Un grupo de nueve jóvenes bogotanos inició el proceso de revocatoria del mandato del alcalde Samuel Moreno en 2009, recolectando firmas para solicitar un referendo. Según la ley, necesitaban 368,005 firmas válidas equivalentes al 40% de los votos de Moreno y que en el referendo votara al menos el 60% de los votantes de las elecciones originales, equivalente a 1'218,915 personas, para que la revocatoria prosperara si obtenía más del 50% de los votos. El objetivo era expresar la desaprob
Equilibrio de fases en sistemas de multicomponentes
Revocatoria de mandato político
1.
2. "La revocatoria del mandato es un
derecho político, por medio del cual los
ciudadanos dan por terminado el
mandato que le han conferido a un
gobernador o a un alcalde".
(Artículo 6, Ley 134 de 1994)
3. El trámite inicia cuando un grupo de ciudadanos, en
número no inferior al 40% de los votos que obtuvo el
gobernante respectivo, solicita ante la Registraduría del
Estado Civil que convoque a votaciones para revocar el
mandato del mismo, fundamentando su solicitud en el
incumplimiento del programa de gobierno o en la
insatisfacción general de la población. El Registrador
informa a la persona cuyo mandato pretende revocarse y
posteriormente convoca a votaciones; la revocatoria
opera si así lo determinan la mitad más uno de los
votos, siempre que el número de sufragios no sea inferior
al 55% de la votación válida emitida el día en que se
eligió al mandatario. Si la revocatoria prospera, el
Presidente de la República procede a remover al
gobernador revocado, o el gobernador remueve al
alcalde revocado -según el caso-, y a nombrar un
encargado transitoriamente hasta que se elija
popularmente al nuevo gobernante, el cual ocupará el
cargo por el período constitucionalmente establecido
4. En relación con la revocatoria el gobierno enfatizó: "En el
proyecto se establecen una serie de controles que evitarán su
uso irresponsable e irracional"1; luego, parece asumir que el
mecanismo será mal utilizado. De allí que la regulación inicial de
la revocatoria en gran medida se oriente a limitar el ejercicio de
este mecanismo.
En la misma línea, el gobierno manifiesta: "Para desestimular la
proliferación de solicitudes de revocatoria, en el proyecto no se
establece financiación ni facilidades
de acceso a los medios de comunicación para los
promotores"2.
De otro lado, la revocatoria sólo es establecida por la Ley para
los gobernadores y alcaldes. No se aplica para otros
funcionarios de elección popular como los Congresistas -órgano
legislativo-, Diputados, Concejales, o el propio Presidente de la
República -funcionario perteneciente, al igual que los
gobernadores y alcaldes, a la rama ejecutiva del poder
público.
5. Vale la pena anotar que en la regulación inicial , sólo se habilitaba para solicitar la
revocatoria y participar en ella a quienes sufragaron en la elección del funcionario, lo
cual fue avalado por la Corte Constitucional4 con fundamento en la teoría del
mandato -sólo quien otorga un mandato está facultado para revocarlo- y en la
interpretación derivada del artículo259 de la Constitución. No obstante, esta exigencia
legal fue suprimida mediante la Ley 741 de 2002 , y la Jurisprudencia de la Corte
modificada6 , con lo cual también podrán tomar parte en la revocatoria aquellos
ciudadanos del censo electoral municipal o departamental respectivo, aunque no
hayan participado en la elección del funcionario cuyo mandato se cuestiona.
Otro aspecto a tener en cuenta es la disposición en virtud de la cual si como resultado
de la votación no se logra revocar el mandato del funcionario, no podrá volverse a
intentar dicha solicitud en lo que resta del período, lo cual parece matizar la pretensión
constitucional de establecer un permanente control a los mandatarios por parte de los
gobernados.
Los anteriores elementos evidencian la importancia de estos mecanismos a la vez que
muestran las dificultades legales que pueden reducir su aplicabilidad. Según Mauricio
García Villegas, más que buscar las causas del fracaso del derecho interesa estudiar
en qué medida tal "fracaso" responde a un juego de poder dentro del cual el derecho
cumple una función determinante. Tal vez lo que acontece no es que el derecho
choque con la realidad que se resiste al cambio, sino que la realidad no cambia
porque choca con la resistencia al derecho, que en algunos casos pareciera perseguir
por sí mismo la ineficacia.
