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Seguridad e Higiene
Condiciones seguras en el
mantenimiento de las unidades
MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga
Condiciones seguras en el
mantenimiento de las unidades
Conocer los conceptos básicos de la Seguridad y la salud en el trabajo
es de vital importancia en la prevención de riesgos de trabajo.
conceptos básicos de seguridad e higiene en el transporte:
- Seguridad, - Higiene, – Riesgo, - Riesgo ocupacional
- Peligro, - Daño, - Accidente, - Enfermedades profesionales
- Condiciones inseguras, - Actos Inseguros.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
2
Higiene.-
Es el conjunto de medidas técnicas, educacionales,
médicas y psicológicas empleados para prevenir
accidentes, tendientes a eliminar las condiciones
inseguras del ambiente y a instruir o convencer a
las personas acerca de la necesidad de
implementación de prácticas preventivas.
Seguridad.-
Se conoce como higiene al conjunto de normas y
procedimientos tendientes a la protección de la
integridad física y mental del trabajador, preservándolo
de los riesgos de salud inherentes a las tareas del
cargo y al ambiente físico donde se ejecutan.
a. Conceptos básicos de seguridad
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
3
Accidentes y enfermedades a que están
expuestos los trabajadores en ejercicio o con
motivo de la actividad que desempeñan.
Conjunto de acciones que permiten localizar y
evaluar los riesgos, y establecer las medidas
para prevenir los accidentes de trabajo.
Riesgo de trabajo.-
Seguridad en el trabajo.-
ART. 473. - RIESGOS DE TRABAJO, son los
accidentes y enfermedades a que están expuestos
los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
4
RIESGO
La posibilidad
de pérdida y el
grado de
probabilidad de
estas pérdidas
Riesgos puros
Llevan a
ganancias o
pérdidas
Riesgos
especulativos
Únicamente a
pérdidas
“Son los accidentes y enfermedades a que están
expuestos los trabajadores en ejercicio o con
motivo del trabajo”
Art 473, Ley federal del trabajo
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
5
Peligro clase
c
Una condición o práctica capaz de causar lesiones
menores no incapacitantes, enfermedad leve,
daño menor a la propiedad.
Cualquier condición de la
que se pueda esperar con certeza
que cause lesiones o daños a la
propiedad y/o al medio ambiente.
Se clasifican de
la siguiente manera:
Peligro clase
a
Peligro clase
b
Condición o práctica capaz de causar incapacidad
permanente, pérdida de la vida o de alguna parte del
cuerpo y/o pérdida considerable de estructuras, equipos
o materiales.
Condición o práctica capaz de causar lesión o
enfermedad grave, dando como resultado incapacidad
temporal o daño a la propiedad de tipo destructivo, pero
no muy extenso.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
6
Es un suceso no deseado, que da como resultado lesiones a las
personas, daño a la propiedad o pérdida para el proceso. Es
consecuencia del contacto con una sustancia, objeto o
exposición en su medio, por arriba de la capacidad límite del
cuerpo de la persona o estructura.
Evento no deseado que da lugar a
pérdidas de la vida o lesiones, daños a
la propiedad o al medio ambiente de
trabajo.
Accidente.- NMX-SAST-001-IMNC-2000
Accidente.- Ley Federal del trabajo
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
7
• Suspensión no programada dentro de un proceso
ACCIDENTE
• Sucede de acuerdo al tiempo de exposición ya que
puede ser una enfermedad repentina o crónica
ENFERMEDAD
• Daño repentino
LESIÓN
• Alteración en la salud de un trabajador originada por el
manejo o exposición a agentes químicos, biológicos o
lesiones físicas presentes en su lugar de trabajo
ENFERMEDAD OCUPACIONAL
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
8
LOS TIPOS DE ACCIDENTES MAS FRECUENTES SON:
• Golpeado por o contra.
• Atrapado por o entre.
• Caída en el mismo nivel.
• Caída a diferente nivel.
• Al resbalar o por sobre esfuerzo.
