1) El documento introduce el tema de los derechos fundamentales y su importancia histórica.
2) Explica la evolución de los derechos humanos desde su origen hasta la actualidad, incluyendo documentos y eventos clave.
3) Resalta la relevancia de la protección de los derechos humanos y la labor del Procurador de los Derechos Humanos.
2.
Reciban un atento saludo de mi parte, dándoles la formal
bienvenida a este módulo que desde ya les comparto que
desarrollaremos de forma conjunta.
La materia de Derechos Los Derechos Fundamentales actualmente
goza de un interés inusitado, producto que el desarrollo cada vez
más acelerado de las fuerzas productivas, ha producido que en
determinados momentos se haya perdido de vista la razón más
importante de toda la existencia como lo es el ser humano. De esa
cuenta vemos como cada vez con más asiduidad, se trae como
tema de discusión, todo lo atingente a los Derechos Humanos. De
esa cuenta en este módulo se pretende tener un acercamiento a esta
materia, a efecto que se tenga una visual integral, partiendo de su
origen histórico, definición y desarrollo de su contenido,
regularización a lo largo del tiempo y perspectivas futuras. Sean
bienvenidas a este mundo fascinante de los Derechos Humanos.
Introducción.
3.
Desde los orígenes de la humanidad, el hombre ha
perseguido asegurar su subsistencia partiendo de formas
de organización rudimentaria en donde no había ninguna
regla escrita, que asegurara al grupo que se llegaba a
formar. Desde etapas como la fratría, la gens, los clanes,
lo único que se daba era la prevalencia del más fuerte, y
en el caso de los clanes, fueron elementos ya de sangre los
que empezaron a darse como factor organizador,
propulsado ya por la autoridad materna, debido a que era
la única de la cual no existía duda acerca de su vínculo de
sangre con los sucesores.
Origen Histórico.
4.
Se constituye fundamentalmente con los aportes de
los pensadores del siglo de las luces, el siglo XVIII, y
lo conforma una definición que contempla cinco
elementos:
Humano;
Territorio;
Orden Jurídico;
Poder;
Bien común.
Estado Moderno.
5.
Es el conjunto de seres humanos (mujeres y
hombres), asentado de manera permanente en base a
un orden jurídico establecido, sujeto a un Poder
ordenador y que persigue el bien común de todos
sus habitantes.
Definición:
6.
Iguales: los mismos para todos.
Inalienables: no se pueden transferir por ningún
título.
Imprescriptibles: no se pierden por el paso del
tiempo.
Esos Derechos son:
7.
La Seguridad;
La Libertad;
La Igualdad;
La Seguridad.
Valores que fundamentan la idea de
dignidad humana.
8.
No, ya que tienen una estrecha relación y
complementación mutuas, es decir, que entre los
derechos individuales y los sociales no existe
contracción, ni tampoco oposición, por lo que es
imposible tratar de que unos prevalezcan sobre los
otros, o bien que unos sean desplazados por otros.
Hay Valores superiores?
9.
La Proclamación de Teherán de 1968 estableció en su artículo 13
que los Derechos Fundamentales son indivisibles. Pero por
razones didácticas y de protección se han clasificado así:
Derechos Civiles que se basan en el valor seguridad, que es un
deber del Estado garantizarlo;
Derechos Políticos con el valor libertad como fundamento;
Derechos Económicos con el valor igualdad como fundamento;
Derechos Sociales con el valor igualdad;
Derechos Culturales también con el valor igualdad y;
Derechos de los pueblos con el valor de la solidaridad.
Clasificación:
10.
Primera Generación: Derechos Civiles y Políticos,
también denominados «libertades clásicas». Parten
de la Revolución Francesa en 1789. Dieron lugar al
liberalismo económico.
Ejemplos: todo individuo tiene derecho a la vida, a la
libertad, a la seguridad jurídica, igualdad entre
géneros, objeción de conciencia, prohibición a la
esclavitud, derecho a la intimidad, inviolabilidad de
la vivienda y de la correspondencia, juez natural,
nacionalidad, elección libre de vivienda.
