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Introducción:
La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue aprobada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 1948. Consta de un
preámbulo en el que se da cuenta de la necesidad de que exista esta
declaración y 30 artículos. Nació en un contexto histórico muy
determinado, recién terminada la Segunda Guerra Mundial en la que el ser
humano mostró su cara más cruel. Sus primeros redactores fueron diez
personas representantes de todos los continentes menos de África.
Significa sin duda una de las mayores obras de la humanidad según F.
Mayor Zaragoza. “El acto más importante del siglo XX, porque dotó a toda
la Humanidad de un horizonte ético, de un marco moral”1
.
En ella se plasman los ideales de convivencia para la Humanidad, con
aspectos como el respeto total a la persona humana, el carácter inalienable
de la libertad, la igualdad básica de todos los seres humanos y la
interdependencia entre unos y otros.
Representan un código de comportamientos común que puede compartirse
en el ámbito público, por culturas, religiones o ideologías distintas,
incorporándose en las Constituciones, o en los textos internacionales como
“garantía” de respeto de las exigencias básicas de una vida digna.
A continuación está el articulado completo, aunque con el fin de facilitar su
trabajo en la clase, hemos resumido los artículos.
¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?
Podemos considerar que los Derechos Humanos (DD.HH.) son aquellas
libertades, facultades, constituciones o reivindicaciones relativas a bienes
primarios o básicos para la garantía de una vida digna, que incluyen a toda
persona por el simple hecho de su condición humana. Las personas como
individuos, somos portadores de derechos (hacia nosotros/as) y deberes
(hacia los demás).
Los derechos han ido apareciendo y evolucionando en la historia como
respuesta a una serie de problemas urgentes de la humanidad y se han
hecho realidad con el apoyo de diferentes corrientes de pensamiento.
Desde el humanismo clásico y durante el Renacimiento, surgen una serie
de corrientes que exaltaron al ser humano y asentaron rasgos como el
individualismo, el racionalismo o la secularización, y dieron lugar al
surgimiento de una nueva mentalidad en busca de los derechos. Esto se
concretó a partir de la llamada Modernidad2 , cuando se producen grandes
avances de la ciencia, la tecnología, las comunicaciones y en el
conocimiento del mundo, un tiempo en el que el pensamiento se emancipa
del poder religioso, y en el que el concepto de ciudadanía se abre paso
como reacción al Estado Absoluto, fruto del descontento de la burguesía
hacia una sociedad estamental que no reconocía buena parte de los
derechos a los escalones más bajos de la misma. Este periodo da lugar a las
llamadas revoluciones burguesas, (Revolución Americana y Revolución
Francesa) que sientan las bases de las primeras declaraciones de derechos
del individuo.
Unido a esta evolución de los derechos, está la idea de ciudadanía. La
mayoría de los derechos
promulgados en estas fechas, tenían la característica de que no eran
reconocidos para todas las personas, sino que dejaban excluidos a todos
aquellos individuos que no eran considerados parte de esa sociedad
(esclavos, mujeres, prisioneros, extranjeros). De esta manera, los derechos
son conseguidos por la ciudadanía , y a la vez van construyendo diferentes
modelos de ciudadanía. Queda así reflejado el nexo que se da entre
ciudadanía y Derechos; se convierten en ciudadanos aquellos que tienen
todos los derechos. Por eso, cualquier exclusión o disminución de los
derechos, de cualquier derecho, significa exclusión de la ciudadanía. De la
misma manera que cualquier discriminación ciudadana, significa
disminución de los derechos humanos.
Es importante resaltar, que los derechos son teóricos hasta que son
recogidos por el derecho positivo, (las leyes que rigen la vida cotidiana) de
cada uno de los Estados, es decir, que necesitan de instituciones
políticas y jurídicas que los reconozcan y los garanticen. Los Estados
asumen las obligaciones y los deberes de respetar, proteger y realizar los
derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que
deben abstenerse de interferir en el disfrute de los DD.HH. o de limitarlos y
la obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos
contra los individuos y contra los grupos Son inherentes al ser humano.
Todas las personas por el hecho de serlo disfrutan de los derechos
humanos; son, por tanto, inherentes a la persona sin distinción de
nacionalidad, sexo, religión, etnia color etc. y no son fruto de una
concesión política de ningún régimen o estado. Hay que insistir en esta
idea; el hecho de que muchas personas no gocen de la totalidad de sus
derechos (por ejemplo a una educación, a la alimentación, a la sanidad),
solo significa que no se están dando las condiciones necesarias para que los
disfruten.
Al mismo tiempo, ningún estado, religión o cualquier otro tipo de
organismo, puede conceder o dejar de hacerlo ninguno de los derechos.
Resumiendo en un ejemplo: la educación no es un privilegio que se me
concede, es un derecho que tengo.
El “Derecho a tener derechos”, que es el primer requisito para proteger el
valor del ser humano, precisa de una igualdad en cuanto a los derechos que
han de ser reconocidos; cualquier cosa obtenida para alguien como
privilegio supondrá un paso atrás en los derechos.
jurisdicciones y culturas, no pueden ser dejados a merced de los diversos
legisladores nacionales; pertenecen por derecho a todos los seres humanos.
