Validan los modelos de boletas de Nuestra Rioja y Renovación y Cambio
1. #34031439#247314364#20191018133010850
Poder Judicial de la Nación
JUNTA ELECTORAL NACIONAL - DISTRITO LA RIOJA
CNE 6089/2019
ACTA NUMERO VEINTIUNO: En n la ciudad de La Rioja, a los días del
mes de octubre de dos mil diecinueve, siendo las catorce horas, se reúnen la H.
Junta Electoral Nacional, presidida por el señor Juez Federal con competencia
electoral, doctor Daniel Rubén Herrera Piedrabuena, la señora Fiscal Federal con
competencia electoral subrogante, doctora María Florencia Cáceres y el señor
presidente del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de La Rioja,
doctor Claudio José Ana, con el objeto de tratar: 1) La presentación efectuada
por el Dr. Alberto Omar Bruno, apoderado de la “Alianza Nuestra Rioja”,
mediante la cual solicita se tenga por válidas las boletas de sufragio (adheridas a
las boletas del partido Eco en los estamentos de Diputados Provinciales,
Intendente y vice intendente y concejales del departamento Ángel Vicente
Peñaloza, atento a que por un error material (de imprenta) en los votos del
estamento Gobernador se constató que falta el primer nombre (Luis) del
candidato a Gobernador, figurando en el mismo su segundo nombre (Beder) y
apellido (Herrera). Funda la petición en razón de que, ante la imposibilidad
material y temporal de hacer imprimir nuevamente dichas boletas, teniendo
presente que las mismas se hicieron en una imprenta de la ciudad de Córdoba y el
escaso tiempo que resta para los comicios y que ello repercute, además, en el
retraso del armado de las urnas por parte de la Junta Electoral Nacional, el riesgo
de que circulen boletas diferentes y a los fines de evitar eventuales
presentaciones de nulidades de dichas boletas. 2) La presentación de la Dra.
María Soledad Pérez de la Colina, apoderada del partido Provincial “Renovación
y Cambio”, solicitando se convalide las boletas presentadas por la agrupación
que representa, atento que, la empresa encargada de la impresión de las boletas,
les notifico el 9 del corriente mes y año, que el equipo se averió y ante esa
situación debieron encargar el trabajo de impresión a otra empresa. De tal forma
unos lotes de boletas fueron impresas en un tipo de papel (obra) y otro en un
Fecha de firma: 18/10/2019
Alta en sistema: 21/10/2019
Firmado por: DANIEL RUBEN HERRERA PIEDRABUENA, PRESIDENTE
Firmado(ante mi) por: VICTOR DARDO HERRERA, SECRETARIO ELECTORAL (S)
2. #34031439#247314364#20191018133010850
papel (blanco) de diferente gramaje. Seguidamente manifiesta que, si bien las
boletas de sufragio impresas difieren en el gramaje, el diseño es idéntico al
oficializado por la H. Junta Electoral Nacional. 3) La presentación efectuada por
la Dra. María Silvia Flores, apoderada de la alianza “Juntos por La Rioja”,
mediante la cual solicita se tenga por válida las boletas de sufragio presentada
para ser utilizadas en el departamento Sanagasta, que fueron oficializadas
mediante Acta n° 9 de fecha 30 de septiembre de 2019, por lo que se procedió a
la impresión de los votos necesarios para acompañar en las urnas, como así
también para realizar el reparto pertinente a los afiliados y vecinos del
departamento. Seguidamente manifiesta que, a diez días de la fecha de las
elecciones, toman conocimiento de que las boletas de sufragio de la alianza
JUNTOS POR EL CAMBIO (presidente) y JUNTOS POR LA RIOJA
(gobernador y vice, intendente y vice) y con el estamento a concejales por el
partido UNIDOS POR SANAGASTA. Indican que, atento a lo avanzado del
proceso electoral y que la agrupación ya repartió boletas en todo el departamento,
en cantidad indeterminada de vecinos, quienes probablemente se presentaran a
votar con las boletas que le fueron entregadas. Esta situación les ocasionaría un
perjuicio directo irreparable. Finalmente señalan que ningún partido o alianza
impugno el modelo de boleta, tal cual fue presentado. 4) Que, abocados al
