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   "La revocatoria del mandato es un
    derecho político, por medio del cual los
    ciudadanos dan por terminado el
    mandato que le han conferido a un
    gobernador        o   a    un alcalde".
    (Artículo 6, Ley 134 de 1994)
   El trámite inicia cuando un grupo de ciudadanos, en
    número no inferior al 40% de los votos que obtuvo el
    gobernante respectivo, solicita ante la Registraduría del
    Estado Civil que convoque a votaciones para revocar el
    mandato del mismo, fundamentando su solicitud en el
    incumplimiento del programa de gobierno o en la
    insatisfacción general de la población. El Registrador
    informa a la persona cuyo mandato pretende revocarse y
    posteriormente convoca a votaciones; la revocatoria
    opera si así lo determinan la mitad más uno de los
    votos, siempre que el número de sufragios no sea inferior
    al 55% de la votación válida emitida el día en que se
    eligió al mandatario. Si la revocatoria prospera, el
    Presidente de la República procede a remover al
    gobernador revocado, o el gobernador remueve al
    alcalde revocado -según el caso-, y a nombrar un
    encargado transitoriamente hasta que se elija
    popularmente al nuevo gobernante, el cual ocupará el
    cargo por el período constitucionalmente establecido
   En relación con la revocatoria el gobierno enfatizó: "En el
    proyecto se establecen una serie de controles que evitarán su
    uso irresponsable e irracional"1; luego, parece asumir que el
    mecanismo será mal utilizado. De allí que la regulación inicial de
    la revocatoria en gran medida se oriente a limitar el ejercicio de
    este                                                 mecanismo.
    En la misma línea, el gobierno manifiesta: "Para desestimular la
    proliferación de solicitudes de revocatoria, en el proyecto no se
    establece            financiación          ni          facilidades
    de acceso a los medios de comunicación para los
                               promotores"2.
    De otro lado, la revocatoria sólo es establecida por la Ley para
    los gobernadores y alcaldes. No se aplica para otros
    funcionarios de elección popular como los Congresistas -órgano
    legislativo-, Diputados, Concejales, o el propio Presidente de la
    República -funcionario perteneciente, al igual que los
    gobernadores y alcaldes, a la rama ejecutiva del poder
    público.
   Vale la pena anotar que en la regulación inicial , sólo se habilitaba para solicitar la
    revocatoria y participar en ella a quienes sufragaron en la elección del funcionario, lo
    cual fue avalado por la Corte Constitucional4 con fundamento en la teoría del
    mandato -sólo quien otorga un mandato está facultado para revocarlo- y en la
    interpretación derivada del artículo259 de la Constitución. No obstante, esta exigencia
    legal fue suprimida mediante la Ley 741 de 2002 , y la Jurisprudencia de la Corte
    modificada6 , con lo cual también podrán tomar parte en la revocatoria aquellos
    ciudadanos del censo electoral municipal o departamental respectivo, aunque no
    hayan participado en la elección del funcionario cuyo mandato se cuestiona.

    Otro aspecto a tener en cuenta es la disposición en virtud de la cual si como resultado
    de la votación no se logra revocar el mandato del funcionario, no podrá volverse a
    intentar dicha solicitud en lo que resta del período, lo cual parece matizar la pretensión
    constitucional de establecer un permanente control a los mandatarios por parte de los
                                           gobernados.

    Los anteriores elementos evidencian la importancia de estos mecanismos a la vez que
    muestran las dificultades legales que pueden reducir su aplicabilidad. Según Mauricio
    García Villegas, más que buscar las causas del fracaso del derecho interesa estudiar
    en qué medida tal "fracaso" responde a un juego de poder dentro del cual el derecho
    cumple una función determinante. Tal vez lo que acontece no es que el derecho
    choque con la realidad que se resiste al cambio, sino que la realidad no cambia
    porque choca con la resistencia al derecho, que en algunos casos pareciera perseguir
    por sí mismo la ineficacia.
