El documento discute la política de competencia en México y la concentración en la industria de medios de comunicación. La Ley Federal de Competencia Económica de 1993 creó la Comisión Federal de Competencia para prevenir prácticas anticompetitivas y proteger el proceso de competencia. Sin embargo, no existen instancias reguladoras de concentración en otros medios como la televisión y periódicos. El documento analiza índices como el HHI y el índice de Noam para medir la concentración, encontrando que México tiene los
Concentración y competencia económica en los medios de comunicación
1. Concentración y competencia en los
medios de comunicación en México
Juan Enrique Huerta Wong
Jaqueline Casanova Mellado
2. La CFC en México
• La política de competencia económica en México se inició
en junio de 1993 al entrar en vigor la Ley Federal de
Competencia Económica (LFCE).
• Esta Ley, reglamentaria del artículo 28 constitucional en
materia de competencia económica y monopolios, propone
proteger el proceso de competencia y libre concurrencia. La
LFCE creó a la Comisión Federal de Competencia (Comisión
o CFC) como el órgano regulador autónomo.
• La implementación de esta política propuso responder al
principio de que el funcionamiento eficiente del libre
mercado requiere de la aplicación de reglas claras que
eviten prácticas anticompetitivas y abusos de poder de
mercado.
3. La política de competencia
• La política protege a la competencia, no a los
actores de la misma.
• Más específicamente, la CFC tiene como
misión proteger el proceso de competencia y
libre concurrencia al prevenir y eliminar
prácticas monopólicas y restricciones al
funcionamiento eficiente de los mercados.
4. Prácticas monopólicas
• Absolutas
– Son aquellos contratos, convenios, arreglos o
combinaciones entre agentes económicos
competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea
cualquiera de los siguientes: Fijar precios; Fijar oferta;
Dividir mercados; Coordinar posturas en licitaciones.
• Relativas
– En el caso de las prácticas relativas, se considera que
sólo habrá daño a la competencia cuando un agente
económico que tenga poder sustancial en un mercado
relevante lleve a cabo actos, contratos, convenios,
procedimientos o combinaciones.
5. Poder de mercado
• Mientras más alternativas de consumo existan
para un comprador, menos poder de mercado
tendrá una empresa que ofrece un producto o
servicio determinado.
• El poder de mercado se puede manifestar de
diversas formas tales como precios altos, oferta
reducida, pocas opciones y baja calidad, o escasa
innovación tecnológica.
• La CFC no considera que tener poder de mercado
(poder sustancial) sea una conducta
anticompetitiva en sí misma.
6. Instancias reguladoras en México
• Cofetel
– Que todos los mexicanos tengan acceso a servicios
integrales de telecomunicaciones, prestados en un
ambiente de sana competencia y donde prevalezcan
condiciones propicias para el desarrollo de mayor
infraestructura, la eficiente prestación de los servicios
y la introducción de nuevas tecnologías.
• No hay instancias reguladoras de la concentración
y competencia en otros ámbitos de los medios de
comunicación
7. Una epifanía: la diversidad
• Democracia y liberalización
• El grado de compromiso con el interés público, se puede
operacionalizar como diversidad, o “la variabilidad massmediática
(fuentes, canales, mensajes y audiencias) de acuerdo con las
diferencias relevantes en la sociedad (políticas, geográficas,
socioculturales, económicas…)” (McQuail, 1998, p. 221).
• El objetivo central de la diversidad es “que los receptores de
emisiones tengan derecho a recibir un acceso adecuado para sus
ideas y experiencias sociales, políticas, estéticas, morales y de otro
tipo” (McQuail, 1998, pp. 214-215). Es un medio y un fin en sí
mismo. “En una sociedad pluralista, todos los grupos deben tener
los mismos derechos, si no el mismo status” (p. 216).
• Existen tres principios de diversidad, como acceso, como oferta y
como oportunidad.
• A través de la industria, la oferta y el consumo (Lozano 2007)
8. Y en la práctica
• La Comisión Federal de Comunicaciones usó en 2002
una medición bien conocida en el análisis de la
estructura de los mercados, identificada como el índice
Herfindahl-Hirschmann.
• La Federación de consumidores de Norteamérica,
particularmente el reporte Cooper (2003), deshizo el
índice por sus notables sesgos. La Corte determinó el
sesgo y el índice ya no se usa. Ahora se regula “al
chile”, como en México.
• Pero el índice Herfindahl-Hirschmann ha funcionado en
otros contextos, así como otros índices de estructura
de mercados.
9. Mediciones de concentración
• Proporción C4
– La proporción C4, o C4 ratio, agrega el porcentaje de share del
mercado de las cuatro compañías más grandes de una industria. La
fórmula es:
– En la que Si = el share de mercado de una industria determinada j, en la que
las firmas son ordenadas por tamaño de mercado
• HHI
– Este índice es igual a la suma de los cuadrados de los share de marcado de todos los participantes de
mercado. El HHI tiene un rango de 0 (el share de cada firma es infinitivamente pequeño) a 10, 000,
donde una sola firma tiene el monopolio del 100%.
– La fórmula para el índice es:
En la que f = número de firmas que participan en la industria
Si = cada share de mercado de cada firma
i = firma en una industria proporcionada
– Para el departamento anti monopolios de los Estados Unidos, menor a 1000 significa un mercado
desconcentrado, de 1000 a 8000 es moderadamente concentrado, mayor a 8000 es altamente
concentrado
10. Índice de concentración de la
propiedad de los medios (Noam index)
• El índice toma en cuenta el número de voces disponible. El poder de mercado por
sí solo no refleja la diversidad de los medios. La disponibilidad de alternativas, aun
si son pequeñas, permite puntos de vista diferentes. Un mercado de medios que
consiste de cuatro firmas mayores y cuatro firmas menores es más diverso que
uno que sólo tiene cuatro firmas grandes (majors), aun si los índices de poder
mercado serían virtualmente idénticos.
• Lo anterior puede ser definido por la ecuación
• En la que n = número de firmas participando en la industria
• Si = cada share de mercado de cada firma
• i = firma en una industria proporcionada
•
• Nota: las definiciones de mercado y los índices nunca son perfectos, y lo más útil es usar una
misma medición consistemente sobre el tiempo y entre países. “Si el termómetro baja es que
hace frío, lo mismo si la escala es en Celsius, Fahrenheit o Reaumur.
11. Unidad de medición
• La parte más importante de esta línea de investigación
• Cada parte de la industria debe ser comparada
solamente con sus pares (tv con tv, periódicos con
periódicos, etc)
– Un medio no puede ser visto como unidad
– Una compañía no puede ser vista como unidad
– A cuántas personas llega cada producto comunicativo sí
puede ser visto como unidad
– La mejor unidad de análisis es el dinero que entra a cada
compañía
• Reportes de las compañías públicas: bolsa de valores, reportes a
accionistas, etc.
20. Discusión
• México cuenta con los índices de
concentración más elevados de entre los
países del grupo de Noam
• ¿Es el poder de mercado una práctica
monopólica en cuanto tal?
• ¿La CFC puede ampliar sus facultades?
• Necesitamos un nuevo organismo, una nueva
definición de competencia
• Sin competencia no hay proyecto de país