SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 23
Organización
Internacional Del
Trabajo
Promover el empleo, proteger a las personas
Máster de Derecho Público
Organizaciones Internacionales
Amanda Kalil
Sevilla, 2015
Histórico
La OIT fue fundada en 1919, después de la primera guerra mundial, como parte
del Tratado de Versalles, basada en una visión según la cual una paz duradera y
universal sólo puede ser alcanzada cunado está fundamentada en el trato decente
de los trabajadores.
Su Constitución fue elaborada entre enero y abril de 1919 por una Comisión del
Trabajo establecida por la Conferencia de Paz, que se reunió por primera vez en
París y luego en Versalles. La Comisión, presidida por Samuel Gompers, presidente
de la Federación Estadounidense del Trabajo (AFL), estaba compuesta por
representantes de nueve países: Bélgica, Cuba, Checoslovaquia, Francia, Italia,
Japón, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. El resultado fue una organización
tripartita, la única en su género con representantes de gobiernos, empleadores y
trabajadores en sus órganos ejecutivos
En 1944 la Conferencia Internacional del Trabajo realizó, en medio de la Segunda
Guerra Mundial, la reunión de Filadelfia de en la cual participaron representantes
de gobiernos, empleadores y trabajadores de 41 países. Los delegados aprobaron
la Declaración de Filadelfia, incorporada a la Constitución, que constituye aún una
Carta de los propósitos y objetivos de la OIT.
En 1946 se convirtió en la primera agencia de las Naciones Unidas.
O.I.T
Nombre: Organización Internacional del Trabajo
Acrónimo: O.I.T
Página Web: http://www.ilo.org
Lenguas oficiales: Inglés y Francés (Español)
Fecha de creación: entre enero y abril de 1919
Entrada en vigor: 11 de abril de 1919
Director General: Guy Ryder, 10.° Director General de la OIT,
asumió el cargo el 1 de octubre de 2012.
Modificaciones posteriores al tratado
constitutivo
1) La enmienda de 1922, que entró en vigor el 4 de junio de 1934;
2) El Instrumento de enmienda de 1945, que entró en vigor el 26 de
septiembre de 1946;
3) El Instrumento de enmienda de 1946, que entró en vigor el 20 de
abril de 1948;
4) El Instrumento de enmienda de 1953, que entró en vigor el 20 de
mayo de 1954;
5) El Instrumento de enmienda de 1962, que entró en vigor el 22 de
mayo de 1963;
6) El Instrumento de enmienda de 1972, que entró en vigor el 1 de
noviembre de 1974.
Clasificación y financiación
Es una organización universal y especifica.
Es universal en la medida que no restringe la
participación de ningún Estado o organismo que
desee ser miembro.
Y es especifica en la medida que sus fines son
específicamente acerca de relaciones laborales,
protección y desarrollo en ese ámbito.
La financiación es realizada por las Naciones Unidas y
cada uno de sus Estados miembros
Miembros
España fue miembro de 1919 a 1941 y luego
volvió a ser miembro en 28.05.1956 y es
hasta hoy.
Actualmente 185 países son miembros de la
organización.
Los 3 últimos miembros admitidos fueron:
a) Palau - 29.05.2012
b) Sudán del Sur - 29.05.2012
c) Republica de Maldivas - 15.05.2009
Categorías de miembros
a) Miembros anteriores a 1 de noviembre de 1945:
miembros de pleno derecho.
b) Miembros posteriores a 1 de noviembre de 1945.
Podemos agruparlos en dos categorías: los Estados
miembros de las Naciones Unidas que mediante
declaración formal de aceptación de las obligaciones de
la OIT se les concede el status de miembro. Y los
Estados que no son parte de las Naciones Unidas, pero
sean admitidos en el Organismo mediante el voto
favorable de los dos tercios de los delegados presentes
de los Gobiernos en la Conferencia Internacional del
Trabajo .
Miembros observadores
• No hay miembros observadores, pero si admite,
en determinadas situaciones que orgasnimos
asistan como observadores.
• Como ejemplo la reunión de diciembre de 2013
donde 24 expertos sobre la inspección del trabajo
fueron designados como observadores para
asistir a la reunión. Asistieron también delegados
de la Organización Internacional de Empleadores,
la Confederación Sindical Internacional y la Unión
Europea.