análisis de los temas traídos a debate, cabe señalar que, en idénticas
circunstancias, en el proceso electoral del año 2011 se resolvió tener presente la
aclaración del error producido en la impresión de las boletas de sufragios de la
Alianza “Frente Para La Victoria Riojana”, en cuanto a que diferían tanto en la
tonalidad de color como en lo referente a su dimensión con respecto al modelo
aprobado oportunamente y en consecuencia se las tuvo por válidas las boletas
presentadas; en el proceso electoral del año 2013, mediante acta Nº 13 se resolvió
favorablemente respecto a la presentación efectuada por la Apoderada del Partido
Comunista, Sra. Claudia Moreira, que manifestaba que por un error ajeno al
Fecha de firma: 18/10/2019
Alta en sistema: 21/10/2019
Firmado por: DANIEL RUBEN HERRERA PIEDRABUENA, PRESIDENTE
Firmado(ante mi) por: VICTOR DARDO HERRERA, SECRETARIO ELECTORAL (S)
3. #34031439#247314364#20191018133010850
Poder Judicial de la Nación
JUNTA ELECTORAL NACIONAL - DISTRITO LA RIOJA
CNE 6089/2019
partido, las boletas de la agrupación fueron cortadas en forma desigual y que
tratándose de un error involuntario y totalmente ajeno a sus posibilidades de
control; en el mismo sentido se resolvió en el Acta Nº 11 año 2013, tener como
válidas las boletas de sufragio presentada por la Apoderada de la Alianza “Fuerza
Cívica Riojana”, Dra. Cristina Adriana Salzwedel, que por un error de impresión
no presentaban la línea negra que divide el estamento de diputados nacionales de
Fuerza Cívica Riojana y provinciales del partido Unión Cívica Radical.
Manifestando oportunamente la apoderada que, se debió a un error de impresión
involuntario y totalmente ajeno a sus posibilidades de control y en el proceso
electoral 2015, se resolvió tener por válidas las boletas de sufragio de la Alianza
“Frente Para la Victoria” en cuanto diferían en su dimensión y tonalidad con
respecto al modelo aprobado oportunamente y en consecuencia tener por válidas
las boletas presentadas con destino a votos testigo en cada una de las mesas
receptoras de sufragio, fajos de boletas que serían introducidas en las urnas y las
boletas de contingencia. En consecuencia y toda vez que los modelos de boletas
aprobados para la Alianza Nuestra Rioja, Partido Provincial “Renovación y
Cambio” y los de la Alianza “Juntos por el Cambio” (presidente y vice)
adheridas a la alianza “Juntos por La Rioja” (estamentos gobernador y vice,
intendente y vice) y con el estamento a concejales por el partido Unidos por
Sanagasta presentados en cumplimiento a lo resuelto mediante acta N° 9, no
importa un cambio esencial que altere de manera sustancial el modelo aprobado,
téngase por válidas las mismas y por cumplimentado lo ordenado. Concluidas las
deliberaciones se RESUELVE: 1) Tener por validos los modelos de boletas con
las observaciones manifestadas por la Alianza Nuestra Rioja y Partido Provincial
“Renovación y Cambio”; y los modelos de boletas aprobados mediante Acta N°
9 de la Alianza “Juntos por el Cambio” (presidente y vice) adheridas a la alianza
“Juntos por La Rioja” (estamentos gobernador y vice, intendente y vice) y con el
estamento a concejales por el partido Unidos por Sanagasta, por los
Fecha de firma: 18/10/2019
Alta en sistema: 21/10/2019
Firmado por: DANIEL RUBEN HERRERA PIEDRABUENA, PRESIDENTE
Firmado(ante mi) por: VICTOR DARDO HERRERA, SECRETARIO ELECTORAL (S)
4. #34031439#247314364#20191018133010850
considerandos arriba señalados. PROTOCOLÍCESE Y HÁGASE SABER.
Con lo que se dio por terminado el acto, que previa lectura y ratificación de su
contenido, firman los señores miembros de la Honorable Junta Electoral
Nacional por ante mí que doy fe;
DRA. MARIA FLORENCIA CACERES DR. CLAUDIO JOSE ANA
VOCAL VOCAL
JUNTA ELECTORAL NACIONAL JUNTA ELECTORAL NACIONAL
Fecha de firma: 18/10/2019
Alta en sistema: 21/10/2019
Firmado por: DANIEL RUBEN HERRERA PIEDRABUENA, PRESIDENTE
Firmado(ante mi) por: VICTOR DARDO HERRERA, SECRETARIO ELECTORAL (S)