La palabra Leasing proviene del inglés y es posible traducirla como “arrendamiento financiero”. Por Leasing se comprende un contrato realizado entre dos partes, compuestas por un arrendador financiero y un arrendatario financiero.
El contrato de Leasing consiste en que el arrendatario financiero obtiene el derecho al uso de cierto bien que ha sido proveído por el arrendador financiero a cambio del pago de rentas periódicas.
La utilización de dicho bien por parte del arrendatario tiene un plazo establecido en el contrato, que al momento de cumplirse le permite escoger entre varias opciones, entre las que puede devolver el bien, así como también renovar el contrato para continuar arrendándolo por un período de tiempo que, usualmente, es más corto al anteriormente establecido. Existe una última opción que consiste en comprar el bien a un precio residual, es decir, adquirirlo al monto calculado a partir de la diferencia obtenida entre el precio original en el que arrendador adquirió el bien (en el que se incluyen a demás los intereses y gastos asociados al uso del bien) y las sumas de dinero que el arrendatario ha ido aportando a través de la renta.
Fundamentalmente, existen 2 tipos de leasing, entre los que encontramos el Leasing Financiero. Para que un contrato de leasing se defina como tal el arrendador deberá traspasar la propiedad del bien en cuestión al arrendatario, y debe además considerarse que la duración del contrato de arriendo debe ser a lo menos de un 75% de la vida económica del bien. Por último, como se ha mencionado anteriormente, el arrendatario, si así lo requiere, podrá adquirir el bien, devolverlo o bien renovar el contrato.
Encontramos también el Leasing Operativo que consiste en un contrato en el que el período de arriendo del bien se realiza por períodos más cortos, y donde además, el arrendatario tiene la opción de devolverlo en el momento que le parezca más adecuado, sin aviso previo. Se trata de un contrato mucho más flexible, y es esta la razón de que este tipo de contrato sea el más utilizado.
Como podemos ver las ventajas del leasing son variadas, sin embargo, la más importante consistiría en la posibilidad de obtener determinado bien aún sin contar con el monto de dinero total necesario para su compra. A través del leasing es posible obtenerlo y darle uso a través del establecimiento de un contrato (con posibilidades de adquirirlo) con un arrendador que lo compra y a quien se le debe pagar una renta a cambio de su préstamo. Como un ejemplo, el leasing en la actualidad se ofrece en algunos lugares para adquirir automóviles, con la opción de compra o recambio por un modelo más nuevo pasados un par de años. Puede ser bastante conveniente, dependiendo del caso.
1. LIVINTONG LEMUS
FREDDY LOZANO
JHOAANPOLL VEGA
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA PANAMERICANA
FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
FINANZAS Y NEGOCIOS INTERNACIONALES
IMPORTACIONES Y ARANCELES
24 DE AGOSTO DE 2012, BOGOTÁ D. C.
3. DEFINICIONES DE LEASING EN
OTROS PAÍSES
ESTADOS UNIDOS LEASING
FRANCIA • CREDIT BAIL
• EQUIPEMENT BAIL
• LOCATION FINANCIERE AVEC
PROMESSE DE VENTE
BÉLGICA LOCATION FINANCEMENT
ITALIA LOCAZIONE FINANZIARIA
ESPAÑA ARRENDAMIENTO FINANCIERO
BRASIL ARRENDAMIENTO MERCANTIL
ARGENTINA • LOCACIÓN DE BIENES DE CAPITAL
• LOCACIÓN FINANCIERA
URUGUAY ARRENDAMIENTO FINANCIERO
PERÚ ARRENDAMIENTO FINANCIERO
4. ¿QUÉ ES EL LEASING?