   Pasando a otro punto, dentro de los
    aspectos contemplados en la parte final
    de la Ley 134 de 1994 es conveniente
    resaltar el siguiente: De manera tangencial
    la norma alude a la participación
    democrática de las organizaciones civiles y
    lo hace precisamente para evadir el
    tema, remitiendo a la Ley que regule la
    materia.       Dicha    ley    deberá   ser
    estatutaria, pues en el marco de la actual
    Constitución ha de quedar claro que el
    concepto        de   participación  no   se
    circunscribe a la realización de eventos
    electorales.
   Alcalde Mayor de Bogotá
   1 de enero de 2008 – 3 de mayo de 2011
   Predecesor         Luis Eduardo Garzón
   Sucesor            María Fernanda Campo (Interina)
   Clara López Obregón (Designada)
   PDA.png
   Presidente del Polo Democrático Alternativo
   2002 – 2005
   Predecesor         Jaime Dussán
   Sucesor            Carlos Gaviria Díaz
   Senador de la República de Colombia
   1991 – 2006
   Datos personales
   Nacimiento         11 de febrero de 1960 (51 años)
   Bandera de los Estados Unidos Miami, Estados Unidos
   Partido            ANAPO
   Polo Democrático Alternativo (2005-2011)
   Cónyuge            Cristina González
   Hijos Mateo Moreno Gonzáles
   Samuel Moreno González
   Profesión          Abogado y economista
   Alma máter         Universidad del Rosario
   Residencia         Bandera de Colombia Bogotá, Colombia
   Sitio web          samuelalcalde.com
   Samuel Gustavo Moreno Rojas es un político
    colombiano, titulado como abogado y economista.
    Nació el 11 de febrero de 1960 en Miami, Estados
    Unidos durante el exilio de sus padres y de su
    abuelo, el general Gustavo Rojas Pinilla. Después de
    pasar varios periodos como senador de la
    República, fue elegido Alcalde de Bogotá como
    candidato del Polo Democrático Alternativo para el
    periodo 2008-2011. El 3 de mayo de 2011 el
    procurador Alejandro Ordóñez lo suspendió por un
    lapso de 3 meses por investigaciones en el
    escándalo de la contratación de obras públicas la
    ciudad de Bogotá. A causa de estos hechos, en
    septiembre de 2011 fue expulsado del Polo
    Democrático Alternativo y detenido por un juez de la
    República al considerársele responsable de
    irregularidades referentes a la contratación pública.
   En las elecciones cumplidas el 28 de
    octubre de 2007 Samuel Moreno Rojas, fue
    elegido como alcalde de Bogotá con un
    triunfo electoral con más del 43% del
    respaldo electoral de los bogotanos, para
    el periodo entre los años 2008-2011. Moreno
    Rojas obtuvo más de 300.000 votos (15%)
    de ventaja sobre el ex alcalde Enrique
    Peñalosa, para un total de 915.769
    votos, convirtiéndose así en la votación
    más      alta    en     la    historia   de
    Bogotá, superando incluso en cerca de
    200.000 votos a su copartidario y saliente
    alcalde Luis Eduardo Garzón quien en 2004
    logró también una votación histórica.19
    Moreno se posesionó el 1 de enero del
    2008.
   Su gobierno se ha caracterizado por una
    baja popularidad y algunos escándalos y
    polémicas. En 2010 se defendió25 de las
    acusaciones adelantadas por Gustavo
    Petro en el seno del Polo Democrático
    desde 2009, señalando en una carta de
    febrero de ese año que "como ciudadano
    y candidato a la Alcaldía Mayor de Bogotá
    (ha) mantenido un férreo compromiso de
    luchar       contra      la     corrupción
    administrativa, flagelo que amenaza no
    solo la estabilidad de los gobiernos, sino
    también la democracia y el bienestar de
    las personas en el Estado Social de
    Derecho".