• Exposición o contacto con temperaturas extremas.
• Contacto con corriente eléctrica.
• Contacto con sustancias nocivas, tóxicas, cáusticas o de
otra naturaleza.
• Asfixia por inmersión (ahogados).
• Mordedura o picadura de animales.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
9
Es un acontecimiento no deseado, que bajo circunstancias
ligeramente diferentes, podría haber resultado en lesiones a
las personas, daño a la propiedad o pérdida para el proceso.
Evento que puede dar como resultado un accidente o tiene el
potencial para ocasionarlo.
Incidente.- NMX-SAST-001-IMNC-2000
Incidente.- Ley Federal del trabajo
Incidente
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
10
Es un acontecimiento no
deseado que bajo
circunstancias ligeramente
diferentes hubiese dado
por resultado una lesión o
un daño a la propiedad
Es un acontecimiento no
deseado que tiene por
resultado una lesión,
enfermedad ocupacional a
una persona o un daño a
la propiedad
INCIDENTE (CASI ACCIDENTE) ACCIDENTE
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
11
Todo estado patológico derivado de la acción
continua de una causa que tenga su origen o
motivo en el trabajo o en el medio en el que el
trabajador se vea obligado a prestar sus
servicios.
Enfermedad de trabajo.-
Lesión.-
Es la perdida de la integridad física y/o mental del individuo.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
12
Las vías más comunes por donde entran al cuerpo los agentes químicos y
biológicos, son:
1. La vía respiratoria:
A ésta corresponde la mayoría de las enfermedades causadas por este tipo de
agentes, lo que resulta fácil de comprender si consideramos que los mismos se
mezclan con el aire que respiramos y que al realizar un esfuerzo, como es el trabajo,
la función respiratoria aumenta.
2. La vía cutánea (piel):
Es frecuente por las sustancias irritantes, solventes, etc., que provocan daños a la
piel y que por otra parte, facilitan la entrada de otros agentes.
3. Por ingestión:
Las enfermedades que se producen por esta vía se deben básicamente a la falta de
conocimientos y de hábitos de higiene. Es importante que los trabajadores sepan que
no deben comer en los sitios de trabajo, a excepción de los lugares autorizados para
ello, y también que es necesario lavarse las manos antes de tomar alimentos y
después de ir al baño.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
13
Es la disminución de las facultades o aptitudes de una
persona para trabajar.
Es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona
que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo
por el resto de su vida.
Incapacidad permanente parcial.-
Incapacidad permanente total.-
Incapacidad temporal.-
Incapacidad temporal es la pérdida de facultades o
aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una
persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
14
Conjunto de normas y procedimientos tendientes a la protección de la
integridad física y mental del trabajador, preservándolo de los riesgos de
salud inherentes a las tareas que realiza y al ambiente físico donde las
ejecuta.
Está relacionada con el diagnóstico y la prevención de enfermedades
ocupacionales a partir del estudio y control de dos variables: el hombre y
su ambiente de trabajo, es decir que posee un carácter eminentemente
preventivo, ya que se dirige a la salud y a la comodidad del empleado,
evitando que éste enferme o se ausente de manera provisional o
definitiva del trabajo.
Salud en el trabajo.-
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
15
Condiciones inseguras
Cualquier condición física del medio con una
alta probabilidad de provocar un accidente o
incidente; es el grado de inseguridad que
pueden tener los locales, la maquinaria, los
equipos y los puntos de operación.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
16
Las condiciones inseguras más
frecuentes son:
Estructuras o instalaciones de los edificios y
locales impropiamente diseñadas, construidas,
instaladas o deterioradas.
Falta de medidas de prevención y protección.
Para eliminar las condiciones inseguras se recurre
a sistemas de seguridad, resguardos de
maquinaria, normas de seguridad, protecciones
colectivas, señalización
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
17
Más frecuentes que los
trabajadores realizan en el
desempeño de sus labores
son:
ACTOS
INSEGUROS
• Llevar a cabo operaciones sin previo adiestramiento.
• Operar equipos sin autorización.
• Ejecutar el trabajo a velocidad no indicada.
• Bloquear o quitar dispositivos de seguridad.
• Limpiar, engrasar o reparar la maquinaria cuando se
encuentre en movimiento.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
18
Para actuar contra los actos inseguros se utilizan
técnicas tendientes a conseguir el cambio de
comportamiento de los trabajadores:
• Formación
• Adiestramiento
• Propaganda
• Disciplina
• Incentivos
En todo accidente
encontraremos
siempre estos dos
tipos de causas:
condiciones
inseguras y actos
inseguros
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
19
ACTOS INSEGUROS
Ejemplos:
 Situarse o transitar por lugares
peligrosos
 No utilizar los equipos de protección
personal
 Desobedecer reglas de seguridad
 Negligencia o apatía
 Operar vehículos o maquinaria a
velocidad excesiva
 Trabajar sin autorización
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
20
• Juego
• Confianza
• Complacencia
• Fatiga
• Alcohol
• Vicios
• Prisas
• Capacitación inadecuada ( al vapor)
• Predisposición ( actitud negativa)
• Frustración
• Exceso de confianza
Causas que Combinadas con Actos Inseguros
Pueden Ocasionar un Accidente
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
21
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
22
Marco legal de la seguridad e
higiene.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
23
24
CONSTITUCION POLITICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
LEY FEDERAL
DEL TRABAJO
REGLAMENTO FEDERAL
DE SEG E HIG. Y MEDIO
AMBIENTE DE TRABAJO
LEY GENERAL DEL
EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y
LA PROTECCIÓN AMBIENTAL
REGLAMENTO DE
RESIDUOS PELIGROSOS
LEY DE CAMINOS,
PUENTES Y
AUTOTRANSPORTE
FEDERAL
REGLAMENTO PARA
EL TRANSPORTE DE
MAT. Y RESID.
PELIGROSOS
Fundamentos legales de la seguridad y salud en el trabajo
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
Marco Normativo aplicable
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos
STPS NOM-017-STPS-1993
Equipo de Protección Personal
Algunos Requisitos legales
aplicables
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
25
Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y
Medio Ambiente de Trabajo.
Objeto
Este Reglamento es de orden público e interés social y es de observancia
general en todo el territorio nacional y establece las disposiciones en materia
de Seguridad y Salud en el Trabajo que deberán observarse en los Centros de
Trabajo, a efecto de: Contar con las condiciones que permitan prevenir
Riesgos y, de esta manera, garantizar a los trabajadores el derecho a
desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud, con
base en lo que señala la LFT.
Competencia y Vigilancia
La aplicación y vigilancia del Reglamento corresponde a la STPS quien se
auxiliará por las autoridades laborales de las Entidades Federativas y el D.F.,
cuando se trate de ramas o actividades de jurisdicción local.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
26
Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y
Medio Ambiente de Trabajo.
Normalización en Seguridad y Salud en el Trabajo
La STPS expedirá las Normas con el propósito de establecer disposiciones
en materia de Seguridad y Salud en el trabajo que eviten:
1.Riesgos que pongan en peligro la vida, integridad física o salud de los
trabajadores; y
2.Cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral, que afecten o
puedan afectar la seguridad o salud de los trabajadores o provocar daños a
las instalaciones, maquinaria, equipos y materiales del Centro de Trabajo.
La STPS podrá emitir Normas específicas para la Seguridad y Salud en el
Trabajo, en el caso de aquellas ramas o actividades económicas con
características particulares que ameriten un tratamiento diferenciado o que
tengan una mayor tasa de Accidentes de Trabajo, incapacidades o
defunciones.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
27
NOM-005-STPS-1998.
