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La Ayuda a domicilio en el
    Sistema Vasco de
    Servicios Sociales

     Arrasate, 2010/05/26
REFERENTES NORMATIVOS

Ley 39/2006 de Promoción de la autonomía personal y atención a
             la personas en situación de dependencia.


              Ley 12/2008 de Servicios Sociales.
Ley 39/2006 de Promoción de la autonomía personal y atención a la personas en situación de
    dependencia.
          Artículo 15. Catálogo de servicios.
          1. El Catálogo de servicios comprende los servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de
          atención a la dependencia, en los términos que se especifican en este capítulo:
          a) Los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía
              personal.
          b) Servicio de Teleasistencia.
          c) Servicio de Ayuda a domicilio:
          • (i) Atención de las necesidades del hogar.
          • (ii) Cuidados personales.
          d) Servicio de Centro de Día y de Noche:
          e) Servicio de Atención Residencial:

Ley 12/2008 de Servicios Sociales
          Artículo 22.– Catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Los
          servicios y prestaciones económicas incluidas en el Catálogo del Sistema Vasco de Servicios Sociales de
          la Comunidad Autónoma del País Vasco serán los siguientes:
                 1.– Servicios sociales de atención primaria:
                     1.1.– Servicio de información, valoración, diagnóstico y orientación.
                     1.2.– Servicio de ayuda a domicilio.
                     1.3.– Servicio de intervención socioeducativa y psicosocial.
                     1.4.– Servicio de apoyo a personas cuidadoras.
                     1.5.– Servicio de promoción de la participación y la inclusión social en el ámbito de los servicios
                     sociales.
                     1.6.– Servicio de teleasistencia.
                     1.7.– Servicios de atención diurna.
                     1.8.– Servicios de acogida nocturna.
                     1.9.– Servicios de alojamiento

                  2.– Servicios sociales de atención secundaria
                  3.– Prestaciones económicas
Elementos comunes en los dos textos
              normativos

• Reconocimiento del derecho subjetivo de acceso a las
  prestaciones y servicios determinados en la Ley.

• Responsabilidad pública en el desarrollo de las
  prestaciones y servicios

• Individualización en la intervención
Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal

                Artículo 1. Objeto de la Ley.

1. La presente Ley tiene por objeto regular las condiciones
básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio
del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción
de la autonomía personal y atención a las personas en
situación de dependencia, en los términos establecidos
en las leyes, mediante la creación de un Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia, con la colaboración
y participación de todas las Administraciones Públicas
y la garantía por la Administración General del Estado
de un contenido mínimo común de derechos para todos
los ciudadanos en cualquier parte del territorio español.
LEY 12/2008 DE SERVICIOS SOCIALES

              Art. 1.- Objeto

 Garantizar el derecho a las prestaciones y
 servicios de servicios sociales mediante la
 regulación y la ordenación de un Sistema
  Vasco de Servicios Sociales de carácter
                  universal.
Ley 12/2008 Servicios Sociales

• Sistema estructurado de servicios y
  prestaciones.

• Intervención social integral y personalizada

• Trabajo para la promoción de la autonomía
  personal e integración relacional
Ley 12/2008 Servicios Sociales
•Plazo de ocho años para la universalización de los servicios que
contiene el catálogo en su artículo 22.

•Desarrollo de diferentes instrumentos para hacer efectivo su
cumplimiento:

    •Definición de la cartera de servicios,
    •Plan estratégico
    •Mapa de servicios sociales
    •Creación del órgano interinstitucional
    •Alta inspección,
    •Sistema de Información
    •Observatorio de servicios sociales
    •Registro autonómico de servicios sociales
Ley 12/2008 Servicios Sociales


•Consolidación del modelo de atención comunitaria,

•Prioridad al mantenimiento de las personas en su entorno de vida
habitual

•Relevancia los servicios de proximidad y de desarrollo comunitario.

•Consolidación de la red de servicios y centros de titularidad pública y
privada concertada.

•Se reconoce el valor que aporta la iniciativa social sin ánimo de lucro
y se impulsa su participación en la consolidación del Sistema.
Ley 12/2008 Servicios Sociales


•Importante crecimiento durante los últimos años en cuanto a los servicios y
coberturas del Sistema Vasco de Servicios Sociales.

