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NÚMERO 18 ! ENERO 2013



FUSADES solicita al TSE más información sobre el voto por persona
 El pasado 10 de enero, la Asamblea aprobó el Decreto                                     contenido del decreto es una copia casi exacta de las
 Legislativo (DL) N° 254 que regula, con carácter                                         disposiciones utilizadas en marzo de 20122 , y puede
 permanente, el mecanismo para elegir a diputados                                         sintetizarse de la siguiente manera:
 en las próximas elecciones a partir de 2015. La
 normativa mantiene el mismo contenido que el                                             •	 En cuanto a la forma de votar, el elector podrá:
 decreto transitorio 9401 , el cual inserta la figura del                                    o	 Marcar solamente la bandera del partido de su
 “voto por persona” y desarrolla las diferentes formas                                          preferencia;
 de votar, así como el procedimiento para contar los                                         o	 Marcar la bandera y simultáneamente uno o
 votos. Ambas disposiciones responden a los fallos                                              varios candidatos del mismo partido;
 de la Sala de lo Constitucional que expulsaron el                                           o	 Marcar solamente uno o varios candidatos del
 sistema de listas cerradas y bloqueadas –sistema                                               mismo partido;
 en el que los electores solo marcaban la bandera del                                        o	 Marcar solamente un candidato no
 partido de su preferencia sin incidir en el orden de                                           partidario.
 la lista de candidatos– y habilitaron las candidaturas                                   •	 En cuanto al mecanismo de contar los votos, el
 no partidarias.                                                                              Tribunal Supremo Electoral (TSE) deberá:
                                                                                             o	 Determinar el cociente electoral3 en cada
 Al tratarse de nuevas disposiciones electorales cuyo                                           circunscripción al dividir el número de votos
 contenido ya fue implementado en los pasados                                                   válidos entre el número de diputados del
 comicios, resulta oportuno conocer a cabalidad el                                              departamento respectivo;
 contenido del decreto 254, rescatar las lecciones                                           o	 Una vez determinado el cociente, asignar a
 aprendidas de los comicios celebrados en marzo                                                 cada partido o coalición tantos diputados como
 de 2012 y replantear la necesidad de una revisión                                              cocientes sumen sus votos, sin tomar todavía
 integral del sistema electoral salvadoreño. En ese                                             en cuenta las marcas por persona. También se
 orden de ideas, a continuación se desarrolla el                                                asignará un escaño al candidato no partidario
 presente análisis.                                                                             que logre obtener el cociente electoral;
                                                                                             o	 De faltar diputados por asignar, se repartirán
 Contenido del decreto 254
                                                                                          2	       La única diferencia con el decreto transitorio 940 es que este último no se pronuncia
 A grandes rasgos, el DL N° 254 regula dos aspectos:                                               sobre la papeleta de las elecciones presidenciales. En cambio, la legislación recién
 la forma en que los electores pueden votar en las                                                 aprobada es explícita en cuanto a que en las papeletas para elegir a presidente y
                                                                                                   vicepresidente de la república, el elector podrá marcar la bandera del partido de
 elecciones de diputados a la Asamblea Legislativa                                                 su preferencia. Con esto, se cierra la posibilidad a que en dicha papeleta vayan las
 y el mecanismo para contar dichos votos y asignar                                                 fotos de los candidatos, que era una iniciativa mencionada de cara a las elecciones
                                                                                                   presidenciales de 2014.
 las diputaciones respectivas. Como ya se anticipó, el
                                                                                          3    	   El cociente electoral resulta de dividir el número de votos válidos de cierta
                                                                                                   circunscripción entre los diputados asignados a la misma. Dicho número refleja
                                                                                                   el “valor” de cada diputado en términos de votos, por lo cual, se verifica cuántos
 1	   D. L. 940 del 30 de noviembre de 2011, publicado en el Diario Oficial N° 234,                cocientes ha alcanzado determinado partido para establecer cuántos diputados
      tomo 393, del 14 de diciembre de 2011.                                                       ha obtenido.