   Desde el 25 de junio de 2010 su administración se ha
    visto acompañada por el escándalo del carrusel de
    la contratación, en el marco del cual es investigado
    por la Procuraduría General de la Nación por
    sospechas en irregularidades en la contratación
    pública y corrupción en la construcción en la fase III
    del sistema de transporte masivo Transmilenio. En
    noviembre de ese año Moreno presentó su
    defensa, compuesta por 18.000 folios provenientes
    de las diferentes secretarías y entidades que
    conforma el Gobierno de la ciudad. Su defensa
    también ha expresado que "El Alcalde nunca habló
    con los integrantes del Grupo Nule ni con el ex
    representante a la Cámara, Germán Olano, sobre
    asuntos de contratación", y que el procurador
    general de la Nación, Alejandro Ordóñez
    Maldonado, debe declararse impedido por
    prejuzgamiento.
   El 28 de abril de 2011, su hermano el senador Iván
    Moreno Rojas fue capturado por la Fiscalía sindicado
    de concusión, cohecho y celebración de contratos
    sin cumplir con los requisitos necesarios. El 29 de abril
    la Procuraduría le abrió indagación preliminar por
    falencias en el estudio del Metro de Bogotá. El 3 de
    mayo la misma entidad le dictó pliego de
    cargos, suspendiéndolo también de manera
    preventiva de su cargo como Alcalde Mayor de
    Bogotá por tres meses.2 Un día después de que los
    organismo de control estatal tomaran las primeras
    decisiones contra Moreno, la Comisión de Ética del
    PDA también decidió suspender su militancia
    mientras avanzaban las investigaciones, asimismo el
    partido solicitó su renuncia al cargo de Alcalde
    Mayor.
   El 20 de septiembre de 2011, la comisión de
    ética de su partido, el Polo Democrático
    Alternativo,    anunció        públicamente     su
    expulsión definitiva. Tras el anuncio la comisión
    de ética suscribió: "todo miembro del Partido
    que     participe     en      la    administración
    pública,     deberá        dar      ejemplo     de
    rectitud,    honradez,         transparencia     e
    idoneidad, en el marco de la Constitución
    Nacional, las leyes, los Estatutos y fines del
    Partido". El 23 de septiembre del mismo
    año, fue detenido como medida preventiva
    por un juez que aceptó la imputación de
    cargos expuesta por la Fiscalía General de la
    Nación, tras lo cual fue transferido a la Escuela
    de Carabineros en los cerros orientales de la
    ciudad, una entidad adscrita a la cárcel La
    Picota.
 El Julio 29 de 2009 un grupo de nueve
  jóvenes     bogotanos    adelantó      la
  recolección de firmas en calles, parques
  y eventos públicos de la ciudad por la
  revocatoria del mandato del entonces
  alcalde Samuel Moreno.
 Su meta era presentar 500 mil firmas el
  mes de septiembre ante la Registraduría
  Nacional. De ellas, 367 mil debían ser
  válidas para convocar a un referendo
  donde los sufragantes decidirían sobre la
  permanencia del mandatario en el
  cargo.
 Andrés     Hernández,       uno     de     los
  promotores, dijo que el propósito era
  expresar el sentir del 77 % de los habitantes
  de     la    ciudad      que,    según     las
  encuestas, desaprueba la gestión de
  Moreno Rojas.
 Si lograban que se realice la convocatoria
  del referendo, dos meses después de
  presentar las firmas, seria necesario
  contar, como mínimo, con un millón 300 mil
  votos.
 Para que gane el sí a la revocatoria, esta
  respuesta tendria que ser la respuesta de la
  mitad más uno de los votantes.
 Los organizadores del referendo habilitaron
  la        página           de        internet
  www.revocatoriaasamuelmoreno.com
Pagina oficial de facebook para
revocatoria de Samuel Moreno
   La Ley 134 de 1994 exige que la petición de
    revocatoria debe ser acompañada de un número
    de firmas equivalente al 40% de los votos obtenidos
    por el candidato. Según la Registraduría, Moreno
    obtuvo 920.013 votos, de suerte que se necesitan
    inicialmente 368.005 firmas de personas que
    hubieran votado en esa elección.