•Incremento importante de los recursos que cada una de las administraciones
dedican al Sistema.

•Este nivel de crecimiento deberá de mantenerse durante los próximos años
para alcanzar el objetivo de universalización que establece la Ley 12/2008.

•El actual contexto económico de crisis habrá de analizarse desde una
reflexión general sobre las políticas públicas y su financiación
Ley 12/2008 Servicios Sociales
El modelo comunitario que propone la Ley y el desarrollo de los servicios que
el catálogo establece de atención primaria, y por lo tanto de responsabilidad
municipal, va a exigir:

    •Un especial esfuerzo de las instituciones locales, con el que deben ser
    solidarias el resto de instituciones y agentes implicados en el Sistema
    Vasco de Servicios Sociales.

    •Grandes acuerdos institucionales que posibiliten la suficiencia financiera
    de cada una de las Instituciones, y en especial de los Ayuntamientos.

    •Una reflexión sobre los niveles geográficos de atención, para asegurar la
    cobertura adecuada de los servicios en los municipios pequeños,
    incorporando la necesidad de articular fórmulas de colaboración y
    cooperación intermunicipal o de otra índole.
Ley 12/2008 Servicios Sociales
         Los servicios sociales y los otros sistemas

Clarificación de las relaciones con los otros Sistemas: empleo, sanidad,
educación, vivienda… y la determinación de las responsabilidades de cada
uno de ellos en la provisión de servicios de bienestar para toda la ciudadanía.


Necesidad de impulsar la implicación de los otros sistemas en la configuración
de respuestas a las necesidades que las personas podemos tener a lo largo
de la vida, de manera transitoria o permanente.


Búsqueda de sinergias con el sistema sanitario, el educativo o el de empleo e
como el impulso de las políticas transversales que tradicionalmente han
estado vinculadas a los servicios sociales, (igualdad de oportunidades y la no
discriminación en función de la diversidad generacional, funcional, familiar, de
orientación sexual, cultural, de origen…)
Ley 12/2008 Servicios Sociales
   El sistema vasco de servicios sociales y el ámbito
                 profesional y laboral

Demanda de perfiles profesionales

Reconocimiento y dignificación de los perfiles profesionales

Puesta en valor de la prescripción técnica, la incorporación de profesionales
de la educación social, la consolidación de la figura del profesional de
referencia,

Condiciones de trabajo en los ámbitos públicos y privado, persiguiendo que no
se produzca una dualidad y, en algunos casos, precariedad en las condiciones
laborales.

Reconocimiento social y laboral para las labores de cuidado a personas,
aspecto central del modelo por el que apuesta la Ley, alcancen el merecido.
Ayuda a domicilio
                   Evolución Histórica en la CAE


•Inicio en 1982
•En el marco de los planes de emergencia social
•Personas trabajadoras con dificultades económicas
•Personas usuarias con alto nivel de dependencia
•Provisionalidad de los planes
•Elevada conflictividad laboral
•1988 primer curso de “Auxiliar Domiciliario”
•Década de los 90: progresiva regularización laboral y del servicio
•Modelo intensivo de atención
•Coberturas superiores a otras Comunidades, pero inferior a países del
entorno europeo.
Ayuda a domicilio

     El Servicio de Ayuda a Domicilio es un servicio de naturaleza
  asistencial y preventiva destinado a ayudar a la persona usuaria en
 riesgo de dependencia o en situación de dependencia a permanecer
    en su domicilio, ofreciéndole una ayuda de atención personal y
doméstica que, por un lado, posibilite su desenvolvimiento en el propio
     domicilio y su integración en el entorno comunitario, evitando
situaciones de aislamiento, y, por otro, contribuya, en los casos en que
conviva con otras personas, a mantener un buen clima convivencial en
                               el domicilio.
Ayuda a domicilio
Objetivos (1)

   – Mantener o mejorar la autonomía personal, prevenir el deterioro
     y compensar la pérdida de autonomía, prestando ayuda o
     supliendo en la realización de las actividades básicas de la vida
     diaria necesarias para su cuidado personal y/o de las
     actividades instrumentales de la vida diaria relacionadas con la
     alimentación, el vestido, la limpieza y el orden del entorno
     doméstico, incluyendo, en su caso, el entrenamiento en las
     habilidades necesarias para la realización de dichas tareas y
     para la organización del hogar.