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        los escaños faltantes según los residuos de cada                                        partidos o candidatos no partidarios4. Segundo, que
        partido, coalición o candidato no partidario.                                           al mantener el sistema de cocientes y residuos, el
        Se consideran como residuos los votos que                                               partido siempre tendrá un solo voto a su favor en
        sobran de restar el cociente electoral en caso                                          cualquier modalidad de marca –ya sea sobre bandera
        se haya obtenido;                                                                       o sobre sus candidatos– y serán las marcas en los
     o	 Habiendo determinado cuántos diputados                                                  candidatos las que incidirán en la asignación
        obtuvo cada partido, se asignarán las                                                   individual de los escaños. En el cuadro 1 se ilustra
        diputaciones de forma individual a los                                                  todo lo anterior.
        candidatos que presenten el mayor número
        de marcas según cada lista.                                                             Por otra parte, deben identificarse ciertos aspectos
                                                                                                del decreto 254 que, al igual como se señaló para el DL
De lo anterior resultan dos afirmaciones importan-                                              N° 9405, podrían ser sujetos de un eventual control
tes. Primero, que se trata de un sistema de listas                                              de constitucionalidad. El primero es el mecanismo
cerradas y desbloqueadas en el que el elector,                                                  de desempate entre candidatos de una misma lista,
si bien incide en el orden de candidaturas                                                      el cual se resuelve por el orden de los candidatos
dentro de una lista partidaria, no puede bajo                                                   establecido por el partido en las respectivas listas
ninguna circunstancia votar de forma cruzada                                                    a pesar que este supuesto ya había sido declarado
en distintas listas o combinar votos por distintos                                              inconstitucional6 . Otra situación cuestionable es que

Cuadro 1. Sistema de elección de diputados




                                    De acuerdo al número de diputados obtenido por cada
                                   partido, se asignan las diputaciones a los candidatos que
                                 presenten más marcas en su lista respectiva. En cuanto a los
                                 candidatos no partidarios, al competir de manera individual
                                               basta con contar sus votos válidos.



                 Fuente: Elaboración propia con base en FUSADES (2011), “Las nuevas reglas del proceso electoral”, Memorándum político N° 16,
                 Departamento de Estudios Políticos, diciembre de 2011, p. 2.

                                                                                                5	   FUSADES (2011), “Las nuevas reglas del proceso electoral”, Memorándum político
                                                                                                     N° 16, Departamento de Estudios Políticos, diciembre de 2011, pp. 1-2.
                                                                                                6	   Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (2011), Sentencia 57-
4	   La única excepción de voto cruzado es cuando se trata de coaliciones.                           2011, numeral 5, romano IV.




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se omitió la posibilidad de regular la estructuración                                          orden de las listas10 , no fue posible conocer los datos
de listas de candidatos no partidarios, ya que dicha                                           básicos para evaluar el nuevo sistema, tales como el
alternativa es factible de acuerdo al fallo 57-2011 de                                         número de electores que solo votó por bandera o el
la Sala de lo Constitucional7.                                                                 desagregado de estos en grupos de género y edad.

