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ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
CURSO: PROYECTOS
PROF. JOSE ANTONIOALVAREZ PEJERREY
ALUMNA: YESSICA ROJAS N.
2,016
Trabajo:
CONSTITUCIÓN DE UNA
EMPRESA
TRAMITES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA
EMPRESA
De manera general, la constitución de una empresa en el Perú involucra la ejecución de
11 pasos. En parte inicial donde se gestaba la idea de la empresa a constituir ya se debió
adoptar la modalidad o sociedad empresarial que optará el negocio, la cual puede ser Natural
o Jurídica (E.I.R.L., S.R.L., S.A. o S.A.C.).
También deberá considerarse si será::
Una Microempresa
 Cuenta con más de un trabajador pero como máximo 10 trabajadores.
 Realiza o tiene proyectadas un total de ventas brutas o netas anuales hasta por un monto
máximo de 150 UIT.
Una Pequeña Empresa
 Cuenta con más de un trabajador pero como máximo 100 trabajadores.
 Realiza o tiene proyectadas un total de ventas brutas o netas anuales hasta por un monto
máximo de 1700 UIT.
Ahora ya estás en capacidad de decidir si tu negocio será como persona natural o jurídica.
 Los trámites a seguir son muy sencillos, y lo importante es que ahora los tiempos se han
acortado significativamente. Sin embargo en algunos casos los trámites demoran un
poco.
 Existen instituciones que brindan el servicio de constitución de empresas jurídicas con
tarifas sociales reducidas y en un tiempo muy corto, podría ser de 3 días útiles si
entregas todos los documentos y requisitos.
A continuación los datos de estas instituciones:
 Centros COFIDE:Tiene 16 módulos en 16 distritos de Lima
 Ministerio de la Producción (PRODUCE):Cuenta con 4 Ventanillas de Atención
 Centros MAC MYPE: La gran ventaja de estos centros es su horario de atención pues
atienden hasta horas de la noche y también sábados, domingos y feriados.
A continuación presento un esquema de los pasos a seguir muy concretos en un cuadro con
el detalle de los trámites, ya en las siguientes páginas ampliare más al cada uno de estos
pasos:
TRÁMITE A SEGUIR EXPLICACIÓN INSTITUCIÓN
Quien lo
realizará
Búsqueda y reserva de nombre
Para saber si existeun nombre igual o
similar al quesedesea para la
empresa. Luego se debe reservarlo.
SUNARP Dueño(s)
Elaboración de minuta de
constitución
Es el documento quecontienela
declaracióndevoluntad deconstituirla
empresa.Contienelamodalidad
empresarial,losdatosdelossocioso
accionistasdela misma,losestatutos,
etc.
Abogado
Notaría
Existen:
COFIDE
PRODUCE
Que asesoran
estos trámites
pro un costo
accesible por
los convenios
que tienen
con diversas
notarias
Elaboración de escritura pública
Sirve para darleformalidad a la
minuta y presentarlo a Registros
Públicos parasu inscripción.
Notaría
Inscripción en el registro de
personas jurídicas
Procedimiento de inscribir laescritura
pública.
SUNARP
Inscripción en el Registro Único
de Contribuyentes – RUC y
obtención del número RUC.
El Número RUC es único y es de
uso obligatorio en toda
declaración o trámite que se
realice ante la SUNAT.
El RUC es el padrón que contiene los
datos de identificación delas
actividades económicasy demás
información relevantede la persona
natural o jurídica.
Se debe definir el sistema de
impuesto a la renta.
SUNAT Dueño(s)
Pedir autorización del libro
planillas. Si tienes a tu cargo uno
o más trabajadores, debes llevar
planillas de pago.
Las planillas depago son un registro
contable. Brindan elementos que
permiten demostrar, ante la
autoridad competente, la relación
laboral del trabajador con tu
MTPE Dueño(s)
empresa, su remuneración y los
demás beneficios que se le pagan.
Inscripción en el REMYPE
Es un registro administrativo que
permiteinscribira lasempresaspara
ser reconocidoscomo MYPE.
SUNAT Dueño(s)
Inscripción de trabajadores al
seguro social
Para queel trabajador recibalos
serviciosdesaludy otros relacionadosa
la seguridadsocial.
ESSALUD Dueño(s)
Obtención de permisos especiales
Son permisosqueotorga laautoridad
competente, según el giro del negocio a
través del cual seconstata quese
cumplen con normastécnicasdesalud,
seguridad,infraestructura,etc.,para
quepueda operar el negocio sin poner
en riesgo lavidahumana.
Según giro del
negocio se
identificará el
que corresponde
al negocio
Dueño(s)
Obtención de Licencia de
Funcionamiento
Es la autorización quesesolicitaa la
municipalidad paraqueel negocio
opereen la jurisdicción.
Municipalidad Dueño(s)
Legalización de libros contables
Es la legalización delos libros
contables que utilizará laempresa
según el Régimen de Impuesto a la
Renta que le corresponda.
Notaría Dueño(s)
- SUNARP: Superintendencia Nacional de Registros Públicos
- SUNAT : Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
- MTPE: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
- REMYPE: Registro Nacional de Micro y Pequeñas Empresas
- ESSALUD: El Seguro Social de Salud
PASOS DETALLADOS SOBRE CADA UNO DE LOS TRÁMITES:
1) LA RESERVADEL NOMBREENLA SUNARP
Reservar el nombre, impide la inscripción (durante la constitución de su empresa)de cualquier
otra empresa adoptando una razón social o una denominación, completa o abreviada, igual o
semejante a aquella que esté gozando del derecho de Reserva de Preferencia Registral.
Para esto se deben realizar 2 pasos:
a) Búsqueda de los índices
Se solicita en SUNARP. Esta búsqueda sirve para saber si no hay un nombre o título igual, o
parecido, al que denominará a su empresa. Derecho de trámite 4.00 Nuevos Soles
El resultado de la búsqueda me lo entregan en el día, tiene vigencia desde el momento de
su expedición y no produce el cierre temporal del índice de denominación. Si el resultado es
negativo, es decir, si no hay un nombre similar se prosigue con el paso B.
Si ya existe el nombre que planea colocar a su empresa en el directorio nacional de
personas jurídicas de la SUNARP, tendrá que tentar con otro nombre que no esté
registrado .
b) Solicitar la Reserva del Nombre de la persona jurídica a constituir:
Se solicita en SUNARP. Se debe solicitar la reserva del nombre de mi empresa. Para eso
lleno el formato que me dan en esta entidad y lo relleno con el nombre de los socios, el
domicilio fiscal, el tipo de sociedad, la indicación de si es micro o pequeña empresa (MYPE),
entre otros datos.
Luego de solicitar la inscripción del nombre de la empresa, debo esperar aproximadamente
un día para que me entreguen la reserva de nombre. Esto significa que el índice de
denominación se bloquea por treinta (30) días naturales y nadie puede tomar dentro de ese
plazo tal nombre.
También puedo realizar esta reserva en línea a través de la página WEBde la SUNARP , aquí
ingresa toda la información e imprime el formulario con el cual se acerca a la SUNARP y
cancela 18.00 Nuevos Soles.
2) ELABORACIÓN DE MINUTA: Requisitos:
- Documentos Personales
Presentar copia simple del DNI vigente del titular o de los socios. Las personas casadas
adjuntarán copia del documento de identidad del cónyuge. En el caso del titular/socio
extranjero deberá acompañar copia del carné de extranjería o visa de negocio.
- Descripción de la Actividad Económica:
Se debe describir claramente la actividad a la cual se dedicará la empresa se debe
presentarla en una hoja suelta redactada y firmada por los interesados. Si es una empresa
Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) lleva solamente la firma del aspirante a
titular.
- Capital de la Empresa:
Indicar el aporte del titular o de los socios que se hace para la constitución de la empresa.
Los aportes se tienen que detallar en Bienes Dinerarios y Bienes no Dinerarios comosigue:
- Bienes Dinerarios:
Se le llama al aporte del capital que hago en efectivo. Una vez elaborada la minuta o acto
constitutivo y con una copia de ésta, debo efectuar el depósito bancario a nombre de la
empresa. Tengo que adjuntar la “Constancia de Depósito” en original y copia.
