Este documento resume los tipos de sociedades disponibles para emprendimientos en Argentina y los principales impuestos que deben pagar. Describe las ventajas e inconvenientes de las sociedades de responsabilidad limitada, sociedades anónimas, sociedades anónimas unipersonales y sociedades simplificadas. Recomienda las sociedades anónimas simplificadas para emprendedores por estar diseñadas específicamente para pymes. Explica los impuestos más importantes como IVA, ganancias, ingresos brutos, monotributo e impuestos municipales
3. Objetivos
• Comprender la importancia de un encuadre societario adecuado para cada tipo de
emprendimiento.
• Conocer los tipos de sociedades disponibles.
• Describir las ventajas y desventajas de cada encuadre societario..
• Conocer los impuestos más importantes.
4. El encuadre societario
Dentro de las opciones que ofrece la
legislación argentina podemos
destacar las siguientes: la Sociedad de
Responsabilidad Limitada (S.R.L.), la
Sociedad Anónima (S.A.), la Sociedad
Anónima Unipersonal (S.A.U.), la
Sociedad por Acciones simplificada
(SAS) y las Sociedades de la Sección
IV(antes conocidas como sociedades
de hecho).
5. SOCIEDAD ANONIMA
UNIPERSONAL
Dentro de las figuras que debemos descartar se encuentra, en primer lugar, la
S.A.U. ya que si bien este tipo societario fue presentado como una sociedad
pensada para las pymes y los emprendedores, la legislación fue finalmente
contraria a dicho objetivo, sirviendo en la actualidad solamente a grandes
grupos empresarios. Esto se debe a que la Ley de sociedades la fijó dentro de
las sociedades con fiscalización estatal permanente (art. 299), lo que conlleva
que deba cumplir con requisitos rígidos, tales como la designación de un
órgano de fiscalización obligatorio y suplentes, por lo que, para constituir una
sociedad anónima unipersonal, paradójicamente, se necesita de varias
6. SOCIEDADES SIMPLES
O sociedades “ de hecho”
Por otro lado, las sociedades “simples” o de la sección IV de la ley de
sociedades, cuentan con dos claras desventajas. En primer lugar, no limitan la
responsabilidad de sus miembros de forma completa, por lo que los socios
podrán responder por las deudas de la sociedad con su patrimonio personal,
cuestión no menor si se toma en cuenta la tasa de mortandad de los
emprendimientos en la región. En segundo lugar, el no haber adoptado uno
de los tipos societarios expresamente regulados por la ley argentina, les quita
una clara ventaja de formalidad, por lo que su interacción en el mercado
puede verse comprometida, por ejemplo, al ir a pedir financiamiento a una
7. SOCIEDADES DE CAPITAL
Las sociedades de capital brindan más protección patrimonial a los socios al
establecer que sólo responden por el capital aportado. Dentro de este
grupo, si es por transferibilidad de la propiedad, las SA son una buena
opción. Si es por costos y aspectos burocráticos, las SRL son más
recomendables.
8. SOCIEDADES DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
En cuanto a las S.R.L., si bien fueron pensadas para las pymes, son producto
de una ley del año 1932 (ley 11.645), es decir de hace 85 años. Estas nunca
han receptado por completo las necesidades de las pymes y poseen
limitaciones para hacer frente a las problemáticas de los start ups y
emprendedores. Por ejemplo, al tener el capital social dividido en
cuotapartes, esto genera una serie de limitaciones, como la imposibilidad
de crear diferentes clases de cuotas, lo que dificulta diseñar el capital
acorde al ingreso de un socio inversor, diferenciando las distintas
necesidades o facultades de cada uno. Asimismo, para transferir una
cuotaparte de una S.R.L., se requiere una reforma del contrato social, por lo
que cada trasferencia debe inscribirse en el Registro Público, lo que provoca
mayores costos y burocracia.
9. SOCIEDADES ANÓNIMAS
fue pensada para la gran empresa y puede generar dificultades en la vida
de un emprendedor. Tiene ciertas limitaciones, como, por ejemplo, que los
cargos del directorio deben renovarse cada tres años, lo que genera un
costo a la sociedad; los estados contables deben presentarse anualmente al
Registro Público (no es obligatorio para las S.R.L. ni para las SAS); en caso de
que los socios no estén de acuerdo con una decisión, o que uno de ellos se
vea imposibilitado de ir a una asamblea, la misma deberá ser convocada
por edictos, con plazos obligatorios, lo que genera una estructura de costos
muy deficitaria para el emprendimiento.
10. SOCIEDADES ANÓNIMAS
SIMPLIFICADAS
La SAS ha sido pensada y concebida especialmente para los emprendedores
y las pymes argentinas, como forma de modernizar el derecho societario
argentino. Fue creada por un expreso pedido de los emprendedores
(organizados en ASEA), e impulsada por la SEPYME, como una herramienta
que el Estado otorga, sin resignar seguridad jurídica, para favorecer y
desburocratizar la creación de empresas.