Experiencia en 2012 del nuevo sistema de listas                                                Por tanto, de la experiencia observada en
cerradas y desbloqueadas                                                                       2012 respecto al   sistema de listas cerradas y
                                                                                               desbloqueadas, surgen dos recomendaciones
En términos generales, la implementación del voto                                              puntuales al TSE:
por persona no representó dificultades sustanciales
en el ejercicio del sufragio ni en el conteo de los votos                                      •	 Iniciar con suficiente anticipación a la
por parte del TSE. Si bien las Juntas Receptoras de                                               celebración de las elecciones legislativas, una
Votos (JRV) enfrentaron problemas de logística,                                                   campaña de educación cívica que explique cómo
la autoridad electoral cumplió con los plazos de                                                  votar y los efectos de las distintas modalidades
escrutinio y se recibieron las primeras proyecciones                                              que el nuevo sistema permite;
en tiempo oportuno.                                                                            •	 Brindar la información necesaria para
                                                                                                  evaluar íntegramente el nuevo sistema, ya sea
En una encuesta coordinada por el Departamento de                                                 presentando datos como el número de electores
Estudios Políticos de FUSADES con posterioridad                                                   que votó solo por bandera o desagregando los
a los comicios de 2012, el 77% de los entrevistados                                               resultados con base en grupos de género y edad,
contestó que le fue algo fácil o muy fácil votar en el                                            entre otros.
nuevo sistema8. Sin embargo, cabe destacar el atraso
que hubo respecto a la campaña informativa del                                                 ¿Un nuevo sistema electoral?
TSE debido a posiciones encontradas por parte de
los magistrados que integran el cuerpo colegiado de                                            Luego de la Sentencia 61-2009 de julio de 2010 en
la autoridad electoral9. Asimismo, si bien se informó                                          la que la Sala de lo Constitucional abordó el sistema
sobre el nuevo mecanismo de votación, nunca se                                                 de listas y las candidaturas no partidarias, se planteó
explicó por parte del TSE, los efectos de marcar                                               una oportunidad histórica de impulsar la reforma
solo la bandera o de marcar sobre candidatos en la                                             política en El Salvador. En ese momento, la respuesta
asignación de escaños.                                                                         más inmediata en cualquier gobierno republicano y
                                                                                               en un sólido estado constitucional y democrático de
Otra de las fallas que no han sido subsanadas aún                                              derecho era acatar el fallo de la Sala. Sin embargo,
por el TSE es la falta de información en cuanto al                                             la oportunidad de reforma política no se limitaba
comportamiento de los electores. Si bien se pudo                                               a instaurar el voto por persona, sino a impulsar
registrar el impacto del voto por persona en el                                                cambios sustanciales como una ley de partidos

7	   Ibíd., literal “g”, letra “B”, numeral 2, romano III.
8	    FUSADES (2012), “Impacto de la reforma electoral de 2012: el voto por persona            10	 El impacto del voto por persona en 2012 respecto al ordenamiento de las listas,
     y el voto residencial”, Serie de Investigación, Departamento de Estudios Políticos,           la competencia intrapartidaria, el total de votos válidos y la facilidad del ejercicio
     septiembre de 2012, p. 28.                                                                    del sufragio ha sido desarrollado en FUSADES (2012), “Impacto de la reforma
9	   Velásquez, E. y Zometa, J. (2011), “Se frustra otra vez el acuerdo en TSE para                electoral de 2012: el voto por persona y el voto residencial”, Serie de Investigación,
     campaña sobre voto”, El Diario de Hoy, 28 de enero de 2012.                                   Departamento de Estudios Políticos, septiembre de 2012, pp. 10-29.




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NÚMERO 18 ! ENERO 2013




políticos efectiva, la separación de las funciones                                 mapa electoral que distribuya a la población por
del TSE, la implementación al 100% del voto                                        distritos electorales que permitan a los candidatos
residencial, el voto en el exterior, el establecimiento                            optimizar los recursos humanos y financieros de los
de los concejos municipales plurales, y la creación                                que disponen y establezca una relación más directa
de distritos electorales, entre otros 11.                                          y cercana entre los habitantes de los diferentes
                                                                                   distritos y los representantes que resulten electos.
Por tanto, la discusión sobre una reforma política
orientada a fortalecer la democracia salvadoreña no                                Por el momento, aquella “sentencia que por primera
debe terminar con la aprobación del decreto 254.                                   vez en la historia democrática de El Salvador ha
Dicho decreto significó un avance sustancial –luego                                posibilitado una reforma política integral”12 ya está
de varios intentos de evadir lo dictado por la Sala de lo                          dando sus primeros resultados con el respaldo de
Constitucional– que debe revisarse conforme surjan                                 múltiples organizaciones de la sociedad civil. De allí
nuevas necesidades o se consideren alternativas                                    que el reto sea continuar los esfuerzos por construir
más adecuadas. Un ejemplo de los temas que debe                                    un sólido sistema democrático que responda
contener tal revisión es el referido al tamaño de                                  efectivamente a las demandas de desarrollo de los
las circunscripciones y la posibilidad de un nuevo                                 salvadoreños.

