Para ejercer el consumo responsable, es indispensable ser un buen lector de etiquetas ya que estas permiten obtener datos sobre el proceso de producción detrás de cada producto. El siguiente documento hace un diagnóstico sobre el etiquetado en México.
El Poder de la Etiquetas / Diagnóstico Sobre el Etiquetado en México
1. El Poder de las Etiquetas
Diagnóstico sobre
el Etiquetado en México
2. Para la elaboración de este Manual de Biodiversidad y Consumo contamos con la colaboración de las
siguientes personas a quienes deseamos agradecer y reconocer en el Colectivo Ecologista Jalisco:
Edición :
Mario Ramón Silva Rodríguez
Investigación:
Juan Eduardo Alvarado Angulo
Corrección:
Maite Cortés García Lozano
Diseño Gráfico
Shara Ivette Chávez
Diseño Editorial
Tamara Lizette Chávez
Este manual forma parte de las actividades del Proyecto Ciudadanía Ambiental Global.
Colectivo Ecologista Jalisco. Guadalajara, México. 2007
3. El Poder de las Etiquetas
Diagnóstico sobre
el Etiquetado en México
4.
5. INDICE
Introducción. 1
1. Entender las leyes para entender nuestros derechos.
Estructura de las leyes y las disposiciones legales. 2
1.1 ¿Qué es un Marco Legal? 3
1.2 Los Tres Poderes de la Unión. 3
1.3 Los Tres Niveles de Gobierno. 4
1.4 La Jerarquía de las Leyes. 4
Leyes.
Reglamentos.
Normas.
1.5 Normas Oficiales Mexicanas. 5
2. Lo que hay detrás de las Etiquetas: Análisis del marco
legal sobre el etiquetado. 6
2.1 La regulación de las Etiquetas en México 7
2.2 ¿Qué es una etiqueta y dónde va? 9
2.3 ¿Qué dice la etiqueta? 9
2.4 ¿Cómo debe de ser una etiqueta? 10
2.5 Requisitos del etiquetado 10
Reglamento de Control Sanitario
Normas Oficiales Mexicanas
3. La lectura de etiquetas: Una herramienta para ser Con-
sumidores Responsables y Ciudadanos Ambientales. 14
3.1 Las Etiquetas como un medio para ejercer nuestros
derechos como consumidores. 15
6. INDICE
3.2 Nuestros derechos como Consumidores: 15
• A la Información.
• A la Educación para el consumo.
• A Elegir.
• A la Seguridad y Calidad.
• A la No Discriminación.
• A la Compensación.
• A la Protección.
4. Las etiquetas de los productos y nuestra salud. 18
4.1 ¿Cómo nos ayudan las Etiquetas a proteger nuestra salud? 19
4.2 El Control Sanitario. 20
4.3 Aplicación del Control Sanitario en Productos. 20
5. Lo que deben decir las etiquetas por grupos de productos. 21
5.1 Etiquetado de Productos de Control Sanitario. 22
• Esquema de productos.
• Clasificación de productos.
5.2 Etiquetado de Productos Biotecnologicos. 23
• Etiquetado de transgénicos en México.
5.3 Etiquetado de Productos Orgánicos. 25
• Los Productos Orgánicos.
• ¿Que hace a un producto orgánico?
• Autoridades que regulan.
• Certificación.
• Etiquetado Internacional de Orgánicos.
• Normas internacionales sobre Certificación y Eti-
quetado.
7. INDICE
6. La gestión de nuestros derechos como Consumidores: Acceso a 34
la Información y Participación Ciudadana.
35
6.1 La información es mi derecho. 36
6.2 El Secreto Industrial. 36
6.3 Información para la acción. 36
6.4 Solicitudes de Información. 37
6.5 Ciudadanos que participan.
7. Los recursos legales que tenemos para hacer valer nuestros 38
derechos como Consumidores.
• Medios de defensa.
• La denuncia ante cualquier autoridad.
• Queja y Reclamación ante PROFECO.
- Procedimiento Conciliatorio.
- Procedimiento Arbitral.
• Recurso de Revisión.
8. ¿A dónde acudir? Directorio de Autoridades. 42
8.
9. INTRODUCCIÓN
¿Ser consumidor@s o ciudadan@s? Esta es una pregunta difícil de contestar. Hoy el consumo de todos
nosotros ha alcanzado niveles tan altos que es inevitable observar a nivel mundial las implicaciones que
tiene en la salud y en el medio ambiente. Es un hecho que son los ecosistemas del mundo los que el hom-
bre convierte en recursos naturales para procesarlos como materia prima para satisfacer las crecientes
necesidades dictadas por olas de producción industrial y avances de la tecnología.
La enorme evolución que han venido sufriendo las relaciones de consumo en los últimos años y el merca-
do, cada vez más competitivo, agresivo y sin límites geográficos, hace que un elemento fundamental para
la promoción de una cultura de consumo inteligente y responsable sea contar con ciudadan@s informad@s
que como consumidor@s conocen y hacen valer sus derechos.
Ser ciudadano es una carrera de resistencia. Ser consumidor implica un compromiso no sólo personal
sino social y colectivo. En ambos casos se requieren herramientas que nos ayuden a un mejor ejercicio de
nuestros derechos y obligaciones. Este es el sentido del presente Diagnóstico del Etiquetado en México.
Las etiquetas de los productos nos dicen más cosas de las que pensamos. Más allá de la mercadotecnia o el
nombre del producto, está la información que se encuentra en ellas, que nos puede servir para profundizar
más sobre nuestros actos de consumo y para actuar como ciudadanos. Las etiquetas son poder. Son una
de las herramientas más accesibles que tenemos l@s consumidor@s para ejercer uno de nuestros derechos
fundamentales: el de la información.
En el Colectivo Ecologista Jalisco A.C., hemos hecho un esfuerzo por sintetizar el marco legal que está de-
trás de cada etiqueta de los productos que cotidianamente consumimos. El objetivo de este Diagnóstico
es claro y sencillo: ofrecer orientaciones que nos ayuden, en el ejercicio de nuestro derecho a la informa-
ción a través de la lectura de etiquetas. Este trabajo se ha complementado con una Guía de Bolsillo que
sintetiza claramente algunos de los elementos que aquí se presentan. Lamentamos que por los límites del
presente Diagnóstico no nos fue posible abordar aspectos muy relevantes como el etiquetado de ahorro
de energía, porcentaje de reciclabilidad, tipos de tinta y papel, certificación de madera sustentable, tan
sólo por mencionar algunos aspectos, que serán motivo de un Manual dedicado en su totalidad al eti-
quetado ambiental.
Este Manual forma parte de las actividades del proyecto Ciudadanía Ambiental lidereado por el Programa
de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y en las que hemos venido participando como
punto focal de Consumers International (CI) para México.
Por último deseamos mencionar que para facilitar la lectura hemos prescindido de marcar la arroba a lo
largo de todo el texto, aunque en todo momento implicamos de manera respetuosa a las mujeres, los hom-
bres, los niños, los ancianos…
Esperamos que este trabajo sea de utilidad para ser Consumidor@s Responsables y Ciudadan@s Ambien-
tales.
Atentamente,
Colectivo Ecologista Jalisco, A.C.
10. 1. ENTENDER LAS
LEYES PARA ENTENDER
NUESTROS DERECHOS
Estructura de las leyes y
las disposiciones legales.
11. 1.ENTENDER LAS LEYES
PARA ENTENDER NUESTROS
DERECHOS.
Estructura de las leyes y
las disposiciones legales.
Una de las principales claves para lograr un consumo
responsable es comprender que detrás de toda actividad comercial
existen una serie de normas y leyes que la regulan. La adquisición
de productos y servicios que hacemos como consumidores también
esta regulada por documentos legales para proteger los derechos
del consumidor y los de todos los involucrados en el proceso de in-
tercambio.
En México las leyes tienen jerarquía y parten de lo general a lo par-
ticular siendo la más general la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y lo mas particular los reglamentos y normas
emitidos en materia especifica. Para entender mejor nuestros dere-
chos es necesario conocer cómo está estructurado el Marco Legal de
nuestro país.
