El documento presenta un protocolo para investigar delitos de violencia contra las mujeres. El protocolo busca luchar contra la impunidad y garantizar la protección de las víctimas. Define la violencia de género y establece principios como sancionar todos los delitos relacionados, prohibir la conciliación, y proveer representación legal gratuita a las víctimas. El protocolo será implementado a través de capacitaciones y la creación de comités locales de atención en 10 localidades como parte de un proyecto regional.
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Modelo de protocolo para la investigación de los delitos de violencia contra las mujeres por razones de género / COMJIB, EUROsociAL, AIAMP
1. Modelo de protocolo para la
investigación de los delitos de
violencia contra las mujeres por
razones de género
2.
3.
4.
5. Dotar a los Ministerios Públicos de principios de
actuación, herramientas y procedimientos para:
◦ Luchar de manera efectiva contra la impunidad
◦ Garantizar la adecuada protección y reparación de las
víctimas
6. Definición de Violencia de Género: todo acto de
violencia contra la mujer de carácter físico,
sexual, psicológico, moral o patrimonial ejercida
en el contexto de relaciones de afectividad, dentro
o fuera del hogar, incluidas de las noviazgo.
Atención a víctimas: conjunto de servicios
sociales de atención, de emergencia, de apoyo,
de acogida y de recuperación integral
7. Sancionadas como delitos las distintas formas de
violencia en contra de las mujeres.
Incluidas las relaciones de noviazgo.
Todos los delitos de esta naturaleza deben ser
de acción pública.
Prohibición expresa de conciliación.
Prueba anticipada como un mecanismos para
permitir el acceso a la justicia (Reglas de Brasilia).
Reparación civil de los daños.
Representación legal y asistencia jurídica gratuita.
8.
9. Constituye un instrumento de cambio de las
relaciones sociales entre hombres y mujeres, al
convertirse en un mecanismo que contribuye a la
transformación de la subordinación y discriminación
en igualdad de derechos, equidad en las
oportunidades y respeto de las diferencias.
10. Es por esta razón que cada vez cobra más
importancia la necesidad de incorporar la perspectiva
de género en la conceptualización, análisis y tutela de
los derechos humanos, lo que permite, entre otras
cosas, visualizar inequidades construidas de manera
artificial, socio-culturalmente; y detectar mejor la
especificidad en la protección que precisan quienes
sufren desigualdad o discriminación.
(Badilla y Torres, 2004).
11.
12.
13. En caso de flagrancia del delito
En caso de denuncia ante los cuerpos de
policía o la fiscalía
Funcionarios/as y profesionales obligados/as
a denunciar
Detención del presunto agresor
Valoración del riesgo en sede fiscal
14. Actuaciones en el lugar de los hechos
Actuaciones relacionadas con la víctima
Actuaciones relacionadas con el
agresor/posible responsable
15. Circular 197-2014 Consejo Superior
Guía para valorar el riesgo TS
Circular 152-2010
16.
17. Artículo 03 de la Convención Belem do Para
◦ Procedimiento legales, justos y eficaces para la mujer
sometida a violencia, que incluyan entre otros, medidas
de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a
tales procedimientos.
18. Para proteger a las víctimas,
podrán solicitarse, desde el
inicio de la investigación
judicial, las medidas de
protección contempladas en la
ley contra la violencia
doméstica, así como las
medidas cautelares necesarias
previstas en el código
procesal penal.
19. Obstaculización del acceso a la
justicia
La persona que, en el ejercicio de una función
pública propicie, por un medio ilícito, la
impunidad u obstaculice la investigación policial,
judicial o administrativa por acciones de violencia
física, sexual, psicológica o patrimonial,
cometidas en perjuicio de una mujer, será
sancionada con pena de prisión de tres meses a
tres años e inhabilitación por el plazo de uno a
cuatro años para el ejercicio de la función
pública.
20.
