1. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
PROTECCIÓN DE DATOS
EN
CENTROS EDUCATIVOS
2020
Elaborado por Antonio J. Ureña Belmonte
2. REFLEXIÓN
¿Datos de Carácter Personal?
¿?
Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
3. Objeto
Situación actual
L.O.P.D.G.D.D.
Agencia Española de Protección de Datos
Conclusiones
ÍNDICE
Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
4. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD)
... el artículo 18.4 de la Constitución Española establece que
“la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor
y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno
ejercicio de sus derechos”; por otra parte, el artículo 27. 1.
expresa que “Todos tienen el derecho a la educación. Se
reconoce la libertad de enseñanza.”, para ello, se ha definido
un marco legal dentro del que deben actuar los centros
educativos, las personas jurídicas o personas físicas en el
ejercicio de sus actividades docentes y profesionales.
OBJETO LOPDGDD
5. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
En 2018 se publicó el “Informe sobre la utilización por parte de
profesores y alumnos de aplicaciones que almacenan datos en
nube con sistemas ajenos a las plataformas educativas"
• Su objetivo, además de verificar el grado de cumplimiento de la
normativa de protección de datos, es el de facilitar la evolución
de la educación hacia un entorno digital y contribuir a que el
desarrollo de nuevos modelos de estos servicios respeten los
derechos de los afectados.
• Además, hay que tener presente la especial consideración
que se debe prestar a los menores, particularmente por los
poderes públicos, entre otros sectores, el educativo con la
finalidad de reforzar y garantizar la protección de sus derechos y
libertades.
SITUACIÓN ACTUAL LOPDGDD
6. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
Constitución Española (artículos 18.4 y 27).
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27
de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos.
Ley Orgánica de Protección de Datos 3/2018 LOPDGDD.
Convenio 108 del Consejo de Europa, de 28 de enero de 1981, para la
protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado
de datos de carácter personal y su protocolo del año 2001.
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad
educativa. (LOMCE)
Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de
Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con
fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras.
SITUACIÓN ACTUAL LOPDGDD, legislación.
7. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
Entorno europeo
Sensibilidad social
Tecnología de la información
y las comunicaciones
SITUACIÓN ACTUAL LOPDGDD, el entorno.
Cumplir la
legislación
8. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
...para los datos que tengo yo.
SITUACIÓN ACTUAL LOPDGDD, la realidad.
9. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
...para los datos que tengo yo.
Una
seguridad
real
Obligación legal
Generación
de
confianza
SITUACIÓN ACTUAL LOPDGDD, la realidad.
10. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
Justificantes de no asistencia (Partes médicos del alumnado)
Mal tratamiento de la información (Datos del alumnado en WhatsApp)
Sustituciones de personal (Cuaderno del profesorado)
Cambios del sistema informático (Datos personales en disco duro)
Grabaciones no autorizadas con el móvil de eventos (Fotos de alumnado)
Perdida de exámenes y eliminación de actividades con datos del alumnado.
…etc.
SITUACIÓN ACTUAL LOPDGDD, ejemplos de la vida
11. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
Figuras
Tipología de datos
Momentos
LOPDGDD, estructura.
12. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
Responsable del fichero
Infracciones y sanciones
Art. 33 LOPDGDD
Figura
Tipología de datos
Momentos
LOPDGDD, las figuras.
Delegado de protección de datos
Encargado del tratamiento
Art. 28 LOPDGDD
Art. 34 LOPDGDD
LOPDGDD y Reglamento (UE) 2016/679
13. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
Identificativos: nombre, apellidos, DNI o NIE, número de seguridad social,
domicilio, teléfono, correo electrónico, fotografías o audios de voz.
Circunstancias sociales: propiedades, aficiones y formas de vida, inscripciones
en foros, clubes o asociaciones.
Personales: fecha y lugar de nacimiento, edad, estado civil, datos familiares.
Académicos y de formación: expediente académico, formación y titulaciones.
Profesionales y de empleo: experiencia en el mundo profesional, categoría o
puesto a desarrollar o desarrollado, expediente profesional del trabajador.
Sindical: datos de afiliación sindical, pertenencia de un comité de empresa o
agrupación sindical.
Económico-financieros: datos bancarios, ingresos, rentas, créditos, préstamos,
avales, plan de pensiones, jubilación.
Médicos o de salud: historial clínico de la persona física y controles sanitarios,…
Administrativos: reclamaciones y recursos, sanciones, registros, concesiones…
Judiciales: expediente o historial judicial, sanciones, procedimientos judiciales.
Sociales: ayudas o subvenciones, subsidios, pensiones….etc
Esta lista no es exhaustiva y resume todos los tipos de datos que permiten
identificar a una persona física.
Figura
Tipología de datos
Momentos
LOPDGDD-TIPOLOGÍA DE DATOS
Categoría especial: Origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones
religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, y el tratamiento de datos genéticos, datos
biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la
salud o datos relativos a la vida sexual o las orientación sexuales de una persona física.
14. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
MOMENTO DE RECOGIDA DE DATOS, RECABACIÓN
MOMENTO DE TRATAMIENTO AUTOMATIZADO O NO, DE LOS DATOS RECABADOS
MOMENTO DE UTILIZACIÓN Y/O COMUNICACIÓN A TERCEROS (CESIÓN DE DATOS)
Figura
Tipología de datos
Momentos
LOPDGDD, momentos.
15. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
Principio de licitud, lealtad y transparencia.
Principio de limitación de la finalidad.
Principio de minimización de datos
Principio de exactitud.
Principio de responsabilidad proactiva
Principio del plazo de conservación
Principio de integridad y seguridad
Figura
Tipología de datos
Momentos
PRINCIPIOS LOPDGDD, directrices.
16. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
Derecho de acceso.
Derecho de rectificación.
Derecho de supresión.
Derecho de oposición.
Derecho de limitación al tratamiento.
Derecho a la Portabilidad.
Figura
Tipología de datos
Momentos
DERECHOS LOPDGDD, directrices.
17. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
... es un Ente de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y
plena capacidad pública y privada. Actúa con plena independencia de las
Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones.
Su finalidad principal es velar por el cumplimiento de la legislación sobre
protección de datos personales y controlar su aplicación, en especial en lo relativo a
los derechos de información, acceso, oposición, rectificación y cancelación de
datos.
Agencia Española de Protección de Datos.
18. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
Política
de la Agencia
Sancionar vs.
Denuncia.
Campaña de
sensibilización
Se financia con las
sanciones
Agencia Española de Protección de Datos.
19. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
Formación e información a los afectados…
... Conclusiones
Cuidar la percepción de la comunidad educativa...
(Imagen de seriedad, Confianza, Satisfacción,
Compromiso de confidencialidad, Transparencia,…)
Proteger los activos y optimizar procesos...
...y por supuesto, cumplir la ley.
20. Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.)
MUCHAS GRACIAS
POR SU ATENCIÓN