   La Registraduría certifica la validez de las firmas y
    convoca a elecciones. En éstas deberá votar al
    menos el 60% de los votos válidos depositados por
    todos los candidatos. En las elecciones para Bogotá
    hubo un total de 2’031.526 válidos, es decir, se
    necesitaría que votaran 1’218.915 personas que lo
    hubieran hecho en esa oportunidad, y la revocatoria
    se produce si no menos del 60% vota en favor de
    ella, es decir, 731.349 personas. De perderse, no
    puede volver a intentarse durante el resto del
    período.
Revocatoria de mandato político

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Revocatoria de mandato político

  • 1.
  • 2. "La revocatoria del mandato es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde". (Artículo 6, Ley 134 de 1994)
  • 3. El trámite inicia cuando un grupo de ciudadanos, en número no inferior al 40% de los votos que obtuvo el gobernante respectivo, solicita ante la Registraduría del Estado Civil que convoque a votaciones para revocar el mandato del mismo, fundamentando su solicitud en el incumplimiento del programa de gobierno o en la insatisfacción general de la población. El Registrador informa a la persona cuyo mandato pretende revocarse y posteriormente convoca a votaciones; la revocatoria opera si así lo determinan la mitad más uno de los votos, siempre que el número de sufragios no sea inferior al 55% de la votación válida emitida el día en que se eligió al mandatario. Si la revocatoria prospera, el Presidente de la República procede a remover al gobernador revocado, o el gobernador remueve al alcalde revocado -según el caso-, y a nombrar un encargado transitoriamente hasta que se elija popularmente al nuevo gobernante, el cual ocupará el cargo por el período constitucionalmente establecido
  • 4. En relación con la revocatoria el gobierno enfatizó: "En el proyecto se establecen una serie de controles que evitarán su uso irresponsable e irracional"1; luego, parece asumir que el mecanismo será mal utilizado. De allí que la regulación inicial de la revocatoria en gran medida se oriente a limitar el ejercicio de este mecanismo. En la misma línea, el gobierno manifiesta: "Para desestimular la proliferación de solicitudes de revocatoria, en el proyecto no se establece financiación ni facilidades de acceso a los medios de comunicación para los promotores"2. De otro lado, la revocatoria sólo es establecida por la Ley para los gobernadores y alcaldes. No se aplica para otros funcionarios de elección popular como los Congresistas -órgano legislativo-, Diputados, Concejales, o el propio Presidente de la República -funcionario perteneciente, al igual que los gobernadores y alcaldes, a la rama ejecutiva del poder público.
  • 5. Vale la pena anotar que en la regulación inicial , sólo se habilitaba para solicitar la revocatoria y participar en ella a quienes sufragaron en la elección del funcionario, lo cual fue avalado por la Corte Constitucional4 con fundamento en la teoría del mandato -sólo quien otorga un mandato está facultado para revocarlo- y en la interpretación derivada del artículo259 de la Constitución. No obstante, esta exigencia legal fue suprimida mediante la Ley 741 de 2002 , y la Jurisprudencia de la Corte modificada6 , con lo cual también podrán tomar parte en la revocatoria aquellos ciudadanos del censo electoral municipal o departamental respectivo, aunque no hayan participado en la elección del funcionario cuyo mandato se cuestiona. Otro aspecto a tener en cuenta es la disposición en virtud de la cual si como resultado de la votación no se logra revocar el mandato del funcionario, no podrá volverse a intentar dicha solicitud en lo que resta del período, lo cual parece matizar la pretensión constitucional de establecer un permanente control a los mandatarios por parte de los gobernados. Los anteriores elementos evidencian la importancia de estos mecanismos a la vez que muestran las dificultades legales que pueden reducir su aplicabilidad. Según Mauricio García Villegas, más que buscar las causas del fracaso del derecho interesa estudiar en qué medida tal "fracaso" responde a un juego de poder dentro del cual el derecho cumple una función determinante. Tal vez lo que acontece no es que el derecho choque con la realidad que se resiste al cambio, sino que la realidad no cambia porque choca con la resistencia al derecho, que en algunos casos pareciera perseguir por sí mismo la ineficacia.