O B J E T I V O
Realizar con seguridad las operaciones cuando se descargan y manejan
combustibles o solventes, químicos o sustancias peligrosas, dando a conocer
su peligro, para prevenir conatos de incendio, incendios declarados o personas
accidentadas por quemaduras o intoxicaciones
A L C A N C E
Este Procedimiento es aplicable para el personal de compras, almacén,
embarques, pintores, mecánicos, operadores de montacargas, operadores de
traxcavo y a toda persona que descargue y maneje combustibles y solventes.
G E N E R A L I D A D E S
La mayoría de los combustibles son líquidos combustibles y deben ser
manejados en recipientes cerrados; sus vapores son inflamables y cuando se
mezclan con la cantidad conveniente de oxígeno, pueden ser explosivos; una
simple chispa es la que se necesita para encender los vapores y causar un
incendio
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
28
NOM-005-STPS-1998.
Manejo, Transporte y almacenamiento de sustancias inflamables o
combustibles
Del Almacenamiento: En las áreas del centro de trabajo donde se manejen,
transporten o almacenen estas sustancias, las paredes, pisos, techos,
instalaciones y cimentaciones deben ser de materiales resistentes al fuego.
Las áreas destinadas para este fin deben estar aisladas de cualquier fuente de
calor o ignición.
Del manejo: Se prohíbe el uso de herramientas, ropa, zapatos y objetos
personales que puedan generar chispa, flama abierta o temperaturas que
puedan provocar ignición.
El trasvase de sustancias inflamables o combustibles debe realizarse con la
ventilación o aislamiento del proceso suficiente para evitar la presencia de
atmósferas explosivas. Los recipientes fijos donde se almacenen estas
sustancias deben contar con dispositivos de relevo de presión y arrestador de
flama.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
29
NOM-005-STPS-1998.
Del transporte: Los sistemas de tuberías que conduzcan estas sustancias y que
estén expuestos a que el tránsito normal de trabajadores o equipo los pueda dañar,
deben contar con protección para evitar que sean dañados. Esta protección no debe
impedir la revisión y el mantenimiento de dichos sistemas de tuberías; Cuando el
transporte se realice en recipientes portátiles, estos deberán estar cerrados.
Es obligación del patrón el tener a la mano los manuales de seguridad y los de
procedimiento par el manejo de sustancias químicas, actualizar los procedimientos ya
que las sustancias químicas que están en constante movimiento, y elaborar un
programa de mantenimiento correctivo y preventivo indicando cada cuando se
elabora.
Los trabajadores expuestos deben saber a los riesgos a los que están expuestos, así
como conocer y hacerse los exámenes médicos periódicos.
Cumplir con las medidas de seguridad establecidas por patrón y respetar los
lineamientos así como conocer los manuales y participar en las brigadas de
emergencia.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
30
NOM-044-SEMARNAT-2006.
NORMA Oficial Mexicana NOM-044-SEMARNAT-2006, Que
establece los límites máximos permisibles de emisión de hidrocarburos
totales, hidrocarburos no metano, monóxido de carbono, óxidos de
nitrógeno, partículas y opacidad de humo provenientes del escape de
motores nuevos que usan diesel como combustible y que se utilizarán
para la propulsión de vehículos automotores nuevos con peso bruto
vehicular mayor de 3,857 kilogramos, así como para unidades nuevas
con peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos equipadas con este
tipo de motores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos
Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
31
Ley del Seguro Social
• La ley del seguro social se encarga de definir tus derechos y
obligaciones como derecho habiente.
• Por derecho habiente se entiende a aquella persona que esta
pagando su cuota mensual ante el seguro social. Además define el
trato y los servicios que el seguro social debe darle a los
trabajadores, porque realmente la ley del seguro social protege a
los trabajadores que son los que pagan ante el seguro social su
cuota para que ella le pueda dar el servicio medico que necesitan.
• Por otro lado también define los derechos y obligaciones que tiene
la institución seguro social para con los trabajadores y derecho
habientes.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
32
Políticas y Lineamientos de las empresas
de transporte.
• Lineamiento: Es un lineamiento es una tendencia, una dirección o
un rasgo característico de algo. Por ejemplo, un presidente puede tomar
una decisión y afirmar que respeta su “lineamiento político”, es decir, que
se encuentra en sintonía con su ideología o con su partido político.
