2. La Organización Internacional del
Trabajo (OIT) está consagrada a la
promoción de oportunidades de
trabajo decente y productivo para
mujeres y hombres, en condiciones
de libertad, igualdad, seguridad y
dignidad humana.
3. Sus objetivos principales son
promover los derechos laborales,
fomentar oportunidades de empleo
dignas, mejorar la protección social y
fortalecer el diálogo al abordar temas
relacionados con el trabajo.
4. Orígenes e historia
La OIT fue fundada en 1919, después de
una guerra destructiva, basada en una
visión según la cual una paz duradera y
universal sólo puede ser alcanzada cuando
está fundamentada en el trato decente de
los trabajadores. La OIT se convirtió en la
primera agencia especializada de la ONU
en 1946.
5. NORMAS INTERNACIONALES DEL
TRABAJO
La OIT es la institución mundial
responsable de la elaboración y
supervisión de las Normas
Internacionales del Trabajo. Al trabajar
junto a los 178 países miembros, la
OIT busca garantizar que las normas
del trabajo sean respetadas tanto en
sus principios como en la práctica.
6. Como funciona la OIT
La OIT realiza su trabajo a través
de tres órganos fundamentales, los
cuales cuentan con representantes
de gobiernos, empleadores y
trabajadores
7. Conferencia Internacional del Trabajo
La Conferencia establece y adopta
normas internacionales del trabajo, y es
un foro en el cual se debaten temas
sociales y laborales de gran relevancia.
También adopta el presupuesto de la
Organización y elige al Consejo de
Administración.
8. El Consejo de Administración
El Consejo de Administración es el órgano
ejecutivo de la OIT, y se reúne tres veces al
año en Ginebra. Toma decisiones sobre
políticas de la OIT y establece el programa
y presupuesto que posteriormente son
presentados a la Conferencia para su
aprobación. También elige al Director
General.
9. La Oficina Internacional del Trabajo
La Oficina Internacional del Trabajo es la
secretaría permanente de la Organización
Internacional del Trabajo. Es responsable
por el conjunto de las actividades de la OIT,
que lleva a cabo bajo la supervisión del
Consejo de Administración y la dirección del
Director General, quien es elegido para
períodos renovables de cinco años.
10. La OIT promueve el desarrollo de
organizaciones independientes de
empleadores y trabajadores y les ofrece
servicios de capacitación y consultoría. Su
asistencia técnica incluye entre otras áreas:
11. •Formación y rehabilitación profesionales
•Política de empleo
•Administración del trabajo
•Legislación del trabajo y relaciones
laborales
•Condiciones de trabajo
•Desarrollo gerencial
•Cooperativas
•Seguridad social
•Estadísticas laborales
Seguridad y salud en el trabajo
12. Misión y objetivos
“La justicia social es la mejor herramienta
para garantizar una paz sostenida y
erradicar la pobreza. Y creo que las
personas responderán en conjunto,
organizándose, uniendo sus fuerzas para
que sus voces sean escuchadas”.
Juan Somavia, Director General de la OIT
13. La OIT, la única agencia tripartita del
sistema multilateral, está comprometida a
generar trabajo decente y medios de
sustento, seguridad laboral y mejores
condiciones de vida para personas que
viven tanto en los países pobres como en
los ricos. Para alcanzar esas metas
promueve los derechos en el trabajo, las
mayores oportunidades de obtener un
empleo decente, la mejoría de la protección
social y el fortalecimiento del diálogo sobre
asuntos laborales.
14. Los cuatro objetivos estratégicos
Promover y cumplir las normas y los
principios y derechos fundamentales en el
trabajo
Generar mayores oportunidades para que
mujeres y hombres puedan tener empleos
e ingresos dignos
Mejorar la cobertura y la eficiencia de una
seguridad social para todos
Fortalecer el tripartismo y el diálogo social
15. Oficinas regionales
La Oficina Internacional del Trabajo posee
una estructura regional descentralizada en
cinco regiones:
•África
•América Latina y el Caribe
•Estados Árabes
•Asia y el Pacífico
•Europa y Asia Central
16. La OIT sanciona convenios internacionales y
recomendaciones. Ambos requieren una
mayoría de dos tercios para ser aprobadas
por la Conferencia Internacional. Los
convenios internacionales constituyen
tratados internacionales obligatorios para sus
miembros una vez ratificados, en tanto que
las recomendaciones, no son obligatorias, y
constituyen sugerencias a los países para ir
progresando en las relaciones laborales.
Generalmente a todo convenio sancionado,
corresponde una recomendación que
contiene una normativa más avanzada.
17. Existen ocho convenios internacionales
considerados fundamentales:
Convenio N° 29 sobre el trabajo forzoso, 1930
Convenio N° 87 sobre la libertad sindical y la
protección del derecho de sindicación, 1948
Convenio N° 98 sobre el derecho de sindicación
y de negociación colectiva, 1949
Convenio N° 100 sobre igualdad de
remuneración, 1951
18. Convenio N° 105 sobre la abolición
del trabajo forzoso, 1957
Convenio N° 111 sobre la
discriminación (empleo y ocupación),
1958
Convenio N° 138 sobre la edad
mínima, 1973
Convenio N° 182 sobre las peores
formas de trabajo infantil, 1999
19. Comité de Libertad Sindical
El Comité de Libertad Sindical (CLS) es un
importante organismo que depende del
Consejo de Administración, integrado por
nueve de sus miembros, pertenecientes por
partes iguales a los tres bloques.
20. Su función es intervenir en las quejas
relacionadas con la libertad sindical,
derivadas de las potenciales violaciones a
los Convenios Internacionales Nº 87 y 98 y
aquellos que resultan complementarios.
La importancia del CLS radica en el alto
perfil político de sus miembros, y en la
facultad que tiene para producir
recomendaciones críticas a los gobiernos,
cuando determina que la libertad sindical ha
sido afectada.