  • 6. Pasando a otro punto, dentro de los aspectos contemplados en la parte final de la Ley 134 de 1994 es conveniente resaltar el siguiente: De manera tangencial la norma alude a la participación democrática de las organizaciones civiles y lo hace precisamente para evadir el tema, remitiendo a la Ley que regule la materia. Dicha ley deberá ser estatutaria, pues en el marco de la actual Constitución ha de quedar claro que el concepto de participación no se circunscribe a la realización de eventos electorales.
  • 7. Alcalde Mayor de Bogotá  1 de enero de 2008 – 3 de mayo de 2011  Predecesor Luis Eduardo Garzón  Sucesor María Fernanda Campo (Interina)  Clara López Obregón (Designada)  PDA.png  Presidente del Polo Democrático Alternativo  2002 – 2005  Predecesor Jaime Dussán  Sucesor Carlos Gaviria Díaz  Senador de la República de Colombia  1991 – 2006  Datos personales  Nacimiento 11 de febrero de 1960 (51 años)  Bandera de los Estados Unidos Miami, Estados Unidos  Partido ANAPO  Polo Democrático Alternativo (2005-2011)  Cónyuge Cristina González  Hijos Mateo Moreno Gonzáles  Samuel Moreno González  Profesión Abogado y economista  Alma máter Universidad del Rosario  Residencia Bandera de Colombia Bogotá, Colombia  Sitio web samuelalcalde.com
  • 8. Samuel Gustavo Moreno Rojas es un político colombiano, titulado como abogado y economista. Nació el 11 de febrero de 1960 en Miami, Estados Unidos durante el exilio de sus padres y de su abuelo, el general Gustavo Rojas Pinilla. Después de pasar varios periodos como senador de la República, fue elegido Alcalde de Bogotá como candidato del Polo Democrático Alternativo para el periodo 2008-2011. El 3 de mayo de 2011 el procurador Alejandro Ordóñez lo suspendió por un lapso de 3 meses por investigaciones en el escándalo de la contratación de obras públicas la ciudad de Bogotá. A causa de estos hechos, en septiembre de 2011 fue expulsado del Polo Democrático Alternativo y detenido por un juez de la República al considerársele responsable de irregularidades referentes a la contratación pública.
  • 9. En las elecciones cumplidas el 28 de octubre de 2007 Samuel Moreno Rojas, fue elegido como alcalde de Bogotá con un triunfo electoral con más del 43% del respaldo electoral de los bogotanos, para el periodo entre los años 2008-2011. Moreno Rojas obtuvo más de 300.000 votos (15%) de ventaja sobre el ex alcalde Enrique Peñalosa, para un total de 915.769 votos, convirtiéndose así en la votación más alta en la historia de Bogotá, superando incluso en cerca de 200.000 votos a su copartidario y saliente alcalde Luis Eduardo Garzón quien en 2004 logró también una votación histórica.19 Moreno se posesionó el 1 de enero del 2008.
  • 10. Su gobierno se ha caracterizado por una baja popularidad y algunos escándalos y polémicas. En 2010 se defendió25 de las acusaciones adelantadas por Gustavo Petro en el seno del Polo Democrático desde 2009, señalando en una carta de febrero de ese año que "como ciudadano y candidato a la Alcaldía Mayor de Bogotá (ha) mantenido un férreo compromiso de luchar contra la corrupción administrativa, flagelo que amenaza no solo la estabilidad de los gobiernos, sino también la democracia y el bienestar de las personas en el Estado Social de Derecho".
