1. Resoluciones 0631 y 2659 de 2015
y Resolución 1207 de 2014
Gestión de Aguas Residuales y del Uso de
Aguas Residuales Tratadas.
Bogotá D.C., Mayo de 2017
4. Antecedentes de Gestión
Decreto 1594
de 1984
Ley 09 de
1979
Código
Sanitario
Decreto
3930 de
2010
Decreto-Ley
2811 de 1974
Código RN
1974 1979 1984 2010 2015
Resolucion
1207 de
2014
Resolución
0631 de
2015
Resolución
2659 de
2015
Establece los
procedimientos
y las medidas
para llevar a
cabo la
regulación y
control de los
vertimientos.
Fija el marco
regulatorio
para el manejo
de los las aguas
en cualquiera
de sus estados.
Define los
límites
permisibles
para el
vertimiento o
descarga de
residuos
líquidos a un
cuerpo de agua
o alcantarillado
Sanitario.
Define las
disposiciones
en cuanto a
usos del agua y
residuos
líquidos.
5. Antecedentes de Gestión
Decreto 3930
de 2010
PND 2006-2010
Lineamientos de
Política de Recurso
Hídrico.
Evaluación de país: cantidad de
oxígeno tendiente a 0, condiciones
anaerobias en las fuentes de agua,
problemas de olores, problemas de
sedimentación…
6. Antecedentes
El Decreto 3930 de 2010 deroga el Decreto 1594 de 1984 excepto
art 20 y 21 y fija un régimen de transición legal que deja vigente
transitoriamente (artículo 76):
• Artículos 37 a 48: En los cuales se esbozan los criterios de
calidad para destinación del recurso;
• Artículos 72 a 79: En los que se establecen las normas de
vertimientos;
• Artículos 155, 156, 158, 160, 161: En los cuales se regula todo el
tema de los métodos de análisis y de la toma de muestras
ARTÍCULO DEROGADO por la
Resolución 0631 de 2015.
VERTIMIENTOS A CUERPOS DE AGUA
SUPERFICIALES Y AL ALCANTARILLADO
A partir del
01/01/2016
9. Antecedentes
DECRETO 1594 DE 1984 RESOLUCIÓN 0631 DE 2015
Usuarios nuevos, existentes No distingue entre Usuarios
Temperatura ≤40 °C
Temperatura <40 °C,
Diferencia temperatura ≤ 5°C cuerpo de agua
receptor
pH 5 a 9 unidades pH 6 a 9 unidades: Cuerpos de Agua
pH 5 a 9 unidades: Alcantarillado
Remoción en carga (% de remoción):
Aceites y Grasas, SST, DBO5
Concentración final (mg/L)
6 parámetros cuerpos de agua
7 parámetros al alcantarillado
22 sustancias de interés sanitario.
56 parámetros: fisicoquímicos, metales y
metaloides, iones, compuestos de nitrógeno
y fósforo, hidrocarburos,
Plaguicidas: Categoría Toxicológica
Microbiológicos: Excretas.
Aguas Residuales Domésticas
Aguas Residuales Industriales
Aguas Residuales Domésticas
Aguas Residuales no Domésticas
10. Estructura Conceptual
8 sectores que representan 73 actividades:
Generadores de ARD, Agroindustria, Ganadería, Minería,
Hidrocarburos, Elaboración de productos alimenticios y bebidas,
Fabricación y manufactura de bienes, Actividades asociadas con
servicios, otras actividades
ESTRUCTURA DE LA NORMA
Especificidad de las actividades objeto de regulación a través de
un anexo descriptivo a la Resolución.
Se definieron 56 parámetros y valores según las características
de las actividades productivas
Para las actividades diferentes a las contempladas
explícitamente se definió una categoría: Otros
11. Estructura Conceptual
Vertimientos con Sustancias radiactivas o radioisótopos.
Resolución 18 0005 de 2010 del Ministerio de Minas y Energía
Zona de mezcla térmica. diferencia de los valores de temperatura en la
zona de mezcla térmica de menor o igual a 5,00 °C, a una distancia
máxima de (100,0 m)
Particularidades para el sector de generación de energía eléctrica
Microbiológicos análisis y reporte de (NMP/100mL) de los Coliformes
Termotolerantes presentes en (ARD y ARnD) cuando se gestionen
excretas humanas y/o de animales a cuerpos de aguas superficiales,
cuando la carga másica en las aguas residuales antes del sistema de
tratamiento es mayor a 125,00 Kg/día de DBO5.
12. Estructura Conceptual
Parámetros de análisis y reporte.
Línea base de país: AOX, BTEX, HAP, SAAM, Acidez Total, Alcalinidad Total,
Dureza Cálcica y Total, Color Real, compuestos de fósforo y nitrógeno,
algunos iones metales y metaloides.
Reporte anual.
Los permisos de vertimientos pueden exigir una mayor frecuencia.