1.1 ¿Qué es un Marco Legal?
Se considera como Marco Legal al cúmulo de leyes, reglamen-
tos y normas que regulan cierta actividad, para este caso comercial y
específicamente para el etiquetado se consideran las disposiciones
legales que organicen procesos de producción industriales y contro-
len desde el sector salud y medio ambiente todas las áreas para la
formulación de un producto.
Un marco legal se
considera como la to- 1.2 Los Tres Poderes de la Unión.
talidad de documentos
públicos, oficiales y le-
gales que regulan cierta
A la República Mexicana la gobiernan tres figuras de autori-
actividad. dad y las tres están vinculadas estrechamente por atributos, obliga-
ciones y funciones:
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
12. 1. Poder Legislativo: 2. Poder Ejecutivo: 3. Poder Judicial:
Es el responsable de Este se encarga de llevar Tiene el mandato de
hacer las leyes. Está in- a la práctica las leyes fungir como árbitro
tegrado por la Cámara que el Legislativo haga. cuando existan con-
de Diputados y por la El Presidente de la troversias entre los dos
Cámara de Senadores, República es el Jefe del Poderes anteriores.
que juntos hacen el Ejecutivo y para auxiliar También tiene a su
Congreso de la Unión. su trabajo existen Secre- cargo la impartición de
tarías de Estado. justicia a través de sus
diferentes órganos.
1. Los Tres Niveles de Gobierno.
Nuestro país se divide en 31 estados más el Distrito Federal.
Cada estado a su vez se subdivide en numerosos municipios, de esta
manera se puede organizar la administración del país. Vemos en-
tonces que los tres poderes están presentes en tres niveles. En cada
nivel de gobierno existe un titular del Poder Ejecutivo, que tiene
diferentes nombres:
1. Nivel Federal - Presidente
2. Nivel Estatal - Gobernadores
3. Nivel Municipal- Alcaldes
Todo en conjunto funcionando es a lo que llamamos una Federación.
4 A la Federación la une la soberanía, es decir, cada Municipio es in-
dependiente y pertenece al Estado, cada Estado es independiente y
pertenece a la Federación. El Distrito Federal es donde se concentran
los 3 poderes de la Federación.
1.4 Jerarquía de las Leyes.
¿Qué es una Ley?
Una ley es un documento oficial que le sirve al país como un método para establecer el orden
público y atender al interés social. En México es necesario para que sea vigente un derecho o
una obligación que quede por escrito en una ley y que ésta ley haya pasado por el Poder Legis-
lativo para darle validez.
Cada ley tiene un marco de aplicación que le corresponde a una o a varias autoridades deter-
minadas del Poder Ejecutivo. Existen, por lo ya visto, leyes y reglamentos federales, estatales
y municipales.
Las leyes deben de cumplir con la característica de ser generales, es decir, que su aplicación
no excluya a nadie y que abarque todos los posibles casos y situaciones que surjan de la con-
vivencia de la sociedad.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
13. ¿Qué es un Reglamento?
Debido a la generalidad de la ley es necesario complementarla con otro documento que se
encargue de la metodología específica, o que incluya aquellos detalles de forma que la ley no
contempla; a este documento oficial se le conoce como Reglamento.
Podemos concluir que la Ley se encarga del fondo y el Reglamento de la forma, y que también
un Reglamento siempre va a derivarse de una ley. Pueden, sin embargo, existir varios regla-
mentos para una sola ley depende de cuan general sea la ley.
1. 5 Normas Oficiales Mexicanas.
Tanto las leyes como los reglamentos son elaborados exclu-
sivamente por el Poder Legislativo; el Poder Ejecutivo es quien eje-
cuta las leyes y realiza los esfuerzos técnicos de investigación, pre-
paración y aplicación. Por esta razón, el Ejecutivo genera información
metodológica que ni la ley ni los reglamentos contemplan, toda ésta
información se traduce en una Norma Oficial Mexicana que busca es-
tablecer un método de realización en cierta materia y es oficial para
que pueda ser considerado como ley aunque no la emita el Legisla-
tivo sino el Ejecutivo.
Una Norma Mexicana² es el documento elaborado por un organismo
nacional de normalización o por una Secretaría que prevé para un
uso común y constante reglas, especificaciones, atributos, métodos 5
de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a
los siguientes rubros:
o Producto,
o Proceso,
o Instalación,
o Sistema,
o Actividad,
o Servicio o método de producción u operación
De la misma manera aplica a lo relativo a:
o Terminología,
o Simbología,
¿Norma Oficial o Embalaje,
Mexicana o Norma o Marcado o etiquetado.
Mexicana? ¹
Hay que saber distin- En cambio una Norma Oficial Mexicana³ tiene las mismas funciones
guir entre estos dos pero se distingue por tener la jerarquía de regulación técnica oficial
conceptos llegado el de observancia obligatoria y son únicamente emitidas por dependen-
momento de leer una cias competentes de la Administración Pública.
etiqueta.
¹ Ley de Metrologia y Normalización. Titulo Primero.
Disposiciones Generales. Art. 3
² Idem.
³ Ibidem.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
14. 2. LO QUE HAY DETRÁS
DE LAS ETIQUETAS:
Análisis del marco legal
sobre el etiquetado.
15. 2. LO QUE HAY DETRÁS DE
LAS ETIQUETAS:
Análisis del marco legal
sobre el etiquetado.
La primera forma de articular a los diversos actores que es-
tán detrás del acto de consumo es por medio del etiquetado. La
sola existencia de la etiqueta en un producto ya plantea un control
y protección de los derechos de información, seguridad y calidad
del consumidor y el hecho de haberlo comprado en una tienda o en
cualquier sucursal de cadena de supermercados respeta la no dis-
criminación y el poder elegir. Sin embargo no basta con que aparezca
una etiqueta, ésta debe cumplir con requisitos establecidos en las
Leyes, Reglamentos y Normas vigentes.
2.1 La regulación de las etiquetas en
México.
Las disposiciones legales que se encargan de regular el eti-
quetado de productos en México se dividen en tres tipos, que son:
o Leyes
o Reglamentos
o Normas Oficiales Mexicanas
Las áreas en las que el etiquetado debe observar legalidad son en el
ramo de la salud y medio ambiente ya que cualquier producto a la
venta no debe de hacernos daño y además se obtiene de los recursos
naturales que nos ofrecen los ecosistemas y hay que cuidarlos.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
16. LEYES
o Ley General de Salud
Titulo Décimo Segundo
Capitulo I
Control Sanitario de Productos y Servicios
o Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente
Título Primero
Disposiciones Generales
Capitulo III
Política Ambiental
Capítulo IV
Instrumentos de la Política Ambiental
Sección V
Evaluación de Impacto Ambiental
o Ley Federal del Consumidor
Capitulo I
Disposiciones Generales
Sección Primera
Disposiciones comunes
Sección Segunda
Procedimiento Conciliatorio
Sección Tercera
Procedimientos Arbitrarios
Capitulo XV
Recursos Administrativos
o Ley de Bioseguridad
Titulo Sexto
Etiquetado e Identificación de Organismos Genéticamente Modificados
o Ley Federal de Metrología y Normalización
Titulo Primero
Disposiciones Generales
o Ley de Productos Orgánicos
Titulo Primero
Objeto y aplicación de la ley.
Capitulo Tercero
De las referencias en el etiquetado y declaración de propiedades en los
productos orgánicos.
Titulo Cuarto
Del Sistema de Control y Certificación de Productos Orgánicos
Organismos de Certificación y la Certificación
o Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
17. REGLAMENTOS
Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en
materia de Evaluación de Impacto Ambiental.
Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Control Sanitario de Productos y
Servicios.
NORMAS OFICIALES MEXICANAS
o NOM-050-SCFI-2004
Información comercial etiquetado general de productos
o NOM-03O-SCFI-1993
Información comercial - declararon de cantidad en la etiqueta-especificaciones.
o NOM-002-SCFI-1993
Etiquetados de productos preenvasados-contenido neto tolerancias y métodos de veri-
ficación.
o NOM-051-SCFI-1994
Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no
alcohólicas preenvasados..
