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FOMENTO DE LA
                             CONTRATACIÓN INDEFINIDA Y
                                OTRAS MEDIDAS PARA
                             FAVORECER LA CREACIÓN DE
                                      EMPLEO

                                                Manuel Alegre Nueno




                                                    Manuel Alegre Nueno




                                             NOVEDADES
                                       Capítulos I y II RD-L 2/2.012

                              1. CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS
                                 EMPRENDEDORES

                              2. CONTRATO DE FORMACIÓN Y
                                 APRENDIZAJE

                              3. CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL

                              4. TRABAJO A DISTANCIA (TELETRABAJO)

                              5. BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN


                                                                          Manuel Alegre Nueno




     MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012)




Manuel Alegre Nueno                                                                                                   1
CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A
                                   LOS EMPRENDEDORES
                              REQUISITOS :
                               Empresas con menos de 50 trabajadores en el
                                 momento de producirse la contratación
                               Contrato indefinido y a jornada completa
                               Formalización por escrito en modelo oficial (pendiente)
                               No haber extinguido contratos de trabajo por causas
                                 objetivas declaradas improcedentes por sentencia
                                 judicial o realizado un despido colectivo en los 6 meses
                                 anteriores (desde 12/02/12).
                                ◦ Sólo para la cobertura de puestos de trabajo
                                   del mismo grupo profesional y para el mismo
                                   centro o centros de trabajo
                                                     Manuel Alegre Nueno




                              CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A
                                   LOS EMPRENDEDORES
                              RÉGIMEN JURÍDICO:
                               Período de prueba: un año (no disponible)
                               Posibilidad de compatibilizar el cobro del
                                salario con el 25% de la prestación por
                                desempleo reconocida y pendiente de percibir.




                                                     Manuel Alegre Nueno




     MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012)




Manuel Alegre Nueno                                                                                                   2
CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A
                                   LOS EMPRENDEDORES

                             INCENTIVOS FISCALES:
                             1. El primer contrato concertado con un menor de 30
                                años: deducción fiscal de 3.000 euros
                             2. Contratar desempleados beneficiarios de una
                                prestación contributiva por desempleo que, al
                                menos, haya percibido durante 3 meses
                                   Deducción fiscal: 50% de la prestación por
                                     desempleo que el trabajador tuviera pendiente de
                                     percibir en el momento de la contratación, con el
                                     límite de 12 mensualidades


                                                                         Manuel Alegre Nueno




                                 CONTRATO INDEFINIDO APOYO A
                                     LOS EMPRENDEDORES
                              BONIFICACIONES EN LA CUOTA EMPRESARIAL A
                                   LA SEGURIDAD SOCIAL DURANTE 3 AÑOS :
                             JÓVENES ENTRE 16 Y 30 AÑOS: 83,33 euros/mes (1.000
                              euros/año) primer año; 91,67 euros/mes (1.100 euros/año)
                              segundo año, y 100 euros/mes (1.200 euros/año) tercer año.
                              ◦ MUJERES             EN          SECTORES             CON
                                SUBREPRESENTACIÓN: las cuantías anteriores se
                                incrementarán en 8,33 euros/mes (100 euros/año).
                             MAYORES DE 45 AÑOS INSCRITOS EN LA OFICINA
                              DE EMPLEO AL MENOS 12 MESES EN LOS 18
                              MESES ANTERIORES A LA CONTRATACIÓN: 108,33
                              euros/mes (1.300 euros/año).
                              ◦ MUJERES             EN          SECTORES             CON
                                SUBREPRESENTACIÓN:              125    euros/mes     (1.500
                                euros/año).
                                                   Manuel Alegre Nueno




    MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012)



Manuel Alegre Nueno                                                                                                  3
CONTRATO INDEFINIDO APOYO A
                                     LOS EMPRENDEDORES
                             REQUISITOS INCENTIVOS Y BONIFICACIONES
                             Mantener en el empleo al trabajador contratado al
                              menos 3 años desde la fecha de inicio de la relación
                              laboral. En caso de incumplimiento, reintegro del
                              incentivo.
                             No se considerará incumplida la obligación cuando el
                              contrato de trabajo se extinga por despido disciplinario
                              declarado o reconocido como procedente, dimisión,
                              muerte, jubilación o incapacidad permanente total,
                              absoluta o gran invalidez del trabajador.
                             Las bonificaciones serán compatibles con otras ayudas
                              públicas, sin que en ningún caso la suma de las
                              bonificaciones aplicables pueda superar el 100% de la
                              cuota empresarial a la Seguridad Social.
                                                   Manuel Alegre Nueno