LEASING
ES UN CONTRATO DE FINANCIAMIENTO ENTRE DOS PARTES
SOCIEDAD DE LEASING
SE OBLIGA A ADQUIRIR Y LUEGO
DAR EN USO UN BIEN DE CAPITAL,
ELEGIDO PREVIAMENTE POR LA
OTRA PARTE
PERSONA JURÍDICA O NATURAL
PAGO DE UN CANON COMO
CONTRAPRESTACIÓN DURANTE
UN PERIODO DETERMINADO
EL PERIODO DE PAGO COINCIDE
GENERALMENTE CON LA VIDA
ÚTIL DEL BIEN
5.
6.
7. DESCRIPTIVA JURÍDICA
El leasing estima que una
determinada entidad
financiera adquiere un bien
para ceder su uso a una
persona durante un cierto
tiempo la cual habrá de pagar
a esa entidad una cantidad
periódica (constante o
variable).
Transcurrida la duración del
contrato, la persona tiene la
facultad de adquirir ese bien a
un precio determinado.
Se define como un negocio
jurídico, el leasing es un
contrato complejo de
arrendamiento por el cual una
parte, en lugar de adquirir un
bien de capital que necesita,
solicita a la otra parte que lo
adquiera y le concede su uso
por un periodo determinado.
Definición jurídica según la Corte
Suprema de Justicia, Sentencia 6462
de Diciembre 13 de 2002
8. JURÍDICO FINANCIERA LEGAL
El leasing es un contrato de
financiación por el cual un
empresario toma en locación
de una entidad financiera un
bien de capital, previamente
adquirido por esta a tal fin, a
pedido del locatario, teniendo
este arriendo una duración
igual al plazo de vida útil del
bien y un precio que le
permite al locador amortizar
el costo total de adquisición
del bien.
Son las operaciones de
arrendamiento financiero en donde
la arrendadora financiera (Sociedad
de leasing) se obliga a adquirir
determinados bienes y a conceder
su uso temporal, a plazo forzoso a
una persona, obligándose esta a
pagar como contraprestación, que
se liquidará en pagos parciales,
según convenga una cantidad de
dinero determinada, que cubra el
valor de adquisición de los bienes.
Definición legal según el Decreto 913
de 1993
9. ANTECEDENTES HISTORICOS
Los terratenientes
ante su imposibilidad
de explotar
directamente sus
terrenos, preferían
ceder el uso de estos
a cambio de un canon
que consistía en un
porcentaje de las
cosechas cultivadas.
5.000 a. C.
Se desarrollaban
leasing (Contratos
de Arrendamiento)
de esclavos, minas,
barcos, etc., entre
un banco y una
fabrica de escudos.
LEASING
EN LA
ANTIGUA
GRECIA
10. En Atenas se
desarrollaban
Contratos de
Arrendamiento
de esclavos a
las minas.
LEASING
DE
ESCLAVOS
El leasing tiene sus
cimientos en el
pueblo egipcio, cuya
práctica data del año
3.000 a. C.,
desarrollando
contratos de
arrendamiento en
donde participaban
un arrendador, un
arrendatario y una
opción de compra.
OTROS
ORÍGENES
11. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
DE LEASING
1. Es un contrato bilateral.
2. Es un contrato consensual.
3. Es oneroso.
4. Es conmutativo.
5. Es de tracto sucesivo.
6. Es un contrato de naturaleza mercantil.
7. Es principal.
12. PROMOTORES DEL LEASING
Los departamentos financieros y comerciales de las
empresas industriales o filiales de estas.
Empresas explotadoras de grandes ferrocarriles
americanos.
Empresas de telecomunicaciones como Bell Telephon
System.
Otras empresas como la International Business
Machines (IBM), la International Cigar Machinery y la
United Schoe Machinery Corporation, con resultados
positivos.
13. PRIMERAS EMPRESAS DE LEASING
LEASING
1952
SAN
FRANCISCO DE
CALIFORNIA
UNITED STATES
LEASING
CORPORATION
FINALES
DE 1952
BOOTHE
LEASING
CORPORATION
16. El leasing es el negocio que ha
obtenido el más espectacular
crecimiento en el mundo capitalista,
iniciando a partir de la década de los
50 y alcanza su mayor esplendor en
la década de los 70 y 80.