2.2 ¿Que es una etiqueta y dónde va?
Una etiqueta puede definirse como4 el marbete, rótulo, inscripción,
marca, imagen grafica o forma descriptiva que se haya escrito, im-
preso, estarcido, marcado en relieve o en hueco, grabado, adherido,
precintado o anexado al empaque o envase del producto.
La Ley dice claramente que todos los productos deben expenderse
empacados o envasados y que llevaran etiquetas que deberán
cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM´s) que emita tanto
la Secretaría de Salud (SSA) como otras dependencias competentes.
2. ¿Qué dice la etiqueta?
En el caso de los alimentos y bebidas no alcohólicas las etiquetas de-
berán incluir datos de valor nutricional y tener elementos compara-
tivos con los recomendados por las autoridades sanitarias para que
contribuyan a la educación nutricional de la población.
4 Ley de Metrologia y Normalización. Titulo Primero.
Disposiciones Generales. Art. 3
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
18. Cuando en su etiqueta un producto refiera a un registro sanitario
significa que ha pasado por el proceso de control sanitario. Ciertos
productos, materias primas y aditivos son sometidos a radiaciones
ionizantes por necesidad tecnológica o para:
a. Descontaminar
b. Esterilizar
c. Desinfectar
d. Retrasar la maduración
e. Prevenir brotes o germinación
f. Prolongar el tiempo de conservación
g. Dar tratamiento cuarentenario
Las etiquetas de estos productos siempre deberán informar que es
un producto irradiado.
En las etiquetas de las cajetillas de cigarros deberá aparecer clara y
visiblemente la cantidad de nicotina que contiene así como un men-
saje de promoción a la salud o a desincentivar su consumo.
En productos de aseo, perfumería y belleza también deberán
aparecer explícitamente los ingredientes que integran las formulaciones
respectivas.
2.4 ¿Como debe de ser una etiqueta?
a) Expresarse en idioma español, sin perjuicio de que se exprese también en otros idiomas.
10 b) Cumplir con lo que establecen las normas oficiales mexicanas NOM-008-SCFI y NOM-030-
SCFI.
c) Presentarse en etiqueta fijada de manera tal que permanezca disponible hasta el momento de
su venta o adquisición en condiciones normales, la cual debe aplicarse en cada unidad o envase
múltiple o colectivo.Cuando la forma de presentación del producto al consumidor final sea un
envase múltiple o colectivo que no permita ver el contenido, toda la información comercial ob-
ligatoria prevista, debe presentarse en el envase múltiple o colectivo, incorporando la leyenda:
“No etiquetado para su venta individual” .
d) Si la forma de presentación del producto al consumidor final es un envase múltiple o colectivo
que permite ver su contenido, la información comercial obligatoria puede aparecer en el envase
múltiple o colectivo, o en todos y cada uno de los productos preenvasados en lo individual.
2.5 Requisitos del etiquetado.
Según el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios,
todas las etiquetas deben incluir una serie de datos que reflejen el
origen y características del producto; se considera como informa-
ción sanitaria general y es la siguiente:
I. La denominación genérica o específica del producto
II. La declaración de ingredientes
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
19. III. La identificación y domicilio del fabricante, importador,
envasador, maquilador o distribuidor nacional o extranjero,
según el caso
IV. Las instrucciones para su conservación, uso, preparación
y consumo
V. El o los componentes que pudieran representar un riesgo
mediato o inmediato para la salud de los consumidores, ya
sea por ingestión, aplicación o manipulación del producto
VI. El aporte nutrimental
VII. La fecha de caducidad
VIII. La identificación del lote
IX. La condición de procesamiento a que ha sido sometido
el producto, cuando éste se asocie a riesgos potenciales
X. Las leyendas precautorias,
XI. Las leyendas de advertencia.
11
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
20. Para complementar el etiquetado y abarcar la inmensa variedad de
productos existen normas. A continuación se presentan algunas de
las NOM´s relacionadas con el etiquetado de productos en México:
oNORMA Oficial Mexicana NOM-002-SCFI-1993
productos preenvasados-contenido neto tolerancias y métodos de verificación.
Se encarga de verificar el contenido neto que se realizará solamente a productos termi-
nados listos para su comercialización y se efectuará por la Procuraduría Federal del Consumidor
o las unidades de verificación.
oNORMA Oficial Mexicana NOM-03O-SCFI-1993
Información comercial - declararon de cantidad en la etiqueta-especificaciones.
Para que el consumidor pueda establecer sin dificultad la relación entre la cantidad del
producto y el precio, es necesario que en los envases y/o etiquetas de los productos se especi-
fique con toda claridad el dato relativo al contenido, contenido neto y la masa drenada según se
requiera.
12 Esta norma no contempla los productos que se venden a granel ni aquellos que se comercializan
por cuenta numérica en envases que permiten ver el contenido o que éste sea obvio y que con-
tengan una sola unidad.
Las leyendas CONTENIDO, CONTENIDO NETO o sus abreviaturas (CONT. y CONT. NET.), deben ir
seguidas del dato cuantitativo y debe ubicarse en la superficie principal de exhibición y deben
aparecer libres de cualquier otra información.
En los productos que se comercialicen en cajas, paquetes o recipientes multiunitarios, el con-
tenido debe expresarse por cuenta numérica de los envases que contiene, excepto cuando el
contenido sea obvio, no siendo restrictivo la ubicación y tamaño de la letra utilizada.
oNOM-050-SCFI-2004- INFORMACION COMERCIAL ETIQUETADO GENERAL DE
PRODUCTOS
Esta Norma Oficial Mexicana es aplicable a todos los productos de fabricación nacional y
de procedencia extranjera destinados a los consumidores en territorio nacional; los cuales deben
contener en sus etiquetas, cuando menos, la siguiente información comercial obligatoria:
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
21. a) Nombre o denominación genérica del producto, cuando no sea identificable a
simple vista por el consumidor.
Un producto es identificable a simple vista si éste está contenido en un empaque que per-
mite ver su contenido; o bien, si el empaque presenta el gráfico del producto, siempre y
cuando en este gráfico no aparezcan otros productos no incluidos en el empaque.
b) Indicación de cantidad conforme a la NOM-030-SCFI, en el entendido de que
si el contenido o número de piezas de un producto puede identificarse a simple vista, no
será necesario indicar la declaración de cantidad.
c) Nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal, incluyendo código
postal, ciudad o estado del fabricante o responsable de la fabricación para productos na-
cionales o bien del importador. Para el caso de productos importados, esta información
puede incorporarse al producto en territorio nacional, después del despacho aduanero y
antes de la comercialización del producto.
Dicha información debe ser proporcionada a la Secretaría por el importador a solicitud de
ésta. Asimismo, la Secretaría debe proporcionar esta información a los consumidores que
así lo soliciten cuando existan quejas sobre los productos.
d) La leyenda que identifique al país de origen del producto, por ejemplo “Pro-
ducto de...”, “Hecho en...”, “Manufacturado en...”, “Producido en...”, u otros análogos.
e) Las advertencias de riesgos por medio de leyendas, gráficas o símbolos pre-
cautorios en el caso de productos peligrosos. 1
f) Cuando el uso, manejo o conservación del producto requiera de instrucciones,
debe presentarse esa información. En caso de que dicha información se encuentre en un
instructivo o manual de operación anexo, se debe indicar en la respectiva etiqueta: VEASE
INSTRUCTIVO ANEXO O MANUAL DE OPERACION, u otras leyendas análogas, las cuales
podrán presentarse indistintamente en mayúsculas, minúsculas o en una combinación de
ambas.
g) Cuando corresponda, la fecha de caducidad o de consumo preferente.
Nota: Cuando la información comercial obligatoria de la mercancía se encuentre en su envase
o empaque de presentación final al público, no será necesario que dicha información también
aparezca en la superficie propia de la mercancía.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
22. . LA LECTURA DE LAS
ETIQUETAS:
Una herramienta para ser
Consumidores Responsables
y Ciudadanos Ambientales.
23. . LA LECTURA DE LAS
ETIQUETAS:
Una herramienta para ser
Consumidores Responsables
y Ciudadanos Ambientales.