Exclusión de parámetros
Exclusión de parámetro(s), previa justificación técnica que estos no se
generan en sus aguas residuales. (caracterizaciones, mediante balances de
materia o de masa, hojas técnicas de las materias primas e insumos
empleados en el proceso).
Proceso estadístico para demostrar que el vertimiento no presenta el
parámetro.
13. Estructura Conceptual
ARD establecimientos industriales,
comerciales o de servicios.
Prestadores del servicio público de
Alcantarillado.
ARD
Carga ≤ 625,00 Kg/díaDBO5
625,00 ≤ Carga ≤ 3.000,00
Kg/día DBO5
Carga ≥ 3.000,00 Kg/día DBO5
ARD soluciones individuales
de saneamiento. Viviendas
unifamiliares y bifamiliares.
1
2
3
4
AGUAS RESIDUALES DOMÉSTICAS
14. Estructura Conceptual
PARÁMETROS ALCANTARILLADO PÚBLICO
pH 5.0 a 9.0
DQO, DBO5, SST, SSED, GYA. X 1,5 CUERPOS DE AGUA SUPERFICIAL
Compuestos de nitrógeno y de fósforo X 1,5 CUERPOS DE AGUA SUPERFICIAL
Fenoles y Compuestos Semivolátiles
Fenólicos
= CUERPOS DE AGUA SUPERFICIAL
Sustancias Activas al azul de metileno
(SAAM)
= CUERPOS DE AGUA SUPERFICIAL
Metales y Metaloides = CUERPOS DE AGUA SUPERFICIAL
Iones = CUERPOS DE AGUA SUPERFICIAL
Hidrocarburos = CUERPOS DE AGUA SUPERFICIAL
Agroquímicos = CUERPOS DE AGUA SUPERFICIAL
Plaguicidas = CUERPOS DE AGUA SUPERFICIAL
15. Captación y descarga en el mismo cuerpo de agua.
Metales y metaloides
Elementos, sustancias o
parámetros considerados
para la Tasa Retributiva:
SST y DBO5
Sustracción del valor de la carga de las
cantidades másicas (Kg)
CM 1
CM 2
CM 3 = CM2-CM1
Caracterizaciones el mismo
período de tiempo calendario.
CM 3 se compara con el Límite
máximo permisible
16. COMPONENTE OPERATIVO
APLICACIÓN:
SECTORES PRODUCTIVOS
CIUDADANÍA EN GENERAL
PRESTADORES DEL SERVICIO PÚBLICO DE ALCANTARILLADO
CONTROL Y SEGUIMIENTO:
AUTORIDADES AMBIENTALES
IMPLICACIONES
• Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos – PSMV. 6 meses. PUBLICACION.
• Metas de Descontaminación y Objetivos de Calidad. 2 años PUBLICACIÓN.
• Tasa Retributiva y Tasa Por Uso del Agua.
• Concesiones de Agua – Balance de Agua cobro ALCANTARILLADO.
17. Aspectos importantes:
• El permiso de vertimientos exige el balance de agua.
• Caracterizacion PRESUNTIVA y se valida.
• Se requiere PdeV al alcantarillado para ARnD.
• EAV no aplica para PdeV Alcantarillado.
• Nuevo marco tarifario ASEO y Alcantarillado.
• Res. CRA 720 de 2015 y 688 de 2014.
• Categoría OTROS:
• Lavaderos Autos.
• Lavanderías.
• Piscícolas de estanques.
• ARD ARnD. Por lo tanto Sector u OTROS.
COMPONENTE OPERATIVO
18. Aspectos importantes:
• EDS – Requieren PdeV / Requisito SICOM (Minminas)
• Primero la peligrosidad y luego el vertimiento.
• Punto de Cargue de HC, Derivados y Sustancias Nocivas.
• Resolución MADS 1401 de 2012. PGRMV
• Plan de Contingencias y Emergencias – PC&E.
• Requisito tenerlo APROBADO.
• Plan de Gestión de Riesgo en Manejo de Hidrocarburos –
PGRMH.
• Resolución 1514 de 2012. Términos de referencia.
COMPONENTE OPERATIVO
20. Decreto - Ley 2811 de 1974. Código de Recursos Naturales.
El derecho de usar los recursos naturales renovables puede ser adquirido por
ministerio de la ley, permiso, concesión y asociación.
Decreto 1541 de 1978.
Califica las aguas utilizadas, servidas o negras, como AGUAS DE DOMINIO
PÚBLICO.
El aprovechamiento de estas aguas requiere de CONCESIÓN.
Ley 373 de 1997.
Establece el reuso obligatorio de las aguas de origen superficial, subterráneo o
lluvias utilizadas en actividades que generen afluentes líquidos, previo a un
análisis técnico, socio-económico y de las normas de calidad ambiental.
Decreto 3930 de 2010.
Define el Reúso y lo promueve el reúso de aguas residuales a través de los planes
de reconversión a tecnologías limpias en gestión de vertimientos – PRTLGV y lo
incluye en la gradualidad para cumplimiento.