Además, para que sean aplicables a favor de todas las personas, han de ser
reconocidos en favor de todas ellas, tanto a nivel individual como
colectivo. Conviene tener en cuenta que estos derechos llamados
universales necesitan una estructura jurídica donde poder realizarse;
necesitan de instituciones políticas y sociales que los reconozcan y
garanticen. La Conferencia sobre derechos humanos reunida en Viena en
1993, afirmó que todos los estados tenían el deber, independientemente de
sus sistemas políticos, de promoverlos y protegerlos junto con las libertades
fundamentales. Por tanto el sujeto de los derechos humanos convertido en
ciudadano del mundo, necesita de un Estado de Derecho democrático y
fortalecido por instituciones internacionales de plena garantía.
También hay que tener en cuenta el efecto contrario; una exigencia moral
que se quiera imponer, si no puede universalizarse, nunca podrá pertenecer
a la categoría de los derechos humanos.
ca que se concreta en otras dos: los derechos
humanos
no prescriben, no se pierden o adquieren con el paso del tiempo, ni se
puede renunciar a ellos.
DEBERES HUMANOS
Los deberes son las obligaciones que debemos cumplir. Se ha hecho muy
común hablar y plantear cuestiones respecto de los derechos humanos, lo
cual está muy bien, pero es mucho mejor completar los planteamientos
humanos recordando con toda claridad que los derechos y los deberes son
correlativos y que la perfección humana más corresponde a quienes
cumplen bien sus deberes, que no solo a quienes piensan en sus derechos y
soslayan el cumplimiento de sus deberes.
HE AQUÍ ALGUNOS DE LOS DEBERES MAS IMPORTANTES
1. Observar la Constitución.
2. Cumplir las leyes.
3. Servir a la patria.
4. Defender la patria.
5. Contribuir para los gastos públicos.
CONCLUSIÓN
A través del lo expuesto nos hemos dado cuenta de que los Los Derechos y
deberes son igualmente y portante y que caminan juntos en la vida y ques
son la resultante de la Búsqueda de equidad entre los Hombres del Mundo.
Su promoción nos ha llevado a vernos de forma igual pero
lamentablemente siguen habiendo formas de acción que no permiten el
libre desenvolvimiento de la persona.
Pero no solamente es esto, sino también es una forma de vida, que se
traduce en la libertad de opinión, de acción, entre otros logrando una
pacífica interacción de las personas dentro de una Sociedad.
Los Derechos Humanos son importantes en el sentido de igualdad de
oportunidades y de desarrollo, pero también implica que nosotros como
hombres sepamos valorar ello y promover la diversidad pero de manera
pacífica, con verdadera justicia y un gran valor.

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  • 1.
  • 2. Introducción: La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 1948. Consta de un preámbulo en el que se da cuenta de la necesidad de que exista esta declaración y 30 artículos. Nació en un contexto histórico muy determinado, recién terminada la Segunda Guerra Mundial en la que el ser humano mostró su cara más cruel. Sus primeros redactores fueron diez personas representantes de todos los continentes menos de África. Significa sin duda una de las mayores obras de la humanidad según F. Mayor Zaragoza. “El acto más importante del siglo XX, porque dotó a toda la Humanidad de un horizonte ético, de un marco moral”1 . En ella se plasman los ideales de convivencia para la Humanidad, con aspectos como el respeto total a la persona humana, el carácter inalienable de la libertad, la igualdad básica de todos los seres humanos y la interdependencia entre unos y otros. Representan un código de comportamientos común que puede compartirse en el ámbito público, por culturas, religiones o ideologías distintas, incorporándose en las Constituciones, o en los textos internacionales como “garantía” de respeto de las exigencias básicas de una vida digna. A continuación está el articulado completo, aunque con el fin de facilitar su trabajo en la clase, hemos resumido los artículos.
  • 3. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS? Podemos considerar que los Derechos Humanos (DD.HH.) son aquellas libertades, facultades, constituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos para la garantía de una vida digna, que incluyen a toda persona por el simple hecho de su condición humana. Las personas como individuos, somos portadores de derechos (hacia nosotros/as) y deberes (hacia los demás). Los derechos han ido apareciendo y evolucionando en la historia como respuesta a una serie de problemas urgentes de la humanidad y se han hecho realidad con el apoyo de diferentes corrientes de pensamiento. Desde el humanismo clásico y durante el Renacimiento, surgen una serie de corrientes que exaltaron al ser humano y asentaron rasgos como el individualismo, el racionalismo o la secularización, y dieron lugar al surgimiento de una nueva mentalidad en busca de los derechos. Esto se concretó a partir de la llamada Modernidad2 , cuando se producen grandes avances de la ciencia, la tecnología, las comunicaciones y en el conocimiento del mundo, un tiempo en el que el pensamiento se emancipa del poder religioso, y en el que el concepto de ciudadanía se abre paso como reacción al Estado Absoluto, fruto del descontento de la burguesía hacia una sociedad estamental que no reconocía buena parte de los derechos a los escalones más bajos de la misma. Este periodo da lugar a las llamadas revoluciones burguesas, (Revolución Americana y Revolución Francesa) que sientan las bases de las primeras declaraciones de derechos del individuo.