Clasificación Generacional.
11.
Libertad de contraer matrimonio, religión, opinión y
expresión de ideas, reunión pacífica y asociación.
Algunos de estos derechos no fueron concedidos a
hombres y mujeres al mismo tiempo; como ejemplo
en Guatemala, la mujer instruida pudo votar hasta
1945.
El acceso a estos derechos ha sido difícil. Aún en
países mas desarrollados como Estados Unidos, los
derechos civiles fueron objeto de muchas luchas en
las décadas de los 50 y 60 del siglo pasado.
Asimismo…
12.
Fue hasta 1964 que se tuvo una ley de derechos
civiles en Estados Unidos, gracias a las luchas
encabezadas por el Reverendo Martin Luther King.
Asimismo el apoyo del Presidente Kennedy y de su
hermano Robert Francis Kennedy.
Continuación…
13.
El reconocimiento de la dignidad individual.
Privilegian al individuo considerado uno por si solo.
Pero la percepción de estos derechos ha variado
según la época.
Hoy la polémica está trazada en derechos
individuales como:
Importancia de estos Derechos de
Primera Generación:
14.
Son los derechos económicos, sociales y culturales,
debidos a los cuales, el Estado de Derecho pasa a una
etapa superior, es decir, a un Estado Social de
Derecho.
Se originaron en México con su imponente
Constitución Agraria del 5 de febrero de 1917.
Luego se instituyeron en la Constitución de Weimar
de 1918.
En Guatemala se reconocen con la Constitución de
1945.
Segunda Generación.
15.
Derecho a la Seguridad Social, la Propiedad Privada
en función Social, la Salud, el derecho al trabajo
digno, derecho a un nivel de vida adecuado que le
asegure a la persona y a su familia una alimentación
que sea necesaria, vestido, vivienda, asistencia
médica y los servicios sociales necesarios como
transporte, ornato, recreación; salud física y mental,
una maternidad responsable (ventada de los mil
días), educación primaria, y en sociedades más
avanzadas incluye la educación universitaria.
Y cuáles son:
16.
Aparecen después de la Segunda Guerra Mundial.
Conllevan los siguientes:
Derecho a la Paz y al Desarrollo; al progreso social, a un
marco de respeto y colaboración mutua entre las naciones
de la comunidad internacional.
Libre autodeterminación de los pueblos, la independencia
económica y política; la identidad nacional y cultural, la
paz, la coexistencia pacífica, el entendimiento y la
confianza, la cooperación internacional y regional, la
justicia internacional, la tecnología al servicio de todos, el
medio ambiente sano, limpio, autosustentable, el
patrimonio común de la humanidad, el desarrollo que
permita una vida digna.
Tercera Generación.
17.
Es atribuible y conferida no a seres humanos sino
que son los derechos de los animales no-humanos.
Ejemplos la conservación de especies en peligro de
extinción y trato ético a animales no-humanos.
Cuarta Generación.
18.
Tampoco tiene al hombre como centro de su
protección, sino que se orientan a máquinas,
artefactos, robots y software inteligente. Hoy se
habla de inteligencia artificial (el caso del androide
Sophia), y se está en estudio si es posible asignarle
derechos. Recientemente este androide recibió la
nacionalidad Británica, lo que nos hace pensar que
ya está en aplicación esta generación.
Quinta Generación.
19.
Son los derechos de los seres trans-humanos y en un
estado ulterior (posterior) post-humano, o por
utilizar una expresión mucho más viable, personas
con identidad genérica-cognitiva-informacional
alterada por la modificación gano-nano-robo-tecno.
Sexta Generación.
20.
En el año 1215 se proclamó la Carta Magna en Inglaterra
que se constituyó, en una concesión de derechos a favor
de los Nobles, los cuales fueron ampliados conforme el
paso del tiempo, limitándose de esta manera el poder
absoluto del Rey.
Otro precepto importante de esta época es que se sentó el
principio de separación del Poder del Rey con la Iglesia.