Sede
Su sede esta en Ginebra - Suiza
Acuerdo de Sede entre el Consejo Federal
Suizo y la Organización Internacional del
Trabajo por el que se reglamenta la condición
jurídica de esta Organización en Suiza en vigor
desde 27 de maio de 1946
www.ilo.org/public/english/bureau/leg/agree
ments/switz2.htm
Capacidad Jurídica
La OIT tiene personalidad jurídica internacional, así como los
Estados miembros.
Tiene capacidad también para celebrar
Todos los acuerdos pueden ser encontrados en:
http://www.ilo.org/public/english/bureau/leg/rel_org.htm
Ejemplos:
1) Acuerdo con el Consejo de Europa -
http://www.ilo.org/public/english/bureau/leg/agreements/councileurope.ht
m
2) 2) Organización de los Estados del Caribe Oriental
http://www.ilo.org/public/english/bureau/leg/download/oecs.pdf
Órganos de la OIT
a) Conferencia Internacional del Trabajo o
Parlamento del Trabajo (Asamblea General)
b) Consejo de Administración
c) Oficina Internacional del Trabajo (Secretaría
Permanente)
Conferencia Internacional del Trabajo
Ejerce las funciones de una Asamblea General. En ese
sentido, esta entidad elabora y adopta las normas
internacionales de trabajo, convenios y recomendaciones,
examina las memorias anuales que deben ser
presentadas por cada Estado miembro, supervisa la
aplicación de los convenios y recomendaciones y,
finalmente, define las políticas y planes generales de la
organización.
Se reúne una vez al año (junio) y convoca a todos los
Estados que forman parte de esta organización, los cuales
son representados por dos delegados del gobierno, uno
de los empleadores y uno de los trabajadores.
Formación de Voluntad
Cada Estado miembro está representado por una delegación
integrada por dos delegados gubernamentales, un delegado
empleador y un delegado trabajador, y sus respectivos
consejeros.
Cada delegado tiene los mismos derechos, y todos pueden
expresarse libremente y votar como consideren oportuno.
Puede así ocurrir que los delegados de los trabajadores y de
los empleadores voten en sentido opuesto, o que su voto
sea contrario al de sus representantes de gobierno.
Esta diversidad de puntos de vista no impide que las
decisiones se adopten con frecuencia por amplia mayoría de
votos, o incluso por unanimidad.
Toma de decisiones
Las decisiones de la Comisión se adoptarán por
mayoría de dos tercios de los votos emitidos por
los miembros de la Comisión presentes en la
sesión.
Pero ninguna votación surtirá efecto si el número
de votos emitidos a favor y en contra fuere
inferior a la mitad del número de delegados con
derecho a voto presentes en la reunión de la
Conferencia.
Valor jurídico de los actos de voluntad
La recomendación o convenios deben ser puestos en
ejecución por medio de la legislación nacional o de
otro modo y por eso cada uno de los Miembros se
obliga a someter la recomendación o convenio, en el
término de un año a partir de la clausura de la reunión
de la Conferencia.
En ningún caso podrá considerarse que la adopción de
un convenio o de una recomendación por la
Conferencia, o la ratificación de un convenio por
cualquier Miembro, menoscabará cualquier ley,
sentencia, costumbre o acuerdo que garantice a los
trabajadores condiciones más favorables que las que
figuren en el convenio o en la recomendación.
Consejo de Administración
El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la OIT, es
quien toma decisiones sobre la política de la OIT, determina el orden
del día de la Conferencia Internacional del Trabajo, adopta el
Programa y Presupuesto antes de su presentación a la Conferencia, y
elige al Director General.
Está compuesto por 56 miembros titulares (28 Gobiernos, 14
Empleadores y 14 Trabajadores) y por 66 miembros adjuntos (28
Gobiernos, 19 Empleadores y 19 Trabajadores). Diez de los puestos
gubernamentales quedan reservados a los Miembros de mayor
importancia industrial (Alemania, Brasil, China, Estados Unidos,
Francia, India, Italia, Japón, Reino Unido y Federación de Rusia). Los
demás miembros gubernamentales son elegidos por la Conferencia
cada tres años (las últimas elecciones se celebraron en junio de