• Políticas: son guías para orientar la acción, son criterios, lineamientos
generales a observar en la toma de decisiones sobre problemas que se
repiten una y otra vez dentro de una organización, en este caso dentro de
una empresa.
• En ocasiones se confunden políticas con reglas, siendo la diferencia que
las reglas y/o lineamientos son mandatos precisos que determinan la
disposición, actitud o comportamiento que deberá seguir o evitar en
situaciones especificas el personal de una empresa, de tal manera que si
las reglas son estrictas, las políticas son flexibles.
MCG. Elizabeth Echeverry
Saldarriaga
33
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Seguridad e Higiene para Transporte

  • 1. Seguridad e Higiene Condiciones seguras en el mantenimiento de las unidades MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga
  • 2. Condiciones seguras en el mantenimiento de las unidades Conocer los conceptos básicos de la Seguridad y la salud en el trabajo es de vital importancia en la prevención de riesgos de trabajo. conceptos básicos de seguridad e higiene en el transporte: - Seguridad, - Higiene, – Riesgo, - Riesgo ocupacional - Peligro, - Daño, - Accidente, - Enfermedades profesionales - Condiciones inseguras, - Actos Inseguros. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 2
  • 3. Higiene.- Es el conjunto de medidas técnicas, educacionales, médicas y psicológicas empleados para prevenir accidentes, tendientes a eliminar las condiciones inseguras del ambiente y a instruir o convencer a las personas acerca de la necesidad de implementación de prácticas preventivas. Seguridad.- Se conoce como higiene al conjunto de normas y procedimientos tendientes a la protección de la integridad física y mental del trabajador, preservándolo de los riesgos de salud inherentes a las tareas del cargo y al ambiente físico donde se ejecutan. a. Conceptos básicos de seguridad MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 3
  • 4. Accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de la actividad que desempeñan. Conjunto de acciones que permiten localizar y evaluar los riesgos, y establecer las medidas para prevenir los accidentes de trabajo. Riesgo de trabajo.- Seguridad en el trabajo.- ART. 473. - RIESGOS DE TRABAJO, son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 4
  • 5. RIESGO La posibilidad de pérdida y el grado de probabilidad de estas pérdidas Riesgos puros Llevan a ganancias o pérdidas Riesgos especulativos Únicamente a pérdidas “Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo” Art 473, Ley federal del trabajo MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 5
  • 6. Peligro clase c Una condición o práctica capaz de causar lesiones menores no incapacitantes, enfermedad leve, daño menor a la propiedad. Cualquier condición de la que se pueda esperar con certeza que cause lesiones o daños a la propiedad y/o al medio ambiente. Se clasifican de la siguiente manera: Peligro clase a Peligro clase b Condición o práctica capaz de causar incapacidad permanente, pérdida de la vida o de alguna parte del cuerpo y/o pérdida considerable de estructuras, equipos o materiales. Condición o práctica capaz de causar lesión o enfermedad grave, dando como resultado incapacidad temporal o daño a la propiedad de tipo destructivo, pero no muy extenso. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 6
  • 7. Es un suceso no deseado, que da como resultado lesiones a las personas, daño a la propiedad o pérdida para el proceso. Es consecuencia del contacto con una sustancia, objeto o exposición en su medio, por arriba de la capacidad límite del cuerpo de la persona o estructura. Evento no deseado que da lugar a pérdidas de la vida o lesiones, daños a la propiedad o al medio ambiente de trabajo. Accidente.- NMX-SAST-001-IMNC-2000 Accidente.- Ley Federal del trabajo MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 7
  • 8. • Suspensión no programada dentro de un proceso ACCIDENTE • Sucede de acuerdo al tiempo de exposición ya que puede ser una enfermedad repentina o crónica ENFERMEDAD • Daño repentino LESIÓN • Alteración en la salud de un trabajador originada por el manejo o exposición a agentes químicos, biológicos o lesiones físicas presentes en su lugar de trabajo ENFERMEDAD OCUPACIONAL MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 8