Se habla de los hombres libres, prohibición de una
detención ilegal, el derecho a la propiedad privada,
prohibición a la tortura, a los malos tratos y a los tratos
inhumanos o degradantes; el derecho a un juicio justo,
igualdad jurídica ante la ley. Como podemos ver, es un
documento muy avanzado para su época.
Historia…
21.
La Declaración de Virginia de 1776 en Estados
Unidos, se constituye en un documento muy valioso
y que fue el preludio de la Declaración de
Independencia de los Estados Unidos de América.
En este documento se desconoce la autoridad del
Rey y se delinea una nueva forma de gobierno.
Se reconocen lo siguientes derechos:
Igualdad, soberanía popular (el poder proviene del
pueblo), derecho a la resistencia pacífica, separación
de poderes, libertad, justicia, libertad de religión.
Continuación…
22.
Aprobada el 26 de agosto de 1789. Verdadero
documento precursor de una sistematización de los
Derechos Fundamentales.
Aportes:
Todos los hombres nacen libres, es su estado natural;
Derecho de libertad y propiedad;
Principio de Legalidad;
Libertad de opinión y de conciencia;
Libertad de pensamiento;
Declaración de los Derechos del
Hombre y del Ciudadano.
23.
Surgió en 1919 al finalizar la Primera Guerra
Mundial. El Papa Benedicto XV propone realizar
esfuerzos por crear un órgano supranacional para
evitar una conflagración mundial posterior.
En 1917 hace su propuesta de un Plan de Paz Justa y
Verdadera. El proyecto es tomado por el presidente
Woodrow Wilson de Estados Unidos en 1918.
Propone un plan de un órgano con garantías mutuas
de independencia política y de integridad territorial
para todos los Estados, grandes o pequeños.
La Sociedad de Naciones.
24.
Deberán resolverse a base del libre consentimiento
de las poblaciones, incluyendo las disputas
territoriales. Este órgano debe constituirse en
garante de la paz y la justicia y debe zanjar todos los
litigios internacionales que no puedan ser resueltos
directamente por acuerdo de los Estados interesados.
Al firmarse Los Tratados de Versalles en 1919, se
funda oficialmente la Sociedad de Naciones.
Todas las cuestiones…
25.
1. Mantener la paz mundial;
2. Fomentar la cooperación internacional y registrar
los Tratados Internacionales;
3. Protección a las minorías;
4. Protección de los Derechos Humanos;
5. Control de los Estados que ejercían mandato;
6. Registro de Tratados.
entre otros.
Fines:
26.
Asamblea General conformada por todos sus
miembros;
Consejo de Seguridad que comprendía a ocho
miembros permanentes y no permanentes, que luego
fue elevado a once miembros;
Secretaria Permanente con un Secretario General en
funciones.
No había un Tribunal internacional como ahora,
aunque en la práctica funcionaba uno que no
pertenecía a este sistema.
Órganos.
27.
Podía discutir todas las controversias relativas a la
paz mundial y formular por unanimidad
resoluciones, también se ocupaba de instar a sus
miembros a que revisaran sus Tratados cuan estos ya
eran anticuados.
La Asamblea General:
28.
En 1942 veintiséis países que luchaban contra Alemania y
los demás países del eje, suscribieron La Declaración de
las Naciones Unidas, en donde se reconoce la necesidad
de que la comunidad internacional se organice para
buscar la paz.
Al finalizar la guerra, se reunieron los representantes de
cincuenta países en la ciudad de San Francisco, Estados
Unidos, y redactaron el documento que es la columna
vertebral de la ONU, y recibe el nombre de La Carta de
las Naciones Unidas. Fue firmada originalmente por 51
Estados fundadores el 26 de junio de 1945.
La ONU.
29.
Las Naciones Unidas quedaron constituidas
oficialmente el 24 de octubre de 1945, al quedar
ratificada la Carta por la s cinco potencias: Estados
Unidos, China, Francia, Inglaterra, Unión Soviética y
por la mayoría de los Estados fundadores.