2014). Los miembros empleadores y trabajadores son elegidos en su
capacidad individual.
El consejo se reúne tres veces por año, en marzo, junio y noviembre.
Toma de decisiones
El Consejo suele adoptar las decisiones por consenso. O sea, hace
todo lo posible por llegar, sin votación, a un acuerdo general.
Quienes no están de acuerdo con la tendencia general se limitan a
dar a conocer su posición o sus reservas y a dejar constancia de ellas
en el informe o en acta. Corresponde a la persona que preside la
sesión comprobar la existencia de consenso.
Puede ocurrir, sin embargo, que algunas decisiones sólo puedan
adoptarse por votación, en cuyo supuesto cada miembro titular del
Consejo o suplente tiene derecho a un voto. En las comisiones o
comités, cuando resulta necesario o imprescindible celebrar una
votación, se requiere una ponderación de los votos disponibles por
cada miembro inscrito para garantizar que los representantes de los
gobiernos, de los empleadores y de los trabajadores tengan igual
número de votos .
Para que la votación sea válida, es preciso que por lo menos treinta y
tres miembros estén presentes en la sesión
Valor jurídico de los actos de voluntad
• Por ser un órgano ejecutivo y de toma de
decisiones internas, el valor jurídico de las
decisiones son internas, o sea, acerca del
funcionamiento y ordenamiento interno de la
OIT.
Oficina Internacional del Trabajo
• Es responsable por el conjunto de actividades de la OIT,
que lleva a cabo bajo la supervisión del Consejo de
Administración y la dirección del Director General . La
Oficina cuenta con unos 2.700 funcionarios de más de
150 nacionalidades quienes se desempeñan en la sede
en Ginebra y en 40 oficinas en diversos lugares del
mundo. Entre estos funcionarios, 900 trabajan en
programas de cooperación técnica y proyectos. La
Oficina también cuenta con un centro documentación
e investigación, y como casa editora publica estudios
especializados, informes y revistas.
Funciones de la Oficina
Las funciones de la Oficina Internacional del Trabajo
comprenderán la compilación y distribución de todas las
informaciones concernientes a la reglamentación
internacional de las condiciones de vida y de trabajo de los
trabajadores.
Prestar a los gobiernos, cuando éstos la soliciten, toda la
ayuda posible para elaborar una legislación basada en las
decisiones de la Conferencia y para mejorar las prácticas
administrativas y los sistemas de inspección;
Redactar y editar, en los idiomas que el Consejo de
Administración considere convenientes, publicaciones sobre
cuestiones relativas a la industria y al trabajo que tengan
interés internacional.
Competencias
a) lograr el pleno empleo y la elevación del nivel de
vida;
b) emplear trabajadores en ocupaciones en que
puedan tener la satisfacción de utilizar en la mejor
forma posible sus habilidades y conocimientos y de
contribuir al máximo al bienestar común;
c) conceder, como medio para lograr este fin y con
garantías adecuadas para todos los interesados,
oportunidades de formación profesional y medios
para el traslado de trabajadores, incluidas las
migraciones de mano de obra y de colonos;
Competencias
d) adoptar, en materia de salarios y ganancias y de horas y
otras condiciones de trabajo, medidas destinadas a garantizar
a todos una justa distribución de los frutos del progreso y un
salario mínimo vital para todos los que tengan empleo y
necesiten esta clase de protección;
e) lograr el reconocimiento efectivo del derecho de
negociación colectiva, la cooperación de empleadores y de
trabajadores para mejorar continuamente la eficiencia en la
producción, y la colaboración de trabajadores y empleadores
en la preparación y aplicación de medidas sociales y
económicas;
Competencias
f) extender las medidas de seguridad social para
garantizar ingresos básicos a quienes los
necesiten y prestar asistencia médica completa
g) proteger adecuadamente la vida y la salud de
los trabajadores en todas las ocupaciones;
h) proteger a la infancia y a la maternidad;
i) suministrar alimentos, vivienda y medios de
recreo y cultura adecuados;
j) garantizar iguales oportunidades educativas y
profesionales.

