2. INDICE
¿Qué es la inclusión?
¿Qué implica la inclusión?
¿Que nos permite la inclusión?
La inclusión en la familia.
La inclusión en la sociedad.
Mejorar en la familia.
Mejorar en la escuela.
Principios de la escuela inclusiva.
La sociedad mejora.
Alumnos con necesidades educativas especiales.
Necesidades educativas especiales.
Altas capacidades.
Incorporación tardía.
Bibliografía.
3. ¿QUE ES LA INCLUSIÓN?
El principal pilar de la inclusión es el reconocimiento de que todas
las personas tienen habilidades y potencialidades propias,
distintas a las de los demás, por lo que las distintas necesidades
exigen respuestas diversas o diferentes.
La inclusión busca que se fomente y garantice que toda persona
sea “parte de” y que no permanezca “separado de”.
Inclusión, por lo tanto, significa que los sistemas establecidos
proveerán acceso y participación reciproca; y que el individuo con
discapacidad y su familia tengan la posibilidad de participar en
igualdad de condiciones.
4. ¿QUE IMPLICA LA INCLUSIÓN?
Es necesario hablar de inclusión porque hay discriminación,
exclusión y segregación de ciertos grupos humanos, en
determinados contextos y por diversas razones, entre otras, la raza,
situación económica, clase social, origen étnico, idioma, religión,
sexo, orientación sexual y aptitudes o habilidades.
El reconocer que los seres humanos son distintos corresponde a
asumir una postura en la que todas las personas tienen el mismo
valor independientemente de sus características, su forma de pensar
y de ser en el mundo.
5. ¿QUE NOS PERMITE LA INCLUSIÓN?
Disfrutar de un mundo más equitativo y respetuoso frente a las
diferencias.
Beneficiar a todas las personas sin perjuicio de sus características,
es decir, sin etiquetar ni excluir.
Proporcionar un acceso equitativo, revisando procesos
constantemente y valorando el aporte de cada persona a la
sociedad.
6. LA INCLUSIÓN EN LA FAMILIA.
Padres y madres que entienden que las diferencias nos enriquecen a
todos deben ver la inclusión como una herramienta práctica que
contribuye con la felicidad y el desarrollo de habilidades en sus
hijos (tolerancia, respeto, comunicación asertiva, aprovechamiento
de los recursos disponibles en la sociedad), así como para una
mejor integración en el colegio y en la sociedad (Porter, 2007).
Las familias en entornos inclusivos conocen a otras personas y
grupos que se encuentran en riesgo de exclusión, pueden ofrecer los
recursos con los que cuentan para formar una red de apoyo de
utilidad para todos y sirven de referente para que otros actúen de la
mejor manera posible en relación con su condición específica
7. LA INCLUSIÓN EN LA ESCUELA.
Desde la experiencia se ha demostrado que la práctica de políticas
inclusivas en las instituciones educativas permite combatir la
discriminación, contribuyen con la creación de lugares buenos para
vivir, sociedades inclusivas y logran un mejor nivel educativo
(Declaración de Salamanca, Art. 2). Promueven que mejore la
capacidad de los estudiantes y los maestros de adaptarse a estilos
distintos de enseñar y aprender (Kochhar et al., 2000)
8. TODOS LOS NIÑOS Y NIÑAS SE BENEFICIAN DE LA
EDUCACIÓN INCLUSIVA, PUES ESTA PERMITE:
Desarrollar fortalezas y dones individuales, con expectativas altas y
apropiadas para cada niño o niña.
Trabajar en objetivos individuales mientras se participa en la clase con
otros estudiantes de su propia edad.
Involucrar a padres y madres en la educación y en las actividades del
colegio.
Fomentar una cultura escolar de respeto y pertenencia. Brinda
oportunidades para aprender y aceptar las diferencias individuales,
disminuyendo la ocurrencia de la intimidación escolar (bullying).
Desarrollar amistades con una amplia variedad de niños, cada uno con
sus propias necesidades y habilidades.
Impactar positivamente en su colegio y en su comunidad para apreciar las
diferencias y la inclusión en un nivel más amplio.
Mejorar las habilidades y conocimientos de los maestros.
9. EN LA SOCIEDAD.
A) Mayores oportunidades socioeconómicas.
• Acceso de todos a servicios sociales de calidad (salud, educación y
vivienda, entre otros), a la infraestructura física (agua, servicios
sanitarios y transporte) y a mercados de trabajo.
• Fomento de la capacitación para la ocupación de empleos dignos.
• Mejoramiento de la educación y cubrimiento de los déficits de
capacitación.
• Las comunidades conservan y aprovechan mejor sus recursos sin la
necesidad de programas segregados y especializados
10. B) CIUDADANIA MAS INVOLUCRADA.
Ejercicio pleno de la ciudadanía a través de sus derechos y deberes.
Hay un fomento de habilidades sociales propicias para fundamentar
la competencia social, la resolución de situaciones problema y
la convivencia, en general.
