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Tema 3. Documentos
institucionales para la
gestión educativa: PEC,
PCC, RRI, PGA y Memoria
Documentación básica
R. 3 de agosto de 2012. Instrucciones para la
organización y funcionamiento de las escuelas de
Educación Infantil de segundo ciclo y colegios de
Educación Primaria
La planificación cumple una serie de funciones (Martín Bris, 2002):
•  Se planifica para mejorar
•  Se planifica para reducir incertidumbres
•  Se planifica para dotar de autonomía, para distribuir y delegar
funciones
•  La planificación se concreta en una serie de documentos
•  La planificación debe partir de su marco normativo
(legislación)
•  La planificación debe permitir el trabajo participativo y
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•  La planificación permite la incorporación de elementos
innovadores
¿Por qué planificar y elaborar documentos
de gestión educativa?
Clasificación perspectiva temporal (Grau, 2005):
El PEC
Proyecto educativo de centro: PEC
•  Indica los fines e intenciones educativas, de
acuerdo con la identidad del centro.
•  Lo elabora el equipo directivo de acuerdo con
las directrices del Consejo escolar y las
propuestas del claustro y del AMPA.
•  Lo aprueba y evalúa el Consejo escolar.
•  Se debe publicar en el tablón de anuncios del
centro y entregar una copia al AMPA.
Decisiones para elaborar el PEC
¿Dónde estamos?
¿Quiénes somos?
¿Qué pretendemos?
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1. Análisis contextual de las
necesidades planteadas
2. Señas de identidad y estilo
educativo que distinguen al
centro
3. Formulación de objetivos
institucionales.
4. Estructura organizativa y de
gestión así como regulación de
convivencia
Decisiones para elaborar el PEC
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PEDAGÓGICOS
ÁMBITO HUMANO Y DE
SERVICIOS
ECONÓMICOS
ADMINISTRATIVOS
INSTITUCIONALES
Decisiones para elaborar el PEC
i) El RRI.
j) El diseño particular del programa de educación plurilingüe,
programa experimental plurilingüe o programas de
educación bilingüe que aplique el centro.
k) Las medidas de atención a la diversidad del alumnado.
l) Los criterios que han de organizar:
1. la organización y funcionamiento del centro.
2. la licitación de los diversos estamentos de la comunidad educativa.
3. la coordinación con los servicios del municipio, así como la posible
utilización de las instalaciones del centro por parte de otras entidades
para realizar actividades educativas, culturales, deportivas u otras de
carácter social.
4. las medidas de coordinación entre el segundo ciclo de educación
infantil y el primero de educación primaria.
5. las medidas organizativas de atención educativa para el alumnado
que opté por no cursar religión.
6. los mecanismos de cooperación entre las familias o tutores legales y el
propio centro para la mejora del rendimiento académico del alumnado.
¿Qué indica la normativa?
El Proyecto Curricular
El Proyecto Curricular
Decisiones del Proyecto Curricular
PROYECTO
CURRICULAR
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Parte de la identificación de las necesidades del alumnado, el profesorado y
las familias en el marco del tránsito entre las dos etapas.
Orden 46/11 (DOCV 23/06/2011):
Deberá incluir, al menos, los siguientes apartados:
a) La concreción relativa a la coordinación entre los equipos docentes de Educación
Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria implicados en el proceso:
1.  Composición y proceso de constitución de los equipos de transición.
2.  Planificación general de actuaciones: identificación de necesidades,
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coordinación entre los equipos docentes, y calendario de trabajo.
b) Un programa de desarrollo competencial para el alumnado del tercer ciclo de Educación
Primaria, y de primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria, focalizado en
el impulso de la autonomía e iniciativa personal, y la autorregulación cognitiva,
emocional, conductual y escolar específicamente.
c) La concreción de los ámbitos, las actuaciones prioritarias y los mecanismos de
colaboración entre los centros docentes y las familias.
d) Los mecanismos de seguimiento y evaluación del plan de transición.
h"p://www.docv.gva.es/datos/2011/06/23/pdf/2011_7216.pdf

Los centros docentes elaborarán su reglamento de régimen interno, que
deberá incluir, entre otras, las normas que garanticen el cumplimiento del plan
de convivencia. Asimismo, podrá incorporar los siguientes aspectos:
a) La organización que haga posible la participación de todos los miembros
de la comunidad educativa.