                                       CONTRATO FOMENTO
                                    CONTRATACIÓN INDEFINIDA
                               Derogación disposición adicional primera Ley 12/2.001
                                (disp. derogatoria única 1,a RD-L 3/2.012)
                               Los celebrados con anterioridad al 12 de febrero de
                                2.012, continúan rigiéndose por la norma a cuyo amparo
                                se celebró, salvo en lo relativo a la indemnización por
                                despido declarado improcedente (disp. Transitoria
                                sexta RD-L 3/2.012)




                                                   Manuel Alegre Nueno




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Manuel Alegre Nueno                                                                                                    4
CONTRATOS FORMACIÓN Y
                                           APRENDIZAJE
                              ◦ Puede celebrarse con trabajadores menores de 30 años
                                hasta que la tasa de desempleo sea inferior al 15%
                              ◦ Régimen jurídico:
                                 Para los celebrados a partir del 1 de septiembre de
                                  2.011: artículo 1 RD-L 10/2.011
                                 Para los celebrados con anterioridad: régimen anterior
                              ◦ Nuevo régimen para la formación: subvencionada




                                                   Manuel Alegre Nueno




                                      CONTRATOS FORMACIÓN Y
                                           APRENDIZAJE
                            FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN
                            Derogación artículo 2 RD-L 10/2.011
                            Sujeto causante: trabajadores desempleados inscritos en la
                             oficina de empleo con anterioridad al 1 de enero de 2012.
                            Beneficiarios:
                             ◦ Empresas con plantilla inferior a 250 personas:
                                reducción del 100% cuotas empresariales a la Seguridad Social
                                durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga
                             ◦ Resto de empresas: reducción del 75% cuotas
                                empresariales a la Seguridad Social durante toda la vigencia del
                                contrato, incluida la prórroga
                             ◦ Trabajador: 100% cuotas a la Seguridad Social durante toda
                                la vigencia del contrato, incluida la prórroga

                                                   Manuel Alegre Nueno




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Manuel Alegre Nueno                                                                                                   5
CONTRATOS FORMACIÓN Y
                                           APRENDIZAJE
                            TRANSFORMACIÓN                   EN      CONTRATOS
                              INDEFINIDOS
                             Contratos para la formación y el aprendizaje, cualquiera
                              que sea la fecha de su celebración
                             Reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social
                              durante tres años: 1.500 euros/año
                                En el caso de mujeres, reducción de 1.800
                                   euros/año.




                                                   Manuel Alegre Nueno




                                CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL
                             Los trabajadores a tiempo parcial podrán realizar horas
                              extraordinarias, además de las motivadas por fuerza
                              mayor
                             El número de horas extraordinarias que se podrán
                              realizar será proporcional a la jornada pactada.
                             La suma de las horas ordinarias, extraordinarias y
                              complementarias no podrá exceder del límite legal del
                              trabajo a tiempo parcial
                             Las remuneraciones percibidas por horas extraordinarias,
                              sean o no motivadas por fuerza mayor, se tomarán en
                              cuenta para la determinación de la base de cotización
                              tanto por contingencias comunes como profesionales

                                                   Manuel Alegre Nueno




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Manuel Alegre Nueno                                                                                                    6
TRABAJO A DISTANCIA

                               Nuevo art. 13 ET; se sustituye el “contrato de trabajo a
                                domicilio” por “trabajo a distancia”.
                               Definición: La prestación de la actividad laboral se
                                realice de manera preponderante en el domicilio del
                                trabajador o en el lugar libremente elegido por éste, de
                                modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro
                                de trabajo de la empresa (art. 6 RD-L 3/2.012).
                               Forma: acuerdo por escrito, tanto en el contrato inicial o
                                con posterioridad
                               Derechos: los mismos que los trabajadores que prestan
                                sus servicios en el centro de trabajo, salvo aquéllos que
                                sean inherentes a la realización de la prestación laboral en
                                el mismo de manera presencial.
                                                   Manuel Alegre Nueno




                                BONIFICACIONES CONTRATACIÓN
                                Contratación indefinida (art. 10 Ley 35/2.010)
                                Contratos para la formación (art. 11 Ley 35/2.010) (disp.
                                 derogatoria única RD-L 3/2.012)
                                Contratación indefinida o temporal:
                                ◦ Personas con discapacidad (art. 2.2 y 3 Ley 43/2.006)
                                ◦ Víctimas de violencia de género (art. 2.4 Ley 43/2.006)
                                ◦ Trabajadores en situación de exclusión social (art. 2.5
                                    Ley 43/2.006)
                                Mantenimiento empleo indefinido trabajadores 60
                                 años (art. 4.1 Ley 43/2.006)
                                Supresión       bonificación  mantenimiento      empleo
                                 mujeres (art. 4.2 Ley 43/2.006) (disp. derogatoria única
                                 1,f) RD-L 3/2.012)


                                                                         Manuel Alegre Nueno




      MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012)