  • 9. LOS TIPOS DE ACCIDENTES MAS FRECUENTES SON: • Golpeado por o contra. • Atrapado por o entre. • Caída en el mismo nivel. • Caída a diferente nivel. • Al resbalar o por sobre esfuerzo. • Exposición o contacto con temperaturas extremas. • Contacto con corriente eléctrica. • Contacto con sustancias nocivas, tóxicas, cáusticas o de otra naturaleza. • Asfixia por inmersión (ahogados). • Mordedura o picadura de animales. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 9
  • 10. Es un acontecimiento no deseado, que bajo circunstancias ligeramente diferentes, podría haber resultado en lesiones a las personas, daño a la propiedad o pérdida para el proceso. Evento que puede dar como resultado un accidente o tiene el potencial para ocasionarlo. Incidente.- NMX-SAST-001-IMNC-2000 Incidente.- Ley Federal del trabajo Incidente MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 10
  • 11. Es un acontecimiento no deseado que bajo circunstancias ligeramente diferentes hubiese dado por resultado una lesión o un daño a la propiedad Es un acontecimiento no deseado que tiene por resultado una lesión, enfermedad ocupacional a una persona o un daño a la propiedad INCIDENTE (CASI ACCIDENTE) ACCIDENTE MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 11
  • 12. Todo estado patológico derivado de la acción continua de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en el que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Enfermedad de trabajo.- Lesión.- Es la perdida de la integridad física y/o mental del individuo. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 12
  • 13. Las vías más comunes por donde entran al cuerpo los agentes químicos y biológicos, son: 1. La vía respiratoria: A ésta corresponde la mayoría de las enfermedades causadas por este tipo de agentes, lo que resulta fácil de comprender si consideramos que los mismos se mezclan con el aire que respiramos y que al realizar un esfuerzo, como es el trabajo, la función respiratoria aumenta. 2. La vía cutánea (piel): Es frecuente por las sustancias irritantes, solventes, etc., que provocan daños a la piel y que por otra parte, facilitan la entrada de otros agentes. 3. Por ingestión: Las enfermedades que se producen por esta vía se deben básicamente a la falta de conocimientos y de hábitos de higiene. Es importante que los trabajadores sepan que no deben comer en los sitios de trabajo, a excepción de los lugares autorizados para ello, y también que es necesario lavarse las manos antes de tomar alimentos y después de ir al baño. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 13
  • 14. Es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar. Es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida. Incapacidad permanente parcial.- Incapacidad permanente total.- Incapacidad temporal.- Incapacidad temporal es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 14
  • 15. Conjunto de normas y procedimientos tendientes a la protección de la integridad física y mental del trabajador, preservándolo de los riesgos de salud inherentes a las tareas que realiza y al ambiente físico donde las ejecuta. Está relacionada con el diagnóstico y la prevención de enfermedades ocupacionales a partir del estudio y control de dos variables: el hombre y su ambiente de trabajo, es decir que posee un carácter eminentemente preventivo, ya que se dirige a la salud y a la comodidad del empleado, evitando que éste enferme o se ausente de manera provisional o definitiva del trabajo. Salud en el trabajo.- MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 15
  • 16. Condiciones inseguras Cualquier condición física del medio con una alta probabilidad de provocar un accidente o incidente; es el grado de inseguridad que pueden tener los locales, la maquinaria, los equipos y los puntos de operación. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 16
  • 17. Las condiciones inseguras más frecuentes son: Estructuras o instalaciones de los edificios y locales impropiamente diseñadas, construidas, instaladas o deterioradas. Falta de medidas de prevención y protección. Para eliminar las condiciones inseguras se recurre a sistemas de seguridad, resguardos de maquinaria, normas de seguridad, protecciones colectivas, señalización MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 17
  • 18. Más frecuentes que los trabajadores realizan en el desempeño de sus labores son: ACTOS INSEGUROS • Llevar a cabo operaciones sin previo adiestramiento. • Operar equipos sin autorización. • Ejecutar el trabajo a velocidad no indicada. • Bloquear o quitar dispositivos de seguridad. • Limpiar, engrasar o reparar la maquinaria cuando se encuentre en movimiento. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 18
