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UNIVERSIDAD FERMIN TORO
ESCUELA DE DERECHO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS
KARLES RAMOS
POLITRAUMATISMO
Definición: Asociación de múltiples lesiones
traumáticas producidas por un mismo
accidente y que suponen, aunque solo sea
una de ellas, riesgo vital para el paciente.
La OMS la define como
lesión Corporal a nivel
orgánico, intencional o
no intencional, resultante
de una exposición aguda
inflingida a cantidades
de energía que
sobrepasan el umbral de
tolerancia fisiológica.
De aquí se desprende
que una persona con
traumatismo severo o
politraumatismo padece
una lesión traumática
que pone en riesgo la
vida con deterioro
hemodinámico,
respiratorio y/o
neurológico.
Cuadro clínico
Si bien los signos y
síntomas estarán
determinados por el/los
sistema/s
comprometido/s y por la
severidad del
compromiso, un
denominador común lo
constituyen los
derivados de la injuria
directa o indirecta de la
vía aérea y la
ventilación.
Estudios a solicitar
Obligatorios:
- Análisis de sangre para
determinar: gases en sangre
arterial, citológico, nivel de
hemoglobina, glucemia,
ionograma, uremia,
creatininemia, coagulograma,
grupo sanguíneo y factor Rh.
- Rx de columna cervical
(perfil), tan pronto como se
hayan identificado y controlado
los problemas, para detectar
lesiones vertebrales de riesgo.
- Rx de Tórax (AP).
- Rx de pelvis (AP).
ENFERMEDADES Y
LESIONES LABORALES
Enfermedad laboral:
Es todo estado patológico
permanente o temporal que
sobrevenga como consecuencia
obligada y directa de la clase de
trabajo que desempeña el
trabajador, en el medio en que
se ha visto obligado a trabajar, y
que ha sido determinada como
tal por el Gobierno Nacional.
Factores de riesgos: Se entiende
bajo esta denominación la
existencia de elementos,
fenómenos, ambiente y acciones
humanas que encierran una
capacidad potencial de producir
lesiones o daños materiales, y
cuya probabilidad de ocurrencia
depende de la eliminación y/o
control del elemento agresivo.
A partir de la reforma de la Lopcymat en el
año 2005, la develación del problema de los
accidentes de trabajo como un problema de
salud pública, que se demuestra a través de la
disminución del sub-registro existente que
pasó de registrar 8.308 accidentes en el 2005
a 34.200
en el 2006 y 40.583 registrados hasta
noviembre 2007, y de las políticas que viene
adelantando el
Inpsasel en materia de seguridad y salud en el
trabajo; surge la necesidad creciente de
obtener la
mayor y mejor información posible para la
caracterización de los accidentes de trabajo
en función
de desarrollar acciones de intervención para
su prevención e implementar políticas de
Estado para
enfrentar el problema, cuya solución está
directamente relacionada con la mejora de las
condiciones de trabajo que permitan controlar
los procesos peligrosos y condiciones
TIPO DE ACCIDENTE: Es el suceso que tuvo como consecuencia la lesión, describe el modo
en que la víctima ha resultado lesionada.
PARTE DEL CUERPO LESIONADA: Indica la parte del cuerpo que resultó lesionada como
Consecuencia del accidente. Se selecciona como los códigos anteriores.
Serán igualmente accidentes de trabajo:
1. Interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a agentes físicos,
mecánicos,
químicos, biológicos, psicosociales, condiciones meteorológicas sobrevenidos en las mismas
circunstancias.
2. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga,
cuando tengan relación con el trabajo.
3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su
centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido
necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al trabajador o la
trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el recorrido.
4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de
cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o volver del lugar
donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los requisitos
de concordancia cronológica y topográfica exigidos en el numeral anterior.
REPORTE DE ENFERMEDADES
OCUPACIONELES
La declaración de enfermedad ocupacional es
responsabilidad del empleador o empleadora,
quien deberá realizarla dentro de las primeras
24 horas siguientes al diagnóstico de la
patología de presunto origen ocupacional,
según la Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo
(Lopcymat), y la Norma Técnica para la
Declaración de Enfermedad Ocupacional (NT-
02-2008).