Los años siguientes le han servido
para expandirse, con singular éxito,
por todo el mundo.
17. EN LOS ESTADOS UNIDOS EN EUROPA
El desarrollo alcanzado por el
leasing en los Estados Unidos
tuvo como cercanos aliados a:
1. Normas fiscales de
amortización poco liberales.
2. Créditos bancarios a mediano
plazo poco desarrollados.
3. Una etapa de economía
próspera con márgenes de
beneficios apreciables pero
con empresas comprometidas
con una renovación acelerada
de bienes de capital.
• Las empresas de leasing están
agrupadas en la Federación
Europea de Compañías de
Equipamiento de Leasing
(LEASEUROPE).
• Gran Bretaña fue el primer país
que practicó el leasing.
• Francia tiene el mérito de
haber sido el primero en dar
un estatuto legal para las
operaciones y las empresas de
leasing.
18. Sin embargo, fue Japón, el país
pionero del leasing, que en poco
tiempo, se convirtió en uno de los
países líderes en leasing, al grado
de adoptar un subtipo:
El samurái leasing.
19. LATINOAMERICA
BRASIL
El contrato de
leasing tiene un
ordenamiento
jurídico en donde la
ley define al leasing
o arrendamiento
mercantil.
ECUADOR
Hace parte de los países
latinoamericanos que se
preocupó por darle una
regulación especial al leasing.
CHILE
Existe la Asociación
Chilena de Empresas de
Leasing, la cual ha
tenido a su cargo la
difusión de la
importancia económica
del leasing y sus
bondades en el
financiamiento de las
empresas en los últimos
años.
COLOMBIA
Se aplican a las
operaciones de
leasing las
disposiciones del
Código Civil y del
Código de Comercio,
relativas al mandato,
arrendamiento,
compraventa, etc.
URUGUAY
La carencia de regulación especial fue
superada por la citada ley conocida
como “Crédito de uso”, que se define
como un contrato de crédito en virtud
de la cual la institución acreditante
coloca un dinero para aplicar los fondos
a la adquisición de un bien por parte del
tomador.
ARGENTINA
El leasing ingresa a
inicios de la década
de los 60, siendo
adoptado por
empresas privadas y
estatales.
Federación de Empresas de
Leasing (FELELEASE)
20.
21. LEASING
LEASING FINANCIERO
Es un contrato, donde una compañía de
financiamiento comercial, denominada
leasing, entrega a una persona natural o
jurídica, denominada el locatario, la
tenencia de una activo que ha adquirido
para el efecto y que este último ha
seleccionado para su uso, a cambio del
pago periódico de una suma de dinero
(canon) durante un plazo pactado y a
cuyo vencimiento, el locatario tendrá
derecho a adquirir el activo por el valor de
la opción de adquisición.
LEASING OPERATIVO
Es un contrato en virtud del
cual, una persona jurídica o
natural, denominada la
arrendadora, entrega a otra,
llamada la arrendataria, la
tenencia de un bien para su
uso, a cambio del pago de
un canon o renta periódica.
22. CARACTERÍSTICAS DEL LEASING FINANCIERO
Los bienes materiales del leasing pueden ser standard o especializados,
según sean las necesidades de la empresa.
La duración del contrato, coincide con la vida económica útil del bien.
Usualmente se pacta que durante un determinado plazo contractual,
llamado periodo irrevocable, ninguna de las partes puede resolver el
contrato; a lo más puede hacerlo la empresa de leasing por
incumplimiento del usuario.
A la expiración del citado plazo, la empresa usuaria tiene derecho
potestativo de optar por:
• Devolver el bien.
• Continuar con la explotación del bien.
• Adquirir el bien.
• Sustituir el bien por otro más moderno tecnológicamente.
23. CARACTERÍSTICAS DEL LEASING OPERATIVO
Los bienes que se arriendan son instrumentales de modelo standard. A la empresa
arrendadora le corresponde atender la instalación, garantizar su buen
funcionamiento, las cargas y los gastos inherentes al derecho de propiedad y, en
ciertos contratos, también asume los gastos ocasionados por el normal uso.
Los bienes, por sus características, pueden ser fácilmente objeto de nuevos
contratos.
La duración del contrato es usualmente breve, no más de un año.
Concede a ambas partes la facultad de resolver el contrato en cualquier momento,
siempre que lo hagan con un preaviso.
La renta está compuesta, por una cuota fija y una variable:
1. La primera se establece en función de la cuota de amortización del bien.
2. La segunda sirve para proporcionar a la arrendadora la recuperación del costo y el
beneficio esperado.
El leasing operativo supone, para la empresa arrendataria, una alternativa a la
inversión directa con recursos propios.
Este contrato no reconoce opción de compra a favor de la empresa arrendataria,
pues la transferencia de la propiedad no está en la intensión de las partes.
24. PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE EL
LEASING FINANCIERO Y EL OPERATIVO
LEASING FINANCIERO LEASING OPERATIVO
Partes Contractuales Empresa de leasing
(bancos, financieras o
empresas
especializadas).
Empresa usuaria.
Fabricantes,
distribuidores e
importadores.
Empresa arrendataria.
Duración del Contrato Coincide con la vida
económica útil del bien.
1 a 3 años.
Carácter del Contrato Irrevocable por ambas
partes.
Revocable por el
arrendatario con preaviso.
Elección del Bien Por la usuaria en cualquier
fabricante o distribuidor.
Por la arrendataria entre los
que tenga la arrendadora.
Tipo del Bien Bien capital o equipo. Bien standard o de uso
común.
Calidad del Bien Sólo bienes nuevos. Bienes nuevos o usados.
25. LEASING FINANCIERO LEASING OPERATIVO
Conservación y
Mantenimiento del Bien
Por cuenta de la empresa
usuaria.
Por cuenta de la empresa
arrendadora.
Utilización del Bien Ilimitada en cuanto al
número de días/meses.
Limitada a un determinado
número de días/meses.
Función del Contrato Ofrecer una técnica de
financiación.
Esencialmente operativa:
uso del bien, ofrecer un
servicio.
Amortización del Bien En un solo contrato. En varios contratos con
distintos arrendamientos.
Obsolescencia Lo soporta el usuario. La soporta la arrendadora.
Riesgos para el Arrendador Riesgos financieros. Riesgos técnicos y
financieros.
Riesgos para el Arrendatario Riesgos técnicos. Ninguno.
Opciones Facultativas Transmisión de la propiedad
del bien.
No previstas.
Iniciativa La empresa usuaria. Empresa productora o
arrendadora.
26. ELEMENTOS ESENCIALES DEL
LEASING FINANCIERO Y OPERATIVO
LEASING FINANCIERO LEASING OPERATIVO
La entrega de un bien para su uso y
goce.
La entrega del bien.
El establecimiento de un canon
periódico.
El pago de un canon.
La existencia, a favor del locatario,
de una opción de adquisición al
terminarse el plazo pactado en el
contrato.
La aptitud del bien para producir
renta.
Que el bien objeto del leasing sea
susceptible de producir renta.
27.
