SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 19
DIRECCIÓN TÉCNICA DE ASUNTOS ÉTNICOS
ANTECEDENTES DEL PROYECTO DE LEY EN MATERIA TERRITORIAL PARA
                       GRUPOS ÉTNICOS:

 ACUERDOS CONSIGNADOS EN EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO (ley 1450 de 2011)

                                            PUEBLOS INDÍGENAS

1)  Formulación de lineamientos de política pública para la garantía de los derechos territoriales y el desarrollo
    rural de los grupos étnicos
2) Formulación de un programa nacional para la constitución, ampliación y saneamiento de resguardos
    indígenas.
3) Reestructuración de los Resguardos de Origen Colonial y Republicano.
4) Cumplimiento a los acuerdos regionales firmados con los pueblos indígenas del Cauca. (decreto 982 de
    1999).
5) Cumplimiento a los acuerdos regionales con el pueblo indígena U’wa.
6) Cumplimiento a los acuerdos regionales firmados con los pueblos indígenas de Nariño. (Auto 174 de 2011)
7) Cumplimiento a los acuerdos regionales con las comunidades indígenas de la Mesa Amazónica.
8) Cumplimiento a los acuerdos regionales con las comunidades indígenas de la Sierra Nevada.
9) Registro de la ficha de inversión para la legalización de tierras de comunidades indígenas en la vigencia de
    2012.
10) Apoyo a procesos piloto ajustados a los planes de vida y sistemas de producción propios.
COMUNIDADES NEGRAS AFRODESCENDIENTES RAIZALES Y PALENQUERAS




1) Creación de una mesa de entendimiento y un comité de monitoreo (entre el Ministerio de Agricultura, el
   INCODER y la subcomisión nacional de territorios negros, afrodescendientes, raizales y palenqueras).
2) Realización de convocatorias diferenciadas en proyectos productivos, agrícolas, pecuarios y pesqueros para
   comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras.
3) Desarrollo de las reuniones necesarias para facilitar la concertación con las mencionadas comunidades.
4) Gestión para la consecución de recursos de cooperación internacional, que garantice el fortalecimiento de las
   instancias de las comunidades negras, así como la implementación de proyectos productivos formulados
   concertadamente, y la compra de tierras para estas comunidades.
5) Asignación y ejecución de los recursos asignados de manera diferencial en las fichas de inversión para
   comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras.
GRUPOS ETNICOS art. 184
 Son     los   pueblos   indígenas,   las
comunidades negras, afrocolombianas,
raizales, palenqueras y del pueblo Rrom.
(Art. 7 C.P)

Parágrafo. Salvo que expresamente se
haga mención de una norma de esta ley
que no haga parte de este Título, solo
serán aplicables a los grupos étnicos las
disposiciones especiales de este Título.
DERECHOS TERRITORIALES DE LOS GRUPOS
                   ETNICOS art. 185

El INCODER adelantará los procedimientos administrativos de constitución,
   ampliación, saneamiento y reestructuración de resguardos indígenas en beneficio
   de las respectivas parcialidades; y de constitución, ampliación y saneamiento de
   tierras de los comunidades negras.

Igualmente podrán constituirse resguardos indígenas o tierras de las comunidades
    negras:

•   Con los baldíos nacionales ocupados tradicionalmente por ellas, o que constituyan su hábitat;

•   Sobre los predios y mejoras adquiridas por el INCORA y el INCODER;

•   Las entidades públicas o privadas;

•   Sobre las tierras de ocupación comunitaria;

•   Aquellas de propiedad privada que sean cedidas por los titulares integrantes de los grupos
    étnicos para la constitución de los respetivos títulos.
DERECHOS TERRITORIALES DE LOS GRUPOS
                  ETNICOS art. 185

El Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - INCODER estudiará las necesidades de
    dotación de tierras a las comunidades indígenas, negras, afrocolombianas,
    raizales y palenqueras y podrá:

adquirir mediante negociación directa tierras o mejoras, o decretar su expropiación o
   recibir en donación tierras que hagan parte del patrimonio de entidades de
   derecho público;

               para dotar a los grupos étnicos que no las posean,

     cuando la superficie donde estuvieren establecidas fuere insuficiente,

o para sanear las áreas de resguardo o de tierras de comunidades negras, con
   el objeto de dar cumplimiento a la función social de la propiedad.
DERECHOS TERRITORIALES DE LOS GRUPOS
                 ETNICOS art. 185

Los predios y mejoras que se adquieran para la ejecución de los programas
   de constitución, restructuración, ampliación y saneamiento de
   resguardos y dotación de tierras a las comunidades indígenas; y para la
   constitución, ampliación y saneamiento de las tierras de las
   comunidades negras, para la constitución de los campamentos de las
   Kumpanias Rrom; serán entregados a título gratuito a los cabildos o
   autoridades tradicionales, a las juntas de consejos comunitarios y a la
   Kriss Rrom de conformidad con las normas que las rigen, para que las
   administren y distribuyan de manera equitativa entre las familias
   que requieren de ellas.
DERECHOS TERRITORIALES DE LOS GRUPOS
                  ETNICOS art. 185

 Paragrafo 1: los predios y mejoras adquiridas para efectos del presente
    artículo estarán exentos del pago de impuesto predial, valorización
    y registro.


