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LICITACIÓN PÚBLICA Y CONCURSO PÚBLICO.pptx
1. • ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL
DOCENTE:
ING. CASTILLO CHAVEZ JUAN
HUMBERTO
INTEGRANTES:
COLLANTES VERA, JOSELITO
JARA SANCHEZ, JULIO CESAR
JIMÉNEZ NARCIZO, BANNER YEN
SANCHEZ DOMINGUEZ, JORGE
TOLEDO VÁSQUEZ, JUNIOR
VARE QUISPE, ANYELITA
2.
3. LICITACIÓN PÚBLICA Y CONCURSOS
PÚBLICOS
La licitación pública se convoca para la
contratación de bienes, suministros y obras.
El concurso público se convoca para la
contratación de servicios de toda naturaleza,
se aplican los márgenes que establece la ley
de presupuesto del sector público.
4. LICITACIONES
Existen 2 MODALIDADES:
1. Licitación Clásica:
Construcción de bienes y ejecución de obras siempre y cuando
A) El monto sea mayor a 400 000 soles.
B) El monto sea mayor a 1 800 000 soles.
5. LICITACIONES
2. Licitación Sujeta a precalificación:
Son aplicables solamente cuando:
A) El objeto contra actual sea la ejecución de la obra.
B) El valor referencial de obra sea mayor a 20 millones de soles
8. Convocatoria
La Entidad realiza una convocatoria pública a
presentar ofertas, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 54, la que incluye la publicación de las
bases
9. REGISTRO DE PARTICIPANTES
De carácter electrónico, gratuito y todo se hace por SEACE.
Condiciones mínimas:
1. Inscripción vigente en el registro nacional de
proveedores.
2. Que no tena una sanción impuesta por el tribunal de
contrataciones.
PLAZO: Es a partir del día siguiente de la convocatoria
hasta antes de la presentación de propuestas.
10. Todo participante puede formular consultas y observaciones, a través del SEACE.
PRECENTACION Y ABSOLUCION DE CONSULTAS
La absolución se realiza de manera motivada mediante pliego absolutorio de
consultas y observaciones que se elabora conforme a lo que establece el OSCE.
El plazo para que el comité de selección absuelva la totalidad de las consultas y
observaciones presentadas por los participantes y registre las bases que
integren todas las modificaciones previstas en el pliego absolutorio, así como su
respectiva notificación a través del SEACE, no puede exceder (10) días hábiles.
Los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones, pueden
ser elevados al OSCE a través del SEACE, en el plazo de tres (3) días hábiles
siguientes de su notificación, efectuándose de manera previa el pago
correspondiente.
11. FORMULACION Y ABSOLUCION DE
OBSERVACIONES
FORMULACION
Son formuladas por los participantes y su finalidad es velar por la legalidad de las
reglas, se hace esta formulación en contravención a la normativa de contrataciones
del estado u otras normas complementarias o conexas al proceso de selección se
tiene un plazo de 10 días hábiles siguientes de la convocatoria
ABSOLUCION
Una ves elevada las observaciones al SEACE el comité de selección en paralelo con
las consultas en un plazo de 7 días
12. • El plazo para emitir y notificar el pronunciamiento e integración
definitiva a través del SEACE es de doce (12) días hábiles, y se
computa desde el día siguiente de que la Entidad registra en el
SEACE los documentos previstos en el TUPA del OSCE y en la
Directiva correspondiente.
INTEGRACION DE BASES
13. PRESENTACIÓN DE OFERTAS
La presentación de ofertas se realiza de manera electrónica a
través del SEACE durante el periodo establecido en la
convocatoria, salvo que este se postergue de acuerdo a lo
establecido en el Reglamento de la Ley 30225.
Para la admisión de las ofertas, el comité de selección verifica la
presentación de los documentos requeridos en los literales a), b),
c), e) y f) del artículo 52
Adicionalmente, en el caso de obras, el comité de selección
declara no admitidas las ofertas que no se encuentren dentro de
los límites del valor referencial
14. La evaluación de ofertas consiste en la aplicación de los factores
de evaluación con el objeto de determinar la oferta con el mejor
puntaje y el orden de prelación de las ofertas
EVALUACIÓN DE OFERTAS
15. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
Luego de culminada la evaluación, el comité de selección
califica a los postores que obtuvieron el primer y segundo
lugar, según el orden de prelación.
Si alguno de los dos (2) postores no cumple con los requisitos
de calificación, el comité de selección verifica los requisitos de
calificación de los postores admitidos, según el orden de
prelación obtenido en la evaluación, hasta identificar dos (2)
postores que cumplan con los requisitos de calificación; salvo
que de la revisión de las ofertas, solo se pueda identificar una
(1) que cumpla con tales requisitos.
16. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Se otorga al postor cuando cumpla con los
requisitos de calificación.
Se publica en el SEACE el mismo día.
Debe incluir el acta de otorgamiento de buena
pro y cuadro comparativo con el detalle de los
resultados de la calificación y evaluación.
17. CONCLUSIONES
En La ley 30225 las normas están orientadas a maximizar el valor de los
recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque
de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras,
de tal manera que estas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores
condiciones de precio y calidad.
Después de la apertura de las ofertas no debe darse a conocer información
alguna acerca del análisis, subsanación y evaluación de ofertas hasta que
se haya publicado la adjudicación de la buena pro.
Luego de otorgada la buena pro debe permitirse acceso de postores al
expediente de contratación