11	   Ibíd., p. 9.                                                                 12	   Ibíd., p. 12.




                       Departamento de Estudios Políticos
Coordinador de Comisión                          Asesor:                                     Personal de apoyo:
Miguel Ángel Simán                               Salvador Samayoa                            Sara Morales

Miembros de la Comisión                          Director:                                   Correo electrónico:
Roberto Llach                                    Luis Mario Rodríguez R.                     dep@fusades.org
Antonio Cabrales
Carlos Quintanilla Schmidt                       Investigadores:
Elena de Alfaro                                  Sofía Flores Cristales
Marcos Llach                                     Guillermo Miranda Cuestas
Miguel Lacayo                                    Luisa Solano
Cecilia Gallardo
Claudia Umaña Araujo
José Ángel Quirós                                                                                                                        www.fusades.org


                     Bulevar y Urbanización Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador, Centro América; Apartado Postal 01-278
                                                Tel.: (503) 2248-5640 ! Correo electrónico: dep@fusades.org

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FUSADES solicita al TSE más información sobre el voto por persona

  • 1. NÚMERO 18 ! ENERO 2013 FUSADES solicita al TSE más información sobre el voto por persona El pasado 10 de enero, la Asamblea aprobó el Decreto contenido del decreto es una copia casi exacta de las Legislativo (DL) N° 254 que regula, con carácter disposiciones utilizadas en marzo de 20122 , y puede permanente, el mecanismo para elegir a diputados sintetizarse de la siguiente manera: en las próximas elecciones a partir de 2015. La normativa mantiene el mismo contenido que el • En cuanto a la forma de votar, el elector podrá: decreto transitorio 9401 , el cual inserta la figura del o Marcar solamente la bandera del partido de su “voto por persona” y desarrolla las diferentes formas preferencia; de votar, así como el procedimiento para contar los o Marcar la bandera y simultáneamente uno o votos. Ambas disposiciones responden a los fallos varios candidatos del mismo partido; de la Sala de lo Constitucional que expulsaron el o Marcar solamente uno o varios candidatos del sistema de listas cerradas y bloqueadas –sistema mismo partido; en el que los electores solo marcaban la bandera del o Marcar solamente un candidato no partido de su preferencia sin incidir en el orden de partidario. la lista de candidatos– y habilitaron las candidaturas • En cuanto al mecanismo de contar los votos, el no partidarias. Tribunal Supremo Electoral (TSE) deberá: o Determinar el cociente electoral3 en cada Al tratarse de nuevas disposiciones electorales cuyo circunscripción al dividir el número de votos contenido ya fue implementado en los pasados válidos entre el número de diputados del comicios, resulta oportuno conocer a cabalidad el departamento respectivo; contenido del decreto 254, rescatar las lecciones o Una vez determinado el cociente, asignar a aprendidas de los comicios celebrados en marzo cada partido o coalición tantos diputados como de 2012 y replantear la necesidad de una revisión cocientes sumen sus votos, sin tomar todavía integral del sistema electoral salvadoreño. En ese en cuenta las marcas por persona. También se orden de ideas, a continuación se desarrolla el asignará un escaño al candidato no partidario presente análisis. que logre obtener el cociente electoral; o De faltar diputados por asignar, se repartirán Contenido del decreto 254 2 La única diferencia con el decreto transitorio 940 es que este último no se pronuncia A grandes rasgos, el DL N° 254 regula dos aspectos: sobre la papeleta de las elecciones presidenciales. En cambio, la legislación recién la forma en que los electores pueden votar en las aprobada es explícita en cuanto a que en las papeletas para elegir a presidente y vicepresidente de la república, el elector podrá marcar la bandera del partido de elecciones de diputados a la Asamblea Legislativa su preferencia. Con esto, se cierra la posibilidad a que en dicha papeleta vayan las y el mecanismo para contar dichos votos y asignar fotos de los candidatos, que era una iniciativa mencionada de cara a las elecciones presidenciales de 2014. las diputaciones respectivas. Como ya se anticipó, el 3 El cociente electoral resulta de dividir el número de votos válidos de cierta circunscripción entre los diputados asignados a la misma. Dicho número refleja el “valor” de cada diputado en términos de votos, por lo cual, se verifica cuántos 1 D. L. 940 del 30 de noviembre de 2011, publicado en el Diario Oficial N° 234, cocientes ha alcanzado determinado partido para establecer cuántos diputados tomo 393, del 14 de diciembre de 2011. ha obtenido. 1