Su finalidad era prevenir la guerra entre naciones y
reafirmar la fe en los Derechos Fundamentales del
hombre, en la dignidad y el valor de la persona
humana, en la igualdad de derechos de hombres y
mujeres y de las naciones grandes y pequeñas.
Fundación.
30.
Tema importante en este diplomado es conocer el
valor de esta figura que aparece en nuestro
ordenamiento jurídico interno.
Es un delegado o comisionado del Congreso de la
República que tiene como función principal defender
los derechos Fundamentales que la Constitución
garantiza.
Recibe el nombre de Defensor del Pueblo, Delegado
del Pueblo, Ombudsman, entre otros.
El Procurador de los Derechos
Humanos.
31.
Aunque hombre y mujer como seres humanos,
parten de una igualdad que les concede la ley, los
hechos no reflejan eso. Por siglos, la mujer ha sido
objeto de un trato no igualitario respecto al hombre,
en donde han incidido factores religiosos, políticos,
sociológicos, etc. Sabedores de ello, diversas
personalidades e instituciones se han dado a la tarea
de lograr esa igualdad en la realidad. De esa cuenta
delineamos algunos puntos al respecto.
Derechos Humanos para las
Mujeres:
32.
Tomar libremente decisiones que afectan su vida, por ejemplo
aquellas que tienen que ver con su trabajo, el número y
espaciamiento de los hijos, sus estudios y el uso de su tiempo
libre;
Tratar en paz los asuntos que interesen a ambos miembros de la
pareja para procurar que las decisiones relativas a ellos sean
tomadas de común acuerdo;
Compartir por igual con su pareja, las responsabilidades
familiares como las que se refieren a la crianza de sus hijos: a
los gastos y los cuidados que estos necesiten;
Expresar sus opiniones y necesidades físicas, emocionales,
intelectuales y sexuales, para que sean consideradas igualmente
importantes y satisfactorias de la misma forma que las de su
pareja.
Dentro de las Relaciones Sociales las
Mujeres tienen derecho a:
33.
Decidir respecto a su vida sexual, es decir, respecto de cuando desean y cuando no
desean tener relaciones sexuales, y negarse a prácticas sexuales que les desagraden o
lastimen;
Denunciar todo ataque sexual de que sean objeto; ser atendidas inmediata,
respetuosa y diligentemente por los funcionarios de las agencias del Ministerio
Público, como los agentes, los médicos los trabajadores sociales, los policías y los
peritos;
Esperar que se les brinde servicios de justicia gratuitos y completos, que incluyan
tratamiento contra enfermedades venéreas y terapia tendiente a curar los traumas
físicos y emocionales producidos por alguna agresión;
Ser informadas con claridad respecto del proceso; consultas cuando, a fin de
perseguir un delito que denunciaron, ser requiera revisar su persona o sus ropas, y
tratadas con todo respeto a su dignidad y pudor durante la revisión;
Exigir que los funcionarios de la administración de justicia no prejuzguen su dicho;
Recibir orientación respecto de cómo exigir a su victimario la reparación del daño.
Otros derechos importantes:
34.
Ser protegida durante sus embarazos y en el ejercicio de su maternidad;
Ser atendidas por el personal de salud, en caso de enfermedad, de
embarazo, de parto, con respeto y cuidado y de acuerdo con sus
necesidades;
Ser consultadas sobre si desean que se les aplique un método
anticonceptivo y ser respetadas cualquiera que sea su decisión al respecto;
Exigir que sus derechos laborales no queden condicionados por la renuncia
a la maternidad, es decir, que no se les niegue algún trabajo que soliciten,
ni se les despida del que ya tenga, por estar embarazadas;
Tener dos descansos de media hora cada uno durante la jornada de trabajo
para alimentar a sus hijos lactantes;
Gozar, con la percepción de un salario íntegro, de seis semanas de
descanso anteriores y seis posteriores al parto para reponerse y atender a
los recién nacidos;
Recibir las prestaciones que otorguen a las madres las normas específicas y
los contratos colectivos de trabajo.