- Bienes no Dinerarios:
Aporte del capital que hago en máquinas, equipos, muebles o enseres. La lista detallada
del aporte de bienes debe presentarse en una Declaración Jurada
Simple.
Según el inciso h) del Artículo 58º, del DecretoLey Nº 26002, Ley del Notariado modificado
por la Ley Nº 28580, No será exigible la minuta en la Declaración de voluntad de
constitución de pequeña o microempresa.
3) ESCRITURAPÚBLICA:
La escritura pública es un documento en el que se hace constar un determinado hecho o
derecho, contiene una o más declaraciones de las personas intervinientes, es autorizado por
un fedatario público (Notario), que da fe sobre la capacidad jurídica de los otorgantes, el
contenido del mismo y la fecha en que se realizó.
En resumen sirve para darle formalidad a la minuta o acto constitutivo y, posteriormente
presentarla en Registros Públicos.
Requisitos para que el notario pueda elevar la escritura pública:
 Minuta de constitución de la empresa/acto constitutivo (Incluyendo una copia simple).
 Pago de los derechos notariales
 Si el trámite se realiza de manera particular, el monto a pagar será la tarifa establecida por
el Notario, que casi siempre depende del monto del capital social. Por ejemplo para una
empresa que decidió establecerse como Sociedad Anónima Cerrada con un capital social
de 5,000 Nuevos Soles le costara un décimo(1/10) de ese capital social es decir 500.00
nuevos soles
 Si este trámite serealiza a través de la Dirección Mi Empresa – Ministerio de la Producción
de las diferentes regiones del país, podría acceder a una tarifa social reducida debido a
convenios interinstitucionales con los que cuentan las Direcciones Mi Empresa con su
Colegio de Notarios. En la Región Piura le cuesta entre 150.00 y 180.00 Nuevos Soles
para el caso anterior.
4) INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS PÚBLICOS
Una vez que obtenga mi escritura pública de constitución, el notario o el titular o los socios
tendrán que realizar la inscripción de la empresa en la Oficina Registral competente en el
Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP. (Ver locales en SUNARP).
La calificación del título está a cargo de un registrador público de la oficina registral
competente, que debe extender el asiento de inscripción en un plazo de 01 DÍA ÚTIL.
A partir de la fecha y hora de presentación de los respectivos documentos, la empresa gozará
de los derechos y beneficios que brinda la inscripción.
A partir de la inscripción registral, la sociedad adquiere personalidad jurídica. Luego de
calificar el título, la oficina registral entregará:
o Una constancia de inscripción.
o Copia simple del asiento registral.
o Registro de la Empresa y de ser Empresa Individual de responsabilidad limitada.
En este registro se inscribe la constitución de la empresa y el nombramiento de sus gerentes,
entre otros rubros.
Requisitos:
 Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
 Copia del documento de identidad del presentante del título, con la constancia de haber
sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
 Escritura pública otorgada personalmente por el titular.
 Pago de derechos registrales - 1.08%UIT por derechos de calificación y 3/1000 del
capital por derechos de inscripción
 Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
o REGISTRO DE SOCIEDADES :
En este registro se inscriben la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada – S.R.L, la
Sociedad Anónima – S.A. y la Sociedad Anónima Cerrada – S.A.C.
Requisitos:
 Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
 Copia del documento de identidad del presentante del título, con la constancia de haber
sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
 Escritura Pública que contenga el pacto social y el estatuto.
 Pago de derechos registrales 1.08%UIT por derechos de calificación y 3/1000 del capital
por derechos de inscripción.
 Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
5) TRAMITAR EL REGISTRO ÚNICO DEL CONTRIBUYENTES (RUC) EN LA SUNAT.
(Incluye selección del RÉGIMEN TRIBUTARIO y la solicitud de emisión de
Comprobantes: TICKETS, BOLETAS Y/O FACTURAS).
- PRIMER PASO: Obtener el Registro único de Contribuyentes en el Registro único de
contribuyentes.
Este Número lo identificará como contribuyente fiscal; lo obtiene inscribiéndose en el
registro único de contribuyentes en las oficinas de la SUNAT en Lima o en Provincias. Para
obtener este registro (RUC) presentará los siguientes documentos.
Para ello El titular deberá:
 Exhibir el original y presentar fotocopia de mi documento de identidad (del titular).
 Exhibir el original y presentar fotocopia recibo de agua y/o luz y/o teléfono fijo y/o
televisión por cable (con fecha de vencimiento dentro de los últimos dos meses) o de
la última declaración jurada de predio o autoevalúo del local donde funcionara la
empresa.
 La partida registral certificada (ficha o partida electrónica) por los Registros Públicos.
Dicho documento no podrá tener una antigüedad mayor a treinta (30) días calendario.
 En el caso de la declaración de establecimiento(s) anexo(s), deberá exhibir el original
y presentar fotocopia de uno de los documentos que sustentan el domicilio del local
anexo.
Si, por diversos motivos, como representante legal, no puedo realizar la inscripción de
manera personal, puedo autorizar a otra persona. Esta persona, adicionalmente a
los requisitos señalados, deberá presentar los siguientes documentos:
 Exhibir el original y presentar una fotocopia de su documento de identidad
 Presentar una carta poder con firma legalizada ante notario público o autenticada por
un fedatario de la SUNAT (especificando que es para realizar el trámite de inscripción
en el Registro Único de Contribuyentes).
- SEGUNDO PASO: Elegir un Régimen Tributario
Se podrá elegir el régimen tributario que más convenga, acorde con el negocio que se
va desempeñar, se deberá poner énfasis en este paso ya que dependiendo del régimen
tributario se pagan tributos y se podrá acceder a beneficios. En este paso el personal de
SUNAT le apoyará en la elección, le indicará los beneficios de uno y otro régimen.
(Ver capítulo 2)
- TERCER PASO: Solicitar autorización para impresión de comprobantes de pago
Al momento de solicitar la activación del RUC, en un plazo no mayor de 7 días y una vez
verificado el domicilio donde funcionará el negocio indicado, llegará al mismoel RUC y la clave
sol la misma que permitirá realizar diversos trámites a través de Internet, tales como: pagar y
presentar mis declaraciones, solicitar autorización de impresión de comprobantes de pago a
través de imprentas conectadas a este sistema, entre otros. Con la Clave sol puede solicitar
a través de internet la impresión de comprobantes de pago y hacerla efectiva.
6) LEGALIZAR LOS LIBROS CONTABLES ANTE NOTARIO PÚBLICO
(Dependiendo del tipo de régimen tributario al que se haya acogido)
La legalización es la constancia, puesta por un notario, en la primerahoja útil del libro contable.
Los libros contables (libros u hojas sueltas) puedo adquirirlos en cualquier librería y, para que
tengan validez, deben ser legalizados por un notario público o un juez de paz letrado. A
excepción del Libro de Planillas físico, que deberá ser autorizado por el Ministerio de Trabajo
Para solicitar la legalización se debe solicitar por escrito ante un notario (ver anexo 01) y/o
llenar un formulario de solicitud en una notaría, si ya no se cuenta con más hojas en el libro
legalizado debo acreditar que he concluido el libro o las hojas anteriores. En caso de pérdida,
tendré que demostrar en forma fehaciente (indiscutible, con evidencias) que así ha sucedido.
Además, cada hoja, debidamente foliada (o sea, numerada en forma consecutiva), debe
contar con el sello del notario o juez de paz, de ser el caso.
El costo de legalización de un libro contable y/o societario oscila entre 15.00 y 25.00 soles
depende del número de folios. Todos los libros exigidos según régimen deben ser legalizados.
Si uso registros por medio computarizado, esta constancia debe estar en la primera hoja
suelta. La constancia asigna un número y contiene el nombre o la denominación de la razón
social, el objeto del libro, el número de folios, el día y el lugar en que se otorga, y el sello y
firma del notario (o juez de paz si no hubiera notario en el lugar).