Manuel Alegre Nueno                                                                                                    7
BONIFICACIONES CONTRATACIÓN
                             Transformación contratos prácticas, relevo y sustitución
                              (art. 7 RDL 3/2012):
                              ◦ Beneficiarios: empresas de menos de cincuenta
                                trabajadores; trabajadores autónomos; sociedades laborales y
                                cooperativas a las que se incorporen trabajadores como
                                socios trabajadores o de trabajo, con opción régimen S.S.
                                propio de trabajadores por cuenta ajena
                              ◦ Bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad
                                Social durante tres años:
                                    Hombres: 41,67 euros/mes (500 euros/año).
                                    Mujeres: 58,33 euros/mes (700 euros/año).
                              ◦ Capitalización prestación desempleo (disp. final 13ª):
                                 Hombres hasta 30 años: 100% importe de la prestación por
                                  desempleo pendiente de percibir
                                 Mujeres hasta 35 años: 100% importe de la prestación por
                                  desempleo pendiente de percibir
                                                                    Manuel Alegre Nueno




      MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012)




Manuel Alegre Nueno                                                                                                    8

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Reforma Laboral: Fomento contratación por Manuel Nueno

  • 1.
  • 2. FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA Y OTRAS MEDIDAS PARA FAVORECER LA CREACIÓN DE EMPLEO Manuel Alegre Nueno Manuel Alegre Nueno NOVEDADES Capítulos I y II RD-L 2/2.012 1. CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES 2. CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE 3. CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL 4. TRABAJO A DISTANCIA (TELETRABAJO) 5. BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN Manuel Alegre Nueno MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012) Manuel Alegre Nueno 1
  • 3. CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES REQUISITOS :  Empresas con menos de 50 trabajadores en el momento de producirse la contratación  Contrato indefinido y a jornada completa  Formalización por escrito en modelo oficial (pendiente)  No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas declaradas improcedentes por sentencia judicial o realizado un despido colectivo en los 6 meses anteriores (desde 12/02/12). ◦ Sólo para la cobertura de puestos de trabajo del mismo grupo profesional y para el mismo centro o centros de trabajo Manuel Alegre Nueno CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES RÉGIMEN JURÍDICO:  Período de prueba: un año (no disponible)  Posibilidad de compatibilizar el cobro del salario con el 25% de la prestación por desempleo reconocida y pendiente de percibir. Manuel Alegre Nueno MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012) Manuel Alegre Nueno 2
  • 4. CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES INCENTIVOS FISCALES: 1. El primer contrato concertado con un menor de 30 años: deducción fiscal de 3.000 euros 2. Contratar desempleados beneficiarios de una prestación contributiva por desempleo que, al menos, haya percibido durante 3 meses  Deducción fiscal: 50% de la prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación, con el límite de 12 mensualidades Manuel Alegre Nueno CONTRATO INDEFINIDO APOYO A LOS EMPRENDEDORES BONIFICACIONES EN LA CUOTA EMPRESARIAL A LA SEGURIDAD SOCIAL DURANTE 3 AÑOS :  JÓVENES ENTRE 16 Y 30 AÑOS: 83,33 euros/mes (1.000 euros/año) primer año; 91,67 euros/mes (1.100 euros/año) segundo año, y 100 euros/mes (1.200 euros/año) tercer año. ◦ MUJERES EN SECTORES CON SUBREPRESENTACIÓN: las cuantías anteriores se incrementarán en 8,33 euros/mes (100 euros/año).  MAYORES DE 45 AÑOS INSCRITOS EN LA OFICINA DE EMPLEO AL MENOS 12 MESES EN LOS 18 MESES ANTERIORES A LA CONTRATACIÓN: 108,33 euros/mes (1.300 euros/año). ◦ MUJERES EN SECTORES CON SUBREPRESENTACIÓN: 125 euros/mes (1.500 euros/año). Manuel Alegre Nueno MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012) Manuel Alegre Nueno 3