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

LOS DERECHOS
LOS DERECHOSLOS DERECHOS
LOS DERECHOS18-9santa
 
Organismos que Protegen al Trabajador
Organismos que Protegen al Trabajador Organismos que Protegen al Trabajador
Organismos que Protegen al Trabajador yeka_5
 
Contrato colectivo de trabajo
Contrato colectivo de trabajoContrato colectivo de trabajo
Contrato colectivo de trabajoAlfredopicazo80
 
Principios y Fundamentos Laborales que Contempla la OIT
Principios y Fundamentos Laborales que Contempla la OITPrincipios y Fundamentos Laborales que Contempla la OIT
Principios y Fundamentos Laborales que Contempla la OITMitzi Linares Vizcarra
 
Organización internacional del trabajo (oit)
Organización internacional del trabajo (oit)Organización internacional del trabajo (oit)
Organización internacional del trabajo (oit)Eder Alonso Atuncar Diaz
 
Organización Internacional del Trabajo (OIT), Mision, Historia,Normas, Objet...
Organización Internacional del Trabajo (OIT), Mision, Historia,Normas,  Objet...Organización Internacional del Trabajo (OIT), Mision, Historia,Normas,  Objet...
Organización Internacional del Trabajo (OIT), Mision, Historia,Normas, Objet...Maria de los Angeles
 
Organismos multilaterales financieros
Organismos multilaterales financierosOrganismos multilaterales financieros
Organismos multilaterales financierosJuan Rendon
 
Historia y Rol de Naciones Unidas ONU - CIJ - Consejo de Seguridad -
Historia y Rol de Naciones Unidas ONU - CIJ -  Consejo de Seguridad - Historia y Rol de Naciones Unidas ONU - CIJ -  Consejo de Seguridad -
Historia y Rol de Naciones Unidas ONU - CIJ - Consejo de Seguridad - Christian Pino Lanata
 
Organismos que protegen los derechos del trabajador
Organismos que protegen los derechos del trabajadorOrganismos que protegen los derechos del trabajador
Organismos que protegen los derechos del trabajadorDamaris Ventura
 
Aspectos generales de la ONU
Aspectos generales de la ONUAspectos generales de la ONU
Aspectos generales de la ONUTatiana vel?quez
 
Organismos de trabajo que protegen al trabajador
Organismos de trabajo que protegen al trabajadorOrganismos de trabajo que protegen al trabajador
Organismos de trabajo que protegen al trabajadorLaleska Quiroz
 
Diferencias entre di publico y privado
Diferencias entre di publico y privadoDiferencias entre di publico y privado
Diferencias entre di publico y privadoDora Sanmiguel
 
todo sobre la onu (Organizacion de las Naciones Unidas)
todo sobre la onu  (Organizacion de las Naciones Unidas)todo sobre la onu  (Organizacion de las Naciones Unidas)
todo sobre la onu (Organizacion de las Naciones Unidas)Frida Alonso
 

Was ist angesagt? (20)

LOS DERECHOS
LOS DERECHOSLOS DERECHOS
LOS DERECHOS
 
Organismos que Protegen al Trabajador
Organismos que Protegen al Trabajador Organismos que Protegen al Trabajador
Organismos que Protegen al Trabajador
 
Introducción al derecho al trabajo
Introducción al derecho al trabajoIntroducción al derecho al trabajo
Introducción al derecho al trabajo
 
Contrato colectivo de trabajo
Contrato colectivo de trabajoContrato colectivo de trabajo
Contrato colectivo de trabajo
 
Principios y Fundamentos Laborales que Contempla la OIT
Principios y Fundamentos Laborales que Contempla la OITPrincipios y Fundamentos Laborales que Contempla la OIT
Principios y Fundamentos Laborales que Contempla la OIT
 
Codigo sustantivo del trabajo
Codigo sustantivo del trabajoCodigo sustantivo del trabajo
Codigo sustantivo del trabajo
 
LA ONU
 LA ONU LA ONU
LA ONU
 
Organización internacional del trabajo (oit)
Organización internacional del trabajo (oit)Organización internacional del trabajo (oit)
Organización internacional del trabajo (oit)
 
La oit
La oitLa oit
La oit
 
Organización Internacional del Trabajo (OIT), Mision, Historia,Normas, Objet...
Organización Internacional del Trabajo (OIT), Mision, Historia,Normas,  Objet...Organización Internacional del Trabajo (OIT), Mision, Historia,Normas,  Objet...
Organización Internacional del Trabajo (OIT), Mision, Historia,Normas, Objet...
 
Organismos multilaterales financieros
Organismos multilaterales financierosOrganismos multilaterales financieros
Organismos multilaterales financieros
 
LA OMC Y EL GATT
LA OMC Y EL GATTLA OMC Y EL GATT
LA OMC Y EL GATT
 
Historia y Rol de Naciones Unidas ONU - CIJ - Consejo de Seguridad -
Historia y Rol de Naciones Unidas ONU - CIJ -  Consejo de Seguridad - Historia y Rol de Naciones Unidas ONU - CIJ -  Consejo de Seguridad -
Historia y Rol de Naciones Unidas ONU - CIJ - Consejo de Seguridad -
 
Organismos que protegen los derechos del trabajador
Organismos que protegen los derechos del trabajadorOrganismos que protegen los derechos del trabajador
Organismos que protegen los derechos del trabajador
 