7) TRAMITAR LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO ANTE EL MUNICIPIO
DONDE ESTARÁUBICADO TU NEGOCIO
La Licencia Municipal de Funcionamiento es una autorización que otorga una municipalidad
distrital y/o provincial para el desarrollo de actividades económicas (comerciales, industriales
o de prestación de servicios profesionales) en su jurisdicción, ya sea como persona natural o
jurídica, entes colectivos, nacionales o extranjeras.
La Licencia Municipal de Funcionamiento:
 Sólo permitirá la realización de actividades económicas, legalmente permitidas, conforme a la
planificación urbana y bajo condiciones de seguridad.
 Permite acreditar la formalidad de su negocio, ante entidades públicas y privadas,
favoreciendo su acceso al mercado.
 Garantiza el libre desarrollo de la actividad económica autorizada por la municipalidad.
El plazo máximo para el otorgamiento de la licencia es de dos (2) días laborables para giros
automáticos (según la municipalidad) y quince (15) días para giros de negocio que requieran
inspección previa.
Para el otorgamiento de licencia de funcionamiento se aplica el silencio administrativo
positivo .
La licencia de funcionamiento es a plazo indeterminado y sólo válido para la jurisdicción
donde se otorga y por el establecimiento por el cual se ha solicitado. Al abrir el mismo
negocio en otro distrito, se tendrá que tramitar otra licencia de funcionamiento en la
nueva jurisdicción. Asimismo, si lo que se quiere es cambiar de local o abrir otro en el
mismo distrito, se requerirá tramitar una nueva licencia de funcionamiento.
Podrán otorgarse licencias que incluyan más de un giro siempre que éstos sean afines o
complementarios entre sí.
Requisitos para obtener la licencia de funcionamiento:
Para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, la municipalidad evaluará los siguientes
aspectos:
 Zonificación y compatibilidad de uso.
 Condiciones de seguridad en Defensa Civil, cuando dicha evaluación constituya facultad
de la municipalidad. Cualquier aspecto adicional será materia de fiscalización posterior.
 Para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento son exigibles, los siguientes
requisitos:
 Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluya:
 Número de RUC y DNI o carné de extranjería del solicitante, tratándose de personas
jurídicas o naturales, según corresponda.
 DNI o carné de extranjería del representante legal en caso de personas jurídicas, u otros
entes colectivos, o tratándose de personas naturales que actúen mediante
representación.
 Vigencia de poder del representante legal, en el caso de personas jurídicas u otros entes
colectivos.
Tratándose de representación de personas naturales, se requerirá carta poder con firma
legalizada.
 Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad o Inspección Técnica
de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria, según corresponda.
 Adicionalmente, de ser el caso, serán exigibles los siguientes requisitos:
- Copia simple de título profesional en el caso de servicios relacionados con la salud.
- Informar sobre el número de estacionamientos, de acuerdo con la normativa vigente,
en la Declaración Jurada.
- Copia simple de la autorización sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades
que, conforme a ley, la requieran de manera previa al otorgamiento de la Licencia de
Funcionamiento.
- Copia simple de la autorización expedida por el Instituto Nacional de Cultura, conforme
a la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.
 Recibo de pago por derecho de trámite.
 El monto a pagar por derecho de trámite depende de que si se requiere o no una
inspección previa.
Para la certificación de las condiciones de seguridad (requisito 3) de parte de defensa civil a
detalle o multidisciplinaria se clasifican las solicitudes según sea el caso en tres grupos.
- Grupo 01: Establecimientos de menor riesgo.
Pertenecen a este grupo los locales menores a 100 m2 en los cuales la Inspección Técnica
de Seguridad en Defensa Civil Básica la debe realizar la municipalidad y efectuarla de manera
ex post al otorgamiento de licencia de funcionamiento; sin embargo, como requisito previo
será necesaria la presentación de una declaración jurada de observancia en seguridad.
Se encuentran excluidos de este procedimiento:
Las solicitudes de Licencia de Funcionamiento que incluyan los giros de pub, licorería,
discoteca, bar, casinos, juegos de azar, máquinas tragamonedas, ferreterías o giros afines a
los mismos, así como solicitudes que incluyan giros cuyo desarrollo implique el
almacenamiento, uso o comercialización de productos tóxicos o altamente inflamables.
- Grupo 02: Establecimientos de riesgo medio.
Pertenecen a este grupo los locales mayores a 100 m2 y menores a 500 m2 donde si bien la
inspección también la realiza la municipalidad, a diferencia del grupo 1, esta Inspección
Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica se debe efectuar de manera ex ante al
otorgamiento de licencia de funcionamiento pero como parte del mismo procedimiento.
- Grupo 03: Establecimientos de riesgo alto.
Locales iguales o mayores a 500 m2 donde la inspección en defensa civil se debe realizar ex
ante como un procedimiento previo por cuanto el órgano competente en realizar esta
inspección es el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). De esta manera, el certificado
expedido se establece como un requisito que luego debe ser solicitado por el municipio para
tramitar la licencia de funcionamiento ante la municipalidad.
CLASIFICACIÓN DE GIROS DE NEGOCIO SEGÚN REQUIERAN O NO INSPECCIÓN
PREVIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIADE FUNCIONAMIENTO.
Giros automáticos (que no requieren
inspección previa)
Giros que requieren inspección previa
 Venta de abarrotes
 Comercio Local
 Oficina Administrativa
 Servicios profesionales, técnicos y otros
afines
 Servicio de salud
 Centro estética
 Restaurantes, venta de comidas y bebidas no
alcohólicas
 Centro de salud
 Servicio de telecomunicaciones
 Prostíbulos, casa de citas
 Ventas de inmuebles, maquinaria y equipo
 Centros educativos
 Entidades financieras y bancarias
 Talleres y fábricas artesanales e industriales
 Centro de estética
 Comercio local
 Juegos de azar
 Bares y discotecas
 Talleres de fábrica artesanales e industriales
 Centro de salud
 Servicios de telecomunicaciones
 Centros de comerciales
 Almacenes depósitos y distribuciones
 Venta de hidrocarburos
 Servicios de hospedaje
 Terminales terrestres
 Otros: Cocheras, playa de estacionamiento,
club deportivo, otros giros no especificados
8) EL REGISTRO NACIONAL DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS (REMYPE)
Para el caso de la constitución de una Micro y Pequeña Empresa (MYPE) deberá
inscribirse en el Registro Nacional de Micro y Pequeñas empresas (REMYPE) para que
goce con los beneficios creados para las MYPES.
Requisitos para inscribirse en el REMYPE.
- Contar al menos con un (1) trabajador. En el caso de MYPE constituidas por persona
natural o EIRL, el conductor no cuenta como trabajador.
- Cumplir con las características de las MYPE (trabajadores y ventas) Se considera el
promedio de trabajadores de los 12 últimos meses calendarios.
- No incurrir en supuestos de grupo o vinculación económica, que en conjunto no
cumplan con las características de la MYPE.
- Contar con RUC y clave SOL.
Pasos para registrarte en el REMYPE.
 Ingresar a la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo: www.mintra.gob.pe
 Acceder al enlace de REMYPE, ingresar con tu número de RUC y Clave SOL.
 Confirmar los datos de la empresa.
 Ingresar los datos de tus trabajadores y su modalidad contractual.
 Imprimir tu constancia.
El silencio administrativo positivo significa que una vez terminado el plazo máximo que la
institución pública establece para responder una solicitud y/o permiso, etc. y este no se
hecho efectivo, se asume como otorgado.
9) INSCRIBIR ALOS TRABAJADORES EN ESSALUD.
Lo primero que hay que hacer es registrar la entidad empleadora (empresa), se realiza
mediante el Programa de Declaración Telemática – PDT o el Formulario Nº 402, los cuales
pueden adquirirse en la SUNAT o en las entidades bancarias.
La afiliación de los trabajadores se realiza a través del Programa de Declaración Telemática
– PDT Formulario Virtual N° 601 Planilla Electrónica, si la entidad empleadora cuenta con 3 a
más trabajadores, y en el Formulario Nº 402 si cuenta con menos de 3 trabajadores. Esta
declaración, así como el pago correspondiente, deberá realizarse mensualmente en las
entidades bancarias autorizadas, conforme a la fecha establecida por SUNAT, y estará a
cargo de la entidad empleadora.