.1 Las Etiquetas como un medio para
ejercer nuestros derechos como con-
sumidores.
El papel del consumidor esta cargado de fuerza y energía que
mueve la economía completa del país por ser quien cierra la pinza en
el fenómeno del mercado. De no ser por los consumidoros no tendría
sentido ningún proceso de producción, ni la elaboración y extracción
de materias primas. Por eso es necesario que el consumidor, dotado
de tal poder, conozca más que por referencia a lo que está llamado
15
en su papel. Los derechos de los consumidores responsables bási-
camente se deben conocer, comprender y aplicar en el marco de la
lectura de etiquetas ya que son el instrumento que garantiza esa pro-
tección a los actos de consumo.
.2 Nuestros derechos como consumi-
dores:
Los derechos del consumidor forman parte de un conjunto
de garantías más amplias que se insertan dentro de los derechos
políticos, sociales, económicos y culturales de la sociedad.
En México, existe legislación sobre el consumo desde finales de la
década de los 60´s; así mismo, lo que hoy conocemos como Procura-
duría Federal del Consumidor ha tenido diferentes formas institu-
cionales hasta convertirse en una instancia de verificación, sanción y
procuración de justicia para el consumidor.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
24. A continuación, presentamos una lista de los 7 derechos básicos que
tenemos como Consumidores 5.
o Derecho a la información. La publicidad, las etiquetas,
los precios, los instructivos, las garantías y, en general, toda la
información de los bienes y servicios que nos ofrezcan, debe
ser oportuna, completa, clara y veraz, de manera que podamos
elegir sabiendo qué compramos.
o Derecho a la educación para el consumo. Po-
demos recibir educación en materia de consumo, conocer
nuestros derechos y saber de que forma nos protege la ley, así
como organizarnos con familiares o vecinos para aprender a
consumir mejor y de manera más inteligente. La Procuraduría
Federal del Consumidor (PROFECO) es la institución encargada
de organizar las acciones preventivas de forma que los con-
sumidores puedan ejercer este derecho.
o Derecho a elegir. Al decidirnos por un producto o servi-
cio, nadie puede presionarnos, condicionarnos la venta a cam-
bio de comprar algo que no queremos, o exigirnos pagos o
anticipos sin que se haya firmado un contrato. El mercado se
16 encuentra dominado por ciertos patrones de consumo y tam-
bién de oferta, lo que termina limitando el acceso a alternati-
vas como productos orgánicos y biodegradables o de comer-
cio justo. La mayoría de los consumidores desconoce este tipo
de producto y/o no sabe donde lo puede adquirir. Esto es un
entrabe al pleno ejercicio de este derecho.
o Derecho a la seguridad y calidad. Los bienes y
servicios que se ofrecen en el mercado deben de cumplir con
ciertas normas y disposiciones en materia de seguridad y cali-
dad. Además, los instructivos deben incluir las advertencias
necesarias y explicar claramente el uso recomendado de los
productos. Así, en lo que respecta la seguridad alimentaría, contenido
por ejemplo, es muy importante conocer la fabricación de los
neto. 250g
alimentos y su manipulación hasta la compra así como hasta
su consumo y conservación. La mayoría de los alimentos que
consumimos hoy sufren algún proceso industrial, el cuál nor-
malmente implica la adulteración de sus propiedades origi-
nales y el añadir de otras sustancias, químicas o naturales.
5 Las definiciones que acompañan a cada uno de los 7 derechos básicos del
Consumidor tienen como punto de referencia los materiales (folletos, trípti-
cos, pósters) elaborados por la PROFECO como parte de sus herramientas de
divulgación y capacitación a consumidores.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
25. o Derecho a no ser discriminados. Al comprar un pro-
ducto o contratar un servicio, no pueden negárnoslo; discrimi-
narnos o tratarnos mal por nuestro sexo, raza, religión, con-
dición económica, nacionalidad, orientación sexual, por tener
alguna discapacidad o cualquier motivo similar. Así, el derecho
de admisión, utilizado por muchos establecimientos en Méxi-
co, no es legal. Cualquier persona puede entrar en cualquier
establecimiento comercial siempre y cuando no interfiera con
el reglamento de buen gobierno.
o Derecho a la compensación. Si los proveedores no
cumplen lo que prometen, tenemos derecho a que nos com-
pensen, ya sea devolviéndonos el dinero, reduciendo el pre-
cio del producto o reparándolo sin costo alguno. Este derecho
es más específico y sirve para garantizar los dos anteriores, el
derecho a la seguridad y calidad de los productos y el dere-
cho a la protección. Los consumidores pueden exigir a los
proveedores o prestadores de un servicio que los compensen
si el producto no corresponde a lo que ellos dijeron que era.
Esto pasa también en el caso de los contratos de adhesión, ya
que son ilegales.
o Derecho a la protección. Podemos ser defendidos por 1
las autoridades y exigir la aplicación de las leyes; también or-
ganizarnos con otros consumidores para defender intereses
comunes. Cuando algún proveedor no respete nuestros dere-
chos, podemos acudir a PROFECO a presentar nuestra queja,
en sus más de 100 delegaciones, subdelegaciones y unidades
de servicio en todo el país o llamar al Teléfono del Consumi-
dor (01 800 468 87 22) para denunciar algún abuso que esté
afectando a varios consumidores.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
27. 4. LAS ETIQUETAS
DE LOS PRODUCTOS Y
NUESTRA SALUD.
El Gobierno a través de la Secretaria de Salud (SSA) se encarga
de garantizar el derecho a la salud de todos los ciudadanos, por lo tan-
to consumidores, por disposición constitucional ² . En el caso particu-
lar del etiquetado de productos la SSA realiza actividades de control
y seguimiento en todos los procesos de producción y prestación de
servicios hasta su disposición final que es la oferta al consumidor. A
ésta serie de actividades que conforman un procedimiento se le llama
Control Sanitario.
4.1 ¿Cómo nos ayudan las Etiquetas a
proteger nuestra salud?
La aplicación de los derechos del que consume implica que los
productos que compra han pasado por diferentes fases de revisión en
manos de expertos que garantizan su buen estado y calidad. 1
Estos derechos deben aplicarse acentuadamente a aquellos productos
que comemos, ingerimos o aplicamos en nuestro cuerpo y en nuestro
entorno inmediato debido a que repercuten en la salud y en el medio
ambiente. Detrás de todos los productos destinados a nuestra cocina,
alacena, casa, patio, jardín y cochera hubo un control sanitario especifi-
co, así como la presencia de expertos, la participación de productores y
comercializadores y una regulación legal extensa.
Los expertos son las autoridades de salud, medio ambiente y economía,
ya que son las que avalan el control y revisión de los productos así
como su comercialización. Las autoridades se encargan de establecer
normas y especificaciones que los fabricantes están obligados a ob-
servar para la elaboración de productos.
En conjunto, la participación de estos actores dentro del Marco Legal
nos garantiza como consumidores que la naturaleza del producto, la
fórmula, la composición, calidad, denominación distintiva o marca, de-
nominación genérica o específica, etiquetas y contra etiquetas responden
exactamente al producto que se consume.
⁶ Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Capitulo de Garantías Individuales. Art. 4
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
28. Cuando algún producto por su naturaleza no tenga denominación
genérica o específica deberá incluir en su descripción el nombre del
ingrediente o ingredientes que le caracteriza.
Cabe señalar que desgraciadamente el marco legal vigente en el caso
de los plaguicidas y otros productos con diversos grados de toxicidad
como los solventes, aromatizantes, limpiadores y un largo etcétera, no
garatiza nuestra salud sino que administra la cantidad de sustancia
peligrosa a la que “podemos” estar expuestos, de acuerdo a análisis de
laboratorio (por lo general realizados en animales) que derivan en el es-
tablecimiento de dosis máximas y mínimas de exposición. De esta manera,
aunque por ejemplo el formaldehído sea un cancerígeno probado, mientras
no rebase la cantidad permitida y aparezca enumerado en los ingre-
dientes de la etiqueta, es legal.
4.2 El Control Sanitario
¿Que es el Control Sanitario?
Antes de que todos los productos del mercado comercial lleguen
a su venta final al consumidor, primero tienen que pasar por un proceso
de:
Obtención de materia prima Elaboración Preparación Conservación
20 Manipulación transporte Envasado Acondicionamiento Mezclado
Distribución Almacenamiento Venta nal público
El control sanitario le corresponde a la SSA y se entiende como todas
las acciones de orientación, educación, muestreo y verificación de los
procesos de los productos así como la aplicación de medidas de seguri-
dad y sanciones.
4. Aplicación del Control Sanitario de
Productos.
Específicamente el control sanitario es aplicable al proceso de
importación y exportación de alimentos; bebidas no alcohólicas; bebi-
das alcohólicas; productos de perfumería, belleza y aseo; insumos de uso
odontológicos; medicamentos, estupefacientes y psicotrópicos; tabaco
y en su caso aditivos involucrados en la elaboración de los anteriores. De
igual manera se encarga de los procesos de importación y exportación,
aplicación y disposición final de plaguicidas, nutrientes vegetales y sus-
tancias peligrosas para la salud.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
29. 5. LO QUE DEBEN DECIR
LAS ETIQUETAS POR
GRUPOS DE PRODUCTOS.
30. 5. LO QUE DEBEN DECIR
LAS ETIQUETAS POR GRUPOS
DE PRODUCTOS.
5.1 Etiquetado de Productos de Control
Sanitario.
Esquema de Productos.
Conocer la variedad de productos por sus categorías oficiales nos
sirve como consumidores para dirigirnos responsablemente, ya que
es la manera directa de entender las características particulares de las
etiquetas y de los productos que mas compramos.
Clasificación de Productos.
Se considera como producto cualquiera de los siguientes:
22
I. Leche, sus productos y derivados
II. Huevo y sus productos
III. Carne y sus productos
IV. Los de la pesca y derivados
V. Frutas, hortalizas y sus derivados
VI. Bebidas no alcohólicas, productos para prepararlas y con-
gelados de las mismas
VII. Cereales, leguminosas, sus productos y botanas
VIII. Aceites y grasas comestibles
IX. Cacao, café, té y sus derivados
X. Alimentos preparados
XI. Alimentos preparados listos para su consumo
XII. Alimentos para lactantes y niños de corta edad
XIII. Condimentos y aderezos
XIV. Edulcorantes, sus derivados y productos de confitería
XV. Alimentos y bebidas no alcohólicas con modificaciones en
su composición
XVI. Los biotecnológicos
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
31. XVII. Suplementos alimenticios
XVIII. Bebidas alcohólicas
XIX. Tabaco
XX. Los de perfumería, belleza, aseo y repelentes de insectos
XXI. Aditivos
XXII. Los demás que, por su naturaleza y características, sean
considerados como alimentos, bebidas, productos de per-
fumería, belleza o aseo o tabaco, así como las sustancias aso-
ciadas con su proceso.
Asimismo, es parte del control sanitario el envase, envasado e irra-
diación de los productos de uso y consumo humano, excepto cuando
expresamente se refiera a otros que no sean los antes precisados.
5.2 Etiquetado de Productos Biotec-
nológicos.
El tema de los transgénicos se deriva de los productos de
la biotecnología cuyas posibilidades, límites y consecuencias aún
no conocemos ni tenemos forma de comprobar. Lo que si tenemos
forma de comprobar es que es una herramienta millonaria en el mer-
cado y que los intereses completos de aquellos que tienen la tec-
nología necesaria, los productores y comercializadores están vincu-
lados y dirigidos al consumidor.
2
Hoy muchas empresas usan transgénicos para la elaboración de sus
productos y no informan en sus etiquetas que lo hacen.
¿Qué es la
biotecnología?
Aunque no esta demostrada su inocuidad, se han anunciado a los
Es una técnica de recom- transgénicos como la solución a muchos problemas sociales y
binación genética en labo- económicos a nivel mundial, sin embargo es cada vez mas evidente
ratorio, consiste en inser-
que son mas bien los intereses por el gran negocio que es la biotec-
tar genes (características y
funciones) de una especie nología y por el poder que significa para los gobiernos y las empresas
mineral, vegetal o animal su inclusión en el consumo mundial.
a otra indistintamente
para obtener un producto
final. A todo producto Etiquetado de transgénicos en México.
de la biotecnología se le
conoce como Organismos De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el
Genéticamente Modifi- derecho a la información es el primer derecho básico del consumidor,
cado (OGM) o transgénico
pues es indispensable contar con la información real de los bienes y
y pueden ser alimentos,
ingredientes, aditivos, servicios que las empresas ofrecen para permitir que el consumidor
materias primas, insumos pueda elegir. En México, el derecho a la información no lo contempla
para la salud, plaguicidas, la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados,
sustancias toxicas o
peligrosas y sus desechos.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
32. incluso a esta ley se le llamó Ley Monsanto⁷ (empresa transnacional
dedicada a la venta de diferentes productos biotecnológicos) dado
que otorga grandes ventajas para las empresas en las negociaciones
con el gobierno para liberar OGMs al ambiente en los procesos de
cultivo y en la comercialización de alimentos sin que existan normas
ni reglamentos para el etiquetado de productos, sin embargo si las
hay y muy detalladas encausadas al secreto industrial o confidenciali-
dad de la información; no existen listas o directorios que tengan las
autoridades sanitarias de empresas que utilicen transgénicos ni obli-
gaciones de las empresas estipuladas en la ley para declarar literalmente
en las etiquetas si el producto contiene o no OGMs.⁸ Esto representa
una clara violación al derecho a la información y a la posibilidad de
los consumidores para decidir si quieren o no adquirirlos.
En México, considerado como centro de origen del maíz, chile y cala-
baza, es peligroso cultivar variedades genéticamente modificadas
de maíz, pues en los cultivos transgénicos de este grano continúa el
proceso natural de polinización lo cual contamina a las variedades
criollas que debido a las técnicas tradicionales de selección y mejo-
ramiento de semilla han desarrollado su alta competencia, una gran
aptitud para su desempeño en campo así como un mayor potencial
alimentario tanto para México como para el resto del mundo.
¿Los transgénicos hacen daño?
24
El tema de los transgénicos se deriva de los productos de la biotecnología cuyas posibilidades, límites
y consecuencias aún no conocemos ni tenemos forma de comprobar. Lo que es un hecho es que
muchas empresas usan transgénicos para la elaboración de sus productos y no informan en sus eti-
quetas que lo hacen.
No se sabe con certeza cuáles pueden llegar a ser los impactos
negativos del uso de la biotecnología para la creación de alimentos
transgénicos. Existe una gran incertidumbre científica y social; por
su parte, la industria biotecnológica señala que no hay datos para
confirmar daños en la salud aunque han sido publicados casos en
Estados Unidos de reacciones alérgicas en respuesta a la ingesta de
transgénicos no explicitados en las etiquetas de alimentos industrial-
izados. El hecho es que no hay suficiente información todavía porque
aunque hemos sido expuestos a los transgénicos sin saberlo desde
hace muchos años, aún no ha pasado el tiempo necesario para de-
tectar efectos en la salud; hay que saber que en materia genética los
efectos en los seres vivos pueden ser transgeneracionales.
⁷ Guía roja y verde de alimentos transgénicos. Primera Edición. Diciembre 2005.
Greenpeace, México.