   – Posibilitar la permanencia de la persona en el domicilio el mayor
     tiempo posible, con una calidad de vida aceptable, retrasando o
     evitando el ingreso en un servicio de alojamiento o centro
     residencial.
Ayuda a domicilio
• Objetivos (2)

   – Fortalecer el sentimiento de seguridad de las personas usuarias
     y de las personas cuidadoras.

   – Ofrecer apoyo a las personas cuidadoras que constituyen la red
     sociofamiliar de apoyo de la persona usuaria y contribuir a la
     liberación parcial de su tarea de atención, con el fin de que
     dispongan de condiciones adecuadas para su propio desarrollo
     personal, profesional y social.

   – Sustituir ocasionalmente a la persona cuidadora que
     habitualmente atiende a la persona usuaria, en razón de la
     ausencia temporal de aquélla.

   – Detectar situaciones de necesidad que pudieran requerir la
     intervención de otros servicios.
Ayuda a domicilio

 Debilidades (ámbito interno)
 Amenazas (ámbito externo)
  Fortalezas (ámbito interno)
Oportunidades (ámbito externo)
DEBILIDADES
             de la ayuda a domicilio

•Descoordinación entre los sistemas de atención a la
dependencia, servicios sociales, sistema sanitario.
•Demanda no solvente.
•Bajo reconocimiento social de la profesión.
•Oferta poco estructurada.
•Baja profesionalización del sector.
AMENAZAS
            para la ayuda a domicilio

•Debilidad financiera de la administración local.
•Contexto de crisis económica.
•Mercado privado desestructurado.
•Desajuste de los precios del servicio público.
•Reducción de la demanda en el sistema público, por
razones económicas.
•Existencia de oferta económica no cualificada
FORTALEZAS
          de la ayuda a domicilio

• Ámbito de generación de empleo y de riqueza,
• Genera oportunidades de innovación en la
  intervención social
• Valoración del servicio por parte de las
  personas usuarias
• Las personas quieren mantenerse en su
  domicilio
OPORTUNIDADES
            para la ayuda a domicilio
• Posibilidad de reversión económica.

• El gasto en servicios sociales representa una inversión
  altamente productiva para la calidad de vida de la
  población y el futuro del país

• Desarrollo del sistema de servicios sociales y de
  atención a la dependencia.

• Desarrollo de la coordinación sanitaria en el domicilio.

• Evolución del sistema de atención sanitario

• Desarrollo de las nuevas tecnologías
Ley 12/2008 Servicios Sociales
A continuación se repasan, esquemáticamente, los pasos dados en el desarrollo y aplicación de la
    Ley de Servicios Sociales, durante estos últimos meses
:
Órgano Interinstitucional de Servicios Sociales
Decreto aprobado.
Está prevista su constitución en junio.

Alta Inspección
Acuerdo interinstitucional alcanzado
Decreto en tramitación

Cartera de Prestaciones y Servicios
14 fichas de servicios acordadas interinstitucionalmente
Trabajando también sobre ellas la parte social del Consejo Vasco de Servicios Sociales

Reordenación de la acción subvencional del Gobierno Vasco en el ámbito de la intervención social
Aprobación en diciembre de un nuevo decreto que deroga los anteriores en la materia.
Orden para el tercer sector aprobada en enero, en fase de resolución.
Orden para otras instituciones (fundamentalmente ayuntamientos) publicada en mayo.

Coordinación sociosanitaria
Borrador de decreto del consejo vasco de atención sociosanitaria enviado por el Gobierno a las otras instituciones y
     otros agentes para trámite de audiencia.
Borrador de informe y propuestas elaborado por el Departamento de Sanidad y Consumo y el Departamento de
     Empleo y Asuntos Sociales a punto de ser distribuido al resto de instituciones y agentes
•   Concierto
    Borrador sometido a consulta de las otras instituciones y agentes por parte
    del Gobierno.

•   Participación económica de las personas usuarias
    Borrador de decreto elaborado.
    Inicio del trámite de alegaciones en junio.

