La ley establece un impuesto anual sobre la circulación de vehículos terrestres, marítimos y aéreos en el territorio nacional. El impuesto se paga entre enero y julio y varía dependiendo del año y modelo del vehículo, desde 220 a 80,000 quetzales. Los fondos recaudados se distribuyen entre el departamento de tránsito, las municipalidades y el fondo común para el presupuesto general del estado.