Respecto a la Maternidad:
35.
Ser respetadas en su trabajo, no ser objeto de acoso
sexual y denunciar a quien les cause un perjuicio
laboral por no responder afirmativamente a sus
demandas sexuales;
Recibir un salario igual que los hombres por igual
trabajo o, en términos más simples que se
contemplan en la OIT (Organización Internacional
del Trabajo), a trabajos iguales salarios iguales, y que
esto priva también en nuestra legislación nacional;
Obtener y conservar un empleo, sin que ello se
condicione a que renuncie al matrimonio.
Aspectos Laborales:
36.
Conlleva tres aspectos muy importantes entre otros:
1. Derechos a la participación política: que significa que la
mujer tiene derecho a participar como candidata a
puestos de elección en igualdad de condiciones;
2. Derecho a la organización: se refiere a la posibilidad de
formar agrupaciones que puedan participar en eventos
electorales o que se sirvan para otros fines como la
investigación y docencia por ejemplo;
3. Derecho a la dirección política: se dirige a la posibilidad
que la mujer ocupe puestos de dirección en los diferentes
órdenes del actuar político.
Derecho a la Política.
37.
La violencia en términos generales es una
manifestación de una voluntad de una persona sobre
otra, para lograr un propósito determinado,
mediante su sumisión, irrespetando su dignidad
como persona. Esta manifestación puede ser de
diferentes formas, dando origen a las diferentes
clases de violencia.
Derecho a una vida sin violencia.
38.
Todo acto de violencia basado en la pertenencia al
sexo femenino que tenga-o pueda tener-como
resultado un daño sufrimiento físico, sexual o
psicológico para ella, así como las amenazas de tales
actos, la coacción o la privación arbitraria de la
libertad, tanto si se producen en la vida pública
como en la privada.
Violencia contra la mujer.
39.
…patrones de género que abarcan estructura
patriarcales y sitúan a las mujeres en luna posición
subordinada respecto de los hombres.
Naciones Unidas al respecto considera que la
violencia contra la mujer es cualquier acción o
conducta basada en el género, que cause muerte,
daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la
mujer, tanto en el ámbito público como en el
privado.
También se relaciona:
40.
Se considera que es una violencia basada en el
género, una expresión abusiva de poder cuyo
objetivo es mantener sometida a la víctima y
producirle disminución en su propia estima, hasta
paralizarla en todos los ámbitos sociales. Es una
violencia oculta y, al mismo tiempo, tolerada por la
sociedad. De naturaleza polifacética (asume
diferentes formas), es cíclica (ha ido desarrollándose
conforme el tiempo), recurrente y sistemática (ha
sido considerada como parte de la cultura de ciertas
sociedades).
Y también:
41.
Es una forma de violencia basada en las diferencias
adscritas socialmente. Puede ser para mujeres y
hombres.
Son ejercicios violentos de poder basados en la
identidad de género o en la orientación sexual de las
víctimas.
Violencia de género.
42.
Conductas que dañan la autoestima de las alumnas
con actos de discriminación por su sexo, edad,
condición social, académica, limitaciones o
características físicas, que les infligen maestras o
maestros.
Violencia Docente.
43.
Toda acción u omisión del agresor que afecta la
supervivencia económica de la víctima. Se
manifiesta a través de limitaciones encaminadas a
controlar el ingreso de sus percepciones económicas,
así como la percepción de un salario menor por igual
trabajo, dentro de un mismo centro laboral.
Violencia Económica:
44.
Actos individuales o colectivos que transgreden
derechos fundamentales de las mujeres y propician
su denigración, discriminación, marginación o
exclusión en el ámbito público.
Violencia en la Comunidad:
45.
Acto abusivo de poder u omisión intencional,
dirigido a dominar, someter, controlar o agredir de
manera física, verbal, psicológica, patrimonial y
sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio
familiar, cuyo agresor tenga o haya tenido relación
de parentesco por consanguinidad o afinidad, de
matrimonio, concubinato, o mantenga o haya
mantenido una relación de hecho.