•   Plan estratégico
    Distribuido por parte del Gobierno un primer borrador del diagnóstico
    estratégico y recogidas aportaciones.
    Elaborado un primer documento sobre escenarios económicos basados en
    una primera aproximación al mapa de servicios sociales.

•   Sistema de información
    Tras trabajos previos con agentes, en fase de concurso para el diseño del
    sistema.

•   Redistribución de responsabilidades entre administraciones
    En 2010 asunción por parte del Gobierno Vasco de puntos de encuentro y
    mediación familiar y preparativos para la asunción de la teleasistencia.
ESKERRIK ASKO

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Ayuda a domicio arrasate mayo 2010

  • 1. La Ayuda a domicilio en el Sistema Vasco de Servicios Sociales Arrasate, 2010/05/26
  • 2. REFERENTES NORMATIVOS Ley 39/2006 de Promoción de la autonomía personal y atención a la personas en situación de dependencia. Ley 12/2008 de Servicios Sociales.
  • 3. Ley 39/2006 de Promoción de la autonomía personal y atención a la personas en situación de dependencia. Artículo 15. Catálogo de servicios. 1. El Catálogo de servicios comprende los servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia, en los términos que se especifican en este capítulo: a) Los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal. b) Servicio de Teleasistencia. c) Servicio de Ayuda a domicilio: • (i) Atención de las necesidades del hogar. • (ii) Cuidados personales. d) Servicio de Centro de Día y de Noche: e) Servicio de Atención Residencial: Ley 12/2008 de Servicios Sociales Artículo 22.– Catálogo de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Los servicios y prestaciones económicas incluidas en el Catálogo del Sistema Vasco de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma del País Vasco serán los siguientes: 1.– Servicios sociales de atención primaria: 1.1.– Servicio de información, valoración, diagnóstico y orientación. 1.2.– Servicio de ayuda a domicilio. 1.3.– Servicio de intervención socioeducativa y psicosocial. 1.4.– Servicio de apoyo a personas cuidadoras. 1.5.– Servicio de promoción de la participación y la inclusión social en el ámbito de los servicios sociales. 1.6.– Servicio de teleasistencia. 1.7.– Servicios de atención diurna. 1.8.– Servicios de acogida nocturna. 1.9.– Servicios de alojamiento 2.– Servicios sociales de atención secundaria 3.– Prestaciones económicas
  • 4. Elementos comunes en los dos textos normativos • Reconocimiento del derecho subjetivo de acceso a las prestaciones y servicios determinados en la Ley. • Responsabilidad pública en el desarrollo de las prestaciones y servicios • Individualización en la intervención
  • 5. Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal Artículo 1. Objeto de la Ley. 1. La presente Ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas y la garantía por la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio español.
  • 6. LEY 12/2008 DE SERVICIOS SOCIALES Art. 1.- Objeto Garantizar el derecho a las prestaciones y servicios de servicios sociales mediante la regulación y la ordenación de un Sistema Vasco de Servicios Sociales de carácter universal.
  • 7. Ley 12/2008 Servicios Sociales • Sistema estructurado de servicios y prestaciones. • Intervención social integral y personalizada • Trabajo para la promoción de la autonomía personal e integración relacional
  • 8. Ley 12/2008 Servicios Sociales •Plazo de ocho años para la universalización de los servicios que contiene el catálogo en su artículo 22. •Desarrollo de diferentes instrumentos para hacer efectivo su cumplimiento: •Definición de la cartera de servicios, •Plan estratégico •Mapa de servicios sociales •Creación del órgano interinstitucional •Alta inspección, •Sistema de Información •Observatorio de servicios sociales •Registro autonómico de servicios sociales
  • 9. Ley 12/2008 Servicios Sociales •Consolidación del modelo de atención comunitaria, •Prioridad al mantenimiento de las personas en su entorno de vida habitual •Relevancia los servicios de proximidad y de desarrollo comunitario. •Consolidación de la red de servicios y centros de titularidad pública y privada concertada. •Se reconoce el valor que aporta la iniciativa social sin ánimo de lucro y se impulsa su participación en la consolidación del Sistema.
  • 10. Ley 12/2008 Servicios Sociales •Importante crecimiento durante los últimos años en cuanto a los servicios y coberturas del Sistema Vasco de Servicios Sociales. •Incremento importante de los recursos que cada una de las administraciones dedican al Sistema. •Este nivel de crecimiento deberá de mantenerse durante los próximos años para alcanzar el objetivo de universalización que establece la Ley 12/2008. •El actual contexto económico de crisis habrá de analizarse desde una reflexión general sobre las políticas públicas y su financiación
  • 11. Ley 12/2008 Servicios Sociales El modelo comunitario que propone la Ley y el desarrollo de los servicios que el catálogo establece de atención primaria, y por lo tanto de responsabilidad municipal, va a exigir: •Un especial esfuerzo de las instituciones locales, con el que deben ser solidarias el resto de instituciones y agentes implicados en el Sistema Vasco de Servicios Sociales. •Grandes acuerdos institucionales que posibiliten la suficiencia financiera de cada una de las Instituciones, y en especial de los Ayuntamientos. •Una reflexión sobre los niveles geográficos de atención, para asegurar la cobertura adecuada de los servicios en los municipios pequeños, incorporando la necesidad de articular fórmulas de colaboración y cooperación intermunicipal o de otra índole.
  • 12. Ley 12/2008 Servicios Sociales Los servicios sociales y los otros sistemas Clarificación de las relaciones con los otros Sistemas: empleo, sanidad, educación, vivienda… y la determinación de las responsabilidades de cada uno de ellos en la provisión de servicios de bienestar para toda la ciudadanía. Necesidad de impulsar la implicación de los otros sistemas en la configuración de respuestas a las necesidades que las personas podemos tener a lo largo de la vida, de manera transitoria o permanente. Búsqueda de sinergias con el sistema sanitario, el educativo o el de empleo e como el impulso de las políticas transversales que tradicionalmente han estado vinculadas a los servicios sociales, (igualdad de oportunidades y la no discriminación en función de la diversidad generacional, funcional, familiar, de orientación sexual, cultural, de origen…)
  • 13. Ley 12/2008 Servicios Sociales El sistema vasco de servicios sociales y el ámbito profesional y laboral Demanda de perfiles profesionales Reconocimiento y dignificación de los perfiles profesionales Puesta en valor de la prescripción técnica, la incorporación de profesionales de la educación social, la consolidación de la figura del profesional de referencia, Condiciones de trabajo en los ámbitos públicos y privado, persiguiendo que no se produzca una dualidad y, en algunos casos, precariedad en las condiciones laborales. Reconocimiento social y laboral para las labores de cuidado a personas, aspecto central del modelo por el que apuesta la Ley, alcancen el merecido.
  • 14. Ayuda a domicilio Evolución Histórica en la CAE •Inicio en 1982 •En el marco de los planes de emergencia social •Personas trabajadoras con dificultades económicas •Personas usuarias con alto nivel de dependencia •Provisionalidad de los planes •Elevada conflictividad laboral •1988 primer curso de “Auxiliar Domiciliario” •Década de los 90: progresiva regularización laboral y del servicio •Modelo intensivo de atención •Coberturas superiores a otras Comunidades, pero inferior a países del entorno europeo.
  • 15. Ayuda a domicilio El Servicio de Ayuda a Domicilio es un servicio de naturaleza asistencial y preventiva destinado a ayudar a la persona usuaria en riesgo de dependencia o en situación de dependencia a permanecer en su domicilio, ofreciéndole una ayuda de atención personal y doméstica que, por un lado, posibilite su desenvolvimiento en el propio domicilio y su integración en el entorno comunitario, evitando situaciones de aislamiento, y, por otro, contribuya, en los casos en que conviva con otras personas, a mantener un buen clima convivencial en el domicilio.
  • 16. Ayuda a domicilio Objetivos (1) – Mantener o mejorar la autonomía personal, prevenir el deterioro y compensar la pérdida de autonomía, prestando ayuda o supliendo en la realización de las actividades básicas de la vida diaria necesarias para su cuidado personal y/o de las actividades instrumentales de la vida diaria relacionadas con la alimentación, el vestido, la limpieza y el orden del entorno doméstico, incluyendo, en su caso, el entrenamiento en las habilidades necesarias para la realización de dichas tareas y para la organización del hogar. – Posibilitar la permanencia de la persona en el domicilio el mayor tiempo posible, con una calidad de vida aceptable, retrasando o evitando el ingreso en un servicio de alojamiento o centro residencial.