MARCO NORMATIVO
21.
22. AGRÍCOLA
Cultivos
Pastos y Forrajes Consumo Animal
No alimenticios para humanos o animales
Fibras celulósicas y derivados
Obtención de biocombustibles y lubricantes
Forestales de madera, fibras y otros
Alimenticios que no son de consumo directo para humanos o
animales que han sido sometidos a procesos Fisicoquímicos
Ornato y
MMTO de
áreas verdes
Áreas verdes en parques y campos deportivos
Ornato y MMTO.
Jardines en áreas no domiciliarias
Autoridades de SALUD y AGRICULTURA
IMPLEMENTACIÓN DE LA
NORMATIVA: USOS
25. GRADUALIDAD E IMPLEMENTACIÓN
SI NO SE CUENTA CON PERMISO DE VERTIMIENTOS AL 31.12.2015:
CUMPLIMIENTO DESDE EL 01.01.2016
SI INICIÓ TRÁMITE COMPLETO PARA PDEV AL ALCANTARILLADO AL 31.12.2015:
CUMPLIMIENTO 01.05.2016
26. Firma
17 marzo 2015
Publicación
18 abril 2015
Entrada en vigencia
01 enero 2016
1 año para presentar el PRTL
2 años. Permiso de vertimiento y cumplen + 3 años PRTL
1,5 años. Permiso de vertimiento y no cumplen + 2
años PRTL
GRADUALIDAD E IMPLEMENTACIÓN
27. RECOMENDACIONES A LOS SECTORES
APLICACIÓN DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS. (Elementos, equipos o maquinaria)
Para el control o el seguimiento, reducción de la contaminación
EXENCIÓN DE IVA (previa solicitud al ANLA, 2 años)
REDUCCIÓN RENTA (inversión voluntaria)
Ley 223 de 1995 Estatuto Tributario – Ley 1819 de 2016 de Reforma Tributaria.
A considerar en su proceso de mejoramiento:
29. Buscamos una norma con criterios
AMBIENTALES, con impactos verificables
en la calidad de los cuerpos de agua del
país y con posibilidades reales de
CUMPLIMIENTO por parte de la población
objetivo.
CONCLUSIÓN
31. CONTACTO
Luz Hicela Mosquera Mosquera
Directora de Gestión Integral de Recurso Hídrico.
lhmosquera@minambiente.gov.co
3323400 EXT 1245
Carlos Arturo Álvarez Monsalve
Asesor de la Dirección de Gestión Integral de Recurso Hídrico.
caalvarez@minambiente.gov.co
3323400 EXT 1603
Nelson Mauricio Anillo Rincón
Profesional de la Dirección de Gestión Integral de Recurso Hídrico.
nanillo@minambiente.gov.co
3323400 EXT 1187
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Resolución 0631 de 2015 vertimientos puntuales al alcantarillado y los cuerpos de aguas superficiales.
PND establece la necesidad de dar un ordenamiento integral al recurso Hídrico del país y actualizar instrumentos normativos ya que la los cuerpos de agua tienden a condiciones de mala calidad , por lo tanto en el año 2010 se expide la Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico y paralelamente se expide el Decreto 3930 de 2010.
Lo mencionado anteriormente referente a los artículos derogados y vigentes.
Principales diferencias entre el decreto 1594 de 1984 contra la Resolución 0631 de 2015.
Mayor regulación o exigencia en el parámetro de temperatura, se adiciona el termino de zona de mezcla térmica con el fin de preservar los recursos hidrobiológicos de los cuerpos de agua.
Debido a la situación presente en el país, ( la mitad de la población colombiana consume agua potable), se requiere establecer una linea base en lo relacionado a los valores microbiológicos, por lo tanto se establece como análisis y reporte este parámetro .
El articulo 17 de la Resolucion da la posibilidad al generador de vertimientos excluir parámetros, previo soporte técnico debidamente sustentado. Para ello el generador de vertimiento tiene que analizar desde su proceso productivo pasando por materias primas e insumos.
Debido a que la normativa anterior solo requería unos cuantos parámetros, existe poca información referente a los parámetros en la diapositiva por lo tanto se requiere una línea base de país para en el futuro regular estos parámetros.
Se establece el cumplimiento de limites para vertimientos de ARD para viviendas o complejos residenciales que descarguen a cuerpo de agua y los que se encuentren en la diapositiva respecto a la carga contamninante.
Los parámetros solicitados para cuerpos de agua superficial, son los mismos para alcantarillado, no obstante los parámetros solicitados en el Decreto 1594 de 1984, para la nueva resolución 0631 de 2015 establece un grado de exigencia mayor partiendo del cumplimiento del 80% de remoción que se exigía, por eso se multiplica por 1.5.
La Sustracion de las carga másica (Kg) es para sustancias conservativas “No reaccionan” y SST y DBO. Articulo 3 de la norma. Para ello se utilizan balances de masa y caracterización de la captación y el vertimiento.