1. UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE TAMAULIPAS NORTE
ING. JUAN PABLO PORTILLO
DELGADO MALDONADO ALMA ISABEL
GÓMEZ SERNA ABEL
MARTÍNEZ GONZÁLEZ GISELA ALEJANDRA
BARRÓN SANTIAGO EDUARDO
MARTÍNEZ VILLALBA MARIO ALBERTO
PROCESOS INDUSTRIALES 3ºC
3. Tiene por objeto establecer las
medidas necesarias de prevención de
los accidentes y enfermedades de
trabajo, tendientes a lograr que la
prestación del trabajo se desarrolle
en condiciones de seguridad, higiene
y medio ambiente adecuados para
los trabajadores.
4. El patrón deberá informar a los
trabajadores respecto de los riesgos
relacionados con la actividad laboral
específica que desarrollen.(Articulo 15).
5. Efectuar estudios en materia de seguridad e
higiene en el trabajo, para identificar las
posibles causas de accidentes y enfermedades
de trabajo y adoptar las medidas adecuadas
para prevenirlos, conforme a lo dispuesto en
las Normas aplicables.(Articulo 17)
6. Determinar y conservar dentro de los
niveles permisibles las condiciones
ambientales del centro de trabajo.
Colocar en lugares visibles de los
centros de trabajo avisos o señales de
seguridad e higiene para la prevención
de riesgos
7. Capacitar y adiestrar a
los trabajadores sobre
la prevención de riesgos
y atención de
emergencias.
Instalar y mantener en
condiciones de
funcionamiento,
dispositivos
permanentes para los
casos de emergencia y
actividades peligrosas.
Dar aviso a la Secretaría
de los accidentes de
trabajo que ocurran.
8. Designar a sus representantes y participar en la
integración y funcionamiento de la comisión de
seguridad e higiene del centro de trabajo.
Dar aviso inmediato al patrón y a la comisión de
seguridad e higiene de la empresa o establecimiento
en que presten sus servicios.
9. Participar en los cursos de capacitación y
adiestramiento que en materia de prevención de
riesgos y atención de emergencias.
Someterse a los exámenes médicos que determine
el patrón de conformidad con las Normas
correspondientes.
Utilizar el equipo de protección personal
proporcionado por el patrón y cumplir con las
demás medidas de control establecidas
10. Los elementos arquitectónicos de los
edificios y locales, requeridos para los
servicios, acondicionamiento ambiental,
comunicación, instalaciones a desnivel,
circulación, salidas de uso normal y de
emergencia y zonas de reunión en
emergencias(Art.29)
11. Las áreas de tránsito de personas deberán
contar con las condiciones de seguridad, a
fin de permitir la libre circulación en el
centro de trabajo.(Articulo 23)
Los patrones de los centros de trabajo en
donde labore personal discapacitado,
deberán hacer las adecuaciones necesarias
para facilitar la salida del mismo en caso
de emergencia
12. Las áreas de tránsito con circulación
peatonal y vehicular deberán ser
independientes, delimitadas.
En los centros de trabajo se deberá
contar con medidas de prevención y
protección, así como con sistemas y
equipos para el combate de
incendios(Articulo 26)
13. 2.2 Normas oficiales Mexicanas
(NOM-STPS)
• Son una serie de normas cuyo objetivo es
asegurar valores, cantidades y
características mínimas o máximas en el
diseño, producción o servicio de los bienes
de consumo entre personas morales y/o
físicas.
14. De estas normas existen dos tipos básicos en la legislación
mexicana, las Normas Oficiales Mexicanas llamadas Normas
NOM y las Normas Mexicanas llamadas Normas NMX.
• La regulación técnica de observancia obligatoria
expedida por las dependencias competentes, conforme a
las finalidades establecidas en el artículo 40, que
establece reglas, especificaciones, atributos, directrices,
características o prescripciones aplicables a un producto,
proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o
método de producción u operación, así como aquellas
relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado
o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o
aplicación.
NOM creadas en el
Art. 3 Frac. XI de la
Ley Federal sobre
Metrología y
Normalización que
dice
• la que elabore un organismo nacional de normalización,
o la Secretaría, en los términos de esta Ley, que prevé
para un uso común y repetido reglas, especificaciones,
atributos, métodos de prueba, directrices, características
o prescripciones aplicables a un producto, proceso,
instalación, sistema, actividad, servicio o método de
producción u operación, así como aquellas relativas a
terminología, simbología, embalaje, marcado o
etiquetado
.