11. ¿CUALES SON LOS IMPUESTOS
QUE DEBEREMOS PAGAR?
Cada tipo de negocio en particular, se tendrá que analizar para determinar
qué impuestos deben presentarse. De todas formas, la mayoría de los
emprendimientos están alcanzados por una variedad de impuestos.
Para ampliar este tema podes ingresar aquí
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/tributos_vigentes_al_30-
06-2020.pdf
12. IVA
El impuesto lo declaran y lo pagan los contribuyentes (empresas o personas
alcanzadas por el impuesto) que deben hacer una declaración jurada
mensual y registrarlo en sus libros contables.
Los consumidores finales no debemos presentar nada, solo lo hacen los que
están registrados y dados de alta en ese impuesto.
La alícuota o porcentaje de IVA con mayor presencia y más común es la que
asciende al 21%. Hay actividades que tienen menores alícuotas como el
caso de las prestaciones de medicina prepaga cuyo porcentaje es del 10,5%.
Existe también, la posibilidad de que el porcentaje de IVA para algunos
productos sea 0%. En ese caso, el valor del producto final no tiene ningún
13. GANANCIAS
El impuesto a las ganancias es un tributo que pagan tanto las empresas
(Impuesto a las Rentas de Personas Jurídicas o IRPJ) como las personas
físicas (Impuesto a las Rentas a Personas Físicas o IRPF). Se trata de
un impuesto progresivo. Actualmente, es la tercera fuente en importancia
recaudatoria, luego de IVA y Aportes y contribuciones a la seguridad social.
Su confección es muy compleja, e incluye distintas bases imponibles,
deducciones, diferentes alícuotas y varios hechos gravados, señala un
reciente informe del IARAF.
14. GANANCIAS
En Argentina, se considera ganancia a:
I. Los rendimientos, rentas o enriquecimientos producidos por una fuente
permanente.
II. Los rendimientos, rentas o enriquecimientos obtenidos por las
sociedades comerciales y empresas unipersonales.
III. Los resultados obtenidos por la venta de bienes muebles amortizables e
inmuebles y por la transferencia de derechos sobre inmuebles.
IV. Los resultados obtenidos por la venta de acciones, valores
representativos, certificados de depósito de acciones, cuotas y
participaciones sociales, monedas digitales, títulos, bonos y demás valores.
15. Regimen simplificado
( monotributo)
El monotributo unifica el componente impositivo -IVA y Ganancias- y el
componente previsional -aportes jubilatorios y obra social- en una única
cuota mensual, haciendo más simple y ágil cumplir con las obligaciones. Se
deben cumplir con determinados valores de parámetros como facturación
anual, superficie de locales, energía eléctrica consumida y el monto de
alquiler del local/es.
16. INGRESOS BRUTOS
Ingresos brutos: es un impuesto provincial. Se realizan liquidaciones del
impuesto y pagos mensuales; y también hay que hacer una presentación
anual.
Provincia de Buenos Aires, El organismo recaudador es ARBA. Para
determinar el impuesto, se aplican alícuotas van desde el 1% al 6%
(dependiendo de la actividad y la jurisdicción), sobre las ventas brutas que
realice el negocio o emprendimiento. Tiene vencimientos mensuales y uno
anual.
17. INGRESOS BRUTOS
CABA, El organismo recaudador es AGIP. Para determinar el impuesto
estando en el Régimen Simplificado, se aplican cuotas fijas que se pagan
cada dos meses.
Dos provincias o más, en lugar de inscribirse en cada provincia, se inscribe
en un sólo padrón, el régimen se llama Convenio Multilateral. Se hace una
declaración jurada mensual donde se indica qué porcentaje de impuesto
corresponde a cada provincia y se realiza un sólo pago
18. IMPUESTOS MUNICIPALES
Impuestos municipales: Dependiendo el Municipio o la comuna donde
desarrolles la actividad es posible que tengas que pagar otros impuestos de
carácter municipal, por ejemplo Seguridad e Higiene. Es un impuesto que se
paga de forma mensual o bimestral, se suele pagar un porcentaje sobre las
ventas brutas que realice el negocio o emprendimiento. Otro impuesto que
suelen cobrar los municipios es Publicidad y Propaganda, se cobra un
monto que depende del tamaño de los carteles que se colocan en la vía
pública para realizar publicidades sobre el emprendimiento o negocio.
19. OTROS IMPUESTOS
Seguridad social: si decidís contratar empleados, deberás estimar entre un
30% y un 40% de cargas sociales, sobre el sueldo bruto del empleado
dependiendo del tipo de actividad.
Otros impuestos: También encontrarás otros impuestos más específicos y
para determinados hechos, actividades o bienes como el impuesto a los
sellos, el impuesto inmobiliario, el impuesto automotor, entre otros.