La renta en el Peru, categorias del impuesto a la renta, caracteristicas, conclusion e intruccion y conceptos de la tributacion de impuesto a la renta.
2. Legislación Comercial - 2014
El Impuesto a
la Renta
Integrantes:
- Diana Aquino
- Rossmery Huayanay Acosta
- Max Lapa Puma
- Diana Rosales Flores
Tema: El Impuesto a la Renta,
categorías y características.
Aula: 401
Doc.: Rosa Evelin Carrillo Horna
Área: Legislación Comercial
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5. El Impuesto a la Renta (IR)
El Impuesto a la Renta es un tributo de periodicidad anual que grava las rentas que provienen del capital, del
trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores siempre que tengan una fuente durable y capaz de
generar ingresos periódicos.
En otras palabras, se trata de un impuesto que grava la renta o ganancia
que se ha producido a partir de una inversión o de la rentabilidad de
cierto capital. Se puede tratar también del producto de un trabajo
dependiente o independiente.
En términos más sencillos, el impuesto a la renta es un tributo
que, como ya se ha dicho, grava las rentas o aquellos ingresos que
se configuran como utilidades o beneficios. Éstos ingresos provienen
de una cosa o actividad, constituyéndose la renta, a partir de todos los beneficios, utilidades e incrementos
de patrimonio que se perciban o devenguen, cualquiera sea su naturaleza, origen o denominación.
6. IR Categorías
El impuesto a la renta es aquel que grava las ganancias o ingresos tanto de personas naturales como jurídicas. En nuestro
país existen cinco categorías de Impuesto a la Renta, cuya categoría está en función de la naturaleza o la procedencia de las
rentas.
CATEGORIA ORIGEN PERSONA ACTIVIDADES
Primera Capital Natural Arrendamiento o sub-arrendamiento de bienes muebles e
inmuebles, así como las mejoras de los mismos.
Segunda Capital Natural Rentas obtenidas por intereses por colocación de capitales,
regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros.
Tercera Capital + Trabajo Natural y Jurídica Derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o
negocios.
Cuarta Trabajo Natural Rentas obtenidas por el ejercicio individual de cualquier profesión,
ciencia, arte u oficio.
Quinta Trabajo Jurídica Rentas provenientes del trabajo personal prestado en relación de
dependencia (sueldos, salarios, gratificaciones, vacaciones).
7. IR Primera Categoría
Está señalada en el inciso a del atributo 122 de la LIR y comprende las rentas obtenidas por concepto del
arrendamiento, subarrendamiento y la cesión de bienes muebles o inmuebles.
8. IR Primera Categoría
Arrendamiento
• Existe una definición legal del contrato de arrendamiento, la cual está contenida en el artículo 1666
del código civil en cual señala: “por el arrendamiento el arrendador se obliga a ceder temporalmente
al arrendatario el uso de un bien por cierta renta convenida"
Subarrendamiento
• Existe una definición legal del contrato de subarrendamiento, la cual está contenida en el artículo
1692del código civil el cual señala: “el subarrendamiento es el arrendamiento total o parcial del bien
arrendado que celebra el arrendatario en favor de un tercero, a cambio de una renta, con
asentimiento escrito del arrendador “
Cesión de Bienes muebles o
inmuebles.
• Es un acto jurídico por el cual el cedente cede al cesionario un derecho real sobre un bien, que puede
ser a título gratuito como puede ser el de cederlo para su uso gratuitamente o a título oneroso
donde a cambio de la cesión se recibe una contraprestación.
9. IR Segunda Categoría
Se encuentran gravadas como renta de segunda categoría las ganancias de capital provenientes de la venta (enajenación)
de inmuebles distintos a la casa habitación, patentes, marcas, regalías efectuados por personas naturales, sucesivas
indivisas o sociedades.
EJEMPLO:
El señor Gómez obtuvo intereses por un préstamo que otorgó a la empresa San Pedro S.A. por un monto de S/. 6468.
La empresa San Pedro debe efectuar la retención del 6.25% de la renta bruta o el 5% del importe total de los intereses. La
empresa retenedora deberá declarar la retención en el PDT proporcionado por SUNAT.
Renta Bruta: S/. 6,468
(-) 20% 1,293.6
Renta Neta 5,174.4
Impuesto de Segunda Categoría: 6.25% (5,174) = 323 ó 5%(6,468) = 323
10. IR Tercera Categoría
El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría o denominado rentas empresariales es un tributo que se
determina anualmente. Su ejercicio se inicia el 01 de enero y finaliza el 31 de diciembre de cada año. Esta
categoría de renta grava los ingresos que provengan de la actividad empresarial realizada por las personas
naturales, todo tipo de renta que obtengan las personas jurídicas, así como las rentas que se consideren
como tercera categoría por mandato de la propia Ley del Impuesto a la Renta.
Este impuesto grava o afecta los ingresos generados por la realización de actividades empresariales que
desarrollan las personas naturales y jurídicas. Generalmente, estas rentas se producen por la participación
conjunta de capital y trabajo.
11. IR Tercera Categoría
Régimen Especia del Impuesto a la Renta
Es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales
domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de:
- Actividades de comercio y/o industria, entendiéndose por tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan
o manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo.
Impuesto a la Renta: 1.5% de sus ingresos netos mensuales. El pago de esta cuota mensual es de carácter cancelatorio
Régimen General del Impuesto a la renta
Es régimen con un impuesto que grava las utilidades: diferencia entre ingresos y gastos aceptados y es fuente
generadora de renta: Capital y Trabajo.
Impuesto a la Renta: 30% sobre la renta neta.
12. IR Cuarta Categoría
• Una profesión, arte, ciencia u oficio cuyo cobro
se realiza sin tener relación de dependencia.
• Se incluyen las contraprestaciones que
obtengan las personas que prestan servicios
bajo la modalidad de Contrato Administrativo
de Servicios (CAS), las mismas que son
calificadas como rentas de cuarta categoría,
conforme a lo estipulado en el Decreto
Legislativo N° 1057 y en el Decreto Supremo N°
075-2008-PCM y normas modificatorias.
Los ingresos que
provienen de realizar
cualquier trabajo
individual.
• Director de empresas: Persona integrante del
directorio de las sociedades anónimas y elegido
por la Junta General de Accionistas.
• Síndico: Funcionario encargado de la liquidación
del activo y pasivo de una empresa
• Mandatario: Persona que en virtud del contrato
consensual, se obliga a realizar uno o más actos
jurídicos
• Gestor de negocios: Persona que, careciendo de
facultades de representación y sin estar obligado,
asume conscientemente la gestión de los negocios
o la administración.
• Albacea: Persona encargada por el testador o por
el juez de cumplir la última voluntad del fallecido.
Etc.
Las obtenidas por el
desempeño de
funciones de:
13. IR Cuarta Categoría
EJEMPLO:
El señor Gómez, de profesión abogado obtuvo ingresos por un monto de S/. 60,980 durante
el periodo 2009. Efectuó pagos a cuenta por S/.2750 y le realizaron retenciones por S/. 530.
Ingresos Anuales S/. 60,980
(-)Deducción del 20% 12,196
Renta de Cuarta Categoría 48,784
(-) Deducción de 7 UIT 24,850 el UIT está con 3550, actual 2014 3800
Renta Neta 23,934
IR según escala 15% 3,590
(-)Pagos a cuenta 2,750
(-) Retenciones 530
Impuesto a Pagar 310
14. IR Quinta Categoría
Son Rentas de Quinta Categoría, entre otros:
Ingresos obtenidos por el trabajo en forma dependiente prestado
- Los ingresos obtenidos por el trabajo personal prestado en relación de dependencia, incluidos cargos públicos, tales
como sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero
o en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios personales.
Las participaciones de los trabajadores en las utilidades
- El importe de las participaciones de los trabajadores en las utilidades,
ya sea que provengan de las asignaciones anuales o de cualquier otro
beneficio otorgado en sustitución de las mismas.
- El importe de las retribuciones por servicios prestados en relación de
dependencia percibidas por los socios y titulares de EIRL, así como
las que se asignen los socios de cooperativas de trabajo.
- Retribuciones de socios y/o titulares de empresas
15. IR Quinta Categoría
RENTAS DE CUARTA-QUINTA
Se consideran rentas de Cuarta-Quinta a los ingresos obtenidos por el trabajo prestado en forma independiente con contratos
de prestación de servicios normados por la legislación civil, siempre que el servicio sea prestado en el lugar y horario
designado por quien lo requiere y cuando el usuario proporcione los elementos de trabajo y asuma los gastos que la prestación
del servicio demanda.
OTRAS RENTAS DE QUINTA CATEGORÍA
Se consideran rentas de Quinta Categoría a los ingresos obtenidos por la prestación de servicios considerados como Renta de
Cuarta Categoría [*], efectuados para un contratante con el cual se mantenga simultáneamente una relación laboral de
dependencia.
IMPORTANTE: No son rentas de Quinta Categoría, entre otras:
- Los gastos y contribuciones realizados por la empresa con carácter general a favor del personal y los gastos destinados a
prestar asistencia de salud a los servidores a que se refiere el inciso ll) del artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta.
- Las sumas que percibe el trabajador por brindar su servicio en un lugar distinto al de su residencia habitual, tales como
gastos de viaje, viáticos por gastos de alimentación, hospedaje y movilidad.
- Los gastos operativos, condiciones de trabajo, entre otros que estén sujetos a sustento por parte del trabajador frente a su
empleador. Caso contrario, de no
estar sujeto a sustento, se considerará de libre disposición y de ser así, estará gravado con el impuesto.