  • 17. Ayuda a domicilio • Objetivos (2) – Fortalecer el sentimiento de seguridad de las personas usuarias y de las personas cuidadoras. – Ofrecer apoyo a las personas cuidadoras que constituyen la red sociofamiliar de apoyo de la persona usuaria y contribuir a la liberación parcial de su tarea de atención, con el fin de que dispongan de condiciones adecuadas para su propio desarrollo personal, profesional y social. – Sustituir ocasionalmente a la persona cuidadora que habitualmente atiende a la persona usuaria, en razón de la ausencia temporal de aquélla. – Detectar situaciones de necesidad que pudieran requerir la intervención de otros servicios.
  • 18. Ayuda a domicilio Debilidades (ámbito interno) Amenazas (ámbito externo) Fortalezas (ámbito interno) Oportunidades (ámbito externo)
  • 19. DEBILIDADES de la ayuda a domicilio •Descoordinación entre los sistemas de atención a la dependencia, servicios sociales, sistema sanitario. •Demanda no solvente. •Bajo reconocimiento social de la profesión. •Oferta poco estructurada. •Baja profesionalización del sector.
  • 20. AMENAZAS para la ayuda a domicilio •Debilidad financiera de la administración local. •Contexto de crisis económica. •Mercado privado desestructurado. •Desajuste de los precios del servicio público. •Reducción de la demanda en el sistema público, por razones económicas. •Existencia de oferta económica no cualificada
  • 21. FORTALEZAS de la ayuda a domicilio • Ámbito de generación de empleo y de riqueza, • Genera oportunidades de innovación en la intervención social • Valoración del servicio por parte de las personas usuarias • Las personas quieren mantenerse en su domicilio
  • 22. OPORTUNIDADES para la ayuda a domicilio • Posibilidad de reversión económica. • El gasto en servicios sociales representa una inversión altamente productiva para la calidad de vida de la población y el futuro del país • Desarrollo del sistema de servicios sociales y de atención a la dependencia. • Desarrollo de la coordinación sanitaria en el domicilio. • Evolución del sistema de atención sanitario • Desarrollo de las nuevas tecnologías
  • 23. Ley 12/2008 Servicios Sociales A continuación se repasan, esquemáticamente, los pasos dados en el desarrollo y aplicación de la Ley de Servicios Sociales, durante estos últimos meses : Órgano Interinstitucional de Servicios Sociales Decreto aprobado. Está prevista su constitución en junio. Alta Inspección Acuerdo interinstitucional alcanzado Decreto en tramitación Cartera de Prestaciones y Servicios 14 fichas de servicios acordadas interinstitucionalmente Trabajando también sobre ellas la parte social del Consejo Vasco de Servicios Sociales Reordenación de la acción subvencional del Gobierno Vasco en el ámbito de la intervención social Aprobación en diciembre de un nuevo decreto que deroga los anteriores en la materia. Orden para el tercer sector aprobada en enero, en fase de resolución. Orden para otras instituciones (fundamentalmente ayuntamientos) publicada en mayo. Coordinación sociosanitaria Borrador de decreto del consejo vasco de atención sociosanitaria enviado por el Gobierno a las otras instituciones y otros agentes para trámite de audiencia. Borrador de informe y propuestas elaborado por el Departamento de Sanidad y Consumo y el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales a punto de ser distribuido al resto de instituciones y agentes
  • 24. Concierto Borrador sometido a consulta de las otras instituciones y agentes por parte del Gobierno. • Participación económica de las personas usuarias Borrador de decreto elaborado. Inicio del trámite de alegaciones en junio. • Plan estratégico Distribuido por parte del Gobierno un primer borrador del diagnóstico estratégico y recogidas aportaciones. Elaborado un primer documento sobre escenarios económicos basados en una primera aproximación al mapa de servicios sociales. • Sistema de información Tras trabajos previos con agentes, en fase de concurso para el diseño del sistema. • Redistribución de responsabilidades entre administraciones En 2010 asunción por parte del Gobierno Vasco de puntos de encuentro y mediación familiar y preparativos para la asunción de la teleasistencia.