La Lopcymat, específicamente en su artículo
70, define como enfermedad ocupacional,
laboral, de trabajo o profesional, como "…los
estados patológicos contraídos o agravados
con ocasión del trabajo o exposición al medio
en el que el trabajador o la trabajadora se
encuentra obligado a trabajar, tales como los
imputables a la acción de agentes físicos y
mecánicos, condiciones disergonómicas,
meteorológicas, agentes químicos, biológicos,
factores psicosociales y emocionales, que se
manifiesten por una lesión orgánica, trastornos
BIBLIOGRAFIA
 https://primerosauxiliosucv.wordpress.com/2013/04/2
0/politraumatismo/

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Politraumatismos y accidentes laborales

  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO ESCUELA DE DERECHO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS KARLES RAMOS
  • 2. POLITRAUMATISMO Definición: Asociación de múltiples lesiones traumáticas producidas por un mismo accidente y que suponen, aunque solo sea una de ellas, riesgo vital para el paciente. La OMS la define como lesión Corporal a nivel orgánico, intencional o no intencional, resultante de una exposición aguda inflingida a cantidades de energía que sobrepasan el umbral de tolerancia fisiológica. De aquí se desprende que una persona con traumatismo severo o politraumatismo padece una lesión traumática que pone en riesgo la vida con deterioro hemodinámico, respiratorio y/o neurológico.
  • 3.
  • 4. Cuadro clínico Si bien los signos y síntomas estarán determinados por el/los sistema/s comprometido/s y por la severidad del compromiso, un denominador común lo constituyen los derivados de la injuria directa o indirecta de la vía aérea y la ventilación. Estudios a solicitar Obligatorios: - Análisis de sangre para determinar: gases en sangre arterial, citológico, nivel de hemoglobina, glucemia, ionograma, uremia, creatininemia, coagulograma, grupo sanguíneo y factor Rh. - Rx de columna cervical (perfil), tan pronto como se hayan identificado y controlado los problemas, para detectar lesiones vertebrales de riesgo. - Rx de Tórax (AP). - Rx de pelvis (AP).
  • 6. Enfermedad laboral: Es todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador, en el medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que ha sido determinada como tal por el Gobierno Nacional. Factores de riesgos: Se entiende bajo esta denominación la existencia de elementos, fenómenos, ambiente y acciones humanas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales, y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación y/o control del elemento agresivo.
  • 7. A partir de la reforma de la Lopcymat en el año 2005, la develación del problema de los accidentes de trabajo como un problema de salud pública, que se demuestra a través de la disminución del sub-registro existente que pasó de registrar 8.308 accidentes en el 2005 a 34.200 en el 2006 y 40.583 registrados hasta noviembre 2007, y de las políticas que viene adelantando el Inpsasel en materia de seguridad y salud en el trabajo; surge la necesidad creciente de obtener la mayor y mejor información posible para la caracterización de los accidentes de trabajo en función de desarrollar acciones de intervención para su prevención e implementar políticas de Estado para enfrentar el problema, cuya solución está directamente relacionada con la mejora de las condiciones de trabajo que permitan controlar los procesos peligrosos y condiciones
  • 8. TIPO DE ACCIDENTE: Es el suceso que tuvo como consecuencia la lesión, describe el modo en que la víctima ha resultado lesionada. PARTE DEL CUERPO LESIONADA: Indica la parte del cuerpo que resultó lesionada como Consecuencia del accidente. Se selecciona como los códigos anteriores. Serán igualmente accidentes de trabajo: 1. Interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales, condiciones meteorológicas sobrevenidos en las mismas circunstancias. 2. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo. 3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al trabajador o la trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el recorrido. 4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los requisitos de concordancia cronológica y topográfica exigidos en el numeral anterior.
  • 9. REPORTE DE ENFERMEDADES OCUPACIONELES La declaración de enfermedad ocupacional es responsabilidad del empleador o empleadora, quien deberá realizarla dentro de las primeras 24 horas siguientes al diagnóstico de la patología de presunto origen ocupacional, según la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), y la Norma Técnica para la Declaración de Enfermedad Ocupacional (NT- 02-2008). La Lopcymat, específicamente en su artículo 70, define como enfermedad ocupacional, laboral, de trabajo o profesional, como "…los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos