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Registro Nacional de
Proveedores – RNP
y
Sistema Electrónico de
Contrataciones del Estado
- SE@CE
CEFIC
Lima, 2015
2
Registro Nacional
de Proveedores
-
RNP
Registro Nacional de Proveedores -
RNP
• Su desarrollo, administración y operación está a
cargo del OSCE.
• La inscripción en los Registros tendrá validez
de un (1) año a partir del día siguiente de su
aprobación, pudiendo el interesado iniciar el
procedimiento de renovación dentro de los
sesenta (60) días calendarios anteriores a su
vencimiento.
• El proveedor deberá acceder electrónicamente
a su respectiva constancia a través del portal
institucional del OSCE.
Capítulos del Registro Nacional de
Proveedores - RNP
4
• Registro de Proveedores de Bienes
• Registro de Proveedores de Servicios
• Registro de Consultores de Obras
• Registro de Ejecutores de Obras
• Registro de Inhabilitados para
Contratar con el Estado
Inscripción en el RNP
5
Vigen
cia
Un (1) año
Ejecuto
res de
Obras
Se les asigna
una
capacidad
máxima de
contratación
Consul
tores
de
Obras
Se les
asigna una o
varias
especialida
des
Proveedo
res de
Bienes y
Servicios
No se les
otorga ni
categorías ni
especialida
des
CAPACIDAD TÉCNICA
CAPACIDAD ECONÓMICA
CAPACIDAD LEGAL
Requisitos para la inscripción
• BIENES
• SERVICIOS
• EJECUTORES
• CONSULTORES
EJECUTORES
CONSULTORES
EJECUTORES
CONSULTORES (pp.
jur.)
6
COMUNICADO Nº 002-2015-OSCE/RNP y
Directiva Nº 005-2014-OSCE-CD
Vías de Atención al Usuario
Guías, manuales y folletos del RNP
http://portal.osce.gob.pe/rnp/content/guias-manuales-y-folletos
Exceptuados de inscribirse en el
RNP
No requieren inscribirse como
proveedores en el RNP:
– Las Entidades del Estado
comprendidas en el inciso 3.1. del
artículo 3 de la Ley.
– Las sociedades conyugales y las
sucesiones indivisas para celebrar
contratos sobre bienes y servicios.
Impedimentos para acceder al RNP
(1)
No podrán inscribirse ni renovar su
inscripción, aumentar su capacidad máxima
de contratación, ni ampliar su especialidad
como proveedores en el RNP:
– Las personas naturales o jurídicas que se
encuentren con sanción vigente de
inhabilitación
– Los proveedores cuya inscripción haya
sido declarada nula por haber presentado
documentación falsa o información
inexacta al RNP, conforme a lo dispuesto
en el artículo 9 de la Ley.
Impedimentos para ser contratista (2)
ABSOLUTO
Vocales
Congresista
s
Presidente
Proceso
JURISDICCION
Local
Regional
ENTIDAD
Servidores
Empleados
de
Confianza
Funcionarios
En el
Proceso de
Selección
Bases
Valor
Referen
cial
EE.TT.
TdR
Exp.Técnico
Impedimentos para ser contratista (3)
FAMILIARES
Afinidad
Consangui
nidad
Cónyugue
SOCIOS
Doce (12)
meses
Antes
Más del 5%
POR
ACCION
PROPIA
Testaferros
Transfor
mación
Social
Información de los socios comunes
en el RNP
Cuando dos o más proveedores tengan socios
comunes en los que sus acciones, participaciones
o aportes sean superiores al cinco por ciento (5%)
del capital o patrimonio social en cada uno de
ellos, con la solicitud ante el RNP, de inscripción,
renovación, ampliación de especialidad, aumento
de capacidad máxima de contratación, deberán
declarar que cuando participen en un mismo
proceso de selección, sólo lo harán en
consorcio y no independientemente.
Estadíos del Proveedor del Estado
(**) Para ser proveedor del Estado debe: a) Estar vigente su registro en el RNP b) No
estar inhabilitado para contratar con el Estado
Convocatoria Presentación
de Propuestas
Conformidad/
Liquidación
Participante
Proveedores
del Estado (**)
Proveedores
Postor Contratista
Registro de
Participantes
Suscripción
del Contrato
(*) Artículo 252º del Reglamento de la Ley (DS 138-2012-EF)
(*) Los proveedores serán responsables de que su inscripción en el Registro correspondiente
del RNP se encuentre vigente al registrarse como participante, en la presentación de
propuestas, en el otorgamiento de la buena pro y la suscripción del contrato. Las
Entidades deberán verificar la vigencia de la inscripción en el RNP en el portal institucional de
OSCE.
Buena
pro
15
Evolución de los Proveedores con
Buena Pro
FUENTE: SEACE, Al 31.12.2014
16
Tipo /
Cantidad 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
Consorcios 2,513 3,782 5,173 7,292 9,955 12,564 13,627 20,113 19,503 10,735
Empresas
y Personas
Extranjeras
431 316 808 776 784 754 680 238 214 678
Personas
Juridicas
15,078 16,551 16,562 20,310 16,576 15,948 15,658 18,051 18,332 15,668
Personas
Naturales
34,823 48,948 50,652 64,279 15,972 14,353 11,719 14,430 15,615 12,488
TOTAL 52,845 69,597 73,195 92,657 43,287 43,619 41,684 52,832 53,664 39,569
1
Sistema
Electrónico de
Contrataciones
del Estado -
SE@CE
EXONERACIÓN (***)
Procesos de selección (*)
OSCE
LP - CP
Convenio
Marco (**)
Contratista(s)
Subasta
Inversa
ENTIDAD
Individual o Corporativa
LP, CP,
AD(P-S),
AMC
CUBSO
(*) En el marco de la normativa de contratación pública
(**) Sólo el OSCE ejecuta
(***) Procedimiento de contratación directa
18
Nuevas Modalidades de Contratación según
Tipo de Proceso de Selección – DL 1017
11,550
200,000
40,000
1’800,000
400,000
AMC
Bienes y Servicios
ADP
ADS
CP
LP
Consultoría de Obras y
Ejecución de Obras
Objeto Convenio
Marco
Subasta
Inversa
Procedimiento
Clásico
(*) Sólo el OSCE desarrolla
(***) Bases estándar a partir del 04.02.2013 19
(**) Tienen bases estándar
TOPES (*) PARA CADA PROCESO DE SELECCIÓN DE
CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES – DL 1017
Año Fiscal 2015 y en Nuevos Soles
PROCESOS DE
SELECCIÓN
BIENES SERVICIOS OBRAS
LICITACIÓN PÚBLICA >= a 400,000 >= a 1,800,000
CONCURSO PÚBLICO >= a 400,000
ADJUDICA
CIÓN
DIRECTA
PÚBLICA
< de 400,000
> de 200,000
< de 400,000
> de 200,000
< de 1,800,000
> de 900,000
SELECTIVA
< = a 200,000
>= a 40,000
< = a 200,000
> = a 40,000
< = a 900,000
> = a 180,000
MENOR CUANTÍA
< de 40,000
> de 11,550 (**)
< de 40,000
> de 11,550 (**)
< de 180,000
> de 11,550 (**)
(*) La Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el
año 2015 y Art. Nº 19 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 184-2008-EF..
(**) Decreto Supremo Nº 374-2014-EF publicado en el diario oficial El Peruano el 30-12-13 y el Art Nº 3 numeral 3.3 i) de la
Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.L. Nº 1017.
20
Procedimientos de selección
Según Ley 30225
• Una Entidad puede contratar por medio de:
– Licitación pública y concurso público,
– Adjudicación simplificada,
– Selección de consultores individuales,
– Comparación de precios,
– Subasta inversa electrónica,
– Contratación directa,
– Convenio marco,
– Compras directas y,
– Los demás procedimientos de selección de
alcance general que contemple el reglamento
• Deben respetar los principios que rigen las contrataciones.
21
Nuevas Modalidades de Contratación según
Tipo de Proceso de Selección – Ley 30225
30,800
250,000
40,000
1’800,000
400,000
CompPrecios
Bienes y Servicios
AdqSimp
Consul.Indiv.
CP
LP
Consultoría de Obras y
Ejecución de Obras
Objeto Convenio
Marco
Subasta
Inversa
Procedimiento
Clásico
(1) Sólo el OSCE desarrolla
(2) Tienen bases estándar
(3) Consultoría que no requiere equipos ni
apoyo profesional adicional
22
Contratación
Consultores
Individuales
(3)
Comparación
de Precios
FUENTE: Proyecto de Ley Anual de Presupuesto del 2015
TOPES (*) PARA CADA PROCESO DE SELECCIÓN DE
CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES – LEY 30225(***)
Año Fiscal 2015 y en Nuevos Soles
(*) La Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el
año 2015 y Art. Nº 19 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 184-2008-EF..
(**) Decreto Supremo Nº 374-2014-EF publicado en el diario oficial El Peruano el 30-12-13 y el Art Nº 3 numeral 3.3 i) de la
Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.L. Nº 1017.
(***) Sujeto a la vigencia de la Ley 30225 23
PROCESOS DE
SELECCIÓN
BIENES SERVICIOS OBRAS
LICITACIÓN PÚBLICA >= a 400,000 >= a 1,800,000
CONCURSO PÚBLICO >= a 400,000
ADJUDICACIÓN
SIMPLIFICADA
< de 400,000 < de 400,000 < de 1,800,000
> de 30,800 > de 30,800 > de 30,800
SELECCIÓN DE
CONSULTORES
INDIVIDUALES
< de 250,000
> de 30,800
COMPARACION DE
PRECIOS
< a 40,000 < a 40,000
> a 30,800 > a 30,800
SUBASTA INVERSA
ELECTRONICA
> a 30,800 > a 30,800
CONTRATACIÓN
DIRECTA
< = de 30,800
(**)
< = de 30,800
(**)
< = de 30,800
(**)
Tipos Procesos
Selección
• LP
• CP
• ADP
• ADS
• AMC
•(EXO)
AplicaD.L.1017
Procedimientos
Especiales
•INTER
Préstamos
•CONV Cooperación
Encargo
•RES
•COMPRAS DIRECTAS
InaplicaD.L.1017
Modalidad de
Selección
• CM E
P
• SI
E
C
• PC
E
Objeto
• B y S
• B y S
• B, S,
COyO
• B y S
(AMC)
24
Formas de
Contratación
• Por la
Entidad
• Encargo
• Compra
Corporativa
Método de
Contratación
• LP
• CP
• AS
• SCI
• COMPRE
• DIRECTA
AplicaLey30225
Procedimientos
Especiales
•INTER
Préstamos
•CONV Cooperación
Encargo
•RES
•COMPRAS DIRECTAS
InaplicaLey30225
Modalidad de
Selección
• CM E
. SI E
C
• PC
E
Objeto
• B y S
• B y S
• B, S,
COyO
• B y S
Formas de
Selección
• Por la Entidad
• Encargo
• Compra
Corporativa
D.L. 1017 LEY 30225
Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado – SE@CE
Definición: (Articulo 67º del D.L. 1017)
El Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE,
es el sistema electrónico de la contratación pública que
permite:
• Contar con una gran base de datos
• Intercambio de información
• Difusión de la información
• Realización de transacciones electrónicas
Objetivos:
• Fortalecer y agilizar los procesos de compra.
• Incrementar la transparencia en los contratos de bienes,
servicios y obras.
• Permitir la activa participación de los Proveedores.
• Ser un sistema de información para la Sociedad Civil.
• Supervisar y fiscalizar el mercado de las contrataciones
públicas. 25
Características del SEACE
– Público: la información que el SEACE contiene es pública y
es de libre acceso por cualquier institución, organismo o
ciudadano que lo requiera.
– Formal: Toda la información contenida en el SEACE tiene
como sustento documentación física que obra en los
archivos de la Entidad. En el caso de procesos electrónicos
la información que los proveedores registran se guarda en la
bóveda del sistema. Sujeto a las formalidades normadas por
la Ley de Contrataciones del Estado.
– Obligatorio: Todas las Entidades bajo el ámbito de la Ley
de Contrataciones del Estado se encuentran obligadas a
registrar la información referida a las compras estatales que
realicen en el SEACE.
– Integral: En el SEACE se registra toda la información del
proceso de contratación, desde su planificación en el Plan
Anual de Contrataciones hasta la liquidación o conformidad
del contrato suscrito. Registra información de las
contrataciones del Estado, cualesquiera fuese su régimen.
26
PROVEEDORES
ENTIDADES
PÚBLICAS
CONTRATANTES
CIUDADANIA
EN
GENERAL
Control
Difusión PYME
Inscripción
REMYPE
Verificar RUC
Supervisión
Fiscalización
Contratos – Pagos
Códigos
Presupuestales
NegocioAtender Necesidades Transparencia
Verifica RNP
Entorno del SEACE
Opinión de
Viabilidad
INFObras
Vigencia de
Poderes,
Gravamen y
Accionariado
Verifica DNI
Con Interfase
En Desarrollo
Arbitraje
27
Acceso al SEACE
ARTÍCULO 286º DEL REGLAMENTO
• Para interactuar con el SEACE, tanto las Entidades
como los proveedores, deberán utilizar el Certificado
SEACE emitido por el OSCE.
• El Certificado SEACE está compuesto por el usuario y
la contraseña.
• Es responsabilidad de la Entidad solicitar ante el OSCE
la desactivación del Certificado SEACE de aquellos
funcionarios-usuarios que ya no se encuentren
autorizados para registrar información en el SEACE.
• ENTIDAD  Asigna OSCE
• PROVEEDOR Asigna RNP
29
Formato para solicitar CERTIFICADO SEACE
La Entidad
Titular de la Entidad
Usuario Funcionario
a Desactivar
Perfiles del Usuario
Funcionario
Usuario Funcionario
a Crear
Datos del
Funcionario Público:
ACTUALIZACION DE
DATOS, ASIGNACIÓN Y/O
RETIRO DE PERFILES DE
ACCESO
30
Programación
Selección
Ejecución Contractual
• Plan Anual
• Expediente de Contratación
• Bases
• Resumen Ejecutivo
• Comité Especial
• Convocatoria
• Registro de Participantes
• Pliego de absolución de consultas y/u
observaciones
• Pronunciamientos
• Bases Integradas
• Propuestas
• Buena Pro
• Acta y cuadro comparativo de la
Buena Pro/Declaración de Desierto
• Consentimiento de la Buena Pro
• Nulidades
• Cancelación
• Resolución que resuelve el recurso
de apelación
• Exoneración de proceso
• Contrato . Garantías
• Penalidades . Adelantos
• Prórrogas / Complementarios
• Adicionales / Reducciones
• Nulidad o Resolución de Contrato
• Intervención Económica
• Conformidad o Liquidación
• Reajustes de Precios
• Ampliación de Plazo . Laudos
¿Qué información registra en el SEACE la Entidad
Pública?
31
Registro de la información del proceso de
selección (*)
• Buena Pro o Declaración de Desierto (Acta y cuadro comparativo de
la Buena Pro)
• Recurso de Apelación ante la Entidad o ante el Tribunal del OSCE
• Resolución que resuelve el recurso de apelación
• Consentimiento de la Buena Pro
• Suscripción del contrato
• Fe de Erratas
/
Rectificación
• Postergación
• Cancelación
• Nulidad
de Oficio
(*) Procedimiento Clásico
• Convocatoria
• Registro de Participantes
• Presentación de Consultas y/u observaciones a las
bases
• Pliego de absolución de consultas y/u
observaciones
• Observaciones elevadas a la Entidad o a la OSCE
• Pronunciamiento de la Entidad o a la OSCE
• Integración de bases
• Presentación de propuestas
32
Novedades del SE@CE V.3.0
• Registro y publicación en forma progresiva.
• Implantación en forma progresiva: 45 Entidades el
27.9.2013, 100 Entidades el 15.11.2013, 305
Entidades el 21.02.2014 y, 223 Entidades el
09.05.2014. Total: 673.
• Mayor propensión a la ejecución de las etapas en
forma electrónica.
• Mayor interoperatividad.
• Opera en función al objeto de la contratación.
• Emite: reportes / constancias: Participación,
presentación consultas, observaciones, etc.).
• Envía correos electrónicos.
• Registro mediante el usuario único.
• Usa cualquier navegador.
33
Aplicaciones Normativas en el
SE@CE V.3.0
• Plazos para el consentimiento de:
– Nulidades
– Cancelaciones
– Desierto
– No suscripción del contrato por decisión de la Entidad
– Pérdida de la buena pro
• Efectos de las resoluciones que resuelve el
recurso de apelación.
• Convocatoria tal como está previsto en las
bases.
• Reporte del conductor del proceso.
• Constancia de los participantes.
34
Errores frecuentes del PAC
1. Aprueba y/o informa al OSCE fuera de plazos.
2. No programa contrataciones en el marco de otros regímenes.
3. No precisa si se trata de procesos años anteriores o programa
con tipo de proceso de selección que no le corresponde.
4. Indicios de fraccionamiento.
5. No se determina bien el objeto, tipo del proceso de
selección en la programación y/o modalidad de selección.
6. Se limita a una programación general, por grupos
genéricos del gasto; son pocas las Entidades que
programan sus procesos por específicas y/o códigos
presupuestales.
7. La programación muestra incoherencias con el presupuesto
institucional y con los planes operativos institucional o
estratégico.
8. No basta con cumplir las formalidades obligatorias o que el
PAC sea formulado coherentemente, además, requiere del
seguimiento periódico que conlleve a una gestión
estratégica.
35
Errores frecuentes: Procesos de Selección:
1. Informa fuera de plazos.
2. Incoherencia entre el aviso de convocatoria y las bases:
Items -numeración, único, paquete-, objeto, tipo de
proceso, modalidad de selección, sistema de contratación,
etc.
3. Indicios de fraccionamiento.
4. Bases o resumen ejecutivo mal elaboradas o ilegibles.
5. Se convoca habiendo determinado mal el objeto, tipo
del proceso de selección y/o modalidad de selección.
6. Cuando se tiene observación a las bases se integra las
bases sin el plazo para la solicitud de elevación de
bases observada.
7. Se confunde nulidad de oficio con la cancelación de
proceso.
8. No se registra por “olvido” los datos de los participantes no
“admitidos”.
9. No se registra los datos de las propuestas/ofertas
perdedoras.
36
Errores frecuentes: Contratos
1. Datos del contrato mal informados: Número, año,
siglas, etc.
2. Fecha del contrato: no corresponde día, mes y/o año.
3. No corresponde las fechas de vigencia o plazo de
ejecución contractual.
4. Destinatario de pago no corresponde
(consorcios).
5. No registra la aplicación de garantías para que pueda
se publicado el contrato.
6. Adicionales mal autorizados.
7. No se configura para suscribir contrato
complementario.
8. Se confunde prórroga con ampliación de plazo.
9. No se registra las controversias en la fase de
ejecución contractual.
37
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  • 1. Registro Nacional de Proveedores – RNP y Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SE@CE CEFIC Lima, 2015
  • 3. Registro Nacional de Proveedores - RNP • Su desarrollo, administración y operación está a cargo del OSCE. • La inscripción en los Registros tendrá validez de un (1) año a partir del día siguiente de su aprobación, pudiendo el interesado iniciar el procedimiento de renovación dentro de los sesenta (60) días calendarios anteriores a su vencimiento. • El proveedor deberá acceder electrónicamente a su respectiva constancia a través del portal institucional del OSCE.
  • 4. Capítulos del Registro Nacional de Proveedores - RNP 4 • Registro de Proveedores de Bienes • Registro de Proveedores de Servicios • Registro de Consultores de Obras • Registro de Ejecutores de Obras • Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado
  • 5. Inscripción en el RNP 5 Vigen cia Un (1) año Ejecuto res de Obras Se les asigna una capacidad máxima de contratación Consul tores de Obras Se les asigna una o varias especialida des Proveedo res de Bienes y Servicios No se les otorga ni categorías ni especialida des
  • 6. CAPACIDAD TÉCNICA CAPACIDAD ECONÓMICA CAPACIDAD LEGAL Requisitos para la inscripción • BIENES • SERVICIOS • EJECUTORES • CONSULTORES EJECUTORES CONSULTORES EJECUTORES CONSULTORES (pp. jur.) 6
  • 7. COMUNICADO Nº 002-2015-OSCE/RNP y Directiva Nº 005-2014-OSCE-CD
  • 8. Vías de Atención al Usuario
  • 9. Guías, manuales y folletos del RNP http://portal.osce.gob.pe/rnp/content/guias-manuales-y-folletos
  • 10. Exceptuados de inscribirse en el RNP No requieren inscribirse como proveedores en el RNP: – Las Entidades del Estado comprendidas en el inciso 3.1. del artículo 3 de la Ley. – Las sociedades conyugales y las sucesiones indivisas para celebrar contratos sobre bienes y servicios.
  • 11. Impedimentos para acceder al RNP (1) No podrán inscribirse ni renovar su inscripción, aumentar su capacidad máxima de contratación, ni ampliar su especialidad como proveedores en el RNP: – Las personas naturales o jurídicas que se encuentren con sanción vigente de inhabilitación – Los proveedores cuya inscripción haya sido declarada nula por haber presentado documentación falsa o información inexacta al RNP, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley.
  • 12. Impedimentos para ser contratista (2) ABSOLUTO Vocales Congresista s Presidente Proceso JURISDICCION Local Regional ENTIDAD Servidores Empleados de Confianza Funcionarios En el Proceso de Selección Bases Valor Referen cial EE.TT. TdR Exp.Técnico
  • 13. Impedimentos para ser contratista (3) FAMILIARES Afinidad Consangui nidad Cónyugue SOCIOS Doce (12) meses Antes Más del 5% POR ACCION PROPIA Testaferros Transfor mación Social
  • 14. Información de los socios comunes en el RNP Cuando dos o más proveedores tengan socios comunes en los que sus acciones, participaciones o aportes sean superiores al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social en cada uno de ellos, con la solicitud ante el RNP, de inscripción, renovación, ampliación de especialidad, aumento de capacidad máxima de contratación, deberán declarar que cuando participen en un mismo proceso de selección, sólo lo harán en consorcio y no independientemente.
  • 15. Estadíos del Proveedor del Estado (**) Para ser proveedor del Estado debe: a) Estar vigente su registro en el RNP b) No estar inhabilitado para contratar con el Estado Convocatoria Presentación de Propuestas Conformidad/ Liquidación Participante Proveedores del Estado (**) Proveedores Postor Contratista Registro de Participantes Suscripción del Contrato (*) Artículo 252º del Reglamento de la Ley (DS 138-2012-EF) (*) Los proveedores serán responsables de que su inscripción en el Registro correspondiente del RNP se encuentre vigente al registrarse como participante, en la presentación de propuestas, en el otorgamiento de la buena pro y la suscripción del contrato. Las Entidades deberán verificar la vigencia de la inscripción en el RNP en el portal institucional de OSCE. Buena pro 15
  • 16. Evolución de los Proveedores con Buena Pro FUENTE: SEACE, Al 31.12.2014 16 Tipo / Cantidad 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Consorcios 2,513 3,782 5,173 7,292 9,955 12,564 13,627 20,113 19,503 10,735 Empresas y Personas Extranjeras 431 316 808 776 784 754 680 238 214 678 Personas Juridicas 15,078 16,551 16,562 20,310 16,576 15,948 15,658 18,051 18,332 15,668 Personas Naturales 34,823 48,948 50,652 64,279 15,972 14,353 11,719 14,430 15,615 12,488 TOTAL 52,845 69,597 73,195 92,657 43,287 43,619 41,684 52,832 53,664 39,569
  • 18. EXONERACIÓN (***) Procesos de selección (*) OSCE LP - CP Convenio Marco (**) Contratista(s) Subasta Inversa ENTIDAD Individual o Corporativa LP, CP, AD(P-S), AMC CUBSO (*) En el marco de la normativa de contratación pública (**) Sólo el OSCE ejecuta (***) Procedimiento de contratación directa 18
  • 19. Nuevas Modalidades de Contratación según Tipo de Proceso de Selección – DL 1017 11,550 200,000 40,000 1’800,000 400,000 AMC Bienes y Servicios ADP ADS CP LP Consultoría de Obras y Ejecución de Obras Objeto Convenio Marco Subasta Inversa Procedimiento Clásico (*) Sólo el OSCE desarrolla (***) Bases estándar a partir del 04.02.2013 19 (**) Tienen bases estándar
  • 20. TOPES (*) PARA CADA PROCESO DE SELECCIÓN DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES – DL 1017 Año Fiscal 2015 y en Nuevos Soles PROCESOS DE SELECCIÓN BIENES SERVICIOS OBRAS LICITACIÓN PÚBLICA >= a 400,000 >= a 1,800,000 CONCURSO PÚBLICO >= a 400,000 ADJUDICA CIÓN DIRECTA PÚBLICA < de 400,000 > de 200,000 < de 400,000 > de 200,000 < de 1,800,000 > de 900,000 SELECTIVA < = a 200,000 >= a 40,000 < = a 200,000 > = a 40,000 < = a 900,000 > = a 180,000 MENOR CUANTÍA < de 40,000 > de 11,550 (**) < de 40,000 > de 11,550 (**) < de 180,000 > de 11,550 (**) (*) La Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2015 y Art. Nº 19 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 184-2008-EF.. (**) Decreto Supremo Nº 374-2014-EF publicado en el diario oficial El Peruano el 30-12-13 y el Art Nº 3 numeral 3.3 i) de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.L. Nº 1017. 20
  • 21. Procedimientos de selección Según Ley 30225 • Una Entidad puede contratar por medio de: – Licitación pública y concurso público, – Adjudicación simplificada, – Selección de consultores individuales, – Comparación de precios, – Subasta inversa electrónica, – Contratación directa, – Convenio marco, – Compras directas y, – Los demás procedimientos de selección de alcance general que contemple el reglamento • Deben respetar los principios que rigen las contrataciones. 21
  • 22. Nuevas Modalidades de Contratación según Tipo de Proceso de Selección – Ley 30225 30,800 250,000 40,000 1’800,000 400,000 CompPrecios Bienes y Servicios AdqSimp Consul.Indiv. CP LP Consultoría de Obras y Ejecución de Obras Objeto Convenio Marco Subasta Inversa Procedimiento Clásico (1) Sólo el OSCE desarrolla (2) Tienen bases estándar (3) Consultoría que no requiere equipos ni apoyo profesional adicional 22 Contratación Consultores Individuales (3) Comparación de Precios FUENTE: Proyecto de Ley Anual de Presupuesto del 2015
  • 23. TOPES (*) PARA CADA PROCESO DE SELECCIÓN DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES – LEY 30225(***) Año Fiscal 2015 y en Nuevos Soles (*) La Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2015 y Art. Nº 19 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 184-2008-EF.. (**) Decreto Supremo Nº 374-2014-EF publicado en el diario oficial El Peruano el 30-12-13 y el Art Nº 3 numeral 3.3 i) de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.L. Nº 1017. (***) Sujeto a la vigencia de la Ley 30225 23 PROCESOS DE SELECCIÓN BIENES SERVICIOS OBRAS LICITACIÓN PÚBLICA >= a 400,000 >= a 1,800,000 CONCURSO PÚBLICO >= a 400,000 ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA < de 400,000 < de 400,000 < de 1,800,000 > de 30,800 > de 30,800 > de 30,800 SELECCIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES < de 250,000 > de 30,800 COMPARACION DE PRECIOS < a 40,000 < a 40,000 > a 30,800 > a 30,800 SUBASTA INVERSA ELECTRONICA > a 30,800 > a 30,800 CONTRATACIÓN DIRECTA < = de 30,800 (**) < = de 30,800 (**) < = de 30,800 (**)
  • 24. Tipos Procesos Selección • LP • CP • ADP • ADS • AMC •(EXO) AplicaD.L.1017 Procedimientos Especiales •INTER Préstamos •CONV Cooperación Encargo •RES •COMPRAS DIRECTAS InaplicaD.L.1017 Modalidad de Selección • CM E P • SI E C • PC E Objeto • B y S • B y S • B, S, COyO • B y S (AMC) 24 Formas de Contratación • Por la Entidad • Encargo • Compra Corporativa Método de Contratación • LP • CP • AS • SCI • COMPRE • DIRECTA AplicaLey30225 Procedimientos Especiales •INTER Préstamos •CONV Cooperación Encargo •RES •COMPRAS DIRECTAS InaplicaLey30225 Modalidad de Selección • CM E . SI E C • PC E Objeto • B y S • B y S • B, S, COyO • B y S Formas de Selección • Por la Entidad • Encargo • Compra Corporativa D.L. 1017 LEY 30225
  • 25. Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SE@CE Definición: (Articulo 67º del D.L. 1017) El Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, es el sistema electrónico de la contratación pública que permite: • Contar con una gran base de datos • Intercambio de información • Difusión de la información • Realización de transacciones electrónicas Objetivos: • Fortalecer y agilizar los procesos de compra. • Incrementar la transparencia en los contratos de bienes, servicios y obras. • Permitir la activa participación de los Proveedores. • Ser un sistema de información para la Sociedad Civil. • Supervisar y fiscalizar el mercado de las contrataciones públicas. 25
  • 26. Características del SEACE – Público: la información que el SEACE contiene es pública y es de libre acceso por cualquier institución, organismo o ciudadano que lo requiera. – Formal: Toda la información contenida en el SEACE tiene como sustento documentación física que obra en los archivos de la Entidad. En el caso de procesos electrónicos la información que los proveedores registran se guarda en la bóveda del sistema. Sujeto a las formalidades normadas por la Ley de Contrataciones del Estado. – Obligatorio: Todas las Entidades bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado se encuentran obligadas a registrar la información referida a las compras estatales que realicen en el SEACE. – Integral: En el SEACE se registra toda la información del proceso de contratación, desde su planificación en el Plan Anual de Contrataciones hasta la liquidación o conformidad del contrato suscrito. Registra información de las contrataciones del Estado, cualesquiera fuese su régimen. 26
  • 27. PROVEEDORES ENTIDADES PÚBLICAS CONTRATANTES CIUDADANIA EN GENERAL Control Difusión PYME Inscripción REMYPE Verificar RUC Supervisión Fiscalización Contratos – Pagos Códigos Presupuestales NegocioAtender Necesidades Transparencia Verifica RNP Entorno del SEACE Opinión de Viabilidad INFObras Vigencia de Poderes, Gravamen y Accionariado Verifica DNI Con Interfase En Desarrollo Arbitraje 27
  • 28. Acceso al SEACE ARTÍCULO 286º DEL REGLAMENTO • Para interactuar con el SEACE, tanto las Entidades como los proveedores, deberán utilizar el Certificado SEACE emitido por el OSCE. • El Certificado SEACE está compuesto por el usuario y la contraseña. • Es responsabilidad de la Entidad solicitar ante el OSCE la desactivación del Certificado SEACE de aquellos funcionarios-usuarios que ya no se encuentren autorizados para registrar información en el SEACE. • ENTIDAD  Asigna OSCE • PROVEEDOR Asigna RNP 29
  • 29. Formato para solicitar CERTIFICADO SEACE La Entidad Titular de la Entidad Usuario Funcionario a Desactivar Perfiles del Usuario Funcionario Usuario Funcionario a Crear Datos del Funcionario Público: ACTUALIZACION DE DATOS, ASIGNACIÓN Y/O RETIRO DE PERFILES DE ACCESO 30
  • 30. Programación Selección Ejecución Contractual • Plan Anual • Expediente de Contratación • Bases • Resumen Ejecutivo • Comité Especial • Convocatoria • Registro de Participantes • Pliego de absolución de consultas y/u observaciones • Pronunciamientos • Bases Integradas • Propuestas • Buena Pro • Acta y cuadro comparativo de la Buena Pro/Declaración de Desierto • Consentimiento de la Buena Pro • Nulidades • Cancelación • Resolución que resuelve el recurso de apelación • Exoneración de proceso • Contrato . Garantías • Penalidades . Adelantos • Prórrogas / Complementarios • Adicionales / Reducciones • Nulidad o Resolución de Contrato • Intervención Económica • Conformidad o Liquidación • Reajustes de Precios • Ampliación de Plazo . Laudos ¿Qué información registra en el SEACE la Entidad Pública? 31
  • 31. Registro de la información del proceso de selección (*) • Buena Pro o Declaración de Desierto (Acta y cuadro comparativo de la Buena Pro) • Recurso de Apelación ante la Entidad o ante el Tribunal del OSCE • Resolución que resuelve el recurso de apelación • Consentimiento de la Buena Pro • Suscripción del contrato • Fe de Erratas / Rectificación • Postergación • Cancelación • Nulidad de Oficio (*) Procedimiento Clásico • Convocatoria • Registro de Participantes • Presentación de Consultas y/u observaciones a las bases • Pliego de absolución de consultas y/u observaciones • Observaciones elevadas a la Entidad o a la OSCE • Pronunciamiento de la Entidad o a la OSCE • Integración de bases • Presentación de propuestas 32
  • 32. Novedades del SE@CE V.3.0 • Registro y publicación en forma progresiva. • Implantación en forma progresiva: 45 Entidades el 27.9.2013, 100 Entidades el 15.11.2013, 305 Entidades el 21.02.2014 y, 223 Entidades el 09.05.2014. Total: 673. • Mayor propensión a la ejecución de las etapas en forma electrónica. • Mayor interoperatividad. • Opera en función al objeto de la contratación. • Emite: reportes / constancias: Participación, presentación consultas, observaciones, etc.). • Envía correos electrónicos. • Registro mediante el usuario único. • Usa cualquier navegador. 33
  • 33. Aplicaciones Normativas en el SE@CE V.3.0 • Plazos para el consentimiento de: – Nulidades – Cancelaciones – Desierto – No suscripción del contrato por decisión de la Entidad – Pérdida de la buena pro • Efectos de las resoluciones que resuelve el recurso de apelación. • Convocatoria tal como está previsto en las bases. • Reporte del conductor del proceso. • Constancia de los participantes. 34
  • 34. Errores frecuentes del PAC 1. Aprueba y/o informa al OSCE fuera de plazos. 2. No programa contrataciones en el marco de otros regímenes. 3. No precisa si se trata de procesos años anteriores o programa con tipo de proceso de selección que no le corresponde. 4. Indicios de fraccionamiento. 5. No se determina bien el objeto, tipo del proceso de selección en la programación y/o modalidad de selección. 6. Se limita a una programación general, por grupos genéricos del gasto; son pocas las Entidades que programan sus procesos por específicas y/o códigos presupuestales. 7. La programación muestra incoherencias con el presupuesto institucional y con los planes operativos institucional o estratégico. 8. No basta con cumplir las formalidades obligatorias o que el PAC sea formulado coherentemente, además, requiere del seguimiento periódico que conlleve a una gestión estratégica. 35
  • 35. Errores frecuentes: Procesos de Selección: 1. Informa fuera de plazos. 2. Incoherencia entre el aviso de convocatoria y las bases: Items -numeración, único, paquete-, objeto, tipo de proceso, modalidad de selección, sistema de contratación, etc. 3. Indicios de fraccionamiento. 4. Bases o resumen ejecutivo mal elaboradas o ilegibles. 5. Se convoca habiendo determinado mal el objeto, tipo del proceso de selección y/o modalidad de selección. 6. Cuando se tiene observación a las bases se integra las bases sin el plazo para la solicitud de elevación de bases observada. 7. Se confunde nulidad de oficio con la cancelación de proceso. 8. No se registra por “olvido” los datos de los participantes no “admitidos”. 9. No se registra los datos de las propuestas/ofertas perdedoras. 36
  • 36. Errores frecuentes: Contratos 1. Datos del contrato mal informados: Número, año, siglas, etc. 2. Fecha del contrato: no corresponde día, mes y/o año. 3. No corresponde las fechas de vigencia o plazo de ejecución contractual. 4. Destinatario de pago no corresponde (consorcios). 5. No registra la aplicación de garantías para que pueda se publicado el contrato. 6. Adicionales mal autorizados. 7. No se configura para suscribir contrato complementario. 8. Se confunde prórroga con ampliación de plazo. 9. No se registra las controversias en la fase de ejecución contractual. 37
  • 37. Gracias por su atención 38