la asamblea son obligatorias para
todos los asociados.
Cuando el objeto social cambia sustancialmente los aso-
ciados tienen derecho a retirase y a que se les reembolsen
las cuotas sociales en su totalidad dentro de los 90 días.
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31. Consejo de Administración
Los elige la asamblea, deben ser socios y no menos de tres.
Es el órgano
La duración es de un ejercicio en el caso de las cooperati-
que tiene a su cargo
vas de 6 miembros y de 3 ejercicios en la de 10 miembros.
Pueden ser reelegidos. la dirección de la
administración de
No pueden efectuar operaciones en competencia con la coo- la cooperativa.
perativa.
Pueden hacer uso de los servicios sociales igual que cualquier
asociado.
Puede ser remunerado su trabajo por la acti-
vidad institucional.
Deben reunirse por lo menos una vez
al mes y cuando lo requiera cualquiera de
sus miembros. El quórum lo da la mitad
más uno de los consejeros.
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32. Referencias
- INAES, Instituto Nacional del Asociativismo y Economía
Social (www.inaes.gov.ar)
- Idelcoop (www.idelcoop.org.ar )
- CTA, Instituto de Estudios y Formación Espacio Economía
Social (www.institutocta.org.ar)
- Material de síntesis sobre cooperativismo elaborado por
Vanesa Repetto, Espacio Economía Social en el marco del
trabajo “Por una nueva institucionalidad para la Economía So-
cial y Solidaria”, IEF-CTA, 2005.
- “La evolución reciente del Cooperativismo en Argentina”, An-
drea Levin y Griselda Verbeke.
- Subsecretaria de desarrollo humano y vivienda de la Nacion.
http://www.vivienda.gov.ar
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33. Es una publicación de la Red de Asistencia Técnica a las
Textos: Inés Arancibia Empresas Autogestionadas en la Argentina (RAT)
Gerardo Aguirrezábal ANTA - FETIA
Griselda Verbeke Central de los Trabajadores de la Argentina - CTA
Valeria Chulman Piedras 1067 - Tel. (5411) 4307.3829 - Ciudad Autónoma
de Buenos Aires - República Argentina
Producción Editorial: Norma Díaz email: reddeasistenciatecnica_cta@yahoo.com.ar
Diseño y Diagramación: Doblespacio www.cta.org.ar
Impresión: Los Impresionistas marzo 2007