21. Juzgados y Tribunales.
◦ Valorar condición física y emocional
◦ Información de derechos
◦ Valorar diligencias de investigación
◦ Informar y coordinar con servicios de atención
disponibles
Asistencia jurídica gratuita
◦ Defensa Pública / Colegios de Abogados
Servicios sociales
◦ Mapeo, directorio de recursos de atención
22. Parte médico; obligatorio.
◦ Con lesiones evidentes.
◦ Sin lesiones evidentes
Victima no quiere denunciar.
23. Urgencia en el lugar de los hechos.
◦ Protección inmediata
◦ Valorar presencia de lesiones y estado emocional
Información y acceso a los servicios.
Registro de la Información y presentación del
parte policial
24. Ministerio Público
◦ Medidas de protección/cautelares
◦ Importancia de los informes remitidos por las otras
instituciones
◦ Coordinación y seguimiento de las medidas
25.
26.
27.
28. Comunicación y capacitación
◦ Campaña en Intranet
◦ Página Web del Ministerio Público
◦ Incluir dentro de la oferta de capacitación de la UCS
Implementación del protocolo
Inclusión del Protocolo dentro del PAO
Capacitaciones conjuntas Fiscales, Jueces y Policía
Judicial y Policía Administrativa
Proyecto BA1
Comités Locales de atención a mujeres víctimas en
situaciones de alto riesgo y tentativa de femicidio.
Divulgación del protocolo en las Redes Locales
30. Acciones estratégicas
Políticas
Reuniones con jerarcas: Compromiso
Ministerio Público
Policía Judicial y Administrativa
Instituto Nacional de las Mujeres
Técnicas
Talleres de validación con policías, fiscales, psicologos y
trabajadores sociales
31. Asamblea XXI de la Asociación Ibero Americana de
Ministerios Públicos, celebrada el 18 y 19 en Quito,
Ecuador acordó aprobar por mayoría:
“Protocolo Latinoamericano de investigación con
perspectiva de género de los delitos contra las
mujeres”
32. Técnicas
Formación continua: sencilización y capacitaciones a fiscales,
policías , psicólogos y trabajadores sociales.
Crear módulos de capacitación de los protocolos
Incluir los protocolos en las actividades de capacitación
permanentes de la Unidad de Capacitación del Ministerio
Público.
Implementar el protocolo de investigación con perspectiva de
género en 10 localidades, proyecto del SICA, BA 1.
Dar seguimiento y monitorear la aplicación de los protocolos
33. El proyecto B.A.1 Prevención de la Violencia contra las Mujeres, trata y
femicidio en Centroamérica, forma parte de la Estrategia de Seguridad
de Centroamérica (ESCA) del Sistema de Integración Centroamericana
(SICA).
REHABILITACIÓN REINSERCIÓN
Y SEGURIDAD PENITENCIARIA
FORTALECIMIENTO
INSTITUCIONAL
PREVENCIÓN DE LA
VIOLENCIA
COMBATE AL DELITO
34. Apoyar el trabajo nacional y local en materia de
atención y prevención de la VcM, la Trata de
mujeres y el femicidio a partir de la renovación
de las bases conceptuales y estratégicas para
la prevención de la VcM, la creación de nuevos
modelos de abordaje, de coordinación
intersectorial, y del fortalecimiento de las
capacidades institucionales y comunales.
OBJETIVO BUSCADOOBJETIVO BUSCADO
35. ¿Qué ofrece el proyecto B.A.1 a
los Cantones?
Mujeres Niñez
Hombre
s
adultos
Jóvene
s
Capacitaciones a
funcionarios (as) de
las instituciones que
conforman El
Sistema
Fortalecimiento
a las Redes
Locales
Trabajo con
poblaciones
específicas
36. ¿Qué ofrece el proyecto B.A.1 a
los Localidades?
Mujeres Niñez
Hombre
s
adultos
Jóvene
s
Capacitaciones a
funcionarios (as) de las
instituciones que
conforman El Sistema
Fortalecimiento
a las Redes
Locales
Trabajo con
poblaciones
específicas