Estructura OIT
Estructura OITEstructura OIT
Estructura OIT
 
Aspectos generales de la ONU
Aspectos generales de la ONUAspectos generales de la ONU
Aspectos generales de la ONU
 
Organismos de trabajo que protegen al trabajador
Organismos de trabajo que protegen al trabajadorOrganismos de trabajo que protegen al trabajador
Organismos de trabajo que protegen al trabajador
 
Diferencias entre di publico y privado
Diferencias entre di publico y privadoDiferencias entre di publico y privado
Diferencias entre di publico y privado
 
Onu
OnuOnu
Onu
 
todo sobre la onu (Organizacion de las Naciones Unidas)
todo sobre la onu  (Organizacion de las Naciones Unidas)todo sobre la onu  (Organizacion de las Naciones Unidas)
todo sobre la onu (Organizacion de las Naciones Unidas)
 

Ähnlich wie Resumen Organización internacional del trabajo

ENJ-400-Organización Internacional del Trabajo
ENJ-400-Organización Internacional del TrabajoENJ-400-Organización Internacional del Trabajo
ENJ-400-Organización Internacional del TrabajoENJ
 
Organización internacional del trabajo
Organización internacional del trabajoOrganización internacional del trabajo
Organización internacional del trabajomarquito2119
 
Ensayo organizacion internacional de trabajadores
Ensayo organizacion internacional de trabajadoresEnsayo organizacion internacional de trabajadores
Ensayo organizacion internacional de trabajadoresAngeloNavas1
 
Ensayo derecho laboral 7 2
Ensayo derecho laboral 7 2Ensayo derecho laboral 7 2
Ensayo derecho laboral 7 2leidyggutierrez
 
Naciones Unidas
Naciones UnidasNaciones Unidas
Naciones UnidasGuillee12
 
Presentación1.pptx -6
 Presentación1.pptx -6 Presentación1.pptx -6
Presentación1.pptx -6gragorio
 
la organizacion internacional del trabajo
 la organizacion internacional del trabajo la organizacion internacional del trabajo
la organizacion internacional del trabajoveronicalobo10
 
Capitulo no[1].1 oit
Capitulo no[1].1 oitCapitulo no[1].1 oit
Capitulo no[1].1 oitJavier Juliac
 
protocolo de la organización mundial de la salud
protocolo de la organización mundial de la salud protocolo de la organización mundial de la salud
protocolo de la organización mundial de la salud sabbyna
 
Organización de naciones unidas
Organización de naciones unidasOrganización de naciones unidas
Organización de naciones unidasMirta Hnriquez
 
Organos principale s de la onu
Organos principale s de la onuOrganos principale s de la onu
Organos principale s de la onuTania9304
 

Ähnlich wie Resumen Organización internacional del trabajo (20)

ENJ-400-Organización Internacional del Trabajo
ENJ-400-Organización Internacional del TrabajoENJ-400-Organización Internacional del Trabajo
ENJ-400-Organización Internacional del Trabajo
 
Final oit
Final oitFinal oit
Final oit
 
Contratos de empleo OIT
Contratos de empleo   OITContratos de empleo   OIT
Contratos de empleo OIT
 
Organización internacional del trabajo
Organización internacional del trabajoOrganización internacional del trabajo
Organización internacional del trabajo
 
Tratados internacionales sss
Tratados internacionales sssTratados internacionales sss
Tratados internacionales sss
 
Ensayo organizacion internacional de trabajadores
Ensayo organizacion internacional de trabajadoresEnsayo organizacion internacional de trabajadores
Ensayo organizacion internacional de trabajadores
 
3503043.ppt
3503043.ppt3503043.ppt
3503043.ppt
 
Ensayo derecho laboral 7 2
Ensayo derecho laboral 7 2Ensayo derecho laboral 7 2
Ensayo derecho laboral 7 2
 
Ppt aumar cap1_v1
Ppt aumar cap1_v1Ppt aumar cap1_v1
Ppt aumar cap1_v1
 
Naciones Unidas
Naciones UnidasNaciones Unidas
Naciones Unidas
 
Presentación1.pptx -6
 Presentación1.pptx -6 Presentación1.pptx -6
Presentación1.pptx -6
 
la organizacion internacional del trabajo
 la organizacion internacional del trabajo la organizacion internacional del trabajo
la organizacion internacional del trabajo
 
Clase.1-OIT
Clase.1-OITClase.1-OIT
Clase.1-OIT
 
Capitulo no[1].1 oit
Capitulo no[1].1 oitCapitulo no[1].1 oit
Capitulo no[1].1 oit
 