⁸ Esta conclusiones se derivan de la comparación de lo establecido en la Ley de
Bioseguridad, la Ley General de Salud y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información publica Gubernamental con las respuestas de las Autoridades Feder-
ales a las Solicitudes de Información hechas por el Colectivo Ecologista Jalisco A. C. a
través del Sistema de Solicitudes de Información del IFAI durante el año 2006.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
33. “Métodos excluidos: Los métodos utilizados para modificar genéticamente organismos o influir en
su crecimiento y desarrollo por medios que no sean posibles según condiciones o procesos naturales
y que no se consideren compatibles con la producción orgánica. Tales métodos incluyen de manera
enunciativa y no limitativa a la fusión de células, micro-encapsulación y macro-encapsulación, y tec-
nología de recombinación de ácido desoxiribonucléico (ADN), incluyendo supresión genética, dupli-
cación genética, la introducción de un gen extraño, y cambiar las posiciones de los genes cuando
se han logrado por medio de la tecnología de recombinado ADN. También son conocidos como or-
ganismos obtenidos o modificados genéticamente. En tales métodos quedan excluidos el uso de la
reproducción tradicional, conjugación, fermentación, hibridación, fertilización in vitro o el cultivo de
tejido”
(Ley de Productos Orgánicos. Art. 3°- X)
Cabe señalar que en los últimos años, se ha comprendido la dificultad
de investigar el efecto del consumo de alimentos transgénicos en la
salud humana, entre otras cosas, porque para ello se requeriría inda-
gar de manera comparativa grupos sociales que no hayan consumi-
do nunca alimentos transgénicos en relación con grupos que sí los
hayan consumido. En nuestro país, debido a la importación de maíz
desde 1991 a la fecha, del cual 40 % es transgénico y con un consumo
diario promedio por habitante de 210 gramos, resultaría casi imposi-
ble encontrar una población que no haya consumido en los últimos
doce años maíz genéticamente modificado o sus derivados, como
aceite o fructuosa.
25
5. Etiquetado de Productos Orgánicos.
Como propuesta al consumidor para alcanzar la sustentabili-
dad de los ecosistemas y la preservación de biodiversidad mexicana
y toda la derivación cultural, así como establecer bases sociales para
el comercio justo el Colectivo Ecologista Jalisco recomienda el con-
sumo de productos orgánicos por que además implican procesos de
producción que no contamina.n ni erosionan y favorece además de
estimular la microeconomía y la apropiación de espacios de vincu-
lación entre campo y ciudad.
Los Productos Orgánicos. 9
La producción y consumo de productos orgánicos es una actividad
que lentamente se ha rescatado en las costumbres de más y más fa-
milias alrededor del mundo. México no es la excepción, a lo largo de
la República han surgido espacios en donde se pretende establecer
un puente de comunicación de mercado entre consumidores y pro-
ductores de orgánicos para beneficiar la economía local y recuperar
⁸ Ley de Productos Orgánicos
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
34. la fertilidad de nuestros suelos. Los beneficios de esta técnica de
producción se pueden apreciar en múltiples dimensiones y la que
a nos interesa más es la del consumo responsable. Mientras que en
diversos países de la Unión Europea, Canadá y Estados Unidos este
tema esta ampliamente tratado y legislado en México encontramos
un profundo rezago en cuanto a legalización y normalización se re-
fiere. Existe la Ley de Productos Orgánicos que es tan reciente y difícil
de aplicar que no tenemos las herramientas de ejecución aún para
hacerla cumplir al pie de la letra.
Antecedentes.
o 1967. Se obtiene el primer certificado de producción orgánica de café en México.
o 1989. Se inician exportaciones de productos orgánicos.
o 1993. Se constituye una asociación para impulsar una NOM.
o 1995. Se aprueba NOM 035 para productos orgánicos.
o 2000-2003. Se elaboran diferentes proyectos de regulación con SAGARPA.
o2003. Se constituye una Comisión Nacional y se propone un proyecto en el Senado de la
republica.
o2003-2005. Se construyen acuerdos entre ejecutivo, legislativo y la Comisión Nacional de
Productos Orgánicos. La ley se aprueba en ambas cámaras.
o2006. El ejecutivo publica la Ley de Productos Orgánicos en el DOF.
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION ORGANICA
ASUNTO GENERAL XI SESION ORDINARIA CCNDS
26 3-4 JUNIO DE 2007
Un buen ejemplo de esta realidad es lo relacionado al etiquetado de
productos orgánicos, en los apartados 30, 31 y 32 de la ley en men-
ción se habla de que la SAGARPA tiene la obligación de emitir disposi-
ciones legales sobre etiquetado y el articulo 6 – C que habla del uso
del término “orgánico” en las mismas etiquetas, a un año de vida de
la ley no se cuenta con ninguna; Es un hecho que es un tema nuevo
para muchos, sin embargo hay en México gente que lleva ya 10 años
siguiendo estas prácticas agropecuarias y son los más concientes de
la ineficacia actual de la ley.
La mayoría de los productos orgánicos que encontramos en
cualquier mercado provienen del extranjero y para que aquí se
vendan se requiere también de ciertas reglas: cuando se importe un
producto bajo denominación orgánica o etiquetado como orgánico,
deberá provenir de países en los que existan regulaciones y sistemas
de control equivalentes a las existentes en México, o en su defecto,
dichos productos deberán estar certificados por un Organismo de
certificación orgánica aprobado por la Secretaría de Agricultura, Ga-
nadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA).
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
35. CAPÍTULO TERCERO.
DE LAS REFERENCIAS EN EL ETIQUETADO Y DECLARACIÓN DE PROPIEDADES EN LOS PRO-
DUCTOS ORGÁNICOS
o Artículo 30.- Sólo los productos que cumplan con esta Ley podrán ser identificados con
el término orgánico” o denominaciones equivalentes en el etiquetado así como en la de-
claración de propiedades, incluido el material publicitario y los documentos comerciales y
puntos de venta.
o Artículo 31.- Con la finalidad de dar identidad a los productos orgánicos en el mer-
cado nacional e internacional, la Secretaría, con opinión del Consejo, emitirá un distintivo
nacional que portarán los productos orgánicos que cumplen con esta Ley y sus disposi-
ciones.
o Artículo 32.- Observando las Disposiciones aplicables en materia de etiquetado, la Secre-
taría emitirá Disposiciones específicas para el etiquetado y declaración de propiedades de
productos orgánicos así como del uso del distintivo nacional.
LEY DE PRODUCTOS ORGÁNICOS
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Centro de Documentación, Información y Análisis
Nueva Ley DOF 07-02-200
¿Que hace a un producto orgánico? 2
Un sistema de control consiste que de:
o producción o preparación o transporte
o cosecha o procesamiento o distribución
o captura o acondicionamiento o pesca y acuacultura
o recolección o identificación o comercialización y
o acarreo o empaque o etiquetado
o elaboración o almacenamiento
El producto también debe observar condiciones de uso permitido de
las substancias, materiales o insumos; y demás que formen parte del
Sistema de control y Certificación de productos derivados de activi-
dades agropecuarias que lleven un etiquetado descriptivo relativo a
su obtención bajo métodos orgánicos, tal sistema esta a cargo de la
SAGARPA.
El uso de todos los materiales, productos e ingredientes o insumos
que provengan o hayan sido producidos a partir de métodos excluidos
u organismos obtenidos o modificados genéticamente, quedan pro-
hibidos en toda la cadena productiva de productos orgánicos.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
36. Autoridades que regulan el etiquetado de Orgánicos.
o SAGARPA. La autoridad principal encargada en materia
de producción orgánica. Esta Secretaría se debe vincular con
todos los posibles actores involucrados.
o Consejo Nacional de Producción Orgánica. Existe
un Consejo Nacional de Producción Orgánica que juega un
papel clave en la materia y consiste de la participación de las
autoridades (SAGARPA, SEMARNAT, SSA), los Organismos de
Certificación, productores, comercializadores, académicos,
investigadores y consumidores, no obstante hasta el día de
hoy no hay representación en el Consejo de los intereses de los
consumidores. A su vez se menciona en la ley un sello distin-
tivo para productos orgánicos que supuestamente debían de
elaborar estas autoridades y a la fecha no hay tal sello.
o Organismos de Certificación Orgánica. Son perso-
nas morales aprobadas por la SAGARPA y acreditadas por una
Entidad de Acreditación para la certificación de productos que
asegure un ajuste a los lineamientos, normas o recomenda-
ciones establecidas por organismos de normalización de pro-
ductos.
2
o Entidades de Acreditación. Es a su vez una persona
moral con capacidad jurídica, administrativa, técnica y finan-
ciera que bajo la autorización de la SAGARPA y con voto a favor
de la Comisión Nacional de Normalización se encarga de re-
solver las solicitudes de acreditación y revisar el comportami-
ento periódico de organismos acreditados.