B) La organización y reparto de responsabilidades no definidas por la
normativa vigente.
c) Los procedimientos de actuación del consejo escolar y, en su caso, las
comisiones que se constituyan para agilizar su funcionamiento.
d) La organización de los espacios del centro.
e) Las normas para el uso de las instalaciones, recursos y otros servicios
educativos del centro.
1.  Programas de educación bilingüe
a) Programa de enseñanza del valenciano: uso del valenciano como lengua
base en poblaciones con predominio de uso del valenciano.
b) Programa de inmersión lingüística: pensado para niños no valenciano
hablantes que viven en entornos en los que el valenciano no se la
lengua mayoritaria de comunicación. Es voluntario y lo ha de aceptar la
familia. Favorece el dominio en el uso de las dos lenguas.
c)  Programa de incorporación progresiva: la lengua base es el castellano.
2.  Programas plurilingües
a) Programa de educación bilingüe enriquecido: a partir de primaria,
integración de una lengua extranjera .
b) Programa de Educación Plurilingüe en Educación Infantil: introducción
del inglés en el segundo ciclo de EI (4 años).
3.  Programa experimental plurilingüe: impartición de parte de las áreas del
curriculum en lengua extranjera.
El diseño particular del programa de educación bilingüe es la concreción y
contextualización de éste a la realidad particular de cada centro y, al mismo
tiempo, constituye el conjunto de decisiones previas para la elaboración de los
documentos de organización y de gestión educativa. El diseño particular del
programa de educación bilingüe incluirá:
a) Los objetivos generales del currículo de la etapa, contextualizados atendiendo a la
realidad educativa del centro y las exigencias del propio programa.
b) La proporción del uso del valenciano y del castellano como lenguas vehiculares.
c) El horario de las diferentes áreas, en los diferentes ciclos, respetando los mínimos
establecidos en la normativa vigente (este punto sólo será prescriptivo para los centros
que aplican el Programa de Inmersión Lingüística).
d) Los momentos y secuencia de introducción sistemática de la lectoescritura en
valenciano y castellano.
e) El tratamiento metodológico de las diferentes lenguas: castellano, valenciano y lengua
extranjera.
f) La previsión de actuaciones con el alumnado de nueva incorporación al sistema
educativo valenciano y que necesita una atención específica para suplir la baja
competencia lingüística de los mismos en alguna de las lenguas oficiales.
http://www.youtube.com/watch?v=OVf1GhKDtW8
a) Los criterios pedagógicos para la elaboración del horario del alumnado.
b) El proyecto educativo y sus modificaciones.
c) El programa anual de actividades extraescolares y servicios
complementarios.
d) La situación del proceso de aplicación del diseño particular del programa
de educación plurilingüe o bilingüe en el centro.
e) El calendario de reuniones de los órganos de gobierno del centro.
f) El calendario de evaluación y entrega de la información a los padres,
madres y tutores legales.
g) Los aspectos organizativos del calendario de reuniones y entrevistas
con los padres, madres y tutores legales.
h) Una memoria administrativa que incluirá el documento de organización
del centro, la estadística de principio de curso, y la situación de instalaciones
y del equipamiento.
i) Las actividades de formación permanente y de perfeccionamiento que
afectan al profesorado.
LOE, 2006
•  LOE. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
•  DECRETO 233/1997, de 2 de septiembre de 1997, Reglamento
Orgánico y Funcional de Colegios de Educación de Infantil y Primaria
(DOVG 08/09/1997)
•  RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2011, DOCV de 7/7/2011
•  LUEV. Llei d’Ús i Ensenyament del Valencià, de 23 de novembre de 1983
•  ANTÚNEZ, S. (1994). Del proyecto educativo a la programación de
aula. Barcelona: Graó.
•  Bolívar, A. (2000). Los centros educativos como organizaciones que
aprenden. Promesas y realidades. Madrid: La Muralla.
•  Lorenzon, M. (2001). La organización y gestión del centro educativo.
Análisis de casos prácticos. Madrid. Universitas.
•  Medina, A., Rodríguez, J.L., y Sevillano, M.L. (2002). Diseño, desarrollo e
innovación del curriculum en las instituciones educativas. Tomo 1.
Madrid: Universitas.

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  • 1. Tema 3. Documentos institucionales para la gestión educativa: PEC, PCC, RRI, PGA y Memoria
  • 2. Documentación básica R. 3 de agosto de 2012. Instrucciones para la organización y funcionamiento de las escuelas de Educación Infantil de segundo ciclo y colegios de Educación Primaria
  • 3. La planificación cumple una serie de funciones (Martín Bris, 2002): •  Se planifica para mejorar •  Se planifica para reducir incertidumbres •  Se planifica para dotar de autonomía, para distribuir y delegar funciones •  La planificación se concreta en una serie de documentos •  La planificación debe partir de su marco normativo (legislación) •  La planificación debe permitir el trabajo participativo y colaborativo de todo el profesorado •  La planificación permite la incorporación de elementos innovadores ¿Por qué planificar y elaborar documentos de gestión educativa?
  • 6. Proyecto educativo de centro: PEC •  Indica los fines e intenciones educativas, de acuerdo con la identidad del centro. •  Lo elabora el equipo directivo de acuerdo con las directrices del Consejo escolar y las propuestas del claustro y del AMPA. •  Lo aprueba y evalúa el Consejo escolar. •  Se debe publicar en el tablón de anuncios del centro y entregar una copia al AMPA. Decisiones para elaborar el PEC ¿Dónde estamos? ¿Quiénes somos? ¿Qué pretendemos? ¿Cómo lo hacemos? 1. Análisis contextual de las necesidades planteadas 2. Señas de identidad y estilo educativo que distinguen al centro 3. Formulación de objetivos institucionales. 4. Estructura organizativa y de gestión así como regulación de convivencia
  • 9. Decisiones para elaborar el PEC PEDAGÓGICOS ÁMBITO HUMANO Y DE SERVICIOS ECONÓMICOS ADMINISTRATIVOS INSTITUCIONALES
  • 11.
  • 12. i) El RRI. j) El diseño particular del programa de educación plurilingüe, programa experimental plurilingüe o programas de educación bilingüe que aplique el centro. k) Las medidas de atención a la diversidad del alumnado. l) Los criterios que han de organizar: 1. la organización y funcionamiento del centro. 2. la licitación de los diversos estamentos de la comunidad educativa. 3. la coordinación con los servicios del municipio, así como la posible utilización de las instalaciones del centro por parte de otras entidades para realizar actividades educativas, culturales, deportivas u otras de carácter social. 4. las medidas de coordinación entre el segundo ciclo de educación infantil y el primero de educación primaria. 5. las medidas organizativas de atención educativa para el alumnado que opté por no cursar religión. 6. los mecanismos de cooperación entre las familias o tutores legales y el propio centro para la mejora del rendimiento académico del alumnado. ¿Qué indica la normativa? El Proyecto Curricular
  • 14. Decisiones del Proyecto Curricular PROYECTO CURRICULAR
  • 15.
  • 16.
  • 17.
  • 19. Parte de la identificación de las necesidades del alumnado, el profesorado y las familias en el marco del tránsito entre las dos etapas. Orden 46/11 (DOCV 23/06/2011): Deberá incluir, al menos, los siguientes apartados: a) La concreción relativa a la coordinación entre los equipos docentes de Educación Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria implicados en el proceso: 1.  Composición y proceso de constitución de los equipos de transición. 2.  Planificación general de actuaciones: identificación de necesidades, objetivos, actividades generales, mecanismos y estrategias para potenciar la coordinación entre los equipos docentes, y calendario de trabajo. b) Un programa de desarrollo competencial para el alumnado del tercer ciclo de Educación Primaria, y de primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria, focalizado en el impulso de la autonomía e iniciativa personal, y la autorregulación cognitiva, emocional, conductual y escolar específicamente. c) La concreción de los ámbitos, las actuaciones prioritarias y los mecanismos de colaboración entre los centros docentes y las familias. d) Los mecanismos de seguimiento y evaluación del plan de transición. h"p://www.docv.gva.es/datos/2011/06/23/pdf/2011_7216.pdf

  • 20. Los centros docentes elaborarán su reglamento de régimen interno, que deberá incluir, entre otras, las normas que garanticen el cumplimiento del plan de convivencia. Asimismo, podrá incorporar los siguientes aspectos: a) La organización que haga posible la participación de todos los miembros de la comunidad educativa. B) La organización y reparto de responsabilidades no definidas por la normativa vigente. c) Los procedimientos de actuación del consejo escolar y, en su caso, las comisiones que se constituyan para agilizar su funcionamiento. d) La organización de los espacios del centro. e) Las normas para el uso de las instalaciones, recursos y otros servicios educativos del centro.