Clase.1-OIT
Clase.1-OITClase.1-OIT
Clase.1-OIT
 
ORGANISMOS DE TRABAJO
ORGANISMOS DE TRABAJOORGANISMOS DE TRABAJO
ORGANISMOS DE TRABAJO
 
Historia y el
Historia y elHistoria y el
Historia y el
 
protocolo de la organización mundial de la salud
protocolo de la organización mundial de la salud protocolo de la organización mundial de la salud
protocolo de la organización mundial de la salud
 
Organización de naciones unidas
Organización de naciones unidasOrganización de naciones unidas
Organización de naciones unidas
 
Organos principale s de la onu
Organos principale s de la onuOrganos principale s de la onu
Organos principale s de la onu
 

Kürzlich hochgeladen

CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDiegoMorales287268
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanosmarcovalor2005
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfJosé María
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORAL
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORALTITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORAL
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORALlitaroxselyperezmont
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfivogiovannoni
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docxprodinetpc1
 
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilAidaTejada5
 
sistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualsistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualJose Navarro
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd patanallelu515
 

Kürzlich hochgeladen (20)

CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
 
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORAL
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORALTITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORAL
TITULO: ANALISIS DE JURISPRUDENCIA LABORAL
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
 
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
 
sistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualsistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actual
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
 