  • 4. Unido a esta evolución de los derechos, está la idea de ciudadanía. La mayoría de los derechos promulgados en estas fechas, tenían la característica de que no eran reconocidos para todas las personas, sino que dejaban excluidos a todos aquellos individuos que no eran considerados parte de esa sociedad (esclavos, mujeres, prisioneros, extranjeros). De esta manera, los derechos son conseguidos por la ciudadanía , y a la vez van construyendo diferentes modelos de ciudadanía. Queda así reflejado el nexo que se da entre ciudadanía y Derechos; se convierten en ciudadanos aquellos que tienen todos los derechos. Por eso, cualquier exclusión o disminución de los derechos, de cualquier derecho, significa exclusión de la ciudadanía. De la misma manera que cualquier discriminación ciudadana, significa disminución de los derechos humanos. Es importante resaltar, que los derechos son teóricos hasta que son recogidos por el derecho positivo, (las leyes que rigen la vida cotidiana) de cada uno de los Estados, es decir, que necesitan de instituciones políticas y jurídicas que los reconozcan y los garanticen. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que deben abstenerse de interferir en el disfrute de los DD.HH. o de limitarlos y la obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos contra los individuos y contra los grupos Son inherentes al ser humano. Todas las personas por el hecho de serlo disfrutan de los derechos humanos; son, por tanto, inherentes a la persona sin distinción de nacionalidad, sexo, religión, etnia color etc. y no son fruto de una concesión política de ningún régimen o estado. Hay que insistir en esta idea; el hecho de que muchas personas no gocen de la totalidad de sus derechos (por ejemplo a una educación, a la alimentación, a la sanidad),
  • 5. solo significa que no se están dando las condiciones necesarias para que los disfruten. Al mismo tiempo, ningún estado, religión o cualquier otro tipo de organismo, puede conceder o dejar de hacerlo ninguno de los derechos. Resumiendo en un ejemplo: la educación no es un privilegio que se me concede, es un derecho que tengo. El “Derecho a tener derechos”, que es el primer requisito para proteger el valor del ser humano, precisa de una igualdad en cuanto a los derechos que han de ser reconocidos; cualquier cosa obtenida para alguien como privilegio supondrá un paso atrás en los derechos. jurisdicciones y culturas, no pueden ser dejados a merced de los diversos legisladores nacionales; pertenecen por derecho a todos los seres humanos. Además, para que sean aplicables a favor de todas las personas, han de ser reconocidos en favor de todas ellas, tanto a nivel individual como colectivo. Conviene tener en cuenta que estos derechos llamados universales necesitan una estructura jurídica donde poder realizarse; necesitan de instituciones políticas y sociales que los reconozcan y garanticen. La Conferencia sobre derechos humanos reunida en Viena en 1993, afirmó que todos los estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, de promoverlos y protegerlos junto con las libertades fundamentales. Por tanto el sujeto de los derechos humanos convertido en ciudadano del mundo, necesita de un Estado de Derecho democrático y fortalecido por instituciones internacionales de plena garantía. También hay que tener en cuenta el efecto contrario; una exigencia moral que se quiera imponer, si no puede universalizarse, nunca podrá pertenecer a la categoría de los derechos humanos.
  • 6. ca que se concreta en otras dos: los derechos humanos no prescriben, no se pierden o adquieren con el paso del tiempo, ni se puede renunciar a ellos. DEBERES HUMANOS Los deberes son las obligaciones que debemos cumplir. Se ha hecho muy común hablar y plantear cuestiones respecto de los derechos humanos, lo cual está muy bien, pero es mucho mejor completar los planteamientos humanos recordando con toda claridad que los derechos y los deberes son correlativos y que la perfección humana más corresponde a quienes cumplen bien sus deberes, que no solo a quienes piensan en sus derechos y soslayan el cumplimiento de sus deberes. HE AQUÍ ALGUNOS DE LOS DEBERES MAS IMPORTANTES 1. Observar la Constitución. 2. Cumplir las leyes. 3. Servir a la patria. 4. Defender la patria. 5. Contribuir para los gastos públicos.
  • 7. CONCLUSIÓN A través del lo expuesto nos hemos dado cuenta de que los Los Derechos y deberes son igualmente y portante y que caminan juntos en la vida y ques son la resultante de la Búsqueda de equidad entre los Hombres del Mundo. Su promoción nos ha llevado a vernos de forma igual pero lamentablemente siguen habiendo formas de acción que no permiten el libre desenvolvimiento de la persona. Pero no solamente es esto, sino también es una forma de vida, que se traduce en la libertad de opinión, de acción, entre otros logrando una pacífica interacción de las personas dentro de una Sociedad. Los Derechos Humanos son importantes en el sentido de igualdad de oportunidades y de desarrollo, pero también implica que nosotros como hombres sepamos valorar ello y promover la diversidad pero de manera pacífica, con verdadera justicia y un gran valor.