6. Pasando a otro punto, dentro de los
aspectos contemplados en la parte final
de la Ley 134 de 1994 es conveniente
resaltar el siguiente: De manera tangencial
la norma alude a la participación
democrática de las organizaciones civiles y
lo hace precisamente para evadir el
tema, remitiendo a la Ley que regule la
materia. Dicha ley deberá ser
estatutaria, pues en el marco de la actual
Constitución ha de quedar claro que el
concepto de participación no se
circunscribe a la realización de eventos
electorales.
7. Alcalde Mayor de Bogotá
1 de enero de 2008 – 3 de mayo de 2011
Predecesor Luis Eduardo Garzón
Sucesor María Fernanda Campo (Interina)
Clara López Obregón (Designada)
PDA.png
Presidente del Polo Democrático Alternativo
2002 – 2005
Predecesor Jaime Dussán
Sucesor Carlos Gaviria Díaz
Senador de la República de Colombia
1991 – 2006
Datos personales
Nacimiento 11 de febrero de 1960 (51 años)
Bandera de los Estados Unidos Miami, Estados Unidos
Partido ANAPO
Polo Democrático Alternativo (2005-2011)
Cónyuge Cristina González
Hijos Mateo Moreno Gonzáles
Samuel Moreno González
Profesión Abogado y economista
Alma máter Universidad del Rosario
Residencia Bandera de Colombia Bogotá, Colombia
Sitio web samuelalcalde.com
8. Samuel Gustavo Moreno Rojas es un político
colombiano, titulado como abogado y economista.
Nació el 11 de febrero de 1960 en Miami, Estados
Unidos durante el exilio de sus padres y de su
abuelo, el general Gustavo Rojas Pinilla. Después de
pasar varios periodos como senador de la
República, fue elegido Alcalde de Bogotá como
candidato del Polo Democrático Alternativo para el
periodo 2008-2011. El 3 de mayo de 2011 el
procurador Alejandro Ordóñez lo suspendió por un
lapso de 3 meses por investigaciones en el
escándalo de la contratación de obras públicas la
ciudad de Bogotá. A causa de estos hechos, en
septiembre de 2011 fue expulsado del Polo
Democrático Alternativo y detenido por un juez de la
República al considerársele responsable de
irregularidades referentes a la contratación pública.
9. En las elecciones cumplidas el 28 de
octubre de 2007 Samuel Moreno Rojas, fue
elegido como alcalde de Bogotá con un
triunfo electoral con más del 43% del
respaldo electoral de los bogotanos, para
el periodo entre los años 2008-2011. Moreno
Rojas obtuvo más de 300.000 votos (15%)
de ventaja sobre el ex alcalde Enrique
Peñalosa, para un total de 915.769
votos, convirtiéndose así en la votación
más alta en la historia de
Bogotá, superando incluso en cerca de
200.000 votos a su copartidario y saliente
alcalde Luis Eduardo Garzón quien en 2004
logró también una votación histórica.19
Moreno se posesionó el 1 de enero del
2008.
10. Su gobierno se ha caracterizado por una
baja popularidad y algunos escándalos y
polémicas. En 2010 se defendió25 de las
acusaciones adelantadas por Gustavo
Petro en el seno del Polo Democrático
desde 2009, señalando en una carta de
febrero de ese año que "como ciudadano
y candidato a la Alcaldía Mayor de Bogotá
(ha) mantenido un férreo compromiso de
luchar contra la corrupción
administrativa, flagelo que amenaza no
solo la estabilidad de los gobiernos, sino
también la democracia y el bienestar de
las personas en el Estado Social de
Derecho".