Asimismo,a través de esta declaración, el empleador consignará comocontribución el 9% del
sueldo total percibido, el cual no deberá ser menor al 9% de la Remuneración Mínima Vital
vigente.
En los casos de empresas que presenten PDT, deberán declarar a los derechohabientes a
través de este programa y, transitoriamente, en EsSalud. En los casos de empresas que
declaran con Formulario Nº 402, deberán realizar el registro de los derechohabientes ante
EsSalud conforme a los requisitos señalados. Una vez realizada la declaración de los
trabajadores, se podrá consultar en la página web de EsSalud ( www.essalud.gob.pe ), o en
cualquier agencia de EsSalud, el centro asistencial asignado a cada uno de ellos.
Los datos que se deben consignar en el PDT son los datos personales del trabajador y de sus
derechohabientes (Conyugue y/o concubino(a), Hijos menores de edad, Hijos mayores de
edad con discapacidad, madre gestante), como: apellido paterno, apellido materno, nombres
completos, Nº de DNI, fecha de nacimiento, entre otros, que se indican en el mismo.
10) SOLICITAR PERMISO, AUTORIZACIÓN O REGISTRO ESPECIAL ANTE EL
MINISTERIO RESPECTIVO EN CASO LO REQUIERASU ACTIVIDAD ECONÓMICA.
Los permisos, autorizaciones y/o registros especiales se solicitan a los Ministerios y/o oficinas
descentralizadas en las regiones según el giro y/o rubro del del negocio, permiten certificar
que se cumple con las normas de salud, de seguridad, de infraestructura, etc. Permiten que
pueda operar el negocio garantizando sobre todo no poner en riesgo la vida humana.
Son los ministerios quienes establecen las políticas nacionales al respecto, sin embargo, son
las oficinas descentralizadas de los ministerios (Direcciones Regionales en muchos casos),
excepto en Lima Metropolitana, quienes elaboran su propio Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA acorde con su realidad y los modifican acorde con la normatividad
vigente, por ello en algunos casos el mismo procedimiento puede tener un costo diferente en
otra región, sin embargo, se puede obtener información normativa en cada Ministerio.
Las empresas deberán solicitar los permisos en cada órgano descentralizado de cada
ministerio según el giro del negocio:
1. Ministerio de Agricultura - MINAG: Empresas de procesamiento de flora y fauna
silvestre, beneficios de ganado y aves;
2. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR: Hoteles, casinos,
restaurantes, agencias de viajes y turismo;
3. Ministerio de Educación - MINEDU: Academias, centros educativos, CEOS;
4. Ministerio de Energía y Minas - MEM: Grifos, empresas mineras artesanales;
5. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE: Agencias de empleo,
empresas de intermediación laboral;
6. Ministerio de la Producción - PRODUCCE: Empresas dedicadas a actividades
pesqueras, actividades industriales, Micro y pequeñas empresas en general
7. Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC: Empresas de Transportes,
empresas de Comunicaciones.
8. Ministerio de Salud - MINSA
1. Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA: Registro sanitario de alimentos,
juguetes y útiles de escritorio, empresas comercializadoras de residuos sólidos;
2. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas -
DIGEMID: Establecimientos farmacéuticos, químicos farmacéuticos;
9. Ministerio del Interior: Empresas dedicadas a la fabricación, importación y/o
comercialización de armas, servicios de entrenamiento a personal de seguridad,
seguridad.
Ejemplo:
Antonio ha decidido abrir un restaurante. ¿Cómo hace Antonio para saber el procedimiento
para solicitar el permiso y/o registro del MINCETUR.?
Gracias a que todos los Ministerios disponen de página web que casi siempreestá compuesta
por sus siglas seguidas del prefijo .gob (gobierno) y .pe (Perú) y también los gobiernos
regionales disponen su página web compuesta por la palabra región seguida del nombre
además de prefijo .gob (gobierno) y .pe (Perú), así la página web del Ministerio de Comercio
Exterior y Tursmo – MINCETUR será : www.mincetur.gob.pe y la página web del Gobierno
Regional de Piura será www.regionpiura.gob.pe , Antonio tiene dos alternativas para contactar
con las oficina encargada que dará información respecto al procedimiento.
Alternativa A:
1. Ingresar a la página web del MINCETUR.
2. Ingresar al Directorio de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo.
3. Contactar a la Dirección Regional de ComercioExterior y Turismodel Gobierno Regional
donde se desea establecer el restaurante.
Alternativa B:
1. Ingresar a la página web del Gobierno Regional donde se desea establecer el
restaurante.
2. Ingresar al Directorio de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo.
3. De no encontrar el directorio, contactar con el Gobierno Regional.
En el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA dispone de todos los servicios
que cada entidad del estado ofrece a las empresas y público en general.
11) OBTENER LA AUTORIZACIÓN DEL LIBRO DE PLANILLAS ANTE EL MINISTERIO
DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO.
Toda empresa que tenga uno o más trabajadores deberá registrar las planillas de pago. Las
planillas de pago son un registro contable que brindan elementos que permiten demostrar, de
manera transparente, ante la autoridad competente, la relación laboral del trabajador con la
empresa, su remuneración y los demás beneficios que se le pagan.
Se deben conservar las planillas de pago, el duplicado de las boletas y las constancias
correspondientes, hasta cinco años después de efectuado el pago. Estos registros pueden
ser llevados de forma física (libros u hojas sueltas) o de forma virtual.
Están obligados a llevar el registro de planillas en libros y/o hojas sueltas las personas
naturales con negocio con un máximo de 3 tres trabajadores, para ello deben solicitar la
autorización en el Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo – MTPE (LIMA) y/o en las
Direcciones Regionales del Trabajo y Promoción del Empleo de cada región, según
corresponda.
Se debe registrar a todo trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada, dentro de
las 72 horas de inicio de la prestación de servicios.
Para solicitar la autorización de planillas de pago en libros y/o hojas sueltas al MTPE, se
deberá presentar:
 Solicitud Dirigida al Representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del
Empleo (Regiones) y MTPE para Lima.
 Libro u hojas sueltas a ser autorizadas, debidamente numeradas.
 Copia del comprobante de información registrada conteniendo el Registro Único de
Contribuyentes – RUC.
 Constancia de Pago de la tasa correspondiente (11.36 Nuevos Soles para empresas en
General y 3.40 Nuevos soles para MYPES ). La tasadepende de la DirecciónRegional de
Trabajo y Promoción del empleo correspondiente.
Las MyPES deberán adjuntar: Constancia del Registro Nacional de Micro y Pequeñas
empresas (REMYPE)
Las personas jurídicas y las personas naturales con más de 3 trabajadores, llevarán su
registro través de medios electrónicos, presentado mensualmente a través del medio
informático desarrollado por la SUNAT “PLANILLA ELECTRONICA”, en el que se encuentra
registrada la información de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios,
prestador de servicios - modalidad formativa, personal de terceros y derechohabientes de la
empresa, ya que:
- Es una obligación laboral formal.
- Es una obligación de periodicidad mensual.
- Sustituye a las planillas de pagos y remuneraciones, que son llevadas en libros.
- No requiere ser autorizada por la Autoridad Administrativa de Trabajo; se remite
directamente a través de aplicativo informático descargado del portal de la SUNAT y el
MTPE, hojas sueltas o micro formas.
- Su llevado hace que se considere cumplida la obligación establecida en el artículo 48° de
la Ley Nº 28518, referida a la inscripción de los beneficiarios de las diferentes modalidades
formativas mediante un libro especial y la autorización de éste por el MTPE.
- Su presentación declarando los establecimientos en los que se desarrollan actividades de
riesgo, permite cumplir la obligación de inscripción ante la Autoridad Administrativa de
Trabajo de las entidades empleadoras que desarrollan actividades de alto riesgo, a que se
refiere el artículo 87 del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en
Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97-SA.
- Deberán llevar un registro virtual de las planillas (planilla electrónica).
- Las personas jurídicas.