NMX creadas en el Art. 3
Frac. X de la Ley Federal
sobre Metrología y
Normalización que dice
15. Normas Oficiales Mexicanas
Expedidas por la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social
40 NORMAS VIGENTES EN
MATERIA
DE SEGURIDAD E HIGIENE.
17. NOM-001-STPS-2008.- Edificios, locales, instalaciones y áreas
en los centros de trabajo- Condiciones
de seguridad e higiene.
El cumplimiento de estas disposiciones permiten a los patrones no
contar con condiciones inseguras para los trabajadores en los
lugares de trabajo como escaleras, patios, pisos, techos, aberturas,
plataformas, entre otros. Se requiere elaborar un programa de
mantenimiento para el sistema de ventilación forzada, cuando se
tenga, y verificaciones periódicas a las instalaciones de acuerdo con
un programa de la Comisión de seguridad
18. NOM-002-STPS-2000.- Condiciones de
seguridad-
Prevención, protección
y combate de incendios
en los centros de
trabajo.
OBJETIVO: Establecer las condiciones mínimas de seguridad que
deben existir para la protección de los trabajadores y la prevención
y protección contra incendios en los centros de trabajo.
El cumplimiento de las disposiciones de esta norma evita daños a
los trabajadores y pérdidas a la empresa. Se requiere al patrón que
informe a los trabajadores sobre los riesgos de incendio y capacite
al personal y a las brigadas. Se establecen las medidas de
seguridad en función de la determinación del grado de riesgo de
incendio y se proporcionan guías de referencia para orientar sobre
las características de los sistemas fijos contra incendio, sobre la
conformación de las brigadas, y la selección de extintores y de
detectores
19. .
NOM-004-STPS-1999.- Sistemas de protección
y dispositivos de seguridad en la maquinaria y
equipo que se utilicen en los centros de trabajo.
OBJETIVO: Establecer las condiciones de
seguridad y los sistemas de protección y
dispositivos para prevenir y proteger a los
trabajadores contra los riesgos de trabajo que
genere la operación y mantenimiento de la
maquinaria y equipo.
20. NOM-005-STPS-1998-. Relativa a las condiciones
de seguridad e higiene en
los centros de trabajo para el
manejo, transporte y
almacenamiento de
sustancias químicas
peligrosas. OBJETIVO: Establecer las condiciones de
seguridad e higiene para el manejo, transporte y
almacenamiento de sustancias químicas
peligrosas para prevenir y proteger la salud de
los trabajadores y evitar daños al centro de
trabajo.
La norma es de aplicación obligatoria para las
empresas que manejen, transporten o almacenen
sustancias químicas peligrosas y requiere que el
patrón mantenga actualizado un estudio para
analizar los riesgos potenciales de sustancias
químicas peligrosas, que cuente con los
manuales de procedimientos de seguridad y
determine la cantidad de regaderas, lavaojos,
neutralizadores e inhibidores en las zonas de
riesgo, así como el manual de primeros auxilios
con la definición de los medicamentos y
21. NOM-006-STPS-2000.- Manejo y
almacenamiento de materiales –condiciones y
procedimientos de seguridad
OBJETIVO: Establecer las
condiciones y procedimientos de
seguridad para evitar riesgos de
trabajo, ocasionados por el manejo
de materiales en forma manual y
mediante el uso de maquinaria.
La correcta aplicación de esta
norma, requiere de la capacitación
de los trabajadores para la
realización de esas maniobras en
forma segura.
22. NOM-009-STPS-1999- Equipo suspendido
de acceso- Instalación,
operación y
mantenimiento-
Condiciones de
seguridadO.BJETIVO: Establecer las condiciones
de seguridad con que deben contar
para su instalación, operación, y
mantenimiento, los equipos
suspendidos de acceso utilizados para
realizar trabajos en altura, tales como:
mantenimiento de edificios,
realización de obras de construcción,
instalación, demolición, reparación y
limpieza, entre otros, para evitar
riesgos a los trabajadores.
23. NOM-017-STPS-2001 EQUIPO DE
PROTECCIÓN PERSONAL – SELECCIÓN,
USO Y MANEJO EN LOS CENTROS DE
TRABAJO.
OBJETIVO: Establecer los requisitos para
la selección, uso y manejo de equipo de
protección personal, para proteger a los
trabajadores de los agentes del medio
ambiente de trabajo que puedan dañar su
salud.