Pueden desarrollar relaciones interpersonales y entre generaciones
que conducirán a producir capital social características de la
organización social como redes, normas y confianza social, que
incrementa el potencial productivo de una sociedad (Putnam, citado
en BID, 2004).
Las nuevas generaciones aprenderán acerca de las diferencias
individuales y de la aceptación de aquellos individuos que son
diferentes (Wolery & Wilbers, 1994).
11. C) MAYOR PARTICIPACIÓN POLÍTICA.
La participación de la sociedad civil tiene una importancia crítica en
la gobernabilidad para la toma de decisiones y la implementación
de políticas y programas.
12. MEJORAR EN LA FAMILIA.
El principal cambio que debemos hacer para lograr un mundo mejor
para todos es en nuestra ACTITUD. Para formar en las actitudes,
padres y madres llevamos la delantera, somos quienes con nuestro
ejemplo e interacción diaria con niños, niñas y adolescentes,
lograremos inculcar el respeto y la igualdad de oportunidades para
todos. A través de las acciones de cada día, mostraremos que es
posible fomentar la equidad, al mostrarles que papá y mamá tienen
igualdad de derechos en el hogar.
13. MEJORAR EN LA ESCUELA.
La educación inclusiva se trata de la forma en que
desarrollamos y diseñamos nuestros colegios, salones de
clase, programas y actividades, de manera que todas y
todos los estudiantes puedan aprender y participar juntos.
14. PRINCIPIOS DE LA ESCUELA INCLUSIVA.
La no discriminación.
La accesibilidad.
Las adaptaciones razonables a las necesidades específicas a través
de planteamientos flexibles y alternativos para el aprendizaje y la
enseñanza.
La igualdad de normas.
La participación.
El apoyo para satisfacer las necesidades relacionadas con la
discapacidad y
La importancia de la preparación para el mercado laboral.
15. LA SOCIEDAD MEJORA:
Fomento de la capacitación para la ocupación de empleos dignos.
Mejoramiento de la educación y cubrimiento de los déficits de
capacitación.
Fomento de la capacitación para la ocupación de empleos dignos.
Mejoramiento de la educación y cubrimiento de los déficits de
capacitación.
La participación de la sociedad civil tiene una importancia crítica en
la gobernabilidad para la toma de decisiones y la implementación
de políticas y programas.
16. ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Es todo aquel que, por presentar necesidades educativas especiales,
por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades
intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o
por condiciones personales o de historia escolar, requiere una
atención educativa diferente a la ordinaria para que pueda alcanzar el
máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo
caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el
alumnado.
17. NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas
especiales el que requiera, por un periodo de su escolarización o a
lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas
específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de
conducta.
18. ALTAS CAPACIDADES
Se trata de alumnos que se caracterizan a lo largo de su
escolaridad por aprender de una forma más creativa, a mayor ritmo
y profundidad y más temas que los compañeros de su misma edad.
Sobre todo si los temas son de interés y encuentran en el
profesorado el estímulo y la guía adecuados.
19. INCORPORACION TARDÍA
El alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo por
proceder de otros países o por cualquier otro motivo y que requiera
una atención diferente a la ordinaria, recibirá la atención educativa
de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
Las Administraciones educativas garantizarán que la escolarización
del alumnado que acceda de forma tardía al sistema educativo
español se realice atendiendo a sus circunstancias, conocimientos,
edad e historial académico, de modo que se pueda incorporar al
curso más adecuado a sus características y conocimientos previos,
con los apoyos oportunos, y de esta forma continuar con
aprovechamiento su educación.
Las enseñanzas que ofrece el sistema educativo se adaptarán para
dar respuestas a las necesidades específicas de apoyo que presente
este alumnado. Dicha adaptación garantizará su acceso,
permanencia y progresión en el sistema.
20. NORMATIVA:
Ley Orgánica de Educación
Orden ECD/235/2002, de 7 de febrero, por la que se constituye el Foro para la
Atención Educativa a Personas con Discapacidad y se establecen sus
competencias, estructura y régimen de funcionamiento
Orden ECD/2974/2002, de 25 de noviembre, por la que se modifica el
Reglamento aprobado por Orden ECD/235/2002, de 7 de febrero, por la que se
constituye el Foro para la Atención educativa a Personas con Discapacidad y se
establecen sus competencias, estructura y régimen de funcionamiento
Regulación de los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso,
accesos y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes
establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
Orden EDU/2949/2010, de 16 de noviembre, por la que se crea el Foro para la
Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad y se establecen sus
competencias, estructura y régimen de funcionamiento
21. •Real Decreto 1709/2011, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Foro de Cultura
Inclusiva.
•Real Decreto 1190/2012, de 3 de agosto, por el que se modifican el Real Decreto 1513/2006, de
7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, y el
Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas
correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
•Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las
competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación
secundaria obligatoria y el bachillerato