1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
ESCUELA DE DERECHO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ENLACE GUANARE PORTUGUESA
Participación Ciudadana en
materia ambiental en Venezuela.
3er año de Derecho
Asignatura: Derecho Agrario y Ambiental
Autor: Dennis J Parada M
Profesora: Keidys Pérez
Febrero, 2019
2. Participación Ciudadana en materia ambiental en Venezuela
Son el conjunto de normas que regulan las relaciones de derecho público y privado,
tendientes a preservar el medio ambiente libre de contaminación, o mejorarlo en caso
de estar afectado Venezuela se acoge a las normas que actualmente se encuentran
vigentes a nivel internacional en cuanto a conservación ambiental global se refiere.
Se trata nada más y nada menos que preservar nuestro medio ambiente para de esta
forma poder vivir en un ambiente sano y seguro. Tan importante es que solo de
nosotros como sociedad depende garantizar el futuro de las nuevas generaciones,
garantizándoles desde ya a través de leyes y normas muy efectivas la conservación
del medio ambiente. Cualquier alteración en el ambiente sin duda que causara un
impacto en la sociedad, si partimos del principio de que lo que sucede
ambientalmente en el mundo nos afecta a todos por igual, ya sea de forma inmediata,
a mediano o largo plazo entendemos entonces la vital importancia que conlleva
implícita esta ley. Para esto es indispensable le concurso y participación de toda la
sociedad mundial
PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL
Principio de sostenibilidad
Principio de globalidad.
Principio de Solidaridad.
Principio de Prevención.
Principio del enfoque sistemático de la biosfera.
Principio de Interdisciplinariedad.
Principio contaminador /Pagador.
Principio Gestión Racional del medio.
Principio del Ordenamiento ambiental.
Principio del daño ambiental permisible.
Principio de cooperación internacional en materia ambiental.
Principio de Ética Transgeracional
OBJETIVOS DEL DERECHO AMBIENTAL A.- Consagrar y definir el contenido
jurídico del derecho a un ambiente adecuado para vivir. B.- Jurídicamente definir que
acciones o relaciones son consideradas como generadoras de impacto negativo
significativos sobre el derecho a un ambiente adecuado y que requieren de la
regulación legal del Estado. C.-Instituir y desarrollar los instrumentos jurídicos que
permitirán alcanzar los objetivos de desempeño ambiental establecidos, incluyendo
las sanciones jurídicas frente a las acciones u omisiones que los distintos actores
tomen.
3. Participación ciudadana en el Derecho ambiental La Ley Orgánica del Ambiente, no
deja dudas en cuanto al Derecho y Deber de Participar y los Mecanismos de
Participación: Derecho y deber a participar. Artículo 39 “Todas las personas tienen
el derecho y el deber de participar en los asuntos relativos a la gestión del ambiente”.
Mecanismos de Participación. Artículo 40 “El Ejecutivo Nacional, a través del
ministerio con competencia en materia ambiental, reglamentará los mecanismos para
hacer efectivo el ejercicio legítimo del derecho a la participación ciudadana en la
formulación, adopción, ejecución y control de las políticas, planes, proyectos y otras
medidas dirigidas a la conservación del ambiente”. Estos artículos establecen
claramente la intención del legislador, de vincular y establecer que la participación
ciudadana debe ser una prioridad en las políticas y planes de preservación y
mantenimiento del medio ambiente, estableciéndola como un Derecho y Deber del
ciudadano de participar y ser protagonista en la adopción de estrategias dirigidas
hacia la conservación del medio ambiente. Como complemento, es pertinente
mencionar el contenido del Artículo 127 Constitucional, el cual establece que Es un
derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio
de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y
colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y
ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica,
los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y
monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica
La conservación ambiental tiene rango constitucional en Venezuela.
En la conservación ambiental es fundamental la participación de todos los seres
humanos.
4. La CRBV (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) dispone que el
Estado deba promover el desarrollo sustentable y los ciudadanos velar porque eso se
cumpla.
La Universidad Bolivariana de Venezuela, tienen el propósito de hacer entender el
papel de la universidad dentro de la municipalización como política de Estado que
persigue combatir la exclusión social, mejorando el acceso a la educación superior
para los sectores de la población socialmente desfavorecidos, ofreciendo una
educación de calidad y orientada a dar respuestas a las necesidades socioambientales
del país.
Por otra parte, el papel del programa de grado en Gestión Ambiental es el de
coadyuvar al desarrollo integral y sustentable, a través de la ejecución de proyectos
de investigación acción que modifiquen y mejoren la calidad de vida, formando
ciudadanos profesionales para actuar de manera conjunta con las comunidades y
otros actores sociales.