Resumen Organización internacional del trabajo

  • 1. Organización Internacional Del Trabajo Promover el empleo, proteger a las personas Máster de Derecho Público Organizaciones Internacionales Amanda Kalil Sevilla, 2015
  • 2. Histórico La OIT fue fundada en 1919, después de la primera guerra mundial, como parte del Tratado de Versalles, basada en una visión según la cual una paz duradera y universal sólo puede ser alcanzada cunado está fundamentada en el trato decente de los trabajadores. Su Constitución fue elaborada entre enero y abril de 1919 por una Comisión del Trabajo establecida por la Conferencia de Paz, que se reunió por primera vez en París y luego en Versalles. La Comisión, presidida por Samuel Gompers, presidente de la Federación Estadounidense del Trabajo (AFL), estaba compuesta por representantes de nueve países: Bélgica, Cuba, Checoslovaquia, Francia, Italia, Japón, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. El resultado fue una organización tripartita, la única en su género con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores en sus órganos ejecutivos En 1944 la Conferencia Internacional del Trabajo realizó, en medio de la Segunda Guerra Mundial, la reunión de Filadelfia de en la cual participaron representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores de 41 países. Los delegados aprobaron la Declaración de Filadelfia, incorporada a la Constitución, que constituye aún una Carta de los propósitos y objetivos de la OIT. En 1946 se convirtió en la primera agencia de las Naciones Unidas.
  • 3. O.I.T Nombre: Organización Internacional del Trabajo Acrónimo: O.I.T Página Web: http://www.ilo.org Lenguas oficiales: Inglés y Francés (Español) Fecha de creación: entre enero y abril de 1919 Entrada en vigor: 11 de abril de 1919 Director General: Guy Ryder, 10.° Director General de la OIT, asumió el cargo el 1 de octubre de 2012.
  • 4. Modificaciones posteriores al tratado constitutivo 1) La enmienda de 1922, que entró en vigor el 4 de junio de 1934; 2) El Instrumento de enmienda de 1945, que entró en vigor el 26 de septiembre de 1946; 3) El Instrumento de enmienda de 1946, que entró en vigor el 20 de abril de 1948; 4) El Instrumento de enmienda de 1953, que entró en vigor el 20 de mayo de 1954; 5) El Instrumento de enmienda de 1962, que entró en vigor el 22 de mayo de 1963; 6) El Instrumento de enmienda de 1972, que entró en vigor el 1 de noviembre de 1974.
  • 5. Clasificación y financiación Es una organización universal y especifica. Es universal en la medida que no restringe la participación de ningún Estado o organismo que desee ser miembro. Y es especifica en la medida que sus fines son específicamente acerca de relaciones laborales, protección y desarrollo en ese ámbito. La financiación es realizada por las Naciones Unidas y cada uno de sus Estados miembros
  • 6. Miembros España fue miembro de 1919 a 1941 y luego volvió a ser miembro en 28.05.1956 y es hasta hoy. Actualmente 185 países son miembros de la organización. Los 3 últimos miembros admitidos fueron: a) Palau - 29.05.2012 b) Sudán del Sur - 29.05.2012 c) Republica de Maldivas - 15.05.2009
  • 7. Categorías de miembros a) Miembros anteriores a 1 de noviembre de 1945: miembros de pleno derecho. b) Miembros posteriores a 1 de noviembre de 1945. Podemos agruparlos en dos categorías: los Estados miembros de las Naciones Unidas que mediante declaración formal de aceptación de las obligaciones de la OIT se les concede el status de miembro. Y los Estados que no son parte de las Naciones Unidas, pero sean admitidos en el Organismo mediante el voto favorable de los dos tercios de los delegados presentes de los Gobiernos en la Conferencia Internacional del Trabajo .
  • 8. Miembros observadores • No hay miembros observadores, pero si admite, en determinadas situaciones que orgasnimos asistan como observadores. • Como ejemplo la reunión de diciembre de 2013 donde 24 expertos sobre la inspección del trabajo fueron designados como observadores para asistir a la reunión. Asistieron también delegados de la Organización Internacional de Empleadores, la Confederación Sindical Internacional y la Unión Europea.
  • 9. Sede Su sede esta en Ginebra - Suiza Acuerdo de Sede entre el Consejo Federal Suizo y la Organización Internacional del Trabajo por el que se reglamenta la condición jurídica de esta Organización en Suiza en vigor desde 27 de maio de 1946 www.ilo.org/public/english/bureau/leg/agree ments/switz2.htm
  • 10. Capacidad Jurídica La OIT tiene personalidad jurídica internacional, así como los Estados miembros. Tiene capacidad también para celebrar Todos los acuerdos pueden ser encontrados en: http://www.ilo.org/public/english/bureau/leg/rel_org.htm Ejemplos: 1) Acuerdo con el Consejo de Europa - http://www.ilo.org/public/english/bureau/leg/agreements/councileurope.ht m 2) 2) Organización de los Estados del Caribe Oriental http://www.ilo.org/public/english/bureau/leg/download/oecs.pdf
  • 11. Órganos de la OIT a) Conferencia Internacional del Trabajo o Parlamento del Trabajo (Asamblea General) b) Consejo de Administración c) Oficina Internacional del Trabajo (Secretaría Permanente)
  • 12. Conferencia Internacional del Trabajo Ejerce las funciones de una Asamblea General. En ese sentido, esta entidad elabora y adopta las normas internacionales de trabajo, convenios y recomendaciones, examina las memorias anuales que deben ser presentadas por cada Estado miembro, supervisa la aplicación de los convenios y recomendaciones y, finalmente, define las políticas y planes generales de la organización. Se reúne una vez al año (junio) y convoca a todos los Estados que forman parte de esta organización, los cuales son representados por dos delegados del gobierno, uno de los empleadores y uno de los trabajadores.
  • 13. Formación de Voluntad Cada Estado miembro está representado por una delegación integrada por dos delegados gubernamentales, un delegado empleador y un delegado trabajador, y sus respectivos consejeros. Cada delegado tiene los mismos derechos, y todos pueden expresarse libremente y votar como consideren oportuno. Puede así ocurrir que los delegados de los trabajadores y de los empleadores voten en sentido opuesto, o que su voto sea contrario al de sus representantes de gobierno. Esta diversidad de puntos de vista no impide que las decisiones se adopten con frecuencia por amplia mayoría de votos, o incluso por unanimidad.
