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Autonomia colectiva

  1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO LA AUTONOMÍA COLECTIVA Y EL DERECHO DE LAS PARTES EN LA SOLUCIÓN PACÍFICA DE LOS CONFLICTOS LABORALES Participante: Daniela Ladino. CI 26304399 Derecho Colectivo Laboral Emily Ramírez Saia A
  2. AUTONOMÍA COLECTIVA Es el poder que ejercitan las representaciones de trabajadores y empresarios para defender y promover los intereses que les son propios. Es decir, puede tomar la forma de derecho a la negociación colectiva sobre condiciones de trabajo y condiciones de empleo. Se basa en el principio de autonomía privada y se opone al concepto de heteronomía e intervencionismo (de las administraciones públicas) en la regulación y conformación de las relaciones de trabajo. EL DERECHO DE LAS PARTES EN LA SOLUCIÓN PACÍFICA DE LOS CONFLICTOS LABORALES Son todos aquellos fundamentos que la ley otorga a los trabajadores, sindicatos y patronos para la resolución de conflictos que se pueden generar en el campo laboral. En ello se presenta la negociación entre las partes que conlleva a que los representantes administrativos y de las organizaciones de trabajadores, traten de llegar a soluciones mutuamente acordadas entre los dos grupos. Cuando este proceso se rompe, el resultado es a menudo una huelga o paro de labores A.- La negociación directa entre las partes B.- La conciliación C.- La mediación D.- La consulta directa a los trabajadores y empleador involucrados en el conflicto E.- La celebración de un referendum o cualquier otra modalidad que se estime apropiada. F.- La transacción G.- El convencimiento total o parcial H.- El desistimiento Es un sistema alternativo de resolución de conflictos, una forma de solución de conflictos que no usa la fuerza y que se configura por la aparición de un tercero con el objetivo de proporcionar el acuerdo entre las partes contradictorias. Este tercero actúa intra partes, es decir, no impone una solución definitiva, sino que trabaja con el respaldo de las partes demandada y demandante AUTO COMPOSICIÓN COMO SOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS LABORALES
  3. Negociación directa entre las partes: Son arreglos que pueden hacer trabajadores y empleadores, sobre divergencias existentes en el ambiente o en la relación de trabajo, sin necesidad de formalizar un pliego, sin llevar el asunto a un conflicto, aun cuando puede participar la representación de la Inspectoría del Trabajo. Mediación: Consiste en un agregado cualitativo, somete a las partes a un forma de arreglo. El mediador propone Si la mediación laboral no ha dado resultado y quieres querellarte contra tu empleador, o trabajador. Características de la Mediación Es voluntaria: Se funda en la libertad que tienen las partes de solicitarla y de mantenerse o no en el proceso. Es flexible: Permite a las partes y al mediador establecer las reglas del proceso, salvo ciertos preceptos básicos. No tiene costo económico: Permite un acceso gratuito tanto a las empresas como a los trabajadores. Disminuye el costo social que implican las relaciones desmejoradas y las consecuencias negativas que puede traer el conflicto. La confianza deteriorada en las relaciones laborales, puede generar una disminución en la productividad de las empresas. Conciliación: Hay conciliación cuando interviene un tercero de buena fe, cuya misión es hacer comprender a las partes en conflicto, la necesidad de arreglar, transigir, convenir, coadyuvando en el alcance de un acuerdo. En caso de despido es obligatorio presentar la papeleta de conciliación ante los servicios de correspondientes con el fin de intentar llegar a un acuerdo que eluda la demanda. Al acto de conciliación no es necesario acudir con un abogado si te has informado previamente y tienes claro lo que puedes obtener si vas a juicio. AUTO COMPOSICIÓN COMO SOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS LABORALES
  4. DIREFENCIA ENTRE MEDIACION Y CONCILIACION . • En la conciliación el juez no propone una solución. En la mediación, el mediador no influye directamente si no indirectamente en el resultado. • En la mediación basa su fundamento en la voluntad de las partes con ayuda de un tercero. En la conciliación, el Juez aquí propone una solución al problema. MODOS DE HETEROCOMPOSICIÓN - El arbitraje - La decisión judicial Arbitraje: es un sistema de solución de los conflictos colectivos laborales surgidos entre empresarios y trabajadores o sus respectivas organizaciones representativas, evitando de esta forma tener que acudir a los tribunales para resolverlo Características 1. MEDIO DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS El arbitraje permite a las partes arbitrales poner fin de manera definitiva a sus conflictos, procedimiento que concluye con el laudo arbitral que equivalente a una sentencia judicial. 2. ADVERSARIAL Es esencialmente adversarial, confrontaciónal, en razón que su estructura es básicamente similar a un proceso Judicial, donde prima el enfrentamiento, la lucha por obtener la victoria. 3. ADJUDICATIVO Es adjudicativo, porque el tercero denominado arbitro a través del laudo arbitral adjudica el derecho a una de las partes arbitrales al final del proceso arbitral.
  5. CÓMO FUNCIONA LA HUELGA COMO SOLUCIÓN EXTREMA DE LOS CONFLICTOS COLECTIVOS DEL TRABAJO En términos generales, el objetivo de la solución de conflictos laborales consiste en la búsqueda de la resolución pacífica y ordenada de diferendos, primordialmente por los esfuerzos de las partes involucradas, de tal modo que cuando los efectos del conflicto no resuelto y cuándo el conflicto deberá declararse no resuelto; las opciones ofrecidas a las partes, pudiendo tratarse de otros procedimientos de resolución de controversias y el derecho de recurrir a la huelga, las cuales pueden diferir, además, según el tipo de conflicto de que se trate. Por ello; cuando se llega a tratar de solucionar conflictos colectivos del trabajo de situación extrema, se puede llegar a utilizar la huelga como un medio para: Negociar para llegar a un acuerdo
  6. Referencias Rodríguez, Hugo 2014 Nociones sobre el Derecho Colectivo del Trabajo. 3era Edición https://www.monografias.com/trabajos51/derecho-colectivo-trabajo/derecho-colectivo-trabajo.shtml https://es.slideshare.net/Dopesmoker/conflicto-juridico-y-formas-de-solucion http://www.cejamericas.org/Documentos/DocumentosIDRC/7nuevo.pdf
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