CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN 1. DEFINICIÓN Es la actividad del servicio de Policía que se realiza en el marco de la vigilancia urbana a través de medios de locomoción específicos para el desarrollo de acciones preventivas, disuasivas y de control, asegurando la convivencia y seguridad ciudadana. 2. OBJETIVO Contribuir al mantenimiento de las condiciones necesarias para la preservación de la convivencia y seguridad ciudadana, en una jurisdicción determinada mediante el conocimiento, prevención, disuasión y atención de fenómenos delictivos, contravencionales u otros conflictos ciudadanos. 3. FINALIDAD El patrullaje es una forma o manera de prestar el servicio de vigilancia, utilizada para neutralizar la comisión de delitos y contravenciones e incrementar la percepción de seguridad. 4. ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente manual se refiere a la forma de desarrollar el patrullaje en las áreas urbanas, caracterizadas por conjuntos de edificaciones y estructuras contiguas agrupadas, delimitadas por calles o avenidas principalmente, que cuenta por lo general, con una dotación de servicios esenciales tales como acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, hospitales y colegios, entre otros. En esta categoría están incluidas las ciudades y todos los asentamientos urbanos. 5. ALCANCE LEGAL Las normas y parámetros fijados en el presente manual se ajustan a los lineamientos legales establecidos por la Constitución Política de Colombia, así como a las leyes y normas del país, velando además por el cumplimiento de los Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario, convenios y tratados internacionales.