28. POR LA NATURALEZA
DEL BIEN
LEASING INMOBILIARIO
LEASING MOBILIARIO
FIGURAS “SUI GENERIS”
SALE AND LEASE BACK
LEASING INTERNACIONAL O
CROSS BORDER LEASING
LEASING AERONÁUTICO
LEASING ADOSSE
SELF LEASING
SAMURAI LEASING
LEASING PLUS
LEASING SINDICADO
POR SU PROMOCIÓN
LEASING PROMOCIONAL
DIRECTO
LEASING PROMOCIONAL
INDIRECTOPOR SU
AMORTIZACIÓN
FULL PAY OUT
LEASING
NON FULL PAY OUT
LEASING
29. FIGURAS AFINES
RENTING
DUMMY CORPORATION O
SOCIEDAD DE PAJA
OTRAS MODALIDADES
LEASING APALANCADO
LEASING DE EXPORTACIÓN
LEASING DE IMPORTACIÓN
LEASING DE INFRAESTRUCTURA
LEASING MUNICIPAL
LEASING HABITACIONAL
SUBLEASING
30. DIFERENCIA ENTRE EL LEASING Y
LA VENTA A PLAZO
LEASING VENTA A PLAZO
Lo constituye la explotación del bien. Lo constituye el traslado de la propiedad.
La propiedad del activo está durante
todo el contrato en cabeza de la
compañía arrendadora.
La propiedad del bien está desde el inicio
del contrato en cabeza del comprador.
Sólo se consolida la propiedad en cabeza
del locatario mediante el ejercicio de la
opción de adquisición.
La propiedad del bien se consolida
plenamente y en forma automática
cuando se paga la última cuota del precio
de venta.
El traslado del dominio nunca estará
sujeto a condición resolutoria emanada
de la forma de pago, porque sólo se da
cuando está cancelada la totalidad del
precio y se ejerce la opción de
adquisición.
La propiedad del bien puede regresar al
vendedor por la condición resolutoria
tácita emanada de la forma de pago.
31. DIFERENCIA ENTRE LEASING Y LA
VENTA CONDICIONADA
LEASING VENTA CONDICIONADA
Lo constituye la tenencia
de un bien para su uso y
goce.
El objeto es traspasar la
propiedad al comprador
cumplida determinada
condición.
La diferencia radica en el objeto del contrato.
32. DIFERENCIA ENTRE UN CONTRATO DE
LEASING Y UN CONTRATO DE
ARRENDAMIENTO
La diferencia radica en que el bien
objeto del contrato de leasing debe
ser susceptible de producir renta,
exigencia que no se predica del bien
objeto de un contrato de
arrendamiento.
33. DIFERENCIA ENTRE UN LEASING Y
UN CRÉDITO
LEASING CRÉDITO
Tiene como condición esencial la entrega
de un activo de propiedad de la
compañía de leasing al locatario, para su
uso y goce.
Lo que se entrega al cliente es dinero,
bien fungible, debiendo el beneficiario
del crédito devolver el dinero, junto con
las intereses generados por la operación.
Se intermedian bienes, activos. Se intermedia dinero.
El pago periódico es un canon, donde
puede o no contener amortización del
valor del activo.
Se pagan cuotas, o inclusive un solo pago
al vencimiento del plazo mutuo, junto
con un pago de intereses del capital
prestado.
No hay traslado de la propiedad del bien
durante el plazo del contrato.
El dinero que se entrega en préstamo es
traslaticio del domino, y, el deudor se
obliga a pagar en dinero.
El bien entregado para uso es el mismo
durante todo el periodo del contrato.
34.
35. Es un contrato sobre equipo que están
fuera del país y por ende deben
importarse.
Por lo general, en este tipo de contratos,
el locatario encarga a la compañía de
leasing la negociación con el proveedor
del exterior del bien que él
expresamente ha escogido, así como la
importación del equipo.
36. También existe una modalidad de leasing de
importación en la cual se acuerda que el
locatario negocie el bien con el proveedor y
haga la respectiva importación, y la compañía
de leasing financie todos los gastos en que
incurra por tales conceptos, mediante una
celebración de una promesa de Contrato de
Leasing.
Una vez el equipo se haya nacionalizado, se
formaliza el Contrato de Leasing, adquiriendo
la compañía del equipo.
37. Cualquiera sea la modalidad
operativa del leasing de
importación, el canon sólo se
comienza a cancelar cuando el
bien importado es recibido a
satisfacción por el locatario,
independientemente que esté
operando.