- Las personas naturales que cumplan con alguno de los siguientes supuestos:
- Cuenten con más de tres (3) trabajadores.
- Cuenten con uno (1) o más prestadores de servicios y/o personal de terceros.
- Cuenten con uno (1) o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados obligatorios
del Sistema Nacional de Pensiones.
- Cuando estén obligados a efectuar alguna retención del Impuesto a la Renta de cuarta o
quinta categoría.
- Tengan a su cargo uno (1) o más artistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 28131.
- Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud – EPS u otorguen
servicios propios de salud conforme lo dispuesto en la Ley N° 26790, normas
reglamentarias y complementarias.
- Hubieran suscrito con el Seguro Social de Salud - EsSalud un contrato por Seguro
Complementario de Trabajo de Riesgo.
- Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.

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  • 1. ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CURSO: PROYECTOS PROF. JOSE ANTONIOALVAREZ PEJERREY ALUMNA: YESSICA ROJAS N. 2,016 Trabajo: CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA
  • 2. TRAMITES PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA EMPRESA De manera general, la constitución de una empresa en el Perú involucra la ejecución de 11 pasos. En parte inicial donde se gestaba la idea de la empresa a constituir ya se debió adoptar la modalidad o sociedad empresarial que optará el negocio, la cual puede ser Natural o Jurídica (E.I.R.L., S.R.L., S.A. o S.A.C.). También deberá considerarse si será:: Una Microempresa  Cuenta con más de un trabajador pero como máximo 10 trabajadores.  Realiza o tiene proyectadas un total de ventas brutas o netas anuales hasta por un monto máximo de 150 UIT. Una Pequeña Empresa  Cuenta con más de un trabajador pero como máximo 100 trabajadores.  Realiza o tiene proyectadas un total de ventas brutas o netas anuales hasta por un monto máximo de 1700 UIT. Ahora ya estás en capacidad de decidir si tu negocio será como persona natural o jurídica.  Los trámites a seguir son muy sencillos, y lo importante es que ahora los tiempos se han acortado significativamente. Sin embargo en algunos casos los trámites demoran un poco.  Existen instituciones que brindan el servicio de constitución de empresas jurídicas con tarifas sociales reducidas y en un tiempo muy corto, podría ser de 3 días útiles si entregas todos los documentos y requisitos. A continuación los datos de estas instituciones:  Centros COFIDE:Tiene 16 módulos en 16 distritos de Lima  Ministerio de la Producción (PRODUCE):Cuenta con 4 Ventanillas de Atención
  • 3.  Centros MAC MYPE: La gran ventaja de estos centros es su horario de atención pues atienden hasta horas de la noche y también sábados, domingos y feriados. A continuación presento un esquema de los pasos a seguir muy concretos en un cuadro con el detalle de los trámites, ya en las siguientes páginas ampliare más al cada uno de estos pasos: TRÁMITE A SEGUIR EXPLICACIÓN INSTITUCIÓN Quien lo realizará Búsqueda y reserva de nombre Para saber si existeun nombre igual o similar al quesedesea para la empresa. Luego se debe reservarlo. SUNARP Dueño(s) Elaboración de minuta de constitución Es el documento quecontienela declaracióndevoluntad deconstituirla empresa.Contienelamodalidad empresarial,losdatosdelossocioso accionistasdela misma,losestatutos, etc. Abogado Notaría Existen: COFIDE PRODUCE Que asesoran estos trámites pro un costo accesible por los convenios que tienen con diversas notarias Elaboración de escritura pública Sirve para darleformalidad a la minuta y presentarlo a Registros Públicos parasu inscripción. Notaría Inscripción en el registro de personas jurídicas Procedimiento de inscribir laescritura pública. SUNARP Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC y obtención del número RUC. El Número RUC es único y es de uso obligatorio en toda declaración o trámite que se realice ante la SUNAT. El RUC es el padrón que contiene los datos de identificación delas actividades económicasy demás información relevantede la persona natural o jurídica. Se debe definir el sistema de impuesto a la renta. SUNAT Dueño(s) Pedir autorización del libro planillas. Si tienes a tu cargo uno o más trabajadores, debes llevar planillas de pago. Las planillas depago son un registro contable. Brindan elementos que permiten demostrar, ante la autoridad competente, la relación laboral del trabajador con tu MTPE Dueño(s)
  • 4. empresa, su remuneración y los demás beneficios que se le pagan. Inscripción en el REMYPE Es un registro administrativo que permiteinscribira lasempresaspara ser reconocidoscomo MYPE. SUNAT Dueño(s) Inscripción de trabajadores al seguro social Para queel trabajador recibalos serviciosdesaludy otros relacionadosa la seguridadsocial. ESSALUD Dueño(s) Obtención de permisos especiales Son permisosqueotorga laautoridad competente, según el giro del negocio a través del cual seconstata quese cumplen con normastécnicasdesalud, seguridad,infraestructura,etc.,para quepueda operar el negocio sin poner en riesgo lavidahumana. Según giro del negocio se identificará el que corresponde al negocio Dueño(s) Obtención de Licencia de Funcionamiento Es la autorización quesesolicitaa la municipalidad paraqueel negocio opereen la jurisdicción. Municipalidad Dueño(s) Legalización de libros contables Es la legalización delos libros contables que utilizará laempresa según el Régimen de Impuesto a la Renta que le corresponda. Notaría Dueño(s) - SUNARP: Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNAT : Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - MTPE: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - REMYPE: Registro Nacional de Micro y Pequeñas Empresas - ESSALUD: El Seguro Social de Salud
  • 5. PASOS DETALLADOS SOBRE CADA UNO DE LOS TRÁMITES: 1) LA RESERVADEL NOMBREENLA SUNARP Reservar el nombre, impide la inscripción (durante la constitución de su empresa)de cualquier otra empresa adoptando una razón social o una denominación, completa o abreviada, igual o semejante a aquella que esté gozando del derecho de Reserva de Preferencia Registral. Para esto se deben realizar 2 pasos: a) Búsqueda de los índices Se solicita en SUNARP. Esta búsqueda sirve para saber si no hay un nombre o título igual, o parecido, al que denominará a su empresa. Derecho de trámite 4.00 Nuevos Soles El resultado de la búsqueda me lo entregan en el día, tiene vigencia desde el momento de su expedición y no produce el cierre temporal del índice de denominación. Si el resultado es negativo, es decir, si no hay un nombre similar se prosigue con el paso B. Si ya existe el nombre que planea colocar a su empresa en el directorio nacional de personas jurídicas de la SUNARP, tendrá que tentar con otro nombre que no esté registrado . b) Solicitar la Reserva del Nombre de la persona jurídica a constituir: Se solicita en SUNARP. Se debe solicitar la reserva del nombre de mi empresa. Para eso lleno el formato que me dan en esta entidad y lo relleno con el nombre de los socios, el domicilio fiscal, el tipo de sociedad, la indicación de si es micro o pequeña empresa (MYPE), entre otros datos. Luego de solicitar la inscripción del nombre de la empresa, debo esperar aproximadamente un día para que me entreguen la reserva de nombre. Esto significa que el índice de denominación se bloquea por treinta (30) días naturales y nadie puede tomar dentro de ese plazo tal nombre.
  • 6. También puedo realizar esta reserva en línea a través de la página WEBde la SUNARP , aquí ingresa toda la información e imprime el formulario con el cual se acerca a la SUNARP y cancela 18.00 Nuevos Soles. 2) ELABORACIÓN DE MINUTA: Requisitos: - Documentos Personales Presentar copia simple del DNI vigente del titular o de los socios. Las personas casadas adjuntarán copia del documento de identidad del cónyuge. En el caso del titular/socio extranjero deberá acompañar copia del carné de extranjería o visa de negocio. - Descripción de la Actividad Económica: Se debe describir claramente la actividad a la cual se dedicará la empresa se debe presentarla en una hoja suelta redactada y firmada por los interesados. Si es una empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) lleva solamente la firma del aspirante a titular. - Capital de la Empresa: Indicar el aporte del titular o de los socios que se hace para la constitución de la empresa. Los aportes se tienen que detallar en Bienes Dinerarios y Bienes no Dinerarios comosigue: - Bienes Dinerarios: Se le llama al aporte del capital que hago en efectivo. Una vez elaborada la minuta o acto constitutivo y con una copia de ésta, debo efectuar el depósito bancario a nombre de la empresa. Tengo que adjuntar la “Constancia de Depósito” en original y copia. - Bienes no Dinerarios: Aporte del capital que hago en máquinas, equipos, muebles o enseres. La lista detallada del aporte de bienes debe presentarse en una Declaración Jurada Simple.