Parágrafo 2. Para asegurar la protección de
   bienes y derechos, el Instituto Colombiano de
   Desarrollo Rural - INCODER podrá adelantar
   procedimientos de clarificación de la
   propiedad y delimitación de las tierras de los
   grupos étnicos.
RESTRUCTURACION DE LOS RESGUARDOS DE
             ORIGEN COLONIAL art. 185

INCODER reestructurará los resguardos de origen colonial, previa
   clarificación sobre la vigencia legal de los respectivos títulos, con las
   tierras poseídas por los miembros de la parcialidad a título individual o
   colectivo, y los predios adquiridos o donados a favor de la comunidad
   por INCORA (HOY INCODER) u otras entidades y con los predios
   cedidos por miembros de la comunidad para el efecto.
PLANES DE SEGURIDAD Y AUTONOMIA
                 ALIMENTARIA art. 186
se establecerán planes territoriales de seguridad y autonomía
alimentaria para los grupos étnicos, que contemplarán, entre otros, los
siguientes objetivos:

                                                   la reconstrucción de los
                  Iniciar acciones tendientes a
                                                           sistemas
                    la creación de Bancos de
                                                       agroalimentarios
                    Semillas (Germoplasma).
                                                            propios




   Una vez garantizado el autoconsumo                        Avanzar en la autonomía de
    con la producción local, apoyar el                      los grupos étnicos, disminuir
      fortalecimiento de sistemas de                          su dependencia, superar
    producción integral e intercultural                             desnutrición


                                                        Adelantar
                       Apoyar proyectos           investigación local de
                     ajustados a los planes           los procesos
                     de vida y sistemas de        productivos propios y
                       producción de los               con base en
                         grupos étnicos               ello, orientar
                                                  proyectos productivos
PLANES DE SEGURIDAD Y AUTONOMIA
               ALIMENTARIA art. 186

El Estado no podrá bajo ninguna circunstancia, promover el uso de
productos o cultivos transgénicos, en territorios indígenas ni en tierras
de los demás grupos étnicos, de conformidad con la legislación vigente
en la materia.

El Gobierno nacional apoyará con recursos técnicos y humanos
los procesos que puedan garantizar planes de seguridad y
autonomía alimentaria con adecuación sociocultural y enfoque
diferencial.
La ejecución de todas las acciones de seguridad y autonomía alimentaria
con los grupos étnicos, deberán realizarse con las organizaciones y las
autoridades de los grupos étnicos, sin perjuicio de la participación de otras
entidades. Deben facilitarse los mecanismos del estado para la
implementación de los programas.
PROGRAMAS DE DESARROLLO RURAL PARA GRUPOS
             ETNICOS art. 187
                   El Ministerio de Agricultura y Desarrollo
                   Rural, el Instituto Colombiano de
                   Desarrollo Rural - INCODER y las
                   demás        entidades      competentes,
                   formularán e implementarán participativa
                   y concertadamente con las autoridades
                   de los grupos étnicos beneficiarios,
                   planes, programas y proyectos en
                   materia de pesca y acuicultura,
                   aprovechamiento sostenible de recursos
                   naturales renovables, desarrollo agrícola
                   y pecuario; que involucren el enfoque
                   diferencial étnico, con perspectiva de
                   género y diferenciación etárea.
PROGRAMAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
              Y DESARROLLO RURAL. Art. 188

1. El programa de Vivienda de Interés Social
   Rural deberá contar con un enfoque diferencial
   étnico.
2. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
   articulará con las autoridades y organizaciones
   de los grupos étnicos, la difusión y
   capacitación de las convocatorias para
   acceder a subsidios de vivienda rural.
3. Además se articulará para la difusión y
   capacitación sobre programas de desarrollo
   rural que se realizarán con enfoque diferencial
   étnico y perspectiva de género.
PARTICIPACIÓN DE LOS GRUPOS ÉTNICOS EN
   PROGRAMAS DE ACCESO A TIERRAS Y
PROGRAMAS DE DESARROLLO RURAL art. 189
                    Las familias pertenecientes a grupos
                    étnicos que se hallen en condición de
                    desplazamiento      o     mendicidad,
                    podrán participar en programas de
                    acceso a tierras establecidos en esta
                    ley. Dichos programas tendrán un
                    enfoque diferencial étnico y serán
                    formuladas de manera conjunta con
                    las autoridades de dichos grupos
                    étnicos.
PLANES DE ORDENAMIENTO, ADMINISTRACIÓN Y
     MANEJO TERRITORIAL DE LOS GRUPOS ÉTNICOS
                      art. 190


El Ministerio de Agricultura, el Ministerio del Interior
y el INCODER apoyarán la formulación y ejecución
autónoma       de    planes      de     ordenamiento,
administración y manejo territorial para los grupos
étnicos.

En los casos de superposición entre un Área
Protegida del Sistema de Parques Nacionales
Naturales y un resguardo indígena y/o colindancia
con un territorio colectivo de comunidades negras,
también se tendrán en cuenta los objetivos de la
conservación del Área Protegida.
CUMPLIMIENTO DE LA FUNCIÓN SOCIAL Y
          ECOLÓGICA DE LA PROPIEDAD art. 191

Los resguardos indígenas, las tierras de
comunidades negras y los campamentos
de las kumpanias Rrom, quedan sujetas
al cumplimiento de la función social y
ecológica de la propiedad. El uso,
conservación,      aprovechamiento      y
explotación     de las mismas deberá
adelantarse con arreglo al pluralismo
jurídico, las normas vigentes sobre estas
materias establecidas en el Código
Nacional     de    Recursos     Naturales
Renovables y de Protección al Medio
Ambiente, legislación indígena nacional y
ley de origen y las demás disposiciones
que regulen la materia.
SEGUIMIENTO Y CONTROL AL CUMPLIMIENTO DE LA
   FUNCIÓN SOCIAL Y ECOLÓGICA DE LA PROPIEDAD
                      art. 192
Los cabildos y autoridades tradicionales de los pueblos indígenas, las juntas de los consejos
comunitarios y las kriss de las kumpañy informaran:

• A solicitud del INCODER, sobre el uso, aprovechamiento y conservación de los predios y
mejoras adquiridas por el INCODER en su beneficio.

•Para hacer seguimiento y control al cumplimiento de la función social y ecológica de la
propiedad de estas áreas, INCODER y las autoridades étnicas harán visitas e informes
periódicos, y en caso del arrendamiento a terceros o ventas ilegales a particulares se
tomarán conjuntamente decisiones tendientes a la redistribución equitativa de dichas áreas.

•El INCODER verificará y certificará el cumplimiento de la función social de la propiedad en
las tierras asignadas a los grupos étnicos, y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible,
cuando se trate de los procesos administrativos de ampliación de Los resguardos indígenas, las
tierras de comunidades negras y los campamentos de las kumpañy Rrom, lo relacionado con la
función ecológica, todo ello de conformidad con los previsto en el artículo 58 de la Constitución
Política, la Ley 99 de 1993 y demás disposiciones concordantes.
INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO art. 193



                El Ministerio Publico, a través de la
                Procuraduría General de la Nación y la
                Defensoría del Pueblo, harán seguimiento y
                control a los procesos de constitución,
                ampliación y saneamiento de resguardos
                indígenas, así como a la titulación,
                ampliación y saneamiento de las tierras de
                comunidades negras y titulación de los
                campamentos de las kumpañy Rrom, a fin de
                garantizar el debido proceso y la vigencia de
                los derechos fundamentales individuales y
                colectivos.
GRACIAS.

Weitere ähnliche Inhalte

Andere mochten auch

Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...
Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...
Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...Ektwr1982
 
Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...
Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...
Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...Ektwr1982
 
Haciendo camino al andar. Pueblo Rrom Gitano de Colombia.
Haciendo camino al andar. Pueblo Rrom Gitano de Colombia.Haciendo camino al andar. Pueblo Rrom Gitano de Colombia.
Haciendo camino al andar. Pueblo Rrom Gitano de Colombia.Yezid Montes Almanza
 
Étnias y culturas de Colombia
Étnias y culturas de ColombiaÉtnias y culturas de Colombia
Étnias y culturas de ColombiaUniambiental
 
Grupos etnicos colombianos - Quiénes son y sus problemáticas
Grupos etnicos colombianos - Quiénes son y sus problemáticasGrupos etnicos colombianos - Quiénes son y sus problemáticas
Grupos etnicos colombianos - Quiénes son y sus problemáticasAID Territorial
 
Víctimas del conflicto armado interno / comunidades negras, afrocolombianas, ...
Víctimas del conflicto armado interno / comunidades negras, afrocolombianas, ...Víctimas del conflicto armado interno / comunidades negras, afrocolombianas, ...
Víctimas del conflicto armado interno / comunidades negras, afrocolombianas, ...Melissa Restrepo Arturo
 

Andere mochten auch (7)

Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...
Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...
Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...
 
Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...
Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...
Decretos ley de víctimas indígenas, negras, afrocolombianas, palenqueras, rai...
 
Custom Rom 101
Custom Rom 101Custom Rom 101
Custom Rom 101
 
Haciendo camino al andar. Pueblo Rrom Gitano de Colombia.
Haciendo camino al andar. Pueblo Rrom Gitano de Colombia.Haciendo camino al andar. Pueblo Rrom Gitano de Colombia.
Haciendo camino al andar. Pueblo Rrom Gitano de Colombia.
 
Étnias y culturas de Colombia
Étnias y culturas de ColombiaÉtnias y culturas de Colombia
Étnias y culturas de Colombia
 
Grupos etnicos colombianos - Quiénes son y sus problemáticas
Grupos etnicos colombianos - Quiénes son y sus problemáticasGrupos etnicos colombianos - Quiénes son y sus problemáticas
Grupos etnicos colombianos - Quiénes son y sus problemáticas
 
Víctimas del conflicto armado interno / comunidades negras, afrocolombianas, ...
Víctimas del conflicto armado interno / comunidades negras, afrocolombianas, ...Víctimas del conflicto armado interno / comunidades negras, afrocolombianas, ...
Víctimas del conflicto armado interno / comunidades negras, afrocolombianas, ...
 

Ähnlich wie Dirección técnica de asuntos étnicos y derechos territoriales

Presentación De pueblos indígenas
Presentación De pueblos indígenas Presentación De pueblos indígenas
Presentación De pueblos indígenas Massiel Alfonzo
 
“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...
“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...
“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...FAO
 
Articulo 2 contitucional
Articulo 2 contitucionalArticulo 2 contitucional
Articulo 2 contitucionaljuan41111
 
Sipae ante-proyecto-de-ley-de-tierras-ecuador
Sipae ante-proyecto-de-ley-de-tierras-ecuadorSipae ante-proyecto-de-ley-de-tierras-ecuador
Sipae ante-proyecto-de-ley-de-tierras-ecuadorRobert Gallegos
 
Derechos de las comunidades campesinas Principales normas y reglamentos
Derechos de las comunidades campesinas Principales normas y reglamentosDerechos de las comunidades campesinas Principales normas y reglamentos
Derechos de las comunidades campesinas Principales normas y reglamentosLarcery Díaz Barrantes
 
Desarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividad
Desarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividadDesarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividad
Desarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividadCIMMYT
 
Derecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestableDerecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestablecesar rodriguez
 
Panel 2.1 Asociacion de cabildos indigenas norte de cauca
Panel 2.1 Asociacion de cabildos indigenas norte de caucaPanel 2.1 Asociacion de cabildos indigenas norte de cauca
Panel 2.1 Asociacion de cabildos indigenas norte de caucaFundación CODESPA
 
República bolivariana de venezuela roxi hoy
República bolivariana de venezuela roxi hoyRepública bolivariana de venezuela roxi hoy
República bolivariana de venezuela roxi hoyRoxi Marquez
 
Informe de actividades CAI 2012-13
Informe de actividades CAI 2012-13Informe de actividades CAI 2012-13
Informe de actividades CAI 2012-13guillermoanecpap
 
DESARROLLO INTEGRAL AGRARIO
DESARROLLO INTEGRAL AGRARIODESARROLLO INTEGRAL AGRARIO
DESARROLLO INTEGRAL AGRARIOYohana Martinez
 
Reglamento-a-la-Ley-Organica-de-Tierras-Rurales-y-Territorios-Ancestrales.pdf
Reglamento-a-la-Ley-Organica-de-Tierras-Rurales-y-Territorios-Ancestrales.pdfReglamento-a-la-Ley-Organica-de-Tierras-Rurales-y-Territorios-Ancestrales.pdf
Reglamento-a-la-Ley-Organica-de-Tierras-Rurales-y-Territorios-Ancestrales.pdfFredy Mena
 
Reglamento a-la-ley-organica-de-tierras-rurales-y-territorios-ancestrales
Reglamento a-la-ley-organica-de-tierras-rurales-y-territorios-ancestralesReglamento a-la-ley-organica-de-tierras-rurales-y-territorios-ancestrales
Reglamento a-la-ley-organica-de-tierras-rurales-y-territorios-ancestralesCris Geovanny Figuer figueroa
 
Rol del MAGAP y Políticas Públicas de Producción, Seguridad y Soberanía Alime...
Rol del MAGAP y Políticas Públicas de Producción, Seguridad y Soberanía Alime...Rol del MAGAP y Políticas Públicas de Producción, Seguridad y Soberanía Alime...
Rol del MAGAP y Políticas Públicas de Producción, Seguridad y Soberanía Alime...Consultor.
 

Ähnlich wie Dirección técnica de asuntos étnicos y derechos territoriales (20)

Chaco 3258
Chaco 3258Chaco 3258
Chaco 3258
 
Presentación De pueblos indígenas
Presentación De pueblos indígenas Presentación De pueblos indígenas
Presentación De pueblos indígenas
 
Presentación PND.pptx
Presentación PND.pptxPresentación PND.pptx
Presentación PND.pptx
 
Argentina 23302
Argentina 23302Argentina 23302
Argentina 23302
 
“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...
“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...
“Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una ...
 
Articulo 2 contitucional
Articulo 2 contitucionalArticulo 2 contitucional
Articulo 2 contitucional
 
10 ley144 rev_productiva
10 ley144 rev_productiva10 ley144 rev_productiva
10 ley144 rev_productiva
 
Sipae ante-proyecto-de-ley-de-tierras-ecuador
Sipae ante-proyecto-de-ley-de-tierras-ecuadorSipae ante-proyecto-de-ley-de-tierras-ecuador
Sipae ante-proyecto-de-ley-de-tierras-ecuador
 
Pedro de la Cruz (Asambleista Ecuador) y Luis Andrango (Fenosin). Seguridad a...
Pedro de la Cruz (Asambleista Ecuador) y Luis Andrango (Fenosin). Seguridad a...Pedro de la Cruz (Asambleista Ecuador) y Luis Andrango (Fenosin). Seguridad a...
Pedro de la Cruz (Asambleista Ecuador) y Luis Andrango (Fenosin). Seguridad a...
 
Derechos de las comunidades campesinas Principales normas y reglamentos
Derechos de las comunidades campesinas Principales normas y reglamentosDerechos de las comunidades campesinas Principales normas y reglamentos
Derechos de las comunidades campesinas Principales normas y reglamentos
 
Desarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividad
Desarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividadDesarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividad
Desarrollo agrario: Estrategia para democratizar la productividad
 
Derecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestableDerecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestable
 
Panel 2.1 Asociacion de cabildos indigenas norte de cauca
Panel 2.1 Asociacion de cabildos indigenas norte de caucaPanel 2.1 Asociacion de cabildos indigenas norte de cauca
Panel 2.1 Asociacion de cabildos indigenas norte de cauca
 
República bolivariana de venezuela roxi hoy
República bolivariana de venezuela roxi hoyRepública bolivariana de venezuela roxi hoy
República bolivariana de venezuela roxi hoy
 
Informe de actividades CAI 2012-13
Informe de actividades CAI 2012-13Informe de actividades CAI 2012-13
Informe de actividades CAI 2012-13
 
DESARROLLO INTEGRAL AGRARIO
DESARROLLO INTEGRAL AGRARIODESARROLLO INTEGRAL AGRARIO
DESARROLLO INTEGRAL AGRARIO
 
Reglamento-a-la-Ley-Organica-de-Tierras-Rurales-y-Territorios-Ancestrales.pdf
Reglamento-a-la-Ley-Organica-de-Tierras-Rurales-y-Territorios-Ancestrales.pdfReglamento-a-la-Ley-Organica-de-Tierras-Rurales-y-Territorios-Ancestrales.pdf
Reglamento-a-la-Ley-Organica-de-Tierras-Rurales-y-Territorios-Ancestrales.pdf
 
Reglamento a-la-ley-organica-de-tierras-rurales-y-territorios-ancestrales
Reglamento a-la-ley-organica-de-tierras-rurales-y-territorios-ancestralesReglamento a-la-ley-organica-de-tierras-rurales-y-territorios-ancestrales
Reglamento a-la-ley-organica-de-tierras-rurales-y-territorios-ancestrales
 
Avances del FPH de Colombia
Avances del FPH de ColombiaAvances del FPH de Colombia
Avances del FPH de Colombia
 
Rol del MAGAP y Políticas Públicas de Producción, Seguridad y Soberanía Alime...
Rol del MAGAP y Políticas Públicas de Producción, Seguridad y Soberanía Alime...Rol del MAGAP y Políticas Públicas de Producción, Seguridad y Soberanía Alime...
Rol del MAGAP y Políticas Públicas de Producción, Seguridad y Soberanía Alime...
 

Mehr von Claudia Paez

II Congreso Nacional del Notariado Colombiano
II Congreso Nacional del Notariado ColombianoII Congreso Nacional del Notariado Colombiano
II Congreso Nacional del Notariado ColombianoClaudia Paez
 
Actividades y resultados curvarado jiguamiando
Actividades y resultados curvarado   jiguamiandoActividades y resultados curvarado   jiguamiando
Actividades y resultados curvarado jiguamiandoClaudia Paez
 
Gestion en curvarado y jiguamiando
Gestion en curvarado y jiguamiandoGestion en curvarado y jiguamiando
Gestion en curvarado y jiguamiandoClaudia Paez
 
Presentacion resultados delegada de tierras a octubre de 2012
Presentacion resultados delegada de tierras a octubre de 2012Presentacion resultados delegada de tierras a octubre de 2012
Presentacion resultados delegada de tierras a octubre de 2012Claudia Paez
 
Ideas Principales Principios del Desarrollo Rural con Enfoque Territorial
Ideas Principales Principios del Desarrollo Rural con Enfoque Territorial Ideas Principales Principios del Desarrollo Rural con Enfoque Territorial
Ideas Principales Principios del Desarrollo Rural con Enfoque Territorial Claudia Paez
 
Papel incoder ley de victimas
Papel incoder   ley de victimasPapel incoder   ley de victimas
Papel incoder ley de victimasClaudia Paez
 
Tipologias Judicatura
Tipologias JudicaturaTipologias Judicatura
Tipologias JudicaturaClaudia Paez
 

Mehr von Claudia Paez (8)

II Congreso Nacional del Notariado Colombiano
II Congreso Nacional del Notariado ColombianoII Congreso Nacional del Notariado Colombiano
II Congreso Nacional del Notariado Colombiano
 
Actividades y resultados curvarado jiguamiando
Actividades y resultados curvarado   jiguamiandoActividades y resultados curvarado   jiguamiando
Actividades y resultados curvarado jiguamiando
 
Gestion en curvarado y jiguamiando
Gestion en curvarado y jiguamiandoGestion en curvarado y jiguamiando
Gestion en curvarado y jiguamiando
 
Presentacion resultados delegada de tierras a octubre de 2012
Presentacion resultados delegada de tierras a octubre de 2012Presentacion resultados delegada de tierras a octubre de 2012
Presentacion resultados delegada de tierras a octubre de 2012
 
Ideas Principales Principios del Desarrollo Rural con Enfoque Territorial
Ideas Principales Principios del Desarrollo Rural con Enfoque Territorial Ideas Principales Principios del Desarrollo Rural con Enfoque Territorial
Ideas Principales Principios del Desarrollo Rural con Enfoque Territorial
 
Papel incoder ley de victimas
Papel incoder   ley de victimasPapel incoder   ley de victimas
Papel incoder ley de victimas
 
Tipologias Judicatura
Tipologias JudicaturaTipologias Judicatura
Tipologias Judicatura
 
Tipologías
Tipologías   Tipologías
Tipologías
 

Dirección técnica de asuntos étnicos y derechos territoriales

  • 1. DIRECCIÓN TÉCNICA DE ASUNTOS ÉTNICOS
  • 2. ANTECEDENTES DEL PROYECTO DE LEY EN MATERIA TERRITORIAL PARA GRUPOS ÉTNICOS: ACUERDOS CONSIGNADOS EN EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO (ley 1450 de 2011) PUEBLOS INDÍGENAS 1) Formulación de lineamientos de política pública para la garantía de los derechos territoriales y el desarrollo rural de los grupos étnicos 2) Formulación de un programa nacional para la constitución, ampliación y saneamiento de resguardos indígenas. 3) Reestructuración de los Resguardos de Origen Colonial y Republicano. 4) Cumplimiento a los acuerdos regionales firmados con los pueblos indígenas del Cauca. (decreto 982 de 1999). 5) Cumplimiento a los acuerdos regionales con el pueblo indígena U’wa. 6) Cumplimiento a los acuerdos regionales firmados con los pueblos indígenas de Nariño. (Auto 174 de 2011) 7) Cumplimiento a los acuerdos regionales con las comunidades indígenas de la Mesa Amazónica. 8) Cumplimiento a los acuerdos regionales con las comunidades indígenas de la Sierra Nevada. 9) Registro de la ficha de inversión para la legalización de tierras de comunidades indígenas en la vigencia de 2012. 10) Apoyo a procesos piloto ajustados a los planes de vida y sistemas de producción propios.
  • 3. COMUNIDADES NEGRAS AFRODESCENDIENTES RAIZALES Y PALENQUERAS 1) Creación de una mesa de entendimiento y un comité de monitoreo (entre el Ministerio de Agricultura, el INCODER y la subcomisión nacional de territorios negros, afrodescendientes, raizales y palenqueras). 2) Realización de convocatorias diferenciadas en proyectos productivos, agrícolas, pecuarios y pesqueros para comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras. 3) Desarrollo de las reuniones necesarias para facilitar la concertación con las mencionadas comunidades. 4) Gestión para la consecución de recursos de cooperación internacional, que garantice el fortalecimiento de las instancias de las comunidades negras, así como la implementación de proyectos productivos formulados concertadamente, y la compra de tierras para estas comunidades. 5) Asignación y ejecución de los recursos asignados de manera diferencial en las fichas de inversión para comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras.
  • 4. GRUPOS ETNICOS art. 184 Son los pueblos indígenas, las comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y del pueblo Rrom. (Art. 7 C.P) Parágrafo. Salvo que expresamente se haga mención de una norma de esta ley que no haga parte de este Título, solo serán aplicables a los grupos étnicos las disposiciones especiales de este Título.
  • 5. DERECHOS TERRITORIALES DE LOS GRUPOS ETNICOS art. 185 El INCODER adelantará los procedimientos administrativos de constitución, ampliación, saneamiento y reestructuración de resguardos indígenas en beneficio de las respectivas parcialidades; y de constitución, ampliación y saneamiento de tierras de los comunidades negras. Igualmente podrán constituirse resguardos indígenas o tierras de las comunidades negras: • Con los baldíos nacionales ocupados tradicionalmente por ellas, o que constituyan su hábitat; • Sobre los predios y mejoras adquiridas por el INCORA y el INCODER; • Las entidades públicas o privadas; • Sobre las tierras de ocupación comunitaria; • Aquellas de propiedad privada que sean cedidas por los titulares integrantes de los grupos étnicos para la constitución de los respetivos títulos.
  • 6. DERECHOS TERRITORIALES DE LOS GRUPOS ETNICOS art. 185 El Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - INCODER estudiará las necesidades de dotación de tierras a las comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras y podrá: adquirir mediante negociación directa tierras o mejoras, o decretar su expropiación o recibir en donación tierras que hagan parte del patrimonio de entidades de derecho público; para dotar a los grupos étnicos que no las posean, cuando la superficie donde estuvieren establecidas fuere insuficiente, o para sanear las áreas de resguardo o de tierras de comunidades negras, con el objeto de dar cumplimiento a la función social de la propiedad.
  • 7. DERECHOS TERRITORIALES DE LOS GRUPOS ETNICOS art. 185 Los predios y mejoras que se adquieran para la ejecución de los programas de constitución, restructuración, ampliación y saneamiento de resguardos y dotación de tierras a las comunidades indígenas; y para la constitución, ampliación y saneamiento de las tierras de las comunidades negras, para la constitución de los campamentos de las Kumpanias Rrom; serán entregados a título gratuito a los cabildos o autoridades tradicionales, a las juntas de consejos comunitarios y a la Kriss Rrom de conformidad con las normas que las rigen, para que las administren y distribuyan de manera equitativa entre las familias que requieren de ellas.
  • 8. DERECHOS TERRITORIALES DE LOS GRUPOS ETNICOS art. 185 Paragrafo 1: los predios y mejoras adquiridas para efectos del presente artículo estarán exentos del pago de impuesto predial, valorización y registro. Parágrafo 2. Para asegurar la protección de bienes y derechos, el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - INCODER podrá adelantar procedimientos de clarificación de la propiedad y delimitación de las tierras de los grupos étnicos.
  • 9. RESTRUCTURACION DE LOS RESGUARDOS DE ORIGEN COLONIAL art. 185 INCODER reestructurará los resguardos de origen colonial, previa clarificación sobre la vigencia legal de los respectivos títulos, con las tierras poseídas por los miembros de la parcialidad a título individual o colectivo, y los predios adquiridos o donados a favor de la comunidad por INCORA (HOY INCODER) u otras entidades y con los predios cedidos por miembros de la comunidad para el efecto.
  • 10. PLANES DE SEGURIDAD Y AUTONOMIA ALIMENTARIA art. 186 se establecerán planes territoriales de seguridad y autonomía alimentaria para los grupos étnicos, que contemplarán, entre otros, los siguientes objetivos: la reconstrucción de los Iniciar acciones tendientes a sistemas la creación de Bancos de agroalimentarios Semillas (Germoplasma). propios Una vez garantizado el autoconsumo Avanzar en la autonomía de con la producción local, apoyar el los grupos étnicos, disminuir fortalecimiento de sistemas de su dependencia, superar producción integral e intercultural desnutrición Adelantar Apoyar proyectos investigación local de ajustados a los planes los procesos de vida y sistemas de productivos propios y producción de los con base en grupos étnicos ello, orientar proyectos productivos
  • 11. PLANES DE SEGURIDAD Y AUTONOMIA ALIMENTARIA art. 186 El Estado no podrá bajo ninguna circunstancia, promover el uso de productos o cultivos transgénicos, en territorios indígenas ni en tierras de los demás grupos étnicos, de conformidad con la legislación vigente en la materia. El Gobierno nacional apoyará con recursos técnicos y humanos los procesos que puedan garantizar planes de seguridad y autonomía alimentaria con adecuación sociocultural y enfoque diferencial. La ejecución de todas las acciones de seguridad y autonomía alimentaria con los grupos étnicos, deberán realizarse con las organizaciones y las autoridades de los grupos étnicos, sin perjuicio de la participación de otras entidades. Deben facilitarse los mecanismos del estado para la implementación de los programas.
  • 12. PROGRAMAS DE DESARROLLO RURAL PARA GRUPOS ETNICOS art. 187 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - INCODER y las demás entidades competentes, formularán e implementarán participativa y concertadamente con las autoridades de los grupos étnicos beneficiarios, planes, programas y proyectos en materia de pesca y acuicultura, aprovechamiento sostenible de recursos naturales renovables, desarrollo agrícola y pecuario; que involucren el enfoque diferencial étnico, con perspectiva de género y diferenciación etárea.
  • 13. PROGRAMAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL. Art. 188 1. El programa de Vivienda de Interés Social Rural deberá contar con un enfoque diferencial étnico. 2. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural articulará con las autoridades y organizaciones de los grupos étnicos, la difusión y capacitación de las convocatorias para acceder a subsidios de vivienda rural. 3. Además se articulará para la difusión y capacitación sobre programas de desarrollo rural que se realizarán con enfoque diferencial étnico y perspectiva de género.
  • 14. PARTICIPACIÓN DE LOS GRUPOS ÉTNICOS EN PROGRAMAS DE ACCESO A TIERRAS Y PROGRAMAS DE DESARROLLO RURAL art. 189 Las familias pertenecientes a grupos étnicos que se hallen en condición de desplazamiento o mendicidad, podrán participar en programas de acceso a tierras establecidos en esta ley. Dichos programas tendrán un enfoque diferencial étnico y serán formuladas de manera conjunta con las autoridades de dichos grupos étnicos.
  • 15. PLANES DE ORDENAMIENTO, ADMINISTRACIÓN Y MANEJO TERRITORIAL DE LOS GRUPOS ÉTNICOS art. 190 El Ministerio de Agricultura, el Ministerio del Interior y el INCODER apoyarán la formulación y ejecución autónoma de planes de ordenamiento, administración y manejo territorial para los grupos étnicos. En los casos de superposición entre un Área Protegida del Sistema de Parques Nacionales Naturales y un resguardo indígena y/o colindancia con un territorio colectivo de comunidades negras, también se tendrán en cuenta los objetivos de la conservación del Área Protegida.
  • 16. CUMPLIMIENTO DE LA FUNCIÓN SOCIAL Y ECOLÓGICA DE LA PROPIEDAD art. 191 Los resguardos indígenas, las tierras de comunidades negras y los campamentos de las kumpanias Rrom, quedan sujetas al cumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad. El uso, conservación, aprovechamiento y explotación de las mismas deberá adelantarse con arreglo al pluralismo jurídico, las normas vigentes sobre estas materias establecidas en el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, legislación indígena nacional y ley de origen y las demás disposiciones que regulen la materia.
  • 17. SEGUIMIENTO Y CONTROL AL CUMPLIMIENTO DE LA FUNCIÓN SOCIAL Y ECOLÓGICA DE LA PROPIEDAD art. 192 Los cabildos y autoridades tradicionales de los pueblos indígenas, las juntas de los consejos comunitarios y las kriss de las kumpañy informaran: • A solicitud del INCODER, sobre el uso, aprovechamiento y conservación de los predios y mejoras adquiridas por el INCODER en su beneficio. •Para hacer seguimiento y control al cumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad de estas áreas, INCODER y las autoridades étnicas harán visitas e informes periódicos, y en caso del arrendamiento a terceros o ventas ilegales a particulares se tomarán conjuntamente decisiones tendientes a la redistribución equitativa de dichas áreas. •El INCODER verificará y certificará el cumplimiento de la función social de la propiedad en las tierras asignadas a los grupos étnicos, y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, cuando se trate de los procesos administrativos de ampliación de Los resguardos indígenas, las tierras de comunidades negras y los campamentos de las kumpañy Rrom, lo relacionado con la función ecológica, todo ello de conformidad con los previsto en el artículo 58 de la Constitución Política, la Ley 99 de 1993 y demás disposiciones concordantes.
  • 18. INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO art. 193 El Ministerio Publico, a través de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, harán seguimiento y control a los procesos de constitución, ampliación y saneamiento de resguardos indígenas, así como a la titulación, ampliación y saneamiento de las tierras de comunidades negras y titulación de los campamentos de las kumpañy Rrom, a fin de garantizar el debido proceso y la vigencia de los derechos fundamentales individuales y colectivos.