Procedimientos de Certificación Orgánica.
o Evaluación de Conformidad. Es la determinación del
grado de cumplimiento con las normas oficiales mexicanas o
la conformidad con las normas mexicanas, las normas interna-
cionales u otras especificaciones, prescripciones o característi-
cas. Comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo,
prueba, calibración, certificación y verificación de productos
orgánicos, esta evaluación solamente puede ser realizada por
la SAGARPA o por los Organismos de Certificación.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
37. o Certificación Orgánica. Se le conoce así al proceso a través
del cual los organismos de certificación acreditados y aprobados,
constatan que los sistemas de producción, manejo y procesamiento
de productos orgánicos se ajustan a los requisitos establecidos en las
disposiciones de la Ley. De la misma manera que en una evaluación
de conformidad, la certificación únicamente la pueden realizar la
SAGARPA y los Organismos acreditados y aprobados.
Etiquetado Internacional de Orgánicos.
Los etiquetados nacionales e internacionales nos sirven para conocer
y entender mejor los productos que compramos. Hay que tener cier-
tos criterios de evaluación cuando veamos y reconozcamos una eti-
queta.
o Cómo saber que tan competente es su sello, con el tipo de
producto que certifica.
o Si el sello o la compañía esta verificado.
o Si el contenido de la información es consistente.
oSi los estándares de la organización son accesibles al público
o Si la información sobre la organización es de acceso publico.
o Si la compañía esta libre de conflictos de interés.
o Si el sello fue desarrollado con un fundamento público o de
la industria. 2
A continuación presentamos algunos de los sellos internacionales
que certifican producción orgánica:
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
39. La Certificación ISO y el Consumo.
Historia del Internacional Standard Organization
(ISO).10
En la década de los 90, en consideración a la problemática ambiental,
muchos países comenzaron a implementar sus propias normas am-
bientales que variaban mucho de un país a otro. En este contexto, la
Organización Internacional para la Estandarización (ISO) fue invitada
a participar en la Cumbre por la Tierra, organizada por el Programa
sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de la ONU en junio de 1992
en Río de Janeiro -Brasil-. Ante tal acontecimiento, ISO se compro-
mete a crear normas ambientales internacionales, después denomi-
nadas, ISO 14.000.
Se debe tener presente que las normas estipuladas por ISO 14.000
no fijan metas ambientales para la prevención de la contaminación,
ni tampoco se involucran en el desempeño ambiental a nivel mun-
dial, sino que, establecen herramientas y sistemas enfocadas a los
procesos de producción al interior de una empresa u organización,
y de los efectos o consecuencias que de estos deriven al medio am-
biente.
Cabe resaltar dos vertientes de la ISO 14000: 1
o La certificación del Sistema de Gestión Ambiental, mediante
el cual las empresas recibirán el certificado, y
o El Sello Ambiental, mediante el cual serán certificados los
productos (“sello verde”).
La ISO 14000 se basa en la norma Inglesa BS7750, que fue publicada
oficialmente por la British Standards Institution (BSI) previa a la Reunión
Mundial de la ONU sobre el Medio Ambiente (ECO 92).
Guía ISO 65 para Entidades Acreditadoras.
Este es un sistema de acreditación brindado también por la Inter-
nacional Standard Organization (ISO) que establece parámetros in-
ternacionales para convertirse en una Entidad de Acreditación, se
tienen que observar y hacer sin embargo, las adaptaciones propias a
la aplicación de cada empresa en cada país.
10 www.iso.org
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
40. Familia de Normas ISO 14000.
¿Que son?
Las ISO 14000 son normas internacionales que se refieren a la gestión
ambiental de las organizaciones e industrias.
Objetivo.
Promueven estandarizar formas de producir y prestar servicios que
protejan al medio ambiente, minimizando los efectos dañinos que
pueden causar las actividades empresariales y productivas.
Los estándares que promueven las normas ISO 14000 están diseña-
dos para proveer modelos eficaces de Sistemas de Gestión Ambien-
tal (SGA).
Buscan facilitar el desarrollo comercial y económico mediante el es-
tablecimiento de un lenguaje común en lo que se refiere al medio
ambiente y promover planes de gestión ambiental estratégicos en la
industria y el gobierno.
Características generales de las normas.
2 o Las normas ISO 14000 son estándares voluntarios y no tienen
obligación legal.
o Tratan principalmente sobre documentación de procesos e
informes de control.
o Han sido diseñadas para ayudar a organizaciones privadas
y gubernamentales a establecer y evaluar objetivamente sus
SGA.
o Proporcionan, además, una guía para la certificación del sis-
tema producción o prestación de servicios por una entidad ex-
terna acreditada.
o No establecen objetivos ambientales cuantitativos ni límites
en cuanto a emisión de contaminantes. No fijan metas para la
prevención de la contaminación ni se involucran en el desem-
peño ambiental a nivel mundial, sino que establecen herrami-
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
41. entas y sistemas enfocados a los procesos de producción de
una empresa u otra organización, y de los efectos que puedan
tener en el medio ambiente.
o Los requerimientos de las normas son flexibles y, por lo tanto,
pueden ser aplicadas a organizaciones de distinto tamaño y
naturaleza.
Esta familia de normas fue aprobada por la Organización Internac-
ional para la Estandarización (ISO) en Septiembre de 1996. La versión
oficial en idioma español fue publicada en Mayo de 1997
Etiquetado ambiental ISO 14020-14024.
Las eco - etiquetas proveen información a los consumidores acerca
de los productos, atendiendo a su de su dimensión ambiental. Se de-
berán colocar adheridas o impresas ya sea en los empaques o incluso
en los propios productos, estas etiquetas alientan la demanda de
bienes que no afectan ni perjudican al medio ambiente.
Los principios que orientan el desarrollo y uso de etiquetas y declara-
ciones ambientales están contenidos en la norma ISO 14020 a 24 y se
han identificado tres tipos generales de etiquetas:
o Etiquetas tipo I, basadas en criterios múltiples determina-
dos por terceros en programas. voluntarios.
o Etiquetas tipo II, declaraciones informativas sobre el am-
biente por parte del propio fabricante. El simbolo para indicar
los contenidos reciclados de productos es una etiqueta. tipo
II.
o Etiquetas tipo III, basadas en verificaciones independientes
utilizando índices predefinidos que proveen información so-
bre los contenidos del producto.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
42. 6. LA GESTIÓN DE
NUESTROS DERECHOS
COMO CONSUMIDOReS:
Acceso a la Información y
Participación Ciudadana.
43. 6. LA GESTIÓN DE
NUESTROS DERECHOS COMO
CONSUMIDORES:
Acceso a la Información y
Participación Ciudadana.
El derecho a la información y la participación ciudadana esta
reconocido a nivel mundial como pilares para la sustentabilidad
desde 1992 en la Cumbre de la Tierra en Rió de Janeiro. 11 Es por eso
que para el consumo responsable se requiere información y herrami-
entas de participación en función de mejorar el camino a la sustenta-
bilidad
5
6.1 La Información es mi derecho.
Hay que valorar nuestro derecho a la información, es un
derecho para que lo apliquemos y lo pongamos a funcionar me-
diante una solicitud o atendiendo a los espacios y herramientas de
difusión. Enfocándonos en el área del consumo la autoridad para
agilizar el acceso a la información regula y le da seguimiento a cada
procedimiento involucrado en la venta final de los productos que ya
conocemos se involucra mediante diferentes entidades de la autori-
dad. Junto con la información que los productores incluyen en las eti-
quetas se compone la gama de información que podemos solicitar.
Los productos llevan en sus etiquetas una herramienta de informa-
ción, lo contenido en una etiqueta son datos que nos acercan ya sea
al productor, comercializador (importador) y vendedor, o a las au-
toridades encargadas de controlar las actividades de los actores
anteriores.
11 www.pp10.org
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
44. 6.2 El Secreto Industrial.
Los fabricantes están obligados a proporcionarle informa-
ción a la SSA que contenga generalidades y particularidades de sus
productos, la autoridad a su vez, debe de resguardar tal información
como confidencial en términos de seguridad industrial. La única in-
formación de los productos que la Secretaría no tiene como confi-
dencial es la sanitaria general y la que se deriva de los trámites de
autorización. La información sanitaria la encontramos directamente
en el producto y la demás hay que solicitársela a la SSA con base a la
transparencia.