11. Desde el 25 de junio de 2010 su administración se ha
visto acompañada por el escándalo del carrusel de
la contratación, en el marco del cual es investigado
por la Procuraduría General de la Nación por
sospechas en irregularidades en la contratación
pública y corrupción en la construcción en la fase III
del sistema de transporte masivo Transmilenio. En
noviembre de ese año Moreno presentó su
defensa, compuesta por 18.000 folios provenientes
de las diferentes secretarías y entidades que
conforma el Gobierno de la ciudad. Su defensa
también ha expresado que "El Alcalde nunca habló
con los integrantes del Grupo Nule ni con el ex
representante a la Cámara, Germán Olano, sobre
asuntos de contratación", y que el procurador
general de la Nación, Alejandro Ordóñez
Maldonado, debe declararse impedido por
prejuzgamiento.
12. El 28 de abril de 2011, su hermano el senador Iván
Moreno Rojas fue capturado por la Fiscalía sindicado
de concusión, cohecho y celebración de contratos
sin cumplir con los requisitos necesarios. El 29 de abril
la Procuraduría le abrió indagación preliminar por
falencias en el estudio del Metro de Bogotá. El 3 de
mayo la misma entidad le dictó pliego de
cargos, suspendiéndolo también de manera
preventiva de su cargo como Alcalde Mayor de
Bogotá por tres meses.2 Un día después de que los
organismo de control estatal tomaran las primeras
decisiones contra Moreno, la Comisión de Ética del
PDA también decidió suspender su militancia
mientras avanzaban las investigaciones, asimismo el
partido solicitó su renuncia al cargo de Alcalde
Mayor.
13. El 20 de septiembre de 2011, la comisión de
ética de su partido, el Polo Democrático
Alternativo, anunció públicamente su
expulsión definitiva. Tras el anuncio la comisión
de ética suscribió: "todo miembro del Partido
que participe en la administración
pública, deberá dar ejemplo de
rectitud, honradez, transparencia e
idoneidad, en el marco de la Constitución
Nacional, las leyes, los Estatutos y fines del
Partido". El 23 de septiembre del mismo
año, fue detenido como medida preventiva
por un juez que aceptó la imputación de
cargos expuesta por la Fiscalía General de la
Nación, tras lo cual fue transferido a la Escuela
de Carabineros en los cerros orientales de la
ciudad, una entidad adscrita a la cárcel La
Picota.
14.
15. El Julio 29 de 2009 un grupo de nueve
jóvenes bogotanos adelantó la
recolección de firmas en calles, parques
y eventos públicos de la ciudad por la
revocatoria del mandato del entonces
alcalde Samuel Moreno.
Su meta era presentar 500 mil firmas el
mes de septiembre ante la Registraduría
Nacional. De ellas, 367 mil debían ser
válidas para convocar a un referendo
donde los sufragantes decidirían sobre la
permanencia del mandatario en el
cargo.
16. Andrés Hernández, uno de los
promotores, dijo que el propósito era
expresar el sentir del 77 % de los habitantes
de la ciudad que, según las
encuestas, desaprueba la gestión de
Moreno Rojas.
Si lograban que se realice la convocatoria
del referendo, dos meses después de
presentar las firmas, seria necesario
contar, como mínimo, con un millón 300 mil
votos.
Para que gane el sí a la revocatoria, esta
respuesta tendria que ser la respuesta de la
mitad más uno de los votantes.
Los organizadores del referendo habilitaron
la página de internet
www.revocatoriaasamuelmoreno.com
19. La Ley 134 de 1994 exige que la petición de
revocatoria debe ser acompañada de un número
de firmas equivalente al 40% de los votos obtenidos
por el candidato. Según la Registraduría, Moreno
obtuvo 920.013 votos, de suerte que se necesitan
inicialmente 368.005 firmas de personas que
hubieran votado en esa elección.
La Registraduría certifica la validez de las firmas y
convoca a elecciones. En éstas deberá votar al
menos el 60% de los votos válidos depositados por
todos los candidatos. En las elecciones para Bogotá
hubo un total de 2’031.526 válidos, es decir, se
necesitaría que votaran 1’218.915 personas que lo
hubieran hecho en esa oportunidad, y la revocatoria
se produce si no menos del 60% vota en favor de
ella, es decir, 731.349 personas. De perderse, no
puede volver a intentarse durante el resto del
período.