  • 14. Toma de decisiones Las decisiones de la Comisión se adoptarán por mayoría de dos tercios de los votos emitidos por los miembros de la Comisión presentes en la sesión. Pero ninguna votación surtirá efecto si el número de votos emitidos a favor y en contra fuere inferior a la mitad del número de delegados con derecho a voto presentes en la reunión de la Conferencia.
  • 15. Valor jurídico de los actos de voluntad La recomendación o convenios deben ser puestos en ejecución por medio de la legislación nacional o de otro modo y por eso cada uno de los Miembros se obliga a someter la recomendación o convenio, en el término de un año a partir de la clausura de la reunión de la Conferencia. En ningún caso podrá considerarse que la adopción de un convenio o de una recomendación por la Conferencia, o la ratificación de un convenio por cualquier Miembro, menoscabará cualquier ley, sentencia, costumbre o acuerdo que garantice a los trabajadores condiciones más favorables que las que figuren en el convenio o en la recomendación.
  • 16. Consejo de Administración El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la OIT, es quien toma decisiones sobre la política de la OIT, determina el orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo, adopta el Programa y Presupuesto antes de su presentación a la Conferencia, y elige al Director General. Está compuesto por 56 miembros titulares (28 Gobiernos, 14 Empleadores y 14 Trabajadores) y por 66 miembros adjuntos (28 Gobiernos, 19 Empleadores y 19 Trabajadores). Diez de los puestos gubernamentales quedan reservados a los Miembros de mayor importancia industrial (Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Francia, India, Italia, Japón, Reino Unido y Federación de Rusia). Los demás miembros gubernamentales son elegidos por la Conferencia cada tres años (las últimas elecciones se celebraron en junio de 2014). Los miembros empleadores y trabajadores son elegidos en su capacidad individual. El consejo se reúne tres veces por año, en marzo, junio y noviembre.
  • 17. Toma de decisiones El Consejo suele adoptar las decisiones por consenso. O sea, hace todo lo posible por llegar, sin votación, a un acuerdo general. Quienes no están de acuerdo con la tendencia general se limitan a dar a conocer su posición o sus reservas y a dejar constancia de ellas en el informe o en acta. Corresponde a la persona que preside la sesión comprobar la existencia de consenso. Puede ocurrir, sin embargo, que algunas decisiones sólo puedan adoptarse por votación, en cuyo supuesto cada miembro titular del Consejo o suplente tiene derecho a un voto. En las comisiones o comités, cuando resulta necesario o imprescindible celebrar una votación, se requiere una ponderación de los votos disponibles por cada miembro inscrito para garantizar que los representantes de los gobiernos, de los empleadores y de los trabajadores tengan igual número de votos . Para que la votación sea válida, es preciso que por lo menos treinta y tres miembros estén presentes en la sesión
  • 18. Valor jurídico de los actos de voluntad • Por ser un órgano ejecutivo y de toma de decisiones internas, el valor jurídico de las decisiones son internas, o sea, acerca del funcionamiento y ordenamiento interno de la OIT.
  • 19. Oficina Internacional del Trabajo • Es responsable por el conjunto de actividades de la OIT, que lleva a cabo bajo la supervisión del Consejo de Administración y la dirección del Director General . La Oficina cuenta con unos 2.700 funcionarios de más de 150 nacionalidades quienes se desempeñan en la sede en Ginebra y en 40 oficinas en diversos lugares del mundo. Entre estos funcionarios, 900 trabajan en programas de cooperación técnica y proyectos. La Oficina también cuenta con un centro documentación e investigación, y como casa editora publica estudios especializados, informes y revistas.
  • 20. Funciones de la Oficina Las funciones de la Oficina Internacional del Trabajo comprenderán la compilación y distribución de todas las informaciones concernientes a la reglamentación internacional de las condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores. Prestar a los gobiernos, cuando éstos la soliciten, toda la ayuda posible para elaborar una legislación basada en las decisiones de la Conferencia y para mejorar las prácticas administrativas y los sistemas de inspección; Redactar y editar, en los idiomas que el Consejo de Administración considere convenientes, publicaciones sobre cuestiones relativas a la industria y al trabajo que tengan interés internacional.
  • 21. Competencias a) lograr el pleno empleo y la elevación del nivel de vida; b) emplear trabajadores en ocupaciones en que puedan tener la satisfacción de utilizar en la mejor forma posible sus habilidades y conocimientos y de contribuir al máximo al bienestar común; c) conceder, como medio para lograr este fin y con garantías adecuadas para todos los interesados, oportunidades de formación profesional y medios para el traslado de trabajadores, incluidas las migraciones de mano de obra y de colonos;
  • 22. Competencias d) adoptar, en materia de salarios y ganancias y de horas y otras condiciones de trabajo, medidas destinadas a garantizar a todos una justa distribución de los frutos del progreso y un salario mínimo vital para todos los que tengan empleo y necesiten esta clase de protección; e) lograr el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, la cooperación de empleadores y de trabajadores para mejorar continuamente la eficiencia en la producción, y la colaboración de trabajadores y empleadores en la preparación y aplicación de medidas sociales y económicas;
  • 23. Competencias f) extender las medidas de seguridad social para garantizar ingresos básicos a quienes los necesiten y prestar asistencia médica completa g) proteger adecuadamente la vida y la salud de los trabajadores en todas las ocupaciones; h) proteger a la infancia y a la maternidad; i) suministrar alimentos, vivienda y medios de recreo y cultura adecuados; j) garantizar iguales oportunidades educativas y profesionales.