6. Información para la acción.
Tanto para la publicidad como para la importación de pro-
ductos se requiere tramitar un permiso sanitario ante la SSA para
quedar debidamente registrado, la información que se genera en
estos trámites junto con la que el solicitante (productor) aporta ref-
erente al producto es información pública y nos sirve para proteger
nuestros derechos como consumidores y saber como comprar.
Ningún producto se puede ofrecer al público si carece de dicho per-
miso, cualquier producto que no tenga ni haga referencia de autor-
ización o registro en la etiqueta o envase sugiere que está fuera de la
6 ley. Debemos confiar en que la calidad de productos y los estándares
de producción son avalados por la SSA mediante estos trámites pero
también debemos considerar que la Secretaria no niega autoriza-
ciones a los solicitantes por falta de información y tampoco verifica la
veracidad de los datos recibidos.
Si quisiéramos indagar sobre la calidad u otros aspectos relacionados
con el expendio de productos lo podemos hacer mediante solicitudes
de información ante las autoridades que se citan en el Directorio de
Autoridades de éste Diagnóstico y directamente a partir de los datos
que figuran en la etiqueta.
6.4 Solicitudes de Información.
Las solicitudes se hacen directamente ante las Unidades de
Enlace en las instalaciones de la autoridad correspondiente, y vía
electrónica mediante el Sistema de Solicitudes de Información (SISI)
cuya sitio en Internet es www.sisi.gob.mx o las páginas Web de las
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
45. instituciones de gobierno, en todo caso las solicitudes generan un
número de folio con el cual se le da seguimiento a la solicitud. Toda
solicitud genera una respuesta de la autoridad, ya sea para dar la in-
formación, negarla o declararla inexistente, en todo caso de inconfor-
midad en una solicitud podemos anteponer un recurso de revisión
para pedirle a la autoridad que reconsidere su decisión en base a la
ley y nos proporcione la información.
Tres requisitos para cada solicitud.
1. Nombre del solicitante
2.Datos suficientes para recibir notificaciones (domicilio, correo
electrónico, teléfono, etc.)
3. Detallar la información que necesitamos.
6.5 Ciudadanos que participan.
Toda participación bien intencionada necesariamente debe
basarse en la información que corresponde para conocer y dominar
el tema. A nosotros como consumidores nos interesa saber lo que
comemos y tomamos por ejemplo, también saber lo que contiene
aquello con lo que limpiamos nuestro hogar y cuidamos nuestra
salud e higiene, así como conocer cuales son los impactos causados
al ambiente por el aprovechamiento y después procesamiento de re-
cursos naturales y las consecuencias contaminantes provinentes del
consumo.
Ya al tener información la manera de incidencia ciudadana es más clara
y efectiva porque se identifican mejor los espacios y se aprovechan
las herramientas de participación.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
46. . LOS RECURSOS
LEGALES QUE TENEMOS
PARA HACER VALER
NUESTROS DERECHOS
COMO CONSUMIDORES.
47. . LOS RECURSOS LEGALES
QUE TENEMOS PARA HACER
VALER NUESTROS DERECHOS
COMO CONSUMIDORES.
La PROFECO se encarga de vigilar y verificar el cumplimiento
de las leyes y normas en todos los establecimientos que almacenen,
transporten, distribuyan o expendan mercancías o productos, evi-
dentemente no es suficiente por lo que también ofrece a los
consumidores procedimientos para hacer valer sus derechos, ante
cualquier violación de los mismos por parte de los proveedores.
La denuncia ante cualquier autoridad.
Es la llave de entrada, es el primer paso que hay que dar para ser
escuchados en caso de violación a derechos del consumidor o dis-
posiciones legales, de otro modo no hay manera de enterar a la au-
toridad, que es nuestro órgano protector. Es fácil llevarla a cabo de
manera que puede presentarla cualquier persona ante la PROFECO,
por cualquier medio, con solo incluir:
o Nombre y domicilio del denunciado o, en su caso, donde
localizarlo.
o Relación de los hechos que motivan la denuncia indicando el
bien, producto o servicio.
o Nombre y domicilio del denunciante.
Estos requisitos y características coinciden con la denuncia ante las
autoridades en materia de salubridad y medio ambiente cuya
observación corresponde a la SSA y a la SEMARNAT; la denuncia
puede ser presentada por cualquier violación a las leyes y normas de
salud y ambientales así como por la omisión de su cumplimiento.
Diagnóstico sobre el Etiquetado en México
48. El seguimiento a las denuncias presentadas es similar ante las
diferentes autoridades, lo que puede variar son los tiempos de
resolución o las capacidades organizacionales según el presupuesto
de cada autoridad.
Queja y Reclamación.
¿ Si no cumplen con quién me puedo quejar o reclamar
y de que me sirve?
Si consideras que un proveedor ha violado o faltado a alguno de tus
derechos de consumidor puedes inconformarte ante la Procuraduría
Federal del Consumidor. La PROFECO tiene la capacidad de conciliar
entre consumidor y proveedor y también la de cumplir como arbitro
entre las partes.
¿Qué es la conciliación ante PROFECO?
Si un proveedor no le cumple al consumidor de acuerdo a los dere-
chos que ya conocemos, éste último puede presentar una reclamación
ante PROFECO y la institución debe dar solución al problema, para
eso la PROFECO tiene capacidades para llamar telefónicamente al
proveedor o visitarlo en su domicilio para buscar una rápida respues-
40 ta.
Si con la llamada telefónica o con la visita domiciliara no se consigue
la solución se cita a una audiencia de conciliación al consumidor y al
proveedor en la Delegación a fin de lograr la mejor solución.
¿Que es un procedimiento de arbitraje?
Según los principios de legalidad, equidad e igualdad entre las partes
se puede pedir a la autoridad que actué como arbitro a fin de resolver
el conflicto sin necesidad de reclamación previa.
Si tienes dudas, preguntas, sugerencias o requieres mayor informa-
ción en materia de Asesoría, Quejas y Conciliación, acude a la Dele-
gación de PROFECO más cercana a tu domicilio. Si estás en el Distrito
Federal puedes llamar al 55-68-87-22 y del interior de la República
Mexicana al 01-800-468-87-22 sin costo para el consumidor. También
se puede presentar una queja por medio electrónico un correo elec-
trónico a: quejas@profeco.gob.mx
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49. Recurso de Revisión.
Es un procedimiento que sigue a la denuncia en caso de que la
resolución de la autoridad no haya sido satisfactoria bajo criterio en
términos legales del consumidor. Se presenta ante la misma autori-
dad que resolvió; se presentan los mismos requisitos que en la de-
nuncia actualizando el relato de los hechos y se señala la inconformi-
dad con base legal.
La queja y la reclamación.
La PROFECO recibe quejas y reclamaciones que los consumidores
tengan acerca de los fabricantes y proveedores por la compra de
algún bien o la prestación de un servicio. Es por eso que debemos
de guardar responsablemente el recibo, billete o factura que com-
pruebe que se llevo a cabo el acto reclamado pues tenemos un año a
partir de la fecha de pago para interponer una queja o reclamación.
Presentar una reclamación es sencillo solo hay que hacerlo ante la
PROFECO o en el domicilio que viene inscrito en el recibo de compra
o pago, sino hubiese una oficina.
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51. . ¿A QUIÉN ACUDIR?
Directorio de
autoridades.
PROFECO
Procuraduría Federal del Consumidor
Para saber cuál es la delegación de PROFECO más cercana, hay que
llamar al número del Consumidor 018004688722
www.profeco.gob.mx
COFEPRIS
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios 4
Monterrey No. 33, Esq. Oaxaca
Col. Roma, Delegación Cuauhtémoc
C.P. 06700, México, D.F.
www.cofepris.gob.mx
CONDUSEF
Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de
Servicios Financieros.
01800 999 8080
Insurgentes Sur 762, Col. del Valle, Delegación Benito Juárez, C.P.
03100, México D.F.
www.condusef.gob.mx
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