  • 19. Para actuar contra los actos inseguros se utilizan técnicas tendientes a conseguir el cambio de comportamiento de los trabajadores: • Formación • Adiestramiento • Propaganda • Disciplina • Incentivos En todo accidente encontraremos siempre estos dos tipos de causas: condiciones inseguras y actos inseguros MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 19
  • 20. ACTOS INSEGUROS Ejemplos:  Situarse o transitar por lugares peligrosos  No utilizar los equipos de protección personal  Desobedecer reglas de seguridad  Negligencia o apatía  Operar vehículos o maquinaria a velocidad excesiva  Trabajar sin autorización MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 20
  • 21. • Juego • Confianza • Complacencia • Fatiga • Alcohol • Vicios • Prisas • Capacitación inadecuada ( al vapor) • Predisposición ( actitud negativa) • Frustración • Exceso de confianza Causas que Combinadas con Actos Inseguros Pueden Ocasionar un Accidente MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 21
  • 23. Marco legal de la seguridad e higiene. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 23
  • 24. 24 CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS LEY FEDERAL DEL TRABAJO REGLAMENTO FEDERAL DE SEG E HIG. Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AMBIENTAL REGLAMENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE DE MAT. Y RESID. PELIGROSOS Fundamentos legales de la seguridad y salud en el trabajo MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga
  • 25. Marco Normativo aplicable Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos STPS NOM-017-STPS-1993 Equipo de Protección Personal Algunos Requisitos legales aplicables MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 25
  • 26. Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. Objeto Este Reglamento es de orden público e interés social y es de observancia general en todo el territorio nacional y establece las disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que deberán observarse en los Centros de Trabajo, a efecto de: Contar con las condiciones que permitan prevenir Riesgos y, de esta manera, garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud, con base en lo que señala la LFT. Competencia y Vigilancia La aplicación y vigilancia del Reglamento corresponde a la STPS quien se auxiliará por las autoridades laborales de las Entidades Federativas y el D.F., cuando se trate de ramas o actividades de jurisdicción local. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 26
  • 27. Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. Normalización en Seguridad y Salud en el Trabajo La STPS expedirá las Normas con el propósito de establecer disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el trabajo que eviten: 1.Riesgos que pongan en peligro la vida, integridad física o salud de los trabajadores; y 2.Cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral, que afecten o puedan afectar la seguridad o salud de los trabajadores o provocar daños a las instalaciones, maquinaria, equipos y materiales del Centro de Trabajo. La STPS podrá emitir Normas específicas para la Seguridad y Salud en el Trabajo, en el caso de aquellas ramas o actividades económicas con características particulares que ameriten un tratamiento diferenciado o que tengan una mayor tasa de Accidentes de Trabajo, incapacidades o defunciones. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 27
  • 28. NOM-005-STPS-1998. O B J E T I V O Realizar con seguridad las operaciones cuando se descargan y manejan combustibles o solventes, químicos o sustancias peligrosas, dando a conocer su peligro, para prevenir conatos de incendio, incendios declarados o personas accidentadas por quemaduras o intoxicaciones A L C A N C E Este Procedimiento es aplicable para el personal de compras, almacén, embarques, pintores, mecánicos, operadores de montacargas, operadores de traxcavo y a toda persona que descargue y maneje combustibles y solventes. G E N E R A L I D A D E S La mayoría de los combustibles son líquidos combustibles y deben ser manejados en recipientes cerrados; sus vapores son inflamables y cuando se mezclan con la cantidad conveniente de oxígeno, pueden ser explosivos; una simple chispa es la que se necesita para encender los vapores y causar un incendio MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 28