La norma obliga al patrón a capacitar en
el uso, mantenimiento, limitaciones,
reposición, revisión, limpieza, resguardo
y disposición final del equipo de
protección personal, a los trabajadores a
los que se le haya proporcionado con
base en un análisis de riesgos de las
actividades de rutina, especial o de
emergencia que tengan asignadas.
24. NOM-020-STPS-2002.- Relativa a recipientes sujetos a
presión, calderas, funcionamiento
condiciones de seguridad.
OBJETIVO.- Establecer los requisitos mínimos de
seguridad para el funcionamiento de los recipientes
sujetos a presión y calderas en los centros de trabajo,
para la prevención de riesgos a los trabajadores y daños
a las instalaciones.
25. NOM-022-STPS-2008.- Electricidad estática en los
centros de trabajo. -
Condiciones de seguridad e
Establecer las cohnidgiiceinoen.es de seguridad para controlar la
generación y
acumulación de las cargas eléctricas estáticas y prevenir
los posibles
efectos de las descargas atmosféricas;
• Instalar sistemas de puesta a tierra, dispositivos o
equipos en función a los tipos de procesos e instalaciones
con que se cuente, para controlar la acumulación de cargas
eléctricas estáticas;
• Instalar sistemas de pararrayos en las áreas o
instalaciones de los
centros de trabajo donde se almacenen, manejen o
transporten
sustancias inflamables o explosivas, para protegerlas
contra descargas
atmosféricas;
• Capacitar y adiestrar a los trabajadores que estén en
riesgo de exposición a elementos susceptibles de ser
26. NOM-027-STPS-2008.- Soldadura y corte -
condiciones de seguridad
e higiene.
OBJETIVO: Establecer las condiciones
mínimas de seguridad e higiene en las
actividades de soldadura y corte, para
prevenir daños a los trabajadores y al
centro de trabajo.
La norma requiere que el patrón cuente con
el análisis de riesgos potenciales para las
actividades de soldadura y corte que se
desarrollen en su centro de trabajo, que
sirva para establecer las medidas
preventivas para la protección del
trabajador, de terceros y de las propias
instalaciones.
27. NOM-029-STPS-2005.- Mantenimiento de
Instalaciones Eléctricas. -
Condiciones de seguridad e
higiene.
Objetivo
Establecer las condiciones mínimas de
seguridad para las actividades de
mantenimiento en las instalaciones eléctricas
de los centros de trabajo, a fin de
eliminar los accidentes al personal
responsable que realice estas actividades y
a las personas ajenas.
29. NOM-010-STPS-1999.- Condiciones de
seguridad e higiene en los
centros de trabajo donde se
manejen, transporten,
procesen o almacenen
sustancias químicas
capaces de generar
contaminación en el medio
ambiente laboral.
NOM-011-STPS-2001.- Condiciones de seguridad e
higiene en los centros de trabajo
donde se genere ruido.
30. NOM-012-STPS-1999.- Condiciones de
seguridad e higiene en los
centros de trabajo donde se
produzcan, usen, almacenen
o transporten fuentes de
radiaciones ionizantes.
NOM-013-STPS-1993.- Relativa a las
condiciones de seguridad e
higiene en los centros de
trabajo donde se generen
radiaciones
electromagnéticas no
ionizantes
31. NOM-014-STPS-2000.- Exposición laboral a
presiones ambientales
anormales-Condiciones de
seguridad e higiene.
NOM-015-STPS-2001.- Condiciones térmicas
elevadas o abatidas
condiciones de seguridad e
higiene.
32. NOM-024-STPS-2001.- Vibraciones –
condiciones de seguridad e
higiene en los centros de
trabajo.
NOM-025-STPS-2008.- Condiciones de
iluminación en los
centros de trabajo.
34. NOM-017-STPS-2008.-
.-
Equipo de protección personal –
Selección y uso en los centros de
trabajo.
.
NOM-018-STPS-2000.- Sistema para la
identificación y
comunicación de peligros y
riesgos por sustancias
peligrosas en los centros
de trabajo.
35. NOM-019-STPS-1993.-Relativa a la constitución y
funcionamiento de las comisiones
de seguridad e higiene en los
centros de trabajo.
NOM-021-STPS-1993.- Relativa a los requerimientos y
características de los informes de
los riesgos de trabajo que ocurran,
para integrar las estadísticas.