  • 2. NÚMERO 18 ! ENERO 2013 los escaños faltantes según los residuos de cada partidos o candidatos no partidarios4. Segundo, que partido, coalición o candidato no partidario. al mantener el sistema de cocientes y residuos, el Se consideran como residuos los votos que partido siempre tendrá un solo voto a su favor en sobran de restar el cociente electoral en caso cualquier modalidad de marca –ya sea sobre bandera se haya obtenido; o sobre sus candidatos– y serán las marcas en los o Habiendo determinado cuántos diputados candidatos las que incidirán en la asignación obtuvo cada partido, se asignarán las individual de los escaños. En el cuadro 1 se ilustra diputaciones de forma individual a los todo lo anterior. candidatos que presenten el mayor número de marcas según cada lista. Por otra parte, deben identificarse ciertos aspectos del decreto 254 que, al igual como se señaló para el DL De lo anterior resultan dos afirmaciones importan- N° 9405, podrían ser sujetos de un eventual control tes. Primero, que se trata de un sistema de listas de constitucionalidad. El primero es el mecanismo cerradas y desbloqueadas en el que el elector, de desempate entre candidatos de una misma lista, si bien incide en el orden de candidaturas el cual se resuelve por el orden de los candidatos dentro de una lista partidaria, no puede bajo establecido por el partido en las respectivas listas ninguna circunstancia votar de forma cruzada a pesar que este supuesto ya había sido declarado en distintas listas o combinar votos por distintos inconstitucional6 . Otra situación cuestionable es que Cuadro 1. Sistema de elección de diputados De acuerdo al número de diputados obtenido por cada partido, se asignan las diputaciones a los candidatos que presenten más marcas en su lista respectiva. En cuanto a los candidatos no partidarios, al competir de manera individual basta con contar sus votos válidos. Fuente: Elaboración propia con base en FUSADES (2011), “Las nuevas reglas del proceso electoral”, Memorándum político N° 16, Departamento de Estudios Políticos, diciembre de 2011, p. 2. 5 FUSADES (2011), “Las nuevas reglas del proceso electoral”, Memorándum político N° 16, Departamento de Estudios Políticos, diciembre de 2011, pp. 1-2. 6 Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (2011), Sentencia 57- 4 La única excepción de voto cruzado es cuando se trata de coaliciones. 2011, numeral 5, romano IV. 2
  • 3. NÚMERO 18 ! ENERO 2013 se omitió la posibilidad de regular la estructuración orden de las listas10 , no fue posible conocer los datos de listas de candidatos no partidarios, ya que dicha básicos para evaluar el nuevo sistema, tales como el alternativa es factible de acuerdo al fallo 57-2011 de número de electores que solo votó por bandera o el la Sala de lo Constitucional7. desagregado de estos en grupos de género y edad. Experiencia en 2012 del nuevo sistema de listas Por tanto, de la experiencia observada en cerradas y desbloqueadas 2012 respecto al sistema de listas cerradas y desbloqueadas, surgen dos recomendaciones En términos generales, la implementación del voto puntuales al TSE: por persona no representó dificultades sustanciales en el ejercicio del sufragio ni en el conteo de los votos • Iniciar con suficiente anticipación a la por parte del TSE. Si bien las Juntas Receptoras de celebración de las elecciones legislativas, una Votos (JRV) enfrentaron problemas de logística, campaña de educación cívica que explique cómo la autoridad electoral cumplió con los plazos de votar y los efectos de las distintas modalidades escrutinio y se recibieron las primeras proyecciones que el nuevo sistema permite; en tiempo oportuno. • Brindar la información necesaria para evaluar íntegramente el nuevo sistema, ya sea En una encuesta coordinada por el Departamento de presentando datos como el número de electores Estudios Políticos de FUSADES con