  • 11. Desde el 25 de junio de 2010 su administración se ha visto acompañada por el escándalo del carrusel de la contratación, en el marco del cual es investigado por la Procuraduría General de la Nación por sospechas en irregularidades en la contratación pública y corrupción en la construcción en la fase III del sistema de transporte masivo Transmilenio. En noviembre de ese año Moreno presentó su defensa, compuesta por 18.000 folios provenientes de las diferentes secretarías y entidades que conforma el Gobierno de la ciudad. Su defensa también ha expresado que "El Alcalde nunca habló con los integrantes del Grupo Nule ni con el ex representante a la Cámara, Germán Olano, sobre asuntos de contratación", y que el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, debe declararse impedido por prejuzgamiento.
  • 12. El 28 de abril de 2011, su hermano el senador Iván Moreno Rojas fue capturado por la Fiscalía sindicado de concusión, cohecho y celebración de contratos sin cumplir con los requisitos necesarios. El 29 de abril la Procuraduría le abrió indagación preliminar por falencias en el estudio del Metro de Bogotá. El 3 de mayo la misma entidad le dictó pliego de cargos, suspendiéndolo también de manera preventiva de su cargo como Alcalde Mayor de Bogotá por tres meses.2 Un día después de que los organismo de control estatal tomaran las primeras decisiones contra Moreno, la Comisión de Ética del PDA también decidió suspender su militancia mientras avanzaban las investigaciones, asimismo el partido solicitó su renuncia al cargo de Alcalde Mayor.
  • 13. El 20 de septiembre de 2011, la comisión de ética de su partido, el Polo Democrático Alternativo, anunció públicamente su expulsión definitiva. Tras el anuncio la comisión de ética suscribió: "todo miembro del Partido que participe en la administración pública, deberá dar ejemplo de rectitud, honradez, transparencia e idoneidad, en el marco de la Constitución Nacional, las leyes, los Estatutos y fines del Partido". El 23 de septiembre del mismo año, fue detenido como medida preventiva por un juez que aceptó la imputación de cargos expuesta por la Fiscalía General de la Nación, tras lo cual fue transferido a la Escuela de Carabineros en los cerros orientales de la ciudad, una entidad adscrita a la cárcel La Picota.
  • 14.
  • 15.  El Julio 29 de 2009 un grupo de nueve jóvenes bogotanos adelantó la recolección de firmas en calles, parques y eventos públicos de la ciudad por la revocatoria del mandato del entonces alcalde Samuel Moreno.  Su meta era presentar 500 mil firmas el mes de septiembre ante la Registraduría Nacional. De ellas, 367 mil debían ser válidas para convocar a un referendo donde los sufragantes decidirían sobre la permanencia del mandatario en el cargo.
  • 16.  Andrés Hernández, uno de los promotores, dijo que el propósito era expresar el sentir del 77 % de los habitantes de la ciudad que, según las encuestas, desaprueba la gestión de Moreno Rojas.  Si lograban que se realice la convocatoria del referendo, dos meses después de presentar las firmas, seria necesario contar, como mínimo, con un millón 300 mil votos.  Para que gane el sí a la revocatoria, esta respuesta tendria que ser la respuesta de la mitad más uno de los votantes.  Los organizadores del referendo habilitaron la página de internet www.revocatoriaasamuelmoreno.com
  • 17. Pagina oficial de facebook para revocatoria de Samuel Moreno
  • 18.
  • 19. La Ley 134 de 1994 exige que la petición de revocatoria debe ser acompañada de un número de firmas equivalente al 40% de los votos obtenidos por el candidato. Según la Registraduría, Moreno obtuvo 920.013 votos, de suerte que se necesitan inicialmente 368.005 firmas de personas que hubieran votado en esa elección.  La Registraduría certifica la validez de las firmas y convoca a elecciones. En éstas deberá votar al menos el 60% de los votos válidos depositados por todos los candidatos. En las elecciones para Bogotá hubo un total de 2’031.526 válidos, es decir, se necesitaría que votaran 1’218.915 personas que lo hubieran hecho en esa oportunidad, y la revocatoria se produce si no menos del 60% vota en favor de ella, es decir, 731.349 personas. De perderse, no puede volver a intentarse durante el resto del período.