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PROTECCIÓN
DE
LA
PROPIEDAD
INTELECTUAL
EN
INTERNET”
La
responsabilidad
de
los
prestadores
de
servicios
de
la
sociedad
de
la
información
por
los
contenidos
alojados
y
su
dimensión
internacional
Premio
Monogra:as
sobre
Propiedad
Intelectual
2015
Editorial
REUS—ASEDA—Fundación
AISGE
©
Miguel
Ortego
Ruiz
Autor:
Miguel
Ortego
Ruiz
2. PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
Fuente
imágenes:
Google,
LinkedIn,
TwiUer,
YouTube
y
Facebook
Ejemplo
de
ello
es
el
modelo
de
negocio
de
ciertos
prestadores
de
servicios
de
la
sociedad
de
la
información,
entre
los
que
destaca
el
portal
de
videos
bajo
demanda
YouTube,
que
explotan
derechos
de
propiedad
intelectual
propiedad
de
terceros,
de
manera
gratuita,
sin
liquidar
derechos
de
autor,
amparados
en
una
supuesta
neutralidad
a
la
que
tanto
la
legislación
europea
cuanto
nacional
les
concede
una
exención
de
responsabilidad,
lo
que
desemboca
en
li^gios
entre
los
que
destaca,
entre
otros,
aquél
que
diera
lugar
a
la
Sentencia
del
llamado
asunto
Telecinco
c.
YouTube,
cuyo
li^gio
es
el
origen
de
la
obra
premiada.
Inmersos
en
la
Tercera
Revolución
Industrial
o,
mejor
dicho,
Social,
nos
encontramos
en
la
era
de
la
información,
donde
Internet
ha
roto
y
cambiado,
y
de
hecho
está
cambiando,
todos
esquemas
del
mundo
como
hasta
ahora
lo
conocíamos.
En
este
devenir,
la
propiedad
intelectual
y,
par^cularmente,
los
derechos
de
autor,
también
están
sufriendo
ciertos
cambios
a
raíz
de
las
nuevas
tecnologías
y
medios
de
compar^r
y
transmi^r
las
obras
intelectuales.
Por
todos
es
conocido
que
la
norma
europea—Direc^va
2000/31/CE,
del
Parlamento
Europeo
y
del
Consejo,
de
8
de
junio
de
2000,
rela:va
a
determinados
aspectos
jurídicos
de
los
servicios
de
la
sociedad
de
la
información,
en
par:cular
el
comercio
electrónico
en
el
mercado
interior
(Direc:va
de
Comercio
Electrónico)—publicada
hace
ya
15
años
tratando
de
regular
los
servicios
de
la
sociedad
de
la
información
y
el
comercio
electrónico,
y
que
claramente
par^ó
de
los
modelos
jurídicos
del
mundo
offline,
no
sólo
ha
quedado
desfasada,
sino
que
en
ciertos
casos
se
plantea
insuficiente
para
una
adecuada
protección
de
los
derechos
de
autor
en
Internet,
al
igual
que
ocurre
con
su
transposición
en
nuestro
Derecho,
plasmada
en
la
Ley
34/2002,
de
11
de
julio,
de
Servicios
de
la
Sociedad
de
la
Información
y
Comercio
Electrónico.
Fuente
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©
Miguel
Ortego
Ruiz
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3. PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
La
conjugación
del
desarrollo
de
la
sociedad
de
la
información,
de
un
lado,
y
la
protección
de
los
derechos
de
autor
que
se
transmiten
por
la
Red,
de
otro,
es
cada
vez
más
compleja.
Las
dificultades
que
entraña
la
protección
de
los
derechos
de
autor,
cuya
tutela
jurídica
se
inspira
en
regulaciones
regidas
por
el
principio
de
territorialidad
de
los
derechos
de
propiedad
intelectual,
frente
a
la
universalidad
de
Internet,
que
posibilita
la
explotación
de
derechos
en
un
mismo
instante
en
diferentes
países,
con
diferentes
regulaciones
y
niveles
de
protección,
a
nivel
mundial,
requiere
la
implementación
y
desarrollo
de
normas
de
Derecho
Internacional
Privado
robustas
y
flexibles
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Copyright
Fuente
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©
Miguel
Ortego
Ruiz
4. Sentencia
en
el
asunto
Telecinco
c.