  • 21. 1.  Programas de educación bilingüe a) Programa de enseñanza del valenciano: uso del valenciano como lengua base en poblaciones con predominio de uso del valenciano. b) Programa de inmersión lingüística: pensado para niños no valenciano hablantes que viven en entornos en los que el valenciano no se la lengua mayoritaria de comunicación. Es voluntario y lo ha de aceptar la familia. Favorece el dominio en el uso de las dos lenguas. c)  Programa de incorporación progresiva: la lengua base es el castellano. 2.  Programas plurilingües a) Programa de educación bilingüe enriquecido: a partir de primaria, integración de una lengua extranjera . b) Programa de Educación Plurilingüe en Educación Infantil: introducción del inglés en el segundo ciclo de EI (4 años). 3.  Programa experimental plurilingüe: impartición de parte de las áreas del curriculum en lengua extranjera.
  • 22. El diseño particular del programa de educación bilingüe es la concreción y contextualización de éste a la realidad particular de cada centro y, al mismo tiempo, constituye el conjunto de decisiones previas para la elaboración de los documentos de organización y de gestión educativa. El diseño particular del programa de educación bilingüe incluirá: a) Los objetivos generales del currículo de la etapa, contextualizados atendiendo a la realidad educativa del centro y las exigencias del propio programa. b) La proporción del uso del valenciano y del castellano como lenguas vehiculares. c) El horario de las diferentes áreas, en los diferentes ciclos, respetando los mínimos establecidos en la normativa vigente (este punto sólo será prescriptivo para los centros que aplican el Programa de Inmersión Lingüística). d) Los momentos y secuencia de introducción sistemática de la lectoescritura en valenciano y castellano. e) El tratamiento metodológico de las diferentes lenguas: castellano, valenciano y lengua extranjera. f) La previsión de actuaciones con el alumnado de nueva incorporación al sistema educativo valenciano y que necesita una atención específica para suplir la baja competencia lingüística de los mismos en alguna de las lenguas oficiales.
  • 24.
  • 25. a) Los criterios pedagógicos para la elaboración del horario del alumnado. b) El proyecto educativo y sus modificaciones. c) El programa anual de actividades extraescolares y servicios complementarios. d) La situación del proceso de aplicación del diseño particular del programa de educación plurilingüe o bilingüe en el centro. e) El calendario de reuniones de los órganos de gobierno del centro. f) El calendario de evaluación y entrega de la información a los padres, madres y tutores legales. g) Los aspectos organizativos del calendario de reuniones y entrevistas con los padres, madres y tutores legales. h) Una memoria administrativa que incluirá el documento de organización del centro, la estadística de principio de curso, y la situación de instalaciones y del equipamiento. i) Las actividades de formación permanente y de perfeccionamiento que afectan al profesorado.
  • 26.
  • 28. •  LOE. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación •  DECRETO 233/1997, de 2 de septiembre de 1997, Reglamento Orgánico y Funcional de Colegios de Educación de Infantil y Primaria (DOVG 08/09/1997) •  RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2011, DOCV de 7/7/2011 •  LUEV. Llei d’Ús i Ensenyament del Valencià, de 23 de novembre de 1983 •  ANTÚNEZ, S. (1994). Del proyecto educativo a la programación de aula. Barcelona: Graó. •  Bolívar, A. (2000). Los centros educativos como organizaciones que aprenden. Promesas y realidades. Madrid: La Muralla. •  Lorenzon, M. (2001). La organización y gestión del centro educativo. Análisis de casos prácticos. Madrid. Universitas. •  Medina, A., Rodríguez, J.L., y Sevillano, M.L. (2002). Diseño, desarrollo e innovación del curriculum en las instituciones educativas. Tomo 1. Madrid: Universitas.