4. Objetivos de la intervención del
médico forense
1. Diagnóstico de aborto provocado
2. Diagnóstico de edad del producto
3. Diagnóstico de embarazo y expulsión reciente de la
presunta madre
4. Recolección de indicios de valor judicial que vinculen a los
acusados con el hecho.
5. Procedimiento
A. Examen del escenario del hecho
B. Examen de la presunta madre
C. Examen del producto de la gestación
6. Examen del escenario del hecho
Restos de placenta
Pueden encontrarse en los instrumentos quirúrgicos empleados
Manchas de líquido amniótico
Meconio, unto sebáceo y sangre
Instrumentos ginecológicos
Curetas, dilatadores, espéculos vaginales, sondas de goma e
histerómetro
Medicamentos relacionados
Oxitócicos, analgésicos, obstétricos, coagulantes, anestésicos generales,
etc.
Mesa ginecológica
Manchas recientes que puede haber en la sabana que la recubre
Fragmentos de tejidos ovulares y fetales
7. Examen de la presunta madre
Signos de embarazo reciente
Cloasma “mascara del embarazo”, pigmentación línea alba y
de pezones, tubérculos de Montgomery en mama, secreción
láctea y estrías en la pared abdominal
Signos de evacuación reciente del útero
El cuello del útero puede estar dilatado con secreción
sanguinolenta; a veces, con desgarros, quemaduras
químicas y otros signos de violencia ejercida para el aborto
En caso de autopsia
Restos placentarios, laceraciones de intestino, vejiga y útero
Investigación toxicológica
Tanto en la paciente como en cadáver deben tomarse
muestras para la investigación toxicológica de sustancias
como la quinina.
8. Examen del producto de la
gestación
La información mas valiosa que suele obtenerse de su
estudio es la edad aproximada de la gestación con base en
la edad del producto mediante la regla de Hess
<5 meses la edad del producto corresponde a la raíz cuadrada
de la estatura (Ej. 3 meses si mide 9 cm)
>5 meses el cociente de la talla en centímetros dividida entre 5
(Ej. 6 meses si mide 30 cm)
9. Examen del producto de la
gestación
Maceración (Gordon y Shapiro)
Una forma de descomposición por inhibición de liquido en las
partes blandas superficiales.
Es signo de que el feto murió en el útero y permaneció muerto
dentro del saco amniótico durante varios días antes de la
expulsión
11. Problemas medico legales
1. Época de la gestación en que se ha producido el aborto
2. Fecha de las maniobras abortivas
3. Abortos provocados por técnicos
4. Abortos provocados por la misma embarazada
5. Aborto contra su consentimiento
6. Aborto posterior a trauma
7. Aborto y trauma psicológico
8. Muerte y lesiones en el aborto
9. Idoneidad de los medios y procedimientos abortivos
12. Época de la gestación en que se
ha producido el aborto
Se hace de un modo aproximado
Medición del feto
Estudio histológico de la placenta
14. Fechas de maniobras abortivas
Es necesario un interrogatorio
Hemorragias genitales
Estado de involución del útero
Estado de cicatrización de lesiones causadas en genitales
Secreción láctea en abortos mayores de cuatro meses de
gestación
15. Abortos provocados por técnicos
Legrado uterino
Dilatación
Abortos mayores de cuatro meses de gestación
16. Abortos provocados por la misma
embarazada
Sustancias abortivas ingeridas (misoprostol)
Inyección de líquidos
Instrumentos que desprenden o perforan las membranas
17. Aborto contra su consentimiento
Difícil esclarecimiento
Perito debe de hace una investigación y reconstruir los
hechos en concordancia con las manifestaciones de la mujer
18. Aborto posterior a trauma
Puede ocurrir de forma
Dolosa
Culposa
La naturaleza del trauma tiene que tener una intensidad necesaria para
ser capaz de originar el aborto
Debe correlacionarse topográficamente la acción del agente, el proceso
desencadenante y las secuelas
Debe de haber molestias desde el momento del traumatismo hasta la
producción del aborto
Condición cronológica
Horas siguientes al trauma (Simonin)
Dentro de la semana (Crosby y Castilloe)
Verificar que el desarrollo del producto había sido normal hasta el
traumatismo
Es necesario descartar toda enfermedad ovular o uterina.
19. Muerte y lesiones en el aborto
Establecer si la muerte se produjo por:
Consecuencia directa de las maniobras abortivas
Indirectamente a través de las lesiones con que se pretendió
causar el aborto
20. Idoneidad de los medios y
procedimientos abortivos
Procedimientos que actúan sobre el contenido del útero
Punción de membranas
Desprendimiento de membranas
Vaciamiento uterino
Formolización del huevo
22. Artículos
Art. 329. Aborto es la muerte del producto de la concepción
en cualquier momento de la preñez.
Art. 330. Al que hiciere abortar a una mujer se le aplicara de
uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que
empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella.
Cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a seis
años, y si mediare violencia física o moral, se impondrán al
delincuente de seis a ocho años de prisión.
23. Artículos
Art. 331. Si el aborto lo causare un medico cirujano, comadrón o
partera, además de las sanciones que le correspondan conforme al
anterior articulo, se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio
de su profesión.
Art. 332. Se impondrá de seis meses a un año de prisión a la madre
que voluntariamente procura su aborto o consiente en que otro la
haga abortar, si concurren estas tres circunstancias:
Que no tenga mala fama
Que haya logrado ocultar su embarazo
Que este sea fruto de una unión ilegitima.
faltando alguna de las circunstancias mencionadas, se le aplicaran
de uno a cinco años de prisión
24. Artículos
Art. 333. no es punible el aborto causado solo por
imprudencia de la mujer embarazada o cuando el embarazo
sea resultado de una violación
Art.334. no se aplicara sanción: cuando de no provocarse el
aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio
del medico que la asista, oyendo este el dictamen de otro
medico, siempre que esto fuera posible y no sea peligrosa la
demora.