  • 5. CONTRATO INDEFINIDO APOYO A LOS EMPRENDEDORES REQUISITOS INCENTIVOS Y BONIFICACIONES  Mantener en el empleo al trabajador contratado al menos 3 años desde la fecha de inicio de la relación laboral. En caso de incumplimiento, reintegro del incentivo.  No se considerará incumplida la obligación cuando el contrato de trabajo se extinga por despido disciplinario declarado o reconocido como procedente, dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador.  Las bonificaciones serán compatibles con otras ayudas públicas, sin que en ningún caso la suma de las bonificaciones aplicables pueda superar el 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social. Manuel Alegre Nueno CONTRATO FOMENTO CONTRATACIÓN INDEFINIDA  Derogación disposición adicional primera Ley 12/2.001 (disp. derogatoria única 1,a RD-L 3/2.012)  Los celebrados con anterioridad al 12 de febrero de 2.012, continúan rigiéndose por la norma a cuyo amparo se celebró, salvo en lo relativo a la indemnización por despido declarado improcedente (disp. Transitoria sexta RD-L 3/2.012) Manuel Alegre Nueno MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012) Manuel Alegre Nueno 4
  • 6. CONTRATOS FORMACIÓN Y APRENDIZAJE ◦ Puede celebrarse con trabajadores menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo sea inferior al 15% ◦ Régimen jurídico:  Para los celebrados a partir del 1 de septiembre de 2.011: artículo 1 RD-L 10/2.011  Para los celebrados con anterioridad: régimen anterior ◦ Nuevo régimen para la formación: subvencionada Manuel Alegre Nueno CONTRATOS FORMACIÓN Y APRENDIZAJE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN  Derogación artículo 2 RD-L 10/2.011  Sujeto causante: trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo con anterioridad al 1 de enero de 2012.  Beneficiarios: ◦ Empresas con plantilla inferior a 250 personas: reducción del 100% cuotas empresariales a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga ◦ Resto de empresas: reducción del 75% cuotas empresariales a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga ◦ Trabajador: 100% cuotas a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, incluida la prórroga Manuel Alegre Nueno MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012) Manuel Alegre Nueno 5
  • 7. CONTRATOS FORMACIÓN Y APRENDIZAJE TRANSFORMACIÓN EN CONTRATOS INDEFINIDOS  Contratos para la formación y el aprendizaje, cualquiera que sea la fecha de su celebración  Reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social durante tres años: 1.500 euros/año  En el caso de mujeres, reducción de 1.800 euros/año. Manuel Alegre Nueno CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL  Los trabajadores a tiempo parcial podrán realizar horas extraordinarias, además de las motivadas por fuerza mayor  El número de horas extraordinarias que se podrán realizar será proporcional a la jornada pactada.  La suma de las horas ordinarias, extraordinarias y complementarias no podrá exceder del límite legal del trabajo a tiempo parcial  Las remuneraciones percibidas por horas extraordinarias, sean o no motivadas por fuerza mayor, se tomarán en cuenta para la determinación de la base de cotización tanto por contingencias comunes como profesionales Manuel Alegre Nueno MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012) Manuel Alegre Nueno 6
  • 8. TRABAJO A DISTANCIA  Nuevo art. 13 ET; se sustituye el “contrato de trabajo a domicilio” por “trabajo a distancia”.  Definición: La prestación de la actividad laboral se realice de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por éste, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa (art. 6 RD-L 3/2.012).  Forma: acuerdo por escrito, tanto en el contrato inicial o con posterioridad  Derechos: los mismos que los trabajadores que prestan sus servicios en el centro de trabajo, salvo aquéllos que sean inherentes a la realización de la prestación laboral en el mismo de manera presencial. Manuel Alegre Nueno BONIFICACIONES CONTRATACIÓN  Contratación indefinida (art. 10 Ley 35/2.010)  Contratos para la formación (art. 11 Ley 35/2.010) (disp. derogatoria única RD-L 3/2.012)  Contratación indefinida o temporal: ◦ Personas con discapacidad (art. 2.2 y 3 Ley 43/2.006) ◦ Víctimas de violencia de género (art. 2.4 Ley 43/2.006) ◦ Trabajadores en situación de exclusión social (art. 2.5 Ley 43/2.006)  Mantenimiento empleo indefinido trabajadores 60 años (art. 4.1 Ley 43/2.006)  Supresión bonificación mantenimiento empleo mujeres (art. 4.2 Ley 43/2.006) (disp. derogatoria única 1,f) RD-L 3/2.012) Manuel Alegre Nueno MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012) Manuel Alegre Nueno 7
  • 9. BONIFICACIONES CONTRATACIÓN  Transformación contratos prácticas, relevo y sustitución (art. 7 RDL 3/2012): ◦ Beneficiarios: empresas de menos de cincuenta trabajadores; trabajadores autónomos; sociedades laborales y cooperativas a las que se incorporen trabajadores como socios trabajadores o de trabajo, con opción régimen S.S. propio de trabajadores por cuenta ajena ◦ Bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social durante tres años:  Hombres: 41,67 euros/mes (500 euros/año).  Mujeres: 58,33 euros/mes (700 euros/año). ◦ Capitalización prestación desempleo (disp. final 13ª):  Hombres hasta 30 años: 100% importe de la prestación por desempleo pendiente de percibir  Mujeres hasta 35 años: 100% importe de la prestación por desempleo pendiente de percibir Manuel Alegre Nueno MESA REDONDA. LA NUEVA REFORMA LABORAL ORGANIZADO POR LA ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LA UPV (22.02.2012) Manuel Alegre Nueno 8