  • 29. NOM-005-STPS-1998. Manejo, Transporte y almacenamiento de sustancias inflamables o combustibles Del Almacenamiento: En las áreas del centro de trabajo donde se manejen, transporten o almacenen estas sustancias, las paredes, pisos, techos, instalaciones y cimentaciones deben ser de materiales resistentes al fuego. Las áreas destinadas para este fin deben estar aisladas de cualquier fuente de calor o ignición. Del manejo: Se prohíbe el uso de herramientas, ropa, zapatos y objetos personales que puedan generar chispa, flama abierta o temperaturas que puedan provocar ignición. El trasvase de sustancias inflamables o combustibles debe realizarse con la ventilación o aislamiento del proceso suficiente para evitar la presencia de atmósferas explosivas. Los recipientes fijos donde se almacenen estas sustancias deben contar con dispositivos de relevo de presión y arrestador de flama. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 29
  • 30. NOM-005-STPS-1998. Del transporte: Los sistemas de tuberías que conduzcan estas sustancias y que estén expuestos a que el tránsito normal de trabajadores o equipo los pueda dañar, deben contar con protección para evitar que sean dañados. Esta protección no debe impedir la revisión y el mantenimiento de dichos sistemas de tuberías; Cuando el transporte se realice en recipientes portátiles, estos deberán estar cerrados. Es obligación del patrón el tener a la mano los manuales de seguridad y los de procedimiento par el manejo de sustancias químicas, actualizar los procedimientos ya que las sustancias químicas que están en constante movimiento, y elaborar un programa de mantenimiento correctivo y preventivo indicando cada cuando se elabora. Los trabajadores expuestos deben saber a los riesgos a los que están expuestos, así como conocer y hacerse los exámenes médicos periódicos. Cumplir con las medidas de seguridad establecidas por patrón y respetar los lineamientos así como conocer los manuales y participar en las brigadas de emergencia. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 30
  • 31. NOM-044-SEMARNAT-2006. NORMA Oficial Mexicana NOM-044-SEMARNAT-2006, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de hidrocarburos totales, hidrocarburos no metano, monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, partículas y opacidad de humo provenientes del escape de motores nuevos que usan diesel como combustible y que se utilizarán para la propulsión de vehículos automotores nuevos con peso bruto vehicular mayor de 3,857 kilogramos, así como para unidades nuevas con peso bruto vehicular mayor a 3,857 kilogramos equipadas con este tipo de motores. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 31
  • 32. Ley del Seguro Social • La ley del seguro social se encarga de definir tus derechos y obligaciones como derecho habiente. • Por derecho habiente se entiende a aquella persona que esta pagando su cuota mensual ante el seguro social. Además define el trato y los servicios que el seguro social debe darle a los trabajadores, porque realmente la ley del seguro social protege a los trabajadores que son los que pagan ante el seguro social su cuota para que ella le pueda dar el servicio medico que necesitan. • Por otro lado también define los derechos y obligaciones que tiene la institución seguro social para con los trabajadores y derecho habientes. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 32
  • 33. Políticas y Lineamientos de las empresas de transporte. • Lineamiento: Es un lineamiento es una tendencia, una dirección o un rasgo característico de algo. Por ejemplo, un presidente puede tomar una decisión y afirmar que respeta su “lineamiento político”, es decir, que se encuentra en sintonía con su ideología o con su partido político. • Políticas: son guías para orientar la acción, son criterios, lineamientos generales a observar en la toma de decisiones sobre problemas que se repiten una y otra vez dentro de una organización, en este caso dentro de una empresa. • En ocasiones se confunden políticas con reglas, siendo la diferencia que las reglas y/o lineamientos son mandatos precisos que determinan la disposición, actitud o comportamiento que deberá seguir o evitar en situaciones especificas el personal de una empresa, de tal manera que si las reglas son estrictas, las políticas son flexibles. MCG. Elizabeth Echeverry Saldarriaga 33
  • 34. ¡GRACIAS POR SU ATENCION!