YouTube
por
la
comunicación
pública
presuntamente
ilícita
de
contenidos
cuyos
derechos
de
autor
ostentaba
la
Cadena
de
Televisión
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Logo
Telecinco
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Logo
YouTube
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YouTube,
^tular
Telecinco
PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
©
Miguel
Ortego
Ruiz
5. ESTRUCTURA
DE
LA
OBRA
Introducción
PRIMERA:
Los
Prestadores
de
Servicios
de
Internet:
Naturaleza
Jurídica.
SEGUNDA:
Determinación
de
la
responsabilidad
de
los
Prestadores
de
Servicios
de
Intermediación
de
Internet
por
el
alojamiento
de
contenidos
ilícitos.
TERCERA:
análisis
de
la
Dimensión
Internacional
de
los
Derechos.
Conclusiones.
PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
©
Miguel
Ortego
Ruiz
6. LOS
PRESTADORES
DE
SERVICIOS
DE
INTERNET:
Naturaleza
Jurídica
de
los
Prestadores
de
Servicios
de
Alojamiento
PRIMERA
PARTE
PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
©
Miguel
Ortego
Ruiz
7. Naturaleza
jurídica
de
los
prestadores
de
servicios
de
alojamiento
1)
Tipología
de
prestadores.
2)
Prestadores
intermediarios
frente
a
proveedores
de
contenidos.
3)
Modelos
de
explotación
de
derechos
audiovisuales
en
la
Red.
4)
Concepto
de
“Comunicación
al
público”
como
requisito
de
la
autorización
del
autor.
Jurisprudencia
relevante.
PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
©
Miguel
Ortego
Ruiz
8. LA
RESPONSABILIDAD
DE
LOS
PRESTADORES
DE
SERVICIOS
DE
INTERMEDIACIÓN
DE
INTERNET
POR
EL
ALOJAMIENTO
DE
CONTENIDOS
ILÍCITOS
(art.
16
LSSICE)
SEGUNDA
PARTE
PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
©
Miguel
Ortego
Ruiz
9. 1.-‐
Estudio
del
Marco
Jurídico
aplicable:
! Direc^va
de
Comercio
Electrónico
! Ley
de
Servicios
de
la
Sociedad
de
la
Información
(LSSICE)
! Armculo
16
LSSICE
(alojamiento
de
contenidos).
2.-‐
Conocimiento
efecSvo
de
la
ilicitud
del
contenido:
! Posición
Jurisprudencial:
La
interpretación
estricta
frente
a
la
interpretación
amplia
del
conocimiento
efec^vo.
! Principales
sentencias.
PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
3.-‐
La
inmediata
reSrada
de
los
datos
o
el
bloqueo
del
acceso
a
los
mismos.
4.-‐
Eventual
desarrollo
de
un
sistema
eficaz
de
clasificación
y
control
de
contenidos.
Sentencia
del
Tribunal
de
Jus^cia
de
la
Unión
Europea
en
el
asunto
Google
y
el
Derecho
al
olvido.
©
Miguel
Ortego
Ruiz
10. DIMENSIÓN
INTERNACIONAL
DE
LOS
DERECHOS:
Determinación
de
la
Competencia
Judicial
Internacional
y
la
Ley
Aplicable
en
relación
con
la
responsabilidad
extracontractual
de
los
Prestadores
de
Servicios
de
la
Sociedad
de
la
Información
TERCERA
PARTE
PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
©
Miguel
Ortego
Ruiz
11. 1.-‐
Competencia
Judicial
Internacional
" Marco
norma^vo:
" Foro
general
del
domicilio
del
demandado
" Forum
delic:
commissi
" Foro
para
solicitar
medidas
cautelares
" Medidas
cautelares
en
el
Derecho
español
PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
©
Miguel
Ortego
Ruiz
12. 2.-‐
Ley
aplicable
" Marco
norma^vo:
" Ley
del
lugar
para
el
que
se
reclama
la
protección
" Lex
originis
" Principales
problemas
de
las
normas
internacionales
que
determinan
la
Ley
Aplicable
en
materia
de
responsabilidad
extracontractual
cuando
de
derechos
de
propiedad
intelectual
se
trata:
el
llamado
“efecto
mosaico”.
" Posibles
vías
de
solución
PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
©
Miguel
Ortego
Ruiz
13. 1.-‐
BIBLIOGRAFÍA
2.-‐
LEGISLACIÓN
3.-‐
JURISPRUDENCIA
PREMIO
MONOGRAFÍAS
SOBRE
PROPIEDAD
INTELECTUAL
2015—REUS—ASEDA—AISGE
©
Miguel
Ortego
Ruiz