  • 7. Según el inciso h) del Artículo 58º, del DecretoLey Nº 26002, Ley del Notariado modificado por la Ley Nº 28580, No será exigible la minuta en la Declaración de voluntad de constitución de pequeña o microempresa. 3) ESCRITURAPÚBLICA: La escritura pública es un documento en el que se hace constar un determinado hecho o derecho, contiene una o más declaraciones de las personas intervinientes, es autorizado por un fedatario público (Notario), que da fe sobre la capacidad jurídica de los otorgantes, el contenido del mismo y la fecha en que se realizó. En resumen sirve para darle formalidad a la minuta o acto constitutivo y, posteriormente presentarla en Registros Públicos. Requisitos para que el notario pueda elevar la escritura pública:  Minuta de constitución de la empresa/acto constitutivo (Incluyendo una copia simple).  Pago de los derechos notariales  Si el trámite se realiza de manera particular, el monto a pagar será la tarifa establecida por el Notario, que casi siempre depende del monto del capital social. Por ejemplo para una empresa que decidió establecerse como Sociedad Anónima Cerrada con un capital social de 5,000 Nuevos Soles le costara un décimo(1/10) de ese capital social es decir 500.00 nuevos soles  Si este trámite serealiza a través de la Dirección Mi Empresa – Ministerio de la Producción de las diferentes regiones del país, podría acceder a una tarifa social reducida debido a convenios interinstitucionales con los que cuentan las Direcciones Mi Empresa con su Colegio de Notarios. En la Región Piura le cuesta entre 150.00 y 180.00 Nuevos Soles para el caso anterior. 4) INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS PÚBLICOS Una vez que obtenga mi escritura pública de constitución, el notario o el titular o los socios tendrán que realizar la inscripción de la empresa en la Oficina Registral competente en el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP. (Ver locales en SUNARP). La calificación del título está a cargo de un registrador público de la oficina registral competente, que debe extender el asiento de inscripción en un plazo de 01 DÍA ÚTIL. A partir de la fecha y hora de presentación de los respectivos documentos, la empresa gozará de los derechos y beneficios que brinda la inscripción.
  • 8. A partir de la inscripción registral, la sociedad adquiere personalidad jurídica. Luego de calificar el título, la oficina registral entregará: o Una constancia de inscripción. o Copia simple del asiento registral. o Registro de la Empresa y de ser Empresa Individual de responsabilidad limitada. En este registro se inscribe la constitución de la empresa y el nombramiento de sus gerentes, entre otros rubros. Requisitos:  Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.  Copia del documento de identidad del presentante del título, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.  Escritura pública otorgada personalmente por el titular.  Pago de derechos registrales - 1.08%UIT por derechos de calificación y 3/1000 del capital por derechos de inscripción  Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes. o REGISTRO DE SOCIEDADES : En este registro se inscriben la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada – S.R.L, la Sociedad Anónima – S.A. y la Sociedad Anónima Cerrada – S.A.C. Requisitos:  Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.  Copia del documento de identidad del presentante del título, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.  Escritura Pública que contenga el pacto social y el estatuto.  Pago de derechos registrales 1.08%UIT por derechos de calificación y 3/1000 del capital por derechos de inscripción.  Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.
  • 9. 5) TRAMITAR EL REGISTRO ÚNICO DEL CONTRIBUYENTES (RUC) EN LA SUNAT. (Incluye selección del RÉGIMEN TRIBUTARIO y la solicitud de emisión de Comprobantes: TICKETS, BOLETAS Y/O FACTURAS). - PRIMER PASO: Obtener el Registro único de Contribuyentes en el Registro único de contribuyentes. Este Número lo identificará como contribuyente fiscal; lo obtiene inscribiéndose en el registro único de contribuyentes en las oficinas de la SUNAT en Lima o en Provincias. Para obtener este registro (RUC) presentará los siguientes documentos. Para ello El titular deberá:  Exhibir el original y presentar fotocopia de mi documento de identidad (del titular).  Exhibir el original y presentar fotocopia recibo de agua y/o luz y/o teléfono fijo y/o televisión por cable (con fecha de vencimiento dentro de los últimos dos meses) o de la última declaración jurada de predio o autoevalúo del local donde funcionara la empresa.  La partida registral certificada (ficha o partida electrónica) por los Registros Públicos. Dicho documento no podrá tener una antigüedad mayor a treinta (30) días calendario.  En el caso de la declaración de establecimiento(s) anexo(s), deberá exhibir el original y presentar fotocopia de uno de los documentos que sustentan el domicilio del local anexo. Si, por diversos motivos, como representante legal, no puedo realizar la inscripción de manera personal, puedo autorizar a otra persona. Esta persona, adicionalmente a los requisitos señalados, deberá presentar los siguientes documentos:
  • 10.  Exhibir el original y presentar una fotocopia de su documento de identidad  Presentar una carta poder con firma legalizada ante notario público o autenticada por un fedatario de la SUNAT (especificando que es para realizar el trámite de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes). - SEGUNDO PASO: Elegir un Régimen Tributario Se podrá elegir el régimen tributario que más convenga, acorde con el negocio que se va desempeñar, se deberá poner énfasis en este paso ya que dependiendo del régimen tributario se pagan tributos y se podrá acceder a beneficios. En este paso el personal de SUNAT le apoyará en la elección, le indicará los beneficios de uno y otro régimen. (Ver capítulo 2) - TERCER PASO: Solicitar autorización para impresión de comprobantes de pago Al momento de solicitar la activación del RUC, en un plazo no mayor de 7 días y una vez verificado el domicilio donde funcionará el negocio indicado, llegará al mismoel RUC y la clave sol la misma que permitirá realizar diversos trámites a través de Internet, tales como: pagar y presentar mis declaraciones, solicitar autorización de impresión de comprobantes de pago a través de imprentas conectadas a este sistema, entre otros. Con la Clave sol puede solicitar a través de internet la impresión de comprobantes de pago y hacerla efectiva.
  • 11. 6) LEGALIZAR LOS LIBROS CONTABLES ANTE NOTARIO PÚBLICO (Dependiendo del tipo de régimen tributario al que se haya acogido) La legalización es la constancia, puesta por un notario, en la primerahoja útil del libro contable. Los libros contables (libros u hojas sueltas) puedo adquirirlos en cualquier librería y, para que tengan validez, deben ser legalizados por un notario público o un juez de paz letrado. A excepción del Libro de Planillas físico, que deberá ser autorizado por el Ministerio de Trabajo Para solicitar la legalización se debe solicitar por escrito ante un notario (ver anexo 01) y/o llenar un formulario de solicitud en una notaría, si ya no se cuenta con más hojas en el libro legalizado debo acreditar que he concluido el libro o las hojas anteriores. En caso de pérdida, tendré que demostrar en forma fehaciente (indiscutible, con evidencias) que así ha sucedido. Además, cada hoja, debidamente foliada (o sea, numerada en forma consecutiva), debe contar con el sello del notario o juez de paz, de ser el caso. El costo de legalización de un libro contable y/o societario oscila entre 15.00 y 25.00 soles depende del número de folios. Todos los libros exigidos según régimen deben ser legalizados. Si uso registros por medio computarizado, esta constancia debe estar en la primera hoja suelta. La constancia asigna un número y contiene el nombre o la denominación de la razón social, el objeto del libro, el número de folios, el día y el lugar en que se otorga, y el sello y firma del notario (o juez de paz si no hubiera notario en el lugar).
  • 12. 7) TRAMITAR LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO ANTE EL MUNICIPIO DONDE ESTARÁUBICADO TU NEGOCIO La Licencia Municipal de Funcionamiento es una autorización que otorga una municipalidad distrital y/o provincial para el desarrollo de actividades económicas (comerciales, industriales o de prestación de servicios profesionales) en su jurisdicción, ya sea como persona natural o jurídica, entes colectivos, nacionales o extranjeras. La Licencia Municipal de Funcionamiento:  Sólo permitirá la realización de actividades económicas, legalmente permitidas, conforme a la planificación urbana y bajo condiciones de seguridad.  Permite acreditar la formalidad de su negocio, ante entidades públicas y privadas, favoreciendo su acceso al mercado.  Garantiza el libre desarrollo de la actividad económica autorizada por la municipalidad. El plazo máximo para el otorgamiento de la licencia es de dos (2) días laborables para giros automáticos (según la municipalidad) y quince (15) días para giros de negocio que requieran inspección previa. Para el otorgamiento de licencia de funcionamiento se aplica el silencio administrativo positivo . La licencia de funcionamiento es a plazo indeterminado y sólo válido para la jurisdicción donde se otorga y por el establecimiento por el cual se ha solicitado. Al abrir el mismo negocio en otro distrito, se tendrá que tramitar otra licencia de funcionamiento en la nueva jurisdicción. Asimismo, si lo que se quiere es cambiar de local o abrir otro en el mismo distrito, se requerirá tramitar una nueva licencia de funcionamiento.
  • 13. Podrán otorgarse licencias que incluyan más de un giro siempre que éstos sean afines o complementarios entre sí. Requisitos para obtener la licencia de funcionamiento: Para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento, la municipalidad evaluará los siguientes aspectos:  Zonificación y compatibilidad de uso.  Condiciones de seguridad en Defensa Civil, cuando dicha evaluación constituya facultad de la municipalidad. Cualquier aspecto adicional será materia de fiscalización posterior.  Para el otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento son exigibles, los siguientes requisitos:  Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de declaración jurada que incluya:  Número de RUC y DNI o carné de extranjería del solicitante, tratándose de personas jurídicas o naturales, según corresponda.  DNI o carné de extranjería del representante legal en caso de personas jurídicas, u otros entes colectivos, o tratándose de personas naturales que actúen mediante representación.  Vigencia de poder del representante legal, en el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos. Tratándose de representación de personas naturales, se requerirá carta poder con firma legalizada.  Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad o Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria, según corresponda.  Adicionalmente, de ser el caso, serán exigibles los siguientes requisitos: - Copia simple de título profesional en el caso de servicios relacionados con la salud. - Informar sobre el número de estacionamientos, de acuerdo con la normativa vigente, en la Declaración Jurada. - Copia simple de la autorización sectorial respectiva en el caso de aquellas actividades que, conforme a ley, la requieran de manera previa al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento. - Copia simple de la autorización expedida por el Instituto Nacional de Cultura, conforme a la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.  Recibo de pago por derecho de trámite.
  • 14.  El monto a pagar por derecho de trámite depende de que si se requiere o no una inspección previa. Para la certificación de las condiciones de seguridad (requisito 3) de parte de defensa civil a detalle o multidisciplinaria se clasifican las solicitudes según sea el caso en tres grupos. - Grupo 01: Establecimientos de menor riesgo. Pertenecen a este grupo los locales menores a 100 m2 en los cuales la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica la debe realizar la municipalidad y efectuarla de manera ex post al otorgamiento de licencia de funcionamiento; sin embargo, como requisito previo será necesaria la presentación de una declaración jurada de observancia en seguridad. Se encuentran excluidos de este procedimiento: Las solicitudes de Licencia de Funcionamiento que incluyan los giros de pub, licorería, discoteca, bar, casinos, juegos de azar, máquinas tragamonedas, ferreterías o giros afines a los mismos, así como solicitudes que incluyan giros cuyo desarrollo implique el almacenamiento, uso o comercialización de productos tóxicos o altamente inflamables. - Grupo 02: Establecimientos de riesgo medio. Pertenecen a este grupo los locales mayores a 100 m2 y menores a 500 m2 donde si bien la inspección también la realiza la municipalidad, a diferencia del grupo 1, esta Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Básica se debe efectuar de manera ex ante al otorgamiento de licencia de funcionamiento pero como parte del mismo procedimiento. - Grupo 03: Establecimientos de riesgo alto. Locales iguales o mayores a 500 m2 donde la inspección en defensa civil se debe realizar ex ante como un procedimiento previo por cuanto el órgano competente en realizar esta inspección es el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). De esta manera, el certificado expedido se establece como un requisito que luego debe ser solicitado por el municipio para tramitar la licencia de funcionamiento ante la municipalidad.
  • 15. CLASIFICACIÓN DE GIROS DE NEGOCIO SEGÚN REQUIERAN O NO INSPECCIÓN PREVIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIADE FUNCIONAMIENTO. Giros automáticos (que no requieren inspección previa) Giros que requieren inspección previa  Venta de abarrotes  Comercio Local  Oficina Administrativa  Servicios profesionales, técnicos y otros afines  Servicio de salud  Centro estética  Restaurantes, venta de comidas y bebidas no alcohólicas  Centro de salud  Servicio de telecomunicaciones  Prostíbulos, casa de citas  Ventas de inmuebles, maquinaria y equipo  Centros educativos  Entidades financieras y bancarias  Talleres y fábricas artesanales e industriales  Centro de estética  Comercio local  Juegos de azar  Bares y discotecas  Talleres de fábrica artesanales e industriales  Centro de salud  Servicios de telecomunicaciones  Centros de comerciales  Almacenes depósitos y distribuciones  Venta de hidrocarburos  Servicios de hospedaje  Terminales terrestres  Otros: Cocheras, playa de estacionamiento, club deportivo, otros giros no especificados
  • 16. 8) EL REGISTRO NACIONAL DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS (REMYPE) Para el caso de la constitución de una Micro y Pequeña Empresa (MYPE) deberá inscribirse en el Registro Nacional de Micro y Pequeñas empresas (REMYPE) para que goce con los beneficios creados para las MYPES. Requisitos para inscribirse en el REMYPE. - Contar al menos con un (1) trabajador. En el caso de MYPE constituidas por persona natural o EIRL, el conductor no cuenta como trabajador. - Cumplir con las características de las MYPE (trabajadores y ventas) Se considera el promedio de trabajadores de los 12 últimos meses calendarios. - No incurrir en supuestos de grupo o vinculación económica, que en conjunto no cumplan con las características de la MYPE. - Contar con RUC y clave SOL. Pasos para registrarte en el REMYPE.  Ingresar a la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.mintra.gob.pe  Acceder al enlace de REMYPE, ingresar con tu número de RUC y Clave SOL.  Confirmar los datos de la empresa.  Ingresar los datos de tus trabajadores y su modalidad contractual.  Imprimir tu constancia. El silencio administrativo positivo significa que una vez terminado el plazo máximo que la institución pública establece para responder una solicitud y/o permiso, etc. y este no se hecho efectivo, se asume como otorgado.
  • 17. 9) INSCRIBIR ALOS TRABAJADORES EN ESSALUD. Lo primero que hay que hacer es registrar la entidad empleadora (empresa), se realiza mediante el Programa de Declaración Telemática – PDT o el Formulario Nº 402, los cuales pueden adquirirse en la SUNAT o en las entidades bancarias. La afiliación de los trabajadores se realiza a través del Programa de Declaración Telemática – PDT Formulario Virtual N° 601 Planilla Electrónica, si la entidad empleadora cuenta con 3 a más trabajadores, y en el Formulario Nº 402 si cuenta con menos de 3 trabajadores. Esta declaración, así como el pago correspondiente, deberá realizarse mensualmente en las entidades bancarias autorizadas, conforme a la fecha establecida por SUNAT, y estará a cargo de la entidad empleadora. Asimismo,a través de esta declaración, el empleador consignará comocontribución el 9% del sueldo total percibido, el cual no deberá ser menor al 9% de la Remuneración Mínima Vital vigente. En los casos de empresas que presenten PDT, deberán declarar a los derechohabientes a través de este programa y, transitoriamente, en EsSalud. En los casos de empresas que declaran con Formulario Nº 402, deberán realizar el registro de los derechohabientes ante EsSalud conforme a los requisitos señalados. Una vez realizada la declaración de los trabajadores, se podrá consultar en la página web de EsSalud ( www.essalud.gob.pe ), o en cualquier agencia de EsSalud, el centro asistencial asignado a cada uno de ellos. Los datos que se deben consignar en el PDT son los datos personales del trabajador y de sus derechohabientes (Conyugue y/o concubino(a), Hijos menores de edad, Hijos mayores de edad con discapacidad, madre gestante), como: apellido paterno, apellido materno, nombres completos, Nº de DNI, fecha de nacimiento, entre otros, que se indican en el mismo.
