Éteres. Química Orgánica. Propiedades y reacciones
Derechos del niño: la Convención de 1989 protege los intereses de los menores
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3. ORIGEN
En 1989 la Asamblea General de la
Organización de las Naciones Unidas
aprobó la Convención de los Derechos del
Niño, que exige que todas las medidas
adoptadas por un Estado en relación con
los niños deberían favorecer los intereses
del menor.
4. LOS DERECHOS
DERECHOS DEL NIÑO
Nombre y nacionalidad Amor y comprensión
Los derechos son para todos educación
Protección integral Protección y socorro
Salud Protección contra la explotación
Atender niños con discapacidad No discriminación
5. A UN NOMBRE Y NACIONALIDAD
Todo niño debe
poseer un nombre
digno con el cual se
pueda identificar y ser
identificado.
Debe tener un país
de residencia de
acuerdo a su lugar de
nacimiento.
6. A LA IGUALDAD
Los derechos son
reconocidos a todos los
niños, sin discriminación
por motivos de raza,
color, sexo, idioma,
religión, política, origen
nacional o social,
posición económica,
nacimiento u otra
condición.
7. PROTECCION INTEGRAL
El niño gozará de una
protección especial y,
logrando esto a traves de
la ley que pueda
desarrollarse física,
mental, moral, espiritual y
socialmente de forma
saludable y normal, así
como en condiciones de
libertad y dignidad.
8. A LA SALUD
Tiene derecho a crecer y
desarrollarse en buena
salud; incluye cuidados
especiales a su madre,
atención prenatal y
postnatal.
Tendrá derecho a
disfrutar de alimentación,
vivienda, recreo y
servicios médicos
adecuados .
9. ATENDER NIÑOS CON
DISCAPACIDADES
El niño física o
mentalmente
impedido o que sufra
de algún impedimento
social debe recibir el
tratamiento, la
educación y el
cuidado especiales
que requiere su caso
particular.
10. AL AMOR Y LA COMPRENSIÓN
Lo más conveniente
para el buen
desarrollo del niño es
el cuidado de sus
padres.
Si no es posible la
sociedad debe
hacerse cargo.
11. A LA EDUCACIÓN
Se dará educación que
favorezca su cultura
general y le permita, en
condiciones de igualdad
de oportunidades,
desarrollar sus aptitudes
y su juicio individual, su
sentido de
responsabilidad moral y
social, y llegar a ser un
miembro útil de la
sociedad.
12. A LA PROTECCION Y SOCORRO
El niño debe, en todas
las circunstancias,
figurar entre los
primeros que reciban
protección, socorro y
ayuda.
Debe estar protegido
por encime de los
adultos.
13. A SER PROTEGIDO DE LA
EXPLOTACION
Los niños no pueden
ser explotados, ni
vendidos, ni deben
trabajar desde muy
pequeños o en
cualquier actividad
que los perjudique de
alguna manera.
14. A NO DISCRIMINACION
El niño debe
protegerse contra
prácticas de
discriminación racial,
religiosa, etc.
Debe educarse en
espíritu de
comprensión,
tolerancia, amistad
entre los pueblos, paz
y fraternidad
universal.
15. NIÑOS
Todos los niños merecen que se les
respeten sus derechos para que su
desarrollo intelectual y físico sea el mejor
con el fin de que al ser adultos puedan
servir a la sociedad.