Violencia Familiar:
46.
Cualquier acto que inflige daño no accidental, que
usa la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que
pueda provocar, o no, lesiones, ya sean internas,
externas o ambas.
Violencia Física:
47.
Actos u omisiones de las y los servidores públicos de
cualquier orden de gobierno que discriminen o
tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el
goce y ejercicio de los derechos fundamentales de las
mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas
públicas destinadas a prevenir, atender, sancionar y
erradicar los diferentes tipos de violencia.
Violencia Institucional:
48.
Negativa ilegal a contratar a la víctima o a respetar
su permanencia o condiciones generales de trabajo;
descalificación del trabajo realizado, amenazas,
intimidación, humillaciones, explotación y todo tipo
de discriminación por condición de género.
Violencia Laboral:
49.
Cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia
de la víctima. Se manifiesta en la transformación,
sustracción, destrucción, retención o distracción de
objetos, documentos personales, bienes y valores,
derechos patrimoniales o recursos económicos
destinados a satisfacer sus necesidades. Puede
abarcar los daños a los bienes comunes o propios de
la víctima.
Violencia Patrimonial:
50.
Cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad
psicológica. Puede consistir en negligencia,
abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos,
humillaciones, devaluación, marginación, desamor,
indiferencia, infidelidad, comparaciones
destructivas, rechazo, restricción a la
autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan
a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la
devaluación de su autoestima e, incluso, al suicidio.
Violencia Psicológica:
51.
Cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la
sexualidad de la víctima y que por tanto atenta
contra su libertad, dignidad e integridad física. Es
una expresión de abuso de poder que implica la
supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y
concebirla como objeto.
Violencia Sexual:
52.
La mujer en cuanto a este derecho fundamental, se le
debe garantizar que en todo momento jamás se vea
en ninguno de los escenarios antes descritos.
Conclusión respecto a este punto:
53.
Este derecho fundamental va dirigido a que en todos
los órdenes de la vida, la mujer debe tener abiertas
todas aquellas posibilidades que le permitan
desenvolverse como ser humano y poder colocarse
en mejores oportunidades para realizarse como
persona. Se dice que la persona es un ser
tridimensional (alma, mente y cuerpo)…pues bien,
en este punto la mujer tiene el derecho que se le den
esas condiciones para que estos tres aspectos puedan
alcanzar cada vez más, niveles de desarrollo y
progreso.
Desarrollo Integral:
54.
Ambiente es lo que nos rodea…ese entorno que hace
posible que se tenga un marco de actuación, en
donde se llevan a cabo las conductas propias del ser
humano.
La mujer tiene el derecho a que ese ambiente que le
rodea, sea el óptimo para que pueda realizarse
plenamente lo que redunda en una serie de
beneficios como por ejemplo: gozar de completa
salud; en caso opte por la maternidad, ésta tenga las
mejores opciones tanto para ella como para sus hijos;
Derecho a un Ambiente Sano:
55.
Un ambiente sano representa un excelente punto de
partida para alcanzar metas más ambiciosas: en el
aspecto educativo, poder continuar con procesos de
formación; a nivel de centro de trabajo, un ambiente
sano significa poder cumplir de mejor forma con sus
obligaciones laborales.
Asimismo:
56.
Es un Derecho Fundamental muy amplio que contempla
protecciones muy variadas:
1. Poder conocer lo que de las mujeres consten en los Registros
Públicos;
2. Acceder a la información que necesiten sobre cualquier materia
(exceptuando la información reservada o con cláusula de
confidencialidad);
3. Derecho a que se aclaren informaciones que desvíen o
distorsionen la verdad sobre algún aspecto relacionado con ellas;
4. Respeto a su intimidad;
5. Derecho a que no se divulgue información sensible acerca de ellas,
sin su consentimiento previo;
6. Derecho a la información que las mujeres proporcionen con
cláusula de confidencialidad, sea respetada.
Derecho a la Información: