Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Derechos De Autor
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2. El derecho de autor es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica, esté publicada o inédita. En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido literalmente como "derecho de copia") que comprende la parte patrimonial de los derechos de autor.
3. MORALES: Son derechos que afectan a la condición personal del autor de la obra, y tienen por objeto que la obra no sea alterada, modificada o divulgada sin el consentimiento del autor, y si es así se le repare en caso de lesión pero no económicamente. Tiene derecho a divulgar la obra cuando y como quiera. Derecho de paternidad, que se le reconozca que es el autor y creador de la obra. Derecho a la integridad, e impedir que se deforme, modifique la obra. Retirar la obra del comercio cuando quiera y por los motivos que considere oportuno. Acceder al único ejemplar raro que quede de su obra cuando se halle en poder de otro.
4. PATRIMONIALES: Son derechos que contemplan el poder del sujeto para explotar económicamente la obra: El derecho a la reproducción. El derecho a la distribución. El derecho a la comunicación pública. El derecho a la transformación. El derecho a formar colecciones. El derecho de remuneración por copia privada.
5. LIMITES: Se podrá reproducir sin autorización en los siguientes casos: - Para presentarlos en procedimientos judiciales o administrativos. - Para uso privado de que hace la copia y siempre que o sea para lucrase no exponerlos a terceros. - Para uso privado de invidentes, cuando se produzcan en el sistema braille u otro similar.
6. ¿Qué abarca el derecho de autor? El tipo de obras que abarca el derecho de autor incluye: obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro, documentos de referencia, periódicos y programas informáticos; bases de datos; películas, composiciones musicales y coreografías; obras artísticas como pinturas, dibujos, fotografías y escultura; obras arquitectónicas; publicidad, mapas y dibujos técnicos.
7. ¿Cuál es la diferencia entre Propiedad Intelectual y derechos de autor? El de Propiedad Intelectual es un concepto más amplio, que abarca tanto a los derechos de autor como los llamados derechos conexos a los derechos de autor (que son otras facultades previstas a favor de otros agentes que intervienen en la creación de una obra, como los artistas, intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y de grabaciones audiovisuales, las entidades de radiodifusión, etc.)
8. ¿Cuándo una obra es de dominio público? Una obra pasa a dominio público cuando se cumplen 70 años desde la muerte o declaración de fallecimiento de su autor. A partir de entonces, la obra podrá ser utilizada por cualquiera sin autorización, siempre que se respete la autoría e integridad de la misma.
9. ¿En qué medida puedo usar la obra de otra persona sin autorización? La mayoría de las legislaciones nacionales relativas al derecho de autor permiten la utilización de algunas partes de una obra, incluidas las citas, con fines tales como la información periodística y el uso privado y personal. Para mayor información, sírvase consultar la legislación nacional disponible en la C olección de Leyes Electrónicamente Accesibles (CLEA).
10. ¿Es necesario registrarse para estar protegido? El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas establece que las obras literarias y artísticas quedan protegidas sin ninguna formalidad en los países parte en dicho Convenio. La OMPI no ofrece, pues, ningún sistema de registro para el derecho de autor.