  • 18. 10) SOLICITAR PERMISO, AUTORIZACIÓN O REGISTRO ESPECIAL ANTE EL MINISTERIO RESPECTIVO EN CASO LO REQUIERASU ACTIVIDAD ECONÓMICA. Los permisos, autorizaciones y/o registros especiales se solicitan a los Ministerios y/o oficinas descentralizadas en las regiones según el giro y/o rubro del del negocio, permiten certificar que se cumple con las normas de salud, de seguridad, de infraestructura, etc. Permiten que pueda operar el negocio garantizando sobre todo no poner en riesgo la vida humana. Son los ministerios quienes establecen las políticas nacionales al respecto, sin embargo, son las oficinas descentralizadas de los ministerios (Direcciones Regionales en muchos casos), excepto en Lima Metropolitana, quienes elaboran su propio Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA acorde con su realidad y los modifican acorde con la normatividad vigente, por ello en algunos casos el mismo procedimiento puede tener un costo diferente en otra región, sin embargo, se puede obtener información normativa en cada Ministerio. Las empresas deberán solicitar los permisos en cada órgano descentralizado de cada ministerio según el giro del negocio: 1. Ministerio de Agricultura - MINAG: Empresas de procesamiento de flora y fauna silvestre, beneficios de ganado y aves; 2. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR: Hoteles, casinos, restaurantes, agencias de viajes y turismo; 3. Ministerio de Educación - MINEDU: Academias, centros educativos, CEOS; 4. Ministerio de Energía y Minas - MEM: Grifos, empresas mineras artesanales; 5. Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE: Agencias de empleo, empresas de intermediación laboral; 6. Ministerio de la Producción - PRODUCCE: Empresas dedicadas a actividades pesqueras, actividades industriales, Micro y pequeñas empresas en general
  • 19. 7. Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC: Empresas de Transportes, empresas de Comunicaciones. 8. Ministerio de Salud - MINSA 1. Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA: Registro sanitario de alimentos, juguetes y útiles de escritorio, empresas comercializadoras de residuos sólidos; 2. Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID: Establecimientos farmacéuticos, químicos farmacéuticos; 9. Ministerio del Interior: Empresas dedicadas a la fabricación, importación y/o comercialización de armas, servicios de entrenamiento a personal de seguridad, seguridad. Ejemplo: Antonio ha decidido abrir un restaurante. ¿Cómo hace Antonio para saber el procedimiento para solicitar el permiso y/o registro del MINCETUR.? Gracias a que todos los Ministerios disponen de página web que casi siempreestá compuesta por sus siglas seguidas del prefijo .gob (gobierno) y .pe (Perú) y también los gobiernos regionales disponen su página web compuesta por la palabra región seguida del nombre además de prefijo .gob (gobierno) y .pe (Perú), así la página web del Ministerio de Comercio Exterior y Tursmo – MINCETUR será : www.mincetur.gob.pe y la página web del Gobierno Regional de Piura será www.regionpiura.gob.pe , Antonio tiene dos alternativas para contactar con las oficina encargada que dará información respecto al procedimiento. Alternativa A: 1. Ingresar a la página web del MINCETUR. 2. Ingresar al Directorio de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo. 3. Contactar a la Dirección Regional de ComercioExterior y Turismodel Gobierno Regional donde se desea establecer el restaurante. Alternativa B: 1. Ingresar a la página web del Gobierno Regional donde se desea establecer el restaurante. 2. Ingresar al Directorio de las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo. 3. De no encontrar el directorio, contactar con el Gobierno Regional. En el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA dispone de todos los servicios que cada entidad del estado ofrece a las empresas y público en general.
  • 20. 11) OBTENER LA AUTORIZACIÓN DEL LIBRO DE PLANILLAS ANTE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO. Toda empresa que tenga uno o más trabajadores deberá registrar las planillas de pago. Las planillas de pago son un registro contable que brindan elementos que permiten demostrar, de manera transparente, ante la autoridad competente, la relación laboral del trabajador con la empresa, su remuneración y los demás beneficios que se le pagan. Se deben conservar las planillas de pago, el duplicado de las boletas y las constancias correspondientes, hasta cinco años después de efectuado el pago. Estos registros pueden ser llevados de forma física (libros u hojas sueltas) o de forma virtual. Están obligados a llevar el registro de planillas en libros y/o hojas sueltas las personas naturales con negocio con un máximo de 3 tres trabajadores, para ello deben solicitar la autorización en el Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo – MTPE (LIMA) y/o en las Direcciones Regionales del Trabajo y Promoción del Empleo de cada región, según corresponda. Se debe registrar a todo trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada, dentro de las 72 horas de inicio de la prestación de servicios. Para solicitar la autorización de planillas de pago en libros y/o hojas sueltas al MTPE, se deberá presentar:  Solicitud Dirigida al Representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo (Regiones) y MTPE para Lima.  Libro u hojas sueltas a ser autorizadas, debidamente numeradas.  Copia del comprobante de información registrada conteniendo el Registro Único de Contribuyentes – RUC.  Constancia de Pago de la tasa correspondiente (11.36 Nuevos Soles para empresas en General y 3.40 Nuevos soles para MYPES ). La tasadepende de la DirecciónRegional de Trabajo y Promoción del empleo correspondiente.
  • 21. Las MyPES deberán adjuntar: Constancia del Registro Nacional de Micro y Pequeñas empresas (REMYPE) Las personas jurídicas y las personas naturales con más de 3 trabajadores, llevarán su registro través de medios electrónicos, presentado mensualmente a través del medio informático desarrollado por la SUNAT “PLANILLA ELECTRONICA”, en el que se encuentra registrada la información de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, prestador de servicios - modalidad formativa, personal de terceros y derechohabientes de la empresa, ya que: - Es una obligación laboral formal. - Es una obligación de periodicidad mensual. - Sustituye a las planillas de pagos y remuneraciones, que son llevadas en libros. - No requiere ser autorizada por la Autoridad Administrativa de Trabajo; se remite directamente a través de aplicativo informático descargado del portal de la SUNAT y el MTPE, hojas sueltas o micro formas. - Su llevado hace que se considere cumplida la obligación establecida en el artículo 48° de la Ley Nº 28518, referida a la inscripción de los beneficiarios de las diferentes modalidades formativas mediante un libro especial y la autorización de éste por el MTPE. - Su presentación declarando los establecimientos en los que se desarrollan actividades de riesgo, permite cumplir la obligación de inscripción ante la Autoridad Administrativa de Trabajo de las entidades empleadoras que desarrollan actividades de alto riesgo, a que se refiere el artículo 87 del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97-SA. - Deberán llevar un registro virtual de las planillas (planilla electrónica). - Las personas jurídicas. - Las personas naturales que cumplan con alguno de los siguientes supuestos: - Cuenten con más de tres (3) trabajadores. - Cuenten con uno (1) o más prestadores de servicios y/o personal de terceros. - Cuenten con uno (1) o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados obligatorios del Sistema Nacional de Pensiones. - Cuando estén obligados a efectuar alguna retención del Impuesto a la Renta de cuarta o quinta categoría. - Tengan a su cargo uno (1) o más artistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 28131. - Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud – EPS u otorguen servicios propios de salud conforme lo dispuesto en la Ley N° 26790, normas reglamentarias y complementarias. - Hubieran suscrito con el Seguro Social de Salud - EsSalud un contrato por Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
  • 22. - Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.