posterioridad que votó solo por bandera o desagregando los a los comicios de 2012, el 77% de los entrevistados resultados con base en grupos de género y edad, contestó que le fue algo fácil o muy fácil votar en el entre otros. nuevo sistema8. Sin embargo, cabe destacar el atraso que hubo respecto a la campaña informativa del ¿Un nuevo sistema electoral? TSE debido a posiciones encontradas por parte de los magistrados que integran el cuerpo colegiado de Luego de la Sentencia 61-2009 de julio de 2010 en la autoridad electoral9. Asimismo, si bien se informó la que la Sala de lo Constitucional abordó el sistema sobre el nuevo mecanismo de votación, nunca se de listas y las candidaturas no partidarias, se planteó explicó por parte del TSE, los efectos de marcar una oportunidad histórica de impulsar la reforma solo la bandera o de marcar sobre candidatos en la política en El Salvador. En ese momento, la respuesta asignación de escaños. más inmediata en cualquier gobierno republicano y en un sólido estado constitucional y democrático de Otra de las fallas que no han sido subsanadas aún derecho era acatar el fallo de la Sala. Sin embargo, por el TSE es la falta de información en cuanto al la oportunidad de reforma política no se limitaba comportamiento de los electores. Si bien se pudo a instaurar el voto por persona, sino a impulsar registrar el impacto del voto por persona en el cambios sustanciales como una ley de partidos 7 Ibíd., literal “g”, letra “B”, numeral 2, romano III. 8 FUSADES (2012), “Impacto de la reforma electoral de 2012: el voto por persona 10 El impacto del voto por persona en 2012 respecto al ordenamiento de las listas, y el voto residencial”, Serie de Investigación, Departamento de Estudios Políticos, la competencia intrapartidaria, el total de votos válidos y la facilidad del ejercicio septiembre de 2012, p. 28. del sufragio ha sido desarrollado en FUSADES (2012), “Impacto de la reforma 9 Velásquez, E. y Zometa, J. (2011), “Se frustra otra vez el acuerdo en TSE para electoral de 2012: el voto por persona y el voto residencial”, Serie de Investigación, campaña sobre voto”, El Diario de Hoy, 28 de enero de 2012. Departamento de Estudios Políticos, septiembre de 2012, pp. 10-29. 3
  • 4. NÚMERO 18 ! ENERO 2013 políticos efectiva, la separación de las funciones mapa electoral que distribuya a la población por del TSE, la implementación al 100% del voto distritos electorales que permitan a los candidatos residencial, el voto en el exterior, el establecimiento optimizar los recursos humanos y financieros de los de los concejos municipales plurales, y la creación que disponen y establezca una relación más directa de distritos electorales, entre otros 11. y cercana entre los habitantes de los diferentes distritos y los representantes que resulten electos. Por tanto, la discusión sobre una reforma política orientada a fortalecer la democracia salvadoreña no Por el momento, aquella “sentencia que por primera debe terminar con la aprobación del decreto 254. vez en la historia democrática de El Salvador ha Dicho decreto significó un avance sustancial –luego posibilitado una reforma política integral”12 ya está de varios intentos de evadir lo dictado por la Sala de lo dando sus primeros resultados con el respaldo de Constitucional– que debe revisarse conforme surjan múltiples organizaciones de la sociedad civil. De allí nuevas necesidades o se consideren alternativas que el reto sea continuar los esfuerzos por construir más adecuadas. Un ejemplo de los temas que debe un sólido sistema democrático que responda contener tal revisión es el referido al tamaño de efectivamente a las demandas de desarrollo de los las circunscripciones y la posibilidad de un nuevo salvadoreños. 11 Ibíd., p. 9. 12 Ibíd., p. 12. Departamento de Estudios Políticos Coordinador de Comisión Asesor: Personal de apoyo: Miguel Ángel Simán Salvador Samayoa Sara Morales Miembros de la Comisión Director: Correo electrónico: Roberto Llach Luis Mario Rodríguez R. dep@fusades.org Antonio Cabrales Carlos Quintanilla Schmidt Investigadores: Elena de Alfaro Sofía Flores Cristales Marcos Llach Guillermo Miranda Cuestas Miguel Lacayo Luisa Solano Cecilia Gallardo Claudia Umaña Araujo José Ángel Quirós www.fusades.org Bulevar y Urbanización Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador, Centro América; Apartado Postal 01-278 Tel.: (503) 2248-5640 ! Correo electrónico: dep@fusades.org